Common use of Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato Clause in Contracts

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. Con la notificación del Fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que se señala en el ANEXO 15 de la presente Convocatoria en la Gerencia de Adquisiciones. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato; de acuerdo con el modelo del ANEXO 15 y presentar copia y original para cotejo de los documentos siguientes: Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los bienes. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente (según corresponda). En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente (según corresponda). Carta de no revocación de poder. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante del estado de cuenta con CLABE interbancaria a la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como de quien se subcontrate: a) Opinión en sentido positivo de la resolución expedida por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. de la Miscelánea Fiscal para 2019. (D.O.F. 29-04-2019), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 con relación a la vigencia de la misma. O bien, autorizar al SAT a hacer público el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019, informando mediante escrito a esta Institución que dicha consulta es pública.

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Samples: Service Agreement, Service Agreement

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Dicho procedimiento sustituirá Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la notificación personalmisma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del Fallo fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que Asimismo, se señala difundirá un ejemplar de dichas actas en el ANEXO 15 CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la presente Convocatoria en la Gerencia de Adquisicionesnotificación personal. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato; contrato de acuerdo con el al modelo del ANEXO 15 17 y para presentar copia y original para cotejo de los documentos siguientessiguientes documentos: Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los bienesservicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente (según corresponda)equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente (según corresponda). Carta de no revocación de podercorrespondiente. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del estado contrato Identificación oficial vigente con fotografía de cuenta con CLABE interbancaria a una persona física que funja como testigo de la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). celebración del contrato Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de firmes en los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como de quien se subcontrate: siguientes documentos: a) Opinión en sentido positivo Documento de la resolución expedida expedido por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. de la Miscelánea Fiscal para 20192017 (mismo que deberá ser Positivo). (D.O.F. 2923-0412-20192016), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 con 2017 en relación a la vigencia de la misma. O bien, autorizar al SAT a hacer público el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019, informando mediante escrito a esta Institución que dicha consulta es pública.

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Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica, Licitación Pública Nacional Electrónica

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Dicho procedimiento sustituirá Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la notificación personalmisma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del Fallo fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que Asimismo, se señala difundirá un ejemplar de dicha acta en el ANEXO 15 CompraNet para efectos de su notificación a los participantes. Dicho procedimiento sustituirá a la presente Convocatoria en la Gerencia de Adquisicionesnotificación personal. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato; contrato de acuerdo con el al modelo del ANEXO 15 y 17, para presentar copia y original para cotejo de los documentos siguientes: Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los bienesservicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente (según corresponda)equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente (según corresponda). Carta de no revocación de podercorrespondiente. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del estado contrato Identificación oficial vigente con fotografía de cuenta con CLABE interbancaria a una persona física que funja como testigo de la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). celebración del contrato Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de firmes en los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como de quien se subcontrate: siguientes documentos: a) Opinión Resolución de opinión en sentido positivo de la resolución expedida expedido por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019. 2018 (D.O.F. 2922-0412-20192017). b) Documento de la resolución expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para la obtención de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social, conforme a lo establecido en la Regla Primera del Acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, publicado en el D.O.F. el 27 de febrero de 2015 (mismo que deberá ser Positivo), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 el Acuerdo de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 con relación a fecha 10 de diciembre de 2014 emitido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que se establece la vigencia de la misma. O bienEn caso de contar con los servicios de una empresa de outsourcing, autorizar al SAT presentar de la misma lo solicitado en los incisos a) y b) vigente y positivo. c) Manifestación bajo protesta de decir verdad que no desempeña empleo, cargo o comisión en el servicio público o, en su caso que a hacer público el resultado pesar de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad desempeñarlo, con la regla 2.1.27 formalización del contrato correspondiente no se actualiza un Conflicto de interés. En caso de que el contratista sea persona moral, dichas manifestaciones deberán presentarse respecto a los socios o accionistas que ejerzan control sobre la sociedad. Si el licitante adjudicado no firmara el contrato por causas imputables a él mismo, en la fecha, hora y lugar señalado en el fallo y se actualice el supuesto establecido en el artículo 60, fracción I de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019Ley podrá ser sancionado conforme al mismo. Pronósticos podrá sin necesidad de un nuevo procedimiento, informando mediante escrito adjudicar el contrato al licitante que hubiese presentado la siguiente proposición solvente más baja y así sucesivamente, siempre y cuando la diferencia en precio con respecto a esta Institución la postura adjudicada inicialmente no sea superior al 10%, en caso de que dicha consulta es públicaeste último no acepte la adjudicación, Pronósticos declarará desierta la Invitación.

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Samples: Convocatoria a La Invitación a Cuando Menos Tres Personas, Convocatoria a La Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. Con la notificación del Fallo fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que se señala en el ANEXO 15 de la presente Convocatoria en la Gerencia de Adquisiciones. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato; de acuerdo con el modelo del ANEXO 15 y presentar copia y original para cotejo de los documentos siguientes: Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los bienesservicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente (según corresponda). En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente (según corresponda). Carta de no revocación de poder. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante del estado de cuenta con CLABE interbancaria a la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como de quien se subcontrate: a) Opinión en sentido positivo de la resolución expedida por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. de la Miscelánea Fiscal para 20192018. (D.O.F. 2922-0412-20192017), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 con relación a la vigencia de la misma. O bien, autorizar al SAT a hacer público el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 20192018, informando mediante escrito a esta Institución que dicha consulta es pública. b) Opinión en sentido positivo de la resolución expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para la obtención de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social conforme a lo establecido en la Regla primera, publicada en el D.O.F. el 27 de febrero de 2015 así mismo deberá cumplir con el Acuerdo de fecha 10 de diciembre de 2014 emitido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que se establece la vigencia de la misma, y copia simple del convenio. c) Constancia Fiscal de no adeudo con INFONAVIT, conforme a las “Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx del 2017, y copia simple del convenio. No será aplicable a los particulares que teniendo créditos fiscales firmes hayan celebrado convenio con las autoridades fiscales en los términos del Código Fiscal de la Federación, en dicho supuesto, deberá presentar copia simple legible de dicho convenio. Si el licitante adjudicado no firmara el contrato por causas imputables a él mismo, en la fecha, hora y lugar señalado en el fallo y se actualice el supuesto establecido en el artículo 60 fracción I de la Ley podrá ser sancionado conforme al mismo. Con fundamento en el segundo párrafo del artículo 46 de la Ley, cuando el licitante adjudicado no firmare el contrato por causas imputables al mismo, sin necesidad de un nuevo procedimiento, BANSEFI podrá adjudicar el contrato al licitante que hubiese presentado la proposición solvente y así sucesivamente, siempre y cuando la diferencia en precio con respecto a la postura adjudicada no sea superior al 10%.

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Samples: Service Agreement

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Dicho procedimiento sustituirá Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la notificación personalmisma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del Fallo fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que Asimismo, se señala difundirá un ejemplar de dichas actas en el ANEXO 15 CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la presente Convocatoria en la Gerencia de Adquisicionesnotificación personal. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato; contrato de acuerdo con el al modelo del ANEXO 15 17 y para presentar copia y original para cotejo de los documentos siguientessiguientes documentos: Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los bienesservicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente (según corresponda)equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente (según corresponda). Carta de no revocación de podercorrespondiente. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del estado contrato Identificación oficial vigente con fotografía de cuenta con CLABE interbancaria a una persona física que funja como testigo de la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). celebración del contrato Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de firmes en los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como de quien se subcontrate: siguientes documentos: a) Opinión en sentido positivo Documento de la resolución expedida expedido por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales Fiscales, conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019. 2018 (D.O.F. 2922-0412-20192017), (mismo que deberá ser Positivo). b) Documento de la resolución expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para la obtención de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social, conforme a lo establecido en la Regla Primera del Acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, publicado en el D.O.F. el 27 de febrero de 2015 (mismo que deberá ser Positivo), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 el Acuerdo de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 con relación a fecha 10 de diciembre de 2014 emitido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que se establece la vigencia de la misma. O bienSi el licitante no firmara el contrato por causas imputables a él mismo, autorizar al SAT a hacer público en la fecha, hora y lugar señalado en el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 fallo y se actualice el supuesto establecido en el artículo 60 fracción I de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019Ley podrá ser sancionado conforme al mismo. Pronósticos podrá sin necesidad de un nuevo procedimiento, informando mediante escrito adjudicar el contrato al licitante que hubiese presentado la proposición solvente más baja y así sucesivamente, siempre y cuando la diferencia en precio con respecto a esta Institución la postura adjudicada no se superior al 10%, en caso de que dicha consulta es públicaeste último no acepte la adjudicación, Pronósticos declarará desierta la Licitación.

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Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Dicho procedimiento sustituirá Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la notificación personalmisma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del Fallo fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dicha acta en CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que se señala en el ANEXO 15 de la presente Convocatoria Convocatoria, en la Gerencia de Adquisiciones. En caso de que la fecha prevista originalmente esté rebasada o no se encuentre vigente, o bien no se mencione en el fallo, el término para la firma del contrato quedará comprendido dentro de los quince días naturales posteriores a la notificación del fallo mediante notificación personal en el domicilio o a través de correo electrónico que para tales efectos haya señalado el licitante. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato; contrato de acuerdo con el al modelo del ANEXO 15 y para presentar copia y original para cotejo de los documentos siguientessiguientes documentos: Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los bienesservicios. Escritura pública que contenga el poder vigente que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente (según corresponda)equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente (según corresponda)correspondiente. Carta de no revocación de poder. Comprobante de domicilio fiscal (actualizadono mayor a tres meses) Comprobante de domicilio fiscal (actualizadono mayor a tres meses) Comprobante del estado de cuenta con CLABE interbancaria a la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de firmes en los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como de quien se subcontratesiguientes documentos: a) Opinión en sentido positivo de la resolución expedida por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. de la Miscelánea Fiscal para 20192018. (D.O.F. 2922-0412-20192017), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 con 2018 en relación a la vigencia de la misma. O bien, autorizar al SAT a hacer público el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 20192018, informando mediante escrito a esta Institución que dicha consulta es pública. b) Opinión en sentido positivo de la resolución expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para la obtención de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social conforme a lo establecido en la Regla primera, publicada en el D.O.F. el 27 de febrero de 2015 así mismo deberá cumplir con el Acuerdo de fecha 10 de diciembre de 2014 emitido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que se establece la vigencia de la misma. O en su caso, escrito firmado por el Representante Legal en el que manifieste que emplea bajo el régimen de subcontratación, adjuntando copia simple del convenio correspondiente, así como del documento indicado en el párrafo anterior de la empresa con la que tiene convenio. c) Constancia Fiscal de no adeudo con INFONAVIT, conforme a las “Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx del 2017. O en su caso, escrito firmado por el Representante Legal en el que manifieste que emplea bajo el régimen de subcontratación, adjuntando copia simple del convenio correspondiente, así como del documento indicado en el párrafo anterior de la empresa con la que tiene convenio. No será aplicable a los particulares que teniendo créditos fiscales firmes hayan celebrado convenio con las autoridades fiscales en los términos del Código Fiscal de la Federación, en dicho supuesto, deberá presentar copia simple legible de dicho convenio. Si el licitante adjudicado no firmara el contrato por causas imputables a él mismo, en la fecha, hora y lugar señalado en el fallo y se actualice el supuesto establecido en el artículo 60 fracción I de la Ley podrá ser sancionado conforme al mismo. Con fundamento en el segundo párrafo del artículo 46 de la Ley, cuando el licitante adjudicado no firma el contrato por causas imputables al mismo, sin necesidad de un nuevo procedimiento, BANSEFI podrá adjudicar el contrato al licitante que hubiese presentado la siguiente proposición solvente.

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Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Dicho procedimiento sustituirá Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la notificación personalmisma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del Fallo fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que se señala en el ANEXO 15 17 de la presente Convocatoria Convocatoria, en la Gerencia de Adquisiciones. En caso de que la fecha prevista originalmente esté rebasada o no se encuentre vigente, o bien no se mencione en el fallo, el término para la firma del contrato quedará comprendido dentro de los quince días naturales posteriores a la notificación del fallo mediante notificación personal en el domicilio o a través de correo electrónico que para tales efectos haya señalado el licitante. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato; contrato de acuerdo con el modelo del ANEXO 15 17 y para presentar copia y original para cotejo de los documentos siguientessiguientes documentos: Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Inscripción al de la empresa. Registro Federal de Contribuyentes Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los bienesservicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente equivalente. Clave Única de Registro de Población (según corresponda). En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público CURP) Currículum de la propiedad empresa. Currículum y del comercio correspondiente (según corresponda)comprobante de último comprobante de estudios. Carta de no revocación de poder. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante del estado de cuenta con CLABE interbancaria a la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como de quien se subcontrate: a) Opinión en sentido positivo Documento de la resolución expedida expedido por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Segunda Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017; Regla 2.1.31. de la Miscelánea Fiscal para 20192017 (en sentido positivo). (D.O.F. 29-04-201918 de julio de 2017), así mismo asimismo, deberá cumplir con la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 con 2017 en relación a la vigencia de la misma. O bien, autorizar al SAT a hacer público el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019, informando mediante escrito a esta Institución que dicha consulta es pública.

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Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Dicho procedimiento sustituirá Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la notificación personalmisma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del Fallo fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que Asimismo, se señala difundirá un ejemplar de dichas actas en el ANEXO 15 CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la presente Convocatoria en la Gerencia de Adquisicionesnotificación personal. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato; contrato de acuerdo con el al modelo del ANEXO 15 17 y para presentar copia y original para cotejo de los documentos siguientessiguientes documentos: Inscripción al Registro Federal registro federal de Contribuyentes contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los bienesservicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente (según corresponda)equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente (según corresponda). Carta de no revocación de podercorrespondiente. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del estado contrato Identificación oficial vigente con fotografía de cuenta con CLABE interbancaria a una persona física que funja como testigo de la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). celebración del contrato Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de firmes en los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como de quien se subcontrate: siguientes documentos: a) Opinión en sentido positivo Documento de la resolución expedida expedido por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. de la Miscelánea Fiscal para 20192017 (mismo que deberá ser Positivo). (D.O.F. 2923-0412-20192016), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 con 2017 en relación a la vigencia de la misma. O bien, autorizar al SAT a hacer público el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 . b) Documento de la Resolución Miscelánea Fiscal resolución expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para 2019la obtención de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social conforme a lo establecido en la Regla primera, informando mediante escrito publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de febrero de 2015 (mismo que deberá ser Positivo), así mismo deberá cumplir con el Acuerdo de fecha 10 de diciembre de 2014 emitido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que se establece la vigencia de la misma. Si el licitante no firmara el contrato por causas imputables a esta Institución él mismo, en la fecha, hora y lugar señalado en el fallo y se actualice el supuesto establecido en el artículo 60 fracción I de la Ley podrá ser sancionado conforme al mismo. Pronósticos podrá sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el contrato al licitante que dicha consulta es públicahubiese presentado la proposición solvente más baja y así sucesivamente, siempre y cuando la diferencia en precio con respecto a la postura adjudicada no se superior al 10%, en caso de que este último no acepte la adjudicación, Pronósticos declarará desierta la Licitación.

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Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Dicho procedimiento sustituirá Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la notificación personalmisma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del Fallo fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dicha acta en CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que se señala en el ANEXO 15 16 de la presente Convocatoria Convocatoria, en la Gerencia de Adquisiciones. En caso de que la fecha prevista originalmente esté rebasada o no se encuentre vigente, o bien no se mencione en el fallo, el término para la firma del contrato quedará comprendido dentro de los quince días naturales posteriores a la notificación del fallo mediante notificación personal en el domicilio o a través de correo electrónico que para tales efectos haya señalado el licitante. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato; contrato de acuerdo con el modelo del ANEXO 15 16 y para presentar copia y original para cotejo de los documentos siguientessiguientes documentos: Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los bienesservicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente (según corresponda)equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente (según corresponda)correspondiente. Carta de no revocación de poder. Comprobante de domicilio fiscal (actualizadono mayor a tres meses) Comprobante de domicilio fiscal (actualizadono mayor a tres meses) Comprobante del estado de cuenta con CLABE interbancaria a la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como de quien se subcontrate: . a) Opinión en sentido positivo de la resolución expedida por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. de la Miscelánea Fiscal para 20192018. (D.O.F. 2922-0412-20192017), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 con 2018 en relación a la vigencia de la misma. O bien, autorizar al SAT a hacer público el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 20192018, informando mediante escrito a esta Institución que dicha consulta es pública. b) Opinión en sentido positivo de la resolución expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para la obtención de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social conforme a lo establecido en la Regla primera, publicada en el D.O.F. el 27 de febrero de 2015 así mismo deberá cumplir con el Acuerdo de fecha 10 de diciembre de 2014 emitido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que se establece la vigencia de la misma. O en su caso, escrito firmado por el Representante Legal en el que manifieste que emplea bajo el régimen de subcontratación, adjuntando copia simple del convenio correspondiente, así como del documento indicado en el párrafo anterior de la empresa con la que tiene convenio. c) Constancia Fiscal de no adeudo con INFONAVIT, conforme a las “Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx del 2017. O en su caso, escrito firmado por el Representante Legal en el que manifieste que emplea bajo el régimen de subcontratación, adjuntando copia simple del convenio correspondiente, así como del documento indicado en el párrafo anterior de la empresa con la que tiene convenio. No será aplicable a los particulares que teniendo créditos fiscales firmes hayan celebrado convenio con las autoridades fiscales en los términos del Código Fiscal de la Federación, en dicho supuesto, deberá presentar copia simple legible de dicho convenio. Si el licitante no firmara el contrato por causas imputables a él mismo, en la fecha, hora y lugar señalado en el fallo y se actualice el supuesto establecido en el artículo 60 fracción I de la Ley podrá ser sancionado conforme al mismo.

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Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Dicho procedimiento sustituirá Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la notificación personalmisma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del Fallo fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que Asimismo, se señala difundirá un ejemplar de dichas actas en el ANEXO 15 CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la presente Convocatoria en la Gerencia de Adquisicionesnotificación personal. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato; contrato de acuerdo con el al modelo del ANEXO 15 17 y para presentar copia y original para cotejo de los documentos siguientessiguientes documentos: Inscripción al Registro Federal registro federal de Contribuyentes contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los bienesservicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente (según corresponda)equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente (según corresponda). Carta de no revocación de podercorrespondiente. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del estado contrato Identificación oficial vigente con fotografía de cuenta con CLABE interbancaria a una persona física que funja como testigo de la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). celebración del contrato Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de firmes en los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como de quien se subcontrate: siguientes documentos: a) Opinión en sentido positivo Documento de la resolución expedida expedido por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. 2.1.27 de la Miscelánea Fiscal para 20192015 (mismo que deberá ser Positivo). (D.O.F. 2903-0403-20192015), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 con 2016 en relación a la vigencia de la misma. O bien, autorizar al SAT a hacer público el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019, informando mediante escrito a esta Institución que dicha consulta es pública.

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Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. Se levantará BANSEFI podrá sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el acta del eventocontrato al licitante que hubiese presentado la proposición solvente más baja y así sucesivamente, siempre y cuando la cual será firmada por los asistentes diferencia en precio con respecto a quienes se les entregará copia la postura adjudicada no sea superior al 10%, en caso de que este último no acepte la misma; asimismo el contenido del adjudicación, BANSEFI declarará desierta la Licitación. El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Dicho procedimiento sustituirá Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la notificación personalmisma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del Fallo fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que Asimismo, se señala difundirá un ejemplar de dichas actas en el ANEXO 15 CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la presente Convocatoria en la Gerencia de Adquisicionesnotificación personal. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato; contrato de acuerdo con el al modelo del ANEXO 15 17 y para presentar copia y original para cotejo de los documentos siguientessiguientes documentos: Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los bienesservicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente (según corresponda)equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente (según corresponda). Carta de no revocación de poder. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante del estado de cuenta con CLABE interbancaria a la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de firmes en los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como de quien se subcontratesiguientes documentos: a) Opinión en sentido positivo de la resolución expedida por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. de la Miscelánea Fiscal para 20192017. (D.O.F. 2918-0407-20192017), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 con 2017 en relación a la vigencia de la misma. O bien, autorizar al SAT a hacer público el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 b) Opinión en sentido positivo de la Resolución Miscelánea Fiscal resolución expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para 2019la obtención de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social conforme a lo establecido en la Regla primera, informando mediante escrito publicada en el D.O.F. el 27 de febrero de 2015 así mismo deberá cumplir con el Acuerdo de fecha 10 de diciembre de 2014 emitido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que se establece la vigencia de la misma. Si el licitante no firmara el contrato por causas imputables a esta Institución que dicha consulta es públicaél mismo, en la fecha, hora y lugar señalado en el fallo y se actualice el supuesto establecido en el artículo 60 fracción I de la Ley podrá ser sancionado conforme al mismo.

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Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Dicho procedimiento sustituirá Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la notificación personalmisma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del Fallo fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que Asimismo, se señala difundirá un ejemplar de dichas actas en el ANEXO 15 CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la presente Convocatoria en la Gerencia de Adquisicionesnotificación personal. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato; contrato de acuerdo con el al modelo del ANEXO 15 17 y para presentar copia y original para cotejo de los documentos siguientessiguientes documentos: Inscripción al Registro Federal registro federal de Contribuyentes contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los bienesservicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente (según corresponda)equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente (según corresponda). Carta de no revocación de podercorrespondiente. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del estado contrato Identificación oficial vigente con fotografía de cuenta con CLABE interbancaria a una persona física que funja como testigo de la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). celebración del contrato Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de firmes en los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como de quien se subcontrate: siguientes documentos: a) Opinión en sentido positivo Documento de la resolución expedida expedido por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales Fiscales, conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019. 2018 (D.O.F. 2922-0412-20192017), (mismo que deberá ser Positivo). b) Documento de la resolución expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para la obtención de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social, conforme a lo establecido en la Regla Primera del Acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, publicado en el D.O.F. el 27 de febrero de 2015 (mismo que deberá ser Positivo), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 el Acuerdo de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 con relación a fecha 10 de diciembre de 2014 emitido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que se establece la vigencia de la misma. O bienSi el licitante no firmará el Contrato por causas imputables a él mismo, autorizar al SAT a hacer público en la fecha, hora y lugar señalado en el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 fallo y se actualice el supuesto establecido en el artículo 60 fracción I de la Resolución Miscelánea Fiscal Ley, podrá ser sancionado conforme al mismo. Pronósticos para 2019la Asistencia Pública podrá sin necesidad de un nuevo procedimiento, informando mediante escrito adjudicar el contrato al licitante que hubiese presentado la proposición solvente más baja y así sucesivamente, siempre y cuando la diferencia en la iguala mensual con respecto a esta Institución la postura adjudicada no se superior al 10%, en caso de que dicha consulta es públicaeste último no acepte la adjudicación, Pronósticos para la Asistencia Pública declarará desierta la presente Licitación Pública.

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Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. Se levantará De conformidad con el artículo 37, quinto párrafo de la Ley, el acto de fallo de la licitación se llevará a cabo en junta pública en la fecha y lugar señalado en la presente convocatoria, levantándose el acta del eventorespectiva, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de en el sistema CompraNet el mismo día en que se celebrecelebre esta junta pública. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Dicho Este procedimiento sustituirá sustituye a la notificación personal. Con La fecha señalada anteriormente será ratificada o rectificada en el acto de presentación y apertura de proposiciones. Cuando se advierta en el fallo la existencia de un error aritmético, mecanográfico o de cualquier otra naturaleza que no afecte el resultado de la evaluación realizada por la convocante, dentro de los cinco días hábiles siguientes a su notificación del Fallo por el y siempre que no se adjudica haya firmado el contrato, el titular del área responsable del procedimiento de contratación procederá a su corrección, con la intervención de su superior jerárquico, aclarando o rectificando el mismo, mediante el acta administrativa correspondiente en la que se harán constar los motivos que lo originaron y las obligaciones derivadas razones que sustentan su enmienda, hecho que se notificará a los licitantes que hubieran participado en el procedimiento de éste serán exigibleslicitación, remitiendo copia de la misma al Órgano Interno de Control dentro de los cinco días hábiles posteriores a la fecha de su firma. Contra la resolución que contenga el fallo no procederá recurso alguno, sin perjuicio embargo, procederá la inconformidad en términos de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que se señala en el ANEXO 15 de la presente Convocatoria en la Gerencia de AdquisicionesLey. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato; contrato de acuerdo con el al modelo del ANEXO 15 16 y presentar en copia y original para cotejo de los documentos siguientessiguientes documentos: Inscripción al Registro Federal registro federal de Contribuyentes contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. PERSONA MORAL PERSONA FÍSICA Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los bienesservicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente (según corresponda)equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente (según corresponda). Carta de no revocación de podercorrespondiente. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del estado contrato Identificación oficial vigente con fotografía de cuenta con CLABE interbancaria a una persona física que funja como testigo de la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). celebración del contrato Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará contratara adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de firmes en los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como de quien se subcontrate: siguientes documentos: a) Opinión en sentido positivo Documento de la resolución expedida expedido por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. 2.1.27 de la Miscelánea Fiscal para 20192015 (mismo que deberá ser Positivo). (D.O.F. 2903-0403-20192015), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 con 2016 en relación a la vigencia de la misma. O bien, autorizar al SAT a hacer público el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019, informando mediante escrito a esta Institución que dicha consulta es pública.

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Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Dicho procedimiento sustituirá Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la notificación personalmisma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del Fallo fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que Asimismo, se señala difundirá un ejemplar de dichas actas en el ANEXO 15 CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la presente Convocatoria en la Gerencia de Adquisicionesnotificación personal. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato; contrato de acuerdo con el al modelo del ANEXO 15 17 y para presentar copia y original para cotejo de los documentos siguientessiguientes documentos: Inscripción al Registro Federal registro federal de Contribuyentes contribuyentes. Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Cédula del registro federal de contribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Representante Legal. Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los bienesel servicio. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legalRepresentante Legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos Contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente (según corresponda)equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente (según corresponda). Carta de no revocación de podercorrespondiente. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) ). Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante ). Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del estado Contrato. Identificación oficial vigente con fotografía de cuenta con CLABE interbancaria a una persona física que funja como testigo de la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado)celebración del Contrato. Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de firmes en los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como de quien se subcontrate: siguientes documentos: a) Opinión en sentido positivo Documento de la resolución expedida expedido por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales Fiscales, conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019. 2018 (D.O.F. 2922- 12-04-20192017), (mismo que deberá ser Positivo y vigente a la formalización del contrato). b) Documento de la resolución expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para la obtención de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social, conforme a lo establecido en la Regla Primera del Acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, publicado en el D.O.F. el 27 de febrero de 2015 (mismo que deberá ser Positivo), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 el Acuerdo de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 con relación a fecha 10 de diciembre de 2014 emitido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que se establece la vigencia de la misma. O bien(mismo que deberá ser Positivo y vigente a la formalización del contrato). c) De acuerdo a lo establecido en el ACUERDO del H. Consejo de Administración del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores por el que se emiten las Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos, autorizar al SAT publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 28 xx xxxxx de 2017, el licitante adjudicado deberá presentar la constancia de situación fiscal favorable ante el INFONAVIT en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos. Manifestación bajo protesta de decir verdad que no desempeña empleo, cargo o comisión en el servicio público o, en su caso que, a hacer público pesar de desempeñarlo, con la formalización del contrato correspondiente no se actualiza un Conflicto de interés. En caso de que el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales contratista sea persona moral, dichas manifestaciones deberán presentarse respecto a los socios o accionistas que ejerzan control sobre la sociedad de conformidad con la regla 2.1.27 al artículo 49, fracción IX, de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019Ley General de Responsabilidades Administrativas. Si el adjudicado no firmara el Contrato por causas imputables a él mismo, informando mediante escrito en la fecha, hora y lugar señalado en el fallo y se actualice el supuesto establecido en el artículo 60 fracción I de la Ley podrá ser sancionado conforme al mismo. Pronósticos podrá sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el Contrato al participante que hubiese presentado la proposición solvente más baja y así sucesivamente, siempre y cuando la diferencia en precio con respecto a esta Institución la postura adjudicada no sea superior al 10%, en caso de que dicha consulta es públicaeste último no acepte la adjudicación, Pronósticos declarará desierta la Licitación.

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Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Dicho procedimiento sustituirá Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la notificación personalmisma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del Fallo fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que Asimismo, se señala difundirá un ejemplar de dichas actas en el ANEXO 15 CompraNet para efectos de su notificación a los participantes. Dicho procedimiento sustituirá a la presente Convocatoria en la Gerencia de Adquisicionesnotificación personal. El licitante participante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato; contrato de acuerdo con el al modelo del ANEXO 15 17 y para presentar copia y original para cotejo de los documentos siguientessiguientes documentos: Inscripción al Registro Federal registro federal de Contribuyentes contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los bienesservicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente (según corresponda)equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente (según corresponda). Carta de no revocación de podercorrespondiente. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del estado contrato Identificación oficial vigente con fotografía de cuenta con CLABE interbancaria a una persona física que funja como testigo de la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). celebración del contrato Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de firmes en los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como de quien se subcontrate: siguientes documentos: a) Opinión en sentido positivo Documento de la resolución expedida expedido por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales Fiscales, conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019. 2018 (D.O.F. 2922-0412-20192017), (mismo que deberá ser Positivo). b) Documento de la resolución expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para la obtención de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social, conforme a lo establecido en la Regla Primera del Acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, publicado en el D.O.F. el 27 de febrero de 2015 (mismo que deberá ser Positivo), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 el Acuerdo de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 con relación a fecha 10 de diciembre de 2014 emitido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que se establece la vigencia de la misma. O bienSi el adjudicado no firmara el contrato por causas imputables a él mismo, autorizar al SAT a hacer público en la fecha, hora y lugar señalado en el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 fallo y se actualice el supuesto establecido en el artículo 60 fracción I de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019Ley podrá ser sancionado conforme al mismo. Pronósticos podrá sin necesidad de un nuevo procedimiento, informando mediante escrito adjudicar el contrato al participante que hubiese presentado la proposición solvente más baja y así sucesivamente, siempre y cuando la diferencia en precio con respecto a esta Institución la postura adjudicada no sea superior al 10%, en caso de que dicha consulta es públicaeste último no acepte la adjudicación, Pronósticos declarará desierta la Invitación.

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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo, El fallo para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Dicho procedimiento sustituirá Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la notificación personalmisma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del Fallo fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que se señala en el ANEXO 15 16 de la presente Convocatoria Convocatoria, en la Gerencia de Adquisiciones. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato; de acuerdo con el modelo del ANEXO 15 16 y presentar copia y original para cotejo de los documentos siguientes: Inscripción al Contribuyentes Registro Federal de Contribuyentes Inscripción al Registro Federal Contribuyentes de Contribuyentes Cédula del Contribuyentes. Registro Federal de Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los bienesservicios. con que Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal Gobierno Federal o su equivalente (según corresponda). En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente (según corresponda). Carta de no revocación de poder. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante del estado de cuenta con CLABE interbancaria a la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como de quien se subcontrate: a) Opinión en sentido positivo de la resolución expedida por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. de la Miscelánea Fiscal para 2019. (D.O.F. 29-04-2019), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 con relación a la vigencia de la misma. O bien, autorizar al SAT a hacer público el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019, informando mediante escrito a esta Institución que dicha consulta es pública.

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Samples: Service Agreement

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Dicho procedimiento sustituirá Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la notificación personalmisma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del Fallo fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que Asimismo, se señala difundirá un ejemplar de dicha acta en el ANEXO 15 CompraNet para efectos de su notificación a los participantes. Dicho procedimiento sustituirá a la presente Convocatoria en la Gerencia de Adquisicionesnotificación personal. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato; contrato de acuerdo con el al modelo del ANEXO 15 y 17, para presentar copia y original para cotejo de los documentos siguientes: Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que Acta de nacimiento o, en su caso, carta de fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que naturalización respectiva, expedida por la autoridad tiene su domicilio en el territorio nacional con la competente, así como la documentación con la que constancia de inscripción en el registro público de acredite tener su domicilio legal en el territorio comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufridonacional. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacionalxxxxxxx. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la representante legal persona física que proporcionará los bienesservicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente (según corresponda)equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente (según corresponda). Carta de no revocación de podercorrespondiente. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del estado contrato Identificación oficial vigente con fotografía de cuenta con CLABE interbancaria a una persona física que funja como testigo de la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). celebración del contrato Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará contratar á adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de firmes en los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como de quien se subcontrate: siguientes documentos: a) Opinión Resolución de opinión en sentido positivo de la resolución expedida expedido por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019. 2018 (D.O.F. 2922-0412-20192017). b) Documento de la resolución expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para la obtención de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social, conforme a lo establecido en la Regla Primera del Acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, publicado en el D.O.F. el 27 de febrero de 2015 (mismo que deberá ser Positivo), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 el Acuerdo de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 con relación a fecha 10 de diciembre de 2014 emitido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que se establece la vigencia de la misma. O bienSi el licitante adjudicado no firmara el contrato por causas imputables a él mismo, autorizar al SAT a hacer público en la fecha, hora y lugar señalado en el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 fallo y se actualice el supuesto establecido en el artículo 60, fracción I de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019Ley podrá ser sancionado conforme al mismo. Pronósticos podrá sin necesidad de un nuevo procedimiento, informando mediante escrito adjudicar el contrato al licitante que hubiese presentado la siguiente proposición solvente más baja y así sucesivamente, siempre y cuando la diferencia en precio con respecto a esta Institución la postura adjudicada inicialmente no sea superior al 10%, en caso de que dicha consulta es públicaeste último no acepte la adjudicación, Pronósticos declarará desierta la Invitación.

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Samples: Convocatoria a La Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo, El fallo para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Dicho procedimiento sustituirá Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la notificación personalmisma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del Fallo fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que se señala en el ANEXO 15 16 de la presente Convocatoria Convocatoria, en la Gerencia de Adquisiciones. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato; de acuerdo con el modelo del ANEXO 15 16 y presentar copia y original para cotejo de los documentos siguientes: Inscripción al Contribuyentes Registro Federal de Contribuyentes Inscripción al Contribuyentes Registro Federal de Contribuyentes Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. Cédula del Contribuyentes. Registro Federal de Contribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los bienes. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal Gobierno Federal o su equivalente (según corresponda). En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente (según corresponda). Carta de no revocación de poder. Comprobante de domicilio fiscal convencional (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal convencional (actualizado) Comprobante del estado de cuenta con CLABE interbancaria a la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). Escrito Manifiesto de no desempeñar empleo, cargo o comisión en el servicio público. En este, el particular debe manifestar bajo protesta de decir verdad que no desempeña empleo, cargo o comisión en el servicio público o, en su caso que, a pesar de desempeñarlo, con la formalización del contrato correspondiente no se actualiza un Conflicto de Interés. En caso de que el proveedor sea persona moral, dichas manifestaciones deberán presentarse respecto a los socios o accionistas que ejerzan control sobre la sociedad, de conformidad con lo establecido en el artículo 49, fracción IX xx Xxx General de Responsabilidades Administrativas. ANEXO 17 A (persona moral) ANEXO 17 B (persona física). Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de los que estos últimos subcontratencontratos, que se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a por lo que el licitante ganador deberá presentar lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como de quien se subcontrate: a) Opinión vigente a la firma del contrato y en sentido positivo de la resolución expedida por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.312.1.29. de la Miscelánea Fiscal para 20192022. (D.O.F. 2927-0412-20192021), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 2.1.37 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 2022 con relación a la vigencia de la misma. O bienEl licitante adjudicado deberá cumplir con lo establecido en el DECRETO por el que se reforman, autorizar al SAT a hacer público el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 adicionan y derogan diversas disposiciones de la Resolución Miscelánea Ley Federal del Trabajo; de la Ley del Seguro Social; de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; del Código Fiscal de la Federación; de la Ley del Impuesto sobre la Renta; de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional; de la Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B, del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Subcontratación Laboral, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 xx xxxxx de 2021. b) Opinión vigente a la firma del contrato y en sentido positivo de la resolución expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para 2019la obtención de Cumplimiento de Obligaciones en Materia de Seguridad Social conforme a lo establecido en la Regla primera, informando mediante escrito publicada en el D.O.F. el 27 de febrero de 2015 así mismo deberá cumplir con el Acuerdo de fecha 10 de diciembre de 2014 emitido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que se establece la vigencia de la misma. El licitante adjudicado deberá cumplir con lo establecido en el DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo; de la Ley del Seguro Social; de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; del Código Fiscal de la Federación; de la Ley del Impuesto sobre la Renta; de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional; de la Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B, del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Subcontratación Laboral, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 xx xxxxx de 2021. c) Constancia Fiscal vigente a esta Institución la firma del contrato y de no adeudo con INFONAVIT, relativa a la situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuento conforme a las “Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx del 2017. El licitante adjudicado deberá cumplir con lo establecido en el DECRETO por el que dicha consulta es públicase reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo; de la Ley del Seguro Social; de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; del Código Fiscal de la Federación; de la Ley del Impuesto sobre la Renta; de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional; de la Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B, del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Subcontratación Laboral, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 xx xxxxx de 2021. Si el licitante adjudicado no firmará el contrato por causas imputables a él mismo, en la fecha, hora y lugar señalado en el fallo y se actualice el supuesto establecido en el artículo 60, fracción I de la Ley podrá ser sancionado conforme al mismo. Con fundamento en el segundo párrafo del artículo 46 de la Ley, cuando el licitante adjudicado no firmare el contrato por causas imputables al mismo, sin necesidad de un nuevo procedimiento, el BANCO DEL BIENESTAR podrá adjudicar el contrato al participante que haya obtenido el segundo lugar, siempre que la diferencia en precio con respecto a la proposición inicialmente adjudicada no sea superior a un margen xxx xxxx por ciento.

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Samples: Contract for Specialized Technical Assistance Services

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Dicho procedimiento sustituirá Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la notificación personalmisma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del Fallo fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que se señala en el ANEXO 15 17 de la presente Convocatoria Convocatoria, en la Gerencia de Adquisiciones. En caso de que la fecha prevista originalmente esté rebasada o no se encuentre vigente, o bien no se mencione en el fallo, el término para la firma del contrato quedará comprendido dentro de los quince días naturales posteriores a la notificación del fallo mediante notificación personal en el domicilio o a través de correo electrónico que para tales efectos haya señalado el licitante. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato; contrato de acuerdo con el al modelo del ANEXO 15 17 y para presentar copia y original para cotejo de los documentos siguientessiguientes documentos: Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los bienesservicios. Escritura pública que contenga el poder con facultades vigentes, que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente (según corresponda)equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente (según corresponda)correspondiente. Carta de no revocación de poder. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante del estado de cuenta con CLABE interbancaria a la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como de quien se subcontrate: . a) Opinión en sentido positivo de la resolución expedida por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. de la Miscelánea Fiscal para 20192017. (D.O.F. 2918-0407-20192017), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 con 2017 en relación a la vigencia de la misma. b) Opinión en sentido positivo de la resolución expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para la obtención de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social conforme a lo establecido en la Regla primera, publicada en el D.O.F. el 27 de febrero de 2015 así mismo deberá cumplir con el Acuerdo de fecha 10 de diciembre de 2014 emitido por el H. Consejo Técnico del Instituto c) Constancia Fiscal de no adeudo con INFONAVIT, conforme a las “Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx del 2017. O bienen su caso, autorizar al SAT a hacer público escrito firmado por el resultado Representante Legal en el que manifieste que emplea bajo el régimen de su opinión subcontratación, adjuntando copia simple del cumplimiento convenio correspondiente, así como del documento indicado en el párrafo anterior de obligaciones fiscales de conformidad la empresa con la regla 2.1.27 que tiene convenio. No será aplicable a los particulares que teniendo créditos fiscales firmes hayan celebrado convenio con las autoridades fiscales en los términos del Código Fiscal de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019Federación, informando mediante escrito en dicho supuesto, deberá presentar copia simple legible de dicho convenio. Si el licitante no firmara el contrato por causas imputables a esta Institución que dicha consulta es públicaél mismo, en la fecha, hora y lugar señalado en el fallo y se actualice el supuesto establecido en el artículo 60 fracción I de la Ley podrá ser sancionado conforme al mismo.

