INDUCCIÓN Cláusulas de Ejemplo

INDUCCIÓN. Programa y Plan de Inducción y Re-inducción, para facilitar la adaptación e integración del afiliado partícipe a la E.S.E. H.R.M.B. y a su área de trabajo, mediante el suministro de información relacionada con las características y dimensiones de nuestra Institución. Así mismo deben estar atentos a la participación activa de los programas de Inducción programadas por la Institución en las diferentes áreas y estar sujetos a los requerimientos de los interventores para el seguimiento del mismo. Incluir la inducción general y específica al servicio.
INDUCCIÓN. Para el personal que quiera ingresar a la Terminal es obligatorio realizar la inducción que brinda el sector de Seguridad y Medio Ambiente de TRP. Recibida la inducción se le entregará al personal la Política de TRP SA, la de Alcohol y Drogas y el Manual de seguridad. La inducción será documentada a través de los registros de asistencia del personal. Una vez completada, se dará aviso al Departamento de Control de Contratistas de manera de habilitar la entrada del personal del proveedor.
INDUCCIÓN. Si el reclutamiento y la selección son actividades encaminadas a atraer y seleccionar candidatos idóneos para su puesto, la inducción pretende facilitar la incorporación de las personas a su puesto de trabajo.
INDUCCIÓN. Antes de dar inicio del contrato con AIA, todo trabajador contratista debe cumplir con la asistencia a la inducción en salud, seguridad y ambiente, impartida por AIA, la cual tiene como propósito el dar información sobre las prácticas y comportamientos que debe cumplir el trabajador durante su permanencia en las sedes o proyectos y que permitirán evitar accidentes, enfermedades laborales, emergencias e impactos ambientales. Igualmente, conocerá del protocolo de bioseguridad implementado por AIA y de obligatorio cumplimiento para todo el personal que esté dentro del proyecto o sede. Quien no haya recibido inducción no podrá ingresar a ningún proyecto o sede de AIA Igualmente, nuestra empresa realizará re inducción a los trabajadores contratistas, según programación definida por el equipo de SSTA.
INDUCCIÓN. 4.1. Toda persona que ingrese a la obra, independientemente de la actividad que vaya a realizar (trabajo, supervisión, inspección, conducción de equipos, proveedores, otros) deberá recibir la Inducción de Seguridad dictada por el Sector Seguridad Industrial de la C.T.M. xx Xxxxx Grande.
INDUCCIÓN. El Director Ejecutivo o la persona que el delegue, realizara un proceso de inducción que permita proporcionar al trabajador o trabajadora de forma breve y concisa la información general de la Institución, y la específica del puesto para el que se ha contratado, así como otra información que facilite su adaptación e integración a la Institución.

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  • AUTORIZACIÓN El Arrendatario autoriza expresamente e irrevocablemente al Arrendador y/o al cesionario de este Contrato a consultar información del Arrendatario que obre en las bases de datos de información del comportamiento financiero y crediticio o centrales de riesgo que existan en el país, así como a reportar a dichas bases de datos cualquier incumplimiento del Arrendatario a este Contrato.

  • DIRIGIDO AL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN CORRESPONDIENTE ANEXO VII

  • Segunda Etapa Evaluación por puntaje.-

  • PRESTACIÓN DE SERVICIOS AUTORIZACIÓN PRESUPUESTAL SFA-CPF-4015/2014 FEDERAL ESTATAL

  • Instrucciones a los Licitantes Índice de Cláusulas

  • INSTRUCCIONES DE USO Una vez registrada la información solicitada dentro de los corchetes sombreados en gris, el texto deberá quedar en letra tamaño 10, con estilo normal, sin formato de negrita y sin sombrear. La nota IMPORTANTE no puede ser modificada ni eliminada en la Sección General. En el caso de la Sección Específica debe seguirse la instrucción que se indica en dicha nota.

  • VERACIDAD DE DOMICILIOS Las partes contratantes han declarado sus respectivos domicilios en la parte introductoria del presente contrato.

  • APROPIACIÓN PRESUPUESTAL El pago de las sumas de dinero que el INSTITUTO queda obligado en razón de éste contrato, se subordina a la apropiación presupuestal que de ellas se haga en el respectivo presupuesto.

  • PETICIONES, QUEJAS Y RECURSOS Los suscriptores y/o usuarios tienen derecho a presentar ante la persona prestadora peticiones, quejas y recursos por cualquiera de los siguientes medios: físico en los puntos de atención, líneas telefónicas, fax, correo electrónico, correo certificado. El término máximo que tiene la persona prestadora para responder son quince (15) días hábiles contados a partir de la fecha de su presentación y si la respuesta no ocurre en este plazo se produce el silencio administrativo positivo. Las peticiones, quejas y recursos serán tramitados de conformidad con el Título VIII Capítulo VII de la Ley 142 de 1994, el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y la Ley 1755 de 2015.

  • Instrucciones Los requisitos que en el documento se declaran deben cumplirse, en todo caso, el último día de plazo de licitación y subsistir hasta la perfección del contrato, pudiendo la Administración efectuar verificaciones en cualquier momento del procedimiento. La declaración debe estar firmada por quien tenga poder suficiente para ello. En caso de que la solvencia o adscripción de medios exigida se cumpla con medios externos al licitador, deberá presentarse un DEUC por el licitador y por cada uno de los medios adscritos a la ejecución del contrato. Cuando el pliego prevea la división en lotes del objeto del contrato y los requisitos de solvencia variaran de un lote a otro, se aportará un DEUC por cada lote o grupo de lotes al que se apliquen los mismos requisitos de solvencia Si varias empresas concurren constituyendo una unión temporal, cada una de las que la componen deberá acreditar su personalidad, capacidad y solvencia, presentando todas y cada una de ellas un formulario normalizado del DEUC. Además del formulario o formularios normalizados del DEUC y del compromiso de constitución de la UTE, en su caso, en el sobre n º UNO deberá incluirse la declaración de los licitadores de su pertenencia o no a un grupo empresarial, conforme al modelo del Anexo IV Las empresas que figuren inscritas en el Registro de Licitadores de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx o en el Registro de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado no estarán obligadas a facilitar aquellos datos que ya figuren inscritos de manera actualizada, siempre y cuando se indique dicha circunstancia en el formulario normalizado del DEUC. En todo caso, es el licitador quien debe asegurarse de qué datos figuran efectivamente inscritos y actualizados y cuáles no. Cuando alguno de los datos o informaciones requeridos no conste en los Registros de Licitadores citados o no figure actualizado en los mismos, deberá aportarse mediante la cumplimentación del formulario. Sobre la utilización del formulario normalizado DEUC los licitadores podrán consultar los siguientes documentos: ▪ Reglamento (UE) n º 2016/7 disponible en la página web: xxxxx://xxx.xxx.xx/xxxx/0000/000/X00000-00000.xxx ▪ Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado de 6 abril de 2016, disponible en: http:xxx.xxxxxx.xxx.xx/Xxxxxxxxxxxxx/Xxxxxxx/X.X.%00 PATRIMONIO/Junta%20Consultiva/informes/Informes%202016/Recomendación%20de%20la%20JCCA%20sobre%20el ▪ Recomendación 2/2016 de 21 xx xxxxx de 2016, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma xx Xxxxxx, relativa a la utilización del Documento Europeo Único de Contratación (DEUC), disponible en: Deberán cumplimentarse necesariamente los apartados (del Índice y Estructura del DEUC) que se encuentran marcados en este Anexo.