Common use of INCIDENCIAS Clause in Contracts

INCIDENCIAS. La presente convocatoria en sus Bases y en cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de las actuaciones del Tribunal, podrá ser impugnada por los interesados en los casos y en las formas establecidas en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse en la aplicación de las normas contenidas en las presentes Bases y para adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del Concurso, en aquellos aspectos no previstos en estas Bases. Contra la convocatoria y las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se podrá interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo xx Xxxxxxx o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, de la Jurisdicción Contenciosos-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso -administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. En ROMANGORDO (Xxxxxxx), a 20 xx Xxxxx de 2017 La Alcaldesa -Presidenta FDO. Xxxxx xxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx

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INCIDENCIAS. La presente convocatoria convocatoria, en sus Bases bases y en cuantos actos administrativos adminis- trativos se deriven de la misma y de las actuaciones del Tribunal, podrá ser impugnada por los interesados en los casos y en las formas establecidas la forma establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Adminis- traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones PúblicasComún. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse en la aplicación de las normas contenidas en las presentes Bases y para adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del Concurso, concurso-oposición en aquellos aspectos no previstos en estas Basesbases. Contra Para lo no previsto en la presente convocatoria y las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se podrá interponer alternativamente o recurso será de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamientoaplicación: La Ley 7/1985, de conformidad con 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 896/1991, de 7 xx xxxxx, por el que se establecen las reglas básicas y los artículos 123 y 124 programas mínimos a que debe ajustarse el proceso de selección de los funcionarios de Administración Local; el Decreto 201/95, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Ley 39/2015Administración de la Comuni- dad Autónoma de Extremadura; el Real Decreto 364/1995, de 1 10 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento General de octubreProvi- sión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcio- narios Civiles de la Administración General del Estado, del Procedimiento Administrativo Común y demás normas concordantes de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo xx Xxxxxxx ogeneral aplicación. Coria, a su elección6 xx xxxx de 2003. El Alcalde-Presidente, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 XXXX XXXXXXX XXXX XXXXXXX. Tema 1.- La relación jurídica tributaria: Concepto y elementos. Hecho imponible. Devengo. Exenciones. Sujeto activo. Sujetos pasi- vos. Responsables. La solidaridad: Extensión y efectos. El domicilio fiscal. La representación. La transmisión de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, de la Jurisdicción Contenciosos-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso -administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. En ROMANGORDO (Xxxxxxx), a 20 xx Xxxxx de 2017 La Alcaldesa -Presidenta FDO. Xxxxx xxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxdeuda.

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INCIDENCIAS. La presente Las presentes bases y convocatoria en sus Bases y en cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de las actuaciones del Tribunal, podrá podrán ser impugnada por los interesados en los casos y en las formas establecidas en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse en la aplicación de las normas contenidas en las presentes Bases y para adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del Concurso, en aquellos aspectos no previstos en estas Bases. Contra la convocatoria y las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se podrá interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, impugnadas de conformidad con los artículos 123 y 124 de lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, o la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social. Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo, administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo xx Xxxxxxx oAdministrativo, a partir del día siguiente al de publicación de su elección, el que corresponda a su domicilio, anuncio en el plazo Boletín Oficial de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el Cantabria (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Juliojulio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). En lo no previsto en las bases, será de aplicación del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 xx xxxxx; el Real Decreto 896/1991, de 7 xx xxxxx, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx; la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases del Régimen Local; y el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. CVE-2020-851 CVE-2020-851 Física Jurídica La Administración Pública verificará la identidad de los interesados en el procedimiento administrativo, mediante la comprobación de su nombre y apellidos o denominación o razón social, según corresponda, que consten en el Documento Nacional de Identidad o documento identificativo equivalente. Los interesados podrán identificarse electrónicamente ante las Administraciones Públicas a través de cualquier sistema que cuente con un registro previo como usuario que permita garantizar su identidad conforme al artículo 9.2 de la Ley 39/2015. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación, de conformidad con lo indicado en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. CVE-2020-851 Notificación electrónica Notificación postal OBJETO DE LA SOLICITUD EXPONE Que, vista la convocatoria anunciada en el Boletín Oficial de Cantabria, de fecha , en relación con la convocatoria para la selección de una plaza de , conforme a las bases publicadas en el Boletín Oficial de Cantabria número , de fecha y en la sede electrónica del ayuntamiento/tablón de anuncios. DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD • Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. • Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. • Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la Jurisdicción Contenciososedad máxima de jubilación forzosa. • No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse CVE-2020-Administrativa851 en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Si se optara por interponer En el recurso caso de reposición potestativoser nacional de otro Estado, no podrá interponer recurso contencioso -administrativo hasta hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que aquel sea resuelto expresamente o impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. • Tener la titulación exigida. • Reunir todos y cada uno de los restantes requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, referidos a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes. Títulos que declara poseer y relación de méritos alegados: Por todo lo cual, SOLICITO que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 55 y 56 del texto refundido de la Ley de Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se haya producido su desestimación por silencioadmita esta solicitud para el proceso de selección de personal referenciado. Todo ello sin perjuicio He sido informado de que pueda ejercitar cualquier otro recurso este Ayuntamiento va a tratar y guardar los datos aportados en la instancia y en la documentación que estime pertinente. En ROMANGORDO (Xxxxxxx), a 20 xx Xxxxx le acompaña para la tramitación y gestión de 2017 La Alcaldesa -Presidenta FDO. Xxxxx xxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxexpedientes administrativos.

