DOCUMENTO DE LICITACION
RESOLUCIÓN MCTM Nº 012/19
DOCUMENTO DE LICITACION
Contratación de Obras mediante Licitación pública (LP)
Suministro y puesta en servicio de la actualización tecnológica del sistema de regulación de velocidad y automatismo de las unidades generadoras xx Xxxxx Grande.
Emitido el: 12/06/2019 Licitación Pública N° SG-652
Contratante: Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande República Argentina – República Oriental del Uruguay
INTRODUCCIÓN
La Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande es un Organismo Binacional creado por la República Argentina y la República Oriental del Uruguay, y como tal, no integra la administración pública de ninguno de los dos Estados.
La República Argentina y la República Oriental del Uruguay han obtenido los préstamos 4694/OC-RG Y 4695/OC-RG, respectivamente, del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), y la Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande han designado como organismo ejecutor a para llevar adelante el proyecto “Modernización del Complejo Hidroeléctrico Binacional xx Xxxxx Grande (RG-L1124)”.
Este proceso de adquisición se efectúa de acuerdo a las políticas y procedimientos establecidos en el documento titulado Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo (GN-2349-9).
En esta oportunidad, la Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande, como contratante, lleva adelante el llamado a Licitación Pública SG-652 para el suministro y puesta en servicio de la actualización tecnológica del sistema de regulación de velocidad y automatismo de las unidades generadoras xx Xxxxx Grande.
A efectos de interpretar el presente Xxxxxx, se previene que priman las Condiciones Especiales del Contrato (CEC) sobre las Condiciones Generales del Contrato (CGC).
Índice general
Introducción | |
Sección I. Instrucciones a los Oferentes | Pág. 3 |
Sección II. Datos de la Licitación | Pág. 27 |
Sección III. Países elegibles | Pág. 45 |
Sección IV. Formularios de la Oferta | Pág. 49 |
Sección V. Condiciones Generales del Contrato | Pág. 56 |
Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato | Pág. 84 |
Sección VII. Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento | Pág. 118 |
Sección VIII. Planos | Pág. 252 |
Sección IX. Cómputo indicativo de tareas a ejecutar | Pág. 253 |
Sección X. Formularios de Garantía | Pág. 267 |
Sección XI. Formularios de calificación – otros. | Pág. 277 |
Llamado a Licitación | Pág. 284 |
Índice de Cláusulas
1. ......................Alcance de la licitación 3
2. ....................Fuente de fondos 3
4. .....................Oferentes elegibles 8
5. ......................Calificaciones del Oferente 10
6. ......................Una Oferta por Oferente 13
7. ......................Costo de las propuestas 13
8. ......................Visita al Sitio de las obras 13
B. Documentos de Licitación 13
9. ......................Contenido de los Documentos de Licitación 13
10. ....................Aclaración de los Documentos de Licitación 13
11. ....................Enmiendas a los Documentos de Licitación 14
C. Preparación de las Ofertas 14
12. ....................Idioma de las Ofertas 14
13. ....................Documentos que conforman la Oferta 14
14. ....................Precios y descuentos de la Oferta 15
15. ....................Monedas de la Oferta y pago 16
16. ....................Validez de las Ofertas 16
17 Garantía de Mantenimiento de la Oferta y Declaración de Mantenimiento de
18. ....................Ofertas alternativas de los Oferentes 18
19. ....................Formato y firma de la Oferta 18
D. Presentación de las Ofertas 19
20. ....................Presentación, Sello e Identificación de las Ofertas 19
21. ....................Plazo para la presentación de las Ofertas 20
22. ....................Ofertas tardías 20
23. ....................Retiro, sustitución y modificación de las Ofertas 20
24. ....................Apertura de las Ofertas 20
F. Evaluación y comparación de las Ofertas 22
26. ....................Aclaración de las Ofertas 22
27. Examen de las Ofertas para determinar su cumplimiento e inconformidades
28. ....................Corrección de errores 23
29. ....................Moneda para la evaluación de las Ofertas 23
30. ....................Evaluación y comparación de las Ofertas 24
31. Derecho del Contratante a aceptar cualquier Oferta o a rechazar cualquier o
G. Adjudicación del Contrato 25
32. ....................Criterios de Adjudicación 25
33. Notificación de Adjudicación y firma del contrato 25
34. ....................Garantía de Cumplimiento 26
35. ....................Pago de anticipo y Garantía 26
Instrucciones a los Oferentes (IAO)
1.1 El Contratante, según la definición que consta en la Sección V. Condiciones Generales del Contrato (CGC), e identificado en la Sección II, Datos de la Licitación (DDL) invita a presentar Ofertas para la construcción de las Obras que se describen en los DDL y en la Sección VI, “Condiciones Especiales del Contrato” (CEC). El nombre y el número de identificación de esta licitación están especificados en los DDL y en las CEC. 1.2 El Oferente seleccionado deberá terminar las Obras en el Plazo Previsto de Ejecución, según lo especificado en los DDL y en la subcláusula 1.1 (aa) de las CEC. 1.3 En estos Documentos de Licitación: (a) el término “por escrito” significa comunicación en forma escrita (por ejemplo, por correo, por correo electrónico, o facsímile con prueba de recibido); (b) si el contexto así lo requiere, el uso del “singular” corresponde igualmente al “plural” y viceversa; y (c) “día” significa día calendario. | |
2.1 El Prestatario identificado en los DDL, se propone destinar una parte de los fondos xxx xxxxxxxx del Banco Interamericano de Desarrollo (BID)(en adelante denominado el “Banco”) identificado en los DDL, para sufragar parcialmente el costo del Proyecto identificado en los DDL, a fin de cubrir los gastos elegibles en virtud del contrato para las obras. 2.2 El Banco Interamericano de Desarrollo efectuará pagos solamente a pedido del Prestatario y una vez que el Banco Interamericano de Desarrollo los haya aprobado de conformidad con las estipulaciones establecidas en el acuerdo financiero entre el Prestatario y el Banco (en adelante denominado “el Contrato xx Xxxxxxxx”). Dichos pagos se ajustarán en todos sus aspectos a las condiciones de dicho Contrato xx Xxxxxxxx. Salvo que el Banco Interamericano de Desarrollo acuerde expresamente lo contrario, nadie más que el Prestatario podrá tener derecho alguno en virtud del Contrato xx Xxxxxxxx ni tendrá ningún derecho a los fondos del financiamiento. | |
3. Prácticas prohibidas | 3.1 El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos oferentes por participar o participando en actividades financiadas por el Banco incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones |
expresas o implícitas), observar los más altos niveles éticos y denuncien al Banco1 todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las Prácticas Prohibidas comprenden actos de: (i) prácticas corruptivas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; y (iv) prácticas colusorias y (v) prácticas obstructivas. El Banco ha establecido mecanismos para la denuncia de la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para que se investigue debidamente. El Banco también ha adoptado procedimientos de sanción para la resolución de casos y ha celebrado acuerdos con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFI) a fin de dar un reconocimiento recíproco a las sanciones impuestas por sus respectivos órganos sancionadores.
(a) El Banco define, para efectos de esta disposición, los términos que figuran a continuación:
(i) Una práctica corruptiva consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte;
(ii) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente, engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra naturaleza o para evadir una obligación;
(iii) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte;
(iv)Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte; y
(v) Una práctica obstructiva consiste en:
a.a. destruir, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente evidencia significativa para la investigación o realizar declaraciones falsas ante los investigadores con el fin de impedir materialmente una investigación del Grupo del Banco sobre denuncias de una práctica corrupta, fraudulenta, coercitiva o colusoria; y/o amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir
1En el sitio virtual del Banco (xxx.xxxx.xxx/xxxxxxxxx) se facilita información sobre cómo denunciar la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas, las normas aplicables al proceso de investigación y sanción y el convenio que rige el reconocimiento recíproco de sanciones entre instituciones financieras internacionales.
que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para la investigación o que prosiga la investigación, o
b.b. todo acto dirigido a impedir materialmente el ejercicio de inspección del Banco y los derechos de auditoría previstos en el párrafo 3.1 (f) de abajo.
(b) Si se determina que, de conformidad con los Procedimientos de sanciones del Banco, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de bienes o servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los Beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o organismos contratantes (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) ha cometido una Práctica Prohibida en cualquier etapa de la adjudicación o ejecución de un contrato, el Banco podrá:
(i) no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato para la adquisición de bienes o servicios, la contratación de obras, o servicios de consultoría;
(ii) suspender los desembolsos de la operación, si se determina, en cualquier etapa, que un empleado, agencia o representante del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo Contratante ha cometido una Práctica Prohibida;
(iii) declarar una contratación no elegible para financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el pago de una parte xxx xxxxxxxx o de la donación relacionada inequívocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el representante del Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas correctivas adecuadas (lo que incluye, entre otras cosas, la notificación adecuada al Banco tras tener conocimiento de la comisión de la Práctica Prohibida) en un plazo que el Banco considere razonable;
(iv) emitir una amonestación a la firma, entidad o individuo en el formato de una carta formal de censura por su conducta;
(v) declarar a una firma, entidad o individuo inelegible, en forma permanente o por determinado período de tiempo, para que (i) se le adjudiquen contratos o participe en actividades financiadas por el Banco, y (ii) sea designado subconsultor, subcontratista o proveedor de bienes o servicios por otra firma elegible a la que se adjudique un contrato para ejecutar actividades financiadas por el Banco;
(vi) remitir el tema a las autoridades pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes; y/o;
(vii) imponer otras sanciones que considere apropiadas bajo las circunstancias del caso, incluyendo la imposición de multas que representen para el Banco un reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones. Dichas sanciones podrán ser impuestas en forma adicional o en sustitución de las sanciones arriba referidas.
(c) Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) del párrafo 3.1 (b) se aplicará también en casos en los que las partes hayan sido temporalmente declaradas inelegibles para la adjudicación de nuevos contratos en espera de que se adopte una decisión definitiva en un proceso de sanción, o cualquier otra resolución.
(d) La imposición de cualquier medida que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisiones referidas anteriormente será de carácter público.
(e) Asimismo, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco, incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) podrá verse sujeto a sanción de conformidad con lo dispuesto en convenios suscritos por el Banco con otra Institución Financiera Internacional (IFI) concernientes al reconocimiento recíproco de decisiones de inhabilitación. A efectos de lo dispuesto en el presente párrafo, el término “sanción” incluye toda inhabilitación permanente, imposición de condiciones para la participación en futuros contratos o adopción pública de medidas en respuesta a una contravención del marco vigente de una Institución Financiera Internacional (IFI) aplicable a la resolución de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas.
(f) El Banco exige que los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y sus representantes, y concesionarios permitan al Banco revisar cualesquiera cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Banco. Todo solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios y concesionario deberá prestar plena asistencia al Banco en su investigación. El Banco también requiere que solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con
actividades financiadas por el Banco por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas y
(iii) aseguren que los empleados o agentes de los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios que tengan conocimiento de las actividades financiadas por el Banco estén disponibles para responder a las consultas relacionadas con la investigación provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor, o consultor apropiadamente designado. Si el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor proveedor de servicios o concesionario se niega a cooperar o incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la investigación por parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios, o concesionario.
(g) Cuando un Prestatario adquiera bienes, servicios distintos de servicios de consultoría, obras o servicios de consultoría directamente de una agencia especializada, todas las disposiciones contempladas en el párrafo 3 relativas a sanciones y Prácticas Prohibidas se aplicarán íntegramente a los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), o cualquier otra entidad que haya suscrito contratos con dicha agencia especializada para la provisión de bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría en conexión con actividades financiadas por el Banco. El Banco se reserva el derecho de obligar al Prestatario a que se acoja a recursos tales como la suspensión o la rescisión. Las agencias especializadas deberán consultar la lista de firmas e individuos declarados inelegibles de forma temporal o permanente por el Banco. En caso de que una agencia especializada suscriba un contrato o una orden de compra con una firma o individuo declarado inelegible de forma temporal o permanente por el Banco, el Banco no financiará los gastos conexos y se acogerá a otras medidas que considere convenientes.
3.2 Los Oferentes, al presentar sus ofertas, declaran y garantizan:
(a) que han leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas del Banco y las sanciones aplicables a la comisión de las mismas
que constan de este documento y se obligan a observar las normas pertinentes sobre las mismas; (b) que no han incurrido en ninguna Práctica Prohibida descrita en este documento; (c) que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de un contrato; (d) que ni ellos ni sus agentes, personal, subcontratistas, subconsultores, directores, funcionarios o accionistas principales han sido declarados por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) con la cual el Banco haya suscrito un acuerdo para el reconocimiento recíproco de sanciones, inelegibles para que se les adjudiquen contratos financiados por el Banco o por dicha IFI, o culpables de delitos vinculados con la comisión de Prácticas Prohibidas; (e) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido director, funcionario o accionista principal de ninguna otra compañía o entidad que haya sido declarada inelegible por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones para que se le adjudiquen contratos financiados por el Banco o ha sido declarado culpable de un delito vinculado con Prácticas Prohibidas; (f) que han declarado todas las comisiones, honorarios de representantes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos relacionados con actividades financiadas por el Banco; (g) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías constituye el fundamento para la imposición por el Banco de una o más de las medidas que se describen en la Cláusula 3.1 (b). | |
4.1 Un Oferente, y todas las partes que constituyen el Oferente, deberán ser originarios de países miembros del Banco. Los Oferentes originarios de países no miembros del Banco no son elegibles para participar en contratos financiados en todo o en parte con fondos del Banco. En la Sección III de este documento se indican los países miembros del Banco al igual que los criterios para determinar la nacionalidad de los Oferentes y el origen de los bienes y servicios. Los oferentes de un país miembro del Banco, al igual que los bienes suministrados, no estarán habilitados para participar si: (a) las leyes o la reglamentación oficial del país del Prestatario prohíben relaciones comerciales con ese país; o (b) por un acto de conformidad con una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptada en virtud del Capítulo |
VII de la Carta de esa Organización, el país del Prestatario prohíba las importaciones de bienes de ese país o cualquier pago a personas o entidades en ese país.
4.2 Un Oferente no deberá tener conflicto de interés y aquellos que lo tuviesen serán descalificados. Se considerará que los Oferentes tienen conflicto de interés con una o más partes en este proceso de licitación si ellos:
(a)tienen socios mayoritarios en común; o
(b)reciben o han recibido algún subsidio directo o indirecto de cualquiera de ellos; o
(c)tienen el mismo representante legal para fines de esta Licitación; o (d)tienen una relación mutua, directa o a través de terceros en común, que
les permite tener acceso a información sobre la Oferta de otro
Oferente, o influir sobre la misma, o influir sobre las decisiones del Contratante respecto de este proceso de Licitación; o
(e) un Oferente participa en más de una Oferta en este proceso de Licitación. Si un Oferente participa en más de una Oferta, se descalificarán todas las Ofertas en las que participa. Sin embargo, esta disposición no restringe la inclusión del mismo subcontratista en más de una Oferta; o
(f) están o han estado asociados, directa o indirectamente, con una firma o con cualquiera de sus afiliados, que ha sido contratada por el Contratante para la prestación de servicios de consultoría para la preparación del diseño, las especificaciones y otros documentos que se utilizarán en la Licitación para la contratación de las obras objeto de estos Documentos de Licitación; o
(g) han estado Oferente afiliados a una empresa o entidad que el contratante o el Prestatario haya contratado o haya propuesto contratar para algún tipo de supervisión o inspección para la ejecución del contrato.
4.3 Toda firma, individuo, empresa matriz o filial, u organización anterior constituida o integrada por cualquiera de los individuos designados como partes contratantes que el Banco declare inelegible de conformidad con lo dispuesto en los Procedimientos de Sanciones o que otra Institución Financiera Internacional (IFI) declare inelegible y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones y se encuentre bajo dicha declaración de inelegibilidad durante el periodo de tiempo determinado por el Banco de acuerdo con lo indicado en la Cláusula 3.
4.4 Las empresas estatales del país Prestatario serán elegibles solamente si pueden demostrar que (i) tienen autonomía legal y financiera; (ii) operan conforme a las leyes comerciales; y (iii) no dependen de ninguna agencia del Prestatario.
4.5 Los Oferentes deberán proporcionar al Contratante evidencia satisfactoria de la vigencia de su elegibilidad, cuando el Contratante la solicite. | |
5.1 Todos los Oferentes deberán presentar en los Formularios de la Oferta incluidos en la Sección IV, una descripción preliminar del método de trabajo y cronograma que proponen, incluyendo planos y gráficas, según sea necesario. 5.2 Si se realizó una precalificación de los posibles Oferentes, sólo se considerarán las Ofertas de los Oferentes precalificados para la adjudicación del Contrato. Estos Oferentes precalificados deberán confirmar en sus Ofertas que la información presentada originalmente para precalificar permanece actualizada a la fecha de presentación de las Ofertas o, de no ser así, incluir con su Oferta cualquier información que actualice su información original de precalificación. La confirmación o actualización de la información deberá presentarse en los formularios pertinentes incluidos en la Sección IV. 5.3 Si el Contratante no realizó una precalificación de los posibles Oferentes, todos los Oferentes deberán incluir en sus Ofertas la siguiente información y documentos en la Sección IV, a menos que se establezca otra cosa en los DDL: (a) copias de los documentos originales que establezcan la constitución o incorporación y sede del Oferente, así como el poder otorgado a quien suscriba la Oferta autorizándole a comprometer al Oferente; (b) monto total anual facturado por la construcción de las obras civiles realizadas durante el período indicado en los DDL; (c) experiencia en obras de similar naturaleza y magnitud realizadas en cada año durante el período indicado en los DDL, y detalles de los trabajos en marcha o bajo compromiso contractual, así como de los clientes que puedan ser contactados para obtener información sobre dichos contratos; (d) principales equipos de construcción que el Oferente propone para cumplir con el contrato; (e) calificaciones y experiencia del personal permanente de la empresa, tanto técnico como administrativo que podría desempeñarse en la Obra licitada; (f) informes sobre el estado financiero del Oferente, tales como informes de pérdidas y ganancias e informes de auditoría durante el período indicado en los DDL; |
(g) evidencia que certifique la existencia de suficiente capital de trabajo para este Contrato (acceso a línea(s) de crédito y disponibilidad de otros recursos financieros), que pueda comprobarse que son libres de otros compromisos;
(h) autorización para solicitar referencias a las instituciones bancarias del Oferente;
(i) información relativa a litigios presentes o habidos durante el período indicado en los DDL, en los cuales el Oferente estuvo o está involucrado, las partes afectadas, los montos en controversia, y los resultados; y
(j) propuestas para subcontratar componentes de las Obras cuyo monto no supere el porcentaje del Precio del Contrato que se establece en los DDL. En caso de corresponder, el Oferente agregará la confirmación de si, en su propuesta, considerará la subcontratación de las partes de los trabajos establecidas por la Contratante en los DDL.
5.4 Las Ofertas presentadas por una Unión Transitoria (U.T), constituida por dos o más firmas deberán cumplir con los siguientes requisitos, a menos que se indique otra cosa en los DDL:
(a) la Oferta deberá contener toda la información enumerada en laSubcláusula 5.3 de las IAO para cada miembro de la U.T.;
(b) la Oferta deberá ser firmada de manera que constituya una obligación legal para todos los miembros de la U.T.;
(c) todos los miembros de la U.T. serán responsables mancomunada y solidariamente por el cumplimiento del Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo;
(d) uno de los miembros de la U.T. deberá ser designado como representante y autorizado para contraer responsabilidades y para recibir instrucciones por y en nombre de cualquier o todos los miembros de la U.T.;
(e) la gestión de la totalidad del Contrato, incluyendo los pagos, se harán exclusivamente con el representante;
(f) con la Oferta se deberá presentar una copia del Convenio de la
U.T. firmado por todos los miembros o una Carta de Intención para formalizar el convenio de constitución de una U.T. en caso de resultar seleccionados, la cual deberá ser firmada por todos los miembros y estar acompañada de una copia del Convenio propuesto. En ambos casos, deberá estar especificado el porcentaje de participación de los integrantes de la asociación.
5.5 Para determinar la calificación delos Oferentes para la adjudicación del Contrato, deberán cumplir con los criterios mínimos de calificación que
se indican abajo. A tal fin, no se tomarán en cuenta la experiencia ni los recursos de los subcontratistas, salvo que se indique otra cosa en los DDL:
(a) tener una facturación promedio anual de, al menos, el monto indicado en los DDL por construcción de obras durante el período indicado en los DDL. Los precios contractuales originales serán actualizados según se indique en los DDL.
(b) contar con un Volumen Anual Disponible (V.A.D.) para la contratación de obras igual o mayor al monto indicado en los DDL y calculado de la forma establecida en los DDL.
(c) demostrar experiencia como Contratista principal en la construcción de por lo menos el número de obras indicado en los DDL, cuya naturaleza y complejidad sean equivalentes a las de las Obras licitadas, adquirida durante el período indicado en los DDL.
(d)demostrar que puede asegurar la disponibilidad oportuna del equipo esencial que permita desarrollar el plan de obra de su oferta;
(e) contar con un Representante Técnico con experiencia en obras cuya naturaleza y volumen sean equivalentes a las de las Obras licitadas; en los DDL se indicarán al menos cuántas de esas obras su experiencia haya sido como Representante Técnico; o con cuántos años de experiencia como Representante Técnico deberá contar;
(f) contar con activos líquidos y/o disponibilidad de crédito libres de otros compromisos contractuales y excluyendo cualquier anticipo que pudiera recibir bajo el Contrato, por un monto superior a la suma indicada en los DDL.
(g) no tener un historial complejo de litigios o laudos arbitrales en contra del Oferente, o cualquiera de los integrantes de una U.T. que permitan suponer pérdidas de capital de trabajo por un monto superior a la suma indicada en los DDL. Dicho antecedente podría ser causal para su descalificación.
(h) Si la licitación está conformada por lotes que pueden ser cotizados en forma separada o conjunta, los requisitos expresados en (a), (b) (c), (d), (e) y (f) deberán ser establecidos para cada lote, y el cumplimiento de los mismos será exigido para cada lote ofertado o, para el caso de ofertar más de un lote, a la sumatoria de los requisitos de los lotes ofertados, a menos que en los DDL se estipule otra forma.
5.6 Las cifras correspondientes a cada uno de los integrantes de una U.T. se sumarán a fin de determinar si el Oferente cumple con los requisitos mínimos de calificación de conformidad con las Subcláusulas 5.5 (a); (b);
(c) y (f) de las IAO. De manera adicional, para que pueda adjudicarse el contrato a una UT se establecen en los DDL, los porcentajes de los requisititos mínimos para cada oferente de manera individual, en el caso de las subcláusulas 5.5 (a); (b) y (f).
6.1 Con excepción de los casos en que se permita presentar o se soliciten propuestas alternativas, cada empresa Oferente presentará solamente una Oferta, ya sea individualmente o como miembro de una U.T. Aquella empresa que presente o participe en más de una Oferta, incluso si presenta una oferta, en forma individual o como integrante de una U.T., y participa como subcontratistas en otra, ocasionará que todas las propuestas en las cuales participa sean rechazadas. 6.2 Lo anterior no invalida que una empresa pueda presentantarse como subcontratista en más de una oferta. 6.3 En el caso de que la licitación esté conformada por lotes, se admitirá que un oferente presente más de una oferta siempre que dichas ofertas correspondan a lotes diferentes. | |
7.1 Los Oferentes serán responsables por todos los gastos asociados con la preparación y presentación de sus Ofertas y el Contratante en ningún momento será responsable por dichos gastos. | |
8.1 Se aconseja que el Oferente, bajo su propia responsabilidad y a su propio riesgo, visite e inspeccione el Sitio de las Obras y sus alrededores y obtenga por sí mismo toda la información que pueda ser necesaria para preparar la Oferta y celebrar el Contrato para la construcción de las Obras. Los gastos relacionados con dicha visita correrán por cuenta del Oferente. | |
9.1 El conjunto de los Documentos de Licitación comprende los documentos que se enumeran en la siguiente tabla y todas las enmiendas que hayan sido emitidas de conformidad con la cláusula 11 de las IAO: Sección I Instrucciones a los Oferentes (IAO) Sección II Datos de la Licitación (DDL) Sección III Países Elegibles Sección IV Formularios de la Oferta Sección V Condiciones Generales del Contrato (CGC) Sección VI Condiciones Especiales del Contrato (CEC) Sección VII Especificaciones y Condiciones de Cumplimiento Sección VIII Planos Sección IX Cómputo indicativo de las tareas a ejecutar Sección X Formularios de Garantías | |
10.1 Todos los posibles Oferentes que requieran aclaraciones sobre los Documentos de Licitación deberán solicitarlas por escrito al Contratante, dentro del plazo y a la dirección indicada en los DDL. El Contratante deberá responder a cualquier solicitud de aclaración recibida. Se enviarán copias de la respuesta del Contratante a todos los que obtuvieron los Documentos de Licitación, la cual incluirá una descripción de la consulta, pero sin identificar su origen. Cualquier circular aclaratoria que se emita formará parte integral de los Documentos de Licitación. |
10.2 Con el fin de otorgar a los posibles Oferentes tiempo suficiente para tener en cuenta las respuestas a consultas en la preparación de sus Ofertas, el Contratante deberá prorrogar, si fuera necesario, la fecha límite de la presentación de aquellas, de conformidad con la Subcláusula 21.2 de las IAO. | |
11.1 Antes de la fecha límite para la presentación de las Ofertas, el Contratante podrá modificar los Documentos de Licitación mediante una enmienda. 11.2 Cualquier enmienda que se emita formará parte integral de los Documentos de Licitación y será comunicada por escrito a todos los que obtuvieron los Documentos de Licitación2. Los posibles Oferentes deberán acusar recibo de cada enmienda por escrito al Contratante. La enmienda también se incluirá en el Documento de Licitación que se ofrece al público. 11.3 Con el fin de otorgar a los posibles Oferentes tiempo suficiente para tener en cuenta las enmiendas en la preparación de sus Ofertas, el Contratante prorrogará, si fuera necesario, la fecha límite de la presentación de aquellas, de conformidad con la Subcláusula 21.2 de las IAO. Para que las comunicaciones referidas en las Cláusulas 10 y 11, o cualquier otra que se dirijan las partes hasta que se perfeccione la contratación surtan efecto, deberán tener el carácter de medio legal de notificación fehaciente. | |
12.1 Todos los documentos relacionados con las Ofertas deberán estar redactados en idioma castellano. | |
13.1 La Oferta que presente el Oferente deberá estar conformada por los siguientes documentos: (a) La Carta de Oferta (en el formulario indicado en la Sección IV); (b) La Garantía de Mantenimiento de la Oferta, o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta, si de conformidad con la Cláusula 17 de las IAO así se requiere; (c) El Cómputo y presupuesto; (d) El formulario de Información para la Calificación y los documentos de sustento que se soliciten; (e) Las Ofertas alternativas, de haberse solicitado; y (f) Cualquier otro documento que se solicite a los Oferentes completar y presentar, según se especifique en los DDL. La Carta de Oferta y los formularios se prepararán con los modelos pertinentes que se incluyen en la Sección IV, Formularios de la Oferta. |
2Es importante, por lo tanto, que el Contratante mantenga una lista completa y actualizada de todos los participantes que hayan recibido los documentos de licitación y sus direcciones.
