Common use of FUENTE DE LAS INSTRUCCIONES Clause in Contracts

FUENTE DE LAS INSTRUCCIONES. El contratista no solicitará ni aceptará instrucciones de ninguna autoridad ajena a las Naciones Unidas en relación con el cumplimiento de sus obligaciones contractuales. Si una autoridad ajena a las Naciones Unidas trata de imponer alguna instrucción relativa a la ejecución por el contratista del contrato, o alguna restricción al mismo, el contratista lo notificará de inmediato a las Naciones Unidas y prestará toda la asistencia razonable que soliciten las Naciones Unidas. El contratista no adoptará ninguna medida referente al cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato que pueda afectar negativamente los intereses de las Naciones Unidas y el contratista cumplirá las obligaciones estipuladas en el contrato con el más profundo respeto por los intereses de las Naciones Unidas.

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Samples: Invitación a Licitar, Contract for Broadcasting Services, General Conditions of Contract