Common use of IMPUGNACIONES Clause in Contracts

IMPUGNACIONES. El Régimen de Compras y Contrataciones de la UNL, prevé que las siguientes impugnaciones: Impugnaciones al Dictamen de Evaluación (art. 84). Se estipula como plazo para realizar impugnaciones el de cinco (5) días contados a partir de la difusión del Dictamen de Evaluación en el sitio de internet de la UNL. Se resolverá con el acto administrativo de adjudicación. En el caso que el oferente hubiere presentado más de DOS (2) impugnaciones contra dictámenes de evaluación en un año calendario deberá integrar una garantía equivalente al TRES POR CIENTO (3%) del monto de la oferta del renglón o renglones cuyo valor se aconseje adjudicar el contrato. Si no se aconsejare la adjudicación el importe de la garantía se calculará sobre la base del monto de la oferta del renglón o renglones del impugnante. Toda otra observación, impugnación o reclamo fuera del mencionado ut-supra serán tramitados fuera del expediente y NO TENDRAN EFECTOS SUSPENSIVOS.- Los recursos que se deduzcan contra el acto de adjudicación se regirán por lo dispuesto por la Ley Nº 19549 (Procedimientos Administrativos), modificada por la Ley nº 21.686 y el Decreto Nº 1759/72 (Reglamentario) t.o 1991. Disponiendo de un plazo de 10 días hábiles a partir de la presente notificación.

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IMPUGNACIONES. El Régimen de Compras y Contrataciones de la UNL, prevé que las siguientes impugnaciones: Impugnaciones al Dictamen de Evaluación (art. 84). Se estipula como plazo para realizar impugnaciones el de cinco dos (52) días contados a partir de la difusión del Dictamen de Evaluación en el sitio de internet de la UNL. Se resolverá con el acto administrativo de adjudicación. En el caso que el oferente hubiere presentado más de DOS (2) impugnaciones contra dictámenes de evaluación en un año calendario deberá integrar una garantía equivalente al TRES POR CIENTO (3%) del monto de la oferta del renglón o renglones cuyo valor se aconseje adjudicar el contrato. Si no se aconsejare la adjudicación el importe de la garantía se calculará sobre la base del monto de la oferta del renglón o renglones del impugnante. Toda otra observación, impugnación o reclamo fuera del mencionado ut-supra serán tramitados fuera del expediente y NO TENDRAN EFECTOS SUSPENSIVOS.- Los recursos que se deduzcan contra el acto de adjudicación se regirán por lo dispuesto por la Ley Nº 19549 (Procedimientos Administrativos), modificada por la Ley nº 21.686 y el Decreto Nº 1759/72 (Reglamentario) t.o 1991. Disponiendo de un plazo de 10 días hábiles a partir de la presente notificación.

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IMPUGNACIONES. La impugnación al Pliego podrá ser recibida hasta (48hs) cuarenta y ocho horas antes del acto de apertura y será tramitada conforme lo establece el Art. 17º párrafo 4º xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales. El Régimen de Compras y Contrataciones de la UNL, prevé que las siguientes impugnaciones: Impugnaciones al Dictamen de Evaluación (art. 84). Se estipula como plazo para realizar impugnaciones el de cinco (5) días contados monto a partir de la difusión integrar por este concepto será del Dictamen de Evaluación en el sitio de internet de la UNL. Se resolverá con el acto administrativo de adjudicación. En el caso que el oferente hubiere presentado más de DOS (2) impugnaciones contra dictámenes de evaluación en un año calendario deberá integrar una garantía equivalente al TRES POR CIENTO (3%) tres por ciento del monto estimado de la contratación y deberá integrarse en alguna de las formas previstas en el Art. 100 de la Ley N° 2095. Será condición de admisibilidad de las impugnaciones a la preadjudicación, el depósito del cinco por ciento (5%) del monto total de la oferta del renglón o renglones cuyo valor se aconseje adjudicar preadjudicada, el contratoque será reintegrado solo en caso de que la impugnación prospere totalmente. Si no se aconsejare la adjudicación De conformidad con lo previsto en el importe Artículo 17 xxx Xxxxxx Único de la garantía se calculará sobre la base del monto de la oferta del renglón o renglones del impugnante. Toda otra observaciónBases y Condiciones Generales, impugnación o reclamo fuera del mencionado ut-supra serán tramitados fuera del expediente y NO TENDRAN EFECTOS SUSPENSIVOS.- Los recursos que se deduzcan contra el acto de adjudicación se regirán por lo dispuesto por la Ley Nº 19549 (Procedimientos Administrativos), modificada por la Ley nº 21.686 y el Decreto Nº 1759/72 (Reglamentario) t.o 1991. Disponiendo de los oferentes tendrán un plazo de 10 tres (3) días hábiles a partir para formular impugnaciones, contados desde el día de la presente notificaciónpublicación del anuncio de la preadjudicación. Dado este supuesto, se resolverá conforme lo dispuesto en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, en su art. 17º, párrafo 2º, dando de esa manera intervención al Órgano Legal de Consulta. Las mismas deberán ser presentadas en la Subsecretaría de Transporte, sita en Xxxxx 000 – Piso 12º, dentro del plazo fijado a tal efecto, acompañando fotocopia y original de la boleta de depósito, caso contrario, no será considerada impugnación.

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IMPUGNACIONES. El Régimen Contra el acto preparatorio de Compras preadjudicación, pura y Contrataciones de la UNL, prevé exclusivamente podrán interponerse las impugnaciones a las que las siguientes impugnaciones: Impugnaciones al Dictamen de Evaluación (se hace referencia en el art. 84)1.4.3 xxx Xxxxxx de Condiciones Generales. Se estipula como plazo para realizar impugnaciones el de cinco (5) días contados a partir de la difusión del Dictamen de Evaluación en el sitio de internet de la UNL. Se resolverá con Contra el acto administrativo de adjudicaciónadjudicación serán viables todos los recursos que al respecto regula la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires. En Se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones efectuadas por los oferentes, la constitución previa de un depósito de caución de conformidad con lo establecido en el Decreto Nº 1013-GCBA-08 (BOCBA Nº 2997); el cual será reintegrado al recurrente sólo en el caso de que las impugnaciones prosperen totalmente. El depósito deberá efectuarse en la Cuenta Nº 200.581/2 “Garantía por Impugnaciones”, abierta en el oferente hubiere presentado más Banco de DOS la Ciudad de Buenos Aires conforme lo establecido en el P.C.G de la Ley 2095 (2Texto Consolidado por Ley N° 6017) Art N° 21 del Anexo I. Las impugnaciones contra dictámenes a que se vean con derecho a realizar las firmas oferentes, deberán ser presentadas dentro del término perentorio de evaluación en un año calendario deberá integrar una garantía equivalente al TRES POR CIENTO los tres (3%) días a contar desde la notificación del monto resultado de la oferta del renglón o renglones cuyo valor se aconseje adjudicar preadjudicación. La autoridad competente resolverá las impugnaciones deducidas contra el contrato. Si no se aconsejare informe de preadjudicación, así como la adjudicación el importe de la garantía se calculará sobre obra, con la base del monto previa intervención de la oferta del renglón o renglones del impugnanteProcuración General de la Ciudad de Buenos Aires (art. Toda otra observación, impugnación o reclamo fuera del mencionado ut-supra serán tramitados fuera del expediente 7 inc. d) Dto. 1510/GCBA/97 y NO TENDRAN EFECTOS SUSPENSIVOS.- Los recursos que se deduzcan contra el acto de adjudicación se regirán por lo dispuesto por la Ley Nº 19549 1218 (Procedimientos Administrativostexto consolidado por Ley 6.017), modificada por la Ley nº 21.686 y el Decreto Nº 1759/72 (Reglamentario) t.o 1991. Disponiendo de un plazo de 10 días hábiles a partir de la presente notificación.

