Common use of Envío de un sustituto profesional Clause in Contracts

Envío de un sustituto profesional. En caso de enfermedad o accidente del asegurado ocurrido en el extranjero —bien sea en el punto de destino de su viaje o durante el desplazamiento hacia el mismo— y en el caso de que según criterio del médico que le atienda junto con el equipo médico del asegura- dor, no pueda llevar a cabo las gestiones inicialmente previstas, el asegurador gestionará el desplazamiento hasta el punto de destino del viaje de un sustituto profesional designa- do por el asegurado para que le reemplace en su actividad. La cobertura garantizará el desplazamiento de ida de dicho sustituto profesional, siendo cualquier otro gasto a cargo del asegurado. En caso de siniestro de robo o tentativa de robo o incendio en el local profesional asegu- rado, que signifique la paralización total o parcial de la actividad habitual de la empresa, el asegurador organizará el regreso anticipado del asegurado hasta el domicilio del toma- dor en España. En caso de que el asegurado debiese continuar con la actividad que motivó su desplaza- miento, el asegurador se hará también cargo de su regreso al lugar donde interrumpió el viaje. Si en el transcurso de un viaje empresarial falleciera en el país de domicilio del estable- cimiento asegurado, algún directivo o miembro del equipo directivo del tomador y en el caso de que el medio utilizado para su viaje o el billete contratado de regreso no le per- mitiera anticipar el mismo, el asegurador se hará cargo de los gastos de su transporte has- ta el lugar de residencia del tomador y, en su caso, de los de un billete de regreso al lugar donde se encontraba el asegurado al producirse el evento, si por motivos profesionales precisara proseguir su viaje.

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Envío de un sustituto profesional. En caso de enfermedad o accidente del asegurado ocurrido en el extranjero —bien sea en el punto de destino de su viaje o durante el desplazamiento hacia el mismo— y en el caso de que según criterio del médico que le atienda junto con el equipo médico del asegura- dorasegurador, no pueda llevar a cabo las gestiones inicialmente previstas, el asegurador gestionará ges- tionará el desplazamiento hasta el punto de destino del viaje de un sustituto profesional designa- do designado por el asegurado para que le reemplace en su actividad. La cobertura garantizará el desplazamiento de ida de dicho sustituto profesional, siendo cualquier otro gasto a cargo del asegurado. En caso de siniestro de robo o tentativa de robo o incendio en el local profesional asegu- radodonde se ubica el establecimiento asegurado, que signifique signifique la paralización total o parcial de la actividad habitual de la empresa, el asegurador organizará el regreso anticipado del asegurado hasta el domicilio del toma- dor tomador en España. En caso de que el asegurado debiese continuar con la actividad que motivó su desplaza- miento, el asegurador se hará también cargo de su regreso al lugar donde interrumpió el viaje. LIBERTYEMPRESAS Si en el transcurso de un viaje empresarial falleciera en el país de domicilio residencia del estable- cimiento asegurado, algún miembro directivo o miembro del equipo directivo del tomador y en el caso de que el medio utilizado para su viaje o el billete contratado de regreso no le per- mitiera permitiera anticipar el mismo, el asegurador se hará cargo de los gastos de su transporte has- ta hasta el lugar de residencia del tomador y, en su caso, de los del de un billete de regreso al lugar donde se encontraba el asegurado al producirse el evento, si por motivos profesionales precisara proseguir su viaje. La misma cobertura será de aplicación en caso de hospitalización por accidente o enfer- medad grave de uno de los miembros del equipo directivo de la empresa tomadora. Si por causa de robo o pérdida de las tarjetas de crédito o débito del asegurado, fuese pre- ciso proceder a su anulación, el asegurador se encargará de la cancelación de las mismas.

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Envío de un sustituto profesional. En caso de enfermedad o accidente del asegurado ocurrido en el extranjero —bien sea en el punto de destino de su viaje o durante el desplazamiento hacia el mismo— y en el caso de que según criterio del médico que le atienda junto con el equipo médico del asegura- dorasegurador, no pueda llevar a cabo las gestiones ges- tiones inicialmente previstas, el asegurador gestionará el desplazamiento hasta el punto de destino del viaje de un sustituto profesional designa- do designado por el asegurado para que le reemplace en su actividad. La cobertura garantizará el desplazamiento de ida de dicho sustituto profesional, siendo cualquier otro gasto a cargo del asegurado. Regreso anticipado por robo o incendio en el local En caso de siniestro de robo o tentativa de robo o incendio en el local profesional asegu- radoasegurado, que signifique la paralización total o parcial de la actividad habitual de la empresa, el asegurador organizará el regreso anticipado del asegurado hasta el domicilio del toma- dor tomador en España. En caso de que el asegurado debiese continuar con la actividad que motivó su desplaza- mientodesplazamiento, el asegurador se hará también cargo de su regreso al lugar donde interrumpió el viaje. Si en el transcurso de un viaje empresarial falleciera en el país de domicilio del estable- cimiento establecimiento asegurado, algún directivo o miembro del equipo directivo direc- tivo del tomador y en el caso de que el medio utilizado para su viaje o el billete contratado de regreso no le per- mitiera permitiera anticipar el mismo, el asegurador se hará cargo de los gastos de su transporte has- ta hasta el lugar de residencia del tomador asegurado y, en su caso, de los de un billete de regreso al lugar donde se encontraba el asegurado al producirse el evento, si por motivos profesionales precisara proseguir su viaje.

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Envío de un sustituto profesional. En caso de enfermedad o accidente del asegurado ocurrido en el extranjero bien sea en el punto de destino de su viaje o durante el desplazamiento hacia el mismo— mismo – y en el caso de que según criterio del médico que le atienda junto con el equipo médico del asegura- dorasegurador, no pueda llevar a cabo las gestiones inicialmente previstas, el asegurador gestionará ges- tionará el desplazamiento hasta el punto de destino del viaje de un sustituto profesional designa- do designado por el asegurado para que le reemplace en su actividad. La cobertura garantizará el desplazamiento de ida de dicho sustituto profesional, siendo cualquier otro gasto a cargo del asegurado. En caso de siniestro de robo o tentativa de robo o incendio en el local profesional asegu- rado, que signifique la paralización total o parcial de la actividad habitual de la empresa, el asegurador organizará el regreso anticipado del asegurado hasta el domicilio del toma- dor en España. En caso de que el asegurado debiese continuar con la actividad que motivó su desplaza- mientodesplazamien- to, el asegurador se hará también cargo de su regreso al lugar donde interrumpió el viaje. Si en el transcurso de un viaje empresarial falleciera en el país de domicilio del estable- cimiento asegurado, algún directivo o miembro del equipo directivo del tomador y en el caso de que el medio utilizado para su viaje o el billete contratado de regreso no le per- mitiera permi- tiera anticipar el mismo, el asegurador se hará cargo de los gastos de su transporte has- ta hasta el lugar de residencia del tomador y, en su caso, de los de un billete de regreso al lugar donde se encontraba el asegurado al producirse el evento, si por motivos profesionales precisara proseguir su viaje. Si por causa de robo o pérdida de las tarjetas de crédito o débito del asegurado, fuese pre- ciso proceder a su anulación, el asegurador se encargará de la cancelación de las mismas.

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Envío de un sustituto profesional. En caso de enfermedad o accidente del asegurado ocurrido en el extranjero bien sea en el punto de destino de su viaje o durante el desplazamiento hacia el mismo— mismo – y en el caso de que según criterio del médico que le atienda junto con el equipo médico del asegura- dorasegurador, no pueda llevar a cabo las gestiones ges- tiones inicialmente previstas, el asegurador gestionará el desplazamiento hasta el punto de destino del viaje de un sustituto profesional designa- do designado por el asegurado para que le reemplace en su actividad. La cobertura garantizará el desplazamiento de ida de dicho sustituto profesional, siendo cualquier otro gasto a cargo del asegurado. Regreso anticipado por robo o incendio en el local En caso de siniestro de robo o tentativa de robo o incendio en el local profesional asegu- radodonde se ubica el establecimiento asegurado, que signifique la paralización total o parcial de la actividad habitual de la empresa, el asegurador organizará el regreso anticipado del asegurado hasta el domicilio del toma- dor tomador en España. En caso de que el asegurado debiese continuar con la actividad que motivó su desplaza- mientodesplazamiento, el asegurador se hará también cargo de su regreso al lugar donde interrumpió el viaje. Si en el transcurso de un viaje empresarial falleciera en el país de domicilio residencia del estable- cimiento establecimiento asegurado, algún miembro directivo o miembro del equipo directivo del tomador y en el caso de que el medio utilizado para su viaje o el billete contratado de regreso no le per- mitiera permitiera anticipar el mismo, el asegurador se hará cargo de los gastos de su transporte has- ta hasta el lugar de residencia del tomador y, en su caso, de los del de un billete de regreso al lugar donde se encontraba el asegurado al producirse el evento, si por motivos profesionales precisara proseguir su viaje. La misma cobertura será de aplicación en caso de hospitalización por accidente o enfermedad grave de uno de los miembros del equipo directivo de la empresa tomadora.

