Funciones Generales. Las siguientes Funciones generales que aplican en el presente Contrato de Consultoría son: (a) Proveer el conocimiento especializado necesario para garantizar la identificación de las mejores soluciones acorde con las condiciones y requerimientos establecidos. (b) Organizar y poner al servicio del INCO y del Contrato Interadministrativo los recursos humanos y técnicos que sean apropiados para garantizar el desarrollo del trabajo, dentro de los más estrictos parámetros éticos, de calidad y de cumplimiento en alcance, tiempo y costos. (c) Realizar las acciones necesarias para garantizar su actualización científica y tecnológica en las áreas de su competencia, incorporar el nuevo conocimiento en el desarrollo del trabajo y, en general, propender porque los servicios prestados tengan el mayor valor agregado posible para beneficio del respectivo Contrato Interadministrativo. (d) Desarrollar sus actividades de acuerdo con estrictos principios de moralidad y ética profesional. (e) Actuar como eficiente, responsable y xxxx representante del INCO, sin perjuicio de su obligación de colaborar para el logro de los fines de la contratación. (f) Ejercer la Consultoría en nombre del INCO, para lo cual podrá, en cualquier momento, exigir al Ejecutor del Proyecto la información que considere necesaria, sin perjuicio de las demás revisiones y verificaciones que deba efectuar en cumplimiento del contrato de Consultoría. (g) Exigir al Ejecutor del Proyecto la ejecución del Contrato Interadministrativo de manera idónea y oportuna. (h) Exigir al Ejecutor del Proyecto la información que considere necesaria relacionada con el Contrato Interadministrativo. (i) Impartir instrucciones por escrito al Ejecutor del Proyecto sobre asuntos de responsabilidad de éste, informando al INCO previamente. (j) Vigilar y controlar que el Ejecutor del Proyecto cumpla con sus obligaciones para el normal desarrollo y ejecución, tanto de la Primera Fase “Fase de Cooperación – Etapa de Evaluación”, como del Contrato Interadministrativo en general, mediante los mecanismos descritos en el Contrato de Consultoría y el Contrato Interadministrativo correspondiente, sus anexos, otrosíes y/o modificaciones. (k) Advertir oportunamente cualquier incumplimiento de las obligaciones contractuales a cargo del Ejecutor del Proyecto, realizar los requerimientos necesarios al mismo, adoptar los procedimientos previstos según el caso y comunicarle esta circunstancia al INCO. En estos casos, el Consultor rendirá concepto sobre las acciones a seguir y preparará los documentos que al respecto se requieran. (l) Emitir concepto sobre el contenido de los Estudios Etapa de Evaluación e informar a INCO cuando el Ejecutor del Proyecto, presente incumplimientos o atrasos de acuerdo con las obligaciones establecidas en el Contrato Interadministrativo. (m) Apoyar al INCO en los asuntos jurídicos propios de la Primera Fase “Fase de Cooperación – Etapa de Evaluación” objeto de esta Consultoría y del Contrato Interadministrativo. (n) En general, vigilar y controlar que el Ejecutor del Proyecto cumpla con sus obligaciones para el normal desarrollo y ejecución de la Primera Fase “Fase de Cooperación – Etapa de Evaluación” de las obras objeto de esta Consultoría. Las siguientes funciones según apliquen al Contrato Interadministrativo INCOISA de enero 28 de 2010, con el fin de buscar el adecuado y oportuno desarrollo del Contrato y, a su vez, una mayor eficiencia en la administración del mismo: 1) Apoyar, asistir y asesorar al INCO en todos los asuntos de orden técnico, social, ambiental, jurídico, administrativo, predial, financiera y contable, entre otros, que se susciten durante el desarrollo de la Primera Fase “Fase de Cooperación – Etapa de Evaluación”, suministrando oportuna información sobre los mismos, preparando los documentos que al respecto se requieran y rindiendo los conceptos y evaluaciones que sobre la materia se le soliciten. 2) Adoptar las medidas necesarias para mantener, durante el desarrollo y ejecución de la Primera Fase “Fase de Cooperación – Etapa de Evaluación” del Contrato Interadministrativo, las condiciones contractuales en las áreas técnica, social, ambiental, jurídica, administrativa, predial, financiera y contable, entre otros, durante la ejecución de Contrato de Consultoría. 3) Reportar al INCO incumplimientos del Ejecutor del Proyecto en el suministro y entrega de la información. 4) Actuar oportunamente, de tal manera que, por causas imputables a la entidad, no sobrevenga una mayor onerosidad en el cumplimiento de las obligaciones de las partes. 5) Efectuar todos los estimativos y presupuestos que el INCO solicite. 6) Procurar para que el Ejecutor del Proyecto corrija, en el menor tiempo posible, los desajustes que pudieren presentarse, y apoyar a este en la determinación de los mecanismos y procedimientos pertinentes para prever o solucionar rápida y eficazmente las dificultades o diferencias que llegaren a surgir durante la ejecución del contrato. En todo caso, la responsabilidad por la obtención de los resultados previstos en el Contrato Interadministrativo será del Ejecutor del Proyecto y la adopción o rechazo de las sugerencias del Consultor serán de su entera responsabilidad. 7) Identificar los daños, afectaciones, etc. que puedan presentarse, que no hayan sido advertidos por el Ejecutor del Proyecto y que estén incluidos dentro del alcance del objeto del Contrato Interadministrativo, comunicándole tal hecho por escrito a ISA y a INCO y verificar que el tiempo de respuesta del Ejecutor del Proyecto, para atender y ejecutar las labores necesarias, no exceda de los plazos previstos para tales efectos en el Contrato Interadministrativo. 8) Verificar si han ocurrido hechos constitutivos de incumplimiento de conformidad con lo establecido en el Contrato Interadministrativo e informar a INCO sobre tal situación. 9) Llevar y mantener el archivo actualizado de la Consultoría, de tal manera que se pueda constatar en cualquier momento el desarrollo de la ejecución del Contrato Interadministrativo. Todo lo anterior, de conformidad con la “Ley Aplicable” y las directrices establecidas por el Archivo de la entidad. 10) Estudiar y conceptuar oportunamente sobre las sugerencias y consultas del INCO, destacándose en materia técnica, social, ambiental, jurídica, administrativa, predial, financiera y contable técnica, sin limitarse a estas. 