Common use of Festivos Clause in Contracts

Festivos. El descanso en días festivos es de carácter general, salvo para aquellos miembros de la plantilla que sean necesarios para el proceso de producción. La dirección de la Empresa mantendrá la plantilla necesaria para que no se produzcan horas extraordinarias. En caso de producirse, siempre que la causa no sea por fuerza mayor, la plantilla será revisada. Los calendarios de trabajo en festivos serán presentados por la dirección de la Empresa al Comité, para su aprobación, antes del 20 de diciembre de cada año para los festivos del mes de enero y el resto antes del 15 de enero. La modificación de estos calendarios será pactada por ambas partes. Los trabajos en días festivos, de los señalados en el calendario laboral de la provincia de que se trate, a los que quedarán asimilados los días 24 y 31 de diciembre, serán compensados con dos días de descanso, que se disfrutarán de conformidad con una de las dos opciones señaladas a continuación y dentro del mismo año al que correspondan: Opción a): mediante su disfrute acumulado de forma ininterrumpida fuera del período de vacaciones previsto en el artículo 51. Los calendarios de disfrute del descanso acumulado por días festivos trabajados serán realizados por la dirección de la Empresa teniendo en cuenta las fechas solicitadas por los propios trabajadores y las necesidades organizativas del trabajo. La preferencia de elección de fecha se hará por turnos rotatorios de acuerdo con los ciclos del año anterior que se encuentren ya iniciados en cada sección. No obstante, dentro de cada sección o departamento se podrá negociar la división de este descanso, siempre que no perjudique el plan general de disfrute de festivos y a la organización del trabajo.

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Festivos. Sin perjuicio de lo establecido en el art. 10, el personal de recogida viene obligado a trabajar todos los festivos que por cuadrante le correspondan, percibiendo por cada uno trabajado la cuantía establecida en la tabla anexa. El descanso en personal de limpieza viaria, cuando coincidan dos o más días festivos es seguidos, trabajará uno de carácter generalellos de modo que en ningún caso se deja de prestar servicio más de un día consecutivo. En tales casos, salvo para aquellos miembros se abonará al trabajador por festivo efectivo trabajado la cantidad que consta en la tabla salarial anexa más el Salario Base, cantidad que compensará cualquier concepto, incluidos los descansos que pudieran generarse. A dicha cantidad se adicionarán los pluses de la plantilla puesto de trabajo que sean necesarios ese día pudieran generarse, procurándose no trabajar más de tres festivos anuales para el proceso servicio de producciónlimpieza viaria. La dirección de la Empresa mantendrá la plantilla necesaria para que no A estos efectos se produzcan horas extraordinarias. En caso de producirse, siempre que la causa no sea entenderá por fuerza mayor, la plantilla será revisada. Los calendarios de trabajo en festivos serán presentados por la dirección de la Empresa al Comité, para su aprobación, antes del 20 de diciembre de cada año para festivo tanto los domingos como los festivos del mes de enero y el resto antes del 15 de enero. La modificación de estos calendarios será pactada por ambas partes. Los trabajos en días festivos, de los señalados en el calendario laboral de la provincia de que se trate, a los que quedarán asimilados los días 24 y 31 de diciembre, serán compensados con dos días de descanso, que se disfrutarán de conformidad con una de las dos opciones señaladas a continuación y dentro del mismo año al que correspondan: Opción a): mediante su disfrute acumulado de forma ininterrumpida fuera del período de vacaciones previsto indicados en el artículo 5137.2 del Estatuto de los Trabajadores, y así mismo, el día 3 de noviembre (festividad de San Xxxxxx xx Xxxxxx). Los calendarios Cuando San Xxxxxx xx Xxxxxx coincida en domingo, los trabajadores que habitualmente trabajen las fiestas, cobrarán el día festivo. El que trabaje ese día coincidiendo con domingo tendrá, además un día de disfrute del descanso acumulado por días festivos trabajados serán realizados por la dirección compensatorio. Para el personal de la Empresa teniendo recogida de basuras, cuando San Xxxxxx xx Xxxxxx coincida en cuenta las fechas solicitadas por los propios trabajadores y las necesidades organizativas del trabajo. La preferencia de elección de fecha domingo, se hará por turnos rotatorios de acuerdo con los ciclos del año anterior abonará como día festivo a todo aquel que se encuentren ya iniciados en cada sección. No obstante, dentro de cada sección o departamento se podrá negociar la división de este descanso, siempre que no perjudique el plan general de disfrute de festivos y a la organización del trabajolo trabaje.

