Fin del contrato Cláusulas de Ejemplo

Fin del contrato. En caso de terminación del contrato por expiración, terminación anticipada o por el motivo que sea, el Cliente tiene la obligación de: - Dejar de utilizar el software de forma inmediata; - Devolver a SPI Software; el software, la documentación, los manuales y todos los documentos y soportes; - Pagar todas las tasas y sumas debidas a software SPI dentro de los treinta días siguientes a la finalización del contrato.
Fin del contrato. Al finalizar el contrato por cualquier motivo se extenderá un acta, donde se harán constar las circunstancias y condiciones que el adjudicatario-arrendatario devuelve al Ayuntamiento de Ispaster el inmueble, instalaciones, mobiliario, enseres, etc. Y se fijaran las diferencias con el inventario, a efecto del pago por aquél de las indemnizaciones que procedan. En dicha acta se expresarán las causas de rescisión, y el importe de cuanto haya que reponerse, quedando sujeto al pago y si no lo cumplimentase en el plazo de quince (15) días siguientes a su firma será retenida la fianza y subsidiariamente todos los bienes del deudor hasta cubrir la deuda. Si el adjudicatario no compareciese el día señalado por el Ayuntamiento para extender el acta final, el documento redactado por la Secretaria del Ayuntamiento será válido y exigible. En caso de rescisión por cualquiera de las causas reflejadas en el presente pliego, automáticamente cesará en el servicio de bar-restaurante todo el personal que tuviera, cuyo vinculo jurídico queda reducido a la espera del adjudicatario-arrendatario y su negocio, y no puede afectar al establecimiento. El acuerdo de escisión se optará por el órgano competente del Ayuntamiento de Ispaster, y el adjudicatario-arrendatario devolverá el bar-restaurante y su contenido en la forma en la que recibió en el plazo de los treinta (30) días siguientes a la fecha de notificación, retirando todo lo de su propiedad.
Fin del contrato. 4.2.7.1 Recepción de los bienes ejecutados (art. 64-65 y 156)
Fin del contrato. 4.2.7.1 Recepción de los servicios ejecutados (art. 64-65 y 156) Los servicios serán controlados de cerca durante su ejecución por un delegado del poder adjudicador. La identidad de este delegado será comunicada al adjudicatario cuando se inicie la ejecución de los servicios. Las prestaciones se recibirán solo después de haber satisfecho las comprobaciones, las recepciones técnicas y a las pruebas prescritas. A la expiración del plazo de treinta días siguientes al día fijado para la terminación de la totalidad de los servicios, se redacta, según el caso, un acta de recepción o de negativa de recepción del contrato. Cuando los servicios terminan antes o después de esta fecha, corresponde al adjudicatario comunicarlo por carta certificada al funcionario dirigente y solicitar, por la misma vía, proceder a la recepción. En los treinta días siguientes al día de la recepción de la solicitud del adjudicatario, se redacta según el caso un acta de recepción o de negativa de recepción. No se reconocen gastos de recepción en este PEC.
Fin del contrato. 7.1 AGCO podrá poner fin al CLUF de inmediato enviándole una notificación por escrito, en los siguientes casos:
Fin del contrato. El cliente no podrá poner término al contrato antes del plazo establecido. La demora del retiro de la publicidad del cliente del sitio web xxx.xxxxxxxxxxxx.xx se efectuará mientras se reciba la orden de suspensión de servicio de publicidad, tardando un plazo mínimo de 24 horas y máximo de 48 horas.
Fin del contrato. El adjudicatario se obliga a abonar a la entidad que asuma la gestión del servicio el importe correspondiente a los usos no disfrutados durante el período de ejecución de su contrato, de aquellos abonos cuya vigencia se extienda más allá del período de ejecución de este contrato. En ambos períodos, será la nueva entidad a la que le corresponda recabar los documentos acreditativos de dichos abono y realizar la correspondiente liquidación frente a la empresa saliente.
Fin del contrato. 21: Rescisión en general. » 22: Indemnización por Daño Emergente y por Lucro Cesante. » 23: Prosecución de los trabajos luego de la rescisión.
Fin del contrato. A la finalización del Contrato se generarán las siguientes consecuencias: