ENSAYOS DEL CONCRETO Cláusulas de Ejemplo

ENSAYOS DEL CONCRETO. Los ensayos sobre muestras de concreto suministradas por el CONTRATISTA DE OBRA serán realizados por el CONTRATISTA DE OBRA, con la supervisión de la INTERVENTORÍA con el propósito de evaluar la calidad de las mezclas de concreto suministradas y aprobar o indicar las modificaciones que se requieran. Para este propósito el CONTRATISTA DE OBRA debe efectuar los siguientes ensayos: TIPO DE OBRA CLASE DE ENSAYO XXXXX XXXX MUESTRAS NORMA DE REFERENCIA DE ENSAYO Estructuras hidráulicas Resistencia a la compresión NTC 454 (ASTM C172), NTC 550 (ASTM C31) NTC 673 (ASTM C39), ACI 214R Asentamiento NTC 454 INV-404 Otras estructuras Resistencia a la compresión NTC 454 (ASTM C172), NTC 550 (ASTM C31) NTC 673 (ASTM C39) Asentamiento NTC 454 INV-404 Pavimentos de vías Resistencia a compresión AASHTO T-23-70 INV-410 Notas: 1) Los ensayos de resistencia de concreto a compresión deben realizarse a los 7 y 28 días de fundido el concreto. 2) Todo concreto debe tener una resistencia mínima promedio en los ensayos, igual o superior a la especificada en cada caso. 3) En casos especiales, cuando se trate de concreto de alta resistencia y de ejecución rápida es aceptable la prueba de cilindros a las 24 horas con control obligatorio de las pruebas de los 7 y 28 días. 4) Los resultados de todos los ensayos realizados deben ser entregados a la INTERVENTORÍA en original y copia. El muestreo y los ensayos deben efectuarse con los estándares definidos en la presente especificación para diferentes tipos de obras y de acuerdo con el siguiente orden de prioridad:
ENSAYOS DEL CONCRETO. La Entidad atribuye la máxima importancia al control de calidad de los concretos que vayan a ser usados en la obra y por conducto del Interventor o de su representante, obligará a un minucioso examen de su ejecución y los informes escritos harán parte del diario de la obra. Para controlar la calidad de los concretos se harán los siguientes ensayos: Testigos de la Resistencia del Concreto. Las muestras serán ensayadas de acuerdo con el "Método para ensayos de cilindros de concreto a la compresión" (designación C-39 de la ASTM o ICONTEC 550 Y 673). La preparación y ensayo de cilindros de prueba que testifiquen la calidad de los concretos usados en la obra será obligatoria, corriendo ella de cuenta del Contratista pero bajo la supervigilancia de la Interventoría. Cada ensayo debe constar de la rotura de por lo menos cuatro cuerpos de prueba. La edad normal para ensayos de los cilindros de prueba será de veintiocho (28) días, pero para anticipar información que permitirá la marcha de la obra sin demoras extremas, dos de los cilindros de cada ensayo serán probados a la edad de siete (7) días, calculándose la resistencia correlativa que tendrá a los veintiocho (28) días. Cuando los cilindros ensayados a los veintiocho (28) días presenten valores menores que los admitidos, se tomarán núcleos ("core-drill"), pruebas de concreto en la obra, o se practicará una prueba de carga en la estructura afectada. En el caso que sean satisfactorias estas pruebas se considerará satisfactoria la estructura. Pero si fallan estas pruebas, o cuando no sea posible practicarlas se ordenará la demolición de la estructura afectada. La prueba de carga será determinada por la Interventoría según el caso. Las pruebas de concreto endurecido, se tomarán de acuerdo con las especificaciones de ICONTEC, designación 889. Los concretos tendrán una resistencia de 210 kg/cm2 a los 28 días a no ser que las especificaciones o los planos de la obra indiquen alguna variación, exceptuando: Los concretos ciclópeos, que serán dosificados por volumen con mezclas de 210 Kg/cm2 y 30% xx xxxxxx o mezcla de 175 Kg/cm2 con 40% xx xxxxxx. Los concretos pobres, serán utilizados en el fondo bajo la losa de fondo del tanque y cuando lo ordene el Interventor. Este concreto pobre será dosificado por volumen con mezclas entre 130 y 140 Kg/cm2 para sello de fundaciones. Las resistencias indicadas se refieren al concreto tal como se coloca en la obra. En las losas de fondo y en las paredes de tanques, exceptuando los a...
ENSAYOS DEL CONCRETO. La Entidad atribuye la máxima importancia al control de calidad de los concretos que vayan a ser usados en la obra y por conducto del residente de obra o de su representante, obligará a un minucioso examen de su ejecución y los informes escritos harán parte de la bitácora de obra. Para controlar la calidad de los concretos se harán los siguientes ensayos: 1.7.5.1 Asentamiento. Las pruebas de asentamiento se harán por cada cinco (5) metros cúbicos de concreto a vaciar y serán efectuados con el consistímetro xx Xxxxx o con el xxxx xx Xxxxxx. Los asentamientos máximos para las mezclas proyectadas serán los indicados al respecto para cada tipo, de acuerdo con la geometría del elemento a vaciar y con la separación del refuerzo.
ENSAYOS DEL CONCRETO. Las muestras para las pruebas de resistencia de clase de concreto, deberán tomarse no menos de una vez por día ni menos de una vez por cada cuarenta metros cúbicos de concreto.
ENSAYOS DEL CONCRETO. Para controlar la calidad de los concretos se harán los siguientes ensayos y los informes escritos de los resultados harán parte del diario de la obra:

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  • características Del contrato El contrato se realizará: • Por escrito, en modelo oficial. • Duración entre doce meses y tres años. • Prórrogas no inferiores a doce meses. El contrato se podrá celebrar a jornada completa o parcial.

  • CELEBRACIÓN DEL CONTRATO La contratación se perfeccionará mediante la notificación fehaciente de la Orden de Compra o la firma del Contrato, según corresponda, momento en el cual comenzarán a correr los plazos fijados en dicho documento. Las órdenes de compra o los contratos se podrán prorrogar por única vez y por un plazo igual o menor al de la OC o del Contrato y/o ampliarse o disminuirse hasta un máximo del treinta y cinco por ciento (35%) de los mismos, de acuerdo a los puntos XVI.3 y XVI.4 del Reglamento de Compras y Contrataciones de EANA.

  • Recepción del objeto del contrato Dentro del mes siguiente a la entrega o realización del objeto del contrato se procederá, mediante acto formal, a la recepción de los bienes objeto del suministro. Dicho acto será comunicado cuando resulte preceptivo a la Intervención General, a efectos de su asistencia potestativa al mismo en sus funciones de comprobación de la inversión. Si los bienes se encuentran en buen estado y con arreglo a las prescripciones técnicas, el funcionario designado por la Administración los dará por recibidos, levantándose la correspondiente acta, que deberá ser firmada por los concurrentes a la recepción, comenzando entonces el plazo de garantía. Si los bienes no se hallasen en estado de ser recibidos se hará constar así en el acta de recepción y se darán las instrucciones precisas al contratista para que se subsane los defectos observados o proceda a un nuevo suministro de conformidad con lo pactado.

  • SUSPENSIÓN DEL TRABAJO OBJETO DEL CONTRATO Si la Administración acordare la suspensión del contrato o aquélla tuviere lugar por la aplicación de lo dispuesto en el artículo 216.5 TRLCSP, se levantará un acta en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación de hecho en la ejecución de aquél. Acordada la suspensión, la Administración abonará al contratista, en su caso, los daños y perjuicios efectivamente sufridos por éste, los cuales se cifrarán con arreglo a lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo 309 TRLCSP.

  • DURACIÓN DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCIÓN 8.1.- La duración del contrato, el plazo de ejecución total, los plazos de ejecución parciales, en su caso, o la fecha de inicio del servicio son los que figuran en la letra C del Cuadro de características del contrato, son indicativos y podrán ser modificados, en su caso, como consecuencia de la licitación. 8.2.- En el supuesto de contrato de resultado, el plazo máximo de ejecución empieza a contar desde el día que se estipule en el contrato. 8.3.- En el supuesto de contratos de actividad por precio a tanto alzado o por unidades de ejecución o de tiempo, el plazo máximo de vigencia es el indicado en la letra C, o bien hasta que se haya agotado el presupuesto máximo del mismo, en el supuesto de que este hecho se produjera con antelación al cumplimiento del plazo antes señalado.

  • Elementos Del Contrato 1. Régimen jurídico del contrato. 2. Objeto del contrato.

  • DEFINICIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO La primera ocasión de integrar aspectos sociales en un contrato público se presenta en la fase inmediatamente anterior a la aplicación de las Directivas pertinentes, es decir, en el momento de la elección del objeto del contrato o, simplificando, cuando se plantea la pregunta “¿qué deseo construir o comprar como Administración pública?”. En esta fase, los poderes adjudicadores gozan de una buena oportunidad para tener en cuenta los aspectos sociales y escoger un producto o servicio que se corresponda con sus objetivos sociales. Hasta qué punto lo harán depende en amplia medida de la concienciación y los conocimientos de los poderes adjudicadores. Tal como señala la Comisión en su Comunicación sobre la legislación comunitaria de contratos públicos y las posibilidades de integrar los aspectos medioambientales en la contratación pública, estas posibilidades varían según los diversos tipos de contratos14. Lo mismo sucede con las posibilidades de tener en cuenta los aspectos sociales. Los contratos públicos de obras y servicios, que ofrecen concretamente la oportunidad de imponer un determinado modo de ejecución, son los que mejor permiten a los poderes adjudicadores tener en cuenta intereses de tipo social. En el caso de los contratos públicos de suministros, y al margen de la elección fundamental del objeto de los mismos ("¿qué voy a comprar?"), las posibilidades de tomar en consideración aspectos sociales son más limitadas. Los poderes adjudicadores podrán, por ejemplo, decidir adquirir bienes o servicios destinados a satisfacer las necesidades específicas de una categoría dada de personas, en particular, desfavorecidas o marginadas15. En este contexto, cabe destacar que los contratos de 13 Véanse el considerando 22 de la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de suministro, de servicios y de obras, COM 2000/0275 final (DO C 29 E de 30.1.2001, p. 11-111), que se refiere al artículo 23.3 de la propuesta, y el considerando 32 de la propuesta de Directiva relativa a la coordinación de los procedimientos de adjudicación de contratos en los sectores del agua, de la energía y de los transportes, COM 2000/0276 final (DO C 29 E de 30.1.2001, p. 112-188), que se refiere al párrafo tercero del artículo 33 de la propuesta. 14 Véase el capítulo dedicado a la definición del objeto del contrato en la Comunicación interpretativa de la Comisión sobre la legislación comunitaria de contratos públicos y las posibilidades de integrar los aspectos medioambientales en la contratación pública, COM(2001) 274 final, adoptada por la Comisión el 4.7.2001.

  • MONTO DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO El monto establecido para ejecutar la obra objeto del presente contrato, es valioso por la cantidad de: $769,939.00 SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS 00/100 M.N.), incluye el impuesto al valor agregado, con cargo a la partida municipal 614 denominada División de Terrenos y Construcción de Obras de Urbanización, aprobada mediante el convenio para el otorgamiento de subsidios, traslado, aplicación, destino, seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia en el ejercicio de los recursos económicos que celebran por una parte el Gobierno del Estado de Jalisco, para la ejecución de la Obra Pública contemplado en las reglas de operación de recursos federales del “FORTALECIMIENTO FINANCIERO PARA LA INVERSIÓN 2018 Convenio B”, aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio Fiscal 2018; aprobado mediante Sesión del Comité Dictaminador de Obra Pública del H. Ayuntamiento de Zapotlán el Grande, Jalisco, celebrada el día 24 veinticuatro de Septiembre del año 2018 dos mil dieciocho y de conformidad con la Sesión Pública Extraordinaria de Ayuntamiento número 74 setenta y cuatro de fecha 25 veinticinco de Septiembre del año 2018 dos mil dieciocho, en el punto número 15 quince del orden del día, así como la autorización y asignación de la obra referida para “EL CONTRATISTA”. A) El importe comprende todos los gastos de “EL CONTRATISTA” por concepto de materiales, equipo, herramientas, transporte de materiales, mano de obra, limpieza de obra, dirección, administración, impuestos, materias primas, seguros y en general todos los gastos directos e indirectos necesarios y suficientes para cumplir con todas y cada una de las obligaciones que asume en el presente contrato, así como su utilidad.

  • VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO El Contratante pagará al CONTRATISTA el valor de cada Acta de servicio, teniendo en cuenta el cumplimiento y avance en la ejecución así: El Contratante realizará un primer pago, por la suma equivalente al 90% del valor de la Fase 1de cada Acta de Servicio, contra la entrega y recibo a satisfacción por la interventoría de todos los estudios técnicos y diseños correspondientes a la infraestructura educativa junto con la radicación en debida forma de la solicitud de la Licencia de Construcción y de los demás permisos requeridos, deberá anexar copia de las radicaciones. El último pago, correspondiente al saldo xxx xxxx (10%) del valor de la Fase 1 de cada Acta de Servicio, se realizara contra el Acta de Cierre de la Fase 1 debidamente suscrita por el Contratista y la Interventoria y el FFIE, así como de la aprobación de las garantías correspondientes señaladas. El FContratante pagaráal contratista el valor de la fase 2 Construcción así: Pagos parciales quincenales o mensuales de cada Acta de servicio en ejecución de acuerdo con las actas parciales de avance de obra ejecutada de cada uno de los hitos de obra, para cobrar el hito este deberá estar terminado y deberán contar con la aprobación de la interventoría de acuerdo con los siguientes porcentajes (o los que consigne el contratista en la programación aprobada por la interventoria) así: De cada uno de estos pagos se efectuara una retención en garantía del 10% la cual se devolverá al contratista contra la suscripción del Acta de Cierre del Acta de Servicio. El último pago, correspondiente al saldo por retención en garantía xxx xxxx (10%) del valor de cada Acta de Servicio, de acuerdo con los productos realmente ejecutadas y recibidos a satisfacción por parte de la interventoria, se pagará una vez se suscriba el Acta de cierre de Fase 2 y previa suscripción del acta de recibo final de los productos a satisfacción por parte de la Interventoría y del FFIE, así como de la aprobación de las garantías correspondientes señaladas.

  • MODELO DEL CONTRATO El modelo de contrato para esta Convocatoria se detalla en el ANEXO 17 el cual se adecuará en relación a la emisión del fallo.