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Envío de un sustituto profesional. En caso de enfermedad o accidente del asegurado ocurrido en el extranjero bien sea en el punto de destino de su viaje o durante el desplazamiento hacia el mismo— mismo – y en el caso de que según criterio del médico que le atienda junto con el equipo médico del asegura- dor, no pueda llevar a cabo las gestiones inicialmente previstas, el asegurador gestionará el desplazamiento hasta el punto de destino del viaje de un sustituto profesional designa- do por el asegurado para que le reemplace en su actividad. La cobertura garantizará el desplazamiento de ida de dicho sustituto profesional, siendo cualquier otro gasto a cargo del asegurado. En caso de siniestro de robo o tentativa de robo o incendio en el local profesional asegu- radodonde se ubica el establecimiento asegurado, que signifique la paralización total o parcial de la actividad habitual de la empresa, el asegurador organizará el regreso anticipado del asegurado hasta el domicilio del toma- dor tomador en España. En caso de que el asegurado debiese continuar con la actividad que motivó su desplaza- mientodesplazamien- to, el asegurador se hará también cargo de su regreso al lugar donde interrumpió el viaje. LIBERTYEMPRESAS Si en el transcurso de un viaje empresarial falleciera en el país de domicilio residencia del estable- cimiento asegurado, algún miembro directivo o miembro del equipo directivo del tomador y en el caso de que el medio utilizado para su viaje o el billete contratado de regreso no le per- mitiera anticipar el mismo, el asegurador se hará cargo de los gastos de su transporte has- ta hasta el lugar de residencia del tomador y, en su caso, de los del de un billete de regreso al lugar donde se encontraba el asegurado al producirse el evento, si por motivos profesionales precisara precisa- ra proseguir su viaje. La misma cobertura será de aplicación en caso de hospitalización por accidente o enfer- medad grave de uno de los miembros del equipo directivo de la empresa tomadora. Si por causa de robo o pérdida de las tarjetas de crédito o débito del asegurado, fuese pre- ciso proceder a su anulación, el asegurador se encargará de la cancelación de las mismas.

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Envío de un sustituto profesional. LIBERTYCOMERCIOS Y OFICINAS En caso de enfermedad o accidente del asegurado ocurrido en el extranjero —bien sea en el punto de destino de su viaje o durante el desplazamiento hacia el mismo— y en el caso de que según criterio del médico que le atienda junto con el equipo médico del asegura- dor, no pueda llevar a cabo las gestiones inicialmente previstas, el asegurador gestionará el desplazamiento hasta el punto de destino del viaje de un sustituto profesional designa- do por el asegurado para que le reemplace en su actividad. La cobertura garantizará el desplazamiento de ida de dicho sustituto profesional, siendo cualquier otro gasto a cargo del asegurado. En caso de siniestro de robo o tentativa de robo o incendio en el local profesional asegu- radoasegurado, que signifique la paralización total o parcial de la actividad habitual de la empresa, el asegurador asegu- rador organizará el regreso anticipado del asegurado hasta el domicilio del toma- dor tomador en España. En caso de que el asegurado debiese continuar con la actividad que motivó su desplaza- miento, el asegurador se hará también cargo de su regreso al lugar donde interrumpió el viaje. Si en el transcurso de un viaje empresarial falleciera en el país de domicilio del estable- cimiento asegurado, algún directivo o miembro del equipo directivo del tomador y en el caso de que el medio utilizado para su viaje o el billete contratado de regreso no le per- mitiera permi- tiera anticipar el mismo, el asegurador se hará cargo de los gastos de su transporte has- ta hasta el lugar de residencia del tomador asegurado y, en su caso, de los de un billete de regreso al lugar donde se encontraba el asegurado al producirse el evento, si por motivos profesionales precisara proseguir su viaje. Si por causa de robo o pérdida de las tarjetas de crédito o débito del asegurado, fuese pre- ciso proceder a su anulación, el asegurador se encargará de la cancelación de las mismas.

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