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IMPUGNACIONES. El Régimen de Compras y Contrataciones de la UNL, prevé prevee que las siguientes impugnaciones: Impugnaciones al Dictamen de Evaluación (art. 84). Se estipula como plazo para realizar impugnaciones el de cinco (5) días contados a partir de la difusión del Dictamen de Evaluación en el sitio de internet de la UNLsu comunicación. Se resolverá con el acto administrativo de adjudicación. En el caso que el oferente hubiere presentado más de DOS (2) impugnaciones contra dictámenes de evaluación en un año calendario deberá integrar una garantía equivalente al TRES POR CIENTO (3%) del monto de la oferta del renglón o renglones cuyo valor se aconseje adjudicar el contrato. Si no se aconsejare la adjudicación el importe de la garantía se calculará sobre la base del monto de la oferta del renglón o renglones del impugnante. Toda otra observación, impugnación o reclamo fuera del mencionado ut-supra serán tramitados fuera del expediente y NO TENDRAN EFECTOS SUSPENSIVOS.- Los recursos que se deduzcan contra el acto de adjudicación se regirán por lo dispuesto por la Ley Nº 19549 19.549 (Procedimientos Administrativos), modificada por la Ley 21.686 y el Decreto Nº 1759/72 1.759/72 (Reglamentario) t.o 19911.991. Disponiendo de un plazo de 10 días hábiles a partir de la presente notificaciónnotificación de la adjudicación.

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IMPUGNACIONES. El Régimen Contra el acto preparatorio de Compras preadjudicación pura y Contrataciones de la UNL, prevé exclusivamente podrán interponerse las impugnaciones a las que las siguientes impugnaciones: Impugnaciones al Dictamen de Evaluación (se hace referencia en el art. 84)1.4.2. Se estipula como plazo para realizar impugnaciones el xxx Xxxxxx de cinco (5) días contados a partir de la difusión del Dictamen de Evaluación en el sitio de internet de la UNLCondiciones Generales. Se resolverá con Contra el acto administrativo de adjudicación. En el caso adjudicación serán viables todos los recursos que el oferente hubiere presentado más al respecto regula la Ley de DOS (2) impugnaciones contra dictámenes de evaluación en un año calendario deberá integrar una garantía equivalente al TRES POR CIENTO (3%) del monto Procedimientos Administrativos de la oferta del renglón o renglones cuyo valor se aconseje adjudicar el contratoCiudad de Buenos Aires ( Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1510/GCBA/97, aprobado por Resolución Nº 41/LCABA/98). Si no se aconsejare Se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones efectuadas por los oferentes, la adjudicación el importe constitución previa de la garantía se calculará sobre la base del monto un depósito de la oferta del renglón o renglones del impugnante. Toda otra observación, impugnación o reclamo fuera del mencionado ut-supra serán tramitados fuera del expediente y NO TENDRAN EFECTOS SUSPENSIVOS.- Los recursos que se deduzcan contra el acto caución de adjudicación se regirán por conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 19549 (Procedimientos Administrativos), modificada por la Ley nº 21.686 y establecido en el Decreto Nº 1759/72 1013 – GCBA-08 (ReglamentarioBOCBA Nº 2997); el cual será reintegrado al recurrente sólo en el caso de ser procedentes dichas impugnaciones en su totalidad. Las impugnaciones a que se vean con derecho a realizar las firmas oferentes, deberán ser presentadas dentro del término perentorio de los tres (3) t.o 1991. Disponiendo de un plazo de 10 días hábiles a partir contar desde la notificación del resultado de la presente notificaciónpreadjudicación. La autoridad competente resolverá las impugnaciones deducidas contra el informe de preadjudicación, así como también dispondrá la adjudicación de la obra , previo dictamen de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires en los casos que correspondiera ( Ley Nº 1218 (B.OC.B.A. Nº 1850 del 05-01-04). La garantía se perderá a favor de la Administración, en caso de rechazo total o parcial de la impugnación.

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IMPUGNACIONES. El Régimen Contra el acto preparatorio de Compras preadjudicación pura y Contrataciones de la UNL, prevé exclusivamente podrán interponerse las impugnaciones a las que las siguientes impugnaciones: Impugnaciones al Dictamen de Evaluación (se hace referencia en el art. 84)1.4.2. Se estipula como plazo para realizar impugnaciones el xxx Xxxxxx de cinco (5) días contados a partir de la difusión del Dictamen de Evaluación en el sitio de internet de la UNLCondiciones Generales. Se resolverá con Contra el acto administrativo de adjudicaciónadjudicación serán viables todos los recursos que al respecto regula la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires. En Se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones efectuadas por los oferentes, la constitución previa de un depósito de caución de conformidad con lo establecido en el Decreto Nº 1013 – GCBA-08 (BOCBA Nº 2997); el cual será reintegrado al recurrente sólo en el caso de ser procedentes dichas impugnaciones. Las impugnaciones a que el oferente hubiere presentado más se vean con derecho a realizar las firmas oferentes, deberán ser presentadas dentro del término perentorio de DOS (2) impugnaciones contra dictámenes de evaluación en un año calendario deberá integrar una garantía equivalente al TRES POR CIENTO los tres (3%) días a contar desde la notificación del monto resultado de la oferta del renglón o renglones cuyo valor se aconseje adjudicar preadjudicación. La autoridad competente resolverá las impugnaciones deducidas contra el contrato. Si no se aconsejare informe de preadjudicación, así como la adjudicación el importe de la garantía se calculará sobre la base del monto obra , previo dictamen de la oferta del renglón o renglones del impugnanteProcuración General de la Ciudad de Buenos Aires (art. Toda otra observación, impugnación o reclamo fuera del mencionado ut7 inc. d) Dto. 1510-supra serán tramitados fuera del expediente GCBA-97 y NO TENDRAN EFECTOS SUSPENSIVOS.- Los recursos que se deduzcan contra el acto de adjudicación se regirán por lo dispuesto por la Ley Nº 19549 1218 (Procedimientos AdministrativosB.OC.B.A. Nº 1850 del 05-01-04), modificada por la Ley nº 21.686 y el Decreto Nº 1759/72 (Reglamentario) t.o 1991. Disponiendo de un plazo de 10 días hábiles a partir de la presente notificación.

