EJECUCION Y CONTROL DE LOS SERVICIOS Cláusulas de Ejemplo

EJECUCION Y CONTROL DE LOS SERVICIOS. El Licitante ganador ejecutará los servicios de Mantenimiento preventivo y correctivo del parque vehicular a diesel del Sector Xxxxxxxx que requieran cada uno de los vehículos mencionados en el anexo “A” con la herramienta, equipo y mano de obra especializada necesaria para el buen funcionamiento de los vehículos realizando las actividades descritas en los manuales de mantenimiento de las plantas armadoras del vehículo que corresponda. Así mismo, utilizará en todos los servicios y reparaciones las refacciones, partes y accesorios originales, los materiales deben ser nuevas y con la calidad y especificaciones que recomienda el fabricante de la marca de cada vehículos, el supervisor de PEMEX Refinación podrá verificar todo esto en cualquier momento, solicitando certificados de control de calidad de los mismos. El Licitante ganador, está obligado a proporcionar cualquier servicio que necesiten las unidades de PEMEX REFINACION incluyendo auxilio Vial y servicio xx xxxx dentro de la zona de influencia (200 km a la redonda) del área convocante, esto último sin costo adicional para PEMEX REFINACION que dando bajo su estricta responsabilidad la presentación eficaz del mismo, dicho servicio se prestará durante días hábiles, festivos, Sábados y Domingos durante la vigencia del contrato con un horario de 07:00 hr a 21:00 hr. En general cualquier servicio que necesiten las unidades de PEMEX REFINACION quedará bajo la estricta responsabilidad del Licitante ganador. Los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo requeridos comprenden las actividades que se señalan en el anexo “B”. Cada servicio de mantenimiento preventivo deberá realizarse en un máximo de 24 hr en días hábiles, contados a partir de la recepción de la unidad, plazo en el cual el vehículo deberá ser entregado al personal designado por PEMEX REFINACION, en el entendido que en caso de rebasar la fecha estipulada se le aplicará la pena convencional correspondiente señalada en el contrato por cada día hábil de atraso hasta que el vehículo sea entregado. El personal autorizado por PEMEX REFINACION indicará el tipo de mantenimiento que se requiere especificándolo en la orden de trabajo. La ejecución y el control de los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo que se contrate se deberán apegar a lo que determine el representante o supervisor de PEMEX REFINACION conforme al diagnostico previamente establecido autorizado y presentado. Los vehículos enviados al servicio de mantenimiento preventivo...
EJECUCION Y CONTROL DE LOS SERVICIOS. EL PRESTADOR DEL SERVICIO EJECUTARÁ LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO QUE REQUIERAN CADA UNO DE LOS VEHICULOS MENCIONADOS EN EL ANEXO “A” DE ESTE DOCUMENTO, Y CON RECURSOS SOLICITADOS EN ANEXO “C” TALES COMO: HERRAMIENTAS, REFACCIONES, PARTES Y ACCESORIOS, EQUIPOS, MATERIALES Y MANO DE OBRA ESPECIALIZADA; SERVICIOS QUE LLEVARÁ A CABO CON LAS FORMALIDADES DESCRITAS EN LOS MANUALES DE MANTENIMIENTO DE LAS PLANTAS ARMADORAS, DEL VEHICULO QUE CORRESPONDA. ASIMISMO, UTILIZARA EN TODOS LOS SERVICIOS Y REPARACIONES, LAS REFACCIONES, PARTES Y ACCESORIOS ORIGINALES, Y MATERIALES DE PRIMERA CALIDAD, DEBIENDO SER NUEVAS Y DE CALIDAD AUTORIZADAS PARA LA MARCA DEL VEHICULO DEL QUE SE TRATE; TAMBIEN EL EQUIPO Y HERRAMIENTA QUE UTILICE PARA REALIZAR TODOS LOS SERVICIOS, SERAN LOS ADECUADOS, LO CUÁL PODRÁ VERIFICAR EL SUPERVISOR DE PEMEX REFINACIÓN EN CUALQUIER MOMENTO. EL PRESTADOR DEL SERVICIO, ESTA OBLIGADO A PROPORCIONAR CUALQUIER SERVICIO QUE NECESITEN LAS UNIDADES DE PEMEX REFINACIÓN, INCLUYENDO AUXILIO VIAL Y SERVICIO XX XXXX DENTRO DE __________60 KM_____________(ZONA DE INFLUENCIA) DEL AREA ADMINISTRADORA DE LOS SERVICIOS, ESTO ÚLTIMO SIN COSTO ADICIONAL PARA PEMEX REFINACIÓN, QUEDANDO BAJO SU ESTRICTA RESPONSABILIDAD LA PRESENTACIÒN EFICAZ DEL MISMO, DICHO SERVICIO SE PRESTARÁ EL TIEMPO QUE DURE LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS DE 7:00 A 21:00 HRS. EN EL CASO DE QUE ESTE SERVICIO TENGA QUE SER SOLICITADO A UN TERCERO, EL PRESTADOR DE SERVICIO ESTA OBLIGADO A INFORMAR AL SUPERVISOR DE PEMEX REFINACIÓN EL NOMBRE Y TELEFONOS DE LAS PERSONAS ENCARGADAS DE COORDINAR ESTOS AUXILIOS DURANTE LAS HORAS QUE NO SE ENCUENTRE EN OPERACIÓN SUS INSTALACIONES, DEBIENDO RECIBIR LA UNIDAD EN CUALQUIER HORA DURANTE LOS DIAS QUE DURE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. EN GENERAL, CUALQUIER SERVICIO QUE NECESITEN LAS UNIDADES DE PEMEX REFINACIÓN, QUEDARÁ BAJO LA ESTRICTA RESPONSABILIDAD DEL PRESTADOR DE SERVICIO.

