Excedencias sindicales. El personal con antigüedad de tres meses que ejerza o sea llamado a ejercer un cargo sindical en los órganos de gobierno provinciales, autonómicos o nacionales de una central sindical que haya firmado el Convenio, tendrá derecho a una excedencia forzosa por el tiempo que dure el cargo que la determina. Para acceder el trabajador a dicha excedencia, deberá acompañar a la comunicación escrita a la Empresa, el certificado de la central sindical correspondiente en el que conste el nombramiento del cargo sindical de gobierno para el que hay sido elegido. El trabajador excedente forzoso tiene la obligación de comunicar a la Empresa, en un plazo no superior al mes, la desaparición de las circunstancias que motivaron su excedencia; caso de no efectuarla en dicho plazo, perderá el derecho al reingreso. El reingreso será automático y obligatorio y el trabajador tendrá derecho a ocupar una plaza del mismo grupo o nivel, lugar y puesto de trabajo que ostentaba antes de producirse la excedencia forzosa.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo De Trabajo
Excedencias sindicales. El personal con antigüedad de tres meses que ejerza o sea llamado a ejercer un cargo sindical en los órganos de gobierno provincialesde régimen local, autonómicos comarcal, provincial, autonómico o nacionales nacional de una central sindical que haya firmado el Conveniosindical, tendrá derecho a una excedencia forzosa por el tiempo que dure el cargo que la determina. Para acceder el trabajador la persona trabajadora a dicha excedencia, deberá acompañar a la comunicación escrita a la Empresa, el certificado de la central sindical correspondiente en el que conste el nombramiento del cargo sindical de gobierno para el que hay haya sido elegidoelegida. El trabajador La persona trabajadora excedente forzoso forzosa tiene la obligación de comunicar a la Empresa, en un plazo no superior al mes, la desaparición de las circunstancias que motivaron su excedencia; caso de no efectuarla en dicho plazo, perderá el derecho al reingreso. El reingreso será automático y obligatorio y el trabajador la persona trabajadora tendrá derecho a ocupar una plaza del mismo grupo o nivelgrupo, lugar y puesto de trabajo que ostentaba antes de producirse la excedencia forzosa.
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Samples: Convenio Colectivo
Excedencias sindicales. El personal con una antigüedad de tres meses meses, salvo que sea titulado, en cuyo caso deberá cumplir el periodo de prueba, que ejerza o sea llamado a ejercer un cargo sindical en los órganos de gobierno provinciales, autonómicos provinciales o nacionales de una central sindical que haya firmado el ConvenioCentral Sindical legalizada, tendrá derecho a una excedencia forzosa por el tiempo que dure el cargo que la determinadetermine. Para acceder el trabajador a dicha excedencia, deberá acompañar a la comunicación escrita a la su Empresa, el certificado certificación de la central sindical Central Sindical correspondiente en el la que conste el nombramiento del cargo sindical de del gobierno para el que hay haya sido elegidoelegido o designado. El trabajador excedente forzoso tiene la obligación de comunicar a la Empresa, en con un plazo no superior al a un mes, la desaparición de las circunstancias que motivaron su excedencia; en caso de no efectuarla efectuarlo en dicho plazo, tal plazo perderá el derecho al reingreso. El reingreso reingreso, en su caso, será automático y obligatorio y el trabajador tendrá derecho a ocupar una plaza del mismo grupo o nivel, lugar y su puesto de trabajo que ostentaba antes trabajo, u otro de producirse la excedencia forzosamisma categoría profesional y similares características si el anterior ha desaparecido, y al cómputo de la antigüedad de su vigencia.
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Samples: Convenio Colectivo
Excedencias sindicales. El personal personal, con una antigüedad de tres meses meses, salvo que sea titulado, en cuyo caso deberá cumplir el periodo de prueba, que ejerza o sea llamado a ejercer un cargo sindical en los órganos de gobierno provinciales, autonómicos provinciales o nacionales de una central sindical que haya firmado el ConvenioCentral Sindical legalizada, tendrá derecho a una excedencia forzosa por el tiempo que dure el cargo que la determinadetermine. Para acceder el trabajador a dicha excedencia, deberá acompañar a la comunicación escrita escrito a la su Empresa, el certificado certificación de la central sindical Central Sindical correspondiente en el la que conste el nombramiento del cargo sindical de del gobierno para el que hay haya sido elegidoelegido o designado. El trabajador excedente forzoso tiene la obligación de comunicar a la Empresa, en Empresa con un plazo no superior al a un mes, la desaparición de las circunstancias que motivaron su excedencia; en caso de no efectuarla efectuarlo en dicho plazo, tal plazo perderá el derecho al reingresoingreso. El reingreso reingreso, en su caso, será automático automático, y obligatorio y el trabajador tendrá derecho a ocupar una plaza su puesto del mismo grupo trabajo u otro de la misma categoría o nivelsimilares características si el anterior ha desaparecido, lugar y puesto al cómputo de trabajo que ostentaba antes la antigüedad de producirse la excedencia forzosasu vigencia.