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INCIDENCIAS. La presente convocatoria En todo lo no previsto en sus estas Bases y se estará a lo dispuesto en cuantos actos administrativos se deriven las Reglas Genéricas que han de regir las bases específicas de las convocatorias públicas para cubrir las necesidades de carácter temporal del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife -de aplicación a este Organismo Autónomo de acuerdo con las condiciones de homogeneidad en el ámbito de la misma Corporación Insular y sus OOAA-, en las Normas de Aprobación y Gestión de las actuaciones listas de reserva para cubrir necesidades de personal de carácter temporal, aprobadas por Resolución de la Gerencia del TribunalOAMC de 24 xx xxxxx de 2017 y, podrá ser impugnada por los interesados en los casos y su defecto, en la normativa vigente que le sea de aplicación: Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las formas establecidas Bases de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre que aprueba el Texto refundido de la Ley del Estatuto básico del Empleado Público; en la Ley 30/1984, de Procedimiento Administrativo Común 2 xx xxxxxx, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Administraciones Públicas. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse Disposiciones Legales Vigentes en la aplicación materia de las normas contenidas en las presentes Bases y para adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para Régimen Local; el buen orden del Concurso, en aquellos aspectos no previstos en estas Bases. Contra la convocatoria y las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se podrá interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este AyuntamientoReal Decreto 364/1995, de conformidad con 10 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de trabajo y Promoción Profesional de los artículos 123 Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; el Real Decreto 896/1991, de 7 xx xxxxx, por el que se establecen las reglas básicas y 124 los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local; el Real Decreto 462/2002, de 24 xx Xxxx, sobre indemnizaciones por razón del servicio; la Ley 2/1987, de 00 xx xxxxx, de la Función Pública Canaria; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado Públicas y la Ley 40/2015 de lo Contencioso-Administrativo 0 xx xxxxxxx xx Xxxxxxx oXxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx; el Decreto 8/2011, de 27 de enero por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo la provisión de dos meses a contar desde el día siguiente puestos de trabajo y a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 formación en la Administración pública de la Ley 29/1998, Comunidad Autónoma de 13 de Julio, de la Jurisdicción Contenciosos-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso -administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. En ROMANGORDO (Xxxxxxx), a 20 xx Xxxxx de 2017 La Alcaldesa -Presidenta FDO. Xxxxx xxx Xxxxxxx Xxxxxxx XxxxxxCanarias.

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Samples: Bases Que Regirán La Convocatoria Pública

INCIDENCIAS. El Tribunal podrá resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo de proceso selectivo. En lo no previsto en las bases de la convocatoria, se estará a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y, en tanto en cuanto no se oponga o contradiga a la anterior, en lo dispuesto sobre la materia en la Ley 7/1985 de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; Real Decreto 896/91, de 7 xx xxxxx; y supletoriamente, Real Decreto 364/1995, de 10 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado. La presente convocatoria en convocatoria, sus Bases bases y en cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de las actuaciones del Tribunalestas, podrá podrán ser impugnada impugnados por los interesados interesados, en los casos y formas establecidos en las formas establecidas en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse en la aplicación de las normas contenidas en las presentes Bases y para adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del Concurso, en aquellos aspectos no previstos en estas Bases. Contra la convocatoria y las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se podrá interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. - La Constitución Española de 1978. Significado jurídico y características. Estructura y contenido esencial. Principios generales. La reforma constitucional. - Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Garantías y suspensión. - El Tribunal Constitucional: Elección, o composición, organización y competencias. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. El recurso contencioso-administrativoxx xxxxxx. La protección de los derechos fundamentales. Conflictos constitucionales. Las sentencias del Tribunal Constitucional. - El Estado: concepto y elementos. La división de poderes. La Jefatura del Estado. La Corona. Funciones constitucionales de la persona titular de la Corona. Sucesión y Regencia. El refrendo. - El Poder Legislativo: Las Cortes Generales. Composición, ante atribuciones y funcionamiento. Aspectos básicos del procedimiento de elaboración y aprobación xx xxxxx. La función parlamentaria de control del Gobierno. Órganos de control dependientes de las Cortes Generales: el Juzgado Defensor del Pueblo y el Tribunal de lo Contencioso-Administrativo xx Xxxxxxx o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, Cuentas. - El Gobierno en el plazo sistema constitucional español: Composición y funciones. Designación, remoción y responsabilidad del Gobierno y de dos meses a contar desde su Presidente. Relaciones entre el día siguiente Gobierno y las Cortes Generales. - El Poder Judicial: Principios informadores. La organización judicial española. El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo y el Ministerio Fiscal. - La Administración del Estado: Órganos Superiores y Órganos Periféricos. El Delegado del Gobierno. Los Subdelegados del Gobierno. - Las Comunidades Autónomas. Vías de acceso a la publicación del presente anuncioautonomía. Los Estatutos de Autonomía. Las relaciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas: mecanismos de cooperación y coordinación. El control sobre la actividad de las Comunidades Autónomas. Las relaciones entre las Comunidades Autónomas y la Administración Local. La financiación de las Comunidades Autónomas. - La Comunidad Autónoma de Andalucía: organización política y administrativa. Competencias. El Estatuto de autonomía de Andalucía. - La Administración Local. Concepto, naturaleza y características. Principios constitucionales y regulación jurídica. Entidades que integran la Administración Local. - Políticas sociales: Políticas de conformidad con el artículo 46 Igualdad de género y contra la Violencia de Género. Discapacidad y Dependencia. Normativa Estatal y de la Ley 29/1998, Comunidad Autónoma de 13 de Julio, de la Jurisdicción Contenciosos-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso -administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. En ROMANGORDO (Xxxxxxx), a 20 xx Xxxxx de 2017 La Alcaldesa -Presidenta FDO. Xxxxx xxx Xxxxxxx Xxxxxxx XxxxxxAndalucía.

