Gastos de mudanza y guardamuebles Cláusulas de Ejemplo

Gastos de mudanza y guardamuebles. En caso de inhabitabilidad de la vivienda como con- secuencia de un siniestro amparado por el Riesgo Primero (Básico) o por la Garantía Primera del Riesgo Segundo (Rotura), y encontrándose el Riesgo y/o la Garantía correspondientes contratados en Póliza, la Compañía organizará y tomará a su cargo los gastos de mudanza del Contenido que designe el Asegurado hasta la vivienda provisional, dentro del municipio de residencia del mismo. Si las circunstancias así lo exigieran, la Compañía se hará cargo también de los gastos inherentes al traslado y depósito de dichos muebles o enseres en un guarda- muebles, sito en el mismo municipio y, como máximo, durante un período de doce meses.
Gastos de mudanza y guardamuebles. También en el caso de inhabitabilidad de la vivienda, el asegurador organizará y tomará a su cargo los gastos de mudanza del mobiliario y enseres del asegurado hasta su nuevo domicilio provisional, dentro del mismo municipio, utilizado por el mismo. Si las circunstancias así lo exigieran, el asegurador se hará cargo también de los gastos inherentes al traslado y depósito de dichos muebles o enseres en un guardamuebles, sito en el mismo municipio o en el más cercano que disponga del mismo y hasta un período máximo de 6 meses.
Gastos de mudanza y guardamuebles. En caso de inhabitabilidad de la vivienda como consecuencia del siniestro de daños materiales descrito en el apartado 1.1 de este Riesgo, la Compañía organizará y tomará a su cargo los gastos de mudanza del mobiliario y enseres que designe el Asegurado hasta la vivienda provisional, dentro del munici- xxx de residencia del mismo. Si las circunstancias así lo exigieran, la Compañía se hará cargo también de los gastos inherentes al traslado y depósi- to de dichos muebles o enseres en un guardamuebles, sito en el mismo municipio y, como máximo, durante un período de seis meses.
Gastos de mudanza y guardamuebles. El asegurador organizará y tomará a su cargo los gastos de mudanza del mobiliario y ense- res salvados del siniestro, hasta la vivienda provisional que utilice el asegurado durante el periodo de inhabitabilidad de la vivienda asegurada, siempre que ambas se hallen en el mismo municipio. Asimismo, cuando no se utilicen en la vivienda provisional algunos enseres de los que compongan el contenido asegurado en la vivienda, el asegurador organizará y tomará a su cargo su depósito en un guardamuebles sito en el mismo municipio hasta la habitabilidad de la vivienda asegurada, y como máximo, durante un periodo de 6 meses.

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  • PLAZOS DE EJECUCIÓN El Proponente deberá presentar un diagrama xx Xxxxx o un calendario del Proyecto indicando la secuencia detallada de las actividades que se llevarán a cabo y el tiempo correspondiente.

  • Lugar y plazo de presentación de ofertas Las ofertas se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Villanueva del Aceral, de forma presencial solicitando cita previa según lo dispuesto en la Cláusula 5 de este documento, dentro del plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia xx Xxxxx. De esta presentación podrán los interesados exigir el correspondiente justificante, sirviendo a tal efecto copia de la documentación presentada una vez sellada en la que figure el número de entrada en registro. En el supuesto de que el día de terminación de dicho plazo fuese inhábil, se entenderá el mismo prorrogado hasta el día siguiente hábil. Igualmente, podrán presentarse proposiciones a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, en cuyo caso el interesado deberá comunicarlo por fax o telegrama al Ayuntamiento en el mismo día en que se efectúe la imposición del envío en la oficina correspondiente, siempre que quede constancia de la recepción por estos medios. Sin cumplir este requisito, que deberá acreditar al licitador que optase por esta vía de presentación, no será admitida la proposición en el caso que fuera recibida en el Registro General del Ayuntamiento de Villanueva del Aceral fuera del plazo fijado. Un mismo licitador no podrá presentar más de una oferta por una misma parcela agrícola, individualmente o bien mediante unión temporal con otros licitadores. No obstante, podrá presentar ofertas por diferentes parcelas, sin limitación alguna en cuanto al número de parcelas a las que puede optarse. Si un licitador presentará más de una oferta para la misma parcela agrícola, ello dará lugar a la no admisión de todas las ofertas por él presentadas para la misma.

  • Instrucciones a los Oferentes (IAO) Esta sección proporciona información para asistir a los Oferentes en la preparación de sus Ofertas. También proporciona información sobre la presentación, apertura y evaluación de las ofertas y la adjudicación de los contratos. Las disposiciones de la Sección I son de uso estándar y obligatorio en todos los procedimientos de Licitación para la contratación de servicios regidos por la Xxx Xx. 000-00 sobre Compras y Contrataciones con modificaciones de Xxx Xx. 000-00 y su Reglamento de aplicación aprobado mediante Decreto No. 543-12.

  • Manuales de Operación y de Mantenimiento 58.1 Si se solicitan planos finales actualizados y/o manuales de operación y mantenimiento actualizados, el Contratista los entregará en las fechas estipuladas en las CEC. 58.2 Si el Contratista no proporciona los planos finales actualizados y/o los manuales de operación y mantenimiento a más tardar en las fechas estipuladas en las CEC, o no son aprobados por el Gerente de Obras, éste retendrá la suma estipulada en las CEC de los pagos que se le adeuden al Contratista.

  • Secciones de los Documentos de Licitación 6.1 Los Documentos de Licitación están compuestos por las Partes 1, 2, y 3 incluidas sus respectivas secciones que a continuación se indican y cualquier enmienda emitida en virtud de la Cláusula 8 de las IAO.

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