INTERVENTORÍA. EL CONTRATANTE ejercerá la supervigilancia de los trabajos por medio de una firma Interventora, quien para efectos de este contrato se denomina LA INTERVENTORÍA, quienes vigilarán el proyecto, tanto en lo que se refiere al manejo de los recursos, como desde el punto de vista técnico vigilando que los trabajos se lleven a cabo dentro de lo convenido en el presente contrato, la buena técnica y la sana administración para esta clase de obra. LA INTERVENTORÍA desempeñará todas las funciones técnicas jurídicas, sociales, ambientales, contables, administrativas, financieras, y de supervisión y control, que son propias de su especialidad, cuyas funciones además de las corrientes serán las siguientes: 1. Realizar las acciones necesarias para garantizar que la ejecución del contrato se adelante en los términos acordados por las partes, cumpliendo con los requisitos contractuales correspondientes. Avalando o rechazando con observaciones, las muestras de productos que presente EL CONTRATISTA. 2. Verificar la entrega oportuna y la correcta instalación de los productos de conformidad con lo establecido en las obligaciones del contrato, reportar los atrasos e inconvenientes y definir las recomendaciones, acciones correctivas y de mejora para la ejecución del contrato. 3. Aprobar, glosar o rechazar las cuentas que le presente EL CONTRATISTA, advirtiendo que sin su aceptación EL CONTRATANTE no ordenará el pago de las mismas. 4. Entregar a LA GERENCIA DE OBRA la programación de pagos de EL CONTRATISTA y de LA INTERVENTORÍA, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la firma del acta de inicio. 5. Estudiar y recomendar, aprobando o rechazando, los planes de trabajo que debe ejecutar EL CONTRATISTA y autorizar las modificaciones de los mismos si fuere necesario. 6. Cerciorarse de que se cumplan estrictamente las especificaciones, pudiendo llamar la atención a EL CONTRATISTA y rechazar los trabajos o partes de los mismos que no se ciñan a tales normas, bien sea por los materiales empleados o por la forma de ejecución. 7. Verificar que el contrato objeto se desarrolle dentro del plazo, las condiciones y los valores establecidos. 8. Informar de manera inmediata a LA GERENCIA DE OBRA y a EL CONTRATANTE los posibles incumplimientos de EL CONTRATISTA al momento de su evidencia. 9. Informar oportunamente a LA GERENCIA DE OBRA los atrasos que puedan dar origen a la aplicación de sanciones, según lo establecido en el presente contrato y sugerir la imposición de sanciones pertinentes en todos los casos en que se presenten las causales definidas para su aplicación. 10. Ordenar por cuenta de EL CONTRATISTA la presentación de muestras que se estime conveniente de los muebles, elementos, etc. que EL CONTRATISTA desee usar o use en la obra, para someterlos a estudio y observación, también ordenar las pruebas que sean necesarias para comprobar su calidad o resistencia. 11. Autorizar previamente el nombramiento del personal técnico especializado con el visto bueno de EL CONTRATANTE y de LA GERENCIA DE OBRA. 12. Hacer recibo parcial y total de los trabajos mediante actas de entrega que para su validez requieren el visto bueno de LA GERENCIA DE OBRA. LA GERENCIA DE OBRA recibirá los trabajos realizados cuando se hayan entregado a satisfacción, y aprobará el acta previamente a la realización del pago correspondiente a las labores realizadas. 13. Verificar y dejar constancia del cumplimiento de las obligaciones de EL CONTRATISTA frente al sistema de Seguridad Social Integral y el pago de parafiscales en el momento de autorizar los pagos y solicitar modificaciones durante la vigencia del contrato, o al momento de liquidar el contrato, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron ser cotizadas, en concordancia con los establecido en la Ley 789 de 2002 y 828 de 2003. 14. LA INTERVENTORÍA, sus auxiliares y sus ayudantes tendrán libre acceso a la obra en todo el tiempo y EL CONTRATISTA está obligado a suministrarle todas las informaciones que le soliciten. 15. Comunicar sus órdenes por escrito y confirmar también por escrito las instrucciones verbales que dé EL CONTRATISTA o LA GERENCIA DE OBRA. 16. Convocar y asistir a los comités técnicos requeridos de forma periódica y/o que establezca LA GERENCIA DE OBRA. 17. Resolver las consultas que le presente EL CONTRATISTA en el desarrollo de los trabajos. 18. Convenir los trabajos adicionales que se requieran y aprobar los precios que deben pagarse por los mismos, todo lo cual se someterá a la autorización final de LA GERENCIA DE OBRA Y EL CONTRATANTE. 19. Llevar los controles necesarios para el recibo de los trabajos y practicar en forma permanente la supervisión e inspección de los trabajos durante el desarrollo de la obra. 20. Velar porque la ejecución de las obligaciones del contrato no ocasione daños a terceros y si esto llegare a suceder, tomar las medidas necesarias para evitar el riesgo de futuras reclamaciones.
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Samples: Manufacturing Agreement
INTERVENTORÍA. EL CONTRATANTE ejercerá Para los efectos del presente Contrato el VALLECAUCANA DE AGUAS S.A. E.S.P., realizará la supervigilancia INTERVENTORIA a través de los trabajos por medio interventores externos, ajenos a la administración. Sin perjuicio de una firma Interventora, quien para efectos de este las obligaciones contenidas en el contrato se denomina LA INTERVENTORÍA, quienes vigilarán el proyecto, tanto en lo que se refiere al manejo de los recursos, como desde celebre con el punto de vista técnico vigilando que los trabajos se lleven a cabo dentro de lo convenido en el presente contrato, la buena técnica y la sana administración para esta clase de obra. LA INTERVENTORÍA desempeñará todas las funciones técnicas jurídicas, sociales, ambientales, contables, administrativas, financieras, y de supervisión y control, que son propias de su especialidad, cuyas funciones además de las corrientes serán las siguientes:
1. Realizar las acciones necesarias para garantizar que la ejecución del contrato se adelante en los términos acordados por las partes, cumpliendo con los requisitos contractuales correspondientes. Avalando o rechazando con observaciones, las muestras de productos que presente EL CONTRATISTA.
2. Verificar la entrega oportuna y la correcta instalación de los productos de conformidad con lo establecido en las obligaciones interventor del contrato, reportar los atrasos e inconvenientes las funciones generales, y definir a titulo enunciativo, del interventor son: a) Exigir el cumplimiento del contrato en todas sus partes. b) Inspeccionar continuamente las recomendaciones, acciones correctivas y de mejora obras para la ejecución del contrato.
3. Aprobar, glosar o rechazar las cuentas verificar que le presente EL CONTRATISTA, advirtiendo que sin su aceptación EL CONTRATANTE no ordenará el pago de las mismas.
4. Entregar a LA GERENCIA DE OBRA la programación de pagos de EL CONTRATISTA y de LA INTERVENTORÍA, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la firma del acta de inicio.
5. Estudiar y recomendar, aprobando o rechazando, los planes de trabajo que debe ejecutar EL CONTRATISTA y autorizar las modificaciones de los mismos si fuere necesario.
6. Cerciorarse de que se cumplan estrictamente las especificaciones, pudiendo llamar la atención a EL CONTRATISTA y rechazar los trabajos o partes de los mismos que no se ciñan a tales normas, bien sea por los materiales empleados o por la forma de ejecución.
7. Verificar que el contrato objeto se desarrolle dentro del plazo, con las condiciones exigidas y los valores establecidos.
8. Informar de manera inmediata a LA GERENCIA DE OBRA y a EL CONTRATANTE los posibles incumplimientos de EL CONTRATISTA al momento de su evidencia.
9. Informar oportunamente a LA GERENCIA DE OBRA los atrasos que puedan dar origen a la aplicación de sanciones, según lo establecido en ofrecidas por el presente contrato y sugerir la imposición de sanciones pertinentes en todos los casos en que se presenten las causales definidas para su aplicación.
10. Ordenar por cuenta de EL CONTRATISTA la presentación de muestras que se estime conveniente de los muebles, elementos, etc. que EL CONTRATISTA desee usar o use en la obra, para someterlos a estudio y observación, también ordenar las pruebas que sean necesarias para comprobar su calidad o resistencia.
11. Autorizar previamente el nombramiento del personal técnico especializado con el visto bueno de EL CONTRATANTE y de LA GERENCIA DE OBRA.
12. Hacer recibo parcial y total de los trabajos mediante actas de entrega que para su validez requieren el visto bueno de LA GERENCIA DE OBRA. LA GERENCIA DE OBRA recibirá los trabajos realizados cuando se hayan entregado a satisfacción, y aprobará el acta previamente a la realización del pago correspondiente a las labores realizadas.
13. Verificar y dejar constancia del cumplimiento de las obligaciones de EL CONTRATISTA frente al sistema de Seguridad Social Integral y el pago de parafiscales en el momento de autorizar los pagos y solicitar modificaciones durante la vigencia del contrato, o al momento de liquidar el contrato, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron ser cotizadas, en concordancia con los establecido en la Ley 789 de 2002 y 828 de 2003.
14. LA INTERVENTORÍA, sus auxiliares y sus ayudantes tendrán libre acceso a la obra en todo el tiempo y EL CONTRATISTA está obligado a suministrarle CONTRATISTA; c) Resolver todas las informaciones que le soliciten.
15. Comunicar sus órdenes por escrito y confirmar también por escrito las instrucciones verbales que dé EL CONTRATISTA o LA GERENCIA DE OBRA.
16. Convocar y asistir a los comités técnicos requeridos de forma periódica y/o que establezca LA GERENCIA DE OBRA.
17. Resolver las consultas que le presente EL formule el CONTRATISTA y hacerle las observaciones que estime convenientes; d) Entenderse con las autoridades o con otras Entidades o personas, cuando el CONTRATISTA lo solicite, para resolver los problemas que puedan afectar las obras; e) Inspeccionar los materiales que se utilicen en las obras objeto del contrato, rechazar u ordenar el retiro inmediato de aquellos que no cumplan con las especificaciones exigidas por VALLECAUCANA DE AGUAS S.A. E.S.P.; f) Rechazar la obra que considere defectuosamente ejecutada; suspender y ordenar la demolición de todos aquellos trabajos realizados por el CONTRATISTA en la misma obra que a su juicio se estén ejecutando errada o defectuosamente en este evento los costos los asumirá el desarrollo CONTRATISTA; g) Elaborar oportunamente las actas de liquidación de obra parciales y final, en este último caso deberá oficiar mínimo dos (2) veces al Contratista para que se presente a suscribir el acta de liquidación final dentro de los trabajos.
18cuatro (4) meses siguientes al recibo de las obras o al vencimiento del plazo de ejecución. Convenir los trabajos adicionales que h) Ordenar en cualquier momento al CONTRATISTA el aumento de personal si se requieran y aprobar los precios que deben pagarse por los mismos, todo lo cual se someterá a considera necesario para la autorización final de LA GERENCIA DE OBRA Y EL CONTRATANTE.
19. Llevar los controles necesarios para el recibo ejecución de los trabajos y practicar en forma permanente la supervisión e inspección i) Comunicar al CONTRATISTA las determinaciones que tome VALLECAUCANA DE AGUAS S.A. E.S.P., sobre cambios, modificaciones de los trabajos durante el desarrollo de la obra.
20. Velar porque la ejecución de las obligaciones del contrato no ocasione daños a terceros diseños y si esto llegare a suceder, tomar las medidas necesarias para evitar el riesgo de futuras reclamaciones.especificaciones iníciales
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Samples: Construction Contract
INTERVENTORÍA. EL CONTRATANTE ejercerá la supervigilancia de los trabajos la obra por medio de una firma Interventora, quien para efectos de este contrato se denomina LA INTERVENTORÍA, quienes vigilarán el proyectola obra, tanto en lo que se refiere al manejo de los recursos, como desde el punto de vista técnico vigilando que los trabajos se lleven a cabo dentro de lo convenido en el presente contrato, la buena técnica y la sana administración para esta clase de obra. LA INTERVENTORÍA desempeñará todas las funciones técnicas jurídicas, sociales, ambientales, contables, administrativas, financieras, y de supervisión y control, que son propias de su especialidad, cuyas funciones además de las corrientes serán las siguientes:
1. Realizar las acciones necesarias para garantizar que la ejecución del contrato se adelante en los términos acordados por las partes, cumpliendo con los requisitos contractuales correspondientes. Avalando o rechazando con observaciones, las muestras de productos que presente EL CONTRATISTA.
2. Verificar la entrega oportuna y la correcta instalación de los productos de conformidad con lo establecido en las obligaciones del contrato, reportar los atrasos e inconvenientes y definir las recomendaciones, acciones correctivas y de mejora para la ejecución del contrato.
3. Aprobar, glosar o rechazar las cuentas que le presente EL CONTRATISTA, advirtiendo que sin su aceptación EL CONTRATANTE no ordenará el pago de las mismas.
4. Entregar a LA GERENCIA DE OBRA la programación de pagos de EL CONTRATISTA y de LA INTERVENTORÍA, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la firma del acta de inicio.
5. Estudiar y recomendar, aprobando o rechazando, los planes de trabajo que debe ejecutar EL CONTRATISTA y autorizar las modificaciones de los mismos si fuere necesario.
6. Cerciorarse de que se cumplan estrictamente las especificaciones, pudiendo llamar la atención a EL CONTRATISTA y rechazar los trabajos la obra o partes de los mismos la misma que no se ciñan a tales normas, bien sea por los materiales empleados o por la forma de ejecución.
7. Verificar que el contrato objeto se desarrolle dentro del plazo, las condiciones y los valores establecidos.
8. Informar de manera inmediata a LA GERENCIA DE OBRA y a EL CONTRATANTE los posibles incumplimientos de EL CONTRATISTA al momento de su evidencia.
9. Informar oportunamente a LA GERENCIA DE OBRA los atrasos que puedan dar origen a la aplicación de sanciones, según lo establecido en el presente contrato y sugerir la imposición de sanciones pertinentes en todos los casos en que se presenten las causales definidas para su aplicación.
10. Ordenar por cuenta de EL CONTRATISTA la presentación de muestras que se estime conveniente de los mueblesmateriales, elementosmezclas, etc. que EL CONTRATISTA desee usar o use en la obra, para someterlos a estudio y observación, también ordenar las pruebas que sean necesarias para comprobar su calidad o resistencia.
11. Autorizar previamente el nombramiento del personal técnico especializado con el visto bueno de EL CONTRATANTE y de LA GERENCIA DE OBRA.
12. Hacer recibo parcial y total de los trabajos la obra mediante actas de entrega que para su validez requieren el visto bueno de LA GERENCIA DE OBRA. LA GERENCIA DE OBRA recibirá los trabajos realizados cuando se hayan entregado a satisfacción, y aprobará el acta previamente a la realización del pago correspondiente a las labores realizadas.
13. Verificar y dejar constancia del cumplimiento de las obligaciones de EL CONTRATISTA frente al sistema de Seguridad Social Integral y el pago de parafiscales en el momento de autorizar los pagos y solicitar modificaciones durante la vigencia del contrato, o al momento de liquidar el contrato, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron ser cotizadas, en concordancia con los establecido en la Ley 789 de 2002 y 828 de 2003.
14. LA INTERVENTORÍA, sus auxiliares y sus ayudantes tendrán libre acceso a la obra en todo el tiempo y EL CONTRATISTA está obligado a suministrarle todas las informaciones que le soliciten.
15. Comunicar sus órdenes por escrito y confirmar también por escrito las instrucciones verbales que dé EL CONTRATISTA o LA GERENCIA DE OBRA.
16. Convocar y asistir a los comités técnicos requeridos de forma periódica y/o que establezca LA GERENCIA DE OBRA.
17. Resolver las consultas que le presente EL CONTRATISTA en el desarrollo de los trabajos.
18. Convenir los trabajos las obras adicionales que se requieran y aprobar los precios que deben pagarse por los mismoslas mismas, todo lo cual se someterá a la autorización final de LA GERENCIA DE OBRA Y EL CONTRATANTE.
19. Llevar los controles necesarios para el recibo de los trabajos y practicar en forma permanente la supervisión e inspección de los trabajos durante el desarrollo de la obra.
20. Velar porque la ejecución de las obligaciones del contrato no ocasione daños a terceros y si esto llegare a suceder, tomar las medidas necesarias para evitar el riesgo de futuras reclamaciones.
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Samples: Construction Contract
INTERVENTORÍA. EL CONTRATANTE ejercerá la supervigilancia de los trabajos por medio de una firma Interventora, quien La interventoria para efectos de este contrato se denomina LA INTERVENTORÍA, quienes vigilarán el proyecto, tanto en lo que se refiere al manejo de los recursos, como desde el punto de vista técnico vigilando que los trabajos se lleven a cabo dentro de lo convenido en el presente contrato, será ejercida por un interventor externo que para el efecto contrate la buena técnica Terminal de Transportes xx Xxxxxxx S.A. La interventoria se regirá por las normas vigentes, en especial la Ley 1474 de 2011. Pereira, (Fecha: dd-mm-aa) Señores Ciudad. Nombre o razón social: NIT. Nombre del representante legal C.C. Dirección Tel. E-mail Ciudad (Escriba aquí el nombre del proponente) De acuerdo con las condiciones que se estipulan, hago la presente propuesta, seria e irrevocable para la SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTA cuyo objeto es______________________________________ y en caso de que sea aceptada por la sana administración para esta clase de obraTERMINAL DE TRANSPORTES XX XXXXXXX S.A., me comprometo a firmar el contrato correspondiente. LA INTERVENTORÍA desempeñará todas las funciones técnicas jurídicas, sociales, ambientales, contables, administrativas, financieras, y de supervisión y control, que son propias de su especialidad, cuyas funciones además de las corrientes serán las siguientesAsí mismo declaro lo siguiente:
1. Realizar las acciones necesarias para garantizar Que esta propuesta y el contrato que la ejecución del contrato se adelante en los términos acordados por las partes, cumpliendo con los requisitos contractuales correspondientes. Avalando o rechazando con observaciones, las muestras de productos llegare a celebrar sólo compromete al que presente EL CONTRATISTAsuscribe esta carta.
