Common use of GARANTÍA PROVISIONAL Y DEFINITIVA Clause in Contracts

GARANTÍA PROVISIONAL Y DEFINITIVA. Los licitadores acreditarán la constitución en la Caja de la Corporación a disposición del Ayuntamiento, de una garantía provisional de 5.626,54 euros, equivalente al 2 por 100 del presupuesto establecido como base de licitación. Dicha garantía habrá de ser constituida en metálico, en aval prestado por alguno de los Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito y Sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España o por contrato de seguro de caución celebrado con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de caución, de acuerdo con lo previsto en el Capítulo III del Título II del Libro I del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. La garantía provisional será devuelta a los interesados inmediatamente después de la propuesta de adjudicación del contrato, salvo al incluido en la propuesta. En los supuestos de presunción de temeridad será retenida la garantía a los empresarios comprendidos en la misma, así como al mejor postor de los que no lo estén, hasta que se dicte acuerdo de adjudicación. El adjudicatario está obligado a constituir una garantía definitiva por importe del 4 por 100 del precio de adjudicación, a disposición del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, en la forma prevista para la garantía provisional. Se establece una garantía complementaria en función de la desviación a la baja de la oferta seleccionada con la baja media de las ofertas presentadas. Esta garantía se constituirá a disposición del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, en la forma prevista para la garantía provisional, y tendrá como importe un porcentaje del precio de adjudicación, según la siguiente escala: - Baja superior hasta en 3 puntos respecto a la baja media Sin garantía adicional - Por superar la baja media entre 3 y 10 puntos, por cada punto 2,285% - Por superar en 10 puntos la baja media 16%

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Para La Contratación Por Procedimiento Abierto Mediante Concurso, De Las Obras De Instalación De Césped Artificial en Campo De Fútbol Del Velódromo Del Polideportivo Municipal

GARANTÍA PROVISIONAL Y DEFINITIVA. Los licitadores acreditarán la constitución en la Caja Para formar parte de la Corporación subasta, es preciso acompañar a disposición del Ayuntamientola proposición, el documento acreditativo de una haber constituido la garantía provisional de 5.626,54 euros, equivalente al 2 por 100 del presupuesto establecido como base de licitación. Dicha garantía habrá de ser constituida en metálico, en aval prestado por alguno de los Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito y Sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España o por contrato de seguro de caución celebrado con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de caución, de acuerdo con lo previsto en el Capítulo III del Título II del Libro I del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubreprovisional. La garantía provisional será devuelta a los interesados inmediatamente después del 3% del precio base de la propuesta de licitación del lote correspondiente, referido a la duración total del contrato. A los licitadores NO adjudicatarios se les devolverá la garantía provisional cuando se acuerde la adjudicación del contratoaprovechamiento, salvo al incluido y en la propuesta. En los supuestos de presunción de temeridad será retenida la garantía a los empresarios comprendidos su caso el adjudicatario cumpla con las prescripciones establecidas en la misma, así como al mejor postor de los que no lo estén, hasta que se dicte el acuerdo de adjudicación. El adjudicatario está obligado De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a constituir una garantía definitiva por exigirle el importe del 4 3% por 100 ciento del precio presupuesto base de adjudicación, a disposición del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxxlicitación, en la forma prevista para concepto de penalidad, que se hará efectivo contra la garantía provisional. Se establece una La garantía complementaria en función definitiva ascenderá al 5% del importe de la desviación adjudicación de cada finca, referido a la baja de la oferta seleccionada con la baja media de las ofertas presentadasduración total del contrato. Esta garantía responderá del pago de la renta y de los posibles daños ocasionados en las fincas por el adjudicatario. La garantía no será devuelta o cancelada hasta que se constituirá a disposición haya producido el vencimiento del contrato y comprobado que la actividad no ha producido daños en la finca. Si no resultasen responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía se dictará acuerdo de devolución de aquélla. Se producirá la incautación de la fianza en el supuesto de resolución del contrato por incumplimiento de las obligaciones esenciales previstas en el presente Pliego y en los supuestos de resolución del contrato por causas imputables al arrendatario. Ambas fianzas deberán constituirse en metálico, mediante ingreso en cuenta del Ayuntamiento de Xxxxxxxx xx XxxxxxxxxxXxxxxx, consignándose en la forma prevista para la garantía provisionalCONCEPTO: Garantía Provisional/Definitiva Fincas Patrimoniales, y tendrá así como importe un porcentaje en ORDENANTE: El nombre completo del precio de adjudicación, según la siguiente escala: - Baja superior hasta en 3 puntos respecto a la baja media Sin garantía adicional - Por superar la baja media entre 3 y 10 puntos, por cada punto 2,285% - Por superar en 10 puntos la baja media 16%licitador.