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  • CALIDAD DE LOS SERVICIOS De conformidad con lo establecido en el segundo párrafo del artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” queda obligado ante “BANSEFI” a responder de la calidad de los servicios, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubieren incurrido, en los términos señalados en el presente contrato y en la legislación aplicable. De conformidad con lo establecido por el artículo 84 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, no se tendrán por recibidos los servicios, si no existe la aceptación de conformidad de los servicios prestados, por parte del personal autorizado de “BANSEFI”.

  • CAUSALES Y PROCEDIMIENTO PARA SUSPENDER TEMPORALMENTE, DAR POR TERMINADO ANTICIPADAMENTE O RESCINDIR EL CONTRATO Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 2.051/03, y en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato (CGC y CEC).

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO El servicio se ejecutará en un plazo máximo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la notificación al proveedor con la Orden de Servicio o hasta que cese la necesidad del área usuaria derivada del objeto de la contratación.

  • GARANTÍA DE LOS SERVICIOS Los “LICITANTES” deberán presentar junto con su propuesta técnica, un escrito mediante el cual garanticen la calidad de “LOS SERVICIOS” a realizar, señalando que cuentan con la infraestructura necesaria, los recursos técnicos y humanos, experiencia, para “LOS SERVICIOS” solicitados, para cumplir a satisfacción de “LA CONVOCANTE” según corresponda, durante la vigencia del contrato que se derive de este procedimiento. En dicho escrito se deberá considerar además lo siguiente: • El “LICITANTE”, deberá contar con la infraestructura necesaria, personal suficiente a fin de garantizar que “LOS SERVICIOS” objeto de esta licitación sean proporcionados con la calidad, oportunidad y eficiencia requerida para tal efecto, comprometiéndose a desarrollarlo a satisfacción de “LA CONVOCANTE”. • “EL “LICITANTE”” que realice “LOS SERVICIOS” quedará obligado ante “LA CONVOCANTE” a responder de los defectos en la calidad de “LOS SERVICIOS”, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en la licitación, en el contrato que se derive de este procedimiento y/o en la legislación aplicable. Para dar cumplimiento a lo establecido al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, el “LICITANTE” adjudicado deberá previamente a la firma del contrato respectivo, cuyo monto exceda de los $300,000.00 M.N. (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.) sin incluir el IVA, presentar ante la Subgerencia de Administración y Finanzas, la “Opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales” prevista en la regla 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2016, publicada el 23 de diciembre de 2015 en el Diario Oficial de la Federación o aquella que en el futuro la sustituya, ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), preferentemente dentro de los 3 (tres) días hábiles posteriores a la fecha de notificación del fallo.

