Common use of FUENTE DE LAS INSTRUCCIONES Clause in Contracts

FUENTE DE LAS INSTRUCCIONES. El Contratista no solicitará ni aceptará instrucciones de ninguna autoridad ajena a la FAO en relación con el cumplimiento de sus obligaciones contractuales. Si una autoridad ajena a la FAO trata de imponer alguna instrucción relativa a la ejecución por el Contratista del contrato, o alguna restricción al mismo, el Contratista lo notificará de inmediato a la FAO y prestará toda la asistencia razonable que solicite esta. El Contratista no adoptará ninguna medida referente al cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato que pueda afectar negativamente a los intereses de la FAO y el Contratista cumplirá las obligaciones estipuladas en el contrato con el más profundo respeto por los intereses de la FAO.

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Samples: Contrato XXXXXXX De 2016, www.fao.org, www.fao.org

FUENTE DE LAS INSTRUCCIONES. El Contratista no solicitará ni aceptará instrucciones de ninguna autoridad ajena a la FAO en relación con el cumplimiento de sus obligaciones contractuales. Si una autoridad ajena a la FAO trata de imponer alguna instrucción relativa a la ejecución por el Contratista del contratoAcuerdo, o alguna restricción al mismo, el Contratista lo notificará de inmediato a la FAO y prestará toda la asistencia razonable que solicite esta. El Contratista no adoptará ninguna medida referente al cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato Acuerdo que pueda afectar negativamente a los intereses de la FAO y el Contratista cumplirá las obligaciones estipuladas en el contrato Acuerdo con el más profundo respeto por los intereses de la FAO.

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Samples: www.oportunidades.onu.org.bo, www.oportunidades.onu.org.bo

FUENTE DE LAS INSTRUCCIONES. El Contratista no solicitará ni aceptará instrucciones de ninguna autoridad ajena externa a la FAO en relación con el cumplimiento de sus obligaciones contractualesen virtud del Contrato. Si En caso de que una autoridad ajena externa a la FAO trata trate de imponer alguna instrucción relativa a la ejecución instrucciones o restricciones al cumplimiento del Contrato por el Contratista parte del contrato, o alguna restricción al mismoContratista, el Contratista lo notificará de inmediato sin demora a la FAO y prestará le proporcionará toda la asistencia razonable que solicite estarequiera la FAO. El Contratista no adoptará tomará ninguna medida referente con respecto al cumplimiento de las sus obligaciones estipuladas en el contrato virtud del Contrato que pueda afectar negativamente a los intereses de la FAO FAO, y el Contratista cumplirá las sus obligaciones estipuladas en el contrato con el más profundo respeto por virtud del Contrato teniendo plenamente en cuenta los intereses de la FAO.

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Samples: www.oportunidades.onu.org.bo