Evaluación y comparación de las Ofertas. 28.1 No se divulgará a los Licitantes ni a ninguna persona que no esté oficialmente involucrada con el proceso de la licitación, información relacionada con la revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas, ni sobre la recomendación de adjudicación del Contrato hasta que se haya publicado la adjudicación del Contrato. 28.2 Cualquier intento por parte de un Licitante para influenciar al Comprador en la revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas o en la adjudicación del Contrato podrá resultar en el rechazo de su oferta. 28.3 No obstante lo dispuesto en la Subcláusula 28.2 de las IAL, si durante el plazo transcurrido entre el acto de apertura y la fecha de adjudicación del Contrato, un Licitante desea comunicarse con el Comprador sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de la licitación, deberá hacerlo por escrito. 29.1 Para facilitar el proceso de revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas, el Comprador podrá, a su discreción, solicitar a cualquier Licitante aclaraciones sobre su oferta. No se considerarán aclaraciones a una oferta presentadas por Licitantes cuando no sean en respuesta a una solicitud del Comprador. La solicitud de aclaración por el Comprador y la respuesta deberán ser hechas por escrito. No se solicitará, ofrecerá o permitirá cambios en los precios o a la esencia de la oferta, excepto para confirmar correcciones de errores aritméticos descubiertos por el Comprador en la evaluación de las ofertas, de conformidad con la Cláusula 31 de las IAL. 30.1 Para determinar si la oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador se basará en el contenido de la propia oferta. 30.2 Una oferta que se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones estipuladas en dichos documentos sin desviaciones importantes, reservas u omisiones. Una desviación importante, reservación u
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Samples: Licitación Pública Internacional, Licitación
Evaluación y comparación de las Ofertas. 28.1 No se divulgará a los Licitantes Oferentes ni a ninguna persona que no esté oficialmente involucrada con el proceso de la licitación, información relacionada con la revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas, ni sobre la recomendación de adjudicación del Contrato contrato hasta que se haya publicado la adjudicación del Contrato.
28.2 Cualquier intento por parte de un Licitante Oferente para influenciar al Comprador en la revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas o en la adjudicación del Contrato contrato podrá resultar en el rechazo de su oferta.
28.3 No obstante lo dispuesto en la Subcláusula 28.2 de las IALIAO, si durante el plazo transcurrido entre el acto Acto de apertura Apertura y la fecha de adjudicación del Contratocontrato, un Licitante Oferente desea comunicarse con el Comprador sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de la licitación, deberá hacerlo por escrito.
29.1 Para facilitar el proceso de revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas, el Comprador podrá, a su discreción, solicitar a cualquier Licitante Oferente aclaraciones sobre su ofertaOferta. No se considerarán aclaraciones a una oferta presentadas por Licitantes Oferentes cuando no sean en respuesta a una solicitud del Comprador. La solicitud de aclaración por el Comprador y la respuesta deberán ser hechas por escrito. No se solicitará, ofrecerá o permitirá cambios en los precios o a la esencia de la oferta, excepto para confirmar correcciones de errores aritméticos descubiertos por el Comprador en la evaluación de las ofertas, de conformidad con la Cláusula 31 de las IALIAO.
30.1 Para determinar si la oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador se basará en el contenido de la propia oferta.
30.2 Una oferta que se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones estipuladas en dichos documentos sin desviaciones importantes, reservas u omisiones. Una desviación importante, reservación u,
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Samples: Licitación Pública Internacional
Evaluación y comparación de las Ofertas. 28.1 No se divulgará a los Licitantes ni a ninguna persona que no esté oficialmente involucrada con el proceso Garantía de Mantenimiento de su Oferta o ejecutarse la Declaración de Mantenimiento de la licitación, información relacionada Oferta de conformidad con la revisión, evaluación, comparación y poscalificación Subcláusula 17.5 (b) de las ofertas, ni sobre la recomendación de adjudicación del Contrato hasta que se haya publicado la adjudicación del Contrato.
28.2 Cualquier intento por parte de un Licitante para influenciar al Comprador en la revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas o en la adjudicación del Contrato podrá resultar en el rechazo de su oferta.
28.3 No obstante lo dispuesto en la Subcláusula 28.2 de las IAL, si durante el plazo transcurrido entre el acto de apertura y la fecha de adjudicación del Contrato, un Licitante desea comunicarse con el Comprador sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de la licitación, deberá hacerlo por escritoIAO.
29.1 Para facilitar el proceso de revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas, el Comprador podrá, a su discreción, solicitar a cualquier Licitante aclaraciones sobre su oferta. No se considerarán aclaraciones a una oferta presentadas por Licitantes cuando no Las Ofertas serán evaluadas como sean en respuesta a una solicitud del Comprador. La solicitud de aclaración por el Comprador y la respuesta deberán ser hechas por escrito. No se solicitará, ofrecerá o permitirá cambios en los precios o a la esencia de la oferta, excepto para confirmar correcciones de errores aritméticos descubiertos por el Comprador cotizadas en la evaluación de las ofertasmoneda del país del Contratante, de conformidad con la Cláusula 31 Subcláusula 15.1 de las IALIAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.
30.1 Para determinar si la oferta se ajusta El Contratante evaluará solamente las Ofertas que determine que cumplen sustancialmente a con los Documentos requisitos de Licitación, el Comprador se basará en el contenido de la propia oferta.
30.2 Una oferta que se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación es de conformidad con la Cláusula 27 de las IAO.
30.2 Al evaluar las Ofertas, el Contratante determinará el precio evaluado de cada Oferta, ajustándolo de la siguiente manera:
(a) corrigiendo cualquier error, conforme a los estipulado en la Cláusula 28 de las IAO;
(b) excluyendo las sumas provisionales y las reservas para imprevistos, si existieran, en la Lista de Cantidades14, pero incluyendo los trabajos por día15, siempre que satisface todos sus precios sean cotizados de manera competitiva;
(c) haciendo los términosajustes correspondientes por otras variaciones, condiciones desviaciones u Ofertas alternativas aceptables presentadas de conformidad con la cláusula 18 de las IAO; y
(d) haciendo los ajustes correspondientes para reflejar los descuentos u otras modificaciones de precios ofrecidas de conformidad con la Subcláusula 23.5 de las IAO.
30.3 El Contratante se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier variación, desviación u oferta alternativa. En la evaluación de las ofertas no se tendrán en cuenta las variaciones, desviaciones, ofertas alternativas y especificaciones estipuladas en dichos otros factores que excedan los requisitos de los documentos sin desviaciones importantes, reservas u omisiones. Una desviación importante, reservación ude licitación o
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Samples: Contratación De Obras Menores
Evaluación y comparación de las Ofertas. 28.1 No se divulgará a 30.1. LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA evaluará solamente las Ofertas que determine que cumplen sustancialmente con los Licitantes ni a ninguna persona que no esté oficialmente involucrada requisitos de los Documentos de Licitación de conformidad con el proceso la Cláusula 27 de las IAO.
30.2. El titular del órgano responsable de la licitaciónContratación designará una Comisión para el análisis y evaluación de las ofertas (artículo 33 LCE y 53, información relacionada 125 y 136 de su Reglamento).
30.3. Se procederá al análisis y evaluación de ofertas siempre y cuando se tengan como mínimo dos (2) ofertas que cumplen con la revisiónlos requisitos de los Documentos de Licitación.
30.4. Basados en el artículo 132 del RLEC, evaluación, comparación y poscalificación de podrán ser subsanados los defectos u omisiones contenidas en las ofertas, ni sobre en cuanto no impliquen modificaciones del precio, objeto y condiciones ofrecidas de acuerdo a lo previsto en los artículos 5, párrafo segundo y 50 de la recomendación LEC. El oferente deberá subsanar el defecto u omisión dentro de adjudicación del Contrato hasta que se haya publicado la adjudicación del Contrato.
28.2 Cualquier intento por parte de un Licitante para influenciar al Comprador en la revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas o en la adjudicación del Contrato podrá resultar en el rechazo de su oferta.
28.3 No obstante lo dispuesto en la Subcláusula 28.2 de las IAL, si durante el plazo transcurrido entre el acto de apertura y los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de adjudicación del Contrato, un Licitante desea comunicarse con el Comprador sobre cualquier asunto relacionado con el proceso notificación correspondiente de la licitación, deberá hacerlo por escritoomisión; si no lo hiciere la oferta no será considerada.
29.1 Para facilitar 30.5. Al evaluar las Ofertas, LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA determinará el proceso precio evaluado de revisióncada Oferta, ajustándolo de la siguiente manera:
a) corrigiendo cualquier error, conforme a los estipulado en la Cláusula 28 de las IAO;
b) excluyendo las sumas provisionales y las reservas para imprevistos, si existieran, en la Lista de Cantidades Valoradas (Oferta Económica);
c) haciendo los ajustes correspondientes por otras variaciones y desviaciones; y
d) haciendo los ajustes correspondientes para reflejar los descuentos u otras modificaciones de precios ofrecidas de conformidad con la Sub cláusula 23.5 de las IAO.
e) Ajustes debidos a la aplicación de los factores de evaluación, comparación y poscalificación indicados en la Sección III, Criterios de las ofertas, el Comprador podrá, a su discreción, solicitar a cualquier Licitante aclaraciones sobre su oferta. No se considerarán aclaraciones a una oferta presentadas por Licitantes cuando no sean en respuesta a una solicitud del Comprador. La solicitud de aclaración por el Comprador y la respuesta deberán ser hechas por escrito. No se solicitará, ofrecerá o permitirá cambios en los precios o Evaluación.
f) ajustes debidos a la esencia aplicación de la ofertaun margen de preferencia, excepto para confirmar correcciones de errores aritméticos descubiertos por el Comprador en la evaluación de las ofertassi corresponde, de conformidad con la Cláusula cláusula 31 de las IALIAO.
30.1 Para determinar si 30.6. LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier variación, desviación. En la oferta evaluación de las ofertas no se ajusta sustancialmente a tendrán en cuenta las variaciones, desviaciones y otros factores que excedan los Documentos requisitos de Licitación, los documentos de licitación o que resulten en beneficios no solicitados para LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA.
30.7. En la evaluación de las Ofertas no se tendrá en cuenta el Comprador se basará efecto estimado de ninguna de las condiciones para ajuste de precio estipuladas en el contenido virtud de la propia ofertaCláusula 46 de las CGC, durante el período de ejecución del Contrato.
30.2 Una oferta 30.8. Si las ofertas resultan con un costo sustancialmente menor en relación al costo de la obra estimado por el Contratante u omiten la cotización de rubros significativos que se ajusta sustancialmente razonablemente permita anticipar que el o los Oferentes no podrán terminar las obras dentro del plazo y condiciones estipulados, LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA podrá rechazar las ofertas que reúnan esas condiciones o solicitar duplique el valor de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
30.9. Si las ofertas evaluadas fueran significativamente desbalanceadas o especulativas en su estructura de precios en relación al Presupuesto Base del Contratante del costo real de la obra y/o con la comparación de los precios de los demás oferentes, tanto a la baja como a la alta en un porcentaje mayor a veinte por ciento (20%) en los Documentos de Licitación es rubros más significativos, LA MANCOMUNIDAD COLOSUCA en apego a lo establecido en la LCE y su Reglamento, rechazará las ofertas que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones estipuladas en dichos documentos sin desviaciones importantes, reservas u omisiones. Una desviación importante, reservación ureúnan esas condiciones.
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Samples: Licitación
Evaluación y comparación de las Ofertas. 28.1 No se divulgará a los Licitantes Oferentes ni a ninguna persona que no esté oficialmente involucrada con el proceso de la licitación, información relacionada con la revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas, ni sobre la recomendación de adjudicación del Contrato contrato hasta que se haya publicado la adjudicación del Contrato.
28.2 Cualquier intento por parte de un Licitante Oferente para influenciar al Comprador en la revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas o en la adjudicación del Contrato contrato podrá resultar en el rechazo de su oferta.
28.3 No obstante lo dispuesto en la Subcláusula Sub cláusula 28.2 de las IALIAO, si durante el plazo transcurrido entre el acto Acto de apertura Apertura y la fecha de adjudicación del Contratocontrato, un Licitante Oferente desea comunicarse con el Comprador sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de la licitación, deberá hacerlo por escrito.
29.1 Para facilitar el proceso de revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas, el Comprador podrá, a su discreción, solicitar a cualquier Licitante Oferente aclaraciones sobre su ofertaOferta. No se considerarán aclaraciones a una oferta presentadas por Licitantes Oferentes cuando no sean en respuesta a una solicitud del Comprador. La solicitud de aclaración por el Comprador y la respuesta deberán ser hechas por escrito. No se solicitará, ofrecerá o permitirá cambios en los precios o a la esencia de la oferta, excepto para confirmar correcciones de errores aritméticos descubiertos por el Comprador en la evaluación de las ofertas, de conformidad con la Cláusula 31 de las IALIAO.
30.1 Para determinar si la oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador se basará en el contenido de la propia oferta.
30.2 Una oferta que se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones estipuladas en dichos documentos sin desviaciones importantesdesviaciones, reservas u omisionesomisiones significativas. Una desviación importantedesviación, reservación ureserva u omisión
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Evaluación y comparación de las Ofertas. 28.1 26.1 Una vez entregadas las ofertas abiertas al Comité de Evaluación, se dará inicio al proceso confidencial de evaluación. No se divulgará a los Licitantes Oferentes ni a ninguna persona que no esté oficialmente involucrada con el proceso de la licitación, información relacionada con la revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas, ni sobre la recomendación de adjudicación del Contrato contrato hasta que se haya publicado sido dictado el informe de recomendación de la adjudicación del Contratoadjudicación.
28.2 26.2 Cualquier intento por parte de un Licitante Oferente para influenciar al Comprador a la Convocante en la revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas o en la adjudicación del Contrato contrato podrá resultar en el rechazo de su oferta.
28.3 26.3 No obstante lo dispuesto en la Subcláusula 28.2 de las IALprecedente, si durante el plazo transcurrido entre el acto Acto de apertura Apertura y la fecha de adjudicación del Contratocontrato, un Licitante Oferente desea comunicarse con el Comprador la Convocante sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de la licitación, deberá hacerlo por escrito.
29.1 27.1 Para facilitar el proceso de revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas, el Comprador podrá, a su discreción, la Convocante podrá solicitar a cualquier Licitante Oferente aclaraciones sobre su oferta. Oferta.
27.2 No se considerarán aclaraciones a una oferta presentadas por Licitantes Oferentes cuando no sean en respuesta a una solicitud del Compradorde la Convocante. La solicitud de aclaración por el Comprador la Convocante y la respuesta deberán ser hechas por escrito. .
27.3 No se solicitará, ofrecerá o permitirá cambios en los precios o a la esencia de la oferta, excepto para confirmar correcciones de errores aritméticos descubiertos por el Comprador la Convocante en la evaluación de las ofertas, de conformidad con la Cláusula 31 29.3 de las IALesta Sección I, IAO.
30.1 Para determinar 28.1. La determinación por parte de la Convocante de si la una oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador se basará solamente en el contenido de la propia oferta.
30.2 Una oferta que se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones estipuladas en dichos documentos sin desviaciones importantes, reservas u omisiones. Una desviación importante, reservación u
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Evaluación y comparación de las Ofertas. 28.1 No se divulgará a los Licitantes ni a ninguna persona que no esté oficialmente involucrada El Fondo de Construcciones, como unidad gestora del proceso, recomendará la aceptación, al Oferente cuya oferta cumpla con las especificaciones y requerimientos técnicos, tenga mayor idoneidad, acredite experiencia de acuerdo con las condiciones relacionadas, y teniendo en cuenta las siguientes condiciones:
a) Para evaluar el proceso criterio Valor de la licitaciónoferta económica, información relacionada con el Gestor de Contratación deberá realizar la revisiónrevisión aritmética de los Valores de la oferta de cada oferente, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas, ni sobre la recomendación de adjudicación del Contrato hasta que se haya publicado la adjudicación del Contrato.
28.2 Cualquier intento por parte de un Licitante para influenciar al Comprador presentados en el formato solicitado en la revisiónpresente, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas o en la adjudicación del Contrato podrá resultar en el rechazo de su oferta.
28.3 No obstante lo dispuesto en la Subcláusula 28.2 de las IAL, si durante el plazo transcurrido entre el acto de apertura y la fecha de adjudicación del Contrato, un Licitante desea comunicarse con el Comprador sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de la licitación, deberá hacerlo por escrito.
29.1 Para facilitar el proceso de revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas, el Comprador podrá, a su discreción, solicitar a cualquier Licitante aclaraciones sobre su oferta. No se considerarán aclaraciones a una oferta presentadas por Licitantes cuando no sean en respuesta a una solicitud del Comprador. La solicitud de aclaración por el Comprador y la respuesta deberán ser hechas por escrito. No se solicitará, ofrecerá o permitirá cambios en los precios o a la esencia corrigiendo errores aritméticos de la oferta, excepto de la siguiente manera: • En caso de que se presenten discrepancias entre los números y las palabras, el monto en palabras prevalecerá. • En caso de que se presenten discrepancias entre el precio unitario y el total del rubro que resulta de multiplicar el precio por unidad por la cantidad, prevalecerá el precio unitario. • La corrección aritmética, por exceso o por defecto, no podrá exceder el 0.5% del valor total del ítem (incluyendo los valores de costos indirectos). Aquellas ofertas que tengan errores aritméticos, por exceso o por defecto, que excedan el 0.5% serán rechazadas. Dicha corrección aritmética por exceso o por defecto no podrá exceder el 0.1% del valor total de la oferta, aquellas ofertas que superen el 0.1% serán rechazadas. • Si un Oferente se rehúsa a aceptar la corrección, su oferta será rechazada.
b) Las ofertas que se presenten extemporáneamente, en lugar diferente o en condición distinta a las establecidas para confirmar correcciones tal efecto en la presente solicitud, no serán tenidas en cuenta, ni evaluadas.
c) Cuando el Formato de errores aritméticos descubiertos Oferta Económica se adjunte sin ser suscrito por el Comprador oferente persona natural y/o el representante legal (en casos de persona jurídica u oferente plural), la evaluación de las ofertasoferta no será tenida en cuenta, de conformidad con la Cláusula 31 de las IALni evaluada.
30.1 Para determinar si d) Cuando el Aval de la Oferta no se adjunte o se adjunte sin ser suscrito o la oferta económica avalada no venga suscrita, la oferta no será tenida en cuenta, ni evaluada.
e) Las ofertas presentadas donde el oferente, sea persona natural o jurídica o alguno de los miembros del consorcio o unión temporal o sus representantes se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador se basará encuentren reportados como inhabilitados para contratar en el contenido Sistema de Información de Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad de la propia ofertaProcuraduría General de la Nación, no serán tenidas en cuenta, ni evaluadas.
30.2 Una oferta que se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones estipuladas en dichos documentos sin desviaciones importantes, reservas u omisiones. Una desviación importante, reservación u
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Samples: Solicitud De Oferta
Evaluación y comparación de las Ofertas. 28.1 No se divulgará a los Licitantes ni a ninguna persona que considerará de obligatorio cumplimiento para el Oferente. Si el Oferente no esté oficialmente involucrada estuviera de acuerdo con el proceso monto corregido, la Oferta será rechazada y podrá hacerse efectiva la Garantía de Mantenimiento de su Oferta o ejecutarse la Declaración de Mantenimiento de la licitación, información relacionada Oferta de conformidad con la revisión, evaluación, comparación y poscalificación Subcláusula 17.5 (b) de las ofertas, ni sobre la recomendación de adjudicación del Contrato hasta que se haya publicado la adjudicación del Contrato.
28.2 Cualquier intento por parte de un Licitante para influenciar al Comprador en la revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas o en la adjudicación del Contrato podrá resultar en el rechazo de su oferta.
28.3 No obstante lo dispuesto en la Subcláusula 28.2 de las IAL, si durante el plazo transcurrido entre el acto de apertura y la fecha de adjudicación del Contrato, un Licitante desea comunicarse con el Comprador sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de la licitación, deberá hacerlo por escritoIAO.
29.1 Para facilitar el proceso de revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas, el Comprador podrá, a su discreción, solicitar a cualquier Licitante aclaraciones sobre su oferta. No se considerarán aclaraciones a una oferta presentadas por Licitantes cuando no Las Ofertas serán evaluadas como sean en respuesta a una solicitud del Comprador. La solicitud de aclaración por el Comprador y la respuesta deberán ser hechas por escrito. No se solicitará, ofrecerá o permitirá cambios en los precios o a la esencia de la oferta, excepto para confirmar correcciones de errores aritméticos descubiertos por el Comprador cotizadas en la evaluación de las ofertasmoneda del país del Contratante, de conformidad con la Cláusula 31 Subcláusula 15.1 de las IALIAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.
30.1 Para determinar si la oferta se ajusta El Contratante evaluará solamente las Ofertas que determine que cumplen sustancialmente a con los Documentos requisitos de Licitación, el Comprador se basará en el contenido de la propia oferta.
30.2 Una oferta que se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación es de conformidad con la Cláusula 27 de las IAO.
30.2 Al evaluar las Ofertas, el Contratante determinará el precio evaluado de cada Oferta, ajustándolo de la siguiente manera:
(a) corrigiendo cualquier error, conforme a los estipulado en la Cláusula 28 de las IAO;
(b) excluyendo las sumas provisionales y las reservas para imprevistos, si existieran, en el Calendario de Actividades, pero incluyendo los trabajos por día siempre que satisface todos sus precios sean cotizados de manera competitiva;
(c) haciendo los términosajustes correspondientes por otras variaciones, desviaciones u Ofertas alternativas aceptables presentadas de conformidad con la cláusula 18 de las IAO; y
(d) haciendo los ajustes correspondientes para reflejar los descuentos u otras modificaciones de precios ofrecidas de conformidad con la Subcláusula 23.5 de las IAO.
30.3 El Contratante se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier variación, desviación u oferta alternativa. En la evaluación de las ofertas no se tendrán en cuenta las variaciones, desviaciones, ofertas alternativas y otros factores que excedan los requisitos de los documentos de licitación o que resulten en beneficios no solicitados para el Contratante.
30.4 En la evaluación de las Ofertas no se tendrá en cuenta el efecto estimado de ninguna de las condiciones y especificaciones para ajuste de precio estipuladas en dichos documentos sin desviaciones importantesvirtud de la cláusula 47 de las CGC, reservas u omisiones. Una desviación importante, reservación udurante el período de ejecución del Contrato.
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Samples: Contratación De Obras Menores
Evaluación y comparación de las Ofertas. 28.1 No se divulgará a los Licitantes ni a ninguna persona que no esté oficialmente involucrada con el proceso de la licitación, información relacionada con la revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas, ni sobre la recomendación de adjudicación del Contrato hasta que se haya publicado la adjudicación del Contrato.
28.2 Confidencialidad Cualquier intento por parte de un Licitante Oferente para influenciar al Comprador Contratante en cuanto a la revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas Ofertas o en la adjudicación del Contrato contrato podrá resultar en el rechazo de su oferta.
28.3 Oferta. No obstante lo dispuesto en la Subcláusula 28.2 24.1 de las IALIAO, si durante el plazo transcurrido entre el acto Acto de apertura Apertura y la fecha de adjudicación del Contratocontrato, un Licitante Oferente desea comunicarse con el Comprador Contratante sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de la licitaciónLicitación, deberá hacerlo por escrito.
29.1 Para facilitar . Información Confidencial: En caso de que los oferentes presentaren información considerada confidencial, al amparo de lo dispuesto en el proceso artículo 10 literal I) de revisiónla Ley N° 18.381 de Acceso a la Información Pública de 17 de octubre de 2008 y del art. 65 del TOCAF, evaluación, comparación la misma deberá ser ingresada indicando expresamente tal carácter y poscalificación en sobre separado a la parte pública de las ofertas, el Comprador podrá, a su discreción, solicitar a cualquier Licitante aclaraciones sobre su oferta. No se considerarán aclaraciones A esos efectos, deberá presentarse en la parte pública de su oferta un “resumen no confidencial”, breve y conciso, en mérito a una oferta presentadas por Licitantes cuando no sean lo dispuesto en respuesta el Decreto N° 232/010 de 2 xx xxxxxx de 2010. Se considera información confidencial, la información de clientes, la que puede ser objeto de propiedad intelectual y aquellas de naturaleza similar conforme a una solicitud del Comprador. La solicitud lo dispuesto en la mencionada Ley de aclaración por el Comprador Acceso a la Información, y la respuesta deberán ser hechas por escritodemás normas concordantes y complementarias. No se solicitaráconsidera información confidencial, ofrecerá o permitirá cambios en la relativa a los precios o a precios, la esencia descripción de bienes y servicios ofertados y las condiciones generales de la oferta. Sin perjuicio de lo expuesto, excepto para confirmar correcciones la Administración podrá descalificar al oferente o tomar las medidas que estime pertinentes, si considera que la información entregada en carácter confidencial, no reúne los requisitos exigidos por la normativa referida. Datos Personales: Para el caso que las ofertas contengan datos personales, el oferente, en caso de errores aritméticos descubiertos por corresponder, deberá recabar el Comprador consentimiento de los titulares de los mismos, conforme a lo establecido en la evaluación Ley de las ofertasProtección de Datos Personales y Acción de Habeas Data Nº 18.331 de 11 xx xxxxxx de 2008, de conformidad con la Cláusula 31 de las IAL.
30.1 Para determinar si la oferta normas concordantes y complementarias. Asimismo se ajusta sustancialmente deberá informar a los Documentos de Licitación, el Comprador quienes se basará incluyen en el contenido presente llamado, en los términos establecidos en el artículo 13 de la propia ofertamencionada Ley.
30.2 Una oferta que se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones estipuladas en dichos documentos sin desviaciones importantes, reservas u omisiones. Una desviación importante, reservación u
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Samples: Licitación Pública Internacional
Evaluación y comparación de las Ofertas. 28.1 No se divulgará a los Licitantes ni a ninguna persona 27.1 Las ofertas que no esté oficialmente involucrada respondan sustancialmente serán verificadas por el Contratante para detectar errores aritméticos. Los errores aritméticos serán rectificados de la siguiente manera. Si existiera una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido multiplicando ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido. Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto en palabras.
27.2 El monto declarado en la oferta será ajustado por el Contratante de acuerdo con el proceso procedimiento anterior para la corrección de errores y, con el acuerdo del Licitante, será considerado obligatorio para el Licitante. Si el Licitante no acepta el monto corregido, la oferta será rechazada y la garantía de seriedad de la licitación, información relacionada oferta se pierde de acuerdo con la revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas, ni sobre la recomendación de adjudicación del Contrato hasta que se haya publicado la adjudicación del ContratoCláusula 16.6(b).
28.2 Cualquier intento por parte de un Licitante para influenciar al Comprador en la revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas o en la adjudicación del Contrato podrá resultar en el rechazo de su oferta.
28.3 No obstante lo dispuesto en la Subcláusula 28.2 de las IAL, si durante el plazo transcurrido entre el acto de apertura y la fecha de adjudicación del Contrato, un Licitante desea comunicarse con el Comprador sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de la licitación, deberá hacerlo por escrito.
29.1 28.1 Para facilitar el proceso de revisión, evaluación, la evaluación y comparación y poscalificación de las ofertas, el Comprador podrá, a su discreción, solicitar a cualquier Licitante aclaraciones sobre su oferta. No se considerarán aclaraciones a una oferta presentadas por Licitantes cuando no sean Contratante convertirá todos los precios de las ofertas expresados en respuesta a una solicitud las diversas monedas en que hayan de pagarse dichos precios en la moneda del Comprador. La solicitud de aclaración por el Comprador y la respuesta deberán ser hechas por escrito. No se solicitará, ofrecerá o permitirá cambios país del Prestatario en los precios o a la esencia tipos de la oferta, excepto para confirmar correcciones cambio de errores aritméticos descubiertos por el Comprador venta prescritos en la evaluación Cláusula 14.2.
29.1 El Contratante evaluará y comparará las ofertas que se determine que se ajustan sustancialmente a los documentos de licitación conforme con la Cláusula 26.
29.2 Al evaluar las ofertas, el Contratante determinará para cada oferta el precio de conformidad oferta evaluado ajustando éste como sigue:
(a) haciendo cualquier corrección de errores conforme a la Cláusula 27;
(b) excluyendo las sumas provisionales y la provisión, si hubiese, para contingencias en el Programa de Actividades, pero incluyendo la tarifa diaria, cuando sea solicitada en las Especificaciones, Sección VI;
(c) haciendo un ajuste apropiado para cualquier otra variación aceptable, desviaciones u ofertas alternativas presentadas de acuerdo con la Cláusula 31 de las IAL.17; y
30.1 Para determinar si la oferta se ajusta sustancialmente a (d) haciendo los Documentos de Licitación, el Comprador se basará en el contenido de la propia oferta.
30.2 Una oferta ajustes apropiados para que se ajusta sustancialmente a reflejen los Documentos descuentos u otras modificaciones de Licitación es precios ofrecidas de acuerdo con la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones estipuladas en dichos documentos sin desviaciones importantes, reservas u omisiones. Una desviación importante, reservación uCláusula 22.5.
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Samples: Licitación De Servicios
Evaluación y comparación de las Ofertas. 28.1 No se divulgará a los Licitantes Oferentes ni a ninguna persona que no esté oficialmente involucrada con el proceso de la licitación, información relacionada con la revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas, ni sobre la recomendación de adjudicación del Contrato contrato hasta que se haya publicado la adjudicación del Contrato.
28.2 Cualquier intento por parte de un Licitante Oferente para influenciar al Comprador en la revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas o en la adjudicación del Contrato contrato podrá resultar en el rechazo de su oferta.
28.3 No obstante lo dispuesto en la Subcláusula 28.2 de las IALIAO, si durante el plazo transcurrido entre el acto Acto de apertura Apertura y la fecha de adjudicación del Contratocontrato, un Licitante Oferente desea comunicarse con el Comprador sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de la licitación, deberá hacerlo por escrito.
29.1 Para facilitar el proceso de revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas, el Comprador podrá, a su discreción, solicitar a cualquier Licitante Oferente aclaraciones sobre su ofertaOferta. No se considerarán aclaraciones a una oferta presentadas por Licitantes Oferentes cuando no sean en respuesta a una solicitud del Comprador. La solicitud de aclaración por el Comprador y la respuesta deberán ser hechas por escrito. No se solicitará, ofrecerá o permitirá cambios en los precios o a la esencia de la oferta, excepto para confirmar correcciones de errores aritméticos descubiertos por el Comprador en la evaluación de las ofertas, de conformidad con la Cláusula 31 de las IALIAO.
30.1 Para determinar si la oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador se basará en el contenido de la propia oferta.
30.2 Una oferta que se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones estipuladas en dichos documentos sin desviaciones importantes, reservas u omisiones. Una desviación importante, reservación u
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Samples: Licitación
Evaluación y comparación de las Ofertas. 28.1 No El Contratante verificará si las Ofertas que considera que se divulgará ajustan sustancialmente a los Licitantes ni a ninguna persona que no esté oficialmente involucrada con requisitos de los Documentos de Licitación contienen errores aritméticos. Dichos errores serán corregidos por el proceso Contratante de la licitaciónsiguiente manera: cuando haya una discrepancia entre los montos indicados en números y en palabras, información relacionada con la revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas, ni sobre la recomendación de adjudicación del Contrato hasta que se haya publicado la adjudicación del Contratoprevalecerá el indicado en palabras.