11) Responder, en primera instancia, y someter a aprobación de los funcionarios competentes del INCO las reclamaciones que presente el Ejecutor del Proyecto, en materia técnica, social, ambiental, jurídica, administrativa, predial, financiera y contable. 12) Prestar apoyo al INCO para resolver las peticiones y reclamos del Ejecutor del Proyecto, organismos de control y comunidad en general en materia técnica, social, ambiental, jurídica, administrativa, predial, financiera y contable. En caso de terminación del Contrato Interadministrativo de forma anticipada por cualquier causal, deberá Elaborar un informe y allegar los documentos que se requieran para la liquidación contractual, así como llevar a cabo las auscultaciones, certificación de los costos a reconocer de acuerdo con lo establecido en el Contrato Interadministrativo y demás análisis requeridos. 13) Acompañar, asesorar y apoyar al INCO cuando sea necesario, en el trámite de cualquier proceso judicial o mecanismo de solución de conflictos para dirimir las diferencias que se presenten con el Ejecutor del Proyecto y la comunidad en general, en desarrollo de la Primera Fase “Fase de Cooperación – Etapa de Evaluación” del Contrato Interadministrativo. 14) Asistir y apoyar al INCO, oportunamente, en las reuniones, presentaciones, y/o documentación que sobre los Estudios Etapa de Evaluación soliciten las autoridades municipales, regionales y/o nacionales, organismos de control y comunidad en general. 15) Verificar el cumplimiento del cronograma para la entrega de los Estudios Etapa de Evaluación por parte del Ejecutor del Proyecto y en caso de presentarse eventos eximentes de responsabilidad verificar dicho cronograma en conjunto con el INCO. 16) El Consultor tendrá en general la obligación de verificar que se cumplan las obligaciones previstas en el Contrato Interadministrativo, anexos, otrosíes y modificaciones, en lo referente a la Primera Fase “Fase de Cooperación – Etapa de Evaluación” y cuando se presenten incumplimientos en lo referente a esta Fase, proceder a solicitar al INCO, las acciones que contractualmente se considere pertinentes. 17) De acuerdo con los siguientes parámetros, y sin perjuicio de la obligación de entrega de los informes de diagnóstico establecida en el presente documento, el Consultor elaborará un Informe de Consultoría: Para estos efectos, el Consultor elaborará el Informe de Consultoría y lo entregará a INCO dentro de la primera (1) semana siguiente a la finalización de cada mes, para que el INCO lo revise y apruebe. El Consultor contará con un plazo máximo de una (1) semana para ajustarlo (si así el INCO lo solicita). Presentar los Errores y correcciones: Cuando se establezca que en un Informe de Consultoría se incluyó información que no refleja la realidad de la ejecución del Contrato, la información errónea será corregida inmediatamente, posterior al momento en que se haya advertido el error. Efectos: La revisión, aprobación, aceptación o suscripción de los Informes de Consultoría por parte del Consultor y del Supervisor del INCO, en ningún caso se interpretarán como una renuncia por parte del INCO al ejercicio de cualquiera de los derechos emanados del Contrato Interadministrativo. 18) Revisar durante la ejecución del Contrato las Memorias Técnicas preparadas por el Ejecutor del Proyecto. 19) Efectuar seguimiento mensual de las contingencias y riesgos del Contrato Interadministrativo. 20) Acompañar al Supervisor del INCO y a su personal de apoyo en los comités técnicos, sociales, financieros, ambientales y prediales requeridos. Así mismo, acompañar a los funcionarios del INCO a las visitas que realicen diferentes entidades de control y entes territoriales. 21) En general, asesorar al INCO en todos los asuntos que se susciten en desarrollo de las actividades de la Primera Fase “Fase de Cooperación – Etapa de Evaluación”, objeto de esta Consultoría.
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Samples: Consulting Agreement, Consulting Agreement
Funciones Generales. Las siguientes Funciones generales funciones principales de la Supervisión serán: Representar y apoyar a el Instituto en todo lo relativo a la supervisión, dirección y coordinación de la misma, para efecto de toma de decisiones dando cumplimiento a sus objetivos y prioridades. Verificar y controlar que aplican los trabajos cumplan, en el presente Contrato sus aspectos de Consultoría son:
(a) Proveer el conocimiento especializado necesario para garantizar la identificación de las mejores soluciones acorde con las condiciones y requerimientos establecidos.
(b) Organizar y poner al servicio del INCO y del Contrato Interadministrativo los recursos humanos y técnicos que sean apropiados para garantizar el desarrollo del trabajocalidad, dentro de los más estrictos parámetros éticos, de calidad y de cumplimiento en alcancecosto, tiempo y costos.
(c) Realizar seguridad, higiene, se realicen conforme a lo pactado contractualmente, con apego al proyecto ejecutivo aprobado por el Instituto para efectos de construcción, sus modificaciones autorizadas, las acciones necesarias para garantizar su actualización científica normas y tecnológica en especificaciones generales o particulares del proyecto, el programa y presupuesto respectivos, así como las áreas órdenes que reciba por parte de su competenciael Instituto. Verificar y controlar el suministro y consumo de materiales, incorporar el nuevo conocimiento en el desarrollo del trabajo yasí como la utilización de mano de obra, en generalmaquinaria y equipo, propender porque los servicios prestados tengan el mayor valor agregado posible para beneficio del respectivo Contrato Interadministrativo.
(d) Desarrollar sus actividades conforme al programa de acuerdo con estrictos principios de moralidad y ética profesional.
(e) Actuar como eficiente, responsable y xxxx representante del INCO, sin perjuicio de su obligación de colaborar para el logro de los fines suministro de la contratación.
(f) Ejercer la Consultoría en nombre del INCO, para lo cual podrá, en cualquier momento, exigir al Ejecutor del Proyecto la información que considere necesaria, sin perjuicio de las demás revisiones y verificaciones que deba efectuar en cumplimiento del contrato de Consultoría.
