FIRMA Y ANTECEDENTES DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

FIRMA Y ANTECEDENTES DEL CONTRATO. 19 24. DOCUMENTOS QUE RIGEN EL CONTRATO 20 25. IMPUESTOS 21 26. FORMA DE PAGO 21 27. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO 23 28. PLAZO DE EJECUCIÓN 25 29. PROHIBICIÓN DE CESIÓN 26 30. PROGRAMA DE TRABAJO 26 31. DEL INICIO DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA 26
FIRMA Y ANTECEDENTES DEL CONTRATO. Previo a la firma del o los contratos con el o los Proponentes que resulte(n) adjudicado(s), en adelante el "Proponente Adjudicado" (o "Inspector Técnico de Obras", según corresponda, dependiendo de la naturaleza del Contrato) éste (os) deberá (n) presentar en el plazo establecido en la carta de Adjudicación, el original o copia legalizada de la escritura de constitución de la sociedad, de sus modificaciones y del otorgamiento de poderes, como asimismo certificados de vigencia de la sociedad y de los poderes otorgados a sus representantes legales, con notas marginales, ambos emitidos con una anticipación no superior a 60 (sesenta) días. En el caso de tratarse de sociedades constituidas de conformidad con la Ley 20.659 (Empresa en un día), se deberá acompañar el respectivo Estatuto actualizado emitido por el Registro de empresas o sociedades del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Si se trata de un Consultor extranjero, los documentos requeridos deberán presentarse protocolizados y legalizados o, de ser procedente, bastará para acreditar su autenticidad el trámite de la apostilla. Todos estos documentos deberán ser presentados a EFE dentro de los 10 (diez) días hábiles siguientes a la fecha en que el Proponente Adjudicado sea notificado de la adjudicación. Lo anterior, sólo se aplica en el caso que la documentación legal presentada en la oferta tenga más de 60 (sesenta) días contados desde su emisión. Además, deberá contar con firma electrónica avanzada, para proceder a la suscripción del Contrato. El representante legal del Proponente Adjudicado deberá suscribir el Contrato con Firma Electrónica Avanzada, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la fecha en que EFE le haga entrega de los ejemplares correspondientes. Si no lo hiciere dentro de dicho plazo, se entenderá que el Consultor se desiste del Contrato y EFE podrá adjudicar la Licitación a otro Proponente o declararla desierta, haciendo efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta del Proponente Adjudicado, pudiendo, asimismo, perseguir la responsabilidad civil del Proponente. En caso de adjudicarse la Licitación a un Consorcio o grupo de empresas, todas las empresas que lo componen deberán suscribir el Contrato, constituyéndose todos ellos en codeudores solidarios e indivisibles del Contrato y de las obligaciones derivadas de éste. Lo anterior, salvo que el Consorcio esté totalmente constituido, caso en que bastará la firma del representante legal del Consorcio. El texto del Contrat...

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  • PARTES DEL CONTRATO A) Administración contratante.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos: 25.1 Los estudios previos. 25.2 La oferta presentada por el Contratista. 25.3 Las actas, acuerdos, informes y documentos precontractuales. 25.4 Certificado de disponibilidad presupuestal.

  • Riesgos del Contratante 11.1 Desde la Fecha de Inicio de las Obras hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, son riesgos del Contratante: (a) Los riesgos de lesiones personales, de muerte, o de pérdida o daños a la propiedad (sin incluir las Obras, Planta, Materiales y Equipos) como consecuencia de: (i) el uso u ocupación del Sitio de las Obras por las Obras, o con el objeto de realizar las Obras, como resultado inevitable de las Obras, o (ii) negligencia, violación de los deberes establecidos por la ley, o interferencia con los derechos legales por parte del Contratante o cualquiera persona empleada por él o contratada por él, excepto el Contratista.

  • características Del contrato El contrato se realizará: • Por escrito, en modelo oficial. • Duración entre doce meses y tres años. • Prórrogas no inferiores a doce meses. El contrato se podrá celebrar a jornada completa o parcial.

  • DERECHOS DEL CONTRATISTA 7.1. Recibir una remuneración por la ejecución de la obra en los términos pactados en la Cláusula 4 del presente Contrato. 7.2. [Incluir cualquier otro derecho que considere la Entidad Estatal contratante].