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INCIDENCIAS. La presente -Las presentes bases y convocatoria en sus Bases y en cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de las actuaciones del Tribunal, podrá podrán ser impugnada por los interesados en los casos y en las formas establecidas en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse en la aplicación de las normas contenidas en las presentes Bases y para adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del Concurso, en aquellos aspectos no previstos en estas Bases. Contra la convocatoria y las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se podrá interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, impugnadas de conformidad con los artículos 123 y 124 de lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. -El llamamiento se realizará siguiendo el orden de puntuación que haya sido obtenida por los aspirantes. Notificado el mismo, o el plazo para que se presente será de 3 días. -Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso- administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo xx Xxxxxxx o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, se podrá interponer en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo xx Xxxx, a contar desde el partir del día siguiente a la al de publicación del presente anuncio, anuncio en el Tablón de conformidad con el anuncios (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Juliojulio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosos-Contencioso- Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso -administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente). En ROMANGORDO (Xxxxxxx)lo no previsto en las bases, a 20 será de aplicación el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 xx Xxxxx xxxxx, el Texto Refundido de 2017 La Alcaldesa -Presidenta FDOlas Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx y la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local.” Documento Firmado Electrónicamente - CSV:5FBA062B-6CC3-4E32-A053-3FE6C366F609-318323 Verificación de la autenticidad de este documento electrónico en xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxx.xxx Lo que se hace público para general conocimiento. Xxxxx xxx Xxxxxxx Xxxxxxx XxxxxxLA ALCALDESA

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INCIDENCIAS. La presente Las presentes bases y convocatoria en sus Bases y en cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de las actuaciones del Tribunal, podrá podrán ser impugnada por los interesados en los casos y en las formas establecidas en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse en la aplicación de las normas contenidas en las presentes Bases y para adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del Concurso, en aquellos aspectos no previstos en estas Bases. Contra la convocatoria y las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se podrá interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, impugnadas de conformidad con los artículos 123 y 124 de lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las la Administraciones Públicas. Asimismo, la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social. Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo xx Xxxxxxx o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, administrativo en el plazo de dos meses a contar meses, contado desde el día siguiente a al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con las mismas en el artículo 46 Tablón de anuncios de la Ley 29/1998sede electrónica del Ayuntamiento de Coca, de 13 de Julio, de la Jurisdicción Contenciosos-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso -administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier ejercitarse, en su caso, otro recurso que estime pertinenteprocedente. En ROMANGORDO lo no previsto en las bases será de aplicación el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre; el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 xx xxxxx; el Real Decreto 896/1991, de 7 xx xxxxx, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx; y la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Cód. Validación: 4EKMSQ2Z2HG4AERFZAXSKNF2Z | Verificación: xxxx://xxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 6 DATOS PERSONALES: Nombre y apellidos: D.N.I. Fecha de nacimiento: Xxxxxxxxx (XxxxxxxCalle/Plaza y nº): Localidad: Teléfono/s: Correo electrónico: HAGO CONSTAR que reúno todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria, y por ello SOLICITO participar en dicha convocatoria, y a tal efecto aporto la siguiente documentación: □ Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o documento acreditativo de la nacionalidad. □ Certificado expedido por el Servicio Público de Xxxxxx xx Xxxxxxxx y León que acredite la situación legal de desempleo (no será válida la presentación del justificante de inscripción como demandante de empleo), a 20 xx Xxxxx . □ Fotocopia de 2017 La Alcaldesa -Presidenta FDO. Xxxxx xxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxla titulación exigida en la convocatoria.

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Samples: Bases Que Han De Regir La Convocatoria Y Proceso De Selección De Personal Laboral, Mediante Contrato De Relevo a Tiempo Parcial

INCIDENCIAS. La presente Las presentes bases y convocatoria en sus Bases y en cuantos actos administrativos se deriven podrán ser impugnadas de la misma y de las actuaciones del Tribunal, podrá ser impugnada por los interesados en los casos y en las formas establecidas conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviem- bre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse en la aplicación de las normas contenidas en las presentes Bases y para adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del Concurso, en aquellos aspectos no previstos en estas BasesComún. Contra la convocatoria y las presentes sus bases, que ponen fin a agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo xx Xxxxxxxxx, o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa). En lo no previsto en las bases será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, de Bases del Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; la Ley 30/1984, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores». Contra las presentes bases, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar con- tar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía ALCALDE de este AyuntamientoAyuntamiento de Geldo, de conformidad con los artículos 123 116 y 124 117 de la Ley 39/201530/1992, de 1 26 de octubrenoviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pública y del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones PúblicasComún, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo administrativo xx Xxxxxxx o, a su elección, el que corresponda a su domicilioXxxxxxxxx, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Juliojulio, de la Jurisdicción Contenciosos-Contencioso- Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso -administrativo contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. .Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar ejer- citar cualquier otro recurso que estime pertinente. En ROMANGORDO (Xxxxxxx)Geldo, a 20 14 xx xxxxx de 2016 EL ALCALDE, Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx. ANEXO I Solicitud DATOS PERSONALES Primer apellido: Segundo apellido: Nombre: Fecha de 2017 nacimiento: DNI: Teléfono: Dirección electrónica: Dirección: Código postal, localidad y provincia: SOLICITO La Alcaldesa -Presidenta FDOadmisión en el proceso selectivo para la CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL DE PEONES COMETIDOS MÚLTIPLES, convocado por la Resolución de fecha , publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número . Xxxxx xxx Xxxxxxx Xxxxxxx XxxxxxDECLARO Que son ciertos los datos que se consignan y que reúno las condiciones exigidas para el ingreso en la bolsa de trabajo y las especial- mente señaladas en esta convocatoria. Geldo, d de 201 Firmado:

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INCIDENCIAS. La presente convocatoria En todo lo no previsto en sus Bases y estas bases se estará a lo dispuesto en cuantos actos administrativos el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se deriven aprueba el texto refundido de la misma y Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 30/1984, de 2 xx xxxxxx, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las actuaciones Bases del Tribunal, podrá ser impugnada por los interesados en los casos y en las formas establecidas en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse en la aplicación de las normas contenidas en las presentes Bases y para adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para Régimen Local; el buen orden del Concurso, en aquellos aspectos no previstos en estas Bases. Contra la convocatoria y las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se podrá interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este AyuntamientoReal Decreto Legislativo 781/1986, de conformidad con 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 896/1991, de 7 xx xxxxx, por el que se establecen las reglas básicas y los artículos 123 y 124 programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; el Real Decreto 364/1995, de 10 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo xx Xxxxxxx o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncioLey 40/2015, de conformidad con el artículo 46 1 de la Ley 29/1998octubre, de 13 Régimen Jurídico del Sector Público y el Convenio Colectivo del Personal Laboral del Ayuntamiento de Julio, de Villablino y demás disposiciones concordantes en la Jurisdicción Contenciosos-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso -administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. En ROMANGORDO (Xxxxxxx), a 20 xx Xxxxx de 2017 La Alcaldesa -Presidenta FDO. Xxxxx xxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxmateria”.

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INCIDENCIAS. La presente Las presentes bases y convocatoria en sus Bases y en cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de las actuaciones del Tribunal, podrá podrán ser impugnada por los interesados en los casos y en las formas establecidas en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse en la aplicación de las normas contenidas en las presentes Bases y para adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del Concurso, en aquellos aspectos no previstos en estas Bases. Contra la convocatoria y las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se podrá interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, impugnadas de conformidad con los artículos 123 y 124 de lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, o la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social. Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo, administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo xx Xxxxxxx de Almería o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el plazo Boletín Oficial de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Juliojulio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciososContencioso-Administrativa). Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso -administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencioDocumento firmado electrónicamente. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinenteVerificable en xxxxx://xx.xxxxxxx.xxx/xxx?xx=XXxXX0XxxxxxXXXxxXXXxx00xXXx0xXX . En ROMANGORDO (Xxxxxxx)lo no previsto en las bases, será de aplicación del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 xx xxxxx; el Real Decreto 896/1991, de 7 xx xxxxx, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a 20 que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx Xxxxx xxxxx; la Ley 7/1985, de 2017 La Alcaldesa -Presidenta FDO2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local; y el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. Xxxxx xxx Xxxxxxx Xxxxxxx XxxxxxD./D.ª....................................................................................……………………, con DNI nº , domiciliado en …………............................... C/..........................................nº ....... y teléf. EXPONE:

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INCIDENCIAS. La presente convocatoria en sus Bases y en cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de las actuaciones del Tribunal, podrá ser impugnada por los interesados en los casos y en las formas establecidas en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse en la aplicación de las normas contenidas en las presentes Bases y para adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del Concurso, en aquellos aspectos no previstos en estas Bases. Contra la convocatoria y las presentes basesBases, que ponen fin a la vía administrativa, se podrá interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo xx Xxxxxxx o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, de la Jurisdicción Contenciosos-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso -administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. En ROMANGORDO (Xxxxxxx), a 20 00 xx Xxxxx Xxxx xx 2017 ANEXO DE LA CONVOCATORIA MODELO DE INSTANCIA‌ D./Xx con domicilio a efectos de notificaciones en Calle/Avda./Plaza. nº y con Documento Nacional de Identidad nº Que enterado /a de la convocatoria de Concurso -Oposición publicada por el Ayuntamiento de ROMANGORDO, para la selección y contratación de dos trabajadores /as, con la categoría de Socorrista, a contratar en régimen laboral, durante la Temporada xx Xxxxxx de 2017 La Alcaldesa -Presidenta FDOpara el desempeño de las tareas propias del puesto de trabajo en la Piscina Municipal de Romangordo. Xxxxx xxx Xxxxxxx Xxxxxxx XxxxxxQue reúno todos y cada uno de los requisitos establecidos en la convocatoria, que doy por buenas las Bases aprobadas y por las que se rige el Concurso -Oposición, sometiéndome expresamente en el desempeño del puesto de trabajo de que se trata al tenor literal de las mismas, y a tal efecto Ser admitido/a al Concurso -Oposición y a los efectos de alegar los méritos establecidos en la Base V acompaño la siguiente documentación: (señalar con una X) - Fotocopia DNI. o documento de identidad equivalente. - Certificados del Ayuntamiento de ROMANGORDO - Otros certificados, títulos y diplomas. En ROMANGORDO (Xxxxxxx), a de de 2017 Firmado SRA. ALCALDESA -PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE ROMANGORDO DECLARACION JURADA D./Dña. , mayor de edad, vecino /a de , Provincia de , con domicilio en la Calle /Avda./ Plaza nº de la Localidad de Provincia de y con Documento Nacional de Identidad nº . En , a de de 2017

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Samples: Bases Para La Seleccion Y Contratacion De Dos Trabajadores Con La Categoria De Socorrista, Para La Realizacion De Las Tareas Propias Del Puesto De Trabajo en La Piscina

INCIDENCIAS. La presente Contra estas bases, su convocatoria en sus Bases y en cuantos actos administrativos se deriven de la misma las mismas y de las actuaciones la actuación del Tribunal, podrá ser impugnada se podrán interponer impugnaciones por los interesados en los casos y en las formas establecidas en la forma establecida por la Ley 30/1992 de Procedimiento Administrativo Común 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones PúblicasPúblicas y Procedimiento Administrativo Común. Cód. Validación: 97GYFSTQFXCQGMF9YXYC6LDQP | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 12 El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse en la aplicación de las normas contenidas en las presentes Bases y para adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del Concursoconcurso, en aquellos aspectos no previstos en estas Basesbases. Contra MANCOMUNIDAD INTEGRAL DEL CAMPO ARAÑU9ELO. Xxxxx Xxxxx, 0 0x. 00000 Xxxxxxxx Xxxxxxx D/Xx , con domicilio en , C/ , provisto/a de DNI nº , con teléfono de contacto . Que enterado/a de la Convocatoria para cubrir tres plazas de Formadores/as para la realización del Programa de Aprendizaje a lo Largo de la Vida para la Mancomunidad Integral Campo Arañuelo, manifiesto conocer y aceptar en su integridad las Bases que rigen mencionada convocatoria, así como declaro no hallarme incurso en ninguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad de las establecidas en la legislación vigente, por todo lo cual, Ser admitido/a al proceso selectivo que para la cobertura de dicha plaza se celebre, adjuntando los siguientes documentos acreditativos en original o fotocopia compulsada (sin grapas, clips o encuadernaciones): Cód. Validación: 97GYFSTQFXCQGMF9YXYC6LDQP | Verificación: xxxx://xxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 12  Documento Nacional de Identidad.  Tarjeta de Demanda de Empleo  Proyecto de Trabajo (sin encuadernar)  Permiso de Conducir  Título exigido en la base tercera, punto tercero.  Documentación acreditativa de los méritos alegados  Informe de Vida Laboral expedido por la Seguridad Social  Declaración responsable según Xxxxx XX.  Certificado negativo por Delitos de Naturaleza Sexual del Registro Central de Delincuentes Sexuales o justificante de su solicitud. En , a de de 2019. MANCOMUNIDAD INTEGRAL DEL CAMPO ARAÑU1E0LO. Xxxxx Xxxxx, 0 0x. 00000 Xxxxxxxx Xxxxxxx , mayor de edad, con domicilio en , C/ , provisto de DNI nº , enterado/a de la convocatoria y las presentes bases, que ponen fin de tres plazas de Formadores/as para la realización del Programa de aprendizaje a la vía administrativa, se podrá interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 lo largo de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo xx Xxxxxxx o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses a contar desde el día vida efectuada por la Mancomunidad Integral Campo Arañuelo formulo la siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, de la Jurisdicción Contenciosos-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso -administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. En ROMANGORDO (Xxxxxxx), a 20 xx Xxxxx de 2017 La Alcaldesa -Presidenta FDO. Xxxxx xxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxdeclaración responsable:

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INCIDENCIAS. La presente convocatoria En todo lo no previsto en sus Bases y estas bases se estará a lo dispuesto en cuantos actos administrativos Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se deriven aprueba el texto refundido de la misma y Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 30/1984, de 2 xx xxxxxx, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las actuaciones Bases del Tribunal, podrá ser impugnada por los interesados en los casos y en las formas establecidas en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse en la aplicación de las normas contenidas en las presentes Bases y para adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para Régimen Local; el buen orden del Concurso, en aquellos aspectos no previstos en estas Bases. Contra la convocatoria y las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se podrá interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este AyuntamientoReal Decreto Legislativo 781/1986, de conformidad con 18 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 896/1991, de 7 xx xxxxx, por el que se establecen las reglas básicas y los artículos 123 y 124 programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; el Real Decreto 364/1995, de 10 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Convenio Colectivo del Personal Laboral del Ayuntamiento de Villablino y demás disposiciones concordantes. D/Xx ……, o recurso contencioso-administrativode nacionalidad ……, ante con D.N.I. nº …… (u otro documento acreditativo de la nacionalidad y la identidad), expedido en …… con fecha de …… de …… de ……, nacido/a en … … con fecha de …… de …… de 19……, con domicilio (a efectos de notificaciones) en , provincia de …… (y estado en su caso) ……, calle …… nº …… piso ……, código postal ……, teléfono … …, con título de …… (denominación del título y especialidad) …… expedido en …… (estado) … … por …… (centro expedidor) …… con fecha de …… de …… de ……, solicita tomar parte en las pruebas selectivas para la provisión de un puesto de trabajo de profesor de guitarra de la escuela de música del Ayuntamiento de Villablino, mediante contrato temporal de sustitución, con arreglo a la convocatoria publicada en el Juzgado BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA de lo Contencioso-Administrativo xx Xxxxxxx ofecha …… de …… de 2018. A tal efecto, a su eleccióndeclara que cumple la totalidad de los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria, el que corresponda a su domiciliotal y como en la misma se consignan, y se compromete, en el plazo caso de dos meses que sea requerido para ello, a contar desde acreditar documentalmente dicho cumplimiento así como el día siguiente de los restantes datos que figuran en la presente solicitud y en la documentación adjunta a la publicación del presente anunciomisma. Asimismo se compromete, en el caso de conformidad resultar propuesto para el correspondiente nombramiento, a prestar juramento o promesa con arreglo a lo establecido en el artículo 46 Real Decreto 707/1979 de 5 xx xxxxx regulador de la Ley 29/1998, fórmula de 13 toma de Julio, posesión de la Jurisdicción Contenciosos-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso -administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente cargos o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinentefunciones públicas. En ROMANGORDO …… a …… de …… de 2018. (XxxxxxxFirma) SR. ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE VILLABLINO. Xxxx. Xxxxxxxxxxxx, xx 00, 00000 Xxxxxxxxxx (Xxxx), . Documentación adjunta a 20 xx Xxxxx de 2017 La Alcaldesa -Presidenta FDO. Xxxxx xxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxla solicitud:

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INCIDENCIAS. La presente Las presentes bases y convocatoria en sus Bases y en cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de las actuaciones del Tribunal, podrá podrán ser impugnada por los interesados en los casos y en las formas establecidas en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse en la aplicación de las normas contenidas en las presentes Bases y para adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del Concurso, en aquellos aspectos no previstos en estas Bases. Contra la convocatoria y las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se podrá interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, impugnadas de conformidad con los artículos 123 y 124 de lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, o la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social. Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo, administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo xx Xxxxxxx o, a partir del día siguiente al de publicación de su elección, el que corresponda a su domicilio, anuncio en el plazo Boletín Oficial de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el Provincia (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Juliojulio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciososContencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso -administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente). En ROMANGORDO lo no previsto en las bases, será de aplicación del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 xx xxxxx; el Real Decreto 896/1991, de 7 xx xxxxx, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx; la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local; y el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. Ayuntamiento de Villa del Río. Plaza de la Constitución, 8.- 14640 Córdoba. (Xxxxxxx)02)7277C5204429D7(15)06 Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxxx Firmado por el Alcalde XXXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX el 13/3/2017 pie_firma_corto_dipu_01 Teléfono 000 000 000 Fax 000 000 000 xxx.xxxxxxxxxxx.xx xxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xx Tema 2. La Adquisición. Clasificación. Ordenación. Mantenimiento. Conservación y difusión. Tema 3. Estándares en la normalización de documentos (identificación, descripción, codificación): ISXN, ISBD/FRBR, RDA, XXXX/BIBFRAME, etc. Los catálogos: conceptos, evolución y nuevas tendencias. Tema 4. Servicios a 20 los usuarios en bibliotecas: Servicios de acceso al documento. Servicios xx Xxxxx xxxxxxxx e investigación. Tema 5. Servicios de 2017 La Alcaldesa -Presidenta FDO. Xxxxx xxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxinformación y atención al público.