(g) Exigir al Ejecutor del Proyecto la ejecución del Contrato Interadministrativo de manera idónea y oportuna.
(h) Exigir al Ejecutor del Proyecto la información que considere necesaria relacionada con el Contrato Interadministrativo.
(i) Impartir instrucciones por escrito al Ejecutor del Proyecto sobre asuntos de responsabilidad de éste, informando al INCO previamente.
(j) Vigilar y controlar que el Ejecutor del Proyecto cumpla con sus obligaciones para el normal desarrollo y ejecución, tanto de la Primera Fase “Fase de Cooperación – Etapa de Evaluación”, como del Contrato Interadministrativo en general, mediante los mecanismos descritos en el Contrato de Consultoría y el Contrato Interadministrativo correspondiente, sus anexos, otrosíes y/o modificaciones.
(k) Advertir oportunamente cualquier incumplimiento de las obligaciones contractuales a cargo del Ejecutor del Proyecto, realizar los requerimientos necesarios al mismo, adoptar los procedimientos previstos según el caso y comunicarle esta circunstancia al INCO. En estos casos, el Consultor rendirá concepto sobre las acciones a seguir y preparará los documentos que al respecto se requieran.
(l) Emitir concepto sobre el contenido de los Estudios Etapa de Evaluación e informar a INCO cuando el Ejecutor del Proyecto, presente incumplimientos o atrasos de acuerdo con las obligaciones establecidas en el Contrato Interadministrativo.
(m) Apoyar al INCO en los asuntos jurídicos propios de la Primera Fase “Fase de Cooperación – Etapa de Evaluación” objeto de esta Consultoría y del Contrato Interadministrativo.
(n) En general, vigilar y controlar que el Ejecutor del Proyecto cumpla con sus obligaciones para el normal desarrollo y ejecución de la Primera Fase “Fase de Cooperación – Etapa de Evaluación” de las obras objeto de esta Consultoría. Las siguientes funciones según apliquen al Contrato Interadministrativo INCOISA de enero 28 de 2010, con el fin de buscar el adecuado y oportuno desarrollo del Contrato y, a su vez, una mayor eficiencia en la administración del mismo:
1) Apoyar, asistir y asesorar al INCO en todos los asuntos de orden técnico, social, ambiental, jurídico, administrativo, predial, financiera y contable, entre otros, que se susciten durante el desarrollo de la Primera Fase “Fase de Cooperación – Etapa de Evaluación”, suministrando oportuna información sobre los mismos, preparando los documentos que al respecto se requieran y rindiendo los conceptos y evaluaciones que sobre la materia se le soliciten.
2) Adoptar las medidas necesarias para mantener, durante el desarrollo y ejecución de la Primera Fase “Fase de Cooperación – Etapa de Evaluación” del Contrato Interadministrativo, las condiciones contractuales en las áreas técnica, social, ambiental, jurídica, administrativa, predial, financiera y contable, entre otroscontratista, durante la ejecución de Contrato la obra, manteniendo una estrecha relación con el almacén general de Consultoría.
3) Reportar al INCO incumplimientos del Ejecutor del Proyecto la misma. Implementar la apertura, seguimiento y control y resguardo de la Bitácora respectiva en el suministro caso de que sea mediante libro, el seguimiento de los trabajos de control de calidad, así mismo se establecerá la bitácora entre la Supervisión y entrega el Instituto. Las bitácoras deberán permanecer en la obra, debidamente actualizadas y nadie, ni el supervisor, ni residente o personal de el Instituto están autorizados para cambiarlos de lugar, en ellas se consignan todas las incidencias relevantes que repercutan en la ejecución de los trabajos. En el caso de que se implemente la bitácora electrónica dar cumplimiento a lo establecido por la Secretaria de la información.
4) Actuar oportunamenteFunción Pública y darle el seguimiento y asentamiento de notas respectivas. Llevar a cabo la verificación de la calidad de los materiales, equipos, sistemas y procesos constructivos con apoyo de tal manera quelos servicios del laboratorio propuestos por la contratista. Coordinar la actualización de los documentos del proyecto, por causas imputables realizando un levantamiento de las adecuaciones y modificaciones que tuvieron lugar durante el proceso constructivo. Informar a la entidad, no sobrevenga una mayor onerosidad en residencia de obra de el cumplimiento de las obligaciones de las partes.
5) Efectuar todos los estimativos y presupuestos que el INCO solicite.
6) Procurar para que el Ejecutor del Proyecto corrija, en el menor tiempo posible, los desajustes que pudieren presentarse, y apoyar a este en la determinación de los mecanismos y procedimientos pertinentes para prever o solucionar rápida y eficazmente las dificultades o diferencias que llegaren a surgir durante la ejecución del contrato. En todo caso, la responsabilidad por la obtención de los resultados previstos en el Contrato Interadministrativo será del Ejecutor del Proyecto y la adopción o rechazo de las sugerencias del Consultor serán de su entera responsabilidad.
7) Identificar los daños, afectaciones, etc. que puedan presentarse, que no hayan sido advertidos por el Ejecutor del Proyecto y que estén incluidos dentro del alcance del objeto del Contrato Interadministrativo, comunicándole tal hecho por escrito a ISA y a INCO y verificar que el tiempo de respuesta del Ejecutor del Proyecto, para atender y ejecutar las labores necesarias, no exceda de los plazos previstos para tales efectos en el Contrato Interadministrativo.
8) Verificar si han ocurrido hechos constitutivos de incumplimiento de conformidad con lo establecido en el Contrato Interadministrativo e informar a INCO Instituto sobre tal situación.
9) Llevar y mantener el archivo actualizado de la Consultoría, de tal manera que se pueda constatar en cualquier momento el desarrollo de los trabajos en todos sus aspectos de orden técnico, administrativo y de seguridad, desde el inicio hasta la ejecución del Contrato Interadministrativorecepción de obra. Todo lo anteriorConstatar la terminación de los trabajos, de conformidad con participando en la “Ley Aplicable” y las directrices establecidas por el Archivo recepción de la entidad.
10) Estudiar obra de la empresa constructora y conceptuar oportunamente sobre las sugerencias y consultas del INCO, destacándose en materia técnica, social, ambiental, jurídica, administrativa, predial, financiera y contable técnica, sin limitarse a estas.