Los formularios deberán completarse sin realizar ningún tipo de modificaciones al texto, y no se aceptarán sustituciones. Todos los espacios en blanco deberán llenarse con la información solicitada. | |
14.1 Los precios y descuentos que cotice el Oferente en la carta de la oferta se ceñirán a los requisitos indicados más abajo. El precio comprenderá la totalidad de las Obras especificadas en la Subcláusula 1.1 de las IAO, sobre la base del Cómputo y presupuesto presentados por el Oferente. 14.2 Los precios a cotizar deberán tener en cuenta que la contratación se hará por el sistema deSuma Alzada, según el cual, el Contratista se compromete a ejecutar los trabajos por la suma única y global que haya establecido en su oferta para la obra hasta su total conclusión con arreglo al contrato y de acuerdo con su fin. Por lo tanto, los precios unitarios e importes parciales consignados por el oferente en su propuesta sólo tendrán por objeto permitir el análisis de la misma y efectuar las certificaciones y pagos parciales de la obra ejecutada. El monto a pagar por los trabajos realizados resultará del avance de la ejecución, estimado en forma porcentual, sobre el precio total de las tareas incluidas en el Cómputo y presupuesto. 14.3 El Oferente indicará “el precio total” para todos los rubros de las Obras descritos en el Cómputo y presupuesto. El Contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios que figuren en el Cómputo y presupuesto. Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente. 14.4El precio que se cotice en la Carta de la Oferta, de conformidad con la Cláusula 13.1 (a) de las IAO, será el precio total de la Oferta, excluido todo descuento ofrecido. 14.5 El Oferente cotizará separadamente cualquier descuento e indicará la metodología para su aplicación en la Carta de la Oferta. 14.6Si así se dispone en los DDL, las Ofertas se harán por lotes individuales (contratos) o por combinación de lotes (paquetes). Los Oferentes que quieran ofrecer un descuento en caso de que se les adjudique más de un contrato especificarán en su Oferta la reducción de precio aplicable a cada paquete o, alternativamente, a cada contrato individual dentro del paquete. La reducción de precio o descuento se presentará de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 14.5 de las IAO, siempre y cuando las Ofertas de todos los lotes (contratos) se presenten y abran al mismo tiempo. 14.7 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, |
deberán estar incluidos en los precios de la Oferta presentada por el Oferente. 14.8Los precios que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato si así se dispone en los DDL, en las CEC, y en las estipulaciones de la Cláusula 47 de las CGC. El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC. | |
15.1 Los precios deberán ser cotizadas por el Oferente enteramente en la moneda del país del Contratante u otra que se especifique en los DDL. Los requisitos de pagos en moneda extranjera se deberán indicar como porcentajes del precio de la Oferta (excluyendo las sumas provisionales3) y serán pagaderos hasta en tres monedas extranjeras a elección del Oferente. 15.2 Los tipos de cambio que utilizará el Oferente para determinar los montos equivalentes en la moneda del país del Contratante y establecer los porcentajes mencionados en la Subcláusula 15.1 anterior, será el tipo de cambio vendedor para transacciones similares establecido por la fuente estipulada en los DDL, vigente a la fecha que sea estipulada en los DDL. El tipo de cambio aplicará para todos los pagos con el fin que el Oferente no corra ningún riesgo cambiario. 15.3 Los Oferentes indicarán en su Oferta los detalles de las necesidades previstas en monedas extranjeras. Será necesario que los Oferentes sustenten que las cantidades incluidas en los precios sean razonables y se ajusten a los requisitos de la Subcláusula 15.1 de las IAO. | |
16.1 Las Ofertas permanecerán válidas por el período estipulado en los DDL. 16.2 En circunstancias excepcionales, el Contratante podrá solicitar a los Oferentes que extiendan el período de validez por un plazo adicional específico. La solicitud y las respuestas de los Oferentes al pedido deberán ser por escrito. Si se ha solicitado una Garantía de Mantenimiento de la Oferta de conformidad con la Cláusula 17 de las IAO, ésta deberá extenderse también por 28 días después de la fecha límite prorrogada para la presentación de las Ofertas. Los Oferentes podrán rechazar tal solicitud sin que se les haga efectiva la garantía o se ejecute la Declaración de Mantenimiento de la Oferta. Al Oferente que esté de acuerdo con la solicitud no se le requerirá ni se le permitirá que modifique su Oferta, excepto como se dispone en la Cláusula 17 de las IAO. 16.3 En el caso de los contratos con precio fijo (sin ajuste de precio), si el período de validez de las Ofertas se prorroga por más de 56 días, los montos pagaderos al Oferente seleccionado en moneda nacional y extranjera se ajustarán según lo que se estipule en la solicitud de extensión. La evaluación |
3Las sumas provisionales son sumas monetarias especificadas por el Contratante en el Cómputo para ser utilizadas a su discreción con subcontratistas designados y para otros fines específicos.
de las Ofertas se basará en el Precio de la Oferta sin tener en cuenta los ajustes antes señalados. | |
17. Garantía de Mantenimiento de la Oferta y Declaración de Mantenimiento de la Oferta | 17.1 Si se solicita en los DDL, el Oferente deberá presentar como parte de su Oferta, una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, en el formulario original especificado en los DDL. 17.2 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta será por la suma estipulada en los DDL y denominada en la moneda de la oferta, y deberá: |
(a) a elección del Oferente, consistir en una garantía bancaria emitida por una institución bancaria, o una fianza o póliza de caución emitida por una aseguradora o afianzadora aceptable para el Contratante; | |
(b) ser emitida por una institución de prestigio seleccionada por el Oferente en cualquier país. Si la institución que emite la garantía está localizada fuera del país del Contratante, ésta deberá tener una institución financiera corresponsal en el país del Contratante que permita hacer efectiva la garantía; | |
(c) estar sustancialmente de acuerdo con uno de los formularios de Garantía de Mantenimiento de Oferta incluidos en la Sección X, “Formularios de Garantía” u otro formulario aprobado por el Contratante con anterioridad a la presentación de la Oferta; | |
(d) ser pagadera a la vista, con prontitud, ante solicitud escrita del Contratante en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 17.5 de las IAO; | |
(e) ser presentada en original (no se aceptarán copias); | |
(f) permanecer válida por un período que expire 28 días después de la fecha límite de la validez de las Ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 16.2 de las IAO; | |
17.3 Si la Subcláusula 17.1 de las IAO exige una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, todas las Ofertas que no estén acompañadas por una Garantía de Mantenimiento de la oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta que sustancialmente respondan a lo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el Contratante por incumplimiento. | |
17.4 La Garantía de Mantenimiento de Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta de los Oferentes cuyas Ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas inmediatamente después de que se firme el contrato. | |
17.5 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer efectiva o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta se podrá ejecutar si: | |
(a) el Oferente retira su Oferta durante el período de validez de la Oferta especificado por el Oferente en la Oferta, salvo lo estipulado en la Subcláusula 16.2 de las IAO; o |
(b) el Oferente seleccionado no acepta las correcciones al Precio de su Oferta, de conformidad con la Subcláusula 28 de las IAO; (c) si el Oferente seleccionado no cumple dentro del plazo estipulado con: (i) firmar el Contrato; o (ii) suministrar la Garantía de Cumplimiento solicitada; o (iii) suministrar los demás requisitos que correspondan. 17.6 La Garantía deMantenimiento de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta de una U.T. deberá ser emitida en nombre de la U.T. que presenta la Oferta. Si dicha U.T. no ha sido legalmente constituida en el momento de presentar la Oferta, la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta deberá ser emitida en nombre de todos y cada uno de los futuros miembros de la U.T. tal como se denominan en la carta de intención. | |
alternativas de los Oferentes | 18.1 No se considerarán Ofertas alternativas a menos que específicamente se estipule en los DDL. Si se permiten, las Subcláusulas 18.1 y 18.2 de las IAO regirán y en los DDL se especificará cuál de las siguientes opciones se permitirá: (a) Opción Uno: Un Oferente podrá presentar Ofertas alternativas junto con su Oferta básica. El Contratante considerará solamente las Ofertas alternativas presentadas por el Oferente cuya Oferta básica haya sido determinada como la Oferta evaluada de menor precio. (b) Opción Dos: Un Oferente podrá presentar una Oferta alternativa con o sin una Oferta para el caso básico. Todas las Ofertas recibidas para el caso básico, así como las Ofertas alternativas que cumplan con las Especificaciones y los requisitos de funcionamiento de la Sección VII, serán evaluadas sobre la base de sus propios méritos. 18.2 Todas las Ofertas alternativas deberán proporcionar toda la información necesaria para su completa evaluación por parte del Contratante, incluyendo los cálculos de diseño, las especificaciones técnicas, el desglose de los precios, los métodos de construcción propuestos y otros detalles pertinentes. |
19.1 El Oferente preparará un original de los documentos que comprenden la Oferta según se describe en la Cláusula 13 de las IAO, el cual deberá formar parte del volumen que contenga la Oferta, y lo marcará claramente como “ORIGINAL”. Además, el Oferente deberá presentar el número de copias de la Oferta que se indica en los DDL y marcar claramente cada ejemplar como “COPIA”. En caso de discrepancia entre el original y las copias, el texto del original prevalecerá sobre el de las copias. 19.2 El original y todas las copias de la Oferta deberán ser mecanografiadas o escritas con tinta indeleble y deberán estar firmadas por la persona o personas debidamente autorizada(s) para firmar en nombre del Oferente, de conformidad con la Subcláusula 5.3 (a) de las IAO. Todas las páginas |
de la Oferta que contengan anotaciones o enmiendas deberán estar rubricadas por la persona o personas que firme(n) la Oferta. 19.3 La Oferta no podrá contener alteraciones ni adiciones, excepto aquellas que cumplan con las instrucciones emitidas por el Contratante o las que sean necesarias para corregir errores del Oferente, en cuyo caso dichas correcciones deberán ser rubricadas por la persona o personas que firme(n) la Oferta. 19.4 El Oferente proporcionará la información sobre comisiones o gratificaciones que se describe en el Formulario de la Oferta, si las hay, pagadas o por pagar a agentes en relación con esta Oferta, y con la ejecución del contrato si el Oferente resulta seleccionado. | |
20.1 Los Oferentes siempre podrán enviar sus Ofertas por correo o entregarlas personalmente. Los Oferentes podrán presentar (una vez que su uso sea aceptado por el BID) sus Ofertas electrónicamente cuando así se indique en los DDL. Los Oferentes que presenten sus Ofertas electrónicamente (una vez que su uso sea aceptado por el BID) seguirán los procedimientos indicados en los DDL para la presentación de dichas Ofertas. En el caso de Ofertas enviadas por correo o entregadas personalmente, el Oferente pondrá el original y todas las copias de la Oferta en dos sobres interiores, que sellará e identificará claramente como “ORIGINAL” y “COPIAS”, según corresponda, y que colocará dentro de un sobre exterior que también deberá sellar. 20.2 Los sobres interiores y el sobre exterior deberán: (a) estar dirigidos al Contratante a la dirección4 proporcionada en los DDL; (b) llevar el nombre y número de identificación del Contrato indicados en los DDL y CEC; y (c) llevar la nota de advertencia indicada en los DDL para evitar que la Oferta sea abierta antes de la hora y fecha de apertura de Ofertas indicadas en los DDL. 20.3 Además de la identificación requerida en la Subcláusula 20.2 de las IAO, los sobres interiores deberán llevar el nombre y la dirección del Oferente, con el fin de devolverle su Oferta sin abrir en caso de que la misma sea declarada Oferta tardía, de conformidad con la Cláusula 22 de las IAO. 20.4 Si el sobre exterior no está sellado e identificado como se ha indicado anteriormente, el Contratante no se responsabilizará en caso de que la |
4La dirección donde se reciban las Ofertas debe ser una oficina que esté abierta durante el horario normal de trabajo, con personal autorizado para certificar la hora y fecha de recepción y asegurar la custodia de las Ofertas hasta la fecha de la apertura. No se debe indicar una dirección de apartado postal. La dirección para la recepción de las Ofertas debe ser la misma que se indique en el Llamado a licitación. De ser imprescindible modificar esa dirección, el Contratante deberá asegurar que el cambio sea pública y fehacientemente comunicado a todos los interesados.
Oferta se extravíe o sea abierta prematuramente, en este último caso será rechazada. | |
21.1 Las Ofertas, deberán ser entregadas al Contratante en la dirección especificada conforme a la Subcláusula 20.2 (a) de las IAO, a más tardar en la fecha y hora que se indican en los DDL o en las enmiendas y/o circulares de prórroga. 21.2 El Contratante podrá extender el plazo para la presentación de Ofertas mediante una enmienda a los Documentos de Licitación, de conformidad con la Cláusula 11 de las IAO. En este caso todos los derechos y obligaciones del Contratante y de los Oferentes previamente sujetos a la fecha límite original para presentar las Ofertas quedarán sujetos a la nueva fecha límite. | |
22.1 Toda Oferta que reciba el Contratante después de la fecha y hora límite para la presentación de las Ofertas especificada de conformidad con la Cláusula 21 de las IAO será devuelta al Oferente remitente sin abrir. | |
23.1 Los Oferentes podrán retirar, sustituir o modificar sus Ofertas mediante una notificación por escrito antes de la fecha límite indicada en la Cláusula 21 de las IAO. 23.2 Toda notificación de retiro, sustitución o modificación de la Oferta deberá ser preparada, sellada, identificada y entregada de acuerdo con las estipulaciones de las Cláusulas 19 y 20 de las IAO, y los sobres exteriores y los interiores debidamente marcados, “RETIRO”, “SUSTITUCIÓN”, o “MODIFICACIÓN”, según corresponda. 23.3 Las notificaciones de retiro, sustitución o modificación deberán ser entregadas al Contratante en la dirección especificada conforme a la Subcláusula 20.2 (a) de las IAO, a más tardar en la fecha y hora que se indican en la Cláusula 21.1 de los DDL. 23.4 El retiro de una Oferta en el intervalo entre la fecha de vencimiento del plazo para la presentación de Ofertas y la expiración del período de validez de las Ofertas indicado en los DDL de conformidad con la Subcláusula 16.1o del período prorrogado de conformidad con la Subcláusula 16.2 de las IAO, puede dar lugar a que se ejecute la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o se haga efectiva la penalidad determinada en la Declaración de Mantenimiento de la Oferta, según lo dispuesto en la cláusula 17 de las IAO. 23.5 Los Oferentes solamente podrán ofrecer descuentos si esto estuviera permitido, incluyéndolos en la Oferta original. Los mismos deberán ser cotizados separadamente indicando la metodología para su aplicación en la Carta de la Oferta. | |
24.1 El Contratante abrirá las Ofertas, y las notificaciones de retiro, sustitución y modificación de Ofertas presentadas de conformidad con la Cláusula 23, en acto público con la presencia de los representantes |
de los Oferentes que decidan concurrir, a la hora, en la fecha y el lugar establecidos en los DDL. El procedimiento para la apertura de las Ofertas presentadas electrónicamente si las mismas son permitidas de conformidad con la Subcláusula 20.1 de las IAO, estará indicado en los DDL.
24.2 Primero se abrirán los sobres marcados como “RETIRO” y se leerán en voz alta, el sobre con la Oferta correspondiente no será abierto sino devuelto al Oferente remitente. No se permitirá el retiro de ninguna Oferta a menos que la comunicación de retiro pertinente contenga la autorización válida para solicitar el retiro y sea leída en voz alta en el acto de apertura de las Ofertas. Seguidamente, se abrirán los sobres marcados como “SUSTITUCION” se leerán en voz alta y se intercambiará con la Oferta correspondiente que está siendo sustituida; la Oferta sustituida no se abrirá y se devolverá al Oferente remitente. No se permitirá ninguna sustitución a menos que la comunicación de sustitución correspondiente contenga una autorización válida para solicitar la sustitución y sea leída en voz alta en el acto de apertura de las Ofertas. Los sobres marcados como “MODIFICACION” se abrirán y leerán en voz alta con la Oferta correspondiente. No se permitirá ninguna modificación a las Ofertas a menos que la comunicación de modificación correspondiente contenga la autorización válida para solicitar la modificación y sea leída en voz alta en el Acto de Apertura de las Ofertas.
24.3 En el acto de apertura, el Contratante leerá en voz alta, y notificará por línea electrónica cuando corresponda, y registrará en un Acta los nombres de los Oferentes, los precios totales de las Ofertas y de cualquier Oferta alternativa (si se solicitaron o permitieron Ofertas alternativas), descuentos, notificaciones de retiro, sustitución o modificación de Ofertas, la existencia o falta de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta, si se solicitó, y cualquier otro detalle que el Contratante considere apropiado. Solamente se considerarán en la evaluación los sobres que se abran y lean en voz alta durante el Acto de Apertura de las Ofertas. Ninguna Oferta o notificación será rechazada en el acto de apertura. Las sustituciones y modificaciones que no fueran presentadas de acuerdo con las disposiciones de las Cláusulas 23 de las IAO serán devueltas sin abrir a los Oferentes remitentes.
24.4 El Contratante preparará un acta de la apertura de las Ofertas que incluirá el registro de las ofertas leídas, toda la información dada a conocer a los asistentes de conformidad con la Subcláusula 24.3 de las IAO, los Oferentes podrán dejar constancia en dicha Acta de las observaciones que le merezca el Acto o cualquiera de las propuestas presentadas. El Contratante enviará prontamente copia de dicha acta a todos los oferentes que participaron del Acto de Apertura de Ofertas.