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Samples: Licitación Pública

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. Con la notificación del Fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que se señala en el ANEXO 15 de la presente Convocatoria en la Gerencia de Adquisiciones. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato; de acuerdo con el modelo del ANEXO 15 y presentar copia y original para cotejo de los documentos siguientes: Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los bienes. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente (según corresponda). En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente (según corresponda). Carta de no revocación de poder. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante del estado de cuenta con CLABE interbancaria a la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como de quien se subcontrate: a) Opinión vigente y en sentido positivo de la resolución expedida por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. de la Miscelánea Fiscal para 20192020. (D.O.F. 2928-0412-2019), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 2020 con relación a la vigencia de la misma. O bien, autorizar al SAT a hacer público el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 20192020, informando mediante escrito a esta Institución que dicha consulta es pública. b) Opinión vigente y en sentido positivo de la resolución expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para la obtención de Cumplimiento de Obligaciones en Materia de Seguridad Social conforme a lo establecido en la Regla primera, publicada en el D.O.F. el 27 de febrero de 2015 así mismo deberá cumplir con el Acuerdo de fecha 10 de diciembre de 2014 emitido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que se establece la vigencia de la misma, y copia simple del convenio. c) Constancia Fiscal vigente y de no adeudo con INFONAVIT, relativa a la situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuento conforme a las “Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx del 2017, y copia simple del convenio. No será aplicable a los particulares que teniendo créditos fiscales firmes hayan celebrado convenio con las autoridades fiscales en los términos del Código Fiscal de la Federación, en dicho supuesto, deberá presentar copia simple legible de dicho convenio. Si el licitante adjudicado no firmará el contrato por causas imputables a él mismo, en la fecha, hora y lugar señalado en el fallo y se actualice el supuesto establecido en el artículo 60, fracción I de la Ley podrá ser sancionado conforme al mismo. Con fundamento en el segundo párrafo del artículo 46 de la Ley, cuando el licitante adjudicado no firmare el contrato por causas imputables al mismo, sin necesidad de un nuevo procedimiento, el BANCO DEL BIENESTAR podrá adjudicar el contrato al licitante que hubiese presentado la proposición solvente y así sucesivamente, siempre y cuando la diferencia en precio con respecto a la postura adjudicada no sea superior al 10%.

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Samples: Service Agreement

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebrecelebre el acto de notificación. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Dicho procedimiento sustituirá Se levantará un acta de la celebración del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la notificación personalmisma; asimismo, el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del Fallo fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que se señala en el ANEXO 15 17 de la presente Convocatoria Convocatoria, el 13 de octubre de 2017, en la Gerencia de Adquisiciones. En caso de que la fecha prevista originalmente esté rebasada o no se encuentre vigente, o bien no se mencione en el fallo, el término para la firma del contrato quedará comprendido dentro de los quince días naturales posteriores a la notificación del fallo mediante notificación personal en el domicilio o a través de correo electrónico que para tales efectos haya señalado el licitante. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato; contrato de acuerdo con el modelo del ANEXO 15 17 y para presentar copia y original para cotejo de los documentos siguientessiguientes documentos: Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue Acta de nacimiento o, en su caso, carta de constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su naturalización respectiva, expedida por la autoridad domicilio en el territorio nacional con la constancia de competente, así como la documentación con la que inscripción en el registro público de comercio y, en su acredite tener su domicilio legal en el territorio caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la representante legal persona física que proporcionará los bienesservicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente (según corresponda). En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente (según corresponda). Carta de no revocación de poderequivalente. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante del estado de cuenta con CLABE interbancaria a la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de firmes en los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como de quien se subcontratesiguientes documentos: a) Opinión en sentido positivo Documento de la resolución expedida expedido por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Segunda Resolución de modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017; Regla 2.1.31. de la Miscelánea Fiscal para 20192017 (en sentido positivo). (D.O.F. 29-04-201918 de julio de 2017), así mismo asimismo, deberá cumplir con la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 con 2017 en relación a la vigencia de la misma. O bien, autorizar al SAT a hacer público el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 b) Documento de la Resolución Miscelánea Fiscal resolución expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para 2019la obtención de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social conforme a lo establecido en la Regla primera, informando mediante escrito publicada en el D.O.F. el 27 de febrero de 2015 (mismo que deberá ser Positivo), así mismo deberá cumplir con el Acuerdo de fecha 10 de diciembre de 2014 emitido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que se establece la vigencia de la misma. Si el licitante no firmara el contrato por causas imputables a esta Institución él mismo, en la fecha, hora y lugar señalado en el fallo y se actualice el supuesto establecido en el artículo 60 fracción I de la Ley podrá ser sancionado conforme al mismo. Con fundamento en el segundo párrafo del artículo 46 de la Ley, si el interesado no firma el contrato por causas imputables al mismo, conforme a lo señalado en el párrafo anterior, BANSEFI, sin necesidad de un nuevo procedimiento, deberá adjudicar el contrato al licitante que dicha consulta es públicaque haya obtenido el segundo lugar, siempre que la diferencia en precio con respecto a la proposición inicialmente adjudicada no sea superior a un margen xxx xxxx por ciento.

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Samples: Service Agreement

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Dicho procedimiento sustituirá Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la notificación personalmisma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del Fallo fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. Asimismo, se difundirá un ejemplar de dicha acta en CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que se señala en el ANEXO 15 17 de la presente Convocatoria Convocatoria, en la Gerencia de Adquisiciones. En caso de que la fecha prevista originalmente esté rebasada o no se encuentre vigente, o bien no se mencione en el fallo, el término para la firma del contrato quedará comprendido dentro de los quince días naturales posteriores a la notificación del fallo mediante notificación personal en el domicilio o a través de correo electrónico que para tales efectos haya señalado el licitante. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato; contrato de acuerdo con el al modelo del ANEXO 15 17 y para presentar copia y original para cotejo de los documentos siguientessiguientes documentos: Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. xxxxxxx. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los bienesservicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente (según corresponda)equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente (según corresponda)correspondiente. Carta de no revocación de poder. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante del estado de cuenta con CLABE interbancaria a la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como de quien se subcontrate: . a) Opinión en sentido positivo de la resolución expedida por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. de la Miscelánea Fiscal para 20192017. (D.O.F. 2918-0407-20192017), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 con 2017 en relación a la vigencia de la misma. b) Opinión en sentido positivo de la resolución expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para la obtención de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social conforme a lo establecido en la Regla primera, publicada en el D.O.F. el 27 de febrero de 2015 así mismo deberá cumplir con el Acuerdo de fecha 10 de diciembre de 2014 emitido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que se establece la vigencia de la misma. O bienen su caso, autorizar al SAT a hacer público escrito firmado por el resultado Representante Legal en el que manifieste que emplea bajo el régimen de su opinión subcontratación, adjuntando copia simple del cumplimiento convenio correspondiente, así como del documento indicado en el párrafo anterior de obligaciones fiscales de conformidad la empresa con la regla 2.1.27 que tiene convenio. c) Constancia Fiscal de no adeudo con INFONAVIT, conforme a las “Reglas para la obtención de la Resolución Miscelánea constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx del 2017. O en su caso, escrito firmado por el Representante Legal en el que manifieste que emplea bajo el régimen de subcontratación, adjuntando copia simple del convenio correspondiente, así como del documento indicado en el párrafo anterior de la empresa con la que tiene convenio. No será aplicable a los particulares que teniendo créditos fiscales firmes hayan celebrado convenio con las autoridades fiscales en los términos del Código Fiscal para 2019de la Federación, informando mediante escrito en dicho supuesto, deberá presentar copia simple legible de dicho convenio. Si el licitante no firmara el contrato por causas imputables a esta Institución que dicha consulta es públicaél mismo, en la fecha, hora y lugar señalado en el fallo y se actualice el supuesto establecido en el artículo 60 fracción I de la Ley podrá ser sancionado conforme al mismo.

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Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Dicho procedimiento sustituirá Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la notificación personalmisma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del Fallo fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que Asimismo, se señala difundirá un ejemplar de dichas actas en el ANEXO 15 CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la presente Convocatoria en la Gerencia de Adquisicionesnotificación personal. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato; contrato de acuerdo con el al modelo del ANEXO 15 17 y para presentar copia y original para cotejo de los documentos siguientessiguientes documentos: Inscripción al Registro Federal registro federal de Contribuyentes contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. xxxxxxx. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los bienesservicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente (según corresponda)equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente (según corresponda). Carta de no revocación de podercorrespondiente. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del estado contrato Identificación oficial vigente con fotografía de cuenta con CLABE interbancaria a una persona física que funja como testigo de la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). celebración del contrato Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de firmes en los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como de quien se subcontrate: siguientes documentos: a) Opinión en sentido positivo Documento de la resolución expedida expedido por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales Fiscales, conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. 2.1.31 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019. 2018 (D.O.F. 2922-0412-20192017), (mismo que deberá ser Positivo). b) Documento de la resolución expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para la obtención de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social, conforme a lo establecido en la Regla Primera del Acuerdo ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR y su Anexo Único, dictado por el H. Consejo Técnico, relativo a las Reglas para la obtención de la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, publicado en el D.O.F. el 27 de febrero de 2015 (mismo que deberá ser Positivo), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 el Acuerdo de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 con relación a fecha 10 de diciembre de 2014 emitido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que se establece la vigencia de la misma. O bienSi el licitante no firmará el Contrato por causas imputables a él mismo, autorizar al SAT a hacer público en la fecha, hora y lugar señalado en el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 fallo y se actualice el supuesto establecido en el artículo 60 fracción I de la Resolución Miscelánea Fiscal Ley, podrá ser sancionado conforme al mismo. Pronósticos para 2019la Asistencia Pública podrá sin necesidad de un nuevo procedimiento, informando mediante escrito adjudicará el contrato al licitante que hubiese presentado la proposición solvente más baja y así sucesivamente, siempre y cuando la diferencia en la iguala mensual con respecto a esta Institución la postura adjudicada no se superior al 10%, en caso de que dicha consulta es públicaeste último no acepte la adjudicación, Pronósticos para la Asistencia Pública declarará desierta la presente Licitación Pública.

