Definición de Responsable Técnico

Responsable Técnico. Xxxxxxxxx Xxxx Xxx
Responsable Técnico. Es la persona natural que representa a una Entidad Ejecutora en la ejecución de un Proyecto seleccionado para su subvención por PROCIENCIA. Es responsable de su postulación, ejecución y cierre, de la entrega de la información 1 Project Management Institute. (2008). A guide to the project management body of knowledge (PMBOK® guide)-Forth Edition. Xxxxxx square, PA: Author.
Responsable Técnico. Persona física en la cual derivan las acciones que son de su competencia con relación al SERVICIO y que está plenamente identificado ante el CEDETEC. Su relación laboral es con el ADMINISTRADOR.

Examples of Responsable Técnico in a sentence

  • Presentar los descargos solicitados para la reposición de gastos de transporte con fondos de caja chica ante el Responsable Técnico Administrativo de su oficina departamental.

  • Los derrames de líquidos inflamables serán cubiertos inmediatamente por arena o algún material absorbente efectivo, de manera tal de evitar posibles incendios, dando aviso inmediato al Responsable Técnico de la Obra.

  • Es elaborado por el Responsable Técnico y revisado y aprobado por el Monitor Técnico, con el VB del Coordinador de la SUSSE, al término del proyecto junto con el Informe Final de Resultados.

  • Se esperan los siguientes resultados finales de la consultoría, los mismos que deberán ser recibidos a satisfacción por el/la Responsable Técnico Administrativo del Proyecto: Promoción del Proyecto realizada con éxito en diversos espacios, eventos, ferias y otros.

  • El Oficial Operativo de Jóvenes dependerá funcionalmente de el/la Responsable Técnico Administrativo, y las actividades de su consultoría serán coordinadas por el Supervisor Técnico Operativo de la UCGPE.

  • El seguimiento y control del proyecto se efectuará sobre las siguientes bases: - Seguimiento continuo de la evolución del servicio entre el gestor del servicio por parte del adjudicatario y el Responsable Técnico.

  • Otras actividades encomendadas por el/la Responsable Técnico Administrativo de acuerdo a la planificación de las estrategias del Proyecto.

  • Informar el/la Responsable Técnico Administrativo de la oficina departamental continuamente sobre las actividades realizadas fuera de la oficina para efectos de control.

  • En los casos que el “BENEFICIARIO” incumpla con las obligaciones establecidas en el presente Convenio, el “FORDECYT-PRONACES” deberá notificar al área del RENIECYT, para que se asiente lo correspondiente en dicho registro, especificando en su caso, si el incumplimiento es atribuible al/ a la Responsable Técnico /a o Administrativa/a del “PROYECTO”.

  • CLÁUSULA DÉCIMA SETIMA.- La coordinación a nivel de decisión se establecerá entre el Responsable Técnico, designado por la ENTIDAD EJECUTORA y la Sub Unidad de Soporte, Seguimiento y Evaluación (SUSSE) de la Unidad de Gestión de Concursos de EL PROCIENCIA.


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Responsable Técnico. Es la persona capaz de realizar las tareas de instalación, mantenimiento, planificación y administración de recursos de su área, en coordinación con la gerencia respectiva. Es el responsable del funcionamiento de los equipos y sistemas para transmisión desde exteriores, móvil satelital, estación satelital, control central, trasmisor, prensa, etc. El responsable técnico de control central tiene entre sus cometidos la atención de los Estudios y la coordinación con las producciones de los programas para asignar los recursos de los departamentos de video tape, master y control de grabación.
Responsable Técnico. Persona física o moral inscrita en el Registro Forestal Nacional facultada para elaborar, dirigir la ejecución técnica y evaluar los programas de manejo forestal;
Responsable Técnico. Persona humana con título habilitante, designado por el Oferente, Adjudicatario o Contratista para actuar en su nombre en el tratamiento de cuestiones técnicas relativas a la Licitación o el Contrato.
Responsable Técnico. Requisitos: Cuatro (04) años de experiencia en mantenimiento preventivo, predictivo, correctivo o montaje y puesta en operación de transformadores de potencia iguales o mayores a 50MVA.
Responsable Técnico. Requisitos: Ingeniero Eléctrico o Mecánico Eléctrico con registro del Colegio de Ingenieros del Perú. Acreditación: El Responsable Técnico, se acreditará con copia simple de Título Profesional y registro en el Colegio de Ingenieros del Perú. ESPECIALISTA DE MANTENIMIENTO: Requisitos: Profesional, Bachiller o Técnico de Nivel Operativo en Ingeniería Eléctrica, Mecánica Eléctrica, Mecatrónica, Industrial, Electricidad Industrial, Electrotecnia y ramas afines. Acreditación: El Técnico Especialista, se acreditará con copia simple de Título Profesional y/o Técnico, Xxxxx xx Xxxxxxxxx o Diplomado. El título será verificado por el comité de selección en el Registro Nacional de Grados Académicos y Títulos Profesionales en el portal web de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU a través del siguiente link: xxxxx://xxxxxxx.xxxxxx.xxx.xx/ // o en el Registro Nacional de Certificados, Grados y Títulos a cargo del Ministerio de Educación a través del siguiente link : xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/, según corresponda. En caso de que el título no se encuentre inscrito en el referido registro, el postor debe presentar la copia del diploma respectivo a fin de acreditar la formación académica requerida.

Related to Responsable Técnico

  • Responsable es la persona física o jurídica, autoridad pública, agencia u otro organismo que, de manera independiente o mediante colaboración con otros, determina la finalidad y los medios del tratamiento de los Datos Personales; en el contexto de este DPA, cuando el Cliente actúe como encargado del tratamiento de datos para otro responsable del tratamiento de datos, por lo que respecta a SAP se considerará un Responsable del Tratamiento de Datos adicional e independiente con los derechos y obligaciones correspondientes a un Responsable del Tratamiento de Datos de conformidad con este DPA.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Vigencia La garantía de seriedad de la oferta debe estar vigente desde la fecha de presentación de la oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato. En caso de no requerirse la garantía de cumplimiento, hasta la firma del contrato. Lo anterior, sin perjuicio del deber de ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o la suscripción se prorrogue.

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.

  • Objetivo Anotar los aspectos técnicos requeridos por la Secretaría y que serán la Propuesta Técnica que presente el licitante en el Acto de Presentación de Proposiciones Técnicas y Económicas y Apertura de Proposiciones Técnicas, de esta licitación.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Cinco de agosto de dos mil dieciséis (05/06/2016).

  • Fideicomitente Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), representada por el Consejo de la SUTEL.

  • Objeto Es objeto de la concesión que el Concesionario se encargue de las siguientes obligaciones: a) construcción de las Obras Nuevas que corresponden a la Tercera Etapa del proyecto Chavimochic; b) operación y mantenimiento de las Obras Nuevas y de las Obras Existentes; y c) prestación del servicio de suministro de agua a los usuarios del proyecto. Tales obligaciones se ejecutarán conforme a los lineamientos contenidos en los presentes Términos de Referencia, considerando para tal efecto la delimitación de dos Fases de realización paralela, cuya descripción se detalla a continuación: Diseño y construcción de las Obras Nuevas de la Primera Fase conformadas por la Presa Palo Redondo y sus obras auxiliares, y del primer tramo del Canal Madre Tramo Moche-Chicama-Urricape. Las inversiones en las obras de la Primera Fase se financian íntegramente con el Cofinanciamiento del Estado. En el Periodo de Operación, comprende las actividades de operación y mantenimiento de las indicadas Obras Nuevas de la Primera Fase. Diseño y construcción de las Obras Nuevas de la Segunda Fase conformadas por: i) la Tercera línea xx xxxxx del Río Virú; ii) el tramo principal de las obras de la prolongación del Canal Madre Tramo Moche-Chicama-Urricape; iii) el sistema de conducción lateral para el sector Urricape por debajo del Canal Madre; iv) la remodelación integral del sistema xx xxxxx del Canal Madre tramo Chao-Virú-Moche; y v) la instalación del sistema de control, medición y automatización con cobertura integral para toda la infraestructura hidráulica mayor del Proyecto Chavimochic. Las inversiones en las obras de la Segunda Fase serán financiadas íntegramente con el aporte del Concesionario. Actividades de operación y mantenimiento de las indicadas Obras Nuevas de la Segunda Fase; Operación y mantenimiento de las Obras Mayores de Infraestructura Hidráulica, construidas como parte de la Primera y Segunda Etapa del proyecto; con excepción del sistema de conducción secundaria, conformado por los canales laterales del Proyecto, actualmente operados por las respectivas juntas de usuarios. Prestación del servicio de suministro de agua xx xxxxx desde el Canal Madre a los diferentes tipos de usuarios agrícolas del Proyecto, según se detalla en los presentes Términos de Referencia. Prestación del servicio de suministro de agua de uso poblacional a la planta de tratamiento de agua potable de propiedad del Proyecto Especial Chavimochic, para el abastecimiento de la ciudad xx Xxxxxxxx. Entrega de agua en bloque al Proyecto Especial Chavimochic para su distribución a través xx xxxxx comunes a las Juntas de Usuarios de los xxxxxx xx Xxxx, Virú, Moche y Chicama, de acuerdo con el volumen anual, puntos y régimen de entrega determinados por el Proyecto Especial Chavimochic en coordinación con la Autoridad Nacional del Agua, salvo la atención directa, a través xx xxxxx específicas, a usuarios individuales de estos xxxxxx desde el Canal Madre, en cuyos casos el Concesionario y tales usuarios suscribirán los contratos de servicio respectivos. Prestación del servicio de suministro de agua para fines de generación hidroeléctrica a las centrales hidroeléctricas: de Virú (en actual operación), de Cola del embalse Palo Redondo, y de Pie xx Xxxxx (cuando inicien su operación), considerando que este servicio, en todos los casos, estará subordinado al régimen de despacho de agua para fines poblacionales y xx xxxxx. El régimen de despacho de agua que se defina para cumplir con los compromisos aludidos considerará el siguiente orden de prelación: a) Cobertura de la demanda poblacional; b) Cobertura de la demanda de uso agrícola, c) Cobertura de las demandas de uso hidroeléctrico.

  • Tercero significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Duración del contrato Inicio 02 de diciembre del 2019 Término: 31 de diciembre del 2019 (renovable según presupuesto y desempeño). Remuneración mensual S/. 2,000.00 (Dos mil y 00/100 Soles).

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.

  • Primer Orden de Elegibilidad Es la posición que ocupa el Proponente que una vez habilitado, obtiene el puntaje más alto luego de efectuarse la evaluación prevista en el presente Pliego de Condiciones.

  • Vehículo Asegurado la unidad automotriz descrita en la carátula de la póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante adapta originalmente cada modelo y tipo específico que presenta al mercado.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Cliente se refiere a Su Cliente, si lo hubiera, identificado en Su orden (o de manera alternativa descrito en Su orden) que desea usar, o que Usted use en su nombre, los Servicios y Datos de Oracle.

  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO N° 11

  • Objetivos OBJETIVO GENERAL

  • Terceros Cualquier persona física o jurídica distinta de:

  • Aseguradora Se refiere x Xxxxx Seguros México, S.A.

  • Autoridad Gubernamental Significa cualquier gobierno, funcionario, departamento de gobierno, comisión, consejo, oficina, agencia, autoridad reguladora, organismo, ente judicial, legislativo o administrativo, de carácter federal, estatal o municipal, con jurisdicción sobre los asuntos relacionados al presente Contrato y a cualesquiera de los Documentos del Financiamiento.