25.1 No se divulgará a los Oferentes ni a ninguna persona que no esté oficialmente involucrada con el proceso de la licitación, información relacionada con el examen, aclaración, evaluación, comparación de las Ofertas, ni la recomendación de adjudicación del contrato hasta que se haya publicado la adjudicación del Contrato de conformidad con la Subcláusula33.5 de las IAO. 25.2 Cualquier intento por parte de un Oferente para influenciar al Contratante en el procesamiento de las Ofertas o en la adjudicación del contrato podrá resultar en el rechazo de su Oferta. 25.3 No obstante, si entre el acto de apertura y la fecha de adjudicación del contrato, un Oferente desea comunicarse con el Contratante sobre algún asunto relacionado con el proceso de la licitación, deberá hacerlo por escrito. | |
26.1 Para facilitar el examen, la evaluación y la comparación de las Ofertas, el Contratante tendrá la facultad de solicitar a cualquier Oferente que aclare su Oferta, incluyendo el desglose de los precios. La solicitud de aclaración y la respuesta correspondiente deberán efectuarse por escrito y no se solicitará, ofrecerá ni permitirá ninguna modificación de los precios o a la sustancia de la Oferta, salvo las que sean necesarias para confirmar la corrección de errores aritméticos que el Contratante haya descubierto durante la evaluación de las Ofertas, de conformidad con lo dispuesto en la Xx. 00 xx xxx XXX. | |
27. Examen de las Ofertas para determinar su cumplimiento e inconformidades no significativas | 27.1 Antes de proceder a la evaluación detallada de las Ofertas, el Contratante determinará si cada una de ellas: (a) cumple con los requisitos de elegibilidad establecidos en la cláusula 4 de las IAO; (b) ha sido debidamente firmada; |
(c) está acompañada de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta si se solicitaron; | |
(d) cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación. | |
27.2 Una Oferta que cumple sustancialmente es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones de los Documentos de Licitación sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. Una desviación, reserva u omisión significativa es aquella que: | |
(a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de las Obras; | |
(b) limita de una manera considerable, inconsistente con los Documentos de Licitación, los derechos del Contratante o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o |
(c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes cuyas Ofertas cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación. 27.3 Si una Oferta no cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación, será rechazada por el Contratante y el Oferente no podrá posteriormente transformarla en una oferta que cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación mediante la corrección o la eliminación de las desviaciones o reservas. 27.4 Si una Oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Contratante podrá dispensar inconformidades que no constituyan una desviación, reserva u omisión significativa. Cuando la Oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Contratante podrá solicitar al Oferente que presente, dentro de un plazo razonable, la información o documentación necesaria para rectificar inconformidades no significativas en la Oferta, relacionadas con requisitos referentes a la documentación. La solicitud de información o documentación relativa a dichas inconformidades no podrá estar relacionada de ninguna manera con el precio de la Oferta. Si el Oferente no cumple la solicitud, podrá rechazarse su Oferta. | |
28.1 El Contratante verificará si las Ofertas que cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación contienen errores aritméticos. Dichos errores serán corregidos por el Contratante de la siguiente manera: (a) si hubiese una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido a menos que el Comprador considere que hay un error obvio en la colocación del punto decimal, caso en el cual el total cotizado prevalecerá y el precio unitario se corregirá; (b) si hubiese un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total; y (c) si hubiese una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados. 28.2El Contratante ajustará el monto indicado en la Oferta de acuerdo con el procedimiento antes señalado para la corrección de errores y, con la anuencia del Oferente, el nuevo monto se considerará de obligatorio cumplimiento para el Oferente. Si el Oferente no estuviera de acuerdo con el monto corregido, la Oferta será rechazada. | |
29.1 Para efectos de evaluación y comparación, el Contratante convertirá todos los precios de las Ofertas expresados en diferentes monedas a la moneda del País del Contratante, al tipo de cambio vendedor, establecido para transacciones similares establecido por la fuente estipulada en los |
DDL 15.2. La fecha del tipo de cambio será la indicada en los DDL 15.2. Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO. | |
30.1 El Contratante evaluará solamente las Ofertas que determine que cumplen con los requisitos de los Documentos de Licitación de conformidad con la Cláusula 27 de las IAO. 30.2 Al evaluar las Ofertas, el Contratante determinará el precio evaluado de cada Oferta, ajustándolo de la siguiente manera: (a) corrigiendo cualquier error, conforme a los estipulado en la Cláusula 28 de las IAO; (b)excluyendo las sumas provisionales y las reservas para imprevistos, si existieran en el Cómputo y presupuesto, así como los trabajos por día, si se hubiese requerido su cotización; (c) haciendo los ajustes correspondientes para reflejar los descuentos u otras modificaciones de precios ofrecidas de conformidad con la Subcláusula 23.5 de las IAO. 30.3 El Contratante se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier variación o desviación. En la evaluación de las ofertas no se tendrán en cuenta las variaciones, desviaciones y otros factores que excedan los requisitos de los documentos de licitación o que resulten en beneficios no solicitados para el Contratante. 30.4 En la evaluación de las Ofertas no se tendrá en cuenta el ajuste de precio estipuladas en virtud de la cláusula 47 de las CGC. 30.5 En el caso de licitaciones por lotes, y de acuerdo con la Subcláusula 30.2 c), el Contratante determinará la aplicación de los descuentos propuestos por los distintos Oferentes a fin de definir el precio combinado más conveniente de todos los lotes. | |
31. Derecho del Contratante a aceptar cualquier Oferta o a rechazar cualquier o todas las Ofertas | 31.1 El Contratante se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier Oferta, de anular el proceso de Licitación y de rechazar todas las Ofertas en cualquier momento antes de la adjudicación del Contrato, sin que por ello adquiera responsabilidad alguna ante los Oferentes. En caso de anular el proceso, el Contratante devolverá con prontitud a todos los Oferentes las Ofertas y las Garantías de Oferta que hubiera recibido. |
32.1 El Contratante adjudicará el contrato al Oferente cuya Oferta se determine que cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación y que representa el costo evaluado más bajo, siempre y cuando el Contratante haya determinado que dicho Oferente: (a) es elegible de conformidad con la Cl. 4 de las IAO y (b) está calificado de conformidad con las disposiciones de la Cl.5 de las IAO. | |
33.1 Antes de la expiración de la validez de la Oferta, el Contratante le notificará por escrito la decisión de adjudicación del contrato al Oferente cuya Oferta haya sido aceptada. Esta carta (en lo sucesivo y en las CGC denominada la “Carta de Aceptación”) deberá estipular el monto que el Contratante pagará al Contratista por la ejecución, cumplimiento y mantenimiento de las Obras, de conformidad con el Contrato (en lo sucesivo denominado el “Precio del Contrato”). 33.2 La Carta de Aceptación dará por constituido el Contrato, supeditado a la presentación por parte del Adjudicatario de la Garantía de Cumplimiento y otros documentos que se haya convenido, de conformidad con lo estipulado en los DDL. El Contrato se perfeccionará con la suscripción del mismo. 33.3 Una vez presentada por el adjudicatario al Contratante la documentación indicada y la Garantía de Cumplimiento se suscribirá el Contrato en la fecha y lugar que el Contratante determine. Alternativamente y a su exclusivo juicio, el Contratante podrá, después de recibida la documentación y dentro de los veintiún (21) días siguientes al envío de la Carta de Aceptación, firmar el Contrato y remitirlo al Oferente seleccionado, quien deberá suscribirlo y devolverlo al Contratante dentro de los siete (7) días de haberlo recibido. 33.4 Para que las comunicaciones referidas en las Cláusula 33, o cualquier otra que se dirijan las partes hasta que se perfeccione la contratación surtan efecto, deberán tener el carácter de medio legal de notificación fehaciente. Las comunicaciones del Contratante al Contratista serán dirigidas al domicilio informado por éste en el Formulario de Oferta. Las comunicaciones al Contratante deberán entregarse en la dirección referida en la Subcláusula 10.1. de las IAO 33.5 El Contratante publicará en los medios estipulados en los DDL, los resultados de la licitación identificando la Oferta y los números de los lotes y la siguiente información: (i) el nombre de cada Oferente que presentó una Oferta; (ii) los precios que se leyeron en voz alta en el acto de apertura de las Ofertas; (iii) el nombre y los precios evaluados de cada Oferta; (iv) los nombres de los Oferentes cuyas Ofertas fueron rechazadas y las razones de su rechazo; y (v) el nombre del Oferente seleccionado y el precio cotizado, así como la duración y un resumen del alcance del contrato adjudicado. Después de la publicación de la información relativa a la adjudicación del contrato, los Oferentes no seleccionados podrán solicitar por escrito al Contratante una reunión informativa a fin de obtener explicaciones de las razones por las cuales |
sus Ofertas no fueron seleccionadas. El Contratante responderá prontamente por escrito a cada Oferente no seleccionado que, tras la publicación de los detalles de la adjudicación del contrato, podrá solicitar, por escrito, aclaración sobre las causas por las cuales su Oferta no fue seleccionada. | |
34.1 El Adjudicatario deberá entregar al Contratante una Garantía de Cumplimiento por el monto estipulado en las CGC y en la forma (garantía bancaria o fianza) estipulada en los DDL, denominada en los tipos y proporciones de monedas indicados en la Carta de Aceptación y de conformidad con las CGC. 34.2 Si la Garantía de Cumplimiento suministrada por el Adjudicatario fuese una garantía bancaria, ésta podrá ser emitida, a su elección, por un banco en el país del Contratante, o por uno extranjero aceptable al Contratante a través de un banco corresponsal domiciliado en el país del Contratante. 34.3 Si la Garantía de Cumplimiento suministrada por el Oferente seleccionado fuese una fianza, ésta deberá ser emitida por una compañía afianzadora que el Oferente haya verificado que es aceptable para el Contratante. 34.4 El incumplimiento del Adjudicatario con las disposiciones de las Subcláusulas 34.1 y 33.3 de las IAO constituirá base suficiente para anular la adjudicación del contrato y ejecutar la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o hacer efectiva la Declaración de Mantenimiento de la Oferta. En este caso, el Contratante podrá adjudicar el contrato al Oferente cuya Oferta sea evaluada como la siguiente más baja que se ajusta sustancialmente a las condiciones de la Licitación y que el Contratante considere calificado para ejecutar satisfactoriamente el contrato. Tan pronto como el Adjudicatario firme el Contrato y presente la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Cláusula 34.1 de las IAO, el Contratante comunicará el nombre del Adjudicatario a todos los Oferentes no seleccionados y les devolverá las Garantías de Mantenimiento de la Oferta de conformidad con la Cláusula 17.4 de las IAO. | |
35.1 El Contratante proveerá un anticipo sobre el Precio del Contrato, de acuerdo con lo estipulado en las CGC y supeditado al monto máximo establecido en los DDL. El pago del anticipo deberá ejecutarse contra la recepción de una garantía. En la Sección X “Formularios de Garantía” se proporciona los formularios de Garantía para Pago de Anticipo. | |
36.1 El Contratante propone que se designe como Conciliador bajo el Contrato a la persona nombrada en los DDL, a quien se le pagarán los honorarios por hora estipulados en los DDL, más gastos reembolsables. Si un Oferente no estuviera de acuerdo con esta propuesta, deberá manifestarlo en su Oferta. Si en la Carta de Aceptación el Contratante no expresa estar de acuerdo con la designación del Conciliador, el Conciliador deberá ser nombrado por la autoridad designada en los DDL y las CEC, a solicitud de cualquiera de las partes. |
Sección II. Datos de la Licitación
A. Disposiciones Generales | |
IAO 1.1 | El Contratante es la Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande. Las Obras son suministro y puesta en servicio de la actualización tecnológica del sistema de regulación de velocidad y automatismo de las unidades generadoras xx Xxxxx Grande. El nombre e identificación de la licitación es Licitación Publica N° SG-652 |
IAO 1.2 | El plazo previsto de ejecución de las Obras es de cuatro años y medio. El Presupuesto Oficial de la obra es dólares americanos 12.600.000 calculado al mes xx xxxxx de 2019 |
IAO 2.1 | Los prestatarios son: la Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx x xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx xxx Xxxxxxx |
IAO 2.1 | La expresión “Banco” utilizada comprende al Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Los requerimientos del Banco y de los fondos administrados son idénticos con excepción de los países elegibles en donde la membresía es diferente (Ver Sección Países Elegibles). Las referencias en este documento a “préstamos” abarcan los instrumentos y métodos de financiamiento, las cooperaciones técnicas (CT), y los financiamientos de operaciones. Las referencias a los “Contratos xx Xxxxxxxx” comprenden todos los instrumentos legales por medio de los cuales se formalizan las operaciones del Banco. El préstamo del Banco es: Modernización del Complejo Hidroeléctrico Binacional Salto Grande (RG-L1124) Número: 4694/OC-RG, 4695/OC-RG Fecha: Aprobados por el Directorio del Banco Interamericano de Desarrollo el día 28 de noviembre de 2018. El contrato xx xxxxxxxx con la República Argentina fue firmado el 09/05/2019 y el de la República Oriental del Uruguay el 22/05/2019. |
IAO 2.1 | El nombre del Proyecto es Modernización del Complejo Hidroeléctrico Binacional Salto Grande |
IAO 5.2 | En este proceso licitatorio no se realiza una Precalificación de los potenciales oferentes. |
IAO 5.3 | La información solicitada a los Oferentes en la Subcláusula 5.3 de las IAO se completa y/o modifica de la siguiente manera: a) Deberán presentar copias de los documentos originales, certificados por Escribano Público o autoridad competente, que establezcan la constitución o incorporación y sede del Oferente, así como el poder otorgado a quien suscriba la Oferta autorizándole a comprometer al Oferente. Apostillado y traducido al español, en caso de corresponder. (b) Deberán presentar una certificación de ingresos confeccionada por Contador Público independiente, certificado por el Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas u organismo de similares competencias en caso de firmas extranjeras, que demuestre un monto total anual facturado por la empresa en los mejores 12 meses continuados dentro de los últimos cinco (5) años considerados desde el mes anterior al de la fecha de apertura de ofertas. (c) Experiencia específica en obras de Renovación de Sistemas de Regulación de Velocidad de Unidades Hidrogeneradoras, realizadas en los últimos diez años considerados desde el mes anterior a la fecha de apertura de ofertas. Se deberá presentar una copia de cada contrato, acompañada por una carta del cliente, declarando la satisfacción de la obra recibida, e información de contacto para la confirmación. También se deberán anexar fotos, planos, diagramas, manuales y toda otra información necesaria para la evaluación del antecedente |
propuesto. De no presentarse dicha documentación, el antecedente no será tenido en cuenta. La C.T.M. xx Xxxxx Grande se reserva el derecho de contactar al cliente por consultas y ampliaciones, en caso de no obtener respuesta con la información de contacto provista el antecedente será descartado. También serán descartados aquellos antecedentes donde el cliente contactado manifieste algún problema o inconveniente con el sistema instalado. No se aceptará ningún equipo o tecnología para la cual no se presenten antecedentes. La omisión de este punto será motivo suficiente para descalificar la oferta. Deberá entregarse una tabla resumen de antecedentes según el anexo II de la sección XI. No se admitirán modificaciones sobre las columnas de esta tabla. (d) No se aplica la estipulación. (e) Calificaciones y experiencias del Representante Técnico, Jefe de Obra y Supervisor de inspección mecánica de la VPD propuestos para este proyecto. Se deberá presentar el Currículum Vitae e información de contacto de clientes para la confirmación de la experiencia informada. (f) Deberán presentar los Estados Contables (Estado de Situación Patrimonial, Estado de Evolución del Patrimonio Neto y Estado de Resultados) de los tres últimos ejercicios cerrados a la fecha de apertura de ofertas, con Informe de Auditoría, realizado por Contador Público independiente y certificación del Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas u organismo de similares competencias en caso de firmas extranjeras. Deberá entregarse una tabla resumen de ratios según el anexo IV de la Sección XI. (g) No se aplica la estipulación. (h) Autorización para solicitar información a las instituciones bancarias del Oferente; (i) Deberán presentar una Declaración Jurada informando; todos los litigios presentes o habidos durante los últimos 5 años anteriores a la fecha de apertura de ofertas relacionadas con el objeto de la presente licitación, en los cuales el Oferente estuvo o está involucrado, las partes afectadas, los montos en controversia, y los resultados. (j) Solamente se admitirá un solo nivel de subcontratación, y el mismo corresponderá a la siguiente parte del trabajo: - El montaje electromecánico de los sistemas de regulación de velocidad de las unidades hidrogeneradoras y para la realización del Index Test. - Ensayos no destructivos de control y prueba hidráulica 3.10.4 de las EETT. El oferente deberá indicar en su oferta la confirmación respecto de si considerará la subcontratación, en el marco de lo establecido en esta cláusula. Los subcontratistas deberán contar, con antecedentes en industrias eléctricas o mecánicas, según corresponda, en los últimos cinco años considerados desde el mes anterior a la fecha de apertura de ofertas. |
Restricciones: - Al menos el 60% de la plantilla asignada deberá tener una antigüedad mínima de 5 años de experiencia en este tipo de instalaciones. - Un mínimo del 80% del equipo de trabajo presentado inicialmente por el subcontratista, deberá mantenerse durante todo el contrato. Antecedentes mínimos del subcontratista (últimos 5 años): - Diez (10) instalaciones industriales, eléctricas o mecánicas, según corresponda, de mas de mil horas hombre cada una. A verificarse mediante aportes sociales al BPS (Banco de Prevision Social) para empresas de la ROU y organismo que corresponda para empresas de la RA o aportes a organismos de similares competencias en caso de firmas extranjeras. - Dos (2) de las instalaciones anteriormente solicitadas, en compañías eléctricas, plantas o subestaciones. Para instalaciones mecánicas, deberán incluir soldadura calificada de cañerías de mas de 40 bar de presión. Para instalaciones eléctricas, deberán incluir montaje y cableado de sistemas de control. - Certificación ISO 9001, ISO 14001, OSHAS 18001 o respectivos equivalentes. Deberán presentar copia de cada contrato, acompañado de carta del cliente confirmando la satisfacción de la obra recibida, e información de contacto para obtener referencias de primera mano. La C.T.M. xx Xxxxx Grande se reserva el derecho de rechazar a cualquier subcontratista que considere, no se encuentra al nivel que la instalación requiere. El Contratista deberá contar con la aprobación por parte de la C.T.M. xx Xxxxx Grande de los subcontratistas al menos un mes antes de iniciar las obras, sin perjuicio que la aprobación del subcontratista se realice al momento de admitir la oferta. (k) Se agrega: deberán presentar certificación bajo Norma ISO 9.001 o equivalente. (l) Se agrega: Demostrar calificaciones y experiencias en ensayos de Index Test. Se deberá presentar el Currículum Vitae e información de contacto de clientes para la confirmación de la experiencia informada. Toda la documentación solicitada deberá ser presentada en original o copias certificadas por Escribano Público o autoridad competente. La C.T.M. se reserva el derecho de comprobar la información que suministre el oferente. La documentación presentada en la oferta deberá presentarse en el orden solicitado y debidamente foliado. | |
IAO 5.4 | Los requisitos para la calificación de las Asociaciones en Participación o Consorcios en la Subcláusula 5.4 de las IAO se modifican de la siguiente manera: a) La Oferta deberá contener toda la información enumerada en a), b), c), f), h), i) de la Subláusula 5.3 de las IAO para cada miembro de la Asociación en Participación o Consorcio. b) La Oferta deberá ser firmada y foliada de manera que constituya una obligación legal para todos los miembros de la Asociación en Participación o Consorcio. |
c) Todos los miembros de la Asociación en Participación o Consorcio serán responsables mancomunada y solidariamente por el cumplimiento del Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo. d) Uno de los miembros de la Asociación en Participación o Consorcio, deberá ser designado como representante y autorizado para contraer obligaciones y recibir instrucciones por y en nombre de cualquier o todos los miembros de la Asociación en Participación o Consorcio. e) La gestión de la totalidad del Contrato, incluyendo los pagos, se harán exclusivamente con el representante de la Asociación en Participación o Consorcio. f) Con la oferta se deberá presentar una copia del Convenio de la Asociación en Participación o Consorcio firmado por todos los miembros, o una Carta de Intención para formalizar el convenio de constitución de una Asociación en Participación o Consorcio en caso de resultar seleccionados, con el objeto específico de ejecutar el contrato. Deberá ser firmada por todos los miembros y estar acompañada de una copia del Convenio propuesto. En ambos casos, deberá estar especificado el porcentaje de participación de los integrantes de la asociación. | |
IAO 5.5 | Los criterios para la calificación de los Oferentes en la Subcláusula 5.5 de las IAO se modifican de la siguiente manera: a) El oferente deberá tener una facturación de al menos USD 6.000.000 como sumatoria de 12 meses consecutivos dentro de los últimos cinco (5) años, contados a partir del mes anterior al de la fecha de apertura de las ofertas. Aquellos oferentes que posean una antigüedad menor a cinco (5) años, deberán cumplir el requisito dentro dentro de la antigüedad que posean. b) El oferente deberá contar con un Volumen Anual Disponible (V.A.D.) para la contratación de obras, equivalente al menos a: USD 3.000.000 El Volumen Anual Disponible (VAD) del oferente se determinará de la siguiente manera: VAD = CA - CO Donde: CA= Certificación anual. Corresponde a la mejor facturación, que el licitante haya realizado en 12 (doce) meses consecutivos, seleccionados dentro de los últimos cinco (5) años, anteriores a la fecha de presentación de la oferta. CO Compromiso de Obra. El compromiso de Obra (CO) se determinará como el compromiso contractual remanente de los 12 (doce) meses posteriores al mes anterior a la fecha original de apertura de licitación, considerando los contratos en ejecución o bajo compromiso (adjudicación). Para determinar el Compromiso de Obra Anualizado se realizará para cada contrato en ejecución o bajo compromiso (adjudicación) el siguiente calculo: |
CO = ((A/B) x 12) Donde: A=Saldo del monto contractual B=Saldo del plazo contractual en meses. Pero, si en una obra, el valor “B” es 12 o menos, la ecuación queda reducida a la siguiente expresión: CO=A En caso que los antecedentes provengan de obras de Asociaciones en Participación o Consorcio, dichos antecedentes serán tomados afectándolos por el porcentaje de participación en la Asociación en Participación o Consorcio contratista, que ejecutó dicha obra, del Oferente y/o integrante de la Asociación en Participación o Consorcio oferente. El oferente que resultare adjudicatario deberá presentar el VAD con el compromiso de Obra actualizado a ese momento, el que deberá ser igual o superior al Volumen Anual Disponible, requerido para la presente. La información presentada en esa instancia tendrá carácter de Declaración Jurada. En caso que el oferente sea una Asociación en Participación o Consorcio, los respectivos VAD se suman con la condición que los montos de cada uno de los integrantes no sean inferiores a lo establecido en la Subclausula 5.6. Deberán presentar copia/s del/los contrato/s en ejecución o bajo compromiso de adjudicación, para los doce (12) meses posteriores al mes anterior a la fecha original de apertura de esta licitación. La información presentada tendrá carácter de Declaración Jurada y el contratante podrá solicitar datos adicionales a los clientes de las obras. c) Antecedentes y Experiencia Restricciones: La información a brindar, debe referirse a proyectos realizados por la empresa como contratista principal en los últimos 10 años. No serán aceptados proyectos donde la empresa solamente haya provisto componentes o partes menores. Cada proyecto deberá referir a Centrales diferentes. A modo de ejemplo, el trabajo en una central con 10 unidades cuenta como un proyecto con 10 unidades. Cada antecedente deberá referir a proyectos ejecutados en su totalidad de manera exitosa, donde el cliente se manifieste satisfecho con los resultados. La experiencia informada deberá referirse exclusivamente a proyectos de renovación de sistemas de regulación de velocidad de turbinas hidroeléctricas, por lo que no se deberán incluir instalaciones de sistemas nuevos. Las renovaciones informadas, deberán ser exclusivamente en proyectos de turbinas Xxxxxx, Xxxxxxx, Bulbo, Propeller o turbinas de reacción similares, de potencias |
mayores a 30 MW (Se excluyen turbinas Xxxxxx, Turgo, o turbinas de impulso similares) Requisitos mínimos - 10 proyectos de renovación de reguladores de velocidad en turbinas de más de 30 MW. - Al menos 3 de los proyectos de renovación de reguladores de velocidad deberán ser en turbinas Xxxxxx de más de 30 MW. - 10 reguladores de velocidad renovados en turbinas Xxxxxx de más de 70 MW - 1 proyecto de renovación de reguladores de velocidad realizado en continente americano. - 3 proyectos de renovación de reguladores de velocidad fuera del país de origen de la firma. - Corresponder a un mínimo de tres clientes diferentes (compañías eléctricas). (d) No se aplica la estipulación. (e) El Representante Técnico y su posible reemplazo deben contar con más de 10 años de experiencia en el rubro habiendo participado, como Represente Técnico, en por lo menos 5 proyectos de renovación ejecutados en su totalidad, en turbinas de 70 MW o más. El Jefe de Obras y su posible reemplazo deben contar con más de 5 años de experiencia en el rubro, habiendo participado, como Jefe de Obras, en por lo menos 3 proyectos de renovación, ejecutados en su totalidad, en turbinas de 70 MW o más. El Supervisor de inspección mecánica de la VPD y su posible reemplazo deben contar con experiencia en al menos 3 inspecciones de válvulas de distribución de turbinas Xxxxxx de más de 30 MW (f) Evaluación de los Estados Contables Los licitantes individuales y cada miembro en caso de una Asociación en participación o Consorcio licitante, deberán tener capacidad económica – financiera suficiente conforme a los parámetros de medición que a continuación se establecen, los que se calcularán promediando los coeficientes de los tres últimos ejercicios económicos anuales y completos cerrados a la fecha del acto de apertura de las ofertas: Liquidez: (Activo Corriente / Pasivo Corriente) ≥ 1 Liquidez Seca: ((Activo Corriente – Bienes de Cambio) / Pasivo Corriente) ≥ 0,80 Endeudamiento: (Pasivo Total / Activo Total) ≤ 1 Rentabilidad: (Utilidades antes de impuestos / Patrimonio Neto) > 0 Resultado aceptable: Para el licitante individual o cada uno de los miembros de una Asociación en Participación o Consorcio licitante, el resultado del promedio de los tres ejercicios |
económicos alcanza el mínimo requerido para el promedio de cada uno de los índices de liquidez, liquidez seca, endeudamiento y rentabilidad. La opinión del auditor independiente correspondiente a cada uno de los Estados Contables, deberá ser “favorable” con o sin salvedades. No resultarán admisibles aquellas propuestas en las que la opinión vertida en uno o más de los informes del auditor independiente, correspondientes a cualquiera de los Estados Contables que se deban incluir en la oferta de que se trate, sea una “Opinión adversa” o “Abstención de opinión” (g) Corresponderá el rechazo de la oferta presentada por un oferente cuando la suma total de los importes de todos los litigios judiciales pendientes en los cuales el solicitante es demandado represente más del veinte por ciento (20%) del patrimonio neto del mismo, siempre que se cumplan algunas de las circunstancias a continuación descriptas: 1- Exista una sentencia judicial favorable respecto de la pretensión o demanda (aunque aquella no este firme). 2- Cuando se demandare en virtud de un título que traiga aparejada ejecución. Aun cuando se dieran todas las circunstancias antes descriptas no corresponderá el rechazo de la oferta cuando el solicitante hubiese previsionado el monto del pleito, incorporando el mismo al pasivo del último Estado Contable presentado. Los juicios en que la empresa sea demandante no serán considerados. Para el caso de Asociación en Participación o Consorcio esta condición se aplicará a cada uno de sus integrantes, y el incumplimiento de uno de sus integrantes dará lugar a que la oferta de la Asociación en Participación o Consorcio sea rechazada. (h) No se aplica la estipulación. (i) Se agrega: antecedentes de Soporte y Mantenimiento Deberán presentar al menos tres (3) contratos en los últimos diez (10) años, de servicio de soporte y mantenimiento efectuados en Sistemas de Reguladores de Velocidad. El servicio deberá incluir: a) Evaluación del estado de los equipos. b) Jornadas de capacitación del personal. c) Modificaciones de programación. d) Asesoramiento en el mantenimiento. Se deberá presentar información que demuestre una política de responsabilidad y soporte de buena calidad para los reguladores de velocidad. (j) Se agrega: Deberán acreditarse los siguientes antecedentes en la realización de ensayos de Index Test en los últimos 5 años: |
-3 proyectos (diferentes centrales) de ensayos Index Testen turbinas Xxxxxx de más de 30 MW. -Ensayos en 10 turbinas Xxxxxx de más de 70 MW. En caso de trabajar con personal propio estos deberán comprobar su participación en los ensayos anteriormente realizados por la empresa. Antecedentes técnicos y económicos de la Casa Matriz. Una sucursal o filial podrá prevalecerse de los antecedentes técnicos y económicos de su casa matriz, siempre y cuando: 1) En el supuesto de una filial oferente, se acredite mediante informe contable realizado -emitido por contador independiente, debidamente legalizado por la corporación profesional que corresponda, y en su caso, con su apostillado - sobre los libros de la casa matriz la participación porcentual que posee sobre las cuotas partes o acciones de la filial oferente y toda otra documentación que considere necesaria para acreditar el vínculo entre la casa matriz y la filial oferente; 2) Además (a) la casa matriz autorice expresamente a la filial oferente a invocar los antecedentes técnicos y económicos que le pertenecen; (b) la casa matriz se comprometa a colaborar económica y técnicamente con la filial oferente, en caso que esta última resulte contratista y (c) la casa matriz asuma la responsabilidad solidaria e ilimitada por las obligaciones contraídas por la filial o sucursal1 oferente y eventual contratista, con la debida constancia de autorización del órgano de administración de la casa matriz, o por quién, conforme al estatuto de dicha sociedad, tenga competencia para ello, que respalde la comunicación efectuada al Contratante. Para el cumplimiento de este apartado 2) el oferente deberá completar y presentar el formulario agregado como Anexo I de la sección XI “Modelo xx xxxxxxxx de responsabilidad por parte de la casa matriz”. Asimismo, se deberá acompañar un dictamen jurídico, suscripto por abogado independiente, cuya firma este certificada por el Colegio o barra de abogados, y en su caso apostillado, en el que se precise que la persona que asume responsabilidad solidaria e ilimitada por la casa matriz de las obligaciones del oferente tiene facultades para hacerlo. | |
IAO 5.6 | Se agrega: Las cifras correspondientes a cada uno de los integrantes de una Asociación en Participación o Consorcio, se sumarán a fin de determinar si el Oferente cumple con los requisitos mínimos de calificación de conformidad con las Subcláusulas 5.5 (a), (b), y (c) de las IAO. Para que pueda adjudicarse el Contrato a una Asociación en Participación o Consorcio, cada uno de sus integrantes debe cumplir al menos con el 25 % de los requisitos mínimos para Oferentes individuales que se establecen en las Subcláusulas 5.5 (a), (b), y (c) y el socio designado como representante debe cumplir al menos con 40% de dichos requisitos. De no satisfacerse este requisito, la Oferta presentada por Asociación en Participación o Consoricio será rechazada. |
1 Solo es exigido para aquellos supuestos donde el oferente individual o como parte de una APCA sea la sucursal de una entidad financiera cuya casa matriz no tenga su sede en la República Argentina y se encuentre autorizada a operar en dicho país por el Banco Central de la República Argentina.
IAO 8.1 | Se modifica el numeral 8.1 de las IAO por el siguiente texto: Es obligación del oferente concurrir al área objeto de los trabajos e interiorizarse del alcance de los mismos, con el personal de la C.T.M. xx Xxxxx Grande correspondiente, quienes emitirán la constancia de visita, que deberá ser incluida en la oferta. Se deberá coordinar esta visita hasta quince (15) días corridos antes de la fecha de apertura de ofertas. La misma se solicitará a la casilla de correo de adquisiciones (xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx). Será conducida por el área técnica respectiva. La presentación de la oferta y la visita de obra implican que el oferente ha estudiado exhaustivamente los documentos de la licitación y que conoce, por sí, todas las condiciones del terreno donde se habrá de erigir la Obra. Asimismo, importa de parte del oferente el pleno conocimiento de toda la normativa que rige el llamado, la evaluación de todas las circunstancias, la previsión de sus consecuencias y la aceptación en su totalidad de las bases y condiciones estipuladas, sin que puedan negar en adelante su desconocimiento. La C.T.M. xx Xxxxx Grande no será responsable por cualquier error u omisión del oferente en la presentación de la oferta. Los documentos de consulta que pueda proporcionar la C.T.M. xx Xxxxx Grande, fuera de los que integran estos documentos de licitación serán a título informativo y por consiguiente la misma no asume ninguna responsabilidad en cuanto a la exactitud de los mismos. |
B. Documentos de Licitación |
IAO 10.1 | Los interesados en ofertar deberán brindar a la C.T.M. xx Xxxxx Grande la información básica que permita su individualización, tales como su denominación o razón social y domicilio legal. Asimismo, deberán designar a una persona de contacto con la indicación de la constitución de un domicilio electrónico y otro postal, donde C.T.M. remitirá las enmiendas y/o circulares que emita durante el proceso de selección. El interesado será el único responsable de informar los datos de contacto arriba indicados para poder recibir los mencionados documentos. La C.T.M. xx Xxxxx Grande no será responsable de la falta de conocimiento de parte del interesado de los actos que emita, si este último omitiera brindar la información a la que se refiere el párrafo precedente o la misma fuese errónea o insuficiente. Los interesados que tuvieran dudas sobre la interpretación de los documentos de licitación deberán solicitar a la C.T.M. xx Xxxxx Grande las aclaraciones del caso, dirigiéndose a tales efectos a: Gerencia Gestión de Recursos Área de Materiales – Sector Compras y Contrataciones Casilla de Correo Nº 106 (3.200) Concordia - Entre Xxxx – República Argentina Casilla de Correo Nº 68.036 (50.000) Salto - República Oriental del Uruguay Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx Las consultas deberán ser presentadas por escrito y serán recibidas hasta diez (10) días hábiles antes de la fecha fijada para la apertura de las ofertas. La C.T.M. xx Xxxxx Grande contestará aquellas consultas que considere pertinentes hasta cinco (5) días h antes de la fecha de apertura de las ofertas, mediante circulares que notificará por correo electrónico a aquellos interesados que hubiesen brindado la información a la que se refiere el primer párrafo de esta claúsula y además publicará una copia de dicha circular en el siguiente sitio de internet: xxx.xxxxxxxxxxx.xxx. Una vez publicada la circular pasará a formar parte de estos documentos de licitación. Hasta el mismo plazo, la C.T.M. xx Xxxxx Grande emitirá de oficio, circulares con las aclaraciones, información ampliatoria y modificaciones que estime del caso realizar, siguiendo el mismo procedimiento de notificación y publicación arriba mencionado. Todas las circulares emitidas por la C.T.M. xx Xxxxx Grande llevarán numeración correlativa y pasarán a integrar la documentación de la licitación. No se aceptarán consultas telefónicas y no serán contestadas aquellas que se presenten fuera del término. |
C. Preparación de las Ofertas | |
IAO 13.1 (e) | No se aceptarán ofertas alternativas |
IAO 13.1 (f) | Los Oferentes deberán presentar, en idioma español, los siguientes documentos adicionales con su oferta: Documentación Legal: 1) Confirmación escrita que autorice al signatario de la oferta a comprometer al oferente. Tal oferta deberá ser firmada por un representante autorizado, indicando el cargo que ocupa en la sociedad, acompañado del poder que acredite la personería invocada y la facultad de presentar la oferta. 2) Constancia expedida por la C.T.M. xx Xxxxx Grande de haber efectuado la visita a la Obra. 3) Declaración Jurada de la Constitución de un domicilio especial en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, o en la ciudad de Montevidedo, República Oriental del Uruguay, a su elección. Este domicilio sólo podrá ser modificado dentro de la misma ciudad donde originariamente se lo haya constituido y, en caso de que el oferente sea una Asociación en Participación o Consorcio, deberá ser único para la Asociación en Participación o Consorcio, y para todas y cada una de las empresas que lo integren. 3) Estatuto de la sociedad o registro de la empresa. Si se trata de una Asociación en Participación o Consorcio, carta de intención de formar la Asociación en Participación o el Consorcio, o el Convenio de Asociación en Participación o del Consorcio. 4) Constancia de inscripción en A.F.I.P. para oferentes argentinos, y en D.G.I. para oferentes uruguayos, o documento de organismo equivalente para firmas de otras nacionalidades. 5) En caso de sociedades anónimas, detalle de capital suscripto e integrado a la fecha del último Estado de Situación Patrimonial. 6) Si las ofertas son presentadas por dos o más empresas integradas en Asociación en Participación o Consorcio, sin perjuicio de cumplir con las instrucciones anteriores, deberán establecer un domicilio legal y unificar la personería acompañando el poder pertinente al mandatario que los represente, con las facultades necesarias para actuar en nombre de la Asociación en Participación o Consorcio. Las empresas que integran una Asociación en Participación o Consorcio, asumen la responsabilidad solidaria y mancomunada por todas las obligaciones emergentes del contrato, debiendo incluir en la oferta una declaración suscripta por todos los miembros asumiendo tal responsabilidad. En caso de resultar adjudicatarias y previo a la firma del contrato, deberán formalizar esa responsabilidad solidaria y mancomunada ante escribano público o autoridad competente. Así mismo, todos los integrantes de una Asociación en Participación o Consorcio, deberán acompañar, junto a la oferta, toda la documentación exigida para oferentes individuales. Documentación Técnica: Los oferentes deberán presentar todas las descripciones detalladas y los planos de descripción general y de detalles que a su juicio fuesen necesarios para la mejor información a la C.T.M. xx Xxxxx Grande, de acuerdo a lo indicado en las especificaciones técnicas. Deberán presentar la siguiente documentación técnica para cada uno de los elementos que forman parte del alcance de esta licitación (incluyendo equipamiento y programación): |
a) Plan de trabajo resumido. b) Detalle del alcance de las actividades de diseño e ingeniería que deberán ejecutarse c) Estructura jerárquica de gestión del proyecto. d) Estructura jerárquica de gestión de soporte. e) Documentación probatoria de antecedente, avalado por una carta del cliente, con información de contacto, que confirmen la realización del proyecto y su entera conformidad. f) Descripción técnica de todas las partes y del conjunto. g) Nómina de las normas que cumplen. h) Esquemas preliminares de conexionados y comunicaciones. i) Esquemas de montaje del equipamiento, armarios y detalles de modificaciones a efectuar en nuestras instalaciones para su ejecución. j) Diagrama unifilar de la instalación hidráulica propuesta. k) Planilla de componentes del gabinete TCRV. La misma deberá denominarse “TCRV Composición”. Se presentará en formato Excel y debe contener la siguiente información para cada uno de los componentes: descripción, modelo, tipo, número de identificación del fabricante, número de piezas por tablero, marca (nombre del fabricante) y origen. l) Planilla de componentes del gabinete TAEH. La misma deberá denominarse “TAEH Composición”, en formato Excel y deberá contener la siguiente información para cada uno de los componentes: descripción, modelo, tipo, número de identificación del fabricante, número de piezas por tablero, marca (nombre del fabricante) y origen. m) Planilla de componentes del gabinete CB66. La misma deberá denominarse “CB66 Composición”, en formato Excel y deberá contener la siguiente información para cada uno de los componentes: descripción, modelo, tipo, número de identificación del fabricante, número de piezas por tablero, marca (nombre del fabricante) y origen. n) Planilla que incluya el listado de todos los cables a proveer por el oferente según lo requerido en el apartado 3.8 de las especificaciones técnicas. La misma deberá denominarse “Suministro de Cables para el SRV” en formato Excel; y contendrá para cada uno de los cables la siguiente información: descripción, modelo, tipo, número de identificación del fabricante, marca (nombre del fabricante) y origen. o) Hoja de datos garantizados. Cualquier otro documento, elemento o comprobante que sea exigido dentro de este pliego. Todos los documentos exigidos deberán estar escritos a máquina y foliados, advirtiéndose que no podrán ser tomadas en cuenta, las ofertas con enmiendas, entre líneas o errores, que no sean debidamente salvados y que a juicio exclusivo de la C.T.M. xx Xxxxx Grande afecten la oferta. |
Plan de Trabajo Se deberá entregar con la oferta un documento denominado “Plan de Trabajo Resumido”, el cual deberá incluir, un Plan de Gestión del proyecto, de acuerdo a las mejores prácticas reconocidas a nivel de la industria (por ejemplo, PMBOK). Se debe incluir: a) Estructura de Desglose de Trabajo (EDT), conteniendo alcance total de los trabajos, descripción de los mismos y responsables asociados a los mismos. b) Plan de Gestión de Comunicaciones y Cambios en el Proyecto. c) Plan de Gestión de Riesgos del Proyecto. d) Identificación de tareas a ejecutar con personal propio y subcontratado. e) Un cronograma de actividades del proyecto tomando como punto xx xxxxxxx la adjudicación del contrato. Deberá incluir las actividades y recursos que serán necesarios por parte de SG. El cronograma de actividades deberá ser presentado en formato MS Project, al cual puede asociarse un documento adicional explicativo. Así mismo se deberá informar el cuadro jerárquico con la estructura de gestión del proyecto, incluyendo un detalle de la experiencia y funciones de cada uno de los involucrados. Se aceptará la presentación de más de un candidato a cubrir cada puesto siempre y cuando presenten experiencias similares. Se deberá indicar las horas de trabajo planificadas para cada uno. Se dará relevancia en la consideración de la oferta al tiempo planificado entre la adjudicación del contrato y la instalación del primer SRV. El cronograma presentado deberá necesariamente estar de acuerdo con el Plan de Paradas de UH de la C.T.M. xx Xxxxx Grande, el cual plantea las siguientes fechas para la instalación de los SRV: |
Tabla de Paradas de UH de la CTM xx Xxxxx Grande (2020-2024)
Nombre de tarea | Comienzo | Duración máxima instalación SRV |
Colocar SRV 1 en producción | 15/11/2020 | 45 días |
Colocar SRV 2 en producción | 15/07/2021 | 30 días |
Colocar SRV 3 en producción | 15/08/2021 | 30 días |
Colocar SRV 4 en producción | 15/11/2021 | 30 días |
Colocar SRV 5 en producción | 15/02/2022 | 30 días |
Colocar SRV 6 en producción | 15/07/2022 | 30 días |
Colocar SRV 7 en producción | 15/08/2022 | 30 días |
Colocar SRV 8 en producción | 15/09/2022 | 30 días |
Colocar SRV 9 en producción | 15/11/2022 | 30 días |
Colocar SRV 10 en producción | 15/02/2023 | 30 días |
Colocar SRV 11 en producción | 15/07/2023 | 30 días |
Colocar SRV 12 en producción | 15/08/2023 | 30 días |
Colocar SRV 13 en producción | 15/11/2023 | 30 días |
Colocar SRV 14 en producción | 15/02/2024 | 30 días |
El tiempo de UH fuera de servicio deberá minimizarse mediante la ejecución previa de todas las actividades que no requieran indisponibilidad de la UH por razones directas o de seguridad. Por esto se entiende por ejemplo la instalación de cables, cañerías o la preparación de gabinetes. El tiempo de indisponibilidad necesario para cada UH deberá ser especificado.
Es un requisito excluyente para considerar la oferta, que el plazo máximo para la instalación del primer SRV sea menor o igual a 45 días corridos y menor o igual a 30 días corridos para las restantes UH.
Las actividades del Contratista sobre las UH deberán coordinarse en conjunto con otras actividades del mantenimiento de éstas.
El cronograma presentado deberá respetar el Plan de Hitos previsto por el Plan de Ejecución Plurianual (PEP) de la C.T.M. xx Xxxxx Grande.
Dado que cada banco de transformadores atiende dos unidades hidrogeneradoras, puede que se indispongan dos unidades a la misma vez y será necesario trabajar sobre dos unidades en simultáneo. A solicitud de la C.T.M. xx Xxxxx Grande y con un preaviso de treinta (30) días, el Contratista deberá prever el personal necesario para ejecutar las tareas en ambas unidades
IAO 14.2 | El sistema de contratación es Contrato por Xxxx Xxxxxx El contratista se compromete a ejecutar los trabajos por la suma única y global que haya establecido en su oferta para la obra hasta su total conclusión con arreglo al contrato y de acuerdo con su fin. Por lo tanto, los precios unitarios e importes parciales consignados por el oferente en su propuesta sólo tendrán por objeto permitir el análisis de la misma y efectuar los pagos parciales de la obra ejecutada. Los pagos se realizarán de acuerdo a los principales hitos definidos en la planilla de cómputo. |
IAO 14.7 | Se agrega a la cláusula 14.7 de las IAO el siguiente texto: Los bienes que provengan del exterior (es decir que provengan de países miebros del Banco distintos de la República Argentina o de la República Oriental del Uruguay), para ser incorporados a la Obra deberán ser cotizados bajo la modalidad DAP (Delivery At Place - Incoterms 2010) en Lugar de Entrega Sitio del Proyecto y dicho precio incluirá el transporte internacional y local, carga y descarga, seguros y cualquier otro costo relacionado con la entrega de los bienes hasta el Lugar de Entrega en el sitio del Proyecto. La importación y nacionalización de bienes del exterior la realizará la C.T.M. xx Xxxxx Grande, la cual tendrá a su cargo los trámites de ingreso o despacho a plaza de los bienes mediante la respectiva exención impositiva, según lo establecido en Ley 21756 de la RA y Ley 14896 de la ROU. |
IAO 14.8 | Los precios no estarán sujetos a ajustes. |
IAO 15.1 | Se modifica la IAO 15.1 del siguiente modo: Los precios deberán ser cotizados por el oferente enteramente en Dólares estadounidenses. Los pagos se realizarán enteramente en Dólares estadounidenses. |
IAO 15.2 | NO APLICA |
IAO 15.3 | NO APLICA |
IAO 16.1 | El período de validez de las Ofertas será de ciento veinte (120) días corridos. |
IAO 17.1 | La Oferta incluirá una Garantía de Mantenimiento emitida por un banco o una aseguradora utilizando el formulario correspondiente, si la institución que emite la garantía está localizada fuera del país del Contratante, ésta deberá tener una institución financiera corresponsal en el país del Contratante que permita hacer efectiva la garantía (garantía bancaria, fianza o seguro de caución) incluido en la Sección X “Formularios de Garantía”. Los instrumentos de garantía deberán designar como Beneficiaria a la Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande. La garantía deberá estar vigente durante el plazo de validez de oferta, más un plazo de 28 días, incluidas las prórrogas de ésta que se acuerden. El oferente que retire su oferta durante el plazo de vigencia de la misma, perderá la Garantía de Mantenimiento de Oferta. La Garantía Bancaria y Póliza de Seguro de Caución deben constituirse de modo tal que, luego de intimado el Oferente al cumplimiento de la obligación correspondiente y ante su eventual incumplimiento documentado en forma fehaciente por la C.T.M., el fiador o asegurador abone a ésta el monto establecido, constituyéndose el fiador en deudor solidario, liso, llano y principal pagador con expresa renuncia a los beneficios de excusión y división, así como al beneficio de interpelación judicial. La Garantía de Mantenimiento de Oferta de una Asociación en Participación o Consorcio, deberá ser emitida en nombre de la Asociación en Participación o Consorcio que presenta la oferta. Sí dicha Asociación en Participación o Consorcio, no ha sido legalmente constituida en el momento de presentar la Oferta, la Garantía de Mantenimiento de la Oferta, deberá ser emitida en nombre de todos y cada uno de los futuros miembros de la Asociación en Participación o Consorcio, tal como se denomina en la Carta de Intención. |
IAO 17.2 | El monto de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá ser de U$S 126.000 (dólares estadounidenses ciento veintiséis mil). En circunstancias excepcionales, el Contratante podrá solicitar que los Oferentes extiendan el período de validez de sus ofertas. Esta solicitud y las respuestas serán hechas por escrito. La Garantía de Mantenimiento de la Oferta prevista en la IAO 17.1 también será prorrogada como corresponda. El Licitante podrá negarse a la solicitud sin por ello perder su Garantía de Mantenimiento de la Oferta. |
IAO 18.1 | No se considerarán ofertas alternativas |
IAO 19.1 | El número de copias de la Oferta que los Oferentes deberán presentar es 2. Además del original, el oferente deberá presentar una copia impresa y una segunda copia en formato PDF dentro de un pen drive. |
D. Presentación de las Ofertas | |
IAO 20.1 | Los Oferentes no tendrán la opción de presentar sus ofertas electrónicamente. |
IAO 20.2 (a) | Para propósitos de la presentación de las ofertas, la dirección del Contratante es: Mesa de Entradas del Nuevo Edificio Margen Izquierda del Complejo Hidroeléctrico de la C.T.M. xx Xxxxx Grande. Atención: Cr. Xxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx / Cr. Xxxxx Xxxxx A continuación, se indican los datos para el ingreso al Complejo Hidroeléctrico de la C.T.M. xx Xxxxx Grande para el supuesto de entrega personal de las propuestas y las direcciones postales donde pueden ser remitidas por este último medio: Argentina: Ruta Nacional Nº 015 s/n – Barrera Ayuí. Coordenadas: 31° 16´ 06´ S / 57° 57´ 11´ W Casilla de Correo Nº 106 - CP 3.200 – Concordia – Entre Xxxx – Argentina Uruguay: Xx. Xxxx Xxxxxx Xxxxxx (Xx Xxxx 0) Xx. 000 – Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxxx: 31° 17´ 03´ S / 57° 55´ 12´ W Casilla de correo Nº 68.036 – CP 50.000 – Salto – Uruguay Las ofertas podrán ser entregadas personalmente o remitidas a la dirección postal que se especifica en este apartado. La C.T.M. xx Xxxxx Grande no asume responsabilidad alguna si por los trámites que debieran efectuar los oferentes para ingresar al Complejo Hidroeléctrico, no llegaren al lugar de apertura de ofertas a la hora indicada. Asimismo, la C.T.M. xx Xxxxx Grande no asume responsabilidad alguna por abrir con anterioridad al acto de apertura, o por no abrir, las ofertas que no hayan sido dirigidas o identificadas como se solicita en la IAO 20.2 (C) de estos DDL. Las ofertas o cualquier complemento de ellas que se reciban después de la hora y el día fijados, serán rechazados y devueltos sin abrir, con prescindencia de la fecha en la cual fueron puestas en el correo. |
IAO 20.2 (b) | Nombre y número de identificación de la licitación: Licitacion Xxxxxxx Xx XX-000. Suministro y puesta en servicio de la actualización tecnológica del sistema de regulación de velocidad y automatismo de las unidades generadoras xx Xxxxx Grande. |
IAO 20.2 (c) | La nota de advertencia deberá leer “NO ABRIR ANTES del 20/08/2019 a la hora 11:00” |
IAO 21.1 | La fecha y la hora límite para la presentación de las Ofertas serán: 20/08/2019 a la hora 10.30. |
E. Apertura de las Ofertas | |
IAO 24.1 | La apertura de las ofertas tendrá lugar en: Dirección: Complejo Hidroeléctrico de la C.T.M. xx Xxxxx Grande - Sector Compras y Contratos (Nuevo Edificio de Xxxxxx Xxxxxxxxx) Los accesos son por: - Xxxx Xxxxxxxx Xx 000 s/n – Barrera Ayuí – CP 0000 -Xxxxxxxxx Xxxxx Xxxx /Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx. Coordenadas: 31° 16´ 06´ S / 57° 57´ 11´ W - Av. Xxxx Xxxxxx Xxxxxx (Es Ruta 3) – Km 508 – CP 50.000 - Salto– Uruguay. Coordenadas: 31° 17´ 03´ S / 57° 55´ 12´ W Fecha y hora de apertura: 20/08/2019 Hora: 11.00 Aquellos ofertentes que deseen concurrir al acto de apertura, deberán encontrarse en las barreras Ayui o Salto de acceso al Complejo Hidroeléctrico de la C.T.M. xx Xxxxx Grande con una hora de antelación a la fijada para dicha apertura. Será efectuada por funcionarios de la C.T.M. xx Xxxxx Grande, ante Escribano Público, en presencia de los oferentes que desearen concurrir al acto. A partir de la hora fijada para recepción de las ofertas no podrán admitirse otras, aun cuando el acto de apertura no se haya iniciado. Concluida la apertura de las ofertas, el acta confeccionada será firmada por los oferentes presentes que deseen hacerlo y por los funcionarios actuantes. La C.T.M. xx Xxxxx Grande a su solo jucio podrá modificar la fecha y hora fijada de apertura de ofertas. |
F. Evaluación y comparación de las Ofertas | |
IAO 29 | No será de aplicación. |
G. Adjudicación del Contrato | |
IAO 33.5 | Los resultados de la licitación se publicarán en el portal del UNDB (United Nations Development Business), en el sitio de Internet del Banco y en el sitio web de la C.T.M. xx Xxxxx Grande (xxx.xxxxxxxxxxx.xxx) |
IAO 34.1 | El adjudicatario deberá constituir, dentro de los diez (10) días hábiles de notificada la adjudicación, una Garantía de Cumplimiento de contrato a favor de la C.T.M. xx Xxxxx Grande, equivalente al diez por ciento (10%) del Precio del Contrato, utilizando el formulario correspondiente (garantía bancaria o fianza) incluido en la Sección X “Formularios de Garantía”. La garantía deberá estar denominada en Dólares Estadounidenses. La falta de constitución de la garantía de cumplimiento de contrato en el plazo indicado precedentemente por parte del adjudicatario, podrá llevar a la revocación de la adjudicación por parte de la C.T.M. xx Xxxxx Grande y en tal supuesto provocará la pérdida de su garantía de mantenimiento de oferta. |
IAO 36.1 | No será de Aplicación. |
Sección III. Países Elegibles
Elegibilidad para el suministro de bienes, la construcción de obras y la prestación de servicios en adquisiciones financiadas por el Banco
1) Países Miembros cuando el financiamiento provenga del Banco Interamericano de Desarrollo.
Alemania, Argentina, Austria, Bahamas, Barbados, Bélgica, Belice, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Xxxxx Rica, Croacia, Dinamarca, Ecuador, El Xxxxxxxx, Eslovenia, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Israel, Italia, Jamaica, Japón, México, Nicaragua, Noruega, Países Bajos, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Xxxxx Unido, República xx Xxxxx, República Dominicana, República Popular de China, Suecia, Suiza, Surinam, Trinidad y Tobago, Uruguay, y Venezuela.
Territorios elegibles
a) Guadalupe, Guyana Francesa, Martinica, Reunión – por ser Departamentos xx Xxxxxxx.
b) Islas Vírgenes Estadounidenses, Puerto Rico, Guam – por ser Territorios de los Estados Unidos de América.
c) Aruba – por ser País Constituyente xxx Xxxxx de los Países Bajos; y Bonaire, Curazao, Sint Maarten, Sint Eustatius – por ser Departamentos xx Xxxxx de los Países Bajos.
d) Hong Kong – por ser Región Especial Administrativa de la República Popular de China.
2) Criterios para determinar Nacionalidad y el país de origen de los bienes y servicios
Para efectuar la determinación sobre: a) la nacionalidad de las firmas e individuos elegibles para participar en contratos financiados por el Banco y b) el país de origen de los bienes y servicios, se utilizarán los siguientes criterios:
A) Nacionalidad
a) Un individuo tiene la nacionalidad de un país miembro del Banco si él o ella satisface uno de los siguientes requisitos:
(i) es ciudadano de un país miembro; o
(ii) ha establecido su domicilio en un país miembro como residente “bona fide” y está legalmente autorizado para trabajar en dicho país.
b) Una firma tiene la nacionalidad de un país miembro si satisface los dos siguientes requisitos:
(i) esta legalmente constituida o incorporada conforme a las leyes de un país miembro del Banco; y
(ii) más del cincuenta por ciento (50%) del capital de la firma es de propiedad de individuos o firmas de países miembros del Banco.
Todos los socios de una asociación en participación, consorcio o asociación (UT) con responsabilidad mancomunada y solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir con los requisitos arriba establecidos.
B) Origen de los Bienes
Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido extraídos, cultivados, cosechados o producidos en un país miembro del Banco. Un bien es producido cuando mediante manufactura, procesamiento o ensamblaje el resultado es un artículo comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son substancialmente diferentes de sus partes o componentes.
En el caso de un bien que consiste en varios componentes individuales que requieren interconectarse (lo que puede ser ejecutado por el suministrador, el comprador o un tercero) para lograr que el bien pueda operar, y sin importar la complejidad de la interconexión, el Banco considera que dicho bien es elegible para su financiación si el ensamblaje de los componentes individuales se hizo en un país miembro. Cuando el bien es una combinación de varios bienes individuales que normalmente se empacan y venden comercialmente como una sola unidad, el bien se considera que proviene del país en donde este fue empacado y embarcado con destino al comprador.
Para efectos de determinación del origen de los bienes identificados como “hecho en la Unión Europea”, estos serán elegibles sin necesidad de identificar el correspondiente país específico de la Unión Europea.
El origen de los materiales, partes o componentes de los bienes o la nacionalidad de la firma productora, ensambladora, distribuidora o vendedora de los bienes no determina el origen de los mismos
C) Origen de los Servicios
El país de origen de los servicios es el mismo del individuo o firma que presta los servicios conforme a los criterios de nacionalidad arriba establecidos. Este criterio se aplica a los servicios conexos al suministro de bienes (tales como transporte, aseguramiento, montaje, ensamblaje, etc.), a los servicios de construcción y a los servicios de consultoría.
Sección IV. Formularios de la Oferta
1. Carta de la Oferta
[El Oferente deberá completar y presentar este formulario junto con su Oferta.]
[fecha]
Número de Identificación y Título del Contrato: Licitación Pública SG-652 - Suministro y puesta en servicio de la actualización tecnológica del sistema de regulación de velocidad y automatismo de las unidades generadoras xx Xxxxx Grande.
A: Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande
Nosotros, los abajo firmantes declaramos que:
Hemos examinado, sin tener reservas al respecto, el Documento de Licitación, incluidas las enmiendas emitidas de conformidad con las Instrucciones a los Oferentes (IAO 8);
Ofrecemos ejecutar las siguientes obras de conformidad con el Documento de Licitación:
; El precio total de nuestra Oferta, excluido cualquier descuento ofrecido en el inciso (d) infra, es:
Los descuentos ofrecidos y la metodología para aplicarlos son los siguientes:
Nuestra Oferta será válida por un período de días a partir de la fecha límite de presentación de las Ofertas estipulada en el Documento de Licitación; la Oferta será de carácter vinculante para nosotros y podrá ser aceptada por ustedes en cualquier momento antes de que venza dicho plazo;
Si es aceptada nuestra Oferta, nosotros nos comprometemos a obtener una Garantía de Cumplimiento de conformidad con el Documento de Licitación;
Esta Oferta y su aceptación por escrito constituirán un Contrato de obligatorio cumplimiento entre ambas partes. Entendemos que ustedes no están obligados a aceptar la Oferta más baja ni ninguna otra Oferta que pudieran recibir.
Confirmamos por la presente que esta Oferta cumple con el período de validez de la Oferta y, de haber sido solicitado, con el suministro de Garantía de Mantenimiento de la Oferta o Declaración de Mantenimiento de la Oferta exigidos en los documentos de licitación y especificados en los DDL.
Los suscritos, incluyendo todos los subcontratistas requeridos para ejecutar cualquier parte del contrato, tenemos nacionalidad de países miembros del Banco de conformidad con la Subcláusula 4.1 de las IAO. En caso de que el contrato de obras incluya el suministro de bienes y servicios conexos, nos comprometemos a que estos bienes y servicios conexos sean originarios de países miembros del Banco.
No presentamos ningún conflicto de interés de conformidad con la Subcláusula 4.2 de las IAO.
Nosotros, incluido cualquiera de nuestros subcontratistas o proveedores para cualquier componente de este contrato, no hemos sido declarados no elegibles por el Banco, en virtud de las leyes o la reglamentación oficial del país del Contratante ni en cumplimiento de una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas;
Nuestra empresa, su matriz, sus afiliados o subsidiarias, incluyendo todos los subcontratistas o proveedores para cualquier parte del contrato, no hemos sido declarados inelegibles por el Banco, bajo las leyes o normativas oficiales del País del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 4.3 de las IAO.
No somos una entidad de propiedad del Estado / somos una entidad de propiedad del Estado pero reunimos los requisitos establecidos en la Cláusula 4.4 de las Instrucciones a los Oferentes6;
No tenemos ninguna sanción del Banco o de alguna otra Institución Financiera Internacional (IFI). Usaremos nuestros mejores esfuerzos para asistir al Banco en investigaciones.
Nos comprometemos que dentro del proceso de selección (y en caso de resultar adjudicatarios, en la ejecución) del contrato, a observar las leyes sobre fraude y corrupción, incluyendo soborno, aplicables en el país del cliente.
De haber comisiones o gratificaciones, pagadas o a ser pagadas por nosotros a agentes en relación con esta Oferta y la ejecución del Contrato si nos es adjudicado, las mismas están indicadas a continuación:
Nombre y dirección del Agente | Xxxxx y Moneda | Propósito de la Comisión o Gratificación | ||
(Si no hay comisiones o gratificaciones indicar “ninguna”) |
El Contrato deberá ser pagado en las siguientes monedas: Dólares americanos.
Moneda | Porcentaje pagadero en la moneda | Tasa de cambio: [indique el número de unidades de moneda nacional que equivalen a una unidad de moneda extranjera] | Insumos para los que se requieren monedas extranjeras |
(a) (b) (c) (d) |
El pago de anticipo solicitado es: [indicar][no podrá superar el monto establecido en la Cláusula CGC 51.1 de las Condiciones Especiales del Contrato]
6El Oferente deberá indicar lo que corresponda
Monto | Moneda |
(a) (b) |
Certificamos que hemos tomado las medidas necesarias para asegurar que ninguna persona que actúe por nosotros o en nuestro nombre, estará envuelta en sobornos.
Firma Autorizada:
Nombre y Cargo del Firmante:
Nombre del Oferente:
Dirección:
2. Información para la Calificación
[La información que proporcionen los Oferentes en las siguientes páginas se utilizará para calificar o para verificar la precalificación como se indica en la Cláusula 5 de las IAO. Esta información no se incorpora en el Contrato. Adjunte páginas adicionales si es necesario. Las secciones pertinentes en los documentos adjuntos deberán ser traducidas al español. Si la información es para verificar la precalificación, el Oferente deberá completar solamente la información que debe ser actualizada].
1. Firmas individuales | |||
1.1 Incorporación, constitución o estatus jurídico del Oferente: [adjunte copia de documento o carta de intención] País de constitución o incorporación: [indique] Sede principal de actividades: [indique] Poder del firmante de la Oferta [adjunte] | |||
1.2 Los montos anuales facturados son: [indicar montos equivalentes en dólares americanos y año a que corresponden de conformidad con la Subcláusula 5.3(b) de los DDL] (1) (3) (5) (3) (5) | |||
1.3La experiencia en obras de similar naturaleza y magnitud es la siguiente:[indique el número de obras e informacion que se especifica en la Subcláusula 5.3 (c) de las IAO] [En el cuadro siguiente También detalle las obras en construcción o con compromiso de ejecución, incluyendo las fechas estimadas de terminación.] | |||
Nombre del Proyecto y País | Tipo de turbinas, cantidad y potencia | Tipo de obras y año de terminación | Valor del Contrato (USD) y Contacto |
(a) (b) (c) | |||
1.5 Calificaciones y experiencia del personal clave de acuerdo con la Subcláusula 5.3(e) de las IAO: [adjunte información biográfica, Incluya la lista de dicho personal en la tabla siguiente].[Véase también Cl. 9.1 de las CGC y de las CEC] | |||
Cargo | Nombre | Años de Experiencia en el rubro | Número de proyectos de renovación de SRV/ Inspección en VPD / Ensayos Index Test |
Representante Técnico Jefe de Obras Supervisor de inspección mecánica de la VPD Ensayista Index Test | |||
1.6 Los informes financieros de los últimos 3 ejercicios cerrados a la fecha de apertura de ofertas., según la IAO 5.3(f) son:[lístelos abajo y adjunte las copias.] |
1.8 Adjuntar autorización con nombre, dirección, y números de teléfono, y correos electrónicos para contactar bancos que puedan proporcionar referencias del Oferente en caso de que el Contratante se las solicite, se adjunta en conformidad con la Subclausula 5.3(h) de las IAO[Adjunte la autorización] | |||
1.9Los litigios o laudos arbitrales en contra pendientes en que el Oferente, o cualquiera de los integrantes de una Asociación en Participación o Consorcio esté involucrado de conformidad con la subcláusula 5.3 (i) son:[Listar]. | |||
Nombre de la(s) otra(s) Parte(s) | Causa de la Controversia | Monto en cuestión | |
(a) (b) | |||
1.10 Las subcontrataciones propuestas y firmas participantes, de conformidad con la subcláusula 5.3 (j) son: [indique la información en la tabla siguiente. Véase la Cláusula 7 de las CGC y 7 de las CEC]. | |||
Secciones de las Obras | Valor del Sub contrato | Sub contratista (nombre y dirección) | Experiencia en obras similares |
(a) | |||
1.11 Programa propuesto (metodología y programa de trabajo), y descripciones, planos y tablas, según sea necesario, para cumplir con los requisitos de los Documentos de Licitación.[Adjunte.] |
2. Asociación en Participación o Consorcio |
2.1 La información solicitada en los párrafos 1.1 y 1.9 anteriores debe ser proporcionada por cada integrante de la Asociación en Participación o Consorcio. |
2.2 La información solicitada en los párrafos 1.2 a 1.8 y 1.10 a 1.11 anteriores debe ser proporcionada por la Asociación en Participación o Consorcio. [proporcione la información]. |
2.3 Deberá entregase el Poder otorgado al firmante de la Oferta para firmar la Oferta en nombre de la Asociación en Participación o Consorcio existente o a constituirse. |
2.4 Deberá entregarse el Convenio celebrado entre todos los integrantes de la Asociación en participación o Consorcio (que legalmente comprometa a todos los integrantes) en el que conste: (a) todos los integrantes serán responsables mancomunada y solidariamente por el cumplimiento del Contrato según las condiciones del mismo; (b)se designará como representante a uno de los integrantes, el que tendrá facultades para contraer obligaciones y recibir instrucciones para y en nombre de todos y cada uno de los integrantes de la Asociación en Participación o Consorcio. (c) la ejecución de la totalidad del Contrato, incluida la relación de los pagos, se manejará exclusivamente con el integrante designado representante. |
3. Requisitos adicionales |
3.1. Los Oferentes deberán entregar toda información adicional que sea requerida en los DDL. |
3. Carta de Aceptación
[en papel con membrete oficial del Contratante]
La Carta de Aceptación será la base para la constitución del Contrato de conformidad con las cláusulas 34 y 35 de las IAO. Este formulario estándar de la Carta de Aceptación debe ser completado y enviado al Oferente seleccionado, sólo después de que la evaluación de la Oferta haya sido completada y adjudicado el Contrato, supeditada a cualquiera revisión del Banco que se requiera en virtud del Contrato xx Xxxxxxxx.]
[indique la fecha]
Número de Identificación y Título del Contrato Licitación Pública SG-652 - Suministro y puesta en servicio de la actualización tecnológica del sistema de regulación de velocidad y automatismo de las unidades generadoras xx Xxxxx Grande.
A:
La presente tiene por objeto comunicarles que por este medio nuestra Entidad acepta su Oferta con fecha [indique la fecha ]para la ejecución del[indique el nombre del Contrato y el número de identificación, tal como se emitió en las CEC] por el Precio del Contrato de [indique el monto en cifras y en palabras] Dólares americanos, con las correcciones y modificaciones7 efectuadas de conformidad con las Instrucciones a los Oferentes.
Por este medio les instruimos para que (a) procedan con la construcción de las Obras mencionadas, de conformidad con los documentos del Contrato, (b) firmen y devuelvan los documentos del Contrato adjuntos, y (c) envíen la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Subcláusula 35.1 de las IAO, es decir, dentro de los 21 días siguientes después de haber recibido esta Carta de Aceptación, y de conformidad con la Subcláusula 52.1 de las CGC.
Firma Autorizada Nombre y Cargo del Firmante: Nombre de la Entidad:
Adjunto: Convenio
7 Suprimir “correcciones y” o “y modificaciones”, si no corresponde. Remitirse a las Notas sobre el Formulario del Contrato (página siguiente).
4. Contrato
[Deberán incorporarse en este Contrato todas las correcciones o modificaciones a la Oferta que obedezcan a correcciones de errores (de conformidad con la cláusula 28 de las IAO), ajuste de precios durante el período de evaluación (de conformidad con la Subcláusula
16.3 de las IAO), la selección de una Oferta alternativa (de conformidad con la Cláusula 18 de las IAO), desviaciones aceptables (de conformidad con la Cláusula 27 de las IAO), o cualquier otro cambio aceptable por ambas partes y permitido en las Condiciones del Contrato, tales como cambios en el personal clave, los subcontratistas, los cronogramas, y otros.]
Este Contrato se celebra el [indique el día]de [indique el mes], de [indique el año]entre [indique el nombre y dirección del Contratante] (en adelante denominado “el Contratante”) por una parte, y [indique el nombre y dirección del Contratista] (en adelante denominado “el Contratista”) por la otra parte;
Por cuanto el Contratante desea que el Contratista ejecute [indique el nombre y el número de identificación del contrato] (en adelante denominado “las Obras”) y el Contratante ha aceptado la Oferta para la ejecución y terminación de dichas Obras y la subsanación de cualquier defecto de las mismas;
En consecuencia, este Convenio atestigua lo siguiente:
1. En este Contrato las palabras y expresiones tendrán el mismo significado que respectivamente se les ha asignado en las Condiciones Generales y Especiales del Contrato a las que se hace referencia en adelante, y las mismas se considerarán parte de este Contrato y se leerán e interpretarán como parte del mismo.
2. En consideración a los pagos que el Contratante hará al Contratista como en lo sucesivo se menciona, el Contratista por este medio se compromete con el Contratante a ejecutar y completar las Obras y a subsanar cualquier defecto de las mismas de conformidad en todo respecto con las disposiciones del Contrato.
3. El Contratante por este medio se compromete a pagar al Contratista como retribución por la ejecución y terminación de las Obras y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o aquellas sumas que resulten pagaderas bajo las disposiciones del Contrato en el plazo y en la forma establecidas en éste.
En testimonio de lo cual las partes firman el presente Contrato en el día, mes y año antes indicados.
El Sello Oficial de [Nombre de la Entidad que atestigua]
fue estampado en el presente documento en presencia de:
Firmado, Sellado y Expedido por en presencia de:
Firma que compromete al Contratante [firma del representante autorizado del Contratante]
Firma que compromete al Contratista [firma del representante autorizado del Contratista]
Sección V. Condiciones Generales del Contrato
Las Condiciones Generales del Contrato (CGC) junto con las Condiciones Especiales del Contrato (CEC) y los otros documentos que aquí se enumeran, constituirán un documento integral que establece claramente los derechos y obligaciones de ambas partes.
Indice de Cláusulas
A. Disposiciones Generales 57
1. ......................Definiciones 59
2. .....................Interpretación 59
3. ......................Idioma y Ley Aplicables 60
4. ......................Decisiones del Gerente de Obras 60
5. ......................Delegación de funciones 60
6. ......................Comunicaciones 60
7. ......................Subcontratos 60
8. ......................Otros Contratistas 60
9. ......................Personal 61
10. ....................Riesgos del Contratante y del Contratista 61
11. ....................Riesgos del Contratante 61
12. ....................Riesgos del Contratista 61
13. ....................Seguros 62
14. ....................Informes de investigación del Sitio de las Obras 62
15. ....................Consultas acerca de las Condiciones Especiales del Contrato 62
16. ....................Construcción de las Obras por el Contratista 62
17. ....................Terminación de las Obras en la fecha prevista 63
18. ....................Aprobación por el Gerente de Obras 63
19. ....................Seguridad 63
20. ....................Descubrimientos 63
21. ....................Toma de posesión del Sitio de las Obras 63
22. ....................Acceso al Sitio de las Obras 63
23. ....................Instrucciones, Inspecciones y Auditorías 63
24. ....................Controversias 64
25. ....................Procedimientos para la solución de controversias 64
26. ....................Reemplazo del Conciliador 64
28. ....................Prórroga de la Fecha Prevista de Terminación 65
29. ....................Aceleración de las Obras 65
30. ....................Xxxxxxx ordenadas por el Gerente de Obras 66
31. ....................Reuniones administrativas 66
32. ....................Advertencia Anticipada 66
C. Control de Calidad 66
33. ....................Identificación de Defectos 66
34. ....................Pruebas 66
35. ....................Corrección de Defectos 67
36. ....................Defectos no corregidos 67
D. Control de Costos 67
37. ....................Computo y presupuesto 67
38. ....................Modificaciones en las Cantidades 67
39. ...................Variaciones 67
40. ....................Pagos de las Variaciones 67
41. ....................Proyecciones de Flujo de Efectivos 68
42. ....................Certificados de Pago 68
43. ....................Pagos 69
44. ....................Eventos Compensables 69
45. ....................Impuestos 70
46. ....................Monedas 70
47. ....................Ajustes de Precios 70
48. ....................Retenciones 71
49. ....................Liquidación por daños y perjuicios 72
50. ....................Bonificaciones 72
51. ....................Pago de anticipo 72
52. ....................Garantías 73
53. ....................Trabajos por día 73
54. ....................Costo de reparaciones 73
E. Finalización del Contrato 73
55. ....................Terminación de las Obras 73
56. ....................Recepción de las Obras 73
57. ....................Liquidación final 74
58. ....................Manuales de Operación y de Mantenimiento 74
59. ....................Terminación del Contrato 74
60……………Prácticas Prohibidas 75
61. ....................Pagos posteriores a la terminación del Contrato 80
62. ....................Derechos de propiedad 80
63. ....................Liberación de cumplimiento 80
64. ....................Suspensión de Desembolsos xxx Xxxxxxxx del Banco 81
65. Elegibilidad 81
Condiciones Generales del Contrato
1.1 Las palabras y expresiones definidas aparecen en negrillas CEC significa las Condiciones Especiales del Contrato. (a) El Certificado de Responsabilidad por Defectos es el certificado emitido por el Gerente de Obras una vez que el Contratista ha corregido los defectos. (b) Cómputo y presupuesto es la lista de tareas de obra, con indicación de las cantidades y precios, debidamente preparada por el Oferente para los rubros indicados en el listado oficial, y que forma parte de la Oferta. (c) El Conciliador es la persona nombrada en forma conjunta por el Contratante y el Contratista o en su defecto, por la Autoridad Nominadora de conformidad con la cláusula 26.1 de estas CGC, para resolver en primera instancia cualquier controversia, de conformidad con lo dispuesto en las cláusulas 24 y 25 de estas CGC, (d) El Contratante es la parte que contrata con el Contratista para la ejecución de las Obras, según se estipula en las CEC. (e) El Contratista es la persona natural o jurídica, cuya Oferta para la ejecución de las Obras ha sido aceptada por el Contratante y suscribió los documentos contractuales pertinentes. (f) El Contrato es el documento que rige el acuerdo entre el Contratante y el Contratista para ejecutar, terminar y mantener las Obras. Comprende los documentos enumerados en la Subcláusula 2.3 de estas CGC. (g) Defecto es cualquier parte de las Obras que no haya sido terminada conforme al Contrato. (h) Días significa días calendario (i) Equipos es la maquinaria y los vehículos del Contratista que han sido trasladados transitoriamente al Sitio de las Obras para la construcción de las Obras. (j) Especificaciones significa las especificaciones de las Obras incluidas en el Contrato y cualquier modificación o adición hecha o aprobada por el Gerente de Obras. (k) Eventos Compensables son los definidos en la cláusula 44 de estas CGC. |
(l) La Fecha de Inicio es la fecha más tardía en la que el Contratista deberá empezar la ejecución de las Obras y que está estipulada en las CEC. No coincide necesariamente con ninguna de las fechas de toma de posesión del Sitio de las Obras.
(m) La Fecha de Terminación Prevista es la fecha propuesta para la terminación de las Obras, resultante de sumar a la Fecha de Inicio efectivo el Plazo Previsto de Ejecución. certificada por el Gerente de Obras de acuerdo con la Subcláusula 55.1 de estas CGC
(n)La Fecha de Terminación de obras es la fecha de terminación de las Obras, certificada por el Gerente de Obras de acuerdo con la Subcláusula 55.1 de estas CGC.
(o) El Gerente de Obras es la persona cuyo nombre se indica en las CEC (o cualquier otra persona competente nombrada por el Contratante con notificación al Contratista, para actuar en reemplazo del Gerente de Obras), responsable de supervisar la ejecución de las Obras y de administrar el Contrato.
(p)Los Informes de Investigación del Sitio de las Obras, incluidos en los documentos de licitación, son informes de tipo interpretativo, basados en hechos, y que se refieren a las condiciones de la superficie y en el subsuelo del Sitio de las Obras.
(q)El Inspector de Xxxx es la persona, nombrada por el Contratante, responsable de inspeccionar permanentemente y certificar los trabajos de ejecución de la obra y de mantener informado al Gerente de Obras para el cumplimiento de sus tareas.
(r)Materiales son todos los suministros, inclusive bienes fungibles, utilizados por el Contratista para ser incorporados en las Obras.
(s) Meses significa meses calendario
(t) Las Obras es todo aquello que el Contrato exige al Contratista construir, instalar y entregar al Contratante comose define en lasCEC.
(u) Obras Provisionales son las obras que el Contratista debe diseñar, construir, instalar y retirar, y que son necesarias para la construcción o instalación de las Obras.
(v)La Oferta del Contratista es el documento de licitación que fue completado y entregado por el Contratista al Contratante.
(w) El Período de Responsabilidad por Defectoses el período durante el cual el Contratista debe efectuar los ajustes por defectos de obra que le sean indicadas en el Certificado de Terminación de Obras y preparar un estado de cuenta detallado del monto total que considere que se le adeuda en virtud del Contrato.
(x) Los Planos incluyen los dibujos, gráficos, cálculos y otra información proporcionada o aprobada por el Gerente de Obras para la ejecución del Contrato. (y)Planta es cualquiera parte integral de las Obras que tenga una función mecánica, eléctrica, química o biológica. (z)Plazo de Garantíaes el período establecido en laSubcláusula 35.1 de las CEC y calculado a partir de la fecha de Recepción de Obras, durante el cualse constatará el buen comportamiento general de la obra, el funcionamiento de sus intalaciones y sistemas, la ausencia de vicios ocultos y otros que que hagan a la construcción según lo estipulado contractualmente y a las reglas de la construcción. (aa) El Plazo Previsto de Ejecución de las Obras es el plazo en que se prevé que el Contratista deba terminar las Obras y que se especifica en las CEC. Este plazo podrá ser modificado únicamente por el Gerente de Obras mediante una prórroga del mismo o una orden de acelerar los trabajos. (bb) El Precio del Contrato es el precio establecido en la Carta de Aceptación y subsecuentemente, según sea ajustado de conformidad con las disposiciones del Contrato. (cc) El Precio Inicial del Contrato es el Precio del Contrato indicado en la Carta de Aceptación del Contratante. (dd)Trabajos por día significa una variedad de trabajos que se pagan en base al tiempo utilizado por los empleados y equipos del Contratista, en adición a los pagos por concepto de los materiales y planta conexos. (ee)Sitio de las Obras es el lugar donde se ejecutan las obras, definido como tal en las CEC. (ff) Subcontratista es una persona natural o jurídica, contratada por el Contratista para realizar una parte de los trabajos del Contrato, y que incluye trabajos en el Sitio de las Obras. (gg) Una Variación es una instrucción impartida por el Gerente de Obras que modifica las Obras. | |
2.1 Para la interpretación de estas CGC, si el contexto así lo requiere, el singular significa también el plural, y el masculino significa también el femenino y viceversa. Los encabezamientos de las cláusulas no tienen relevancia por sí mismos. Las palabras que se usan en el Contrato tienen su significado corriente a menos que se las defina específicamente. El Gerente de Obras proporcionará aclaraciones a las consultas sobre estas CGC. 2.2 Si las CEC estipulan la terminación de las Obras por secciones, las referencias que en las CGC se hacen a las Obras, a la Fecha de Terminación y al Plazo Previsto de Terminación aplican a cada Sección de las Obras |
(excepto las referencias específicas a la Fecha de Terminación y del Plazo Previsto de Terminación de la totalidad de las Obras). 2.3 Los documentos que constituyen el Contrato se interpretarán en el siguiente orden de prioridad: (a) Convenio, (b) Carta de Aceptación, (c) Oferta, (d) Condiciones Especiales del Contrato, (e) Condiciones Generales del Contrato, (f) Especificaciones, (g) Planos, (h) Cómputo y presupuesto y (i) Cualquier otro documento que en las CEC se especifique que forma parte integral del Contrato. | |
3.1 El idioma del Contrato y la ley que lo regirá se estipulan en las CEC. | |
4.1 Salvo cuando se especifique otra cosa, el Gerente de Obras, en representación del Contratante, decidirá sobre cuestiones contractuales que se presenten entre el Contratante y el Contratista. | |
5.1 El Gerente de Obras, después de notificar al Contratista, podrá delegar en otras personas, con excepción del Conciliador, cualquiera de sus deberes y responsabilidades y, asimismo, podrá cancelar cualquier delegación de funciones, después de notificar al Contratista. | |
6.1 Las comunicaciones cursadas entre las partes a las que se hace referencia en las Condiciones del Contrato sólo serán válidas cuando sean formalizadas por escrito. Las notificaciones entrarán en vigor una vez que sean entregadas. | |
7.1 El Contratista podrá subcontratar trabajos si cuenta con la aprobación del Gerente de Obras, pero no podrá ceder el Contrato sin la aprobación por escrito del Contratante. La subcontratación no altera las obligaciones del Contratista. | |
8.1 El Contratista deberá cooperar y compartir el Sitio de las Obras con otros contratistas, funcionarios públicos, empresas de servicios públicos y el Contratante en las fechas señaladas en la Lista de Otros Contratistas indicada en las CEC. El Contratista también deberá proporcionarles a éstos las instalaciones y servicios que se describen en dicha Lista. El Contratante podrá modificar la Lista de Otros Contratistas y deberá notificar al respecto al Contratista. |
9.1 El Contratista deberá emplear el personal clave enumerado en la Lista de Personal Clave, de conformidad con lo indicado en las CEC, para llevar a cabo las funciones especificadas en la misma Lista, u otro personal aprobado por el Inspector de Obras. El Inspector de Obras aprobará cualquier reemplazo de personal clave solo si las calificaciones, habilidades, preparación, capacidad y experiencia del personal propuesto son iguales o superiores a las del personal que figura en la Lista. 9.2 Si el Inspector de Obras solicita al Contratista la remoción de un integrante de la fuerza laboral del Contratista, indicando las causas que motivan el pedido, el Contratista se asegurará que dicha persona se retire del Sitio de las Obras dentro de los siete días siguientes y no tenga ninguna otra participación en los trabajos relacionados con el Contrato. | |
10.1 Son riesgos del Contratante los que en este Contrato se estipulen que corresponden al Contratante, y son riesgos del Contratista los que en este Contrato se estipulen que corresponden al Contratista. | |
11.1 Desde la Fecha de Inicio de las Obras hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, son riesgos del Contratante: (a) los riesgos de lesiones personales, de muerte, o de pérdida o daños a la propiedad (sin incluir las Obras, Planta, Materiales y Equipos) como consecuencia de: (i) el uso u ocupación del Sitio de las Obras por las Obras, o con el objeto de realizar las Obras, como resultado inevitable de las Obras, (ii) negligencia, violación de los deberes establecidos por la ley, o interferencia con los derechos legales por parte del Contratante o cualquiera persona empleada por él o contratada por él, excepto el Contratista. (b) El riesgo de daño a las Obras, Planta, Materiales y Equipos, en la medida en que ello se xxxx x xxxxxx del Contratante o en el diseño hecho por el Contratante, o a una guerra o contaminación radioactiva que afecte directamente al país donde se han de realizar las Obras. 11.2 Desde la Fecha de Terminación hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, será riesgo del Contratante la pérdida o daño de las Obras, Planta y Materiales, excepto la pérdida o daños debidos a: (a) un Defecto que existía en la Fecha de Terminación; (b) un evento que ocurrió antes de la Fecha de Terminación, y que no constituía un riesgo del Contratante; o (c) las actividades del Contratista en el Sitio de las Obras después de la Fecha de Terminación. | |
12.1 Desde la Fecha de Inicio de las Obras hasta la fecha de emisión del Certificado de Corrección de Defectos, cuando los riesgos de lesiones personales, de muerte y de pérdida o daño a la propiedad (incluyendo, sin |
limitación, las Obras, Planta, Materiales y Equipo)no sean riesgos del Contratante, serán riesgos del Contratista | |
13.1 El Contratista deberá contratar seguros emitidos en el nombre conjunto del Contratista y del Contratante, para cubrir el período comprendido entre la Fecha de Inicio y el vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos, por los montos totales y los montos deducibles estipulados en las CEC, los siguientes eventos constituyen riesgos del Contratista: (a) pérdida o daños a las Obras, Planta y Materiales; (b) pérdida o daños a los Equipos; (c) pérdida o daños a la propiedad (sin incluir las Obras, Planta, Materiales y Equipos) relacionada con el Contrato, y (d) lesiones personales o muerte. 13.2 El Contratista deberá entregar al Gerente de Obras, para su aprobación, las pólizas y los certificados de seguro antes de la Fecha de Inicio. Dichos seguros deberán contemplar indemnizaciones pagaderas en los tipos y proporciones de monedas requeridos para rectificar la pérdida o los daños o perjuicios ocasionados. 13.3 Si el Contratista no proporcionara las pólizas y los certificados exigidos, el Contratante podrá contratar los seguros cuyas pólizas y certificados debería haber suministrado el Contratista y podrá recuperar las primas pagadas por el Contratante de los pagos que se adeuden al Contratista, o bien, si no se le adeudara nada, considerarlas una deuda del Contratista. Los valores a cubrir con el sistema indicado no podrán superar el monto establecido en las CEC. Si fuese superior, se intimará al Contratista a cubrir las diferencias como condición para evitar la rescisión del contrato. 13.4 Las condiciones del seguro no podrán modificarse sin la aprobación del Gerente de Obras. 13.5 Ambas partes deberán cumplir con las condiciones de las pólizas de seguro. | |
14.1 El Contratista, al preparar su Oferta, se basará en los informes de investigación del Sitio de las Obras indicados en las CEC, además de cualquier otra información de que disponga el Oferente. | |
15. Consultas acerca de las Condiciones Especiales del Contrato | 15.1 El Gerente de Obras responderá a las consultas sobre las CEC. |
16.1 El Contratista deberá construir e instalar las Obras de conformidad con las Especificaciones y los Planos. |
17.1 El Contratista podrá iniciar la construcción de las Obras en la Fecha de Inicio y deberá ejecutarlas de acuerdo con el Programa que hubiera presentado, con las actualizaciones que el Gerente de Obras hubiera aprobado, y terminarlas en la Fecha Prevista de Terminación. | |
18.1 El Contratista deberá proporcionar al Inspector de Obras las Especificaciones y los Planos que muestren las obras provisionales propuestas, quien deberá aprobarlas si dichas obras cumplen con las Especificaciones y los Planos. 18.2 El Contratista será responsable por el diseño de las obras provisionales. 18.3 La aprobación del Inspector de Obras no liberará al Contratista de responsabilidad en cuanto al diseño de las obras provisionales. 18.4 El Contratista deberá obtener las aprobaciones del diseño de las obras provisionales por parte de terceros cuando sean necesarias. 18.5 Todos los planos preparados por el Contratista para la ejecución de las obras provisionales o definitivas deberán ser aprobados previamente por el Inspector de Obras antes de su utilización. 18.6El Contratista no podrá retirar materiales o equipos que ingresaron al Sitio de las Obras o que se elaboraron o extrajeron en él sin la autorización previa y expresa del Inspector, cualquiera fuese su destino. Todos los equipos y materiales que se encuentren en o ingresen al Sitio de las Obras, estarán destinados exclusivamente a las necesidades de las Obras. 18.7 El Contratista solicitará al Inspector, en tiempo oportuno, autorización para ejecutar trabajos que quedarán tapados, ocultos o incluidos como parte integrante de otros. | |
19.1 El Contratista será responsable por la seguridad en el Sitio de las Obras. | |
20.1 Cualquier elemento de interés histórico o de otra naturaleza o de gran valor que se descubra inesperadamente en la zona de las obras será de propiedad del Contratante. El Contratista deberá notificar al Gerente de Obras acerca del descubrimiento y seguir las instrucciones que éste imparta sobre la manera de proceder. | |
21.1 El Contratante traspasará al Contratista la posesión de la totalidad del Sitio de las Obras. Si no se traspasara la posesión de alguna parte en la fecha estipulada en las CEC, se considerará que el Contratante ha demorado el inicio de las actividades pertinentes y constituye un evento compensable. | |
22.1 El Contratista deberá permitir al Gerente de Obras, al Inspector y a cualquier persona autorizada por éstos, el acceso al Sitio de las Obras y a cualquier lugar donde se estén realizando o se prevea realizar trabajos relacionados con el Contrato. | |
Inspecciones y Auditorías | 23.1 El Contratista deberá cumplir todas las instrucciones del Gerente y del Inspector de Obras que se ajusten a la ley aplicable en el Sitio de las Obras. |
23.2 El Contratista permitirá que el Banco inspeccione las cuentas, registros contables y archivos del Contratista relacionados con la presentación de ofertas y la ejecución del contrato y realice auditorías por medio de auditores designados por el Banco, si así lo requiere el Banco. Para estos efectos, el Contratista deberá conservan todos los documentos y registros relacionados con el proyecto financiado por el Banco, por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo. Igualmente, entregará al Banco todo documento necesario para la investigación pertinente sobre denuncias de prácticas prohibidas y ordenará a los individuos, empleados o agentes del Contratista que tengan conocimiento del proyecto financiado por el Banco a responder a las consultas provenientes de personal del Banco. | |
24.1 Si el Contratista considera que el Inspector de Obras ha tomado una decisión que está fuera de las facultades que le confiere el Contrato, o que no es acertada, recurrirá al Gerente. Si éste sostuviese la posición del Inspector y el Contratista mantuviese su consideración, la decisión se someterá a la consideración del Conciliador dentro de los 14 días siguientes a la notificación de la decisión del Gerente. Igualmente, se someterá al Conciliador una decisión tomada directamente por el Gerente si el Contratista considerase que la misma está fuera de las facultades que le confiere el Contrato o que no es acertada, la decisión se someterá a la consideración del Conciliador dentro de los 14 días siguientes a la notificación de la decisión del Gerente o del Inspector de Obras. | |
25.1 El Conciliador deberá comunicar su decisión por escrito dentro de los 28 días siguientes a la recepción de la notificación de una controversia. 25.2 El Conciliador será compensado por su trabajo, cualquiera que sea su decisión, por hora según los honorarios especificados en los DDL y en las CEC, además de cualquier otro gasto reembolsable indicado en las CEC y el costo será sufragado por partes iguales por el Contratante y el Contratista. Cualquiera de las partes podrá someter la decisión del Conciliador a arbitraje dentro de los 28 días siguientes a la decisión por escrito del Conciliador. Si ninguna de las partes sometiese la controversia a arbitraje dentro del plazo de 28 días mencionado, la decisión del Conciliador será definitiva y obligatoria. 25.3 El arbitraje deberá realizarse de acuerdo con el procedimiento de arbitraje publicado por la institución denominada en las CEC y en el lugar establecido en las CEC. | |
26.1 En caso de renuncia o muerte del Conciliador, o en caso de que el Contratante y el Contratista coincidieran en que el Conciliador no está cumpliendo sus funciones de conformidad con las disposiciones del Contrato, el Contratante y el Contratista nombrarán de común acuerdo un nuevo Conciliador. Si al cabo de 30 días el Contratante y el Contratista no han llegado a un acuerdo, a petición de cualquiera de las partes, el Conciliador será designado por la Autoridad Nominadora estipulada en las CEC dentro de los 14 días siguientes a la recepción de la petición. |
27. Programa | 27.1 Dentro del plazo establecido ellas CEC y después de la fecha de la Carta de Aceptación, el Contratista presentará, a través del Inspector, al Gerente de Obras, para su aprobación, un Programa en el que consten las metodologías generales, la organización, la secuencia y el plan de ejecución de todas las actividades relativas a las Obras. 27.2 El Programa actualizado será aquel que refleje los avances reales logrados en cada actividad y los efectos de tales avances en el plan de ejecución de las tareas restantes, incluyendo cualquier cambio en la secuencia de las actividades. |
27.3 El Contratista deberá presentar, a través del Inspector, al Gerente de Obras para su aprobación, un Programa con intervalos iguales que no excedan el período establecidos en las CEC. El Inspector evaluará el Programa presentado e informará al Gerente para colaborar con su análisis. Si el Contratista no presenta dicho Programa actualizado dentro de este plazo, el Gerente de Obras podrá retener el monto especificado en las CEC del próximo certificado de pago y continuar reteniendo dicho monto hasta el pago que prosiga a la fecha en la cual el Contratista haya presentado el Programa atrasado. 27.4 La aprobación del Programa por el Gerente de Obras no modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista. El Contratista podrá modificar el Programa y presentarlo nuevamente al Gerente de Obras en cualquier momento. El Programa modificado deberá reflejar los efectos de las Variaciones y de los Eventos Compensables. | |
28.1 El Gerente de Obras deberá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación cuando se produzca un Evento Compensable o se ordene una Variación que haga imposible la terminación de las Obras en la Fecha Prevista de Terminación sin que el Contratista adopte medidas para acelerar el ritmo de ejecución de los trabajos pendientes y que le genere gastos adicionales. 28.2 El Gerente de Obras, considerando los informes del Inspector, determinará si debe prorrogarse la Fecha Prevista de Terminación y por cuánto tiempo, dentro de los 21 días siguientes a la fecha en que el Contratista solicite al Inspector de Obras una decisión sobre los efectos de una Variación o de un Evento Compensable y proporcione toda la información sustentadora. Si el Contratista no hubiere dado aviso oportuno a la Inspección acerca de una demora o no hubiere cooperado para resolverla, la demora debida a esa falla no será considerada para determinar la nueva Fecha Prevista de Terminación. | |
29.1 Cuando el Contratante quiera que el Contratista finalice las Obras antes de la Fecha Prevista de Terminación, el Gerente de Obras deberá, a través del Inspector, solicitar al Contratista propuestas valoradas para conseguir la necesaria aceleración de la ejecución de los trabajos. Si el Contratante aceptara dichas propuestas, la Fecha Prevista de Terminación será |
modificada como corresponda y ratificada por el Contratante y el Contratista. 29.2 Si las propuestas con precios del Contratista para acelerar la ejecución de los trabajos son aceptadas por el Contratante, dichas propuestas se tratarán como Variaciones y los precios de las mismas se incorporarán al Precio del Contrato. | |
30.1 El Gerente de Obras podrá, a través del Inspector, ordenar al Contratista que demore la iniciación o el avance de cualquier actividad comprendida en las Obras. | |
31.1 Tanto el Gerente y el Inspector de Obras como el Contratista podrán solicitar a la otra parte que asista a reuniones administrativas. El objetivo de dichas reuniones será la revisión de la programación de los trabajos pendientes y la resolución de asuntos planteados conforme con el procedimiento de Advertencia Anticipada descrito en la Cláusula 32. 31.2 El Inspector de Obras deberá llevar un registro de lo tratado en las reuniones administrativas y suministrar copias del mismo a los asistentes y al Contratante. Ya sea en la propia reunión o con posterioridad a ella, el Gerente de Obras deberá decidir y comunicar por escrito a todos los asistentes sus respectivas obligaciones en relación con las medidas que deban adoptarse. | |
32.1 El Contratista deberá, a través del Inspector, advertir al Gerente de Obras lo antes posible sobre futuros posibles eventos o circunstancias específicas que puedan perjudicar la calidad de los trabajos, elevar el Precio del Contrato o demorar la ejecución de las Obras. El Gerente de Obras, a través del Inspector, podrá solicitarle al Contratista que presente una estimación de los efectos esperados que el futuro evento o circunstancia podrían tener sobre el Precio del Contrato y el Plazo de Terminación. El Contratista deberá proporcionar dicha estimación tan pronto como le sea razonablemente posible. 32.2 El Contratista colaborará con el Gerente y el Inspector de Obras en la preparación y consideración de posibles maneras en que cualquier participante en los trabajos pueda evitar o reducir los efectos de dicho evento o circunstancia y para ejecutar las instrucciones que consecuentemente ordenare el Gerente de Obras, a través del Inspector. |
33.1 El Inspector de Obras, controlará el trabajo del Contratista y le notificará, como también al Gerente de Obras, de cualquier defecto que encuentre. Dicho control no modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista. El Inspector de Obras podrá ordenar al Contratista que localice un defecto y que ponga al descubierto y someta a prueba cualquier trabajo que el Inspector de Obras considere que pudiera tener algún defecto. | |
34.1 Si el Inspector de Obras ordena al Contratista realizar alguna prueba que no esté contemplada en las Especificaciones a fin de verificar si algún trabajo tiene defectos y la prueba revela que los tiene, el Contratista pagará el costo |
de la prueba y de las muestras. Si no se encuentra ningún defecto, la prueba se considerará un Evento Compensable. | |
35.1 El Inspector de Obras notificará al Contratista todos los defectos de que tenga conocimiento antes de que finalice el Período de Responsabilidad por Defectos, que se inicia en la fecha de terminación y se define en las CEC. El Período de Responsabilidad por Defectos se prorrogará mientras queden defectos por corregir. 35.2 Cada vez que se notifique un defecto, el Contratista lo corregirá dentro del plazo especificado en la notificación del Inspector de Obras | |
36.1 Si el Contratista no ha corregido un defecto dentro del plazo especificado en la notificación, el Gerente de Obras, en base a los informes del Inspector, estimará el precio de la corrección del defecto, y el Contratista deberá pagar dicho monto. |
37.1 El Cómputo y presupuesto debe contener la lista de rubros de obra, con indicación de las cantidades contempladas en la oferta, y los correspondientes precios, para la construcción, el montaje, las pruebas y los trabajos de puesta en servicio que deba ejecutar el Contratista. 37.2 El Cómputo y presupuesto constituye un insumo de importancia para la posterior administración del Contrato. Al Contratista se le pagará el precio acordado por la totalidad de los trabajos necesarios para completar la obra contratada. | |
38. Modificaciones en las Cantidades | 38.1 Si fuese necesario modificar el proyecto de las obras, la consecuente modificación del precio del contrato deberá hacerse, en el caso de tratarse delos rubros de obra existentes, en base a los precios contractuales. De corresponder, haciendo un balance de economías y demasías de obra originadas por el cambio de proyecto. 38.2 El Gerente de Obras no ajustará los precios debido a diferencias en las cantidades si con ello se excede el Precio Inicial del Contrato en más del 15%, a menos que cuente con la aprobación previa del Contratante. 38.3 Si el Gerente o el Inspector de Obras lo solicitan, el Contratista deberá proporcionarle un desglose de los costos correspondientes a cualquier rubro que conste en el Cómputo y presupuesto. |
39.1Todas las Variaciones deberán incluirse en los Programas actualizados que presente el Contratista. | |
40.1 Cuando el Gerente de Obras, a través del Inspector, la solicite, el Contratista deberá presentarle una cotización para la ejecución de una Variación. El Contratista deberá proporcionársela dentro de los siete (7) días siguientes a la solicitud, o dentro de un plazo mayor si el Gerente de Obras |
así lo hubiera determinado. El Gerente de Obras deberá analizar la cotización antes de ordenar la Variación. 40.2 Cuando los trabajos correspondientes a la Variación coincidan con un rubro descrito en el Cómputo y presupuesto y si, a juicio del Gerente de Obras, la cantidad de trabajo o su plan de ejecución no produce cambios en el costo por encima del límite establecido en la Subcláusula 38.2, para calcular el valor de la Variación se usará el precio indicado en Cómputo y presupuesto. En caso contrario, si los trabajos correspondientes a la Variación no coincidieran con los rubros del Cómputo y presupuesto o si la naturaleza de los trabajos fuese diferente a la de los contratos contratados, el Contratista deberá proporcionar una cotización con precios, a valores de la fecha de su oferta licitatoria, para los rubros correspondientes de los trabajos. 40.3 Si el Gerente de Obras no considerase la cotización del Contratista razonable, podrá, a través del Inspector, ordenar la Variación y modificar el Precio del Contrato basado en su propia estimación de los efectos de la Variación sobre los costos del Contratista. 40.4 Si el Gerente de Obras decide que la urgencia de la Variación no permite obtener y analizar una cotización sin demorar los trabajos, no se solicitará cotización alguna y la Variación se considerará como un Evento Compensable. 40.5 El Contratista no tendrá derecho al pago de costos adicionales que podrían haberse evitado si hubiese hecho la Advertencia Anticipada pertinente. | |
41.1 Cuando se actualice el Programa, el Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras una proyección actualizada del flujo de efectivos. Dicha proyección podrá incluir diferentes monedas según se estipulen en el Contrato, convertidas según sea necesario utilizando las tasas de cambio del Contrato. | |
42.1 El Contratista presentará al Inspector de Obras cuentas mensuales por el valor estimado de los trabajos ejecutados menos las sumas acumuladas previamente certificadas por el Gerente de Obras de conformidad con la Subcláusula 42.2. 42.2 El Inspector de Obras verificará las cuentas mensuales del Contratista en base a la inspección de las obras ejecutadas e informará al Gerente, quién analizará lo documentado y certificará la suma que deberá pagarse. 42.3 El valor de los trabajos ejecutados será determinado por el Gerente de Obras. 42.4 El valor de los trabajos ejecutados comprenderá el valor del avance estimado porcentualmente de las actividades incluidas en el Cómputo y presupuesto. |
42.5 El valor de los trabajos ejecutados incluirá la estimación de las Variaciones y de los Eventos Compensables. 42.6 El Inspector de Obras podrá excluir cualquier rubro incluido en un certificado anterior o reducir la proporción de cualquier rubro que se hubiera certificado anteriormente en consideración de información más reciente. | |
43.1 Los pagos serán ajustados para deducir los pagos de anticipo y las retenciones. El Contratante pagará al Contratista los montos certificados por el Gerente de Obras dentro de los 28 días siguientes a la fecha de cada certificado. Si el Contratante emite un pago atrasado, en el pago siguiente se deberá pagarle al Contratista interés sobre el pago atrasado. El interés se calculará a partir de la fecha en que el pago atrasado debería haberse emitido hasta la fecha cuando el pago atrasado es emitido, a la tasa de interés vigente para préstamos comerciales para cada una de las monedas en las cuales se hace el pago. 43.2 Salvo que se establezca otra cosa, todos los pagos y deducciones se efectuarán en las proporciones de las monedas en que está expresado el Precio del Contrato. 43.3 El Contratante no pagará los rubros de las Obras para los cuales no se indicó precio y se entenderá que están cubiertos en otros precios en el Contrato. | |
Compensables | 44.1 Se considerarán eventos compensables los siguientes: (a) El Contratante no permite acceso a una parte del Sitio de las Obras en la Fecha de Posesión del Sitio de las Obras de acuerdo con la Subcláusula 21.1 de las CGC. (b) El Contratante modifica la Lista de Otros Contratistas de tal manera que afecta el trabajo del Contratista en virtud del Contrato. (c) El Gerente o el Inspector de Obras ordenan una demora o no emiten los Planos, las Especificaciones o las instrucciones necesarias para la ejecución oportuna de las Obras. (d) El Gerente o el Inspector de Obras ordenan al Contratista que ponga al descubierto trabajos terminados o que realice pruebas adicionales a los trabajos y se comprueba posteriormente que los mismos no presentaban Defectos. (e) El Gerente o el Inspector de Obras sin justificación desaprueban una subcontratación. (f) Las condiciones del terreno son más desfavorables que lo que razonablemente se podía inferir antes de la emisión de la Carta de Aceptación, a partir de la información emitida a los Oferentes (incluyendo el Informe de Investigación del Sitio de las Obras), la información disponible públicamente y la inspección visual del Sitio de las Obras. |
(g) El Gerente o el Inspector de Obras imparten una instrucción para lidiar con una condición imprevista, causada por el Contratante, o de ejecutar trabajos adicionales que son necesarios por razones de seguridad u otros motivos. (h) Otros contratistas, autoridades públicas, empresas de servicios públicos, o el Contratante no trabajan conforme a las fechas y otras limitaciones estipuladas en el Contrato, causando demoras o costos adicionales al Contratista. (i) El anticipo se paga atrasado. (j) Los efectos sobre el Contratista de cualquiera de los riesgos del Contratante. (k) El Gerente de Obras demora sin justificación alguna la emisión del Certificado de Terminación. 44.2 Si un evento compensable ocasiona costos adicionales o impide que los trabajos se terminen con anterioridad a la Fecha Prevista de Terminación, se deberá aumentar el Precio del Contrato y/o se deberá prorrogar la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras decidirá si el Precio del Contrato deberá incrementarse y el monto del incremento, y si la Fecha Prevista de Terminación deberá prorrogarse y en qué medida. 44.3 Tan pronto como el Contratista proporcione información que demuestre los efectos de cada evento compensable en su proyección de costos, el Gerente de Obras, considerando los informes del Inspector, la evaluará y ajustará el Precio del Contrato como corresponda. Si el Gerente de Obras no considerase la estimación del Contratista razonable, preparará su propia estimación y ajustará el Precio del Contrato conforme a ésta. El Gerente de Obras supondrá que el Contratista reaccionará en forma competente y oportunamente frente al evento. 44.4 El Contratista no tendrá derecho al pago de ninguna compensación en la medida en que los intereses del Contratante se vieran perjudicados si el Contratista no hubiera dado aviso oportuno o no hubiera cooperado con el Gerente de Obras. | |
45.1 El Gerente de Obras deberá ajustar el Precio del Contrato si los impuestos, derechos y otros gravámenes cambian en el período comprendido entre la fecha que sea 28 días anterior a la de presentación de las Ofertas para el Contrato y la fecha del último Certificado de Terminación. El ajuste se hará por el monto de los cambios en los impuestos pagaderos por el Contratista, siempre que dichos cambios no estuvieran ya reflejados en el Precio del Contrato, o sean resultado de la aplicación de la cláusula 47 de las CGC. | |
46.1 Cuando los pagos se deban hacer en monedas diferentes a la del país del Contratante estipulada en las CEC, las tasas de cambio que se utilizarán para calcular las sumas pagaderas serán las estipulados en la Oferta. | |
47.1 Los precios se ajustarán para tener en cuenta las fluctuaciones del costo de los insumos, únicamente si así se estipula en las CEC. En tal caso, los |
montos autorizados en cada certificado de pago, antes de las deducciones por concepto de anticipo, se deberán ajustar aplicando el respectivo factor de ajuste de precios a los montos que deban pagarse en cada moneda. Para cada moneda del Contrato se aplicará por separado una fórmula similar a la siguiente [El Ejecutor podrá optar por la utilización de esta fórmula u otra definida por la legislación local].: Pc = Ac + Bc (Imc/Ioc) en la cual: Pces el factor de ajuste correspondiente a la porción del Precio del Contrato que debe pagarse en una moneda específica, "c"; Acy Bc son coeficientes estipulados en las CEC que representan, respectivamente, las porciones no ajustables y ajustables del Precio del Contrato que deben pagarse en esa moneda específica "c" (La suma de los dos coeficientes, Ac y Bc, debe ser igual a l (uno) en la fórmula correspondiente a cada moneda. Normalmente, los dos coeficientes serán los mismos en todas las fórmulas correspondientes a las diferentes monedas, puesto que el coeficiente A, relativo a la porción no ajustable de los pagos, por lo general representa una estimación aproximada (usualmente 0,15) que toma en cuenta los elementos fijos del costo u otros componentes no ajustables. La suma de los ajustes para cada moneda se agrega al Precio del Contrato). Imc es el índice vigente al final del mes que se factura, Ioces el índice correspondiente a los insumos pagaderos, vigente 28 días antes de la apertura de las Ofertas; ambos índices se refieren a la moneda “c”. 47.2 Si se modifica el valor del índice después de haberlo usado en un cálculo, dicho cálculo deberá corregirse y se deberá hacer un ajuste en el certificado de pago siguiente. Se considerará que el valor del índice tiene en cuenta todos los cambios en el costo debido a fluctuaciones en los costos. | |
48.1 El Contratante retendrá de cada pago que se adeude al Contratista la proporción estipulada en las CEC hasta que las Obras estén terminadas totalmente. 48.2 Cuando las Obras estén totalmente terminadas y el Gerente de Obras haya emitido el Certificado de Terminación de las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC, se le pagará al Contratista la mitad del total retenido y la otra mitad cuando haya transcurrido el Período de Responsabilidad por Defectos y el Gerente de Obras haya certificado que todos los defectos notificados al Contratista antes del vencimiento de este período han sido corregidos. |
48.3 Cuando las Obras estén totalmente terminadas, el Contratista podrá sustituir la retención con una garantía de las mismas características que la utilizada como Garantía de Cumplimiento. | |
49.1 El Contratista deberá indemnizar al Contratante por daños y perjuicios conforme al precio por día establecido en las CEC, por cada día de retraso de la Fecha de Terminación con respecto a la Fecha Prevista de Terminación. El monto total de daños y perjuicios no deberá exceder del monto estipulado en las CEC. El Contratante podrá deducir dicha indemnización de los pagos que se adeudaren al Contratista. El pago por daños y perjuicios no afectará las obligaciones del Contratista. 49.2 Si después de hecha la liquidación por daños y perjuicios se prorrogara la Fecha Prevista de Terminación, el Inspector de Obras deberá corregir en el siguiente certificado de pago los pagos en exceso que hubiere efectuado el Contratista por concepto de liquidación de daños y perjuicios. Se deberán pagar intereses al Contratista sobre el monto pagado en exceso, calculados para el período entre la fecha de pago hasta la fecha de reembolso, a las tasas especificadas en la Subcláusula 43.1 de las CGC. | |
50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido. | |
51.1 El Contratante pagará al Contratista un anticipo por el monto estipulado en las CEC en la fecha también estipulada en las CEC, contra la presentación por el Contratista de una Garantía Bancaria Incondicional emitida en la forma y por un banco aceptables para el Contratante en los mismos montos y monedas del anticipo. La garantía deberá permanecer vigente hasta que el anticipo pagado haya sido reembolsado, pero el monto de la garantía será reducido progresivamente en los montos reembolsados por el Contratista. El anticipo no devengará intereses. 51.2 El Contratista deberá usar el anticipo únicamente para pagar equipos, planta, materiales y gastos de movilización que se requieran específicamente para la ejecución del Contrato. El Contratista deberá demostrar que ha utilizado el anticipo para tales fines mediante la presentación de copias de las facturas u otros documentos al Gerente de Obras. 51.3 El anticipo será reembolsado mediante la deducción de montos proporcionales de los pagos que se adeuden al Contratista, de conformidad con la valoración del porcentaje de las Obras que haya sido terminado. No se tomarán en cuenta el anticipo ni sus reembolsos para determinar la valoración de los trabajos realizados, Variaciones, ajuste de precios, eventos compensables, bonificaciones, o liquidación por daños y perjuicios. |
52.1 El Contratista deberá proporcionar al Contratante la Garantía de Cumplimiento a más tardar en la fecha definida en la Carta de Aceptación y por el monto estipulado en las CEC, emitida por un banco o compañía afianzadora aceptables para el Contratante y expresada en los tipos y proporciones de monedas en que deba pagarse el Precio del Contrato. La validez de la Garantía de Cumplimiento excederá en 28 días la fecha de emisión del Certificado de Terminación de las Obras en el caso de una garantía bancaria, y excederá en un año dicha fecha en el caso de una Fianza de Cumplimiento. | |
53.1 Cuando corresponda, los precios para trabajos por día indicadas en la Oferta se aplicarán para pequeñas cantidades adicionales de trabajo sólo cuando el Gerente de Obras hubiera impartido instrucciones previamente y por escrito para la ejecución de trabajos adicionales que se han de pagar de esa manera. 53.2 El Contratista deberá dejar constancia en formularios aprobados por el Gerente de Obras de todo trabajo que deba pagarse como trabajos por día. El Gerente de Obras deberá verificar y firmar dentro de los dos días siguientes después de haberse realizado el trabajo todos los formularios que se llenen para este propósito. 53.3 Los pagos al Contratista por concepto de trabajos por día estarán supeditados a la presentación de los formularios mencionados en la Subcláusula 53.2 de las CGC. | |
reparaciones | 54.1 El Contratista será responsable de reparar y pagar por cuenta propia las pérdidas o daños que sufran las Obras o los Materiales que hayan de incorporarse a ellas entre la Fecha de Inicio de las Obras y el vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos, cuando dichas pérdidas y daños sean ocasionados por sus propios actos u omisiones. |
55.1 El Contratista pedirá al Inspector de Obras la emisión de un Certificado de Terminación de las Obras. El Inspector convocará al Contratista para efectuar las operaciones previas a la recepción, y las realizará con o sin su presencia; estas operaciones incluirán, sin que esta enumeración sea excluyente, la inspección física de lo ejecutado, las pruebas estipuladas en el Contrato y la comprobación de imperfecciones o defectos y de omisiones. En base a esta inspección, y siempre que no correspondiese hacer observaciones que impidan la recepción de las obras, el Inspector preparará el Certificado de Terminación de Obras que el Gerente de Obras emitirá cuando, efectivamente, decida que las Obras están terminadas. | |
56.1 Dentro de los siete (7) días siguientes a la fecha en que el Gerente de Obras emita el Certificado de Terminación de las Obras, el Contratante tomará posesión del Sitio de las Obras y de las Obras. En ese momento, se firmará el Acta de Recepción Provisoria y en ella se hará constar expresamente la fecha de esa terminación. Ésta Acta será suscripta por el Contratante y el Inspector y por el Contratista y su Representante Técnico; en ausencia de éstos últimos, |
el Contratante la emitirá de oficio, haciendo constar las ausencias, y le remitirá copia al Contratista. | |
57.1 Trascurrido el Plazo de Garantía que se estipula en la Cláusula 35, tendrá lugar la Recepción Definitiva que se efectuará con las mismas formalidades que la Provisoria. El Acta se suscribirá dentro de los veintiocho (28) días de finalizado dicho Plazo, si las Obras están en buen estado y el Contratista corrigió todos los defectos que se le comunicaron. El Contratista, a través del Inspector, deberá proporcionar al Gerente de Obras un estado de cuenta detallado del monto total que el Contratista considere que se le adeuda en virtud del Contrato. El Gerente de Obras emitirá un Certificado de Responsabilidad por Defectos y certificará cualquier pago final que se adeude al Contratista dentro de los 56 días siguientes a haber recibido del Contratista el estado de cuenta detallado y éste estuviera correcto y completo a juicio del Gerente de Obras. De no encontrarse el estado de cuenta correcto y completo, el Gerente de Obras deberá emitir dentro de 56 días una lista que establezca la naturaleza de las correcciones o adiciones que sean necesarias. Si después de que el Contratista volviese a presentar el estado de cuenta final aún no fuera satisfactorio a juicio del Gerente de Obras, éste decidirá el monto que deberá pagarse al Contratista, y emitirá el certificado de pago. | |
58.1 Si se solicitan planos finales actualizados y/o manuales de operación y mantenimiento actualizados, el Contratista los entregará en las fechas estipuladas en las CEC. 58.2 Si el Contratista no proporciona los planos finales actualizados y/o los manuales de operación y mantenimiento a más tardar en las fechas estipuladas en las CEC, o no son aprobados por el Gerente de Obras, éste retendrá la suma estipulada en las CEC de los pagos que se le adeuden al Contratista. | |
59.1 El Contratante o el Contratista podrán terminar el Contrato si la otra parte incurriese en incumplimiento fundamental del Contrato. 59.2 Los incumplimientos fundamentales del Contrato incluirán, pero no estarán limitados a los siguientes: (a) el Contratista suspende los trabajos por 28 días cuando el Programa vigente no prevé tal suspensión y tampoco ha sido autorizada por el Gerente de Obras; (b) el Gerente de Obras ordena al Contratista detener el avance de las Obras, y no retira la orden dentro de los 28 días siguientes; (c) el Contratante o el Contratista se declaran en quiebra o entran en liquidación por causas distintas de una reorganización o fusión de sociedades; (d) el Contratante no efectúa al Contratista un pago por trabajos verificados por el Inspector y certificado por el Gerente de Obras, dentro de los 84 días siguientes a la fecha de emisión del certificado; |
(e) el Inspector de Obras le notifica al Contratista que el no corregir un defecto determinado constituye un caso de incumplimiento fundamental del Contrato, y el Contratista no procede a corregirlo dentro de un plazo razonable establecido en la notificación; (f) el Contratista no mantiene una garantía que sea exigida en el Contrato; (g) el Contratista ha demorado la terminación de las Obras por el número de días para el cual se puede pagar el monto máximo por concepto de daños y perjuicios, según lo estipulado en las CEC. (h) si el Contratista, a juicio del Contratante, ha incurrido en fraude o corrupción al competir por el Contrato o en su ejecución, conforme a lo establecido en las políticas del Banco sobre Prácticas Prohibidas, que se indican en la Cláusula 60 de estas CGC. 59.3 Cuando por una causa diferente a las indicadas en la Subcláusula 59.2 de las CGC, cualquiera de las partes del Contrato notifique al Gerente de Obras de un incumplimiento a sus estipulaciones, éste consultará con cada una de las partes con el ánimo de alcanzar un acuerdo. De no lograrse un acuerdo, el Gerente de Obrastomará una decisión de conformidad con el Contrato, tomando en cuenta todas las circunstancias pertinentes. Salvo que se especifique algo diferente en las Condiciones Especiales del Contrato, el Gerente de Obras notificará a ambas partes sobre cada uno de los acuerdos alcanzados o las decisiones que tome, con los detalles del caso dentro del plazo de 28 días de haber recibido la correspondiente queja o solicitud. Cada una de las partes dará cumplimiento a los acuerdos o decisiones 59.4 No obstante lo anterior, el Contratante podrá terminar el Contrato por conveniencia en cualquier momento. 59.5 Si el Contrato fuere terminado, el Contratista deberá suspender los trabajos inmediatamente, disponer las medidas de seguridad necesarias en el Sitio de las Obras y retirarse del lugar tan pronto como sea razonablemente posible. | |
60. Prácticas prohibidas [cláusula exclusiva para contratos xx xxxxxxxx firmados bajo política GN- 2349-9] | 60.1 El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos oferentes por participar o participando en actividades financiadas por el Banco incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), observar los |
más altos niveles éticos y denuncien al Banco8 todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las Prácticas Prohibidas comprenden actos de: (i) prácticas corruptivas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; y (iv) prácticas colusorias y (v) prácticas obstructivas. El Banco ha establecido mecanismos para la denuncia de la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para que se investigue debidamente. El Banco también ha adoptado procedimientos de sanción para la resolución de casos y ha celebrado acuerdos con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFI) a fin de dar un reconocimiento recíproco a las sanciones impuestas por sus respectivos órganos sancionadores.
