Common use of Fianza Clause in Contracts

Fianza. Sin perjuicio de la hipoteca constituida por medio de la presente Escritura, y de la obligación personal ilimitada del Prestatario, así como sin perjuicio de cualquier otra garantía, propio o de terceros, que este último pudiera aportar en el futuro, D. con N.I.F. número , y domicilio en D. con N.I.F. número , y domicilio en Los Fiadores solidarios dejan afectos al buen fin de la presente Escritura todos sus bienes presentes o futuros y especialmente los que existan a su nombre en el Banco, quedando éste autorizado irrevocablemente para proceder, en caso de que aquéllos incumplan sus obligaciones de pago, a la aplicación de los depósitos en efectivo y a la realización de todo tipo de derechos de crédito, efectos mercantiles o títulos valores que, asimismo, puedan estar depositados en el Banco, al objeto de con su importe, atender hasta donde alcancen los pagos pendientes, todo ello en los términos de la cláusula de “compensación” de esta Escritura. Los Fiadores señalan para la práctica de cualquier notificación, y en concreto la prevista en los artículos 572 y 573 de la Ley de Enjuiciamiento Civil los domicilios anteriormente expresados. Estos domicilios se considerarán vigentes, salvo que se notifique fehacientemente al Banco su cambio. A efectos de la notificación prevista en los artículos 572 y 573 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se pacta expresamente que podrá emplearse cualquier medio de comunicación, incluso telegrama o fax.

Appears in 2 contracts

Samples: Minuta De Escritura Pública De Préstamo Hipotecario a Interés Variable, Minuta De Escritura Pública De Préstamo Hipotecario a Interés Fijo

Fianza. Sin perjuicio La fianza deberá garantizar el cumplimiento del Contrato por la totalidad de la hipoteca constituida por medio vigencia del contrato. Dicha fianza deberá sujetarse a las disposiciones que rigen esta materia y en su redacción se transcribirá el siguiente texto: $ Fianzas….. (Nombre de la presente EscrituraAfianzadora), en ejercicio de la autorización que le otorgó el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público se constituye fiadora hasta el monto de: $ . /100 M.N. (Cantidad en letra) A Favor de la Tesorería de la Federación. Para garantizar por (Nombre de la Empresa) , con R.F.C. , con domicilio en (Domicilio Fiscal Completo) ante la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, el fiel y exacto cumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato N° , de fecha , con vigencia del “ ”, relativo a la “ ”, con un importe de $ 00/100 M.N. mas I.V.A. (Importe con letra). La Institución Afianzadora se somete expresamente al procedimiento de ejecución previsto en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, el cual también será aplicable para el cobro de indemnización por xxxx que en su caso se genere en los términos previstos en el artículo 283 del mismo ordenamiento, así como a lo dispuesto por el Reglamento del artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, para el cobro de fianzas otorgadas a favor de la Tesorería de la Federación, asimismo, se obliga a observar lo dispuesto por el artículo 178 de la Ley antes citada, en el sentido de que la fianza no tendrá fecha de vencimiento. Esta garantía estará vigente durante el cumplimiento de la obligación personal ilimitada que garantiza y continuará vigente en caso de que se otorgue prorroga al cumplimiento del PrestatarioContrato y el Anexo (Especificaciones, Características Técnicas – Económicas), así como sin perjuicio durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del Contrato y el Anexo (Especificaciones, Características Técnicas – Económicas), principal o fuente de las obligaciones, o cualquier otra circunstancia. En caso de hacerse efectiva la presente garantía, propio o la Institución de terceros, que este último pudiera aportar Fianzas acepta expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en el futuro, D. con N.I.F. número , y domicilio en D. con N.I.F. número , y domicilio en Los Fiadores solidarios dejan afectos al buen fin artículo 282 de la presente Escritura todos sus bienes presentes Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, procedimiento al que también se sujetará para el caso del cobro de la indemnización xx xxxx que prevé el artículo 283 del mismo ordenamiento legal, por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida. Que para liberar la fianza será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal. Por lo que la cancelación de la póliza de fianza procederá una vez que la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal otorgue el Acta Administrativa o futuros y especialmente los que existan a su nombre documento equivalente en el Bancoque se señale la extinción de derechos y obligaciones, quedando éste autorizado irrevocablemente para procederprevio otorgamiento del finiquito correspondiente, o en caso de existir saldos a cargo del proveedor, la liquidación debida. En caso de prórroga o espera, la vigencia de esta fianza quedará automáticamente prorrogada en concordancia con dicha prórroga o espera y al efecto (denominación o razón social de la compañía emisora de la fianza) pagará en términos xx Xxx hasta la cantidad del 10% del importe total del Contrato y el Anexo (Especificaciones, Características Técnicas – Económicas). Con independencia de lo anterior el proveedor quedará obligado a recabar el endoso modificatorio a la póliza de fianza por cualquier modificación que se realice al Contrato y el Anexo (Especificaciones, Características Técnicas – Económicas), garantizando los extremos de la misma. ================FIN DE TEXTO======== La falta de presentación de la Fianza de Cumplimiento, en el plazo estipulado, dará como consecuencia la rescisión administrativa del Contrato. Con independencia de lo anterior, en caso de que aquéllos incumplan sus obligaciones realizarse modificaciones al Contrato, quedará el proveedor de pagolos servicios obligado a recabar el endoso modificatorio a la fianza, garantizando los extremos de la misma. Dicha garantía debe presentarse dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del Convenio Modificatorio al Contrato de conformidad con el último párrafo del artículo 48, de “La Ley”, así como el último párrafo del 91 y 103 de “El Reglamento”. En caso de rescisión del Contrato, la aplicación de los depósitos en efectivo y a la realización Garantía de todo tipo Cumplimiento será proporcional al monto de derechos de créditolas obligaciones no cumplidas, efectos mercantiles o títulos valores que, asimismo, puedan estar depositados en el Banco, al objeto de con su importe, atender hasta donde alcancen los pagos pendientes, todo ello en los términos por lo que la aplicación de la cláusula de “compensación” de esta Escritura. Los Fiadores señalan para la práctica de cualquier notificación, y en concreto la prevista en los artículos 572 y 573 de la Ley de Enjuiciamiento Civil los domicilios anteriormente expresados. Estos domicilios se considerarán vigentes, salvo que se notifique fehacientemente al Banco su cambio. A efectos de la notificación prevista en los artículos 572 y 573 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se pacta expresamente que podrá emplearse cualquier medio de comunicación, incluso telegrama o faxgarantía será divisible.

Appears in 1 contract

Samples: www.gob.mx

Fianza. Sin perjuicio El ARRENDATARIO hizo entrega al arrendador anterior (Xxxx 6) de una fianza de ….. €, importe que VISOCAN, como actual ARRENDADOR, hace suyo como parte de la hipoteca constituida por medio fianza del presente contrato, al habérselo transferido con la compraventa del inmueble Xxxx 6. El arrendatario con carácter previo a la formalización de este contrato de arrendamiento y para completar una mensualidad xx xxxxx en concepto de fianza, hace entrega del importe de € Dicha fianza será incrementada, una vez transcurridos, en su caso, los primeros cinco años de vigencia del presente contrato y en la fecha en que se produzca cada prórroga del presente contrato de arrendamiento, hasta hacerse igual a una mensualidad de la presente Escritura, y renta vigente al tiempo de la obligación personal ilimitada del Prestatarioprórroga. El presente documento otorga la más eficaz carta de pago al arrendatario, así como sin perjuicio de cualquier otra garantía, propio o de terceros, que este último pudiera aportar en el futuro, D. con N.I.F. número , y domicilio en D. con N.I.F. número , y domicilio en Los Fiadores solidarios dejan afectos correspondiente al buen fin abono de la presente Escritura todos sus bienes presentes o futuros y especialmente los que existan citada fianza. El ARRENDADOR se obliga a reintegrar al ARRENDATARIO, dentro del mes siguiente a la resolución del contrato, la suma recibida en concepto de fianza, una vez verificado el pago de las obligaciones a su nombre en el Bancocargo, quedando éste autorizado irrevocablemente autorizándole a descontar de su importe las cantidades necesarias para procedercubrir los servicios, suministros y gastos impagados, los daños y desperfectos, la reposición y reparación xx xxxxx y pintura y a retenerla en caso de que aquéllos incumplan sus obligaciones de pagono observancia del término contractual, conforme a la aplicación de los depósitos lo dispuesto en efectivo y a la realización de todo tipo de derechos de crédito, efectos mercantiles o títulos valores que, asimismo, puedan estar depositados en el Banco, al objeto de con su importe, atender hasta donde alcancen los pagos pendientes, todo ello en los términos de la cláusula de “compensación” de esta Escritura. Los Fiadores señalan para la práctica de cualquier notificación, y en concreto la prevista en los artículos 572 y 573 de la Ley de Enjuiciamiento Civil los domicilios anteriormente expresados. Estos domicilios se considerarán vigentes, salvo que se notifique fehacientemente al Banco su cambio. A efectos de la notificación prevista en los artículos 572 y 573 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se pacta expresamente que podrá emplearse cualquier medio de comunicación, incluso telegrama o faxquinta del presente contrato.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Arrendamiento De Vivienda

Fianza. Sin perjuicio El adjudicatario está obligado a constituir una garantía definitiva por el importe del 5% del precio ofertado o importe de adjudicación (art. 107 LCSP). Esta fianza podrá ser constituida a disposición del órgano de contratación en cualquiera de las formas determinadas en el art. 108 LCSP, y que son las siguientes: - En efectivo ó en valores de Deuda Pública, con los requisitos que establece el art. 55 del RD 1098/2001. En metálico, los valores o certificados correspondientes se depositarán en la caja general de depósitos del Ayuntamiento. -Mediante aval prestado, en la forma y condiciones reglamentarias art. 56 del RD 1098/2001. Los avales deberán ser autorizados por apoderado de la hipoteca constituida entidad avalante que tenga poder suficiente para obligarle plenamente, por medio algunos de los bancos, Cajas de Ahorros, Cooperativas de Crédito, Establecimiento Financieros de Crédito y Sociedades de Garantía Recíproca autorizadas para operar en España, con referencia expresa a la renuncia al beneficio de excusión (art. 97 TRLCSP, art. 56 RD 1098/2001, art.1830 Código Civil, y art. 15 de la presente EscrituraOrden MEH de 7-1-2000- R.D. 161/1997), y presentado ante el correspondiente órgano de contratación, que deberá depositarse también en la Caja General de Depósitos del Ayuntamiento. -Por contrato de seguro de caución celebrado en la forma y condiciones establecidas en el art. 112 LCSP (art. 57 del RD 1098/2001), con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de caución, debiendo entregarse el certificado del contrato al correspondiente órgano de contratación, que deberá depositarse igualmente en la Caja General de Depósitos del Ayuntamiento. De conformidad con el art. 109 LCSP, el licitador que hubiere presentado la proposición más ventajosa deberá depositar en el plazo de 10 días hábiles desde el siguiente al que sea requerido, la constitución de la obligación personal ilimitada garantía (art. 150,2 LCSP). De no cumplir este requisito por causas a él imputables, la Administración no efectuará la adjudicación a su favor, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta procediéndose en ese caso a recobrar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas (art. 150,2 LCSP). De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del Prestatario3 por ciento del presupuesto base de licitación, así como en concepto de penalidad, en la forma legalmente prevista (art. 150,2 LCSP), sin perjuicio de cualquier otra garantía, propio o lo establecido en la letra a) del apartado 2 del art. 71 LCSP. La fianza definitiva que responderá de terceros, que este último pudiera aportar los conceptos aplicables establecidos en el futuroart. 110 LCSP, D. con N.I.F. número se devolverá al adjudicatario previo informe técnico favorable, sobre el cumplimiento de las condiciones xxx xxxxxx y domicilio legislación vigente aplicables, por el órgano competente, una vez cumplidas satisfactoriamente todas las condiciones. Art. 111LCSP. En el plazo de 15 días contados desde la fecha en D. con N.I.F. número , y domicilio en Los Fiadores solidarios dejan afectos al buen fin de la presente Escritura todos sus bienes presentes o futuros y especialmente los que existan a su nombre en el Banco, quedando éste autorizado irrevocablemente para procederse hagan efectivas, en su caso, las penalidades e indemnizaciones, el adjudicatario deberá reponer o ampliar la garantía constituida en la cuantía que corresponda, incurriendo en caso contrario, en causa de que aquéllos incumplan sus obligaciones de pago, a la aplicación de los depósitos en efectivo y a la realización de todo tipo de derechos de crédito, efectos mercantiles o títulos valores que, asimismo, puedan estar depositados en el Banco, al objeto de con su importe, atender hasta donde alcancen los pagos pendientes, todo ello en los términos de la cláusula de “compensación” de esta Escritura. Los Fiadores señalan para la práctica de cualquier notificación, y en concreto la prevista en los artículos 572 y 573 de la Ley de Enjuiciamiento Civil los domicilios anteriormente expresados. Estos domicilios se considerarán vigentes, salvo que se notifique fehacientemente al Banco su cambio. A efectos de la notificación prevista en los artículos 572 y 573 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se pacta expresamente que podrá emplearse cualquier medio de comunicación, incluso telegrama o faxresolución.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Han De Regir La Contratación Por Procedimiento Abierto Del Servicio De Seguro Colectivo De Vida Incapacidad De Los Empleados Públicos Del Excelentisimo Ayuntamiento De Andujar

Fianza. Sin perjuicio El ARRENDATARIO abona en este acto al ARRENDADOR la cantidad de € ( Euros), equivalente a una mensualidad, para darle el destino xx Xxx. La citada fianza nunca podrá ser compensada con rentas mensuales pendientes de pagar. Habiéndose realizado consulta a la Consejería de Economía e Infraestructuras de la hipoteca constituida por medio Junta de Extremadura, no existe a la fecha Organismo perteneciente, adscrito o dependiente de la presente Escrituracitada Comunidad Autónoma dotado de competencias al respecto de lo dispuesto en la Disposición Adicional 3ª de la vigente Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. En caso de que, durante la vigencia de este contrato de arrendamiento, el citado Organismo fuere creado, o alguno de los ya existentes fuere dotado con competencias al respecto, el ARRENDADOR vendrá obligado a depositar la cantidad entregada en concepto de fianza, según lo expuesto en el párrafo anterior, en el plazo máximo de 1 (UNO) mes, ante el citado Organismo; y, de no acreditarlo así, el ARRENDATARIO, a los solos efectos de eludir su responsabilidad, informará de ello a las autoridades competentes de la Junta de Extremadura. (En su caso, y sólo previo pacto expreso: Aparte de ello, y conforme a lo dispuesto en el art. 36.5. de la obligación personal ilimitada del Prestatariovigente Ley 24/1994, así como sin perjuicio de cualquier otra garantía24 de noviembre, propio o de tercerosArrendamientos Urbanos, que el ARRENDATARIO hace entrega en este último pudiera aportar acto al ARRENDADOR de de garantía en forma de aval bancario, ingreso en cuenta corriente, otros por la cantidad de De conformidad con lo establecido en el futuroartículo 14 del Real Decreto 235/2013, D. con N.I.F. número de 5 xx xxxxx, y domicilio en D. con N.I.F. número , y domicilio en Los Fiadores solidarios dejan afectos al buen fin por el que se aprueba el Procedimiento Básico para la Certificación de la presente Escritura todos sus bienes presentes o futuros Eficiencia Energética de los Edificios, el ARRENDATARIO expresamente manifiesta que el ARRENDADOR le ha exhibido y especialmente los que existan puesto a su nombre en disposición el Banco, quedando éste autorizado irrevocablemente para proceder, en caso pertinente Certificado de que aquéllos incumplan sus obligaciones Eficiencia Energética de pago, a la aplicación de los depósitos en efectivo y a la realización de todo tipo de derechos de crédito, efectos mercantiles o títulos valores que, asimismo, puedan estar depositados en el Banco, al vivienda objeto de con su importeeste contrato, atender hasta donde alcancen los pagos pendientes, todo ello en los términos de la cláusula de “compensación” de esta Escritura. Los Fiadores señalan para la práctica de cualquier notificación, y en concreto la prevista en los artículos 572 y 573 de la Ley de Enjuiciamiento Civil los domicilios anteriormente expresados. Estos domicilios copia del cual a éste se considerarán vigentes, salvo que se notifique fehacientemente al Banco su cambio. A efectos de la notificación prevista en los artículos 572 y 573 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se pacta expresamente que podrá emplearse cualquier medio de comunicación, incluso telegrama o faxacompaña como parte inseparable del mismo.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Arrendamiento Urbano De Vivienda