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Samples: Convenio Colectivo Estatal Para La Industria Fotográfica
Excedencias sindicales. El personal con antigüedad de tres cuatro meses que ejerza o sea llamado a ejercer un cargo sindical en los órganos de gobierno provinciales, autonómicos o nacionales de una central sindical que haya firmado el Convenio, tendrá derecho a una excedencia forzosa por el tiempo que dure el cargo que la determina. Para acceder el trabajador a dicha excedencia, deberá acompañar a la comunicación escrita a la Empresa, empresa el certificado de la central sindical correspondiente correspondiente, en el que conste el nombramiento del cargo sindical de gobierno para el que hay haya sido elegido. El trabajador excedente forzoso tiene la obligación de comunicar a la Empresaempresa, en un plazo no superior al mes, la desaparición de las circunstancias que motivaron su excedencia; caso de no efectuarla en dicho plazo, plazo perderá el derecho al reingreso. El reingreso será automático y obligatorio y el trabajador tendrá derecho a ocupar una plaza del mismo grupo o nivel, lugar y puesto de trabajo que ostentaba ostentara antes de producirse la excedencia forzosa. El tiempo de excedencia se computará como de permanencia al servicio de la empresa.
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Samples: Collective Labor Agreement
Excedencias sindicales. El personal con antigüedad de tres cuatro meses que ejerza o sea llamado a ejercer un cargo sindical en los órganos de gobierno provinciales, autonómicos o nacionales de una central sindical que haya firmado el Conveniosindical, tendrá derecho a una excedencia forzosa por el tiempo que dure el cargo que la determina. Para acceder el trabajador a dicha excedencia, deberá acompañar a la comunicación escrita a la Empresaempresa, el certificado de la central sindical correspondiente en el que conste el nombramiento del cargo sindical de gobierno para el que hay haya sido elegido. El trabajador excedente forzoso tiene la obligación de comunicar a la Empresaempresa, en un plazo no superior al mes, la desaparición de las circunstancias que motivaron su excedencia; caso de no efectuarla en dicho plazo, plazo perderá el derecho al reingreso. El reingreso será automático y obligatorio y el trabajador tendrá derecho a ocupar una plaza del mismo grupo o nivel, lugar y puesto de trabajo que ostentaba ostentara antes de producirse la excedencia forzosa. El tiempo de excedencia se computará como de permanencia al servicio de la empresa.
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Samples: Convenio Colectivo
Excedencias sindicales. El personal con antigüedad de tres meses que ejerza o sea llamado a ejercer un cargo sindical en los órganos de gobierno provincialesprovincial, autonómicos autonómico o nacionales nacional de una central sindical que haya firmado el Convenio, tendrá derecho a una excedencia forzosa por el tiempo que dure el cargo que la determina. Para acceder el trabajador a dicha excedencia, deberá acompañar a la comunicación escrita a la Empresa, el certificado de la central sindical correspondiente en el que conste el nombramiento del cargo sindical de gobierno para el que hay sido elegido. El trabajador excedente forzoso tiene la obligación de comunicar a la Empresa, en un plazo no superior al mes, la desaparición de las circunstancias que motivaron su excedencia; caso de no efectuarla en dicho plazo, perderá el derecho al reingreso. El reingreso será automático y obligatorio y el trabajador tendrá derecho a ocupar una plaza del mismo grupo o nivel, lugar y puesto de trabajo que ostentaba antes de producirse la excedencia forzosa.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
Excedencias sindicales. El personal con antigüedad de tres cuatro meses que ejerza o sea llamado a ejercer un cargo sindical en los órganos de gobierno provinciales, autonómicos o nacionales de una central sindical que haya firmado el Convenio, tendrá derecho a una excedencia forzosa por el tiempo tiem- po que dure el cargo que la determina. Para acceder el trabajador a dicha excedencia, deberá acompañar a la comunicación escrita a la Empresa, empresa el certificado de la central sindical correspondiente en el que conste el nombramiento nombra- miento del cargo sindical de gobierno para el que hay haya sido elegido. El trabajador excedente forzoso tiene la obligación de comunicar a la Empresaempresa, en un plazo no superior al mes, la desaparición de las circunstancias que motivaron su excedencia; , caso de no efectuarla en dicho plazo, plazo perderá el derecho al reingreso. El reingreso será automático y obligatorio y el trabajador tendrá derecho a ocupar una plaza del mismo grupo o nivel, lugar y puesto de trabajo que ostentaba ostentara antes de producirse la excedencia forzosa. El tiempo de excedencia se computará como de permanencia al servicio de la empresa.
