Entidades del Sector Público Cláusulas de Ejemplo

Entidades del Sector Público. La entidad consigna el valor de la doceava parte de la nómina mensual, en la fecha establecida para efectuar las consignaciones de los aportes a los sistemas generales de pensiones y de seguridad social en salud (1O primeros días de cada mes) y envía al F.N.A. Fotocopia del Recibo de Consignación junto con el Formato de Certificación del Valor total de los Factores Salariales que constituyan base para liquidar cesantías devengados en el mes inmediatamente anterior, según artículo 6 de la Ley 432 de 1998. El Fondo Nacional de Ahorro podrá verificar la exactitud y oportunidad de las correspondientes transferencias de cesantías, para lo cual gozara de facultades de investigación y fiscalización en las entidades empleadoras. Para tal efecto podrá: · Practicar visitas de inspección a las entidades · Examinar nominas, presupuestos, balances y libros de contabilidad · Hacer requerimientos a los representantes legales, jefes de personal y pagadores Lo anterior según lo estipulado en el artículo 7 Ley 432 de 1 998. Una vez la División de Tesorería active y cargue en el sistema los pagos de la entidad la División Comercial y Convenios generará el estado de cuenta de la misma determinando los estados de capital (aportes de cesantías) e intereses xx xxxx por no pago oportuno. Mensualmente se enviará estado de cuenta a todas las entidades del sector público que tengan funcionarios afiliados al Fondo Nacional de Ahorro. Los empleadores del sector privado deberán consignar anualmente las cesantías de sus trabajadores afiliados al Fondo Nacional de Ahorro a tardar el día 15 de febrero del año siguiente a la causación de las cesantías, disposiciones señaladas en la Ley 50 de 1990 para lo cual diligenciarán el Formulario de Aportes y Reportes del Sector Privado. La División de Tesorería activa y carga en el sistema los pagos efectuados por el empleador. La División Comercial y Xxxxxxxxx realiza el cargue de las cesantías de cada trabajador en su estado individual de cuenta hasta donde alcance el valor efectivamente consignado por el empleador. Si hay alguna diferencia entre el valor reportado y el efectivamente consignado, el Fondo Nacional de Ahorro notifica al empleador para que corrija y consigne el valor faltante además de los intereses si a ello hubiere lugar.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.