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INCIDENCIAS. La presente Las presentes bases y convocatoria en sus Bases y en cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de las actuaciones del Tribunal, podrá podrán ser impugnada por los interesados en los casos y en las formas establecidas en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse en la aplicación de las normas contenidas en las presentes Bases y para adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del Concurso, en aquellos aspectos no previstos en estas Bases. Contra la convocatoria y las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se podrá interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, impugnadas de conformidad con los artículos 123 y 124 de lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición previo al contencioso-administrativo en el plazo de un mes ante la Alcaldía, o bien recurso contencioso-administrativo, administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo xx de Puerto xxx Xxxxxxx o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en domicilio diferente, a partir del día siguiente al de publicación del anuncio correspondiente en el plazo Boletín Oficial de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, Provincia de conformidad con el Las Palmas (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Juliojulio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciososContencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso -administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente). En ROMANGORDO (Xxxxxxx)lo no previsto en las bases, a 20 será de aplicación el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Publico aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Orden APU/1461/2002, de 6 xx Xxxxx xxxxx, por la que se establecen las normas para la selección y contratación de 2017 La Alcaldesa -Presidenta FDO. Xxxxx xxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxpersonal laboral interino [de aplicación supletoria]; la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local; el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx; y el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 xx xxxxx, con carácter supletorio.

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INCIDENCIAS. En todo lo no previsto en estas Bases se estará a lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 xx xxxxx, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las Bases de Régimen Local; el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx; Ley 7/2005, de 24 xx xxxx, de la Función Pública de Castilla y León; el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 xx xxxxx; supletoriamente, el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 xx xxxxx, y demás normativa concordante. La presente convocatoria en convocatoria, sus Bases bases y en cuantos los actos administrativos se deriven derivados de la misma ella y de las actuaciones del Tribunal, podrá agotan la vía administrativa y podrán ser impugnada impugnados por los interesados en los casos y en las formas establecidas forma establecidos en la Ley 30/1992, de Procedimiento Administrativo Común 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en su caso, en la aplicación Ley 29/1998, de las normas contenidas en las presentes Bases y para adoptar resoluciones13 de julio, criterios o medidas necesarias para el buen orden del ConcursoReguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en aquellos aspectos no previstos en estas Bases. Contra la convocatoria y las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se podrá interponer alternativamente o pudiendo interponerse recurso de reposición potestativoante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes mes, contado a contar desde el partir del día siguiente a la al de su notificación o publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo xx Xxxxxxx o, a su elección, el que corresponda a su domicilioXxxxxxxxxx, en el plazo de dos meses a contar meses, desde el día siguiente a la al de notificación o publicación del presente anuncioacto o acuerdo recurrido. Tema 1.–La Constitución Española de 1978. Estructura y principios generales. El Tribunal Constitucional. La reforma constitucional. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Tema 2.–Garantías de los derechos fundamentales y de las libertades públicas. El Defensor del Pueblo. El Tribunal Constitucional. La reforma constitucional. Tema 3.–La organización del Estado en la Constitución: organización institucional o política y organización territorial. Las Cortes Generales: referencias al Defensor del Pueblo y al Tribunal de Cuentas. Tema 4.–El procedimiento administrativo: principios informadores. Las fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Especial referencia al Procedimiento Administrativo Local. Registro de conformidad con entrada y salida de documentos. Requisitos en la presentación de documentos. Tema 5.–La relación jurídico-administrativa. Concepto. Sujetos: la Administración y el artículo 46 administrado. Capacidad y representación. Derechos del administrado. Los actos jurídicos del administrado. Tema 6.–El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. Régimen local español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Tema 7.–El Municipio: concepto y elementos. Competencias municipales. Tema 8.–La organización municipal. Órganos necesarios y complementarios. Competencias de los órganos municipales. La participación vecinal en la Ley 29/1998gestión municipal. Tema 9.–Los servicios postales: franqueo, entrega, recogida, depósito y destrucción de 13 los envíos postales. Clases de Julioenvíos postales. Tema 10.–El callejero xx Xxxxxxxxxxx. Monumentos y Edificios de interés histórico, de la Jurisdicción Contenciosos-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso -administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. En ROMANGORDO (Xxxxxxx), a 20 xx Xxxxx de 2017 La Alcaldesa -Presidenta FDO. Xxxxx xxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxartístico y cultural.

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Samples: bop.sede.diputaciondevalladolid.es

INCIDENCIAS. La presente convocatoria en sus Bases y en cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de las actuaciones del Tribunal, podrá ser impugnada por los interesados en los casos y en las formas establecidas en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse en la aplicación de las normas contenidas en las presentes Bases y para adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del Concurso, en aquellos aspectos no previstos en estas Bases. Contra la convocatoria y las presentes basesBases, que ponen fin fin a la vía administrativa, se podrá interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo xx Xxxxxxx de Guadalajara o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, de la Jurisdicción Contenciosos-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso -administrativo contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. En ROMANGORDO (Xxxxxxx)Don ……, a 20 mayor de edad, con DNI núm. …… y domiciliado en la calle ……, número ……, de ……, teléfono ……, correo electrónico ……, ante usted, Que enterado de la convocatoria realizada por el Ayuntamiento de Tartanedo de la convocatoria de concurso-oposición para la selección de una plaza de socorrista con carácter laboral temporal y jornada completa y creación de bolsa de trabajo para la contratación del mismo , xxxxxxx xx Xxxxx xxxx x 30 de 2017 La Alcaldesa -Presidenta FDOnoviembre e 2019 para la piscina municipal, publicada en el bop nº ….. de fecha …… Que reúne todas y cada una de las condiciones que se exigen en las bases de dicha convocatoria y adjunta la documentación pertinente para su valoración por el tribunal. Xxxxx xxx Xxxxxxx Xxxxxxx XxxxxxPor lo cual, Que tenga por presentada la presente instancia dentro del plazo otorgado al efecto y, en consecuencia, sea admitido en el proceso de selección convocado para la provisión de dicho puesto.