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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo
Excedencias sindicales. El personal con antigüedad de tres meses que ejerza o sea llamado a ejercer un cargo sindical en los órganos ór- ganos de gobierno provinciales, autonómicos o nacionales de una central sindical que haya firmado el Conveniosindical, tendrá derecho a una excedencia forzosa por el tiempo que dure el cargo que la determina. Para acceder el trabajador a dicha excedencia, deberá acompañar a la comunicación co- municación escrita a la Empresaempresa, el certificado de la central sindical correspondiente corres- pondiente en el que conste el nombramiento del cargo sindical de gobierno para el que hay haya sido elegido. El trabajador excedente forzoso tiene la obligación de comunicar a la Empresaem- presa, en un plazo no superior al mes, la desaparición de las circunstancias que motivaron su excedencia; caso de no efectuarla en dicho plazo, plazo perderá el derecho al reingreso. El reingreso será automático y obligatorio y el trabajador tendrá derecho a ocupar una plaza del mismo grupo o nivel, lugar y puesto de trabajo que ostentaba ostentara antes de producirse la excedencia forzosa. El tiempo de excedencia se computará como de permanencia al servicio de la empresa.
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Excedencias sindicales. El personal personal, con una antigüedad de tres meses meses, salvo que sea titulado, en cuyo caso deberá cumplir el período de prueba, que ejerza o sea llamado a ejercer un cargo sindical en los órganos de gobierno provinciales, autonómicos provinciales o nacionales de una central sindical que haya firmado el ConvenioCentral Sindical legalizada, tendrá derecho a una excedencia forzosa por el tiempo que dure el cargo que la determinadetermine. Para acceder el trabajador a dicha excedencia, deberá acompañar a la comunicación escrita escrito a la su Empresa, el certificado certificación de la central sindical Central Sindical correspondiente en el la que conste el nombramiento del cargo sindical de del gobierno para el que hay haya sido elegidoelegido o designado. El trabajador excedente forzoso tiene la obligación de comunicar a la Empresa, en Empresa con un plazo no superior al a un mes, la desaparición de las circunstancias que motivaron su excedencia; en caso de no efectuarla efectuarlo en dicho plazo, tal plazo perderá el derecho al reingresoingreso. El reingreso reingreso, en su caso, será automático automático, y obligatorio y el trabajador tendrá derecho a ocupar una plaza su puesto del mismo grupo trabajo u otro de la misma categoría o nivelsimilares características si el anterior ha desaparecido, lugar y puesto al cómputo de trabajo que ostentaba antes la antigüedad de producirse la excedencia forzosasu vigencia.
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Samples: Convenio Colectivo
Excedencias sindicales. El personal con antigüedad de tres cuatro meses que ejerza o sea llamado a ejercer un cargo sindical en los órganos de gobierno provinciales, autonómicos o nacionales de una central sindical que haya firmado el Convenio, tendrá derecho a una excedencia forzosa por el tiempo que dure el cargo que la determina. Para acceder el trabajador a dicha excedencia, deberá acompañar a la comunicación escrita a la Empresa, empresa el certificado de la central sindical correspondiente en el que conste el nombramiento del cargo sindical de gobierno para el que hay haya sido elegido. El trabajador excedente forzoso tiene la obligación de comunicar a la Empresaempresa, en un plazo no superior al mes, la desaparición de las circunstancias que motivaron su excedencia; , caso de no efectuarla en dicho plazo, plazo perderá el derecho al reingreso. El reingreso será automático y obligatorio y el trabajador tendrá derecho a ocupar una plaza del mismo grupo o nivel, lugar y puesto de trabajo que ostentaba ostentará antes de producirse la excedencia forzosa. El tiempo de excedencia se computará como de permanencia al servicio de la empresa.
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Excedencias sindicales. El personal personal, con una antigüedad de tres meses meses, salvo que sea titulado, en cuyo caso deberá cumplir el período de prueba, que ejerza o sea llamado a ejercer un cargo sindical en los órganos de gobierno provinciales, autonómicos provinciales o nacionales de una central sindical que haya firmado el ConvenioCentral Sindical legalizada, tendrá derecho a una excedencia forzosa por el tiempo que dure el cargo que la determinadetermine. Para acceder el trabajador a dicha excedencia, deberá acompañar a la comunicación escrita escrito a la su Empresa, el certificado certificación de la central sindical Central Sindical correspondiente en el la que conste el nombramiento del cargo sindical de del gobierno para el que hay haya sido elegidoelegido o designado. El trabajador excedente forzoso tiene la obligación de comunicar a la Empresa, en Empresa con un plazo no superior al a un mes, la desaparición de las circunstancias que motivaron su excedencia; en caso de no efectuarla efectuarlo en dicho plazo, tal plazo perderá el derecho al reingresoingreso. El reingreso reingreso, en su caso, será automático automático, y obligatorio y el trabajador tendrá derecho a ocupar una plaza su puesto del mismo grupo trabajo u otro de la misma categoría o nivelsimilares caracteristicas si el anterior ha desaparecido, lugar y puesto al cómputo de trabajo que ostentaba antes la antigüedad de producirse la excedencia forzosasu vigencia.
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Excedencias sindicales. El personal con antigüedad de tres meses que ejerza o sea llamado a ejercer un cargo sindical en los órganos de gobierno provincialesde régimen local, autonómicos comarcal, provincial, autonómico o nacionales nacional de una central sindical que haya firmado el Conveniosindical, tendrá derecho a una excedencia forzosa por el tiempo que dure el cargo que la determina. Para acceder el trabajador a dicha excedencia, deberá acompañar a la comunicación escrita a la Empresa, el certificado de la central sindical correspondiente en el que conste el nombramiento del cargo sindical de gobierno para el que hay sido elegido. El trabajador excedente forzoso tiene la obligación de comunicar a la Empresa, en un plazo no superior al mes, la desaparición de las circunstancias que motivaron su excedencia; caso de no efectuarla en dicho plazo, perderá el derecho al reingreso. El reingreso será automático y obligatorio y el trabajador tendrá derecho a ocupar una plaza del mismo grupo o nivelgrupo, lugar y puesto de trabajo que ostentaba antes de producirse la excedencia forzosa.
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Excedencias sindicales. El personal con antigüedad de tres cuatro meses que ejerza o sea llamado a ejercer un cargo sindical en los órganos de gobierno provinciales, autonómicos o nacionales de una central sindical que haya firmado el Convenio, tendrá derecho a una excedencia forzosa por el tiempo que dure el cargo que la determina. Para acceder el trabajador a dicha excedencia, deberá acompañar a la comunicación escrita a la Empresa, empresa el certificado de la central sindical correspondiente en el que conste el nombramiento del cargo sindical de gobierno para el que hay haya sido elegido. El trabajador excedente forzoso tiene la obligación de comunicar a la Empresaempresa, en un plazo no superior al mes, la desaparición de las circunstancias que motivaron su excedencia; , caso de no efectuarla en dicho plazo, plazo perderá el derecho al reingreso. El reingreso será automático y obligatorio y el trabajador tendrá derecho a ocupar una plaza del mismo grupo o nivel, lugar y puesto de trabajo que ostentaba ostentara antes de producirse la excedencia forzosa.
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Samples: Convenio Colectivo
Excedencias sindicales. El personal con antigüedad de tres meses que ejerza o sea llamado a ejercer un cargo sindical en los órganos de gobierno provinciales, autonómicos o nacionales de una central sindical que haya firmado el Conveniosindical, tendrá derecho a una excedencia forzosa por el tiempo que dure el cargo que la determina. Para acceder el trabajador a dicha excedencia, deberá acompañar a la comunicación escrita a la Empresaempresa, el certificado de la central sindical correspondiente en el que conste el nombramiento del cargo sindical de gobierno para el que hay haya sido elegido. El trabajador excedente forzoso tiene la obligación de comunicar a la Empresaempresa, en un plazo no superior al mes, la desaparición de las circunstancias que motivaron su excedencia; caso de no efectuarla en dicho plazo, plazo perderá el derecho al reingreso. El reingreso será automático y obligatorio y el trabajador tendrá derecho a ocupar una plaza del mismo grupo o nivel, lugar y puesto de trabajo que ostentaba ostentara antes de producirse la excedencia forzosa. El tiempo de excedencia se computará como de permanencia al servicio de la empresa.
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