(a) El Banco define, para efectos de esta disposición, los términos que figuran a continuación:
(i) Una práctica corruptiva consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte;
(ii) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente, engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra naturaleza o para evadir una obligación;
(iii) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte;
(iv)Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte; y
(v) Una práctica obstructiva consiste en:
a.a. destruir, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente evidencia significativa para la investigación o realizar declaraciones falsas ante los investigadores con el fin de impedir materialmente una investigación del Grupo del Banco sobre denuncias de una práctica corrupta, fraudulenta, coercitiva o colusoria; y/o amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para la investigación o que prosiga la investigación, o
8En el sitio virtual del Banco (xxx.xxxx.xxx/xxxxxxxxx) se facilita información sobre cómo denunciar la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas, las normas aplicables al proceso de investigación y sanción y el convenio que rige el reconocimiento recíproco de sanciones entre instituciones financieras internacionales.
b.b. todo acto dirigido a impedir materialmente el ejercicio de inspección del Banco y los derechos de auditoría previstos en el párrafo 60.1 (f) de abajo.
(b) Si se determina que, de conformidad con los Procedimientos de sanciones del Banco, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de bienes o servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los Beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o organismos contratantes (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) ha cometido una Práctica Prohibida en cualquier etapa de la adjudicación o ejecución de un contrato, el Banco podrá:
(i) no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato para la adquisición de bienes o servicios, la contratación de obras, o servicios de consultoría;
(ii) suspender los desembolsos de la operación, si se determina, en cualquier etapa, que un empleado, agencia o representante del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo Contratante ha cometido una Práctica Prohibida;
(iii) declarar una contratación no elegible para financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el pago de una parte xxx xxxxxxxx o de la donación relacionada inequívocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el representante del Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas correctivas adecuadas (lo que incluye, entre otras cosas, la notificación adecuada al Banco tras tener conocimiento de la comisión de la Práctica Prohibida) en un plazo que el Banco considere razonable;
(iv) emitir una amonestación a la firma, entidad o individuo en el formato de una carta formal de censura por su conducta;
(v) declarar a una firma, entidad o individuo inelegible, en forma permanente o por determinado período de tiempo, para que (i) se le adjudiquen contratos o participe en actividades financiadas por el Banco, y (ii) sea designado subconsultor, subcontratista o proveedor de bienes o servicios por otra firma elegible a la que se adjudique un contrato para ejecutar actividades financiadas por el Banco;
(vi) remitir el tema a las autoridades pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes; y/o;
(vii)imponer otras sanciones que considere apropiadas bajo las circunstancias del caso, incluyendo la imposición de multas que representen para el Banco un reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones. Estas sanciones podrán ser impuestas en forma adicional o en sustitución de las arriba referidas.
(c) Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) del párrafo 60.1 (b) se aplicará también en casos en los que las partes hayan sido temporalmente declaradas inelegibles para la adjudicación de nuevos contratos en espera de que se adopte una decisión definitiva en un proceso de sanción, o cualquier otra resolución.
(d) La imposición de cualquier medida que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisiones referidas anteriormente será de carácter público.
(e) Asimismo, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco, incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) podrá verse sujeto a sanción de conformidad con lo dispuesto en convenios suscritos por el Banco con otra Institución Financiera Internacional (IFI) concernientes al reconocimiento recíproco de decisiones de inhabilitación. A efectos de lo dispuesto en el presente párrafo, el término “sanción” incluye toda inhabilitación permanente, imposición de condiciones para la participación en futuros contratos o adopción pública de medidas en respuesta a una contravención del marco vigente de una Institución Financiera Internacional (IFI) aplicable a la resolución de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas.
(f) El Banco exige que los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y sus representantes, y concesionarios permitan al Banco revisar cualesquiera cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Banco. Todo solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios y concesionario deberá prestar plena asistencia al Banco en su investigación. El Banco también requiere que solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el Banco por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas y (iii) aseguren que los empleados o agentes de los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios que tengan conocimiento de las actividades financiadas por el Banco estén disponibles para responder a las consultas relacionadas
con la investigación provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor, o consultor apropiadamente designado. Si el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor proveedor de servicios o concesionario se niega a cooperar o incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la investigación por parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios, o concesionario.
(g) Cuando un Prestatario adquiera bienes, servicios distintos de servicios de consultoría, obras o servicios de consultoría directamente de una agencia especializada, todas las disposiciones contempladas en el xxxxxxx 00 relativas a sanciones y Prácticas Prohibidas se aplicarán íntegramente a los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), o cualquier otra entidad que haya suscrito contratos con dicha agencia especializada para la provisión de bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría en conexión con actividades financiadas por el Banco. El Banco se reserva el derecho de obligar al Prestatario a que se acoja a recursos tales como la suspensión o la rescisión. Las agencias especializadas deberán consultar la lista de firmas e individuos declarados inelegibles de forma temporal o permanente por el Banco. En caso de que una agencia especializada suscriba un contrato o una orden de compra con una firma o individuo declarado inelegible de forma temporal o permanente por el Banco, el Banco no financiará los gastos conexos y se acogerá a otras medidas que considere convenientes.
60.2 Los Oferentes, al presentar sus ofertas, declaran y garantizan:
(a) que han leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas del Banco y las sanciones aplicables a la comisión de las mismas que constan de este documento y se obligan a observar las normas pertinentes sobre las mismas;
(b) que no han incurrido en ninguna Práctica Prohibida descrita en este documento;
(c) que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de un contrato;
(d) que ni ellos ni sus agentes, personal, subcontratistas, subconsultores, directores, funcionarios o accionistas principales han sido declarados por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) con la cual el Banco haya suscrito un acuerdo para el reconocimiento recíproco de sanciones, inelegibles para que se les adjudiquen contratos financiados
por el Banco o por dicha IFI, o culpables de delitos vinculados con la comisión de Prácticas Prohibidas; (e) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido director, funcionario o accionista principal de ninguna otra compañía o entidad que haya sido declarada inelegible por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones para que se le adjudiquen contratos financiados por el Banco o ha sido declarado culpable de un delito vinculado con Prácticas Prohibidas; (f) que han declarado todas las comisiones, honorarios de representantes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos relacionados con actividades financiadas por el Banco; (g) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías constituye el fundamento para la imposición por el Banco de una o más de las medidas que se describen en la Cláusula 60.1 (b). | |
posteriores a la terminación del Contrato | 61.1 Si el Contrato se termina por incumplimiento fundamental del Contratista, el Gerente de Obras deberá emitir un certificado en el que conste el valor de los trabajos realizados y de los Materiales ordenados por el Contratista, menos los anticipos recibidos por él hasta la fecha de emisión de dicho certificado, y [en el caso de contratos por unidad de medida]menos el porcentaje estipulado en las CEC que haya que aplicar al valor de los trabajos que no se hubieran terminado. No corresponderá pagar indemnizaciones adicionales por daños y perjuicios. Si el monto total que se adeuda al Contratante excediera el monto de cualquier pago que debiera efectuarse al Contratista, la diferencia constituirá una deuda a favor del Contratante. 61.2 Si el Contrato se rescinde por conveniencia del Contratante o por incumplimiento fundamental del Contrato por el Contratante, el Gerente de Obras deberá emitir un certificado por el valor de los trabajos realizados, los materiales ordenados, el costo razonable del retiro de los equipos y la repatriación del personal del Contratista ocupado exclusivamente en las Obras, y los costos en que el Contratista hubiera incurrido para el resguardo y seguridad de las Obras, menos los anticipos que hubiera recibido hasta la fecha de emisión de dicho certificado. |
62.1 Si el Contrato se termina por incumplimiento del Contratista, todos los Materiales que se encuentren en el Sitio de las Obras, la Planta y las Obras se considerarán de propiedad del Contratante. En tanto que los Equipos y las Obras provisionales quedarán en disponibilidad del Contratante para su potencial uso en el completamiento de la obra y no para otros fines. Terminada la necesidad de su uso, serán devueltos al Contratista en el estado en que se encuentren. | |
63.1 Si el Contrato es frustrado por motivo de una guerra, o por cualquier otro evento que esté totalmente fuera de control del Contratante o del Contratista, el Gerente de Obras deberá certificar la frustración del Contrato. En tal caso, el Contratista deberá disponer las medidas de seguridad necesarias en el Sitio |
de las Obras y suspender los trabajos a la brevedad posible después de recibir este certificado. En caso de frustración, deberá pagarse al Contratista todos los trabajos realizados antes de la recepción del certificado, así como de cualesquier trabajos realizados posteriormente sobre los cuales se hubieran adquirido compromisos. | |
64.1 En caso de que el Banco suspendiera los desembolsos al Contratante bajo el Préstamo, parte del cual se destinaba a pagar al Contratista: (a) El Contratante está obligado a notificar al Contratista sobre dicha suspensión en un plazo no mayor a 7 días contados a partir de la fecha de la recepción por parte del Contratante de la notificación de suspensión del Banco (b) Si el Contratista no ha recibido algunas sumas que se le adeudan dentro del periodo de 28 días para efectuar los pagos, establecido en la Subcláusula 43.1, el Contratista podrá emitir inmediatamente una notificación para terminar el Contrato en el plazo de 14 días. | |
65.1 El Contratista y sus Subcontratistas deberán ser originarios de países miembros del Banco. Se considera que un Contratista o Subcontratista tiene la nacionalidad de un país elegible si cumple con los siguientes requisitos: (a) Un individuo tiene la nacionalidad de un país miembro del Banco si él o ella satisface uno de los siguientes requisitos: i. es ciudadano de un país miembro; o ii. ha establecido su domicilio en un país miembro como residente “bona fide” y está legalmente autorizado para trabajar en dicho país. (b) Una firma tiene la nacionalidad de un país miembro si satisface los dos siguientes requisitos: i. esta legalmente constituida o incorporada conforme a las leyes de un país miembro del Banco; y ii. más del cincuenta por ciento (50%) del capital de la firma es de propiedad de individuos o firmas de países miembros del Banco. 65.2 Todos los socios de una asociación en participación, consorcio o asociación (UT) con responsabilidad mancomunada y solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir con los requisitos arriba establecidos. 65.3En caso de Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco. Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido extraídos, cultivados, cosechados o producidos en un país miembro del Banco. Un bien es producido cuando mediante manufactura, procesamiento o ensamblaje el resultado es un artículo comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son substancialmente diferentes de sus partes o componentes. |
Sección VI. Condiciones Especiales del Contrato
A menos que se indique lo contrario, el Contratante deberá completar todas las CEC antes de emitir los documentos de licitación. Se deberán adjuntar los programas e informes que el Contratante deberá proporcionar.
A. Disposiciones Generales | |
CGC 1.1 (d) | El Contratante es la Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande |
CGC 1.1 (g) | Se entiende por defecto cualquier parte de la Obra que no haya sido terminada conforme al Contrato o que posea fallas, e incluye también al diseño de la ingeniería, a los componentes a utilizar o que surjan en la etapa de montaje e instalación. |
CGC 1.1 (l) | La Fecha de inicio es diez (10) días hábiles posteriores a la suscripción del contrato. |
CGC 1.1 (h) | Días significa días corridos. |
CGC 1.1 (o) | El Gerente de Obras estará designado al momento de la firma del Contrato y será notificado al Contratista. |
CGC 1.1 (q) | El Inspector de Obras – Idem. CGC 1.1 (o). |
CGC 1.1 (t) | Las Obras consisten en la renovación de los 14 sistemas de regulación de velocidad y automatismos de las secuencias de arranque y parada para los generadores xx Xxxxx Grande, según se detalla en las Especificaciones Técnicas. Comprenden el desarrollo, fabricación, entrega e instalación de cada uno de los Sistemas de Regulación de Velocidad (SRV). |
CGC 1.1 (w) | El Período de Responsabilidad por Defectos será de veinticuatro (24) meses a partir de la Recepción Provisoria de cada uno de los SRV. |
CGC 1.1 (aa) | La ejecución de la totalidad de las Obras está prevista en cuatro años y medio. Por otra parte, además del plazo previsto para la terminación de la totalidad de las Obras, el Contratista deberá cumplir con los plazos de terminación de cada uno de los Sistemas de Regulación de Velocidad (SRV), tal como se indica en el apartado 2.2. CGC, de estas Condiciones Especiales del Contrato. |
CGC 1.1 (ee) | El Sitio de las Obras está ubicado en el Complejo Hidroeléctrico de la C.T.M. xx Xxxxx Grande Argentina: Ruta Nacional Nº 015 s/n – Barrera Ayuí – Concordia – Entre Xxxx. Uruguay: Xx. Xxxx Xxxxxx Xxxxxx (Xx Xxxx 0) Xx. 000 – Barrera Salto – Salto. |
CGC 2.2 | El Plazo Previsto de terminación de cada Sistema de Regulación de Velocidad de las Unidades Hidrogeneradoras es: Sistema de Fecha en que debe Regulación de finalizarse cada Velocidad de las sistema de unidades regulación de hidrogeneradoras velocidad (Denominación) SRV 1 29/01/2021 SRV 2 13/09/2021 SRV 3 14/10/2021 SRV 4 14/01/2022 SRV 5 16/04/2022 SRV 6 13/09/2022 SRV 7 14/10/2022 SRV 8 14/11/2022 SRV 9 14/01/2023 SRV 10 16/04/2023 SRV 11 13/09/2023 SRV 12 14/10/2023 SRV 13 14/01/2024 SRV 14 15/04/2024 |
CGC 2.3 (i) | Los siguientes documentos también forman parte integral del Contrato: - Garantía de Anticipo - Garantía de Cumplimiento de Contrato - Circulares y enmiendas emitidas por la C.T.M. xx Xxxxx Grande durante la etapa de selección - Resolución de adjudicación de la C.T.M. xx Xxxxx Grande. Cualquier otro documento que en las Condiciones Especiales del Contrato se especifiquen que son parte integrante del contrato. |
CGC 3.1 | El idioma en que deben redactarse los documentos del Contrato es: español. NORMAS APLICABLES: El contrato que las partes suscriban entre sí, se rige por las propias disposiciones en él consignadas, y en los documentos que lo integran que forman parte del mismo - el Pliego de Bases y Condiciones, Anexos y Circulares. INTERPRETACION: El contrato, debe interpretarse de acuerdo con la intención de las partes al procurar su celebración, a la naturaleza y finalidad del mismo y al obrar de buena fe. INTEGRACION: Para el caso que se presente una situación que no pueda ser resuelta por las normas aplicables referidas precedentemente, se acudirá a la legislación vigente en la materia contractual y a los principios generales del derecho del lugar de celebración del contrato – Argentina o Uruguay - el cual constará en dicho documento. |
CGC 6.1 | 1- Comunicaciones entre el Inspector de Obra y el Representante Técnico |
La comunicación entre el Inspector de Obra y el Representante Técnico del Contratista se realizará exclusivamente a través de Órdenes de Servicio y Notas de Pedido: a) Ordenes de Servicio: El Inspector de Obra llevará a cabo la comunicación formal escritas al Representante Técnico del Contratista mediante Ordenes de Servicio, cronológicamente consignadas en un libro específico provisto por la C.T.M. xx Xxxxx Grande, numeradas y fechadas cronológicamente, foliado por duplicado y rubricado por el Gerente de Obras. El original será para el Representante Técnico, el duplicado con la constancia de recepción para el Contratante. El libro quedará en poder del Inspector de Obras. Asimismo, las partes podrán acordar un procedimiento de comunicación mediante correos electrónicos. En dicho procedimiento se definirán las direcciones a las cuales se enviarán dichos correos, un formato estandarizado para este fin, la utilización de firma digital o electrónica, una numeración correlativa de los mismos, así como su envío con acuse de recibo, cuya copia deberá archivarse juntamente con las órdenes de servicio. Las Órdenes de Servicio emitidas por el Inspector de Xxxx, en relación a la ejecución del Contrato no podrán ser interpretadas como una modificación al Contrato. El Representante Técnico se notificará de toda Orden de Servicio en el día de su fecha de emisión. La negativa o renuencia a acatar la Orden de Servicio notificada, se considerará incumplimiento de la misma. Además, esa circunstancia facultará al Contratante a exigir la remoción del Representante Técnico. En cada ocasión que el Representante Técnico se negara a notificarse de una Orden de Servicio o no procediera a su cumplimiento, se le aplicará una multa equivalente a cuarenta décimas por mil (0,40 ‰) del monto contractual actualizado por cada día de incumplimiento, sin perjuicio de otras sanciones que le pudieran corresponder. b) Notas de Pedido: El Representante Técnico se dirigirá al Inspector de Obras mediante Notas de Pedido, las que se consignarán numeradas y fechadas cronológicamente en un libro específico provisto por la C.T.M. xx Xxxxx Grande, foliado por triplicado y rubricado. El original será para el Inspector de Obras, el duplicado con la constancia de recepción para el Contratista y el triplicado se mantendrá en el Libro, que quedará en poder del Contratista. El Inspector de Xxxx deberá recibirla al sólo requerimiento del Representante Técnico. La recepción por el Inspector de una Nota de Xxxxxx implicará la notificación, pero no necesariamente la aceptación de su contenido. Si el Inspector se negare a recibir una Nota de Xxxxxx, el Representante Técnico podrá recurrir al Gerente de Obra a fin de que éste regularice la situación. 2- Comunicaciones entre el Gerente de Obra y el Contratista El Gerente de Obra y el Contratista, se comunicarán mediante nota por escrito, fechadas y numeradas, dirigidas al domicilio del Contratista y Contratante consignados en el Contrato. |
Requerimientos técnicos para archivos digitales A los efectos de la presentación de la documentación correspondiente, se utilizarán formatos abiertos que permitan el manejo, modificación, almacenamiento y acceso de los datos en los que se conoce su estructura, sin ninguna restricción para su uso. Dependiendo del tipo de contenido, los formatos de entrega sugeridos tanto para archivos masters (originales) como de sus derivados (copias), son los siguientes: Archivos de imagen: máster en formato nativo, TIFF (ISO 12639) versión mínima aceptada 2004, compresión LZW aceptada para derivados, RAW (ISO 12234-2), JPEG (ISO/IEC 15444), PNG (ISO/IEC 15948). Archivos de imagen y/o texto: máster en formato nativo, texto plano TXT, XML (ISO/IEC 29500- 1), PDF/A (ISO 19005, versión mínima aceptada A1a-A1b) o PDF (ISO 32000-1) versión mínima aceptada 1.7, XLSX/OOXML, PPT/OOXML (ISO 29500). Archivos de datos estructurados: máster en formato nativo, IFC/XML (con metadatos descriptivos y modelado 3D), que permita formato de salida rvt (máster) y nwf (visualizador). Archivos de sonido e imagen en movimiento: máster en formato nativo, MPEG-4, (ISO/IEC 14496). Se recomienda que el tamaño de los archivos no supere los 100MB, en caso de hacerlo, dividirlos en tantos archivos como sean necesarios, indicando en su nomenclatura las partes correspondientes para evitar la disociación de la información. De ser necesario comprimir archivos y carpetas, se sugiere utilizar los estándares ZIP o 7z, de manera de reducir el peso de los archivos sin pérdida de información. | |
CGC 7.1 | El contratista no podrá ceder el contrato en todo o en parte sin la autorización previa y consentimiento expreso de la C.T.M. xx Xxxxx Grande y de acuerdo a las condiciones que esta fije. El contratista no podrá subcontratar total o parcialmente el objeto de este contrato sin la autorización previa y por escrito de la C.T.M. xx Xxxxx Grande. |
CGC 8.1 | NO APLICA |
CGC 9.1 | En la lista de Personal Clave deberá designarse: Un Representante Técnico y un Jefe de Obras, acreditando sus experiencias en la materia conforme al numeral 5.5 (e) y (j) de los DDL |
CGC 9.3 | Se agrega como numeral 9.3 de las CGC, el siguiente texto: La C.T.M. xx Xxxxx Grande, tendrá derecho, en cualquier momento del plazo contractual, a solicitar información al contratista, sobre el monto y el estado de cumplimiento de las obligaciones laborales, previsionales, impositivas, así como las correspondientes a la protección de las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que a estos |
correspondan respecto de sus trabajadores. En tal sentido podrá exigir o inspeccionar la documentación relacionada con: 1- Constancia que acredite situación regular de pago de las contribuciones a la seguridad social. 2- Constancia que acredite la existencia y pago del seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, así como también de los vehículos y maquinaria afectada al objeto del contrato. 3- Recibos de haberes del personal afectado al objeto contractual o libro de sueldos debidamente foliado e intervenido por organismo de contralor respectivo. 4- Constancia de estar al día en el cumplimiento de obligaciones impositivas. | |