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Samples: boletin.dguadalajara.es

INCIDENCIAS. La presente convocatoria En todo lo no previsto en sus estas Bases, se estará a lo dispuesto en las siguientes normas: Los preceptos que dediquen al personal laboral: la Ley 7/2007, de 12 xx xxxxx, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases de Régimen Local y el Real Decreto 781/86, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto refundido de las Disposiciones Legales vigentes en cuantos actos administrativos se deriven materia de Régimen Local. Los preceptos básicos y el resto con carácter supletorio, dedicados al personal laboral por la Ley 30/1984, de 2 xx xxxxxx, de Medidas para la Reforma de la misma y de las actuaciones del Tribunal, podrá ser impugnada por los interesados en los casos y en las formas establecidas en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones PúblicasFunción Pública. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas Convenio Colectivo del Personal Laboral del IASS. Los preceptos que puedan presentarse en la aplicación de las normas contenidas en las presentes Bases expresamente dedique al personal laboral y para adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del Concurso, en aquellos aspectos no previstos en estas Bases. Contra la convocatoria y las presentes bases, que ponen fin reservados a la vía administrativalegislación básica del Estado o al desarrollo reglamentario de la autonomía organizativa local, se podrá interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este AyuntamientoLey 2/1987, de conformidad con 00 xx xxxxx, de la Función Pública Canaria. Con carácter supletorio: la Disposición Adicional Segunda del Real Decreto 896/1991, de 7 xx xxxxx, de Reglas Básicas y Programas Mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los artículos 123 funcionarios de la Administración Local, el Título II del Real Decreto 364/1995, de 10 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y 124 de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El Real Decreto 462/2002, de 24 xx xxxx, sobre indemnizaciones por razón del servicio. El Decreto 43/1998, de 2 xx xxxxx, modificado por Decreto 36/2006, de 4 xx Xxxx, por el que se desarrolla el Capítulo IV, Título VI de la Ley 39/20152/1987, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 30 xx Xxxxxxx o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncioxxxxx, de conformidad la Función Pública Canaria, regulador del sistema de acceso de personas con el artículo 46 minusvalía para la prestación de servicios en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y medidas de fomento de su integración laboral. La Ley 29/1998Orgánica 15/1999, de 13 de Juliodiciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.” La Presidenta del Organismo Autónomo I.A.S.S., Xxxxxxxx Valido Xxxxxx. Jurídica de fecha 28 xx xxxxxx de 2015, publicado en el Boletín Oficial de la Jurisdicción Contenciosos-AdministrativaProvincia núm. Si 114 de 7 de septiembre de 2015, en el sentido de sustituir a la Vocal titular Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx de Xxxxx xx Xxxxxx, como se optara expone a continuación: Donde dice: “Vocales: En relación con la convocatoria pública para la cobertura por interponer funcionarios/as xx xxxxxxx de cuatro plazas de Técnico de Gestión, Rama Económica, vacantes en la Plantilla de Personal Funcionario del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, incluidas en la Oferta de Empleo Público de 2014, aprobada por Resolución del Área de Recursos Humanos y Defensa Jurídica de fecha 17 xx xxxxx de 2015, se publica para conocimiento general Resolución de la Dirección Insular de Recursos Humanos y Defensa Jurídica de fecha 9 de octubre de 2015, por la que se modifica el recurso Tribunal Calificador designado por Resolución de reposición potestativola Dirección Insular de Recursos Humanos y Defensa Titular: Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx de Xxxxx xx Xxxxxx, no podrá interponer recurso contencioso -administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio Jefa del Servicio Administrativo de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. En ROMANGORDO (Xxxxxxx), a 20 xx Xxxxx Contabilidad de 2017 La Alcaldesa -Presidenta FDO. Xxxxx xxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxesta Corporación.

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Samples: Convenio Colectivo Del Sector De Hostelería De Santa

INCIDENCIAS. La presente Las presentes bases y convocatoria en sus Bases y en cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de las actuaciones del Tribunal, podrá podrán ser impugnada por los interesados en los casos y en las formas establecidas en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse en la aplicación de las normas contenidas en las presentes Bases y para adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del Concurso, en aquellos aspectos no previstos en estas Bases. Contra la convocatoria y las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se podrá interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, impugnadas de conformidad con los artículos 123 y 124 de lo esta- blecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, o la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social. Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interpo- ner por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo, administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Contencioso- Administrativo xx Xxxxxxx Xxxxxxxxx o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si este radica en Cantabria, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el plazo Boletín Oficial de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el Cantabria (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Juliojulio, reguladora de la Jurisdicción ContenciososConten- cioso-Administrativa). Si CVE-2019-3047 En lo no previsto en las bases será de aplicación el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre; el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Le- gislativo 5/2015, de 30 de octubre, el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 xx xxxxx; el Real Decreto 896/1991, de 7 xx xxxxx, por el que se optara establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el pro- cedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por interponer el recurso Real Decreto Legislativo 781/1986, de reposición potestativo18 xx xxxxx; y la Ley 7/1985, no podrá interponer recurso contencioso -administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silenciode 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Xxxxxxx Xxxxx. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinenteXxxxxxx, 0 xx xxxxx xx 2019. En ROMANGORDO (Xxxxxxx)El alcalde, a 20 xx Xxxxx de 2017 La Alcaldesa -Presidenta FDOXxxxxxx Xxxxxx Xxxxx. Xxxxx xxx Xxxxxxx Xxxxxxx XxxxxxCVE-2019-3047 CVE-2019-3047 CVE-2019-3047