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Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. Se levantará BANSEFI podrá sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el acta del eventocontrato al licitante que hubiese presentado la proposición solvente más baja y así sucesivamente, siempre y cuando la cual será firmada por los asistentes diferencia en precio con respecto a quienes se les entregará copia la postura adjudicada no sea superior al 10%, en caso de que este último no acepte la misma; asimismo el contenido del adjudicación, BANSEFI declarará desierta la Licitación. El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Dicho procedimiento sustituirá Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la notificación personalmisma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del Fallo fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que Asimismo, se señala difundirá un ejemplar de dichas actas en el ANEXO 15 CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la presente Convocatoria en la Gerencia de Adquisicionesnotificación personal. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato; contrato de acuerdo con el al modelo del ANEXO 15 17 y para presentar copia y original para cotejo de los documentos siguientessiguientes documentos: Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los bienesservicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente (según corresponda)equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente (según corresponda). Carta de no revocación de podercorrespondiente. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante del estado de cuenta con CLABE interbancaria a la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de firmes en los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como de quien se subcontratesiguientes documentos: a) Opinión en sentido positivo Documento de la resolución expedida expedido por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. de la Miscelánea Fiscal para 20192017 (en sentido positivo). (D.O.F. 2923-0412-20192016), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 con 2017 en relación a la vigencia de la misma. O bien, autorizar al SAT a hacer público el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 b) Documento de la Resolución Miscelánea Fiscal resolución expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para 2019la obtención de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social conforme a lo establecido en la Regla primera, informando mediante escrito publicada en el D.O.F. el 27 de febrero de 2015 (mismo que deberá ser Positivo), así mismo deberá cumplir con el Acuerdo de fecha 10 de diciembre de 2014 emitido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que se establece la vigencia de la misma. Si el licitante no firmara el contrato por causas imputables a esta Institución que dicha consulta es públicaél mismo, en la fecha, hora y lugar señalado en el fallo y se actualice el supuesto establecido en el artículo 60 fracción I de la Ley podrá ser sancionado conforme al mismo.

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Samples: Public Procurement Contract

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo, El fallo para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes prestadores de servicios se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Dicho procedimiento sustituirá Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la notificación personalmisma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Xxxxxxx Xxx Xxxxxxxxx 000, Tizapán San Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxxx, CDMX, C.P. 01090 T: 01 (55) 5481 3300 xxx.xxx.xx/xxxxxxx | Con la notificación del Fallo fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. El licitante prestador del servicio adjudicado deberá firmar el contrato que se señala en el ANEXO 15 16 de la presente Convocatoria Convocatoria, en la Gerencia de Adquisiciones. El licitante prestador del servicio adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contratocontrato o el pedido, según corresponda; de acuerdo con el modelo del ANEXO 15 16 y presentar copia y original para cotejo de los documentos siguientes: PERSONA MORAL PERSONA FÍSICA Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Inscripción al Contribuyentes Registro Federal de Contribuyentes Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. Cédula del Contribuyentes. Registro Federal de Contribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial representante legal vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los bienesservicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente (según corresponda). En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente (según corresponda). Carta de no revocación de poder. Xxxxxxx Xxx Xxxxxxxxx 000, Tizapán San Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxxx, CDMX, C.P. 01090 T: 01 (55) 5481 3300 xxx.xxx.xx/xxxxxxx | PERSONA MORAL PERSONA FÍSICA Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante del estado de cuenta con CLABE interbancaria a la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante prestador del servicio ganador (en caso de proposición conjunta, se debe considerar a integrantes de la agrupación) como de quien se subcontrate: a) Opinión en sentido positivo de la resolución expedida por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. de la Miscelánea Fiscal para 20192018. (D.O.F. 2922-0412-20192017), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 con relación a la vigencia de la misma. O bien, autorizar al SAT a hacer público el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 20192018, informando mediante escrito a esta Institución que dicha consulta es pública.. b) Opinión en sentido positivo de la resolución expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para la obtención de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social conforme a lo establecido en la Regla primera, publicada en el D.O.F. el 27 de febrero de 2015 así mismo deberá cumplir con el Acuerdo de fecha 10 de diciembre de 2014 emitido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que se establece la vigencia de la misma. Y copia simple del convenio correspondiente. c) Constancia Fiscal de no adeudo con INFONAVIT, conforme a las “Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx del 2017. Y copia simple del convenio correspondiente No será aplicable a los particulares que teniendo créditos fiscales firmes hayan celebrado convenio con las autoridades fiscales en los términos del Código Fiscal de la Federación, en dicho supuesto, deberá presentar copia simple legible de dicho convenio. Si el prestador del servicio adjudicado no firma el contrato por causas imputables a él mismo, en la fecha, hora y lugar señalado en el fallo y si se actualiza el supuesto establecido en el artículo 60 fracción I de la Ley podrá ser sancionado conforme al mismo. Xxxxxxx Xxx Xxxxxxxxx 000, Tizapán San Xxxxx, Xxxxxx Xxxxxxx, CDMX, C.P. 01090 T: 01 (55) 5481 3300 xxx.xxx.xx/xxxxxxx |

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Samples: Outsourcing Agreements

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del El fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, emitirá de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Dicho LAASSP y su contenido se difundirá a través de la Plataforma Integral Compranet el mismo día en que se emita, en el entendido de que este procedimiento sustituirá sustituye a la notificación personal. Así también el fallo podrá ser consultado en el Pizarrón de avisos del SIAP, ubicado en Av. Benjamín Franklin número 146, Colonia Escandón, Demarcación Territorial Miguel Hidalgo, Código Postal 11800, Ciudad de México, en donde se fijará copia de un ejemplar del acta por un término no menor de cinco días hábiles, los cuales se regirán bajo los criterios y lineamientos estabelcidos por la SHCP en el Criterio Normativo de Interpretación TU 03/2020. Con la notificación del Fallo fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, exigibles sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que se señala en el ANEXO 15 de la presente Convocatoria en la Gerencia de Adquisiciones. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato; de acuerdo con el modelo del ANEXO 15 y presentar copia y original para cotejo firmarlo dentro de los documentos 15 días naturales siguientes: Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional , con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los bienes. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente (según corresponda). En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente (según corresponda). Carta de no revocación de poder. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante del estado de cuenta con CLABE interbancaria a la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal 46 de la FederaciónLAASSP en Av. Benjamín Franklin Número 146, Colonia Escandón Sección II, Demarcación Territorial Miguel Hidalgo, Código Postal 11800, Ciudad de México; en la Entidadfecha y hora señalada en el fallo, para ello el licitante adjudicado deberá entregar la documentación señalada en el numeral 8 de la presente convocatoria, de lo contrario se notificará al Área de Especialidad en Contrataciones Pública en el Ramo Agricultura y Desarrollo Rural. La Formalización del contrato será a través de la Plataforma Integral Compranet, en ningún caso términos del Manual de Operación que contiene las Directrices que se contratará adquisicionesdeberán de observar en el sistema electrónico de información pública Gubernamental, arrendamientos o servicios sobre Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios, Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas, denominado Compranet, para la utilización del Módulo de Formalización de Instrumentos Jurídicos, derivado de los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos procedimientos de contratación al amparo de la LAAASSP y de los que estos últimos subcontraten, que la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas. En la firma del contrato por ningún motivo se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como podrá negociar ninguna de quien se subcontrate: a) Opinión en sentido positivo de la resolución expedida por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido las condiciones estipuladas en la Regla 2.1.31. de la Miscelánea Fiscal para 2019. (D.O.F. 29-04-2019), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 con relación a la vigencia de la misma. O bien, autorizar al SAT a hacer público el resultado de su opinión presente Invitación y presentadas en las propuestas técnicas y económicas del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019, informando mediante escrito a esta Institución que dicha consulta es públicaLicitante adjudicado.

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Samples: Licitación Pública

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. Con la notificación del Fallo fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que se señala en el ANEXO 15 de la presente Convocatoria en la Gerencia de Adquisiciones. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato; de acuerdo con el modelo del ANEXO 15 y presentar copia y original para cotejo de los documentos siguientes: Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los bienesservicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente (según corresponda). En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA No. IA-006HJO001-E20-2019 estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente (según corresponda). Carta de no revocación de poder. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante del estado de cuenta con CLABE interbancaria a la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de firmes en los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como de quien se subcontratesiguientes documentos: a) Opinión en sentido positivo de la resolución expedida por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. de la Miscelánea Fiscal para 20192018. (D.O.F. 2922-0412-20192017), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 con relación a la vigencia de la misma. O bien, autorizar al SAT a hacer público el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 20192018, informando mediante escrito a esta Institución que dicha consulta es pública. O en su caso, escrito en el que manifieste que su representada se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales, manifestando que en caso de resultar adjudicada presentará el formato de opinión en sentido positivo emitido por dicha Institución, vigente a la fecha en la que se emita el fallo. b) Opinión en sentido positivo de la resolución expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para la obtención de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social conforme a lo establecido en la Regla primera, publicada en el D.O.F. el 27 de febrero de 2015 así mismo deberá cumplir con el Acuerdo de fecha 10 de diciembre de 2014 emitido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que se establece la vigencia de la misma. O en su caso, escrito firmado por el Representante Legal en el que manifieste que emplea bajo el régimen de subcontratación, adjuntando copia simple del convenio correspondiente, así como del documento indicado en el párrafo anterior de la empresa con la que tiene convenio. O bien, escrito en el que manifieste que su representada se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales, manifestando que en caso de resultar adjudicada presentará el formato de opinión en sentido positivo emitido por dicha Institución, vigente a la fecha en la que se emita el fallo. c) Constancia Fiscal de no adeudo con INFONAVIT, conforme a las “Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx del 2017. O en su caso, escrito firmado por el Representante Legal en el que manifieste que emplea bajo el régimen de subcontratación, adjuntando copia simple del convenio correspondiente, así como del documento indicado en el párrafo anterior de la empresa con la que tiene convenio. O bien, escrito en el que manifieste que su representada se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales, manifestando que en caso de resultar adjudicada presentará el formato de opinión en sentido positivo emitido por dicha Institución, vigente a la fecha en la que se emita el fallo. No será aplicable a los particulares que teniendo créditos fiscales firmes hayan celebrado convenio con las autoridades fiscales en los términos del Código Fiscal de la Federación, en dicho supuesto, deberá presentar copia simple legible de dicho convenio. INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL ELECTRÓNICA No. IA-006HJO001-E20-2019 Si el licitante adjudicado no firmara el contrato por causas imputables a él mismo, en la fecha, hora y lugar señalado en el fallo y se actualice el supuesto establecido en el artículo 60 fracción I de la Ley podrá ser sancionado conforme al mismo. Con fundamento en el segundo párrafo del artículo 46 de la Ley, cuando el licitante adjudicado no firmare el contrato por causas imputables al mismo, sin necesidad de un nuevo procedimiento, BANSEFI podrá adjudicar el contrato al licitante que hubiese presentado la proposición solvente y así sucesivamente, siempre y cuando la diferencia en precio con respecto a la postura adjudicada no sea superior al 10%.

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Samples: Legal Services Agreement

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. Se levantará La fecha de notificación de fallo y la firma de los contratos se efectuarán conforme a lo señalado en el acta punto 3.2 del evento, la cual será firmada por numeral 3. “Forma y términos que regirán los asistentes a quienes se les entregará copia diversos actos de este procedimiento” de esta Convocatoria. Es preciso señalar que los contratos serán suscritos en las oficinas de la misma; asimismo el contenido Dirección General Adjunta de Administración y Finanzas de la Coordinación General del falloPRONAFIM, para efectos ubicada en Boulevard Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx No. 3025, Piso 11, Colonia Xxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Delegación La Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx, C.P. 10400, México, D.F, teléfono 00000000, ext. 27601 y 27609 de su notificación9:00 a 14:00 horas. Además, se dará en apego a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 46 de la Ley. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. Con LAASSP, con la notificación del Fallo por el fallo serán exigibles los derechos y obligaciones que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio resulten de la obligación adjudicación del contrato de las partes de esta Convocatoria y obligará a los fideicomisos y a la persona a quien se haya adjudicado, a firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoriafecha, hora y lugar previstos en el propio fallo, o bien en la Convocatoria a la licitación pública y en defecto de tales previsiones, dentro de los quince días naturales siguientes al de la citada notificación. El Asimismo, con la notificación del fallo la dependencia o entidad realizará la requisición de los bienes o servicios de que se trate. Si el licitante adjudicado deberá firmar no firma el contrato que se señala en el ANEXO 15 de la presente Convocatoria en la Gerencia de Adquisiciones. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato; de acuerdo con el modelo del ANEXO 15 y presentar copia y original para cotejo de los documentos siguientes: Inscripción por causas imputables al Registro Federal de Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los bienes. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente (según corresponda). En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente (según corresponda). Carta de no revocación de poder. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante del estado de cuenta con CLABE interbancaria a la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en sus obligacionesmismo, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del señalado en el párrafo anterior, los fideicomisos, sin necesidad de un nuevo procedimiento, deberá adjudicar el contrato al participante que haya obtenido el segundo lugar, siempre que la diferencia en precio con respecto a la proposición inicialmente adjudicada no sea superior a un margen xxx xxxx por ciento. El licitante ganador como de a quien se subcontrate: a) Opinión hubiere adjudicado el contrato no estará obligado a prestar el servicio, si los fideicomisos, por causas imputables a los mismos, no firman los contratos. En este supuesto, los fideicomisos, a solicitud escrita del licitante, cubrirán los gastos de administración no recuperables en sentido positivo que hubiere incurrido para preparar y elaborar su proposición, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la licitación de que se trate. Los derechos y obligaciones que se deriven de los contratos no podrán ser transferidos por el proveedor en favor de cualquier otra persona, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento de la resolución expedida por el S.A.T. sobre el Cumplimiento dependencia o entidad de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. de la Miscelánea Fiscal para 2019. (D.O.F. 29-04-2019), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 con relación a la vigencia de la misma. O bien, autorizar al SAT a hacer público el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019, informando mediante escrito a esta Institución que dicha consulta es públicase trate.

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Samples: Consulting Services Agreement

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Dicho procedimiento sustituirá Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la notificación personalmisma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del Fallo fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que se señala en el ANEXO 15 17 de la presente Convocatoria Convocatoria, en la Gerencia de Adquisiciones. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contratocontrato y/o el pedido, según corresponda; de acuerdo con el modelo del ANEXO 15 17 y para presentar copia y original para cotejo de los documentos siguientessiguientes documentos: Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los bienesservicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente (según corresponda). En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente (según corresponda). Carta de no revocación de poder. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante del estado de cuenta con CLABE interbancaria a la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como de quien se subcontrate: a) Opinión en sentido positivo de la resolución expedida por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. de la Miscelánea Fiscal para 2019. (D.O.F. 29-04-2019), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 con relación a la vigencia de la misma. O bien, autorizar al SAT a hacer público el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019, informando mediante escrito a esta Institución que dicha consulta es pública.

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Samples: Contract for Fidelity Bond

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Dicho procedimiento sustituirá Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la notificación personalmisma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del Fallo fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que Asimismo, se señala difundirá un ejemplar de dichas actas en el ANEXO 15 CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la presente Convocatoria en la Gerencia de Adquisicionesnotificación personal. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato; contrato de acuerdo con el al modelo del ANEXO 15 16 y para presentar copia y original para cotejo de los documentos siguientessiguientes documentos: Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los bienesservicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente (según corresponda). En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente (según corresponda). Carta de no revocación de poderequivalente. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante del estado de cuenta con CLABE interbancaria a la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de firmes en los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como de quien se subcontratesiguientes documentos: a) Opinión en sentido positivo de la resolución expedida por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. de la Miscelánea Fiscal para 20192017. (D.O.F. 2918-0407-20192017), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 con 2017 en relación a la vigencia de la misma. O bien, autorizar al SAT a hacer público el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 b) Opinión en sentido positivo de la Resolución Miscelánea Fiscal resolución expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para 2019la obtención de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social conforme a lo establecido en la Regla primera, informando mediante escrito publicada en el D.O.F. el 27 de febrero de 2015 así mismo deberá cumplir con el Acuerdo de fecha 10 de diciembre de 2014 emitido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que se establece la vigencia de la misma. Si el licitante no firmara el contrato por causas imputables a esta Institución él mismo, en la fecha, hora y lugar señalado en el fallo y se actualice el supuesto establecido en el artículo 60 fracción I de la Ley podrá ser sancionado. En términos del artículo 46 segundo párrafo de la Ley, si alguno de los licitantes adjudicados no firma el contrato por causas imputables al mismo, BANSEFI podrá sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el contrato al licitante que dicha consulta es públicahubiese presentado la siguiente mejor propuesta solvente y así sucesivamente, siempre y cuando la diferencia en precio con respecto a la postura adjudicada no sea superior al 10%, en caso de que este último no acepte la adjudicación, BANSEFI declarará desierta la Licitación.

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Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Dicho procedimiento sustituirá Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la notificación personalmisma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del Fallo fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que Asimismo, se señala difundirá un ejemplar de dichas actas en el ANEXO 15 CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la presente Convocatoria en la Gerencia de Adquisicionesnotificación personal. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato; contrato de acuerdo con el al modelo del ANEXO 15 17 y para presentar copia y original para cotejo de los documentos siguientessiguientes documentos: Inscripción al Registro Federal registro federal de Contribuyentes contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los bienesservicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente (según corresponda)equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente (según corresponda). Carta de no revocación de podercorrespondiente. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del estado contrato Identificación oficial vigente con fotografía de cuenta con CLABE interbancaria a una persona física que funja como testigo de la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). celebración del contrato Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de firmes en los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como de quien se subcontrate: siguientes documentos: a) Opinión en sentido positivo Documento de la resolución expedida expedido por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. de la Miscelánea Fiscal para 20192017 (mismo que deberá ser Positivo). (D.O.F. 2923-0412-20192016), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 con 2017 en relación a la vigencia de la misma. O bien, autorizar al SAT a hacer público el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 . b) Documento de la Resolución Miscelánea Fiscal resolución expedido por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para 2019la obtención de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia de Seguridad Social conforme a lo establecido en la Regla primera, informando mediante escrito publicada en el D.F.O. el 27 de febrero de 2015 (mismo que deberá ser Positivo), así mismo deberá cumplir con el Acuerdo de fecha 10 de diciembre de 2014 emitido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que se establece la vigencia de la misma. Si el licitante no firmara el contrato por causas imputables a esta Institución él mismo, en la fecha, hora y lugar señalado en el fallo y se actualice el supuesto establecido en el artículo 60 fracción I de la Ley podrá ser sancionado conforme al mismo. Pronósticos podrá sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el contrato al licitante que dicha consulta es públicahubiese presentado la proposición solvente más baja y así sucesivamente, siempre y cuando la diferencia en precio con respecto a la postura adjudicada no se superior al 10%, en caso de que este último no acepte la adjudicación, Pronósticos declarará desierta la Invitación.

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Samples: Convocatoria a La Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional Electrónica

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del El fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Dicho procedimiento sustituirá Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la notificación personalmisma; asimismo el contenido del fallo se difundirá a través de CompraNet el mismo día en que se emita. Con la notificación del Fallo fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que Asimismo, se señala difundirá un ejemplar de dichas actas en el ANEXO 15 CompraNet para efectos de su notificación a los licitantes. Dicho procedimiento sustituirá a la presente Convocatoria en la Gerencia de Adquisicionesnotificación personal. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato; contrato de acuerdo con el al modelo del ANEXO 15 17 y para presentar copia y original para cotejo de los documentos siguientessiguientes documentos: Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Cédula del Registro Federal registro federal de Contribuyentescontribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. xxxxxxx. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los bienesservicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente (según corresponda)equivalente. En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente (según corresponda). Carta de no revocación de podercorrespondiente. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante Identificación oficial vigente con fotografía de una persona física que funja como testigo de la celebración del estado contrato Identificación oficial vigente con fotografía de cuenta con CLABE interbancaria a una persona física que funja como testigo de la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). celebración del contrato Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de firmes en los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como de quien se subcontrate: siguientes documentos: a) Opinión en sentido positivo Documento de la resolución expedida expedido por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. de la Miscelánea Fiscal para 20192017 (mismo que deberá ser Positivo). (D.O.F. 2923-0412-20192016), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 con 2017 en relación a la vigencia de la misma. O bien, autorizar al SAT a hacer público el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019, informando mediante escrito a esta Institución que dicha consulta es pública.

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Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo, para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet CompraNet, un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS No. IA-006HJO001-E33-2022 Con la notificación del Fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que se señala en el ANEXO 15 de la presente Convocatoria en la Gerencia de Adquisiciones. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato; de acuerdo con el modelo del ANEXO 15 y presentar copia y original para cotejo de los documentos siguientes: Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial representante legal vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los bienesservicios. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal Gobierno Federal o su equivalente (según corresponda). En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente (según corresponda). Carta de no revocación de poder. Comprobante de domicilio fiscal convencional (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal convencional (actualizado) Comprobante del estado de cuenta con CLABE interbancaria a la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). Escrito Manifiesto de no desempeñar empleo, cargo o comisión en el servicio público. En este, el particular debe manifestar bajo protesta de decir verdad que no desempeña empleo, cargo o comisión en el servicio público o, en su caso, que a pesar de desempeñarlo, con la formalización del contrato correspondiente no se actualiza un Conflicto de Interés. En caso de que el proveedor sea persona moral, dichas manifestaciones deberán presentarse respecto a los socios o accionistas que ejerzan control sobre la sociedad, de conformidad con lo establecido en el artículo 49, fracción IX xx Xxx General de Responsabilidades Administrativas. ANEXO 12 A (persona moral) ANEXO 12 B (persona física). INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS No. IA-006HJO001-E33-2022 Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, en ningún caso se contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como de quien se subcontrate: a) Opinión vigente a la firma del contrato y en sentido positivo de la resolución expedida por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.312.1.29. de la Miscelánea Fiscal para 20192022. (D.O.F. 2927-0412-20192021), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 2.1.37 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 2022 con relación a la vigencia de la misma. O bienEl licitante adjudicado deberá cumplir con lo establecido en el DECRETO por el que se reforman, autorizar al SAT a hacer público el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 adicionan y derogan diversas disposiciones de la Resolución Miscelánea Ley Federal del Trabajo; de la Ley del Seguro Social; de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; del Código Fiscal de la Federación; de la Ley del Impuesto sobre la Renta; de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional; de la Ley Reglamentaria de la Xxxxxxxx XXXX Xxx xxx Xxxxxxxx X, xxx Xxxxxxxx 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Subcontratación Laboral, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 xx xxxxx de 2021. b) Opinión vigente a la firma del contrato y en sentido positivo de la resolución expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para 2019la obtención de Cumplimiento de Obligaciones en Materia de Seguridad Social conforme a lo establecido en la Regla primera, informando mediante escrito publicada en el D.O.F. el 27 de febrero de 2015 así mismo deberá cumplir con el Acuerdo de fecha 10 de diciembre de 2014 emitido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que se establece la vigencia de la misma, y copia simple del convenio. El licitante adjudicado deberá cumplir con lo establecido en el DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo; de la Ley del Seguro Social; de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; del Código Fiscal de la Federación; de la Ley del Impuesto sobre la Renta; de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional; de la Ley Reglamentaria de la Xxxxxxxx XXXX Xxx xxx Xxxxxxxx X, xxx Xxxxxxxx 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Subcontratación Laboral, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 xx xxxxx de 2021. c) Constancia Fiscal vigente a esta Institución la firma del contrato y de no adeudo con INFONAVIT, relativa a la situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuento conforme a las “Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx del 2017. El licitante adjudicado deberá cumplir con lo establecido en el DECRETO por el que dicha consulta es públicase reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo; de la Ley del Seguro Social; de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; del Código Fiscal de la Federación; de la Ley del Impuesto sobre la Renta; de la Ley del Impuesto al Valor Agregado; de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional; de la Ley Reglamentaria de la Xxxxxxxx XXXX Xxx xxx Xxxxxxxx X, xxx Xxxxxxxx 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Subcontratación Laboral, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 xx xxxxx de 2021. Si el licitante adjudicado no firmará el contrato por causas imputables a él mismo, en la fecha, hora y lugar señalado en el fallo y se actualice el supuesto establecido en el artículo 60, fracción I de la Ley podrá ser sancionado conforme al mismo. INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS No. IA-006HJO001-E33-2022 Con fundamento en el segundo párrafo del artículo 46 de la Ley, cuando el licitante adjudicado no firmará el contrato por causas imputables al mismo, sin necesidad de un nuevo procedimiento, el BANCO DEL BIENESTAR, deberá adjudicar el contrato al participante que haya obtenido el segundo lugar, siempre que la diferencia en precio con respecto a la proposición inicialmente adjudicada no sea superior a un margen xxx xxxx por ciento.

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Samples: Servicio Administrado De Fotocopiado, Impresión Y Digitalización De Documentos

Indicaciones relativas al fallo y firma del contrato. Se levantará el acta del evento, la cual será firmada por los asistentes a quienes se les entregará copia de la misma; asimismo el contenido del fallo, fallo para efectos de su notificación, se dará a conocer a través de CompraNet el mismo día en que se celebre. A los licitantes se les enviará por correo electrónico mediante el Sistema CompraNet un aviso informándoles que el acta del fallo se encuentra a su disposición en CompraNet, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. Con la notificación del Fallo por el que se adjudica el contrato, las obligaciones derivadas de éste serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmar el contrato conforme se establece en la presente Convocatoria. El licitante adjudicado deberá firmar el contrato que se señala en el ANEXO 15 de la presente Convocatoria en la Gerencia de Adquisiciones. El licitante adjudicado deberá presentarse en el horario y fecha señalada en el acta de fallo, para formalizar el contrato; de acuerdo con el modelo del ANEXO 15 y presentar copia y original para cotejo de los documentos siguientes: Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. Cédula del Registro Federal de Contribuyentes. Testimonio de la escritura pública en la que conste que fue constituida conforme a las Leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional con la constancia de inscripción en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. Acta de nacimiento o, en su caso, carta de naturalización respectiva, expedida por la autoridad competente, así “SERVICIO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO, REUBICACIÓN Y APOYO TELEFÓNICO PARA LA OPERACIÓN XX XXXXX FUERTE DE RETARDO” en el registro público de comercio y, en su caso, las modificaciones que haya sufrido. como la documentación con la que acredite tener su domicilio legal en el territorio nacional. Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que proporcionará los bienes. Escritura pública que contenga el poder que se otorgue al representante legal, para la celebración de actos de administración o poder especial para suscribir pedidos o contratos o bien para llevar a cabo todos los trámites derivados de procedimientos de contratación en el gobierno federal o su equivalente (según corresponda). En los casos en que los poderes se otorguen con el carácter general, la escritura deberá estar inscrita en el registro público de la propiedad y del comercio correspondiente (según corresponda). Carta de no revocación de poder. Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante de domicilio fiscal (actualizado) Comprobante del estado de cuenta con CLABE interbancaria a la cual se realizará el pago correspondiente (actualizado). Con fundamento en el artículo 32 D del Código Fiscal de la Federación, la Entidad, Entidad en ningún caso se contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con los particulares que tengan a su cargo créditos fiscales firmes, por ello se constatará que con quienes se vaya a celebrar contratos y de los que estos últimos subcontraten, que se encuentren al corriente en sus obligaciones, conforme a lo siguiente: Presentar tanto del licitante ganador como de quien se subcontrate: a) Opinión en sentido positivo de la resolución expedida por el S.A.T. sobre el Cumplimiento de sus Obligaciones Fiscales conforme a lo establecido en la Regla 2.1.31. de la Miscelánea Fiscal para 2019. (D.O.F. 29-04-2019), así mismo deberá cumplir con la Regla 2.1.39 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019 con relación a la vigencia de la misma. O bien, autorizar al SAT a hacer público el resultado de su opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales de conformidad con la regla 2.1.27 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2019, informando mediante escrito a esta Institución que dicha consulta es pública. b) Opinión en sentido positivo de la resolución expedida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para la obtención de Cumplimiento de Obligaciones en Materia de Seguridad Social conforme a lo establecido en la Regla primera, publicada en el D.O.F. el 27 de febrero de 2015 así mismo deberá cumplir con el Acuerdo de fecha 10 de diciembre de 2014 emitido por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social, en el que se establece la vigencia de la misma, y copia simple del convenio. c) Constancia Fiscal de no adeudo con INFONAVIT, relativa a la situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuento conforme a las “Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx del 2017, y copia simple del convenio. No será aplicable a los particulares que teniendo créditos fiscales firmes hayan celebrado convenio con las autoridades fiscales en los términos del Código Fiscal de la Federación, en dicho supuesto, deberá presentar copia simple legible de dicho convenio. “SERVICIO DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO, REUBICACIÓN Y APOYO TELEFÓNICO PARA LA OPERACIÓN XX XXXXX FUERTE DE RETARDO” Si el licitante adjudicado no firmara el contrato por causas imputables a él mismo, en la fecha, hora y lugar señalado en el fallo y se actualice el supuesto establecido en el artículo 60 fracción I de la Ley podrá ser sancionado conforme al mismo. Con fundamento en el segundo párrafo del artículo 46 de la Ley, cuando el licitante adjudicado no firmare el contrato por causas imputables al mismo, sin necesidad de un nuevo procedimiento, el BANCO DEL BIENESTAR podrá adjudicar el contrato al licitante que hubiese presentado la proposición solvente y así sucesivamente, siempre y cuando la diferencia en precio con respecto a la postura adjudicada no sea superior al 10%.

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Samples: Service Agreement