GENERACIÓN DE INFORMES Cláusulas de Ejemplo

GENERACIÓN DE INFORMES. De la primera revisión deberá generarse un Informe Inicial donde deberán figurar todos los defectos que el CECO posea. La no inclusión de defectos en dicho informe, y que posteriormente al mismo se detecten, será entendido como asumido por el adjudicatario. A excepción de vicios ocultos no detectables por los métodos de trabajo tradicional. Tras finalizar la revisión prevista se emitirá un informe en el cual se adjuntarán los resultados de las pruebas realizadas y un apartado de conclusiones donde se deberá reflejar las cuestiones más relevantes de la revisión y que deban ser tenidas en cuenta. Una vez realizado el informe de estado, tras la revisión, este debe ser remitido al hospital en formato electrónico, que será remitido a la persona que designe el hospital. La citada copia digital deberá incluir un archivo con el resultado de las revisiones, en el formato que designe el hospital para que estas puedan ser importadas en el programa de gestión existente en el centro, o en su defecto, y si esto fuera posible, la empresa adjudicataria cumplimentará dichas tareas preventivas directamente en dicho programa de gestión. Incluyendo en el apartado de Conclusiones todas aquellas cuestiones que sean relevantes, como tareas no realizadas, defectos importantes en CECO, parámetros fuera de rango, posibles mejoras, etc. El plazo máximo para entregar un informe tras la finalización de una revisión no deberá superar los 15 días naturales. Si la revisión debe realizarse en diversas integraciones, y por alguna razón no coinciden en el tiempo1, el informe deberá ser entregado en el plazo especificado. No se considerará finalizado el contrato, y por tanto no será posible la devolución de la garantía, el hecho que informes de estado estén pendientes de entregar, o se detecte un defecto que no haya sido reflejado en los informes periódicos y que no tuvieran su causa después de estos.
GENERACIÓN DE INFORMES. El Cliente reconoce y acepta que los Informes que el Proveedor proporcione o ponga a disposición puede que no incluyan ni reflejen todos los Datos de uso de los equipos ni los Datos del usuario que recopila el Proveedor a través de alguna Conexión de datos. El Proveedor no será responsable, ni general ni civilmente, por imposibilidad de prestación de los Servicios remotos o de entrega de un Informe, ni de ninguna obligación que surja como consecuencia de la falla de equipos, tecnología o canales de distribución electrónica del Cliente, ni de las modificaciones que realice el Cliente en los Equipos, la CMU o la Conexión de datos y el entorno del Cliente en el que operan los Equipos y que pueda afectar la precisión y la confiabilidad de los datos proporcionados a través de la Conexión de datos, las faltas de suministro de energía, la alteración de la CMU o de cualquier equipo relacionado con la Conexión de datos, cualquier problema originado de la incompatibilidad entre el hardware y el software del Cliente y la Conexión de datos, o cualquier otro acto, omisión u ocurrencia que esté fuera del control razonable del Proveedor. Asimismo, el Cliente acepta y conviene que el Proveedor no monitoreará ni inspeccionará activamente ningún Equipo, Dato de uso de los equipos, Dato del usuario o Informe que incluya Datos de uso de los equipos, Datos del usuario u otro tipo de información que se genere usando la CMU, la Conexión de datos y/o de otra forma. Sin importar la naturaleza de la información recopilada por el Proveedor, el Cliente reconoce y acepta que el Proveedor no tendrá ninguna obligación de alertar o de notificar al Cliente acerca de ningún tipo de información recopilada por el Proveedor, excepto conforme se establece específicamente en el Acuerdo; y, a menos que el Cliente haya convenido comprar o recibir los Servicios remotos, el Proveedor no tendrá ninguna obligación de brindar ningún tipo de Datos de uso de los equipos al Cliente. La decisión acerca de si se deben o no tomar medidas basadas en algún Informe es exclusiva responsabilidad del Cliente.
GENERACIÓN DE INFORMES. En un estado de saldo mensual, SAP le proporcionará informes al Cliente sobre el importe real de Créditos Cloud que consumió en el mes calendario anterior y el saldo restante del importe de Créditos Cloud al final del mes calendario anterior.
GENERACIÓN DE INFORMES. Testing: aplicación y resultado de los ciclos de pruebas al proceso de migración.
GENERACIÓN DE INFORMES. El adjudicatario deberá proveer una herramienta Web de generación de informes que permita:

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  • PRESENTACIÓN DE INFORMES Forma de pago. Propiedad de los trabajos.

  • Intercambio de información 1. Las autoridades competentes de los Estados contratantes intercambiarán la información que previsiblemente pueda resultar de interés para aplicar lo dispuesto en el presente Convenio o para la administración o la aplicación del Derecho interno relativo a los impuestos de cualquier naturaleza o denominación exigibles por los Estados contratantes, sus subdivisiones políticas o sus entidades locales, en la medida en que la imposición así exigida no sea contraria al Convenio. El intercambio de información no está limitado por los artículos 1 y 2. 2. La información recibida por un Estado contratante en virtud del apartado 1 se mantendrá en secreto en igual forma que la información obtenida en virtud del Derecho interno de ese Estado y solo se comunicará a las personas o autoridades (incluidos los tribunales y órganos administrativos) encargadas de la gestión o recaudación de los impuestos a los que se hace referencia en el apartado 1, de los procedimientos declarativos o ejecutivos relativos a estos impuestos, de la resolución de los recursos relativos a los mismos, o de la supervisión de tales actividades. Dichas personas o autoridades solo utilizarán esta información para dichos fines. Podrán revelar la información en las audiencias públicas de los tribunales o en las sentencias judiciales. 3. En ningún caso las disposiciones de los apartados 1 y 2 pueden interpretarse en el sentido de obligar a un Estado contratante a: a) adoptar medidas administrativas contrarias a su legislación y práctica administrativa, o a las del otro Estado contratante; b) suministrar información que no se pueda obtener sobre la base de su propia legislación o en el ejercicio de su práctica administrativa normal, o de las del otro Estado contratante; c) suministrar información que revele un secreto empresarial, industrial, comercial o profesional, o un procedimiento industrial, o información cuya comunicación sea contraria al orden público (ordre public). 4. Cuando un Estado contratante solicite información en virtud del presente artículo, el otro Estado contratante utilizará, en la medida de lo posible, las medidas para recabar información de que disponga con el fin de obtener la información solicitada, aun cuando este otro Estado contratante pueda no necesitar dicha información para sus propios fines tributarios. La obligación precedente está limitada por lo dispuesto en el apartado 3, excepto cuando tales limitaciones impidieran a un Estado contratante proporcionar información exclusivamente por la ausencia de interés nacional en la misma. 5. En ningún caso las disposiciones del apartado 3 se interpretarán en el sentido de impedir a un Estado contratante proporcionar información únicamente por que esta obre en poder de bancos, otras instituciones financieras o de cualquier persona que actúe en calidad representativa o fiduciaria, incluidos los agentes designados, o porque esté relacionada con acciones o participaciones en una persona.

  • Deber de información Si durante la ejecución del contrato la entidad sufre cambios, como por ejemplo cambios en el nombre o la razón social, representante legal, dirección de funcionamiento; renovación o modificaciones en la Resolución sanitaria, o cualquier otro dato o hecho relevante para la ejecución del servicio, deberá informar a la Dirección Regional correspondiente de la ocurrencia de ese hecho, dentro de los 20 días hábiles de acaecido el hecho. El incumplimiento se abordará conforme a la letra

  • SOLICITUD DE INFORMACIÓN “EL PROVEEDOR” se obliga a proporcionar la información que en su momento le sea requerida por la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control en “LA SECRETARÍA”, con motivo de auditorías, visitas o inspecciones que dichas autoridades lleven a cabo, derivadas de la presente contratación.

  • Derecho de información Cada una de las PARTES queda informada de que los datos de contacto de carácter profesional serán tratados por la otra parte con la finalidad de gestionar el presente Contrato, siendo la base del tratamiento la ejecución del mismo. Los datos se conservarán durante el tiempo en que subsista la relación contractual y hasta que prescriban las eventuales responsabilidades derivadas de ella. Además, las PARTES no cederán los datos a terceros, salvo por obligación legal. Asimismo, las PARTES podrán ejercitar en cualquier momento su derecho de acceso, rectificación, limitación, supresión, oposición y portabilidad, respecto de sus datos de carácter personal, dirigiéndose a los delegados de protección de datos de las PARTES: Xxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx nº7 (Edificio Soluble) Madrid 28020 xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxx@xxxxxx.xxx AlaroAvant, S.L. Xxxx. xx Xxxxxx 00, 0X, 00000, Xxxxxx ----------------------------------- ----------------------------------- ---------------------------------- ----------------------------------- Las PARTES podrán también presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos. Si alguna de las PARTES quisiera hacer una transferencia de Datos Personales de los firmantes fuera del Espacio Económico Europeo (EEE) o Suiza, se realizará solo cuando lo permita la legislación aplicable en el EEE, basándose en los mecanismos legales de transferencia y previa autorización del resto de las PARTES afectadas.

  • Obtención de documentación e información a) Entidad: La reseñada en el punto 1.b). b) Domicilio: Plaza de San Xxxx de la Xxxx, s/n. c) Localidad y código postal: Madrid-28071. d) Teléfono: 00-000-00-00. e) Telefax: 00-000-00-00 ó 00-000-00-00. f) Fecha límite de obtención de documentos e información: 12 de febrero de 2004.

  • INFORMES La Empresa Supervisora, presentará al CONCEDENTE, al CONCESIONARIO y al OSINERGMIN, los siguientes tipos de informes, durante la ejecución del servicio y en medio magnético con archivos fuente: Informes mensuales: Al final de cada mes y durante el período de ejecución del Proyecto, la Empresa Supervisora elaborará un informe sobre la situación del Proyecto. Informes de observaciones: En cada oportunidad en que la Empresa Supervisora detecte una observación, elevará el informe respectivo, describiendo los detalles correspondientes.

  • Informe de Evaluación A más tardar treinta (30) Días contados a partir de la terminación del Período de Evaluación para cualquier Descubrimiento, el Contratista deberá entregar a la CNH un informe de todas las actividades de Evaluación llevadas a cabo durante dicho Período de Evaluación, de conformidad con la Normatividad Aplicable.

  • Obligaciones de información Desarrolla el alcance de la información que periódicamente le(s) remitirá nuestra entidad sobre el valor y evolución de su cartera de inversiones gestionada, comisiones, gastos soportados, entidades con las que se opera y donde están depositados sus activos, así como toda información que se estime relevante. Nuestra entidad podrá proporcionarle(s) también otra información adicional concerniente a su cartera de inversiones siempre que usted(es) lo solicite(n).

  • INFORMACIÓN GENERAL A LOS PROPONENTES NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN