Common use of DURACIÓN Y PRÓRROGA DEL CONTRATO Clause in Contracts

DURACIÓN Y PRÓRROGA DEL CONTRATO. 2.1. El Contrato entrará en vigor el día de su firma y tendrá la duración de UN (1) AÑO a contar des- de la fecha de inicio de suministro, si ninguna de las partes manifestara lo contrario. El alta efectiva del suministro de gas natural en cada punto de suministro es competencia y responsabilidad exclusiva de la Empresa Distribuidora, de acuerdo con la normativa aplicable, pudiendo diferir la fecha de la entrada en vigor del Contrato respecto de la efectiva fecha de alta del suministro de gas natural, siendo ésta con carácter general posterior a la firma del Contrato.

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