2. Verificar la entrega oportuna Que si se me adjudica el contrato me comprometo a suscribirlo y la correcta instalación además me comprometo a otorgar las garantías requeridas, dentro de los productos de conformidad con lo establecido en las obligaciones del contrato, reportar los atrasos e inconvenientes y definir las recomendaciones, acciones correctivas y de mejora para la ejecución del contratotérminos señalados.
3. Aprobar, glosar Así mismo declaro bajo la gravedad de juramento sujeto a las sanciones establecidas en el artículo 172 del Código Penal: Que no estoy incurso en causal alguna de inhabilidad o rechazar las cuentas que le presente EL CONTRATISTA, advirtiendo que sin su aceptación EL CONTRATANTE no ordenará el pago de incompatibilidad de las mismasseñaladas en la Constitución y la Ley y no me encuentro en ninguno de los eventos y prohibiciones especiales para contratar. (Se recuerda al oferente que si está incurso en alguna causal de inhabilidad o incompatibilidad, no puede participar en el proceso de selección de Contratista y debe abstenerse de formular Propuesta). Que no he sido sancionado por ninguna Entidad oficial, mediante acto administrativo ejecutoriado dentro de los últimos cinco (5) años anteriores a la entrega de la propuesta (Nota: Si el oferente ha sido objeto durante dicho período de sanciones contractuales (multas y/o cláusula penal) por parte de cualquier Entidad Estatal, en lugar de hacer este juramento debe indicar las sanciones y la Entidad que las impuso. En caso de caducidad, ella genera inhabilidad para contratar por CINCO (5) años.
4. Entregar a LA GERENCIA DE OBRA Que la programación presente propuesta consta de pagos de EL CONTRATISTA y de LA INTERVENTORÍA, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la firma del acta de inicio( ) folios debidamente numerados.
5. Estudiar Que conozco los Pliegos de Condiciones y recomendar, aprobando acepto íntegramente su contenido. Atentamente ( FIRMA Y C.C. DEL PROPONENTE REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO)
1.1 Suministro e instalación LUMINARIA EXTERIOR COSMO LED INDUSTRIAL - 2MVLMB/IP66/67W o rechazando, los planes de trabajo que debe ejecutar EL CONTRATISTA y autorizar las modificaciones de los mismos si fuere necesario.
6similar. Cerciorarse de que se cumplan estrictamente las especificaciones, pudiendo llamar la atención a EL CONTRATISTA y rechazar los trabajos Un 27 1.2 Suministro e instalación lámpara ACROLED 1MVL-MB 33W/90-295V/IP66/120-277 o partes de los mismos que no se ciñan a tales normas, bien sea por los materiales empleados o por la forma de ejecución.
7similar. Verificar que el contrato objeto se desarrolle dentro del plazo, las condiciones y los valores establecidos.
8. Informar de manera inmediata a LA GERENCIA DE OBRA y a EL CONTRATANTE los posibles incumplimientos de EL CONTRATISTA al momento de su evidencia.
9. Informar oportunamente a LA GERENCIA DE OBRA los atrasos que puedan dar origen a la aplicación de sanciones, según lo establecido en el presente contrato y sugerir la imposición de sanciones pertinentes en todos los casos en que se presenten las causales definidas para su aplicación.
10. Ordenar por cuenta de EL CONTRATISTA la presentación de muestras que se estime conveniente de los muebles, elementos, etc. que EL CONTRATISTA desee usar o use en la obra, para someterlos a estudio y observación, también ordenar las pruebas que sean necesarias para comprobar su calidad o resistencia.
11. Autorizar previamente el nombramiento del personal técnico especializado con el visto bueno de EL CONTRATANTE y de LA GERENCIA DE OBRA.