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Festivos. El descanso Los días señalados como festivos e inhábiles para el trabajo que no puedan disfrutarse en días festivos es de carácter generallas fechas fijadas, salvo para aquellos miembros dada la naturaleza de la plantilla actividad de que sean necesarios para el proceso de producción. La dirección se trata, cuando se trabajen, su compensación se llevará a cabo de la Empresa mantendrá siguiente forma: Acumulados al periodo de vacaciones a razón de un día por cada día festivo trabajado. Disfrutados en otras fechas, junto al descanso semanal. Disfrutados acumulados en un período distinto. Cuando no puedan compensarse con descansos equivalentes en las formas antes previstas, se abonarán incrementados a razón de un 25 por 100 xxx xxxxxxx que corresponda a un día, de acuerdo con la plantilla necesaria para fórmula siguiente: Salario base, más antigüedad, en su caso, del mes al que no se produzcan horas corresponda el festivo, más la prorrata de las gratificaciones extraordinarias, dividido por treinta, incrementando el cociente resultante en un 25 por 100. En caso de producirsedesacuerdo en la forma de compensar los festivos trabajados, siempre éstos se acumularán a las vacaciones. No se computará como disfrutado un festivo, como máximo, que con tal carácter pueda coincidir con el período total de vacaciones anuales, cuyo disfrute, en su caso, se acumulará al período vacacional. También tendrá el carácter de fiesta laborable abonable y no recuperable en el sector, el día 10 de julio, fecha en la causa no sea por fuerza mayor, la plantilla será revisada. Los calendarios de trabajo en festivos serán presentados por la dirección que se conmemora el Patrón de la Empresa al Comité, para su aprobación, antes del 20 de diciembre de cada año para los festivos del mes de enero y el resto antes del 15 de enero. La modificación de estos calendarios será pactada por ambas partes. Los trabajos en días festivos, de los señalados en el calendario laboral de la provincia de que se trate, a los que quedarán asimilados los días 24 y 31 de diciembre, serán compensados con dos días de descanso, que se disfrutarán de conformidad con una de las dos opciones señaladas a continuación y dentro del mismo año al que correspondan: Opción a): mediante su disfrute acumulado de forma ininterrumpida fuera del período de vacaciones previsto en el artículo 51. Los calendarios de disfrute del descanso acumulado por días festivos trabajados serán realizados por la dirección de la Empresa teniendo en cuenta las fechas solicitadas por los propios trabajadores y las necesidades organizativas del trabajo. La preferencia de elección de fecha se hará por turnos rotatorios de acuerdo con los ciclos del año anterior que se encuentren ya iniciados en cada sección. No obstante, dentro de cada sección o departamento se podrá negociar la división de este descanso, siempre que no perjudique el plan general de disfrute de festivos y a la organización del trabajoactividad San Xxxxxxxxx.

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Festivos. El descanso personal ocupado en días festivos es las actividades afectas por el presente Convenio Colectivo, disfrutará como fiestas laborales no recuperables y retribuidas, las de carácter generalnacional y local, salvo para aquellos miembros de la plantilla que sean necesarios para el proceso de producción. La dirección de la Empresa mantendrá la plantilla necesaria para que no se produzcan horas extraordinarias. En caso de producirse, siempre que la causa no sea por fuerza mayor, la plantilla será revisada. Los calendarios de trabajo en festivos serán presentados determinadas por la dirección Autoridad Laboral u Organismo competente y la festividad patronal de la Empresa al Comité, para su aprobación, antes del 20 San Martín de diciembre de cada año para los festivos del mes de enero y el resto antes del 15 de enero. La modificación de estos calendarios será pactada por ambas partes. Los trabajos en días festivos, de los señalados en el calendario laboral de la provincia de que se trate, a los que quedarán asimilados los días 24 y 31 de diciembre, serán compensados con dos días de descansoPorres, que se disfrutarán celebrará el día 03 de conformidad con una noviembre. Cuando San Martín de las dos opciones señaladas a continuación y dentro del mismo año al que correspondan: Opción a): mediante Porres coincida en domingo, se trasladará su disfrute acumulado a otro día o será abonado como festivo; esto no afectará al servicio de forma ininterrumpida fuera del período carga lateral por lo ya dicho sobre el calendario individual y su regularización anual. Exclusivamente para el personal de vacaciones previsto alcantarillado, cuando la festividad de San Martín de Porres coincida en sábado, se trasladará su disfrute a otro día de la semana, normalmente en viernes. CVE-Núm. de registre: 062015000935 Por ser la actividad afecta al presente Convenio un servicio público de inexcusable realización, los servicios que se efectúen en los días con tal carácter se compensarán mediante el abono que se regula en el artículo 5127 complemento festivo y cuya cuantía se recoge en las tablas salariales. Exclusivamente los festivos de Navidad y Año Nuevo, de aquellos trabajadores que sean asignados a los servicios requeridos en esas fechas, se abonarán al precio de 156,30 EUR. Los calendarios trabajadores del ''servicio viaria domingos y festivos, sin afectar a su distribución de jornada y trabajo de festivos en sus condiciones actuales, exclusivamente los dos días (Navidad y Año Nuevo), percibirán 156,30 EUR pero sin descanso compensatorio. Las excepciones al disfrute del descanso acumulado de los festivos según los servicios se recogen en el anexo III y también afectarán por días festivos trabajados serán realizados por la dirección las condiciones de la Empresa teniendo nueva contrata a los servicios en cuenta las fechas solicitadas general cuando coincidan dos festivos de forma consecutiva que deberá trabajarse uno de ellos. Se pueden admitir hacia este compromiso y obligación excepciones particularizadas que hayan sido preavisadas siempre y cuando el servicio lo permita, con conocimiento al Comité de la planificación del trabajo en esos días. Los servicios que tienen previsto actualmente su descanso semanal en viernes y sábado, o domingo y lunes, o jueves y viernes, si uno de los festivos oficiales coincide con uno de sus días de descanso serán trasladados a otro día por así haberse pactado respecto a ellos específicamente. En el servicio de recogida domiciliaria reestructurado, el compromiso de trabajar los propios trabajadores y las necesidades organizativas del trabajo. La preferencia festivos que coincidan en los días de elección trabajo de fecha se hará por turnos rotatorios de acuerdo con los ciclos del año anterior que se encuentren ya iniciados en cada sección. No obstante, dentro de cada sección o departamento se podrá negociar dotación, tiene regulada su retribución incluida en el complemento del artículo 19 en las condiciones contenidas en el mismo, con la división de este descansonaturaleza extraordinaria, siempre que no perjudique consecuente a ser un trabajo realizado en el plan general de disfrute de festivos exceso pactado sobre la jornada ordinaria y a la organización del trabajosu distribución para dicho servicio en el presente capítulo.

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