Fianza. Sin perjuicio La fianza es una garantía por los posibles daños y desperfectos que el inquilino cause en el local (y que no deriven de un uso habitual o corriente) Es obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico en cantidad equivalente a dos mensualidades xx xxxxx que garantiza el cumplimiento de sus obligaciones por el arrendatario. Durante los cinco primeros años no será preciso actualizarla. Cuando el plazo pactado exceda de cinco años, la actualización de la hipoteca constituida fianza se regirá por medio lo pactado por las partes. A falta de pacto específico se presumirá que se pactó el mismo modo de actualización para la fianza que el pactado para la renta. Además puede pactar se cualquier otro tipo de garantía adicional. El importe de la presente Escriturafianza se debe devolver íntegramente al inquilino cuando finalice el contrato siempre y cuando entregue el local al propietario en perfecto estado. Si los desperfectos aludidos se producen, y del importe entregado en concepto de fianza se descontarán los gastos de su reparación. La fianza no puede destinarse al pago de mensualidades xx xxxxx. Si la fianza no se devuelve cuando finalice el contrato, el inquilino podrá reclamar no sólo la devolución de su importe sino también el de los intereses que haya generado. Por último, la fianza podrá ser actualizada como en el caso de la obligación personal ilimitada renta, una vez transcurridos los 5 primeros años de duración del Prestatario, así como sin perjuicio de cualquier otra garantía, propio o de terceros, que este último pudiera aportar en el futuro, D. con N.I.F. número , y domicilio en D. con N.I.F. número , y domicilio en Los Fiadores solidarios dejan afectos al buen fin de la presente Escritura todos sus bienes presentes o futuros y especialmente los que existan a su nombre en el Banco, quedando éste autorizado irrevocablemente para proceder, en caso de que aquéllos incumplan sus obligaciones de pago, a la aplicación de los depósitos en efectivo y a la realización de todo tipo de derechos de crédito, efectos mercantiles o títulos valores que, asimismo, puedan estar depositados en el Banco, al objeto de con su importe, atender hasta donde alcancen los pagos pendientes, todo ello en los términos de la cláusula de “compensación” de esta Escritura. Los Fiadores señalan para la práctica de cualquier notificación, y en concreto la prevista en los artículos 572 y 573 de la Ley de Enjuiciamiento Civil los domicilios anteriormente expresados. Estos domicilios se considerarán vigentes, salvo que se notifique fehacientemente al Banco su cambio. A efectos de la notificación prevista en los artículos 572 y 573 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se pacta expresamente que podrá emplearse cualquier medio de comunicación, incluso telegrama o faxcontrato.

Appears in 1 contract

Samples: docs.portaldelcomerciante.com

Fianza. Sin perjuicio El adjudicatario viene obligado a constituir y acreditar una fianza, previa a la formalización del contrato, en la cuantía que se indique en el apartado “D” del Cuadro de Características, en el plazo xx xxxx (10) días desde que se le notifique la adjudicación. La fianza podrá constituirse en metálico o mediante aval prestado por alguno de los bancos, cajas de ahorros, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de créditos y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España. El contenido del aval se ajustará al modelo que figura en el Sub-Anexo I.3. El importe de la hipoteca constituida fianza se destinará al resarcimiento de los daños y perjuicios que por medio cualquier causa pudiera incurrir en la ejecución del contrato o durante el período de vigencia de la presente Escrituragarantía fijada en el apartado “F” del Cuadro de Características, y en su caso, para satisfacción de las penas pecuniarias que se hayan estipulado. Salvo que el Pliego de Condiciones Técnicas y Particulares o cualquier otro documento de carácter contractual, estipulen lo contrario, el pago de las penas pecuniarias no sustituirá el resarcimiento de daños y perjuicios por incumplimiento del contratista, ni eximirá de cumplir con las obligaciones contractuales, pudiendo exigirse, conjuntamente, el cumplimiento de dichas obligaciones y la satisfacción de las penas pecuniarias estipuladas. Cuando a consecuencia de la obligación personal ilimitada modificación del Prestatariocontrato experimente variación el valor total del mismo, así como sin perjuicio se ajustará la fianza constituida en la cuantía necesaria para que se mantenga la debida proporcionalidad entre la fianza y el presupuesto del contrato. Dentro del plazo de cualquier otra garantíatres meses a partir de la finalización del contrato, propio o del plazo de terceros, que este último pudiera aportar garantía fijado en el futuroapartado “F” del Cuadro de Características, D. con N.I.F. número , y domicilio en D. con N.I.F. número , y domicilio en Los Fiadores solidarios dejan afectos al buen fin se procederá a la devolución del importe de la presente Escritura todos sus bienes presentes o futuros y especialmente los que existan a su nombre en el Banco, quedando éste autorizado irrevocablemente para procederfianza o, en caso de que aquéllos incumplan sus obligaciones de pagosu caso, a la aplicación de los depósitos en efectivo y a la realización de todo tipo de derechos de crédito, efectos mercantiles o títulos valores que, asimismo, puedan estar depositados en el Banco, al objeto de con su importe, atender hasta donde alcancen los pagos pendientes, todo ello en los términos de la cláusula de “compensación” de esta Escritura. Los Fiadores señalan para la práctica de cualquier notificación, y en concreto la prevista en los artículos 572 y 573 de la Ley de Enjuiciamiento Civil los domicilios anteriormente expresados. Estos domicilios se considerarán vigentes, salvo que se notifique fehacientemente al Banco su cambio. A efectos de la notificación prevista en los artículos 572 y 573 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se pacta expresamente que podrá emplearse cualquier medio de comunicación, incluso telegrama o faxcancelación del aval ejecutable.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Condiciones Generales

Fianza. Sin perjuicio Para poder participar en este procedimiento es indispensable la constitución de la hipoteca constituida una fianza a favor de Correos por medio importe del 5% del importe de la presente Escritura, y de la obligación personal ilimitada del Prestatario, así como sin perjuicio de cualquier otra garantía, propio o de terceros, que este último pudiera aportar licitación indicado en el futuroapartado 4 de este Pliego. Esta fianza puede constituirse mediante depósito en la cuenta que Correos comunique al licitador, D. con N.I.F. número previa petición de esta información por este, y domicilio en D. con N.I.F. número , y domicilio en Los Fiadores solidarios dejan afectos al buen fin o mediante la formalización de la presente Escritura todos sus bienes presentes o futuros y especialmente los que existan a su nombre en el Banco, quedando éste autorizado irrevocablemente para proceder, en caso de que aquéllos incumplan sus obligaciones de pago, a la aplicación aval prestado por alguno de los depósitos en efectivo y a la realización bancos, cajas de todo tipo de derechos ahorros, cooperativas de crédito, efectos mercantiles o títulos valores que, asimismo, puedan estar depositados establecimientos financieros de créditos y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España. En el caso de aval bancario deberá ajustarse al modelo que se adjunta en el BancoAnexo 1 de este Pliego. Las fianzas constituidas por quienes no resulten adjudicatarios serán devueltas a los mismos una vez adjudicado el inmueble y firmado el compromiso de compra (contrato xx xxxxx o escritura pública de compraventa, lo que ocurra antes con el adjudicatario. La fianza correspondiente a quien resulte adjudicatario quedará afecta al objeto cumplimiento de con su importe, atender las obligaciones que le correspondan hasta donde alcancen los pagos pendientes, todo ello en los términos la formalización de la cláusula transmisión del bien patrimonial, el cumplimiento de “compensación” los plazos de esta Escritura. Los Fiadores señalan para ejecución, el pago de los gastos e impuestos que correspondan, la práctica de cualquier notificación, y en concreto la prevista en los artículos 572 y 573 presentación e inscripción definitiva de la Ley escritura de Enjuiciamiento Civil los domicilios anteriormente expresados. Estos domicilios se considerarán vigentes, salvo que se notifique fehacientemente al Banco su cambio. A efectos compraventa ante el Registro de la notificación prevista en los artículos 572 Propiedad y 573 el Catastro Inmobiliario, la entrega a Correos del justificante de dichas presentaciones e inscripciones y el pago a Correos de la Ley parte proporcional de Enjuiciamiento Civil, se pacta expresamente los impuestos y gastos de carácter anual expresados en el apartado 15.2 de este documento. El incumplimiento de cualquiera de estos aspectos por parte del adjudicatario podrá dar lugar a que podrá emplearse cualquier medio de comunicación, incluso telegrama o faxCorreos ejecute la fianza depositada por el adjudicatario.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Condiciones