Common use of Festivos Clause in Contracts

Festivos. El personal ocupado en las actividades afectas por el presente Convenio Colectivo, disfrutará como fiestas laborales no recuperables y retribuidas, las de carácter nacional y local, determinadas por la Autoridad Laboral u Organismo competente y la festividad patronal de San Martín de Porres, que se celebrará el día 03 de noviembre. Cuando San Martín de Porres coincida en domingo, se trasladará su disfrute a otro día o será abonado como festivo; esto no afectará al servicio de carga lateral por lo ya dicho sobre el calendario individual y su regularización anual. Exclusivamente para el personal de alcantarillado, cuando la festividad de San Martín de Porres coincida en sábado, se trasladará su disfrute a otro día de la semana, normalmente en viernes. CVE-Núm. de registre: 062015000935 Por ser la actividad afecta al presente Convenio un servicio público de inexcusable realización, los servicios que se efectúen en los días con tal carácter se compensarán mediante el abono que se regula en el artículo 27 complemento festivo y cuya cuantía se recoge en las tablas salariales. Exclusivamente los festivos de Navidad y Año Nuevo, de aquellos trabajadores que sean asignados a los servicios requeridos en esas fechas, se abonarán al precio de 156,30 EUR. Los trabajadores del ''servicio viaria domingos y festivos, sin afectar a su distribución de jornada y trabajo de festivos en sus condiciones actuales, exclusivamente los dos días (Navidad y Año Nuevo), percibirán 156,30 EUR pero sin descanso compensatorio. Las excepciones al disfrute de los festivos según los servicios se recogen en el anexo III y también afectarán por las condiciones de la nueva contrata a los servicios en general cuando coincidan dos festivos de forma consecutiva que deberá trabajarse uno de ellos. Se pueden admitir hacia este compromiso y obligación excepciones particularizadas que hayan sido preavisadas siempre y cuando el servicio lo permita, con conocimiento al Comité de la planificación del trabajo en esos días. Los servicios que tienen previsto actualmente su descanso semanal en viernes y sábado, o domingo y lunes, o jueves y viernes, si uno de los festivos oficiales coincide con uno de sus días de descanso serán trasladados a otro día por así haberse pactado respecto a ellos específicamente. En el servicio de recogida domiciliaria reestructurado, el compromiso de trabajar los festivos que coincidan en los días de trabajo de los ciclos de cada dotación, tiene regulada su retribución incluida en el complemento del artículo 19 en las condiciones contenidas en el mismo, con la naturaleza extraordinaria, consecuente a ser un trabajo realizado en el exceso pactado sobre la jornada ordinaria y su distribución para dicho servicio en el presente capítulo.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo De Trabajo De La Empresa Fomento De Construcciones Y Contratas