  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • Pago de los Servicios Los Servicios serán pagados por el Fiduciario el día quince (15) de cada mes y si este fuera inhábil, el siguiente Día Hábil o en las fechas que surjan del Cuadro de Pago de Servicios Teórico contenido en el Suplemento de Prospecto (la “Fecha de Pago de Servicios”), mediante la transferencia de los importes correspondientes a la Caja de Valores S.A., para su acreditación en las respectivas cuentas de los titulares de Valores Fiduciarios con derecho al cobro. Con anticipación suficiente a cada Fecha de Pago de Servicios, el Fiduciario publicará en la AIF y en los sistemas de información donde se listen y/o negocien los Valores Fiduciarios el monto a pagar por tal concepto a cada Clase de Valores Fiduciarios que en esa oportunidad tenga derecho al cobro, discriminando los conceptos.

  • PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS 1 Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública 2 Titulo sustituido por el artículo 1° de la Ley 1755 del 30 xx xxxxx de 2015 La prestación real y efectiva de los servicios públicos objeto del presente contrato, se iniciará una vez el suscriptor haya cumplido con todos y cada uno de los requisitos técnicos y legales exigidos por la empresa, y se haya efectuado el pago de los aportes de conexión autorizados por el artículo 90 de la Ley 142 de 1994 y definidos en el artículo 1.2.1.1 de la Resolución CRA 151 de 2001 - modificado por el artículo 1º de la Resolución CRA 271 de 2003. Con el propósito de incentivar la masificación de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado, la empresa otorgará plazos para amortizar los aportes de conexión, incluyendo la acometida y el medidor, los cuales serán obligatorios para los estratos 1, 2 y 3. En todo caso los costos de conexión domiciliaria, acometida y medidor de los estratos 1, 2 y 3 podrán ser cubiertos por el municipio, el departamento o la nación a través de aportes presupuéstales para financiar los subsidios otorgados a los residentes de estos estratos que se beneficien con el servicio y, de existir un saldo a favor de la empresa, se aplicarán los plazos establecidos en el inciso anterior, los cuales, para los estratos 1, 2 y 3, por ningún motivo serán inferiores a tres (3) años, salvo por renuncia expresa del usuario Los costos directos de conexión, los cuales hacen parte de los aportes de conexión, son los costos en que incurre la empresa por concepto de medidor, materiales, accesorios, mano de obra y demás gastos necesarios para conectar un inmueble a los sistemas o redes de distribución de acueducto y alcantarillado existentes. También se consideran costos directos de conexión los de diseño, interventoría, restauración de vías y del espacio público deteriorado por las obras de conexión, así como los estudios particularmente complejos, en caso de presentarse3. La iniciación en la prestación de los servicios solicitados no podrá superar cuarenta (40) días hábiles contados desde la fecha en que se verifica y aprueba el cumplimiento de los requisitos y el pago de los aportes de conexión, conforme a lo previsto en la presente cláusula.

  • SEGUIMIENTO Y CONTROL El PRESTATARIO faculta al BANCO, para que a través del OPERADOR DEL FINANCIAMIENTO, se realice el seguimiento que creyere conveniente al proyecto financiado con el presente financiamiento. Cualquier incumplimiento u obstáculo a la aplicación de esta cláusula facultará al OPERADOR DEL FINANCIAMIENTO para suspender los desembolsos.

  • EFECTOS DE ESTE ACUERDO Y RECURSOS CONTRA EL MISMO El presente Acuerdo causa estado en la vía administrativa y tiene carácter ejecutivo. Contra el mismo, las partes y, en su caso, los interesados pueden interponer, en única instancia, recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo. Dicho recurso deberá interponerse en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este Acuerdo. Pamplona, 13 de enero de 2012

  • Obligaciones esenciales que pueden ser causa de resolución del contrato Tendrán la condición de obligaciones esenciales de ejecución del contrato, las siguientes: a. El cumplimiento de la propuesta del adjudicatario en todo aquello que haya sido objeto de valoración de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos para el contrato.