11) Responder, en primera instancia, y someter a aprobación de los funcionarios competentes del INCO las reclamaciones que presente su entrega por parte de la residencia de obra de el Ejecutor del Proyecto, en materia técnica, social, ambiental, jurídica, administrativa, predial, financiera y contable.
12) Prestar apoyo Instituto al INCO para resolver las peticiones y reclamos del Ejecutor del Proyecto, organismos de control y comunidad en general en materia técnica, social, ambiental, jurídica, administrativa, predial, financiera y contableusuario. En caso de terminación del Contrato Interadministrativo suspensión, cancelación o recisión de forma anticipada por cualquier causalobra a la contratista, deberá Elaborar un informe efectuar el corte de obra respectivo administrativamente, físico, financiero, proyecto y allegar los documentos que se requieran para lo estipulado en la liquidación contractualLey De Obras Públicas y servicios Relacionados con las Mismas, así como de su Reglamento, para llevar a cabo las auscultaciones, certificación de los costos a reconocer de acuerdo con buen termino lo establecido en el Contrato Interadministrativo y demás análisis requeridosprocedente.
13) Acompañar, asesorar y apoyar al INCO cuando sea necesario, en el trámite de cualquier proceso judicial o mecanismo de solución de conflictos para dirimir las diferencias que se presenten con el Ejecutor del Proyecto y la comunidad en general, en desarrollo de la Primera Fase “Fase de Cooperación – Etapa de Evaluación” del Contrato Interadministrativo.
14) Asistir y apoyar al INCO, oportunamente, en las reuniones, presentaciones, y/o documentación que sobre los Estudios Etapa de Evaluación soliciten las autoridades municipales, regionales y/o nacionales, organismos de control y comunidad en general.
15) Verificar el cumplimiento del cronograma para la entrega de los Estudios Etapa de Evaluación por parte del Ejecutor del Proyecto y en caso de presentarse eventos eximentes de responsabilidad verificar dicho cronograma en conjunto con el INCO.
16) El Consultor tendrá en general la obligación de verificar que se cumplan las obligaciones previstas en el Contrato Interadministrativo, anexos, otrosíes y modificaciones, en lo referente a la Primera Fase “Fase de Cooperación – Etapa de Evaluación” y cuando se presenten incumplimientos en lo referente a esta Fase, proceder a solicitar al INCO, las acciones que contractualmente se considere pertinentes.
17) De acuerdo con los siguientes parámetros, y sin perjuicio de la obligación de entrega de los informes de diagnóstico establecida en el presente documento, el Consultor elaborará un Informe de Consultoría: Para estos efectos, el Consultor elaborará el Informe de Consultoría y lo entregará a INCO dentro de la primera (1) semana siguiente a la finalización de cada mes, para que el INCO lo revise y apruebe. El Consultor contará con un plazo máximo de una (1) semana para ajustarlo (si así el INCO lo solicita). Presentar los Errores y correcciones: Cuando se establezca que en un Informe de Consultoría se incluyó información que no refleja la realidad de la ejecución del Contrato, la información errónea será corregida inmediatamente, posterior al momento en que se haya advertido el error. Efectos: La revisión, aprobación, aceptación o suscripción de los Informes de Consultoría por parte del Consultor y del Supervisor del INCO, en ningún caso se interpretarán como una renuncia por parte del INCO al ejercicio de cualquiera de los derechos emanados del Contrato Interadministrativo.
18) Revisar durante la ejecución del Contrato las Memorias Técnicas preparadas por el Ejecutor del Proyecto.
19) Efectuar seguimiento mensual de las contingencias y riesgos del Contrato Interadministrativo.
20) Acompañar al Supervisor del INCO y a su personal de apoyo en los comités técnicos, sociales, financieros, ambientales y prediales requeridos. Así mismo, acompañar a los funcionarios del INCO a las visitas que realicen diferentes entidades de control y entes territoriales.
21) En general, asesorar al INCO en todos los asuntos que se susciten en desarrollo de las actividades de la Primera Fase “Fase de Cooperación – Etapa de Evaluación”, objeto de esta Consultoría.
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Samples: Supervision Agreement
Funciones Generales. Las siguientes Funciones generales que aplican La Interventoría de obra ejercerá en el presente Contrato general las funciones de Consultoría son:
(a) Proveer el conocimiento especializado necesario para garantizar la identificación de las mejores soluciones acorde con las condiciones intervención, control y requerimientos establecidos.
(b) Organizar y poner al servicio del INCO y del Contrato Interadministrativo los recursos humanos y técnicos que sean apropiados para garantizar el desarrollo del trabajo, dentro de los más estrictos parámetros éticos, de calidad y de cumplimiento en alcance, tiempo y costos.
(c) Realizar las acciones necesarias para garantizar su actualización científica y tecnológica en las áreas de su competencia, incorporar el nuevo conocimiento en el desarrollo del trabajo y, en general, propender porque los servicios prestados tengan el mayor valor agregado posible para beneficio del respectivo Contrato Interadministrativo.
(d) Desarrollar sus actividades de acuerdo con estrictos principios de moralidad y ética profesional.
(e) Actuar como eficiente, responsable y xxxx representante del INCO, sin perjuicio de su obligación de colaborar para el logro de los fines de la contratación.
(f) Ejercer la Consultoría en nombre del INCO, para lo cual podrá, en cualquier momento, exigir al Ejecutor del Proyecto la información que considere necesaria, sin perjuicio de las demás revisiones y verificaciones que deba efectuar en cumplimiento del contrato de Consultoría.
(g) Exigir al Ejecutor del Proyecto la ejecución del Contrato Interadministrativo de manera idónea y oportuna.
(h) Exigir al Ejecutor del Proyecto la información que considere necesaria relacionada con el Contrato Interadministrativo.
(i) Impartir instrucciones por escrito al Ejecutor del Proyecto sobre asuntos de responsabilidad de éste, informando al INCO previamente.
(j) Vigilar y controlar que el Ejecutor del Proyecto cumpla con sus obligaciones para el normal desarrollo y ejecución, tanto de la Primera Fase “Fase de Cooperación – Etapa de Evaluación”, como del Contrato Interadministrativo en general, mediante los mecanismos descritos en el Contrato de Consultoría y el Contrato Interadministrativo correspondiente, sus anexos, otrosíes y/o modificaciones.
(k) Advertir oportunamente cualquier incumplimiento de las obligaciones contractuales a cargo del Ejecutor del Proyecto, realizar los requerimientos necesarios al mismo, adoptar los procedimientos previstos según el caso y comunicarle esta circunstancia al INCO. En estos casos, el Consultor rendirá concepto sobre las acciones a seguir y preparará los documentos que al respecto se requieran.
(l) Emitir concepto sobre el contenido de los Estudios Etapa de Evaluación e informar a INCO cuando el Ejecutor del Proyecto, presente incumplimientos o atrasos vigilancia de acuerdo con las obligaciones establecidas prácticas más correctas y conocidas, sin contrariar en ningún caso lo dispuesto en el Contrato Interadministrativo.
(m) Apoyar al INCO en contrato y los asuntos jurídicos propios de documentos que hacen parte del mismo. En forma coordinada, la Primera Fase “Fase de Cooperación – Etapa de Evaluación” objeto de esta Consultoría y del Contrato Interadministrativo.
(n) En general, vigilar y controlar Interventoría estará atenta a que el Ejecutor del Proyecto cumpla con contratista garantice el cumplimiento de sus obligaciones para y el normal desarrollo y ejecución buen éxito de sus labores, tendientes a la Primera Fase “Fase de Cooperación – Etapa de Evaluación” realización de las obras objeto dentro del plazo estipulado y con óptima calidad. La Interventoría es delegataria del El SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA. La supervisión de esta Consultoríala ejecución del contrato de obra y de Interventoría, estará a cargo de un profesional designado por el SENA. Las siguientes funciones según apliquen al Contrato Interadministrativo INCOISA El Interventor junto con el Supervisor xxx XXXX, serán responsables de enero 28 la dirección general del contrato de 2010obra, su control y vigilancia en la ejecución idónea y oportuna del mismo. La responsabilidad básica del Interventor es verificar y certificar de manera documentada que la obra que está interviniendo se realice de acuerdo con la calidad, costos, normas, planos, especificaciones y plazos preestablecidos por El SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA. Con el fin de buscar el adecuado la adecuada y oportuno desarrollo del Contrato oportuna ejecución de las obras y, a su vez, una mayor eficiencia en la administración de las mismas, la interventoría comprenderá, además de la gestión técnica, el control administrativo, financiero, económico y jurídico del mismo:
1) Apoyarcontrato de obra, por lo cual, deberá apoyar, asistir y asesorar al INCO SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA, en todos los asuntos de orden técnico, social, ambiental, jurídico, administrativo, predialfinanciero, financiera económico y contable, entre otros, jurídico que se susciten durante el desarrollo la ejecución de la Primera Fase “Fase de Cooperación – Etapa de Evaluación”las obras, suministrando oportuna información sobre los mismos, preparando los documentos que al respecto se requieran y rindiendo los conceptos y evaluaciones que sobre la materia se le soliciten.
2) Adoptar . En tal sentido, se establecen las medidas necesarias siguientes funciones generales para mantenerla interventoría: Diseñar, durante el desarrollo implementar y ejecución mantener la organización de la Primera Fase “Fase Interventoría y definir las líneas de Cooperación – Etapa de Evaluación” autoridad y las interrelaciones entre el personal clave y las actividades del Contrato Interadministrativo, las condiciones contractuales en las áreas técnica, social, ambiental, jurídica, administrativa, predial, financiera y contable, entre otros, durante la ejecución de Contrato de Consultoría.
3) Reportar al INCO incumplimientos del Ejecutor del Proyecto en proyecto. Definir el suministro y entrega control de la información.
4) Actuar oportunamenteInterventoría. Establecer un marco para alcanzar y mantener el control general de la construcción del proyecto. Diseñar e implementar un sistema de control interno para la organización de la Interventoría. Establecer metodologías operativas que permitan el trámite apropiado y oportuno de los asuntos relacionados con la coordinación y control de contratos. Preparar, implementar y mantener un sistema de aseguramiento de la calidad de su propia gestión interventora. Mantener contacto permanente con los diseñadores del proyecto. Mantener sistemas de seguimiento e información en tiempo real sobre el estado del contrato intervenido en relación con su avance, calidad y costo. Mantener personal calificado y competente en número suficiente, para un adecuado y oportuno desempeño de las funciones de la Interventoría. Analizar con el SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA las reclamaciones presentadas por los Contratistas y recomendar soluciones. Elaborar planes de contingencia para atender eventos imprevistos que puedan afectar la seguridad, calidad, costo o plazo de las obras, de tal manera queque se eviten o mitiguen las implicaciones de tales eventos. Estudiar el incumplimiento del Contratista y solicitar al SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA las sanciones a que diere lugar, por causas imputables graduando el mismo y recomendando las garantías que deben hacerse efectivas. Diligenciar en forma oportuna la aplicación de sanciones, multas, garantías y cláusulas excepcionales del contrato de obra. Exigir el cumplimiento en la obra de las normas de salud ocupacional, higiene y seguridad industrial de todo el personal que tenga acceso a la entidadobra, no sobrevenga una mayor onerosidad en forma permanente o temporal. Exigir el cumplimiento de las obligaciones de las partes.
5) Efectuar todos los estimativos y presupuestos que el INCO solicite.
6) Procurar para que el Ejecutor del Proyecto corrija, en el menor tiempo posible, los desajustes que pudieren presentarse, y apoyar a este en la determinación de los mecanismos y procedimientos pertinentes para prever o solucionar rápida y eficazmente las dificultades o diferencias que llegaren a surgir durante la ejecución del contrato. En todo caso, la responsabilidad por la obtención de los resultados previstos en el Contrato Interadministrativo será del Ejecutor del Proyecto y la adopción o rechazo de las sugerencias del Consultor serán de su entera responsabilidad.