Festivos. El personal ocupado Con carácter general, para las posiciones de operario/operaria de logística, operario/operaria de logística especialista 2ª, operario/operaria de logística especialista 1ª, operador/operadora SGA y coordinador/coordinadora la realización de horas de trabajo, en las actividades afectas días festivos, será retribuida con la siguiente cantidad: - Operario/operaria y operador/operadora SGA: 100 euros brutos/día festivo trabajado. - Coordinador/coordinadora: 115 euros brutos/día festivo trabajado. Se abrirá la opción de apuntarse a trabajar festivos de forma semestral. La persona recibirá confirmación sobre los festivos a trabajar en un plazo determinado para todo el semestre. En el caso de que el trabajador/trabajadora realice un mínimo de cuatro festivos en un periodo de doce meses, computados en el año natural, el trabajador/trabajadora percibirá la cantidad de 145 euros brutos por cada día festivo trabajado. La forma de abono de los días festivos se realizará abonando a mes vencido el presente Convenio Colectivoimporte de 100 euros brutos o 115 euros brutos dependiendo de la posición de la persona que realice el festivo. En el caso de realizar al menos 4 festivos y haberlos cobrado a mes vencido, disfrutará como fiestas laborales no recuperables la diferencia entre el importe ya percibido y retribuidasel importe de 145 euros brutos, las le será abonada en la nómina del mes de carácter nacional y local, determinadas por la Autoridad Laboral u Organismo competente y la festividad patronal enero. La realización de San Martín de Porres, que se celebrará el día 03 de noviembre. Cuando San Martín de Porres coincida en domingo, se trasladará su disfrute a otro día o será abonado como festivo; esto no afectará al servicio de carga lateral por lo ya dicho sobre el calendario individual y su regularización anual. Exclusivamente festivos para el personal de alcantarillado, cuando la festividad de San Martín de Porres coincida en sábado, se trasladará su disfrute a otro día de la semana, normalmente en viernes. CVE-Núm. de registre: 062015000935 Por ser la actividad afecta al presente Convenio un servicio público de inexcusable realización, los servicios que se efectúen en los días con tal carácter se compensarán mediante el abono que se regula en el artículo 27 complemento festivo y cuya cuantía se recoge en las tablas salariales. Exclusivamente los festivos de Navidad y Año Nuevo, de aquellos trabajadores que sean asignados adscrito a los servicios requeridos en esas fechasEquipos Refuerzo es obligatoria y se establece la cuantía de 145 euros brutos por festivo trabajado, se abonarán al precio de 156,30 EURabonándose a mes vencido. Los trabajadores del ''servicio viaria domingos y festivos, sin afectar a su distribución de jornada y trabajo completa adscritos al turno de festivos en sus condiciones actualesnoche, exclusivamente los dos días (Navidad y Año Nuevo), percibirán 156,30 EUR pero sin descanso compensatorio. Las excepciones al disfrute además de los festivos según los servicios se recogen en el anexo III y también afectarán la compensación económica por las condiciones horas festivas trabajadas, disfrutarán de la nueva contrata a los servicios en general cuando coincidan dos festivos de forma consecutiva que deberá trabajarse uno de ellos. Se pueden admitir hacia este compromiso y obligación excepciones particularizadas que hayan sido preavisadas siempre y cuando el servicio lo permita, con conocimiento al Comité de la planificación del trabajo en esos días. Los servicios que tienen previsto actualmente su descanso semanal en viernes y sábado, o domingo y lunes, o jueves y viernes, si uno de los festivos oficiales coincide con uno de sus días un día de descanso serán trasladados a otro por cada día por así haberse pactado respecto a ellos específicamente. En el servicio de recogida domiciliaria reestructurado, el compromiso de trabajar los festivos que coincidan en los días de trabajo de los ciclos de cada dotación, tiene regulada su retribución incluida en el complemento del artículo 19 en las condiciones contenidas en el mismo, con la naturaleza extraordinaria, consecuente a ser un trabajo realizado en el exceso pactado sobre la jornada ordinaria y su distribución para dicho servicio en el presente capítulofestivo completo trabajado.

Appears in 1 contract

Samples: www.fetico.es

Festivos. El Todos los festivos aprobados por el Ministerio de Trabajo en el calendario oficial se considerarán retribuidos y no recuperables. Al personal ocupado a quien corresponda trabajar en las actividades afectas fiestas oficiales podrá aumentársele el periodo de vacaciones anuales reglamentarias o disfrutar los días trabajados en otras fechas del año que elija con antelación el interesado, en la proporción de dos días por festivo trabajado. Antes de finales de febrero de cada año deberán estar elaborados los calendarios laborales anuales por secciones. Asimismo y a la misma fecha, deberá solicitarse por escrito e individualmente la solución que se adopte para el presente Convenio Colectivodisfrute de festivos trabajados, disfrutará como fiestas laborales no recuperables y retribuidasdebiendo estar tales solicitudes firmadas por los interesados e informadas por sus superiores, acordándose la solución que, sin perjudicar a la Empresa, convenga más al solicitante. En caso de discrepancia decidirá la Dirección de la Empresa. Si las solicitudes de carácter nacional y localdisfrute se acumularan excesivamente en un mes concreto, determinadas por haciendo con ello peligrar la Autoridad Laboral u Organismo competente producción, la representación del personal y la festividad patronal de San Martín de Porres, que se celebrará el día 03 de noviembredirección afectada procederán a estudiar la oportuna distribución entre los peticionarios. Cuando San Martín de Porres coincida en domingo, se trasladará su disfrute a otro día o será abonado como festivo; esto no afectará al servicio de carga lateral por lo ya dicho sobre el calendario individual y su regularización anual. Exclusivamente para Todo el personal que por necesidades de alcantarillado, cuando la festividad producción tenga obligación de San Martín de Porres coincida en sábado, se trasladará su disfrute a otro día de la semana, normalmente en viernes. CVE-Núm. de registre: 062015000935 Por ser la actividad afecta al presente Convenio un servicio público de inexcusable realización, trabajar habitualmente todos los servicios que se efectúen en los días con tal carácter se compensarán mediante el abono que se regula en el artículo 27 complemento festivo y cuya cuantía se recoge en las tablas salariales. Exclusivamente los festivos de Navidad y Año Nuevo, de aquellos trabajadores que sean asignados a los servicios requeridos en esas fechas, se abonarán al precio de 156,30 EUR. Los trabajadores del ''servicio viaria domingos y festivos, sin afectar a su distribución de jornada y trabajo de festivos en sus condiciones actuales, exclusivamente los dos días (Navidad y Año Nuevo), percibirán 156,30 EUR pero sin descanso compensatorio. Las excepciones al disfrute de los festivos según los servicios se recogen en el anexo III y también afectarán por las condiciones de la nueva contrata a los servicios en general cuando coincidan dos festivos de forma consecutiva que deberá trabajarse uno de ellos. Se pueden admitir hacia este compromiso y obligación excepciones particularizadas que hayan sido preavisadas siempre y cuando el servicio lo permita, con conocimiento al Comité de la planificación del trabajo en esos días. Los servicios que tienen previsto actualmente su descanso semanal en viernes y sábado, o domingo y lunes, o jueves y viernes, si uno de los festivos oficiales coincide ellos coincidiera con uno cualquiera de sus días de descanso serán trasladados a semanal, se cambiará por otro día no festivo, excepto en su periodo vacacional. Se entenderá por así haberse pactado respecto a ellos específicamente. En el servicio de recogida domiciliaria reestructurado, el compromiso de trabajar habitualmente todos los festivos que coincidan cuando, de acuerdo con el sistema de trabajo y libranzas adoptado en los el Departamento, esté prevista la misma contingentación de personal diaria, tanto sea festivo o no. sábado, garantizándose un mínimo de dos días de trabajo de los ciclos de cada dotación, tiene regulada su retribución incluida en el complemento del artículo 19 en las condiciones contenidas en el mismo, con la naturaleza extraordinaria, consecuente a ser un trabajo realizado en el exceso pactado sobre la jornada ordinaria y su distribución para dicho servicio en el presente capítulolibranza al año por este concepto.

