DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL Y PRESUPUESTO OFICIAL Cláusulas de Ejemplo

DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL Y PRESUPUESTO OFICIAL. Las obligaciones que se contraigan en desarrollo de este proceso se atenderán con los recursos asignados para tal efecto del presupuesto de la Corporación para la vigencia de 2013, que se estima en la suma de MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS TRECE PESOS M/CTE ($1,558,282,613,oo), IVA incluido solo para aquellos elementos que no hacen parte fundamental y necesaria del sistema de monitoreo ambiental, según Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1461 del 24 xx Xxxxx de 2013, el cual se afectará de acuerdo con el valor de la contratación adjudicada. Al preparar sus ofertas, los proponentes tendrán en cuenta que la CVC realizará la contratación por Adjudicación Total y que no reconocerá sumas adicionales no previstas por el proponente, o rebajas por errores u omisiones en que él incurra. LOS BIENES Y OBRAS EN CANTIDADES Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS SE ENCUENTRAN DESCRITOS EN EL CAPÍTULO VI DEL PRESENTE PLIEGO DE CONDICIONES.
DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL Y PRESUPUESTO OFICIAL. Para la presente licitación, y la celebración de los respectivos Contratos (uno por cada GRUPO), METRO CALI S.A. cuenta con los siguientes certificados de disponibilidad presupuestal: El valor estimado del Presupuesto Oficial para cada GRUPO, es el que se presenta a continuación: GRUPO PRESUPUESTO OFICIAL (Pesos Colombianos) PRESUPUESTO OFICIAL (Pesos Colombianos) 1 TREINTA MIL SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS DOCE PESOS MCTE. $00.000.000.000 2 TREINTA MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PESOS MCTE. $00.000.000.000 3 VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS SIETE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y DOS MIL CUARENTA Y DOS PESOS MCTE. $00.000.000.000 Estos son los valores que sirven de base para determinar el valor asegurado en los diferentes amparos requeridos en estos Pliegos de Condiciones, que serán exigibles para la presentación de la Propuesta (De acuerdo con el GRUPO o los GRUPOS para los que se presente propuesta). Estos valores constituyen el presupuesto oficial estimado para los Contratos (uno por cada GRUPO) que se generen de la presente licitación, entendiéndose por tanto que incluye los valores totales a que se incurra en la ejecución del objeto del mismo. Las propuestas que superen el valor del Presupuesto Oficial de cada GRUPO para el que se presente, serán rechazadas para el respectivo GRUPO. Las personas interesadas en participar en un determinado GRUPO, deberán hacerlo ofreciendo la totalidad de los ítems requeridos para dicho GRUPO. METRO CALI S.A., no reconocerá reajustes, razón por lo cual el oferente dentro de la propuesta preverá todas las situaciones laborales, fiscales, cambios en los precios de adquisición de materiales, importaciones e impuestos y todos los costos que sean necesarios para dar cumplimiento al objeto del contrato que resulte del presente proceso de selección. Al elaborar su propuesta el proponente deberá tener también en cuenta las condiciones de pago estipuladas.
DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL Y PRESUPUESTO OFICIAL. Las obligaciones que se contraigan en desarrollo de este proceso se atenderán con los recursos asignados para tal efecto del presupuesto de la Corporación para la vigencia de 2013, que se estima en la suma de TRESCIENTOS MILLONES DE PESOS ($ 300.000.000,oo), suma que incluye el IVA y todos los costos para ejecutar la respectiva contratación, según Certificado de Disponibilidad Presupuestal No.1704 del 23 de Julio de 2013, el cual se afectará de acuerdo con el valor de la contratación adjudicada. Al preparar sus ofertas, los proponentes tendrán en cuenta que la CVC realizará la contratación por Adjudicación Total y que no reconocerá sumas adicionales no previstas por el proponente, o rebajas por errores u omisiones en que él incurra. LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS SE ENCUENTRAN DESCRITAS EN EL CAPÍTULO VI DEL PRESENTE PLIEGO DE CONDICIONES.

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  • EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO (art. 26.1.k) TRLCSP y 67.2.d RG)

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  • DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Las penalidades por retraso injustificado en la ejecución del servicio y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los artículos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente. De acuerdo con los artículos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por xxxx.

  • Propiedad de los trabajos Todos los estudios y documentos elaborados, en su caso, en ejecución del contrato serán propiedad del Ayuntamiento de Granada quien podrá reproducirlos, publicarlos y divulgarlos total o parcialmente sin que pueda oponerse a ello el adjudicatario autor de los trabajos. El adjudicatario no podrá hacer ningún uso o divulgación de los estudios y documentos elaborados con motivo de la ejecución de este contrato, bien sea en forma total o parcial, directa o extractada, sin autorización expresa del órgano de contratación. Los contratos de servicios que tengan por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial, llevarán aparejada la cesión de éste al Ayuntamiento de Granada. En todo caso, y aún cuando se excluya la cesión de los derechos de propiedad intelectual, se podrá autorizar el uso del correspondiente producto a los entes, organismos y entidades pertenecientes al sector público a que se refiere el artículo 3.1 del TRLCSP.