Energización Cláusulas de Ejemplo

Energización.  Izado con una grúa de 20 toneladas del transformador de potencia 69/13.8 kV- 2.5/3.12 MVA con sus accesorios, sobre un tráiler con plataforma cama baja en la S/E Vilcabamba.  Traslado del, transformador de potencia 69/13,8 kV – 2.5/3.12 MVA con todos sus accesorios, desde la S/E Vilcabamba hacia la S/X Xxxxxxxx, incluido el servicio de supervisión durante todo el trayecto. Se debe instalar un registrador de impactos para monitorear el transporte del transformador de potencia. Incluye el seguro de transporte de los equipos a ser trasladados.  Montaje con una grúa de 20 toneladas, del transformador de potencia 69/13.8 kV-2.5/3.12 MVA en las bases asignadas de la S/X Xxxxxxxx.  Pruebas eléctricas de rutina en campo que se debe realizar al transformador de potencia 69/13.8 kV-2.5/3.12 MVA en la S/X Xxxxxxxx son las siguientes:
Energización.  Montaje de cuatro (4) interruptores de potencia 69 kV, en las bases asignadas de la subestación Velacruz, incluye estructura de soporte, y todos sus accesorios.  Pruebas de rutina en campo que se debe realizar para los tres (3) interruptores de potencia 69 kV en la S/X Xxxxxxxx son las siguientes:
Energización.  Izado con una grúa de 20 toneladas del transformador de potencia 69/13.8 kV-1 MVA con sus accesorios, sobre un tráiler con plataforma cama baja en la S/E Catacocha.  Traslado del, transformador de potencia 69/13,8 kV – 1 MVA con sus accesorios, desde la S/E Catacocha hacia la S/E Playas, incluido el servicio de supervisión durante todo el trayecto. Incluye el seguro de transporte de los equipos a ser trasladados.  Desmontaje con una grúa de 20 toneladas y puesto a buen recaudo del transformador de potencia existente de 0.8MVA, incluye cables de media tensión y accesorios.  Montaje con una grúa de 20 toneladas, del transformador de potencia 69/13.8 kV -1 MVA, en las bases asignadas de la S/E Playas.  Pruebas de rutina en campo que se debe realizar para el transformador de potencia 69/13.8 kV-1 MVA en la S/E Playas son las siguiente:
Energización.  Instalación de cinco (5) metros con conductor de cobre tipo TTU (1/0 AWG), entre el transformador de potencia y la malla de puesta a tierra. Nota: La empresa adjudicataria debe contar con un seguro de transporte para el transformador de potencia, cuyo valor debe garantizar el costo de este bien. La copia del seguro deberá ser presentada a la EERSSA previo la realización del transporte.  Tendido e instalación de, cuarenta (40) metros con conductor de cobre flexible, 600 V, 2x12 AWG, para la alimentación DC de equipos primarios montados en el patio de 69 kV.  Tendido e instalación de, cuarenta (40) metros con conductor de cobre flexible, 600 V, 4x12 AWG, para la alimentación DC de equipos primarios montados en el patio de 69 kV. El proceso incluye la provisión de todo el equipamiento primario descrito, transporte de los equipos y materiales hacia las Subestaciones Velacruz, El Empalme y Playas, adecuaciones civiles necesarias para el montaje electromecánico del equipo de potencia, suministro de mano de obra especializada, alimentación de circuitos tanto de AC como DC para los equipos de potencia , elaboración de planos actualizados , realización de pruebas y puesta en operación de todos los equipos instalados en la subestación Velacruz , El Empalme y Playas. Adicionalmente, el oferente deberá considerar un programa de intercambio tecnológico de conocimiento para el personal de la Empresa Eléctrica Regional del Sur. S. A., en el cual se consideren los siguientes aspectos: - Operación y mantenimiento del Interruptor de 69 kV, a ser suministrado. - Configuración y manejo del IED de protección (incluye software de programación), a ser suministrado. Este programa debe asegurar una puesta en operación correcta de los equipos, así como su posterior mantenimiento. Deberá considerar el uso de medios didácticos que aseguren un óptimo aprovechamiento de los usuarios. EL intercambio de conocimiento será parte de la oferta y se realizará en las instalaciones de la EERSSA indicando el tiempo requerido, ésta será dictada en español. Será responsabilidad del contratista proveer toda la documentació n técnica necesaria para el montaje, puesta en funcionamiento, operación y mantenimiento de los equipos suministrados, es decir: - Manuales técnicos de los equipos - Manuales de montaje de los equipos - Manuales de operación de los equipos - Manuales de mantenimiento de los equipos - Planos de todos los equipos - Certificados de todas las pruebas solicitadas por la EERSSA.

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  • Notificación de Adjudicación Una vez resuelta la adjudicación se notificará a todos los oferentes.

  • Precios de la Oferta 14.1 El Contrato comprenderá la totalidad de las Obras especificadas en la Subcláusula 1.1 de las IAO, sobre la base de la Lista de Cantidades valoradas presentada por el Oferente. 14.2 El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades. El Contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades. Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente. 14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente. 14.4 Los precios unitarios que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato si así se dispone en los DDL, en las CEC, y en las estipulaciones de la Cláusula 47 de las CGC. El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA Durante el plazo de garantía establecido en la cláusula 15.4 cláusulas específicas del contrato, que se iniciará al día siguiente a la fecha de recepción del contrato, se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente, teniendo derecho el contratista a conocer y ser oído sobre los bienes suministrados. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

  • SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del TRLCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP, así como en el artículo 103 del RGLCAP, cláusulas 63 y siguientes xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado.

  • Amortización El Préstamo deberá ser amortizado por el Prestatario mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. La primera cuota se pagará en la primera fecha en que deba efectuarse el pago de intereses, luego de transcurridos seis meses contados a partir de la fecha prevista para finalizar los desembolsos xxx Xxxxxxxx, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 3.04, y la última, a más tardar, el 27 xx xxxxx de 2016.

  • DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS La C.T.M. xx Xxxxx Grande procederá de oficio a la devolución de las garantías una vez que, a su exclusivo juicio, estuviere cumplido el objeto para el cual fueron constituidas, de acuerdo al siguiente criterio:

  • OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD En virtud del presente contrato LA UNIVERSIDAD se obliga a cumplir con las siguientes: a) Pagar oportunamente el valor del contrato, en la forma definida en la cláusula décima primera; b) Informar al CONTRATISTA sobre cualquier irregularidad u observación que se encuentre en la ejecución de este contrato; c) Asignar un funcionario específico para la coordinación con EL CONTRATISTA de todos los procedimientos y requerimientos que genere el presente contrato.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • Incremento “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.