CGC 12.1 | Se modifica la cláusula 12.1 de las CGC por el siguiente texto: INDEMNIDAD El Contratista será el único responsable frente al Contratante por el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones asumidas en virtud de la aceptación de la oferta, asumiendo la total responsabilidad por los daños y perjuicios que ocasione al Contratante. El Contratista mantendrá indemne al Contratante, frente a cualquier tipo de reclamo ya sea administrativo, judicial y/o extrajudicial, así como arbitral relacionado con su prestación incluidos los de carácter laboral que pudiesen interponer terceros o personas vinculadas al Contratista, dependiesen o no de él. Si el Contratante fuere demandado por terceros o personas vinculadas con el Contratista, éste se compromete a asumir la responsabilidad por el reclamo en todas las etapas del mismo, sean en la contestación de la demanda como en el seguimiento del proceso que se instaure. Para ello se compromete a: i.- Efectuar de manera diligente todas las gestiones que sean necesarias para evitar que el Contratante sea incluido en dichas demandas y/o reclamos. ii.- De ocurrir que el Contratante sea demandado y en su caso que resulte con sentencia desfavorable o que deba efectuar cualquier erogación con motivo del reclamo, incluyendo, pero no limitado, a gastos legales y costas, el Contratista se compromete a efectuar por su cuenta y cargo – sin necesidad de interpelación por parte del Contratante- los trámites y pagos correspondientes antes del vencimiento de los mismos. iii. El Contratista se compromete a reintegrar al Contratante, toda suma que eventualmente éste tenga que pagar por cualquier concepto, incluyendo gastos de representación, costas y costos, más los intereses, dentro de los cinco (5) cinco días a contar desde la fecha de notificación del pago efectuado. Con el objeto de prevenir la responsabilidad legal subsidiaria, el Contratante tendrá las más amplias facultades de revisión del cumplimiento de las obligaciones laborales del Contratista y sus Subcontratistas, pudiendo exigir la exhibición de toda la documentación que acredite su cumplimiento. |
El contratista, para utilizar materiales, procedimientos, programas informáticos y equipos en la ejecución del Contrato, deberá disponer de las cesiones, licencias, permisos, autorizaciones y derechos necesarios de los titulares de las patentes, modelos, marcas de fábrica y “copyright” correspondientes, corriendo de su exclusiva cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. El contratista será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad intelectual, industrial y comercial, de tal modo que, si se produjera cualquier reclamación contra la C.T.M. xx Xxxxx Grande con fundamento en la infracción de las obligaciones prescritas en el párrafo precedente, asumirá los gastos de defensa judicial o extrajudicial que se ocasionen a la C.T.M. xx Xxxxx Grande por tal motivo. Si como consecuencia de la citada reclamación, la C.T.M. xx Xxxxx Grande quedara privada de su propiedad, utilización o uso, podrá exigir del contratista, aun después de la recepción definitiva de la obra, la sustitución total y a xxxxx de éste de los materiales, programas informáticos, procedimientos o equipos afectados por la reclamación, por otros de iguales características y calidades a definir por la C.T.M. xx Xxxxx Grande en el plazo que prudencialmente se le fije y de forma que el servicio contratado quede asegurado. Si vencido dicho plazo el contratista no hubiere procedido a la sustitución de los elementos correspondientes, la C.T.M. xx Xxxxx Grande sin necesidad de más requerimiento ejecutará por sí o por terceros, la sustitución de los materiales, procedimientos, programas informáticos o equipos afectados por la exclusiva cuenta del contratista. Todo ello, con independencia de las penalidades que procedan de conformidad con las CEC. Lo dispuesto en esta condición es independiente de las reservas de propiedad industrial o intelectual que puedan establecerse a favor de la C.T.M. xx Xxxxx Grande. En el caso de productos “software”, el contratista declarará expresamente y bajo su responsabilidad que posee los derechos de propiedad correspondientes o los derechos legales de comercialización de dichos productos y presentará la documentación justificativa en caso de que la C.T.M. xx Xxxxx Grande así lo solicitara. Cuando se transmitan contractualmente a la C.T.M. xx Xxxxx Grande los derechos de propiedad intelectual, especialmente los referidos a programas de ordenador, incluida su documentación preparatoria, técnica, manuales de uso y versiones sucesivas, salvo que en el propio cuerpo del contrato se especifique otra cosa, se entenderán transmitidos con carácter indefinido y alcance internacional. Asimismo, cuando se trate de desarrollo a medida de productos informáticos, el contratista garantiza ante la C.T.M. xx Xxxxx Grande la exclusividad de su personalización, quedando prohibida su comercialización a terceros, sin la autorización previa de ésta. Los posibles tributos derivados de la transmisión en relación al desarrollo citado en el párrafo anterior, serán por cuenta del contratista. | |
CGC 13.1 | Se modifica la cláusula 13.1 de las CGC por lo siguiente: El Contratista deberá, durante la ejecución del objeto Contractual, incluyendo cualquier trabajo extra relacionado con el mismo, mantener las siguientes coberturas de seguros a su nombre y al de la C.T.M. que aseguren la cobertura de las tareas inherentes al desarrollo de las obras. |
Seguro de Accidentes de Trabajo: de acuerdo a las legislaciones nacionales vigentes en la República Argentina (Ley 24.557) y en la República Oriental del Uruguay (Ley 16.074). Deberá indicarse emergencia médica a quien llamar en caso de accidente, como asimismo institución médica de la zona que atenderá a eventuales accidentados. Para los casos no comprendidos en las citadas leyes, el contratista deberá contratar un Seguro individual de Accidentes Personales, de modo tal que toda persona afectada al contrato, cuente con la cobertura de un Seguro de Accidentes. El mismo constituye un requisito esencial, por lo que ninguna persona afectada al contrato puede carecer de dicha cobertura. Asimismo, debe ser de un monto mínimo de USD 40.000 (dólares estadounidenses cuarenta mil), o su equivalente en moneda local, por persona, para “Riesgo de Muerte”. Deberá contar con cobertura para el ámbito territorial de la República Argentina y República Oriental de Uruguay. Seguro de Responsabilidad Civil y daños a terceros: que cubra todos los riesgos a la propiedad y a la vida en cualquier momento que ocurran y que resulte de cualquier acto u omisión de operación del Contratista en relación al objeto contractual o causado por sus empleados y dependientes, cualquiera fuese la causa de estos daños. El monto mínimo total de la póliza de seguro requerida será el equivalente al 15% del monto del Contrato suscripto. Los seguros previamente citados deberán contar con una cláusula de NO REPETICIÓN contra la C.T.M. xx Xxxxx Grande e indicar como beneficiaria a la C.T.M. xx Xxxxx Grande. Seguro de Responsabilidad Civil por daños a terceros: de automotores que se utilicen para la realización del objeto contractual. El mismo debe tener validez en Argentina y en Uruguay. Se informa que la C.T.M. xx Xxxxx Grande cuenta con una cobertura por Rotura de Máquina y Todo Riesgo Operativo con una franquicia de hasta USD 900.000 (dólares estadounidenses novecientos mil). El incumplimiento por parte del Contratista de las obligaciones establecidas en el presente artículo, será considerado a todos sus efectos como falta grave que dará derecho a C.T.M. a rescindir el Contrato por causa imputable al Contratista. | |
CGC 13.3 | NO APLICA |
CGC 14.1 | NO APLICA |
CGC 16.1 | Se modifica la claúsula 16.1 de las CGC por el siguiente texto: El contratista deberá contar con todas las herramientas, equipos, instrumentos, escaleras, etc; necesarios para llevar adelante en forma adecuada su trabajo, incluidos todos los elementos de seguridad que sean necesarios de acuerdo a lo detallado en la oferta presentada y al Plan de Seguridad, el que deberá ser aprobado por la C.T.M. xx Xxxxx Grande previo al inicio de los trabajos de campo en el sitio de las obras. |
El contratista deberá contar con vehículo(s) propio(s) para el traslado de su personal y de los materiales y de las herramientas a utilizar. Dichos vehículos deberán contar con Seguro de responsabilidad Civil, incluido cobertura Mercosur. No se permitirá el ingreso de tal(es) vehículo(s) mientras no se hayan presentado a la C.T.M. xx Xxxxx Grande los correspondientes comprobantes. Todas las tareas deberán ejecutarse durante la jornada laboral habitual de la C.T.M xx Xxxxx Grande, la cual está comprendida de lunes a viernes de 7:00 a 17:00 y de 7:00 a 15:00 los días sábados. El calendario de feriados a considerar será el calendario de la C.T.M. xx Xxxxx Grande, a notificar anualmente al Contratista. Pueden existir excepciones de ensayos o situaciones especiales que deban coordinarse con los Despachos de Carga, que serán notificadas por el Inspector de Obras al Contratista. Excepcionalmente y siempre que el Representante Técnico de razones que lo justifiquen, se podrá trabajar en horarios y días no previstos en el párrafo precedente siempre que así lo autorice el Inspector de Xxxx y que estos trabajos sean necesarios para la ejecución de las Obras. El trabajo en horarios especiales no ameritará sobrecostos para la C.T.M. xx Xxxxx Grande. | ||||
CGC 17.1 | Se modifica la claúsula l7.1 de las CGC por el siguiente texto: La entrega de bienes o prestación de servicios establecidos en el Contrato, comprenden la provisión total de mano de obra, materiales, equipos, obras temporarias, dispositivitos y todo elemento, ya sea de naturaleza permanente o provisoria, requeridos para su fabricación, ejecución, entrega, terminación y puesta en funcionamiento, según los casos, incluyendo todos los transportes necesarios y el cumplimiento de las leyes vigentes en la República Argentina y en la República Oriental del Uruguay y los seguros que de acuerdo al pliego correspondan, en la medida que la necesidad de proveerlos o contratarlos esté especificada en el contrato o pueda razonablemente deducirse del mismo. El contratista estará obligado a ejecutar todos los trabajos o servicios previstos y todo otro que, aunque no esté expresamente detallado, sea imprescindible o complementario a fin de lograr el objeto contractual. Cualquier omisión de la oferta o contrato sobre alguna parte necesaria a los fines apuntados, no autoriza al Contratista a reclamar pagos adicionales. El contratista tendrá a su cargo todos los trámites y gastos necesarios que ocasione la importación y exportación de los equipos, materiales, herramientas, elementos, artículos, efectos, etc., en general necesarios para la ejecución de los trabajos o que de acuerdo con los documentos contractuales debe suministrar el contratista. | |||
CGC 17.2 | Se agrega como CGC 17.2 el siguiente: CRONOGRAMA GENERAL DE HITOS PREVISTO El contratista para la elaboración de su Plan de Trabajo Detallado deberá preveer el Plan General de Hitos siguiente: | |||
Tareas | Mes inicio | |||
Suscripción del Contrato | Noviembre-19 |
Entrega del Plan de Trabajo Detallado | Diciembre-19 | |||
Validación Plan de Trabajo Detallado y Ajustes | Enero-20 | |||
Ensayos relevamiento, insp. VPD y prueba del filtrado aceite 1º unidad | Febrero-20 | |||
Entrega Ingeniería de Detalle y Memorias | Abril-20 | |||
Validación de la Ingeniería de Detalle y Memorias | Mayo-20 | |||
Aviso a la C.T.M xx Xxxxx Grande del plan de ensayos FAT | Junio-20 | |||
Entrega procedimientos ensayos FAT | Junio-20 | |||
Capacitación FAT (y otras necesarias) realizadas y documentación exigida entregada | Julio-20 | |||
Ensayos FAT | Agosto-20 | |||
Documento resultados y mediciones FAT entregado | Agosto-20 | |||
Entrega de los 3 Gabinetes "TCRV" y los cables para instalación del 1º, 2º y 3º SRV. | septiembre-20 | |||
Entrega de todos los materiales necesarios para instalación del 1º SRV y de todos los repuestos (menos gabinetes y cables de repuesto) | octubre-20 | |||
Instalación de sensores y soportes para el 1º SRV | noviembre-20 | |||
Instalación Gabinete TCRV y cables por parte de la C.T.M. xx Xxxxx Grande | noviembre-20 | |||
Inicio del Montaje del SRV 1º | noviembre-20 | |||
Entrega de los 13 Gabinetes "TCRV" (incluidos repuestos y cables) | abril-21 | |||
Verificación calidad de aceite 2º y 3º SRV y ensayos relevamiento | mayo-21 | |||
Entrega de todos los sensores y soportes (para 13 unidades) | mayo-21 | |||
Entrega de todos los materiales necesarios para la instalación del 2º y 3º SRV | junio-21 | |||
Inicio del Montaje del SRV 2º | julio-21 | |||
Inicio del Montaje del SRV 3º | agosto-21 | |||
Verificación calidad de aceite 4º y 5º SRV y ensayos relevamiento | septiembre-21 | |||
Entrega de todos los materiales necesarios para la instalación del 4º y 5º SRV | octubre-21 | |||
Inicio del Montaje del SRV 4º | noviembre-21 | |||
Inicio del Montaje del SRV 5º | febrero-22 | |||
Verificación calidad de aceite 6º y 7º SRV y ensayos de relevamiento | mayo-22 | |||
Entrega de todos los materiales necesarios para la instalación del 6º y 7º SRV | junio-22 |
Verificación calidad aceite y ensayos de relevamiento del 8º SRV | julio-22 | |||
Inicio del Montaje del SRV 6º | julio-22 | |||
Entrega de todos materiales necesarios para la instalación del 8º SRV | agosto-22 | |||
Inicio del Montaje del SRV 7º | agosto-22 | |||
Verificación calidad aceite 9º y 10º SRV y ensayos relevamiento | septiembre-22 | |||
Inicio del Montaje del SRV 8º | septiembre-22 | |||
Entrega de todos los materiales necesarios para la instalación del 9º y 10º SRV | octubre-22 | |||
Inicio del Montaje del SRV 9º | noviembre-22 | |||
Inicio del Montaje del SRV 10º | febrero-23 | |||
Verificación calidad de aceite 11º y 12º SRV y ensayos relevamiento | mayo-23 | |||
Entrega de todos los materiales necesarios para la instalación del 11º y 12º SRV | junio-23 | |||
Inicio del Montaje del SRV 11º | julio-23 | |||
Inicio del Montaje del SRV 12º | agosto-23 | |||
Verificación calidad de aceite 13º y 14º SRV y ensayos relevamiento | septiembre-23 | |||
Entrega de todos los materiales necesarios para la instalación del 13º y 14º SRV | octubre-23 | |||
Inicio del Montaje del SRV 13º | noviembre-23 | |||
Inicio del Montaje del SRV 14º | febrero-24 | |||
ENTREGA Y DOCUMENTOS Los bienes se entregarán y los servicios se completarán de acuerdo con el Plan de Hitos. Los bienes suministrados por el Contratista que provengan de países miebros del Banco distintos de la República Argentina o de la República Oriental del Uruguay deberán consignarse directamente a nombre del Contratante a efectos de su importación, por lo tanto, todos los documentos detallados más abajo, deberán ser extendidos a nombre de la Comisión Técnica Mixta xx Xxxxx Grande. a) Original de la Factura Comercial en que se indiquen la descripción, cantidad, precio unitario y monto total de los bienes. b) Conocimiento de embarque marítimo y fluvial, terrestre y/o aéreo. c) Lista de empaque (2 ejemplares). d) Certificado de Origen de los bienes. |
El Contratista deberá gestionar la documentación de que se describe más arriba, de tal forma que la C.T.M. xx Xxxxx Grande disponga de la misma con una antelación mínima xx xxxx (10) días hábiles antes de la fecha prevista para la llegada del suministro al puerto de ingreso a la República Argentina o República Oriental del Uruguay a fin que los trámites para la importación y nacionalización de despacho a plaza de dichos bienes pueda ser realizada por la C.T.M. xx Xxxxx Grande mediante la respectiva exención impositiva, según lo establecido en Ley 21756 de la RA y Ley 14896 de la ROU. Las multas, los recargos por sobrestadías de bienes en los depósitos portuarios, o cualquier otro gasto y/o costo ocasionado por la demora en la entrega de la documentación arriba consignada por parte del Contratista a la C.T.M. xx Xxxxx Grande, así como por errores o vicios de los documentos de embarque, estarán a cargo del Contratista. | |
CGC 19.1 | SEGURIDAD DE OBRAS Y PROTECCIÓN DE BIENES 1. Responsabilidad El Contratista es el responsable de implementar, cumplir y hacer cumplir las medidas de Seguridad en el lugar de ejecución de las tareas objeto de este contrato, a fin de evitar incidentes y prevenir daños a personas y bienes. 2. Marco Legal 2.1. El Contratista deberá cumplir con todas las disposiciones legales de la Xxxxxxxxx Xxxxxxxxx x xx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx xxx Xxxxxxx, referentes a la Seguridad en el Trabajo, las cuales pueden ser complementadas o modificadas por disposiciones propias de la C.T.M. xx Xxxxx Grande, establecidas por el Sector Seguridad Industrial. 2.2. Componen el presente marco las siguientes leyes: República Argentina: Ley N 24.557 y Ley N 19.587, sus modificatorias y complementarias; y sus decretos reglamentarios. República Oriental del Uruguay: Ley N 16.074 y Ley N 5.032, sus modificatorias y complementarias y sus decretos reglamentarios. Normas IRAM, UNIT u otras referentes a la Seguridad en el Trabajo 3. Requisitos 3.1 Previo al inicio de los trabajos en el sitio de las obras, el Contratista deberá presentar el Plan de Seguridad correspondiente. 3.1.1. El Plan de Seguridad deberá ser confeccionado y firmado por un Profesional competente y matriculado en la especialidad de Higiene y Seguridad en el Trabajo, de nacionalidad argentina o uruguaya, dependiendo el país origen de la contratación. 3.1.2 El Plan deberá contener una descripción de los trabajos que abarca, con la identificación peligros y evaluación de los riesgos presentes con las correspondientes medidas de seguridad a adoptar, así como toda otra medida o requisitos que el Profesional entienda conveniente adoptar. |
3.1.3. El Plan de Seguridad será finalmente analizado y aprobado por el Sector Seguridad Industrial de la C.T.M. xx Xxxxx Grande, quien podrá solicitar correcciones o complementos previas a su aprobación. 3.2. Constancias de Capacitación. Acompañando al Plan de Seguridad, el Contratista deberá presentar un registro de las Capacitaciones de Seguridad impartidas al personal que intervendrá en la obra, con la nómina de temas y las correspondientes rúbricas del Instructor y del personal. 3.3. Registro de Entrega: el Contratista deberá presentar el registro de entrega de indumentaria de trabajo y elementos de protección personal de todo el personal que interviene en la obra, debiendo actualizar el mismo conforme el avance de obra. 3.4. Inspecciones del Profesional encargado del Servicio de Seguridad de la empresa contratista. 3.4.1. El servicio que brinde el Profesional de Seguridad al contratista debe incluir visitas a la obra. Las mismas deben poseer una regularidad no mayor a una semana. Ante trabajos especiales, montajes u otra actividad, el Sector Seguridad Industrial de la C.T.M. xx Xxxxx Grande podrá requerir una mayor presencia del Profesional de la Contratista. 3.4.2. Las visitas del Profesional de S deberán ser avocadas tanto a la supervisión del cumplimiento de las medidas de seguridad, como a la Capacitación del personal, actividad que deberá ser coordinada previamente con el Responsable de la Obra. 3.4.3. Toda la actividad del Profesional de Seguridad deberá quedar registrada en el Libro de Seguridad del Contratista, debiendo contener la fecha, la hora, una descripción de la actividad, copia de los registros y la firma. 3.4.4. El Contratista deberá presentar toda la documentación correspondiente que permita el ingreso del Profesional de Seguridad al Complejo Hidroeléctrico, tal cual lo realiza con el resto del personal. Asimismo, deberá garantizar su traslado desde la barrera de ingreso hasta la obra. 4. Inducción 4.1. Toda persona que ingrese a la obra, independientemente de la actividad que vaya a realizar (trabajo, supervisión, inspección, conducción de equipos, proveedores, otros) deberá recibir la Inducción de Seguridad dictada por el Sector Seguridad Industrial de la C.T.M. xx Xxxxx Grande. 4.2. La coordinación para el dictado de las Inducciones deberá realizarse entre el Inspector de Obras y el Representante Técnico del Contratista y el Sector Seguridad Industrial. 5. Libro de Seguridad 5.1. El Contratista deberá llevar un Libro de Seguridad, que deberá estar disponible en todo momento. 5.2. El Libro debe contener copia del Plan de Seguridad, así como de todos los registros de la Gestión de Seguridad del Contratista. 5.3. Toda visita realizada por Profesional de Seguridad, así como las copias de las visitas del Sector Seguridad Industrial de la C.T.M. xx Xxxxx Grande, deben figurar en el Libro de Seguridad. 6. Memorias de Cálculos/ Planes de Maniobras 6.1. Los equipos o estructuras que se utilicen para el Izaje o permanencia de personas deberá poseer su memoria de cálculo |
6.2. La memoria de cálculo deberá ser realizada y firmada por un Profesional habilitado para tal fin. 6.3. Una vez entregada la memoria de cálculo, la misma deberá ser evaluada y aprobada por Área Civil u otra Área de la C.T.M. xx Xxxxx Grande involucrada en el contrato. 6.4. El equipo no podrá ser utilizado hasta tanto la memoria de cálculo sea aprobada. 6.5 Se deberán presentar además memorias descriptivas y de cálculos de los tableros eléctricos, tanto principal como secundarios utilizados en obra, los que mínimamente deberán poseer fichas de conexión industrial en condiciones y disyuntores diferenciales acordes a la potencia a utilizar. 6.6 De realizarse trabajos de demolición o excavaciones superiores al 1,5m de profundidad, se requerirá la presentación de memorias donde se describa paso a paso las tareas y las medias preventivas y correctivas, considerando las medidas a tomar en caso de ocurrencia de lluvias o vientos superiores a los 45 Km/h. 6.7. Cuando las tareas involucren la utilización de algún equipo de izaje, ya sea móvil o fijo, se deberá presentar un plan de izaje con las instrucciones detalladas para la realización de los mismos y los roles de cada uno de los involucrados en las mismas. 7. Servicios Sanitarios y de Bienestar 7.1. Aquellas empresas que ingresen con más de 4 trabajadores deberán disponer de un obrador con instalaciones sanitarias: (baños y duchas, a razón de 1 cada 5 trabajadores) y de bienestar: comedor (mesa y sillas de superficie lavable) y equipamiento para refrigerar y calentar alimentos. El uso de estas instalaciones deberá ser exclusivo para tal fin, no pudiendo ser destinadas a pañol o depósito. 7.2. Las empresas con menos de 4 trabajadores, deberán utilizar las instalaciones de la C.T.M. xx Xxxxx Grande, ubicadas en el edificio más cercano a la zona de obra, quedando terminantemente prohibido que los trabajadores almuercen fuera de comedores. 8. Incumplimientos 8.1. Los incumplimientos en los requerimientos en materia de Seguridad en el Trabajo, son motivo de actuación por parte del Sector Seguridad Industrial, pudiendo, dependiendo la gravedad, detener trabajos, retirar personal de la obra o bien realizar simples correcciones. 8.2. Personal que se encuentre trabajando, sin Inducción de Seguridad implica el retiro de obra. 8.3. Personal que se encuentre trabajando, sin figurar en los registros (Plan de Seguridad, capacitación, entrega de EPP, otros) implica el retiro de obra. 8.4. Actos inseguros y condiciones inseguras, así como el no cumplimiento de medidas de seguridad establecidas, serán evaluadas según su magnitud y reincidencia. 8.5. El uso de estructuras no habilitadas implica la detención de los trabajos y el retiro de la obra del personal usuario. 9. Plazos 9.1. El Plan de Seguridad correspondiente a un Contratista de servicios tiene validez de un año. 9.2. El Plan de Seguridad correspondiente a una obra, tiene validez por la duración de la misma, debiendo realizarse actualizaciones o complementos en caso que corresponda. 9.3. Las inducciones al personal tienen validez máxima de un año. 9.4. Los registros deben ser actualizados cada vez que se modifica el motivo por el cual se realizan. COMPROMISO AMBIENTAL |