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Samples: boc.cantabria.es

INCIDENCIAS. La presente convocatoria en sus Bases y en cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de las actuaciones del Tribunal, podrá ser impugnada por los interesados en los casos y en las formas establecidas en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El Tribunal queda quedará facultado para resolver todas las dudas que puedan presentarse se presenten en la aplicación de las normas contenidas estas bases, para resolver cualquier incidencia no prevista en las presentes Bases mismas o en la legislación aplicable, y para tomar los acuerdos necesarios para el cumplimiento de lo previsto en las mismas y en la normativa complementaria, pudiendo adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias los acuerdos necesarios para el buen orden del Concurso, proceso selectivo en aquellos aspectos todo lo no previstos previsto en estas Basesbases. Contra la Las presentes bases y convocatoria y las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se podrá interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, podrán ser impugnadas de conformidad con los artículos 123 y 124 de lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Así, o contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de publicación de anuncio, ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo, administrativo que podrá interponerse en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo xx Xxxxxxx de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses a contar desde el partir del día siguiente a la al de publicación del presente anuncio, de conformidad con el anuncio (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Juliojulio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciososContencioso-Administrativa). Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativoAsimismo, no podrá interponer recurso contencioso -administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinentela Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social. En ROMANGORDO (Xxxxxxx)lo no previsto en las bases, será de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el Real Decreto 364/1995, de 10 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local; y el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. En Valdeavero, a 20 xx 27 de julio de 2018.— La Alcaldesa-Presidenta, Xxxxx Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx. Tema 1.- La Constitución Española de 2017 La Alcaldesa -Presidenta FDO1978: concepto, características y estructura. Xxxxx xxx Xxxxxxx Xxxxxxx XxxxxxPrincipios generales. Tema 2.- Las Entidades Locales. El municipio: concepto, elementos, organización y competencias.

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Samples: www.ayuntamientovaldeavero.es

INCIDENCIAS. La presente convocatoria En todo lo no previsto en sus Bases y estas bases se estará a lo dispuesto en cuantos actos administrativos Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se deriven aprueba el texto refundido de la misma y Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 30/1984, de 2 xx xxxxxx, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; la Ley 7/1985, de 2 xx xxxxx, reguladora de las actuaciones Bases del Tribunal, podrá ser impugnada por los interesados en los casos y en las formas establecidas en la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse en la aplicación de las normas contenidas en las presentes Bases y para adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para Régimen Local; el buen orden del Concurso, en aquellos aspectos no previstos en estas Bases. Contra la convocatoria y las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se podrá interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este AyuntamientoReal Decreto Legislativo 781/1986, de conformidad con 18 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 896/1991, de 7 xx xxxxx, por el que se establecen las reglas básicas y los artículos 123 y 124 programas mínimos a que debe ajustarse el procedimeinto de selección de los funcionarios de Administración Local; el Real Decreto 364/1995, de 10 xx xxxxx, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Convenio Colectivo del Personal Laboral del Ayuntamiento de Villablino y demás disposiciones concordantes. D./D.ª ……, o recurso contencioso-administrativode nacionalidad ……, ante con DNI número …… (u otro documento acreditativo de la nacionalidad y la identidad), expedido en …… con fecha de de …… de ……, nacido/a en …… con fecha de …… de …… de 19……, con domicilio (a efectos de notificaciones) en ……, provincia de …… (y estado en su caso) ……, calle …… número piso, código postal ……, teléfono ……, con título de …… (denominación del título y especialidad) …… expedido en …… (Estado) …… por … … (centro expedidor) …… con fecha de …… de …… de ……, solicita tomar parte en las pruebas selectivas para la provisión de un puesto de trabajo de profesor de violín del Ayuntamiento de Villablino, mediante contrato temporal de sustitución, con arreglo a la convocatoria publicada en el Juzgado BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA de lo Contencioso-Administrativo xx Xxxxxxx ofecha ……de …… de 2018. A tal efecto, a su eleccióndeclara que cumple la totalidad de los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria, el que corresponda a su domiciliotal y como en la misma se consignan, y se compromete, en el plazo caso de dos meses que sea requerido para ello, a contar desde acreditar documentalmente dicho cumplimiento así como el día siguiente de los restantes datos que figuran en la presente solicitud y en la documentación adjunta a la publicación del presente anunciomisma. Asimismo se compromete, en el caso de conformidad resultar propuesto para el correspondiente nombramiento, a prestar juramento o promesa con arreglo a lo establecido en el artículo 46 Real Decreto 707/1979 de 5 xx xxxxx regulador de la Ley 29/1998, fórmula de 13 toma de Julio, posesión de la Jurisdicción Contenciosos-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso -administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente cargos o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinentefunciones públicas. En ROMANGORDO (Xxxxxxx)……, a 20 xx Xxxxx …… de 2017 La Alcaldesa -Presidenta FDO…… de 2018 (Firma) Sr. Xxxxx xxx Alcalde del Ayuntamiento de Villablino. Xxxxxxx Xxxxxxx XxxxxxXxxxxxxxxxxx, xxxxxx 00, 00000 Xxxxxxxxxx (Xxxx). Documentación adjunta a la solicitud:

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Samples: servicios3.jcyl.es

INCIDENCIAS. La presente Las presentes bases y convocatoria en sus Bases y en cuantos actos administrativos se deriven podrán ser impugnadas de la misma y de las actuaciones del Tribunal, podrá ser impugnada por los interesados en los casos y en las formas establecidas conformidad con lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del Sector Público y la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El Tribunal queda facultado Asimismo, la Jurisdicción competente para resolver las dudas que puedan presentarse controversias en relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la aplicación de las normas contenidas en las presentes Bases y para adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del Concurso, en aquellos aspectos no previstos en estas BasesJurisdicción Social. Contra la convocatoria y las presentes sus bases, que ponen fin a agotan la vía administrativa, se podrá interponer alternativamente o por los interesados recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía Alcaldía, previo al contencioso- administrativo en el plazo de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo xx Xxxxxxx oAdministrativo, a partir del día siguiente al de publicación de su elecciónanuncio en el Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento. CVE-2018-5246 En lo no previsto en las bases, será de aplicación la Ley 5/2015, de 30 de octubre, por el que corresponda a su domicilio, en se aprueba el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 Texto Refundido de la Ley 29/1998del Estatuto Básico del Empleado Público; el Real Decreto 896/1991, de 13 7 xx xxxxx, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de Julioselección de los funcionarios de Administra- ción Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, la Jurisdicción Contenciosos-AdministrativaLey 7/1985, de 2 xx xxxxx, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el Real Decreto Legislativo 2/2015, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo2018/5246 Miengo, no podrá interponer recurso contencioso -administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente. En ROMANGORDO (Xxxxxxx), a 20 00 xx Xxxxx de 2017 La Alcaldesa -Presidenta FDO. Xxxxx xxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx xx 2018.

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Samples: boc.cantabria.es