  • Condiciones de ejecución del contrato Se utilizará pedido electrónico : No Se aceptará factura electrónica : Sí Se utilizará el pago electrónico : No

  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA El contratista se sujetará en el cumplimiento de los Lotes que se le adjudiquen, a lo dispuesto en el pliego de condiciones administrativas y técnicas del contrato, a los documentos contractuales y a los compromisos ofertados en su proposición y ejecutará el suministro de acuerdo con las instrucciones que para la interpretación del contrato diere el órgano de contratación. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico del presente contrato establecidas en las disposiciones legales y de las contenidas en este Pliego, son obligaciones específicas del contratista, cuya infracción podrá ser causa constitutiva de resolución del contrato y de imposición de penalidades o sanciones, las siguientes: El suministrador está obligado a entregar y, en su caso, instalar los bienes objeto del suministro en el tiempo y lugar fijados en el contrato y de conformidad con las especificaciones técnicas y las cláusulas administrativas particulares contenidas en este Pliego. El suministrador está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. El suministrador no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a la Administración, salvo que ésta hubiere incurrido en xxxx al recibirlos. Cuando el acto formal de la recepción de los bienes, de acuerdo con las condiciones xxx Xxxxxx, sea posterior a su entrega, la Administración será responsable de la custodia de los mismos durante el tiempo que medie entre una y otra. Los bienes quedarán en el punto de destino listos para su utilización conforme a las especificaciones técnicas del suministro, siendo de la exclusiva cuenta del contratista los gastos de transporte, entrega, puesta en funcionamiento o uso de acuerdo con las prescripciones técnicas particulares y cualesquiera otros necesarios para la efectividad de la entrega y, en su caso, la retirada de los bienes usados de la Administración, hasta el lugar y destino a convenir. Una vez recibidos de conformidad por la Administración bienes o productos perecederos, será ésta responsable de su gestión, uso o caducidad, sin perjuicio de la responsabilidad del suministrador por los vicios o defectos ocultos de los mismos. El empresario está obligado a satisfacer los gastos de comprobación de materiales, vigilancia del proceso de fabricación, si procede y los de materiales, personal, transporte, entrega, montaje, puesta en funcionamiento y posterior asistencia técnica de los bienes que en su caso se suministren durante el respectivo plazo de garantía. Sin embargo, en ningún caso el coste del montaje y puesta en funcionamiento incluirá la ejecución de obras de cualquier naturaleza en el lugar donde haya de realizarse. El Ayuntamiento tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada del proceso de fabricación o elaboración del producto que haya de ser entregado como consecuencia del contrato, pudiendo ordenar o realizar por sí misma análisis, ensayos y pruebas de los materiales que se vayan a emplear, establecer sistemas de control de calidad y dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo convenido. En el caso de que en el Pliego se autorice expresamente la subcontratación, el contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos legales para los supuestos de subcontratación El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de seguridad y salud y de protección del medio ambiente, por lo que vendrá obligado a disponer las medidas en esta materia exigidas por tales disposiciones, siendo a su cargo el gasto que ello origine. El personal adscrito a la realización del contrato, dependerá exclusivamente del contratista, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo. Corresponderá y será a cargo del contratista la obtención de las autorizaciones y licencias, documentos o cualquier información, tanto oficial como particular, se requieran para la realización del suministro contratado. Correrá a cargo del contratista el importe de los anuncios y cuantos otros gastos se ocasionen con motivo de los trámites preparatorios y de la formalización del contrato y a los que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, hasta un límite máximo de 800 €. Así mismo correrá a cargo del contratista los gastos de entrega y recepción de los bienes en el lugar que la Administración indique, así como cualesquiera otros gastos a que hubiera lugar para la realización del objeto del contrato, tales como los fiscales, tasas y gravámenes, según las disposiciones vigentes. Será obligación del contratista indemnizar a la Administración por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la misma, originados por la demora o por el incumplimiento del contrato por causas imputables al mismo.

  • Elementos Del Contrato 1. Régimen jurídico del contrato. 2. Objeto del contrato.

  • ACEPTACIÓN DEL CONTRATO (ARTÍCULO 25 DE LA LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO).