INSTALACIONES A MANTENER Cláusulas de Ejemplo

INSTALACIONES A MANTENER. Las instalaciones a mantener, son todos los equipos SAI (Sistemas de Alimentación Ininterrumpida) del Aeropuerto de Gran Canaria, instalados en diversos edificios xxx xxxxxxx: Edificio Terminal, Aparcamientos, Talleres Generales, Terminal de Carga, Central Eléctrica e instalaciones que dan servicio a los sistemas de Navegación Aérea, tanto los actuales como los que se instalen durante el período de vigencia del contrato. 1 EDIFICIO TERMINAL-FACTURACIÓN 3 AP703M/55 + SCC 80 KVA 2 XXXXXXX HIPULSE 80 KVA 1 2 CPD CHLORIDE NET 100 KVA 1 3 ANTIGUO CECOA XXXXXXX HIPULSE 80 KVA 1 4 EDIFICIO TERMINAL-FACTURACIÓN 2 XXXXXXX HIPULSE 80 KVA 2 5 CENTRAL ELÉCTRICA CELT XXXXXXX NXa 40 KVA 2 6 APARCAMIENTO PÚBLICO AP7200 30 KVA 1 7 400 HZ PATIO 2 XXXXXXX NXC 30 KVA 1 8 400 HZ PATIO 3 XXXXXXX NX 30 KVA 1 9 TALLERES GENERALES AP7400 30 KVA 1 10 AMPLIACIÓN APARCAMIENTO PÚBLICO XXXXXXX Nxa 40 KVA 1 11 OFICINAS AENA XXXXXXX HIPULSE 80 KVA 2 12 SALA CONTROL DE EQUIPAJES PATIO 3 XXXXXXX Nx 40 KVA 1 13 APARCAMIENTO SUPERFICIE P14, ZONA NORTE GXT3-2000RT230 2kVA 1 14 EDIFICIO SEGURIDAD XXXXXX GERIN COMET 33 15kVA 1 15 CENTRO FRONTERA XXXXXXX NXe 10 KVA 1 16 CELA SERVICIOS AUXILIARES XXXXXXX NX 40 KVA 2 17 CELA CONTINUIDAD AAVV XXXXXXX Hipulse 500 KVA 4 18 TORRE DE CONTROL NX 20 KVA 2 19 CENTRO DE EMISORES NX 20 KVA 2 20 LLZ 21 (LOCALIZADOR 21R) XXXXXXX GXT6000T 6 KVA 1 21 GP 21(SENDA 21R) XXXXXXX GXT6000T 6 KVA 1 22 LLZ 03 (LOCALIZADOR 03L) XXXXXXX NX 20 KVA 1 23 GP 03 (SENDA 03L) XXXXXXX NX 20 KVA 1 24 DIQUE SUR PLANTA 1 CHLORIDE 80 BLACKNET 100 KVA 1 25 DIQUE SUR PLANTA 0 CHLORIDE 80 BLACKNET 160 KVA 1 26 DIQUE NORTE SALIDAS A CHLORIDE 80-NET 300 KVA 1 27 EDIFICIO TERMINAL-FACTURACIÓN 1 CHLORIDE 80-NET 300 KVA 1 28 EDIFICIO TERMINAL-PATIO 1 CHLORIDE 80-NET 500 KVA 1 29 FRENTE OESTE CV3 CHLORIDE 80-NET 300 KVA 1 30 SIEB PATIO DE CARRITOS 1 XXXXXXX NXc 40 KVA 1 31 400 HZ PATIO 1 XXXXXXX NXc 30 KVA 1 32 CPD- 2 DIQUE NORTE APM 90 KVA (30 x 3) x 2 2 33 APARCAMIENTO P2 XXXXXXX NXc 40 KVA 1 34 TERMINAL DE CARGA SOCOMEC 60 KVA 1 4 SERVICIOS A PRESTAR POR LA EMPRESA ADJUDICATARIA
INSTALACIONES A MANTENER. El servicio al que hace referencia este pliego deberá cubrir las siguientes tareas: - Mantenimiento de la catenaria rígida de los túneles xx Xxxxx - Mantenimiento de la catenaria flexible de la línea metropolitana Palma - UIB - Mantenimiento de las instalaciones de la línea aérea de contacto, incluidos feederes y seccionadores, del tramo electrificado de la red de SFM entre Palma y Enllaç.
INSTALACIONES A MANTENER. Las instalaciones, equipos o sistemas de protección contra incendios a realizar el mantenimiento, comprende: ❑ DETECCIÓN AUTOMÁTICA Central de control y alarma Central de monóxido de carbono Detectores de humos, termovelocimétricos, monóxido de carbono ,etc. Pulsadores manuales de alarma.
INSTALACIONES A MANTENER. Las instalaciones objeto del mantenimiento general son las siguientes: - Instalaciones eléctricas. Su ámbito de aplicación es toda la instalación eléctrica de baja tensión, desde la línea de enlace con acometida de la empresa suministradora, hasta las bases de enchufes y la totalidad de las canalizaciones, iluminación, puntos de luz, luces incluidas, tanto de servicio como de emergencia. Se consideran también todo tipo xx xxxxxxx generales y de distribución, tomas de tierra y protección de las instalaciones. - Instalaciones del sistema de climatización. Incluiría todos los sistemas de aire acondicionado. - Instalaciones de fontanería y saneamiento. Comprende todas las instalaciones generales de fontanería , grifería, instalaciones sanitarias, los elementos de canalización, desguaces, bajantes y arquetas que sean propias de los inmuebles. - Subsistemas constructivos o funcionales: Comprende aquellos de carácter general que por su uso padecen un deterioro y requieren de un mantenimiento que garantice el correcto funcionamiento. Incluye la generalidad de los suelos, paredes y techos, las cubiertas y fachadas. Incluye también pequeñas reparaciones de oficios xxx xxxx de la paleta, retoques de pintura y revestimientos, persianas, puertas, así como la carpintería, cerraduras, vidrios y visagras.
INSTALACIONES A MANTENER. El inventario actual de instalaciones se detalla en el anexo II.

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  • Instalaciones El Contratista estará obligado a realizar todas las actividades de construcción, instalación, reparación y reacondicionamiento de los Pozos, Instalaciones de Recolección y cualesquiera otras instalaciones necesarias para las actividades de producción de conformidad con el Sistema de Administración. El Contratista mantendrá todos los Materiales utilizados en las Actividades Petroleras en buen estado de funcionamiento de acuerdo con el Sistema de Administración, las Mejores Prácticas de la Industria y las recomendaciones de los fabricantes de los Materiales.

  • Vacaciones anuales 1. Todo el personal de las Cajas de Xxxxxxx disfrutará de 25 días hábiles de vacaciones retribuidas, sea cual fuere su Nivel, manteniendo su régimen actual quienes, bien por contrato individual bien por pacto colectivo, disfrutasen de un número superior de días vacacionales. A estos efectos los sábados se considerarán no hábiles. El personal que preste servicios en las Islas Canarias, tendrá dos días hábiles más de vacaciones. En todo caso, la Caja y el empleado o empleada podrán convenir el fraccionamiento hasta en cuatro del periodo de vacaciones siempre que sea posible cubrir el servicio. 2. El período hábil para el disfrute de vacaciones será el comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre. Las Entidades establecerán para cada Oficina el cuadro del personal afecto a ellas cuidando que los servicios queden debidamente cubiertos y procurando atender los deseos de aquél; en los turnos de vacaciones, aquellas personas con responsabilidades familiares tienen preferencia a que las suyas coincidan con los períodos de vacaciones escolares y dentro de esta situación, o si no hubiera personas en ella, se resolverá la preferencia, dentro del Nivel, a favor de quienes tengan mayor antigüedad en la Institución. La preferencia a favor de quienes tengan responsabilidades familiares no implica la elección de un turno determinado sino, únicamente, que sus vacaciones se disfruten dentro de los límites del período de vacaciones escolares; respetando este requisito, la elección del turno concreto dentro de dicho período se resolverá en favor de la mayor antigüedad en la Entidad dentro de cada Nivel, aunque los solicitantes no tengan responsabilidades familiares. 3. El personal de las Cajas conocerá las fechas en que le corresponda las vacaciones, al menos dos meses antes del comienzo de su disfrute; si no existiere acuerdo entre las partes, la jurisdicción competente, de conformidad con el procedimiento establecido al efecto, fijará la fecha que corresponda. Cumplido el preaviso de dos meses de antelación a que se refiere el párrafo anterior, el acuerdo sobre el calendario de vacaciones será ejecutivo, no suspendiéndose esta ejecutividad por el solo anuncio de la intención de reclamar ante la jurisdicción competente, ni por interposición de la demanda ante ella, sino solamente por sentencia en contrario.

  • Vacaciones El periodo anual de vacaciones queda establecido en veinticinco (25) días hábiles por año completo de servicio. A los efectos previstos en el párrafo anterior, no se considerarán los sábados como días hábiles. Dada la particularidad del personal adscrito al régimen de turnos de lunes x xxxxxxx, se tendrá en cuenta a la hora de realizar los cuadrantes de trabajo, el descontar a las horas anuales efectivas de trabajo que figuran en el artículo 31.1), las horas que corresponden a los días de vacaciones anuales. El calendario de vacaciones deberá estar confeccionado antes del 31 xx xxxxx. Para ello: En lo que se refiere al disfrute de los días vacacionales se efectuará, con carácter general, dentro del año natural y hasta el 31 de enero del año siguiente, realizando la solicitud individual de las fechas de disfrute entre el 1 de enero y el 28 de febrero a la correspondiente jefatura. Dicho calendario podrá ser alterado de común acuerdo entre la Dirección y el Comité de Empresa, en los supuestos en que con tres semanas a la antelación del disfrute de las vacaciones, el personal se encuentre en situación de baja. La empresa al confeccionar los cuadrantes de vacaciones procurará que el disfrute de las mismas sean en las fechas solicitadas por el trabajador y, de no poder ser así, la empresa junto con el Comité de empresa, organizarán los turnos de vacaciones, buscando la utilidad del servicio y del propio personal, estableciéndose turnos rotativos en caso de desacuerdo. Cuando el periodo de vacaciones fijado coincida en el tiempo con una I.T. derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el periodo de suspensión del contrato de trabajo por maternidad o paternidad, se podrá disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporal o a la del disfrute del permiso que le correspondiera, al finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural al que corresponda. En el supuesto de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias distintas a las anteriores, que imposibilite al trabajador/a disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural a que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del año en el que se hayan originado.

  • Jubilaciones El trabajador podrá jubilarse de manera ordinaria según los requisitos establecidos en la legislación vigente, aplicable al efecto. No obstante, aquellos trabajadores que no tengan cubierto el plazo legal mínimo de cotización que les garantice la pensión de jubilación de la Seguridad Social podrán continuar en la empresa hasta que se cumpla dicho plazo o tal requisito. La jubilación podrá tener efecto al final del curso académico de la universidad a la que esté adscrita el Colegio Mayor, si hubiera acuerdo entre el empresario y el trabajador. Los empresarios y sus trabajadores, de mutuo acuerdo, podrán tramitar los sistemas de jubilaciones anticipadas previstas en la legislación vigente.

  • Subsanaciones A los fines de la presente Licitación se considera que una Oferta se ajusta sustancialmente a los Pliegos de Condiciones, cuando concuerda con todos los términos y especificaciones de dichos documentos, sin desviaciones, reservas, omisiones o errores significativos. La ausencia de requisitos relativos a las credenciales de los oferentes es siempre subsanable. La determinación de la Entidad Contratante de que una Oferta se ajusta sustancialmente a los documentos de la Licitación se basará en el contenido de la propia Oferta, sin que tenga que recurrir a pruebas externas. Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable entendiendo por éstos, generalmente, aquellas cuestiones que no afecten el principio de que las Ofertas deben ajustarse sustancialmente a los Pliegos de Condiciones, la Entidad Contratante podrá solicitar que, en un plazo breve, El Oferente/Proponente suministre la información faltante. Cuando proceda la posibilidad de subsanar errores u omisiones se interpretará en todos los casos bajo el entendido de que la Entidad Contratante tenga la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas validas posibles y de evitar que, por cuestiones formales intrascendentes, se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes desde el punto de vista del precio y la calidad. No se podrá considerar error u omisión subsanable, cualquier corrección que altere la sustancia de una oferta para que se la mejore. La Entidad Contratante rechazará toda Oferta que no se ajuste sustancialmente al Pliego de Condiciones Específica. No se admitirán correcciones posteriores que permitan que cualquier Oferta, que inicialmente no se ajustaba a dicho Pliego, posteriormente se ajuste al mismo.

  • Aclaraciones En caso de que "EL CLIENTE" tenga alguna aclaración o queja respecto a los movimientos de su estado de cuenta, podrá presentar su aclaración o queja por escrito a través de cualquier sucursal de "CIBANCO" o a través de la Unidad Especializada de Consultas y Reclamaciones. a) Cuando "EL CLIENTE" no esté de acuerdo con alguno de los movimientos que aparezcan en el estado de cuenta respectivo o en los medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología que se hubieren pactado, podrá presentar una solicitud de aclaración dentro del plazo de 90 (noventa) días naturales contados a partir de la fecha xx xxxxx. b) La solicitud respectiva podrá presentarse en cualquier sucursal de "CIBANCO", o bien, en la Unidad Especializada de Consultas y Reclamaciones de "CIBANCO", mediante escrito libre o correo electrónico para lo cual "CIBANCO" acusará recibo de dicha solicitud y proporcionará el número de expediente. c) Tratándose de cantidades a cargo de "EL CLIENTE", éste tendrá el derecho de no realizar el pago cuya aclaración solicita, así como el de cualquier otra cantidad relacionada con dicho pago, hasta en tanto se resuelva la aclaración conforme al presente procedimiento. d) Una vez recibida la solicitud de aclaración, "CIBANCO" tendrá un plazo máximo de 45 (cuarenta y cinco) días para entregar a "EL CLIENTE" el dictamen correspondiente, anexando copia simple del documento o evidencia considerada para la emisión de dicho dictamen, así como un informe detallado en el que se respondan todos los hechos contenidos en la solicitud presentada por "EL CLIENTE". e) El dictamen e informe antes se formularán por escrito y será suscrito por funcionario facultado. En el evento de que, conforme al dictamen que emita "CIBANCO", resulte procedente el cobro del monto respectivo, "EL CLIENTE" deberá hacer el pago de la cantidad a su cargo, incluyendo los intereses ordinarios conforme a lo pactado, sin que proceda el cobro de intereses moratorios y otros accesorios generados por la suspensión del pago.

  • Pagos de las Variaciones 40.1 Cuando el Gerente de Obras la solicite, el Contratista deberá presentarle una cotización para la ejecución de una Variación. El Contratista deberá proporcionársela dentro de los siete (7) días siguientes a la solicitud, o dentro de un plazo mayor si el Gerente de Obras así lo hubiera determinado. El Gerente de Obras deberá analizar la cotización antes de ordenar la Variación. 40.2 Cuando los trabajos correspondientes a la Variación coincidan con un rubro descrito en la Lista de Cantidades y si, a juicio del Gerente de Obras, la cantidad de trabajo o su calendario de ejecución no produce cambios en el costo unitario por encima del límite establecido en la Subcláusula 38.1, para calcular el valor de la Variación se usará el precio indicado en la Lista de Cantidades. Si el costo unitario se modificara, o si la naturaleza o el calendario de ejecución de los trabajos correspondientes a la Variación no coincidiera con los rubros de la Lista de Cantidades, el Contratista deberá proporcionar una cotización con nuevos precios para los rubros pertinentes de los trabajos. 40.3 Si el Gerente de Obras no considerase la cotización del Contratista razonable, el Gerente de Obras podrá ordenar la Variación y modificar el Precio del Contrato basado en su propia estimación de los efectos de la Variación sobre los costos del Contratista. 40.4 Si el Gerente de Obras decide que la urgencia de la Variación no permite obtener y analizar una cotización sin demorar los trabajos, no se solicitará cotización alguna y la Variación se considerará como un Evento Compensable. 40.5 El Contratista no tendrá derecho al pago de costos adicionales que podrían haberse evitado si hubiese hecho la Advertencia Anticipada pertinente.

  • EXENCIONES Estarán exentas del pago del impuesto de delineación urbana, las siguientes obras: a. Destinados a hogares de bienestar autorizados por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. b. De propiedad de las Juntas de Acción Comunal en los que se adelanten programas o proyectos de interés comunitario, avalados por el Municipio. c. En la modalidad de obra nueva, las obras correspondientes a los programas y soluciones de vivienda de interés social adelantadas por los organismos del Estado. d. En un 50% las obras de autoconstrucción de vivienda, de estratos 1 y 2, que no excedan los topes definidos por la Ley para el valor de la vivienda de interés social. e. Las obras que se realicen para reparar o reconstruir los inmuebles afectados por actos terroristas o catástrofes naturales ocurridos en el Municipio de La Plata – Huila. f. Las obras que se realicen para adecuarse al paramento establecido en las normas urbanísticas, en la parte que corresponda exclusivamente a dicha área. g. Las obras de cualquier tipo adelantadas por la Nación, el Departamento del Huila, el Municipio de La Plata – Huila y sus entidades Descentralizadas. h. Las obras que se realicen para construir nuevos inmuebles destinados a la atención de la salud humana.

  • PRESTACIONES DEL ASEGURADOR 1. La dirección técnica y jurídica de la reclamación, si bien el Asegurado podrá hacer libre elección de Xxxxxxx y Procurador, que, en tal caso, no estarán sujetos a las instrucciones de la Compañía. 2. El ejercicio de las acciones, judiciales y extrajudiciales, de reclamación. 3. El pago de las minutas de honorarios y facturas de gastos debidos a las acciones de reclamación, de acuerdo con las normas y baremos de los correspondientes Colegios profesionales. 4. El pago de los adelantos de indemnizaciones previstos.

  • Reclamaciones Las incidencias y reclamaciones que se pudieran suscitar, derivadas de los procesos de selección, serán resueltas por el órgano de selección.