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IMPUGNACIONES. El Régimen Contra el acto preparatorio de Compras preadjudicación pura y Contrataciones de la UNL, prevé exclusivamente podrán interponerse las impugnaciones a las que las siguientes impugnaciones: Impugnaciones al Dictamen de Evaluación (se hace referencia en el art. 84)1.4.2. Se estipula como plazo para realizar impugnaciones el xxx Xxxxxx de cinco (5) días contados a partir de la difusión del Dictamen de Evaluación en el sitio de internet de la UNLCondiciones Generales. Se resolverá con Contra el acto administrativo de adjudicación. En el caso adjudicación serán viables todos los recursos que el oferente hubiere presentado más al respecto regula la Ley de DOS (2) impugnaciones contra dictámenes de evaluación en un año calendario deberá integrar una garantía equivalente al TRES POR CIENTO (3%) del monto Procedimientos Administrativos de la oferta del renglón o renglones cuyo valor se aconseje adjudicar el contrato. Si no se aconsejare Ciudad de Buenos Aires (Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1510/GCBA/97, aprobado por Resolución Nº 41/LCABA/98).. Se establece como condición de admisibilidad de las impugnaciones efectuadas por los oferentes, la adjudicación el importe constitución previa de la garantía se calculará sobre la base del monto un depósito de la oferta del renglón o renglones del impugnante. Toda otra observación, impugnación o reclamo fuera del mencionado ut-supra serán tramitados fuera del expediente y NO TENDRAN EFECTOS SUSPENSIVOS.- Los recursos que se deduzcan contra el acto caución de adjudicación se regirán por conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 19549 (Procedimientos Administrativos), modificada por la Ley nº 21.686 y establecido en el Decreto Nº 1759/72 1013 – GCBA-08 (ReglamentarioBOCBA Nº 2997); el cual será reintegrado al recurrente sólo en el caso de ser procedentes dichas impugnaciones en su totalidad. Las impugnaciones a que se vean con derecho a realizar las firmas oferentes, deberán ser presentadas dentro del término perentorio de los tres (3) t.o 1991. Disponiendo de un plazo de 10 días hábiles a partir contar desde la notificación del resultado de la presente notificaciónpreadjudicación. La autoridad competente resolverá las impugnaciones deducidas contra el informe de preadjudicación, así como también dispondrá la adjudicación de la obra , previo dictamen de la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires en los casos que correspondiera ( Ley Nº 1218 B.OC.B.A. Nº 1850 del 05-01-04). La garantía se perderá a favor de la Administración, en caso de rechazo total o parcial de la impugnación.

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IMPUGNACIONES. El Régimen Los oferentes, tendrán derecho a tomar vista de Compras y Contrataciones lo actuado en los actos licitatorios que hubieren formulado oferta, durante el día siguiente hábil al de la UNL, prevé que las siguientes impugnaciones: Impugnaciones al Dictamen apertura de Evaluación (art. 84). Se estipula como plazo para realizar impugnaciones el de cinco (5) días contados a partir los sobres de la difusión licitación, concurriendo para tal fin a las oficinas xx Xxxxxxx Administradora Sociedad Fiduciaria S.A.. Dentro de los dos días hábiles siguientes al vencimiento del Dictamen término anterior, los oferentes podrán presentar las impugnaciones que estimaren procedentes. Las impugnaciones deberán ser presentadas separadamente cada una de Evaluación ellas por escrito, abonándose un cargo de Pesos treinta mil ($30.000.-), mediante depósito de dinero en efectivo en la cuenta [ ] del Fideicomiso en el sitio Banco Macro S.A.. Los escritos de internet impugnación se presentarán en la sede xx Xxxxxxx Administradora Sociedad Fiduciaria S.A. exponiendo las razones de hecho y derecho en que se funden. Las impugnaciones a las propuestas de terceros o a los actos licitatorios no fundadas, que a juicio xx Xxxxxxx Administradora Sociedad Fiduciaria S.A. y/o la Comisión Directiva de la UNL. Se resolverá con BCR hayan tenido el acto administrativo propósito de adjudicación. En entorpecer el caso que el oferente hubiere presentado más de DOS (2) impugnaciones contra dictámenes de evaluación en un año calendario deberá integrar una garantía equivalente al TRES POR CIENTO (3%) del monto trámite de la oferta del renglón o renglones cuyo valor se aconseje adjudicar el contrato. Si no se aconsejare adjudicación, harán pasible a quien la adjudicación el importe haya formulado, de la pérdida del depósito en garantía se calculará sobre la base del monto de la oferta del renglón o renglones del impugnante. Toda otra observación, impugnación o reclamo fuera del mencionado ut-supra serán tramitados fuera del expediente y NO TENDRAN EFECTOS SUSPENSIVOS.- Los recursos que se deduzcan contra el acto de adjudicación se regirán por lo dispuesto por la Ley Nº 19549 (Procedimientos Administrativos), modificada por la Ley nº 21.686 y el Decreto Nº 1759/72 (Reglamentario) t.o 1991. Disponiendo de un plazo de 10 días hábiles a partir de la presente notificaciónsu oferta.

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