Appears in 1 contract

Samples: www.boe.es

Festivos. El personal ocupado Los días señalados como festivos e inhábiles para el trabajo que no puedan disfrutarse en las actividades afectas fechas fijadas, dada la naturaleza de la actividad de que se trata, cuando se trabajen, su compensación se llevará a cabo de la siguiente forma: Acumulados al periodo de vacaciones a razón de un día por cada día festivo trabajado. Disfrutados en otras fechas, junto al descanso semanal. Disfrutados acumulados en un período distinto. Cuando no puedan compensarse con descansos equivalentes en las formas antes previstas, se abonarán incrementados a razón de un 25 por 100 xxx xxxxxxx que corresponda a un día, de acuerdo con la fórmula siguiente: Salario base, más antigüedad, en su caso, del mes al que corresponda el presente Convenio Colectivofestivo, disfrutará más la prorrata de las gratificaciones extraordinarias, dividido por treinta, incrementando el cociente resultante en un 25 por 100. En caso de desacuerdo en la forma de compensar los festivos trabajados, éstos se acumularán a las vacaciones. No se computará como fiestas laborales no recuperables y retribuidasdisfrutado un festivo, las de carácter nacional y local, determinadas por la Autoridad Laboral u Organismo competente y la festividad patronal de San Martín de Porrescomo máximo, que se celebrará el día 03 de noviembre. Cuando San Martín de Porres coincida en domingo, se trasladará su disfrute a otro día o será abonado como festivo; esto no afectará al servicio de carga lateral por lo ya dicho sobre el calendario individual y su regularización anual. Exclusivamente para el personal de alcantarillado, cuando la festividad de San Martín de Porres coincida en sábado, se trasladará su disfrute a otro día de la semana, normalmente en viernes. CVE-Núm. de registre: 062015000935 Por ser la actividad afecta al presente Convenio un servicio público de inexcusable realización, los servicios que se efectúen en los días con tal carácter pueda coincidir con el período total de vacaciones anuales, cuyo disfrute, en su caso, se compensarán mediante acumulará al período vacacional. También tendrá el abono carácter de fiesta laborable abonable y no recuperable en el sector, el día 10 de julio, fecha en la que se regula en conmemora el artículo 27 complemento festivo y cuya cuantía se recoge en las tablas salariales. Exclusivamente los festivos de Navidad y Año Nuevo, de aquellos trabajadores que sean asignados a los servicios requeridos en esas fechas, se abonarán al precio de 156,30 EUR. Los trabajadores del ''servicio viaria domingos y festivos, sin afectar a su distribución de jornada y trabajo de festivos en sus condiciones actuales, exclusivamente los dos días (Navidad y Año Nuevo), percibirán 156,30 EUR pero sin descanso compensatorio. Las excepciones al disfrute de los festivos según los servicios se recogen en el anexo III y también afectarán por las condiciones Patrón de la nueva contrata a los servicios en general cuando coincidan dos festivos de forma consecutiva que deberá trabajarse uno de ellos. Se pueden admitir hacia este compromiso y obligación excepciones particularizadas que hayan sido preavisadas siempre y cuando el servicio lo permita, con conocimiento al Comité de la planificación del trabajo en esos días. Los servicios que tienen previsto actualmente su descanso semanal en viernes y sábado, o domingo y lunes, o jueves y viernes, si uno de los festivos oficiales coincide con uno de sus días de descanso serán trasladados a otro día por así haberse pactado respecto a ellos específicamente. En el servicio de recogida domiciliaria reestructurado, el compromiso de trabajar los festivos que coincidan en los días de trabajo de los ciclos de cada dotación, tiene regulada su retribución incluida en el complemento del artículo 19 en las condiciones contenidas en el mismo, con la naturaleza extraordinaria, consecuente a ser un trabajo realizado en el exceso pactado sobre la jornada ordinaria y su distribución para dicho servicio en el presente capítuloactividad San Xxxxxxxxx.

Appears in 1 contract

Samples: www.morey-salva.com

Festivos. El personal ocupado en las actividades afectas por el presente Convenio Colectivo, disfrutará como Las fiestas laborales que tendrán carácter retribuido y no recuperables no podrán exceder de 14 días al año, incluidas fiestas locales, autonómicas y retribuidas, las de carácter nacional y local, determinadas por la Autoridad Laboral u Organismo competente y la festividad patronal de San Martín de Porres, que se celebrará el día 03 de noviembre. Cuando San Martín de Porres coincida en domingo, se trasladará su disfrute a otro día o será abonado como festivo; esto no afectará al servicio de carga lateral por lo ya dicho sobre el calendario individual y su regularización anual. Exclusivamente para el personal de alcantarillado, cuando la festividad de San Martín de Porres coincida en sábado, se trasladará su disfrute a otro día de la semana, normalmente en viernes. CVE-Núm. de registre: 062015000935 Por ser la actividad afecta al presente Convenio un servicio público de inexcusable realización, los servicios que se efectúen en los días con tal carácter se compensarán mediante el abono que se regula en el artículo 27 complemento festivo y cuya cuantía se recoge en las tablas salariales. Exclusivamente los festivos de Navidad y Año Nuevo, de aquellos trabajadores que sean asignados a los servicios requeridos en esas fechas, se abonarán al precio de 156,30 EURestatales. Los trabajadores del ''servicio viaria domingos y festivos, sin afectar a su distribución de jornada y trabajo de festivos en sus condiciones actuales, exclusivamente los dos días (Navidad y Año Nuevo), percibirán 156,30 EUR pero sin descanso compensatorio. Las excepciones al disfrute de los festivos según los servicios se recogen en el anexo III y también afectarán por las condiciones de la nueva contrata a los servicios en general cuando coincidan dos festivos de forma consecutiva que deberá trabajarse uno de ellos. Se pueden admitir hacia este compromiso y obligación excepciones particularizadas que hayan sido preavisadas siempre y cuando el servicio lo permita, con conocimiento al Comité de la planificación del trabajo en esos días. Los servicios que tienen previsto actualmente su descanso semanal en viernes y sábado, o domingo y lunes, o jueves y viernes, si uno de los festivos oficiales coincide con uno de sus días de descanso serán trasladados a otro día por así haberse pactado respecto a ellos específicamente. En el servicio de recogida domiciliaria reestructurado, el compromiso de trabajar los festivos que coincidan en sábado se recuperarán como días de vacaciones. Los días festivos son los que quedarán fijados en los calendarios laborales correspondientes a cada territorio; si alguna persona decide trabajar alguno de esos días por razones personales no podrá recuperarlos en otro momento. Si se trabaja por motivos laborales en un día festivo, se reajustará preferiblemente lo antes posible, si no fuera posible, se reajustará antes de fin de año de forma que suponga un menor perjuicio para la organización y para la persona, se hará coordinación con el equipo y área de trabajo. El personal expatriado especificará los 14 días festivos al año, según el país donde ejerzan sus funciones. En el caso de que haya menos de 14 días festivos en alguno de los países en los que hay personal expatriado se podrá coger la diferencia de días cuando se crea conveniente. Durante las fiestas locales se dispondrá de mayor flexibilidad horaria de entrada y salida, asegurando siempre el cumplimiento de la jornada diaria y en coordinación con el equipo. En relación a lo dispuesto en el artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores la distribución de la jornada laboral será regular. No obstante, en MG la flexibilidad horaria es entendida como la capacidad por parte del personal para modificar su horario laboral habitual bien debido a causas laborales originadas por actividades o tareas puntuales que requieran ampliar o modificar la jornada, o bien debido a causas personales que requieran de la presencia de las personas durante su horario laboral habitual. Cuando en virtud del párrafo anterior la jornada laboral habitual sea modificada, ésta se reajustará preferiblemente lo antes posible, si no fuera posible, se reajustará antes de fin de año de forma que suponga un menor perjuicio para la organización y para la persona, se hará coordinación con el equipo y área de trabajo. Los días 24 y 31 Diciembre, así como el 21 de Diciembre en Bizkaia y Gipuzkoa y el 4 xx Xxxxxx en Araba se podrá finalizar la jornada laboral a las 13:00 recuperando las horas en el espacio de tiempo más breve posible. La persona que haya realizado un viaje transatlántico por motivo laboral podrá tomarse 2 días naturales de descanso inmediatamente después de su llegada para recuperarse del viaje. Renunciando a su disfrute en caso de no hacerlo en los días de trabajo inmediatamente posteriores a su llegada. Estos días no se descontarán de los ciclos días libres por fin de semana fuera del domicilio. El personal tendrá derecho a coger 2 días libres por cada dotaciónfin de semana que pase fuera del domicilio habitual por motivos laborales, tiene regulada aunque ese fin de semana no realice trabajo efectivo. Estos días podrán sumarse al periodo de vacaciones. En ninguno caso se podrán acumular más de 10 días libres laborables al año. En caso de que la prolongación de la estancia sea superior a los días libres y/o vacaciones disponibles, la misma será decidida por la asamblea previa solicitud de la persona interesada. Las personas que viajen al extranjero por motivos laborales, después de consultarlo con el equipo y teniendo en cuenta la carga de trabajo, podrán alargar su retribución incluida estancia en el complemento país disfrutando de sus días libres y/o de vacaciones. En estos casos, la persona no dispondrá de los 2 días de descanso tras el correspondiente viaje. Cuando el inicio del artículo 19 en las condiciones contenidas periodo vacacional de una persona coincida con su regreso de un desplazamiento, ésta pierde el derecho a los dos días de descanso descritos en el mismo, con la naturaleza extraordinaria, consecuente a ser un trabajo realizado en el exceso pactado sobre la jornada ordinaria y su distribución para dicho servicio en el presente capítuloprimer párrafo del presente.

Appears in 1 contract

Samples: Convenio Colectivo Mugarik Gabe