Appears in 1 contract

Samples: villalbadeguardo.es

GARANTÍA PROVISIONAL Y DEFINITIVA. Los licitadores acreditarán candidatos seleccionados para la constitución presentación de su oferta final, tendrán que constituir una garantía provisional correspondiente al 1 % de la base de licitación, que responderá al mantenimiento de sus ofertas hasta la adjudicación del Contrato. En el supuesto de uniones temporales de empresas, la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes en la unión, siempre que, en conjunto, se alcance la cuantía establecida en el apartado antecedente. Dicha garantía provisional responderá de la veracidad de los datos aportados por los oferentes, así como de que no será retirada la propuesta de forma injustificada antes de la formalización de la adjudicación. Esta garantía podrá constituirse en cualquiera de las siguientes formas: - En efectivo o en valores de Deuda pública. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositará en la Caja General de la Corporación a disposición del AyuntamientoDepósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda y con las condiciones que las leyes de desarrollo establezcan. - Mediante aval, de una garantía provisional de 5.626,54 euros, equivalente al 2 por 100 del presupuesto establecido como base de licitación. Dicha garantía habrá de ser constituida en metálico, en aval prestado por alguno de los Bancosbancos, Cajas cajas de Ahorroahorro, Cooperativas cooperativas de Crédito créditos, establecimientos financieros de crédito y Sociedades sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España o por España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en el punto anterior. - Mediante contrato de seguro de caución celebrado con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de caución, de acuerdo con lo previsto ramo. La certificación del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en el Capítulo III primer punto. La garantía será devuelta a las empresas no adjudicatarias una vez se haya procedido a la adjudicación del Título II contrato, y a la adjudicataria en el momento en que se constituya la garantía definitiva. El licitador que hubiere presentado la oferta económica más ventajosa deberá acreditar la constitución de la garantía de un 5% del Libro I importe de adjudicación, excluido el IVA. Esta garantía podrá prestarse en cualquiera de las formas expresadas para la garantía provisional. Esta garantía no será devuelta o cancelada hasta la finalización del Reglamento General Contrato. El licitador que hubiere presentado la oferta económica más ventajosa podrá aplicar el importe de la garantía provisional a la definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la definitiva. La garantía responderá de los conceptos establecidos en el artículo 100 del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. La garantía provisional será devuelta a los interesados inmediatamente después de la propuesta de adjudicación del contrato, salvo al incluido en la propuesta. En los supuestos de presunción de temeridad será retenida la garantía a los empresarios comprendidos en la misma, así como al mejor postor de los que no lo estén, hasta que se dicte acuerdo de adjudicación. El adjudicatario está obligado a constituir una garantía definitiva por importe del 4 por 100 del precio de adjudicación, a disposición del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, en la forma prevista para la garantía provisional. Se establece una garantía complementaria en función de la desviación a la baja de la oferta seleccionada con la baja media de las ofertas presentadas. Esta garantía se constituirá a disposición del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, en la forma prevista para la garantía provisional, y tendrá como importe un porcentaje del precio de adjudicación, según la siguiente escala: - Baja superior hasta en 3 puntos respecto a la baja media Sin garantía adicional - Por superar la baja media entre 3 y 10 puntos, por cada punto 2,285% - Por superar en 10 puntos la baja media 16%Sector Público.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Colaboración Entre El Sector Público Y El Sector Privado Para La Prestación De Servicios Energéticos en Las Instalaciones De Alumbrado Exterior Del Municipio De Almodovar Del Rio

GARANTÍA PROVISIONAL Y DEFINITIVA. Los licitadores acreditarán candidatos seleccionados para la constitución presentación de su oferta final, tendrán que constituir una garantía provisional correspondiente al 3 % de la base de licitación, que responderá al mantenimiento de sus ofertas hasta la adjudicación provisional del Contrato. Esta garantía podrá constituirse en cualquiera de las siguientes formas: - En efectivo o en valores de Deuda pública, con sujeción, en casa caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de la LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda y con las condiciones que las leyes de desarrollo establezcan. - Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de la Corporación a disposición del AyuntamientoLEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO, de una garantía provisional de 5.626,54 euros, equivalente al 2 por 100 del presupuesto establecido como base de licitación. Dicha garantía habrá de ser constituida en metálico, en aval prestado por alguno de los Bancosbanco, Cajas cajas de Ahorroahorro, Cooperativas cooperativas de Crédito créditos, establecimientos financieros de crédito y Sociedades sociedades de garantía recíproca reciproca autorizados para operar en España o por España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en el punto anterior. - Mediante contrato de seguro de caución caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de la LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de caución, de acuerdo con lo previsto ramo. La certificación del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en el Capítulo III del Título II del Libro I del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubreprimer punto. La garantía provisional se extinguirá automáticamente y será devuelta a los interesados licitadores inmediatamente después de la propuesta de adjudicación definitiva del contrato, salvo al incluido en la propuesta. En los supuestos de presunción de temeridad todo caso, la garantía será retenida al adjudicatario definitivo hasta que proceda a la constitución de la garantía definitiva, e incautada a los empresarios comprendidos en la misma, así como al mejor postor las empresas que retiren injustificadamente su oferta antes de los que no lo estén, hasta que se dicte acuerdo de dicha adjudicación. El que resulte adjudicatario está obligado a provisional deberá constituir una garantía definitiva por correspondiente al 5 % del importe del 4 por 100 del precio de adjudicación, a disposición del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, excluido el IVA. Esta garantía podrá prestarse en la forma prevista cualquiera de las formas expresadas para la garantía provisional. Se establece una Esta garantía complementaria en función no será devuelta o cancelada hasta la finalización del Contrato. El adjudicatario podrá aplicar el importe de la desviación garantía provisional a la baja definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la oferta seleccionada con definitiva. La garantía responderá de los conceptos establecidos en el artículo 88 de la baja media de las ofertas presentadas. Esta garantía se constituirá a disposición del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, en la forma prevista para la garantía provisional, y tendrá como importe un porcentaje del precio de adjudicación, según la siguiente escala: - Baja superior hasta en 3 puntos respecto a la baja media Sin garantía adicional - Por superar la baja media entre 3 y 10 puntos, por cada punto 2,285% - Por superar en 10 puntos la baja media 16%LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Colaboración Entre El Sector Público Y El Sector Privado Para La Prestación De Servicios

GARANTÍA PROVISIONAL Y DEFINITIVA. Los licitadores acreditarán candidatos seleccionados para la constitución presentación de su oferta final, tendrán que constituir una garantía provisional correspondiente al 3 % de la base de licitación, que responderá al mantenimiento de sus ofertas hasta la adjudicación provisional del Contrato. En el supuesto de uniones temporales de empresas, la garantía provisional podrá constituirse por una o varias de las empresas participantes en la unión, siempre que, en conjunto, se alcance la cuantía establecida en el apartado antecedente. Dicha garantía provisional responderá de la veracidad de los datos aportados por los oferentes, así como de que no será retirada la propuesta de forma injustificada antes de la formalización de la adjudicación. Esta garantía podrá constituirse en cualquiera de las siguientes formas: En efectivo o en valores de Deuda pública, con sujeción, en casa caso, a las condiciones establecidas en las normas de desarrollo de la LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO. El efectivo y los certificados de inmovilización de los valores anotados se depositarán en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda y con las condiciones que las leyes de desarrollo establezcan. Mediante aval, prestado en la forma y condiciones que establezcan las normas de desarrollo de la Corporación a disposición del AyuntamientoLEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO, de una garantía provisional de 5.626,54 euros, equivalente al 2 por 100 del presupuesto establecido como base de licitación. Dicha garantía habrá de ser constituida en metálico, en aval prestado por alguno de los Bancosbanco, Cajas cajas de Ahorroahorro, Cooperativas cooperativas de Crédito créditos, establecimientos financieros de crédito y Sociedades sociedades de garantía recíproca reciproca autorizados para operar en España o por España, que deberá depositarse en los establecimientos señalados en el punto anterior. Mediante contrato de seguro de caución caución, celebrado en la forma y condiciones que las normas de desarrollo de la LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO establezcan, con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de caución, de acuerdo con lo previsto ramo. La certificación del seguro deberá entregarse en los establecimientos señalados en el Capítulo III del Título II del Libro I del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubreprimer punto. La garantía provisional será devuelta a los interesados inmediatamente después de las empresas no adjudicatarias una vez se haya procedido a la propuesta de adjudicación del contrato, salvo al incluido y a la adjudicataria en la propuesta. En los supuestos de presunción de temeridad será retenida el momento en que se constituya la garantía a los empresarios comprendidos en la misma, así como al mejor postor de los que no lo estén, hasta que se dicte acuerdo de adjudicacióndefinitiva. El que resulte adjudicatario está obligado a provisional deberá constituir una garantía definitiva por correspondiente al 5 % del importe del 4 por 100 del precio de adjudicación, a disposición del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, excluido el IVA. Esta garantía podrá prestarse en la forma prevista cualquiera de las formas expresadas para la garantía provisional. Se establece una Esta garantía complementaria en función no será devuelta o cancelada hasta la finalización del Contrato. El adjudicatario podrá aplicar el importe de la desviación garantía provisional a la baja definitiva o proceder a una nueva constitución de esta última, en cuyo caso la garantía provisional se cancelará simultáneamente a la constitución de la oferta seleccionada con definitiva. La garantía responderá de los conceptos establecidos en el artículo 88 de la baja media de las ofertas presentadas. Esta garantía se constituirá a disposición del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, en la forma prevista para la garantía provisional, y tendrá como importe un porcentaje del precio de adjudicación, según la siguiente escala: - Baja superior hasta en 3 puntos respecto a la baja media Sin garantía adicional - Por superar la baja media entre 3 y 10 puntos, por cada punto 2,285% - Por superar en 10 puntos la baja media 16%LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Colaboración Entre El Sector Público Y El Sector Privado Para La Prestación De Servicios Energéticos en Las Instalaciones De Alumbrado Exterior

GARANTÍA PROVISIONAL Y DEFINITIVA. Los licitadores acreditarán La garantía provisional se fija en CIENTO OCHO EUROS (108,00 €) € (3% del precio Base para la constitución primera anualidad) y la garantía definitiva en el 10% (artículo 96 y 104 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público) del precio de adjudicación definitiva para cada anualidad. Se fundamenta la especialidad a que hace referencia el artículo citado, en los perjuicios que ocasionaría el incumplimiento del contrato por parte del adjudicatario. Estos perjuicios, que conllevarían nuevo expediente de enajenación y lo que es más importante, el retraso que se produciría con la apertura de un nuevo expediente de contratación, podría interferir en su desarrollo, con el resto de actividades, como la recolección de setas o el aprovechamiento cinegético. Esto, justifica fundamentadamente el establecimiento de esta fianza especial, superior a la Ordinaria que se establece como norma general. La fianza se constituirá en la Caja de la Corporación a disposición y tal como dispone el artículo 36 del AyuntamientoReal Decreto Legislativo 3/2011, de una garantía provisional 14 de 5.626,54 eurosnoviembre, equivalente al 2 por 100 del presupuesto establecido como base de licitación. Dicha garantía habrá de ser constituida en metálico, en aval prestado por alguno de los Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito y Sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España o por contrato de seguro de caución celebrado con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de caución, de acuerdo con lo previsto en que se aprueba el Capítulo III del Título II del Libro I del Reglamento General Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se admitirá el aval bancario como medio de las Administraciones Públicasgarantía para constituir la fianza definitiva, aprobado por Real Decreto 1098/2001correspondiente a la primera anualidad. En procesos sucesivos, en el caso de 12 de octubre. La garantía provisional será devuelta a los interesados inmediatamente después que aumentara el precio de la propuesta adjudicación, podrá exigirse al adjudicatario que vaya ampliando cada tramo la cantidad necesaria para que la fianza definitiva represente en cada momento el 10% de adjudicación la cantidad pendiente hasta fin de contrato al último precio conocido. Esta garantía, no tiene carácter penal, el incumplimiento del contrato, salvo al incluido contrato por las partes se regula en la propuestauna clausula específica de estos Pliegos de Condiciones. En los supuestos El objeto del importe de presunción de temeridad será retenida la garantía a los empresarios comprendidos en la misma, así como al mejor postor esta fianza es para responder de los daños que pudieran no lo estén, hasta que se dicte acuerdo de adjudicación. El adjudicatario está obligado a constituir una garantía definitiva haber sido reparados por importe del 4 por 100 del precio de adjudicación, a disposición del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, el rematante en la forma prevista para la garantía provisional. Se establece una garantía complementaria en función el normal desenvolvimiento de la desviación a la baja actividad de la oferta seleccionada con la baja media de las ofertas presentadas. Esta garantía se constituirá a disposición del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, en la forma prevista para la garantía provisional, y tendrá como importe un porcentaje del precio de adjudicación, según la siguiente escala: - Baja superior hasta en 3 puntos respecto a la baja media Sin garantía adicional - Por superar la baja media entre 3 y 10 puntos, por cada punto 2,285% - Por superar en 10 puntos la baja media 16%extracción adjudicada.

Appears in 1 contract

Samples: sancebriandemuda.es

GARANTÍA PROVISIONAL Y DEFINITIVA. Los licitadores acreditarán la constitución en la Caja de la Corporación Corporación, a disposición del Ayuntamiento, de una garantía provisional de 5.626,54 euros, equivalente al 2 por 100 del presupuesto establecido como 2% del precio base de los lotes a los que concurren en la licitación. Dicha garantía habrá de ser constituida en metálico, en valores, mediante aval prestado por alguno de los Bancos, Cajas de Ahorro, Cooperativas de Crédito y Sociedades de garantía recíproca Garantía Recíproca autorizados para operar en España España, o por contrato de seguro de caución celebrado con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de caución, de acuerdo con lo previsto en el Capítulo III del Título II del Libro I del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. La garantía provisional será devuelta a los interesados inmediatamente después de la propuesta adjudicación del contrato. Aquel licitador que presente la oferta más ventajosa deberá constituir una garantía definitiva del 5% del importe de adjudicación del contrato, salvo al incluido excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, la cual deberá acreditarse dentro de los 10 días hábiles siguientes a aquél en que hubiera recibido el requerimiento por parte de esta Administración. La fianza se constituirá en metálico, mediante aval bancario, o en cualquier de las formas admitidas legalmente y de cuya constitución se dejará constancia en la propuestaTesorería Municipal. De no cumplirse este requisito en el plazo fijado, por causas imputables al contratista, la adjudicación quedará sin efecto y aquel perderá la fianza provisional y vendrá obligado a indemnizar de los daños y perjuicios que se ocasionen. Una vez ejecutado el contrato se iniciará el periodo de garantía que se extenderá durante el plazo de 6 meses a contar desde la conformidad de la ejecución del contrato por parte del Vigilante Forestal. Concluido dicho plazo los Servicios Técnicos emitirán un informe acerca de la correcta ejecución de la saca, arrastre y transporte de la madera y su incidencia en los caminos públicos. Si el empresario estuviera exento de responsabilidad, se iniciará el trámite para la devolución de la garantía. En los supuestos de presunción de temeridad será retenida caso contrario, la garantía a los empresarios comprendidos en la misma, así como al mejor postor responderá de los que no lo estén, hasta gastos que se dicte acuerdo de adjudicación. El adjudicatario está obligado a constituir una garantía definitiva por importe originen para restaurar los caminos, y ello sin perjuicio del 4 por 100 del precio de adjudicación, a disposición del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, en la forma prevista para la garantía provisional. Se establece una garantía complementaria en función de la desviación a la baja de la oferta seleccionada con la baja media ejercicio de las ofertas presentadas. Esta garantía se constituirá a disposición acciones que correspondiera en defensa del Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx, en patrimonio municipal cuando las cantidades retenidas no cubrieran la forma prevista para la garantía provisional, y tendrá como importe un porcentaje del precio totalidad de adjudicación, según la siguiente escala: - Baja superior hasta en 3 puntos respecto a la baja media Sin garantía adicional - Por superar la baja media entre 3 y 10 puntos, por cada punto 2,285% - Por superar en 10 puntos la baja media 16%los gastos.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Clausulas Administrativas Particulares Que Han De Regir en Las Adjudicaciones De Aprovechamientos Maderables en El Monte Incos Mediante Procedimiento Abierto en El Concejo De Cabranes