28.2 Cualquier intento por parte de un Licitante para influenciar al Comprador El Contratante ajustará el monto indicado en la revisiónOferta de acuerdo con el procedimiento antes señalado para la corrección de errores y, evaluacióncon la anuencia del Licitante, comparación el nuevo monto se considerará de obligatorio cumplimiento para el Licitante. Si el Licitante no estuviera de acuerdo con el monto corregido, la Oferta será rechazada y poscalificación podrá hacerse efectiva la Garantía de las ofertas Seriedad de su Oferta o ejecutarse el Manifiesto de Garantía de la Oferta de conformidad con la Subcláusula 17.5 (b).
29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la adjudicación moneda del Contrato podrá resultar en el rechazo país del Contratante de su oferta.
28.3 No obstante lo dispuesto en conformidad con la Subcláusula 28.2 15.1 de las IAL, si durante a menos que el plazo transcurrido entre el acto Licitante haya usado tipos de apertura y la fecha cambio diferentes de adjudicación del Contrato, un Licitante desea comunicarse con el Comprador sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de la licitación, deberá hacerlo por escrito.
29.1 Para facilitar el proceso de revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas, el Comprador podrá, a su discreción, solicitar a cualquier Licitante aclaraciones sobre su oferta. No se considerarán aclaraciones a una oferta presentadas por Licitantes cuando no sean en respuesta a una solicitud del Comprador. La solicitud de aclaración por el Comprador y la respuesta deberán ser hechas por escrito. No se solicitará, ofrecerá o permitirá cambios en los precios o a la esencia de la oferta, excepto para confirmar correcciones de errores aritméticos descubiertos por el Comprador en la evaluación de las ofertas, establecidos de conformidad con la Cláusula 31 Subcláusula 15.2 de las IAL, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAL.
30.1 Para determinar si la oferta El Contratante evaluará solamente las Ofertas que determine que se ajusta ajustan sustancialmente a los Documentos requisitos de Licitación, el Comprador se basará en el contenido de la propia oferta.
30.2 Una oferta que se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación es de conformidad con la que satisface todos Cláusula 26 de las IAL.
30.2 Al evaluar las Ofertas, el Contratante determinará el precio evaluado de cada Oferta, ajustándolo de la siguiente manera:
(a) corrigiendo cualquier error, conforme a los términosestipulado en la Cláusula 28 de las IAL;
(b) excluyendo las sumas provisionales y las reservas para imprevistos, condiciones y especificaciones estipuladas si existieran, en dichos documentos sin el Calendario de Actividades;
(c) haciendo los ajustes correspondientes por otras Variaciones, desviaciones importantes, reservas u omisiones. Una desviación importante, reservación uOfertas alternativas aceptables presentadas de conformidad con la cláusula 18 de las IAL; y
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Samples: Licitación
Evaluación y comparación de las Ofertas. 28.1 No se divulgará a 30.1. La MUNICIPALIDAD DE SANTA XXXX DE COPAN evaluará solamente las Ofertas que determine que cumplen sustancialmente con los Licitantes ni a ninguna persona que no esté oficialmente involucrada requisitos de los Documentos de Licitación de conformidad con el proceso la Cláusula 27 de las IAO.
30.2. El titular del órgano responsable de la licitaciónContratación designará una Comisión para el análisis y evaluación de las ofertas (artículo 33 LCE y 53, información relacionada con la revisión125 y 136 de su Reglamento).
30.3. Se procederá al análisis y evaluación de ofertas siempre y cuando se hayan recibido como mínimo dos (2) ofertas.
30.4. Basados en el artículo 132 del RLEC, evaluación, comparación y poscalificación de podrán ser subsanados los defectos u omisiones contenidas en las ofertas, ni sobre en cuanto no impliquen modificaciones del precio, objeto y condiciones ofrecidas de acuerdo a lo previsto en los artículos 5, párrafo segundo y 50 de la recomendación LEC. El oferente deberá subsanar el defecto u omisión dentro de adjudicación del Contrato hasta que se haya publicado la adjudicación del Contrato.
28.2 Cualquier intento por parte de un Licitante para influenciar al Comprador en la revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas o en la adjudicación del Contrato podrá resultar en el rechazo de su oferta.
28.3 No obstante lo dispuesto en la Subcláusula 28.2 de las IAL, si durante el plazo transcurrido entre el acto de apertura y los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de adjudicación del Contrato, un Licitante desea comunicarse con el Comprador sobre cualquier asunto relacionado con el proceso notificación correspondiente de la licitación, deberá hacerlo por escritoomisión; si no lo hiciere la oferta no será considerada.
29.1 Para facilitar 30.5. Al evaluar las Ofertas, la MUNICIPALIDAD DE SANTA XXXX DE COPAN determinará el proceso precio evaluado de revisióncada Oferta, ajustándolo de la siguiente manera:
a) corrigiendo cualquier error, conforme a los estipulado en la Cláusula 28 de las IAO;
b) excluyendo las sumas provisionales y las reservas para imprevistos, si existieran, en la Lista de Cantidades Valoradas (Oferta Económica);
c) haciendo los ajustes correspondientes por otras variaciones y desviaciones; y
d) haciendo los ajustes correspondientes para reflejar los descuentos u otras modificaciones de precios ofrecidas de conformidad con la Sub cláusula 23.5 de las IAO.
e) Ajustes debidos a la aplicación de los factores de evaluación, comparación y poscalificación indicados en la Sección III, Criterios de las ofertas, el Comprador podrá, a su discreción, solicitar a cualquier Licitante aclaraciones sobre su oferta. No se considerarán aclaraciones a una oferta presentadas por Licitantes cuando no sean en respuesta a una solicitud del Comprador. La solicitud de aclaración por el Comprador y la respuesta deberán ser hechas por escrito. No se solicitará, ofrecerá o permitirá cambios en los precios o Evaluación.
f) ajustes debidos a la esencia aplicación de la ofertaun margen de preferencia, excepto para confirmar correcciones de errores aritméticos descubiertos por el Comprador en la evaluación de las ofertassi corresponde, de conformidad con la Cláusula cláusula 31 de las IALIAO.
30.1 Para determinar si 30.6. La MUNICIPALIDAD DE SANTA XXXX DE COPAN se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier variación, desviación. En la oferta evaluación de las ofertas no se ajusta sustancialmente a tendrán en cuenta las variaciones, desviaciones y otros factores que excedan los Documentos requisitos de Licitación, los documentos de licitación o que resulten en beneficios no solicitados para la MUNICIPALIDAD DE SANTA XXXX DE COPAN.
30.7. En la evaluación de las Ofertas no se tendrá en cuenta el Comprador se basará efecto estimado de ninguna de las condiciones para ajuste de precio estipuladas en el contenido virtud de la propia ofertaCláusula 46 de las CGC, durante el período de ejecución del Contrato.
30.2 Una oferta 30.8. Si las ofertas resultan con un costo sustancialmente menor en relación al costo de la obra estimado por el Contratante u omiten la cotización de rubros significativos que se ajusta sustancialmente razonablemente permita anticipar que el o los Oferentes no podrán terminar las obras dentro del plazo y condiciones estipulados, la MUNICIPALIDAD DE SANTA XXXX DE COPAN podrá rechazar las ofertas que reúnan esas condiciones o solicitar duplique el valor de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
30.9. Si las ofertas evaluadas fueran significativamente desbalanceadas o especulativas en su estructura de precios en relación al Presupuesto Base del Contratante del costo real de la obra y/o con la comparación de los precios de los demás oferentes, tanto a la baja como a la alta en un porcentaje mayor a veinte por ciento (20%) en los Documentos de Licitación es rubros más significativos, , la MUNICIPALIDAD DE SANTA XXXX DE COPAN en apego a lo establecido en la LCE y su Reglamento, rechazará las ofertas que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones estipuladas en dichos documentos sin desviaciones importantes, reservas u omisiones. Una desviación importante, reservación ureúnan esas condiciones.
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Samples: Documento Para La Contratación De Obras Por Licitación Pública Nacional
Evaluación y comparación de las Ofertas. 28.1 26.1 Una vez entregadas las ofertas abiertas al Comité de Evaluación, se dará inicio al proceso confidencial de evaluación. No se divulgará a los Licitantes Oferentes ni a ninguna persona que no esté oficialmente involucrada con el proceso de la licitaciónlicitac ión, información relacionada con la revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas, ni sobre la recomendación de adjudicación del Contrato contrato hasta que se haya publicado sido dictado el informe de recomendación de la adjudicación del Contratoadjudicación.
28.2 26.2 Cualquier intento in tento por parte de un Licitante Oferente para influenciar al Comprador a la Convocante en la revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas o en la adjudicación del Contrato contrato podrá resultar en el rechazo de su oferta.
28.3 26.3 No obstante lo dispuesto en la Subcláusula 28.2 de las IALSubcl áusula precedente, si durante el plazo transcurrido entre el acto Acto de apertura Apertura y la fecha de adjudicación del Contratocontrato, un Licitante Oferente desea comunicarse con el Comprador la Convocante sobre cualquier asunto relacionado con el proceso de la licitación, deberá hacerlo por escrito.
29.1 27.1 Para facilitar el proceso de revisión, evaluación, comparación y poscalificación de las ofertas, el Comprador podrá, a su discreción, la Convocante podrá solicitar a cualquier Licitante Oferente aclaraciones sobre su oferta. Oferta.
27.2 No se considerarán aclaraciones aclaraci ones a una oferta presentadas por Licitantes Oferentes cuando no sean en respuesta a una solicitud del Compradorde la Convocante. La solicitud de aclaración por el Comprador la Convocante y la respuesta deberán ser hechas por escrito. .
27.3 No se solicitará, ofrecerá o permitirá cambios en los l os precios o a la esencia de la oferta, excepto para confirmar correcciones de errores aritméticos descubiertos por el Comprador la Convocante en la evaluación de las ofertas, de conformidad con la Cláusula 31 29.3 de las IALesta Sección I, IAO.
30.1 Para determinar si la oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Comprador se basará en el contenido de la propia oferta.
30.2 Una oferta que se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones estipuladas en dichos documentos sin desviaciones importantes, reservas u omisiones. Una desviación importante, reservación u
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Samples: Licitación Por Concurso De Ofertas