7) Identificar los daños, afectaciones, etc. que puedan presentarse, que no hayan sido advertidos por el Ejecutor del Proyecto y que estén incluidos dentro del alcance del objeto del Contrato Interadministrativo, comunicándole tal hecho por escrito a ISA y a INCO y verificar que el tiempo de respuesta del Ejecutor del Proyecto, para atender y ejecutar las labores necesarias, no exceda de los plazos previstos para tales efectos en el Contrato Interadministrativo.
8) Verificar si han ocurrido hechos constitutivos de incumplimiento de conformidad con lo establecido en el Contrato Interadministrativo e informar a INCO sobre tal situación.
9) Llevar y mantener el archivo actualizado de la Consultoría, de tal manera que se pueda constatar en cualquier momento el desarrollo de la ejecución del Contrato Interadministrativo. Todo lo anterior, de conformidad con la “Ley Aplicable” y las directrices establecidas por el Archivo de la entidad.
10) Estudiar y conceptuar oportunamente sobre las sugerencias y consultas del INCO, destacándose en materia técnica, social, ambiental, jurídica, administrativa, predial, financiera y contable técnica, sin limitarse a estas.
11) Responder, en primera instancia, y someter a aprobación de los funcionarios competentes del INCO las reclamaciones que presente el Ejecutor del Proyecto, en materia técnica, social, ambiental, jurídica, administrativa, predial, financiera y contable.
12) Prestar apoyo al INCO para resolver las peticiones y reclamos del Ejecutor del Proyecto, organismos de control y comunidad en general en materia técnica, social, ambiental, jurídica, administrativa, predial, financiera y contable. En caso de terminación del Contrato Interadministrativo de forma anticipada por cualquier causal, deberá Elaborar un informe y allegar los documentos que se requieran para la liquidación contractual, así como llevar a cabo las auscultaciones, certificación de los costos a reconocer de acuerdo con lo establecido en el Contrato Interadministrativo y demás análisis requeridos.
13) Acompañar, asesorar y apoyar al INCO cuando sea necesario, en el trámite de cualquier proceso judicial o mecanismo de solución de conflictos para dirimir las diferencias que se presenten con el Ejecutor del Proyecto y la comunidad en general, normas ambientales aplicables en desarrollo de la Primera Fase “Fase obra. Establecer un archivo sistematizado de Cooperación la correspondencia de forma aceptable para el SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE – Etapa SENA, de Evaluación” manera que toda la correspondencia se conteste lo más pronto posible y no permanezcan puntos sin solución que puedan tomar los Contratistas como base para futuras reclamaciones. El Interventor enviará las copias de la correspondencia entre él y el Contratista que el SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA considere necesarias. Velar por el estricto cumplimiento de todas las obligaciones del Contrato Interadministrativo.
14) Asistir contratista de obra, consignadas en el contrato y apoyar al INCOsus anexos. Atender en forma oportuna todos los requerimientos de tipo jurídico y administrativos derivados de reclamaciones, oportunamentedemandas y recursos que interponga el contratista de obra, hasta que queden debidamente resueltos. Además de las funciones señaladas antes, la interventoría de obra deberá aplicar los lineamientos señalados en la Resolución 00965 de 2012 xxx XXXX, por medio de la cual se adopta el Manual de supervisión e interventoría xxx XXXX. Para la ejecución de la interventoría, se emplearán los procedimientos técnicos que permitan el logro de las reunionesmetas propuestas, presentaciones, y/o documentación que sobre los Estudios Etapa de Evaluación soliciten las autoridades municipales, regionales y/o nacionales, organismos de control y comunidad en general.
15) Verificar así como el cumplimiento del cronograma para la entrega alcance en términos técnicos y de los Estudios Etapa de Evaluación por parte del Ejecutor del Proyecto y en caso de presentarse eventos eximentes de responsabilidad verificar dicho cronograma en conjunto con el INCO.
16) El Consultor tendrá en general la obligación de verificar que se cumplan las obligaciones previstas en el Contrato Interadministrativoproductos planteados, anexos, otrosíes y modificaciones, en lo referente a la Primera Fase “Fase de Cooperación – Etapa de Evaluación” y cuando se presenten incumplimientos en lo referente a esta Fase, proceder a solicitar al INCO, las acciones que contractualmente se considere pertinentes.
17) De acuerdo con aplicando los siguientes parámetros, y sin perjuicio de la obligación de entrega de los informes de diagnóstico establecida en el presente documento, el Consultor elaborará un Informe de Consultoría: Para estos efectos, el Consultor elaborará el Informe de Consultoría y lo entregará a INCO dentro de la primera (1) semana siguiente a la finalización de cada mes, para que el INCO lo revise y apruebe. El Consultor contará con un plazo máximo de una (1) semana para ajustarlo (si así el INCO lo solicita). Presentar los Errores y correcciones: Cuando se establezca que en un Informe de Consultoría se incluyó información que no refleja la realidad de la ejecución del Contrato, la información errónea será corregida inmediatamente, posterior al momento en que se haya advertido el error. Efectos: La revisión, aprobación, aceptación o suscripción de los Informes de Consultoría por parte del Consultor y del Supervisor del INCO, en ningún caso se interpretarán como una renuncia por parte del INCO al ejercicio de cualquiera de los derechos emanados del Contrato Interadministrativo.
18) Revisar durante la ejecución del Contrato las Memorias Técnicas preparadas por el Ejecutor del Proyecto.
19) Efectuar seguimiento mensual de las contingencias y riesgos del Contrato Interadministrativo.
20) Acompañar al Supervisor del INCO y a su personal de apoyo en los comités técnicos, sociales, financieros, ambientales y prediales requeridos. Así mismo, acompañar a los funcionarios del INCO a las visitas que realicen diferentes entidades de control y entes territoriales.
21) En general, asesorar al INCO en todos los asuntos que se susciten lineamientos en desarrollo de las actividades de la Primera Fase “Fase de Cooperación – Etapa de Evaluación”, objeto de esta Consultoría.del alcance técnico:
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Funciones Generales. Las a. Ejercer el control y vigilancia sobre la ejecución contractual de los contratos vigilados, dirigida a verificar el cumplimiento de las condiciones pactadas en los mismos, o en su defecto, los exigidos por las normas técnicas obligatorias. Sobre esta labor se destacan las siguientes Funciones generales tareas:
i. Cooperar con la entidad y con el contratista en lograr los resultados esperados del contrato y el cumplimiento del objeto contractual.
ii. Conocer la documentación producida en las fases de planeación y selección, de forma que aplican pueda identificar la necesidad, las especificaciones y las consideraciones de Valor por Dinero que permitieron la selección del Contratista.
iii. Conocer la matriz de riesgos y los tratamientos previstos para los mismos. Advertir oportunamente las situaciones que constituyan riesgos o afecten la eficiencia del contrato y tomar las medidas necesarias para mitigar los mismos, según lo establecido en la matriz.
iv. Exigir el cumplimiento de las normas de seguridad, higiene, salud ocupacional y ambiental que sean aplicables.
v. Verificar que el cumplimiento de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral por parte del Contratista sea de manera oportuna. Constatar que los aportes se realicen a las entidades respectivas, con base en lo estipulado en la oferta y la normativa vigente.
vi. Revisar que las personas que conforman el equipo del contratista cumplan las condiciones ofrecidas en el presente Contrato de Consultoría son:
(a) Proveer el conocimiento especializado necesario para garantizar la identificación de las mejores soluciones acorde con las condiciones contrato y requerimientos establecidosexigir su reemplazo cuando fuere necesario.
(b) Organizar y poner vii. Convocar al servicio contratista a las reuniones necesarias para lograr la debida ejecución del INCO y del Contrato Interadministrativo los recursos humanos y técnicos que sean apropiados para garantizar el desarrollo del trabajo, dentro de los más estrictos parámetros éticos, de calidad y de cumplimiento en alcance, tiempo y costoscontrato.
(c) Realizar las acciones necesarias para garantizar su actualización científica y tecnológica en las áreas de su competencia, incorporar viii. Llevar estricto control sobre la correspondencia que se produzca con el nuevo conocimiento en el desarrollo del trabajo Contratista y, en general, propender porque los servicios prestados tengan el mayor valor agregado posible para beneficio del respectivo Contrato Interadministrativo.
(d) Desarrollar sus actividades de acuerdo con estrictos principios de moralidad y ética profesional.
(e) Actuar como eficiente, responsable y xxxx representante del INCO, sin perjuicio de su obligación de colaborar para el logro de los fines de la contratación.
(f) Ejercer la Consultoría en nombre del INCO, para lo cual podrá, en cualquier momento, exigir al Ejecutor del Proyecto organizar la información que considere necesaria, sin perjuicio de las demás revisiones y verificaciones que deba efectuar en cumplimiento del contrato de Consultoría.
(g) Exigir al Ejecutor del Proyecto la ejecución del Contrato Interadministrativo de manera idónea y oportuna.
(h) Exigir al Ejecutor del Proyecto la información que considere necesaria relacionada con el Contrato Interadministrativo.
(i) Impartir instrucciones por escrito al Ejecutor del Proyecto sobre asuntos de responsabilidad de éste, informando al INCO previamente.
(j) Vigilar y controlar que el Ejecutor del Proyecto cumpla con sus obligaciones para el normal desarrollo y ejecución, tanto de la Primera Fase “Fase de Cooperación – Etapa de Evaluación”, como del Contrato Interadministrativo en general, mediante los mecanismos descritos en el Contrato de Consultoría y el Contrato Interadministrativo correspondiente, sus anexos, otrosíes y/o modificaciones.
(k) Advertir oportunamente cualquier incumplimiento de las obligaciones contractuales a cargo del Ejecutor del Proyecto, realizar los requerimientos necesarios al mismo, adoptar los procedimientos previstos según el caso y comunicarle esta circunstancia al INCO. En estos casos, el Consultor rendirá concepto sobre las acciones a seguir y preparará los documentos que al respecto se requieran.
(l) Emitir concepto sobre el contenido de los Estudios Etapa de Evaluación e informar a INCO cuando el Ejecutor del Proyecto, presente incumplimientos o atrasos de acuerdo con las obligaciones establecidas en el Contrato Interadministrativo.
(m) Apoyar al INCO en los asuntos jurídicos propios de la Primera Fase “Fase de Cooperación – Etapa de Evaluación” objeto de esta Consultoría y del Contrato Interadministrativo.
(n) En general, vigilar y controlar que el Ejecutor del Proyecto cumpla con sus obligaciones para el normal desarrollo y ejecución de la Primera Fase “Fase de Cooperación – Etapa de Evaluación” de las obras objeto de esta Consultoría. Las siguientes funciones según apliquen al Contrato Interadministrativo INCOISA de enero 28 de 2010, con el fin de buscar el adecuado y oportuno desarrollo del Contrato y, a su vez, una mayor eficiencia en la administración del mismo:
1) Apoyar, asistir y asesorar al INCO en todos los asuntos de orden técnico, social, ambiental, jurídico, administrativo, predial, financiera y contable, entre otros, que se susciten durante el desarrollo de la Primera Fase “Fase de Cooperación – Etapa de Evaluación”, suministrando oportuna información sobre los mismos, preparando los documentos que al respecto se requieran y rindiendo los conceptos y evaluaciones que sobre la materia se le soliciten.
2) Adoptar las medidas necesarias para mantener, durante el desarrollo y ejecución de la Primera Fase “Fase de Cooperación – Etapa de Evaluación” del Contrato Interadministrativo, las condiciones contractuales en las áreas técnica, social, ambiental, jurídica, administrativa, predial, financiera y contable, entre otros, durante la ejecución de Contrato de Consultoría.
3) Reportar al INCO incumplimientos del Ejecutor del Proyecto en el suministro y entrega de la información.
4) Actuar oportunamente, de tal manera que, por causas imputables a la entidad, no sobrevenga una mayor onerosidad en el cumplimiento de las obligaciones de las partes.
5) Efectuar todos los estimativos y presupuestos que el INCO solicite.
6) Procurar para que el Ejecutor del Proyecto corrija, en el menor tiempo posible, los desajustes que pudieren presentarse, y apoyar a este en la determinación de los mecanismos y procedimientos pertinentes para prever o solucionar rápida y eficazmente las dificultades o diferencias que llegaren a surgir generen durante la ejecución del contrato. En todo caso, la responsabilidad por la obtención de los resultados previstos en el Contrato Interadministrativo será del Ejecutor del Proyecto y la adopción o rechazo de las sugerencias del Consultor serán de su entera responsabilidad.
7) Identificar los daños, afectaciones, etc. que puedan presentarse, que no hayan sido advertidos por el Ejecutor del Proyecto y que estén incluidos dentro del alcance del objeto del Contrato Interadministrativo, comunicándole tal hecho por escrito a ISA y a INCO y verificar que el tiempo de respuesta del Ejecutor del Proyecto, para atender y ejecutar las labores necesarias, no exceda de los plazos previstos para tales efectos en el Contrato Interadministrativo.
8) Verificar si han ocurrido hechos constitutivos de incumplimiento de conformidad con lo establecido en el Contrato Interadministrativo e informar a INCO sobre tal situación.
9) Llevar y mantener el archivo actualizado de la Consultoría, de tal manera forma que se pueda constatar la entidad intervenga oportunamente frente a las solicitudes presentadas.
ix. Exigir al contratista informes periódicos sobre la ejecución contractual, dentro de los términos pactados en el contrato, o en cualquier momento si así lo considera conveniente.
x. Mantener comunicación permanente con el contratista y con los jefes de las áreas solicitantes e interesadas en la contratación.
b. Solicitar informes, aclaraciones y explicaciones sobre el desarrollo de la ejecución del Contrato Interadministrativo. Todo lo anterior, de conformidad con la “Ley Aplicable” y las directrices establecidas por el Archivo de la entidadcontractual.
10) Estudiar y conceptuar oportunamente sobre las sugerencias y consultas del INCO, destacándose en materia técnica, social, ambiental, jurídica, administrativa, predial, financiera y contable técnicac. Impartir instrucciones al contratista, sin limitarse a estasque ello implique una modificación del contrato.
11) Responder, en primera instancia, y someter d. Hacer recomendaciones encaminadas a aprobación lograr la correcta ejecución del objeto contratado.
e. Entregar sus órdenes o requerimientos por escrito.
f. Apoyar el logro de los funcionarios competentes del INCO las reclamaciones que presente el Ejecutor del Proyecto, en materia técnica, social, ambiental, jurídica, administrativa, predial, financiera y contableobjetivos contractuales.
12) Prestar apoyo al INCO para resolver las peticiones y reclamos del Ejecutor del Proyecto, organismos de control y comunidad en general en materia técnica, social, ambiental, jurídica, administrativa, predial, financiera y contable. En caso de terminación del Contrato Interadministrativo de forma anticipada g. Velar por cualquier causal, deberá Elaborar un informe y allegar los documentos que se requieran para la liquidación contractual, así como llevar a cabo las auscultaciones, certificación de los costos a reconocer de acuerdo con lo establecido en el Contrato Interadministrativo y demás análisis requeridos.
13) Acompañar, asesorar y apoyar al INCO cuando sea necesario, en el trámite de cualquier proceso judicial o mecanismo de solución de conflictos para dirimir las diferencias que se presenten con el Ejecutor del Proyecto y la comunidad en general, en desarrollo de la Primera Fase “Fase de Cooperación – Etapa de Evaluación” del Contrato Interadministrativo.
14) Asistir y apoyar al INCO, oportunamente, en las reuniones, presentaciones, y/o documentación que sobre los Estudios Etapa de Evaluación soliciten las autoridades municipales, regionales y/o nacionales, organismos de control y comunidad en general.
15) Verificar el cumplimiento del cronograma para la entrega contrato en términos de plazos, calidades, cantidades y adecuada ejecución de los Estudios Etapa de Evaluación por parte recursos del Ejecutor del Proyecto y en caso de presentarse eventos eximentes de responsabilidad verificar dicho cronograma en conjunto con el INCOcontrato.
16) El Consultor tendrá h. Mantener en general la obligación de verificar que se cumplan contacto a las obligaciones previstas en el Contrato Interadministrativo, anexos, otrosíes y modificaciones, en lo referente a la Primera Fase “Fase de Cooperación – Etapa de Evaluación” y cuando se presenten incumplimientos en lo referente a esta Fase, proceder a solicitar al INCO, las acciones que contractualmente se considere pertinentespartes del contrato.
17) De acuerdo con los siguientes parámetros, i. Evitar la generación de controversias y sin perjuicio de la obligación de entrega de los informes de diagnóstico establecida en el presente documento, el Consultor elaborará un Informe de Consultoría: Para estos efectos, el Consultor elaborará el Informe de Consultoría y lo entregará a INCO dentro de la primera (1) semana siguiente a la finalización de cada mes, para que el INCO lo revise y apruebe. El Consultor contará con un plazo máximo de una (1) semana para ajustarlo (si así el INCO lo solicita). Presentar los Errores y correcciones: Cuando se establezca que en un Informe de Consultoría se incluyó información que no refleja la realidad de la ejecución del Contrato, la información errónea será corregida inmediatamente, posterior al momento en que se haya advertido el error. Efectos: La revisión, aprobación, aceptación o suscripción de los Informes de Consultoría propender por parte del Consultor y del Supervisor del INCO, en ningún caso se interpretarán como una renuncia por parte del INCO al ejercicio de cualquiera de los derechos emanados del Contrato Interadministrativosu rápida solución.
18) Revisar durante la ejecución del Contrato las Memorias Técnicas preparadas por el Ejecutor del Proyecto.
19) Efectuar seguimiento mensual de las contingencias y riesgos del Contrato Interadministrativo.
20) Acompañar al Supervisor del INCO y a su personal de apoyo en los comités técnicos, sociales, financieros, ambientales y prediales requeridos. Así mismo, acompañar a los funcionarios del INCO a las visitas que realicen diferentes entidades de control y entes territoriales.
21) En general, asesorar al INCO en todos los asuntos que se susciten en desarrollo de las actividades de la Primera Fase “Fase de Cooperación – Etapa de Evaluación”, objeto de esta Consultoría.
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