EMERGENCIA MÉDICA. Es la aparición súbita de una alteración del estado de salud del Asegurado que se manifiesta con síntomas agudos que de acuerdo a su severidad ponen en peligro la vida del asegurado o la viabilidad de alguno de sus órganos. La emergencia desaparece en el momento en que se logra la estabilización médica del asegurado.
EMERGENCIA MÉDICA. Todo problema médico-quirúrgico que ponga en peligro la vida, un órgano o una función y que requiera atención médica inmediata, entre los cuales de forma enunciativa mas no limitativa se consideran los que afecten la función de la rodilla y/o de la columna vertebral, la afección de las arterias coronarias que requieran cirugía de bypass, enfermedad vascular cerebral, infarto agudo al miocardio, parálisis/ paraplejia y cualquier Politraumatismo.
EMERGENCIA MÉDICA. Crisis aguda e imprevisible en la salud del Asegurado que se manifieste con gravedad y severidad tal, que ponga en peligro la vida del Asegurado, su integridad corporal o la viabilidad de alguno de sus órganos por lo que requiere de atención médica de emergencia.
EMERGENCIA MÉDICA. Toda contingencia de gravedad que afecte a la salud del ser humano con inminente peligro para la conservación de la vida o de la integridad física de la persona, como consecuencia de circunstancias imprevistas e inevitables, independientemente del lugar de su acontecimiento.
EMERGENCIA MÉDICA. Se entiende por emergencia médica toda condición repentina o inesperada que se manifieste en virtud a una enfermedad del Asegurado y que requiera atención inmediata al poner en peligro inminente su vida.
EMERGENCIA MÉDICA. Ampara al 100% los gastos cubiertos ambulatorios de emergencias médicas, incurridos durante las primeras 24 horas de ocurrida la emergencia; siempre que el Asegurado no requiera hospitalización. Se consideran emergencias médicas: − Intoxicaciones medicamentosas y alimentarías. − Infarto Agudo al Miocardio, Angina de Pecho, Crisis Hipertensiva y edema agudo pulmonar. − Crisis asmática, insuficiencia respiratoria aguda y neumonía. − Cólico vesicular, Apendicitis, gastroenterocolitis aguda con deshidratación moderada severa, obstrucción intestinal, hernias estranguladas, pancreatitis aguda, úlcera péptica sangrante, hemorragias digestivas, perforación de vísceras y peritonitis. − Cólico renal, retención urinaria, pielonefritis aguda e insuficiencia renal aguda. − Convulsiones, Accidentes Cerebro Vasculares (derrame cerebral, hemiplejías etc.). − Síndromes febriles mayor a 38.5 (de 0 a 12 años) y síndromes febriles mayor a 39 (mayores de 12 años). − Hemorragias de cualquier etiología. − Pérdida de conocimiento súbita. − Torsión testicular − Hepatitis Viral Este beneficio no aplica para Condiciones Preexistentes, cualquiera que sea la enfermedad. Si a causa de la Emergencia Médica el Asegurado tuviera que hospitalizarse, los Gastos Cubiertos derivados del tratamiento o cirugía posteriores a las 24 horas serán reconocidos como una hospitalización. Las condiciones y límites de este beneficio figuran en las Condiciones Particulares.
EMERGENCIA MÉDICA. Significa la aparición inesperada de una condición médica que amenaza la vida del Asegurado y que requiere atención médica inmediata. La emergencia médica se identifica por los síntomas severos que presenta el paciente y por la necesidad de éste de recibir atención médica inmediata, pero en ningún caso pasadas las 24 horas de su aparición.
EMERGENCIA MÉDICA. El Usuario recibirá, al momento del requerimiento del prestador, el financiamiento de gastos médicos por emergencia médica, que incluirá exclusivamente el servicio de ambulancia terrestre a nivel nacional, conforme el monto establecido en el Anexo 2 Financiamiento/Cobertura de Prestaciones Médicas.
EMERGENCIA MÉDICA. Se considera Emergencia Médica cuando una Enfermedad o Accidente pone en peligro la vida, la viabilidad de alguno de los órganos o la integridad corporal del Usuario.
EMERGENCIA MÉDICA. Es cuando un padecimiento o Accidente cubierto por la Póliza, pone en peligro la vida, la funcionalidad de alguno de los órganos o la integridad corporal del Asegurado, para la cual se requiere intervención médica inmediata. Es necesario que el Asegurado ingrese por el área de urgencias del hospital.