12. Hacer recibo parcial y total de los trabajos mediante actas de entrega que para su validez requieren el visto bueno de LA GERENCIA DE OBRA. LA GERENCIA DE OBRA recibirá los trabajos realizados cuando se hayan entregado a satisfacción, y aprobará el acta previamente a la realización del pago correspondiente a las labores realizadas.
13. Verificar y dejar constancia del cumplimiento de las obligaciones de EL CONTRATISTA frente al sistema de Seguridad Social Integral y el pago de parafiscales en el momento de autorizar los pagos y solicitar modificaciones durante la vigencia del contrato, o al momento de liquidar el contrato, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron ser cotizadas, en concordancia con los establecido en la Ley 789 de 2002 y 828 de 2003.
14. LA INTERVENTORÍA, sus auxiliares y sus ayudantes tendrán libre acceso a la obra en todo el tiempo y EL CONTRATISTA está obligado a suministrarle todas las informaciones que le soliciten.
15. Comunicar sus órdenes por escrito y confirmar también por escrito las instrucciones verbales que dé EL CONTRATISTA o LA GERENCIA DE OBRA.
16. Convocar y asistir a los comités técnicos requeridos de forma periódica y/o que establezca LA GERENCIA DE OBRA.
17. Resolver las consultas que le presente EL CONTRATISTA en el desarrollo de los trabajos.
18. Convenir los trabajos adicionales que se requieran y aprobar los precios que deben pagarse por los mismos, todo lo cual se someterá a la autorización final de LA GERENCIA DE OBRA Y EL CONTRATANTE.
19. Llevar los controles necesarios para el recibo de los trabajos y practicar en forma permanente la supervisión e inspección de los trabajos durante el desarrollo de la obra.
20. Velar porque la ejecución de las obligaciones del contrato no ocasione daños a terceros y si esto llegare a suceder, tomar las medidas necesarias para evitar el riesgo de futuras reclamaciones.Un 179
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Samples: Solicitud Pública De Oferta
INTERVENTORÍA. EL CONTRATANTE ejercerá El seguimiento sobre el cumplimiento del Contrato, será realizado una persona natural o jurídica contratada para tal fin por la supervigilancia Entidad Estatal. El ejercicio de la Interventoría se extiende hasta la liquidación del contrato, puesto que comprende el trámite y revisión pertinente a pago que se adeude, informes a los órganos de control, y demás de la etapa post-contractual. El Interventor no podrá exonerar al contratista de ninguna de las obligaciones o deberes contractuales. Tampoco podrá́ sin autorización escrita previa de la Entidad Contratante, ordenar trabajo alguno que traiga consigo aumento en el plazo o en el valor del Contrato, lo que conlleva previo a su ejecución, la existencia de un contrato modificatorio o adicional al inicialmente suscrito, con el lleno de los trabajos por medio requisitos de una firma Interventoraperfeccionamiento y legalización. El Interventor ejercerá́ un control integral sobre el Contrato, quien para efectos lo cual podrá́, en cualquier momento exigir al Contratista la información que considere necesaria, así́ como adopción de este las medidas para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato se denomina LA INTERVENTORÍAlas condiciones técnicas, quienes vigilarán el proyecto, tanto en lo que se refiere económicas y financieras existentes al manejo momento de los recursos, como desde el punto la celebración del mismo. Dentro de vista técnico vigilando que los trabajos se lleven a cabo dentro de lo convenido en el presente contrato, la buena técnica y la sana administración para esta clase de obra. LA INTERVENTORÍA desempeñará todas las funciones técnicas jurídicas, sociales, ambientales, contables, administrativas, financieras, y de supervisión y control, que son propias de su especialidad, cuyas funciones además de las corrientes serán las siguientesdel Interventor se encuentran:
1. Realizar las acciones necesarias para garantizar que la ejecución Velar por el cabal cumplimiento del contrato se adelante en los términos acordados por las partes, cumpliendo con los requisitos contractuales correspondientes. Avalando o rechazando con observaciones, las muestras de productos que presente EL CONTRATISTAobjeto del Contrato.
2. Verificar Facilitar los medios necesarios para el buen desarrollo del Contrato.
3. Dar el visto bueno a los informes que sobre que sobre la entrega oportuna ejecución del mismo presente el contratista.
4. Requerir al contratista sobre el cumplimiento y obligaciones en los términos estipulados en el contrato, en la correcta instalación convocatoria y en su propuesta.
5. En caso que se presenten situaciones en que se requieran conceptos jurídicos especializados, de los productos cuales no tenga el suficiente conocimiento, así́ lo hará́ saber a la Secretaría Jurídica de conformidad la Gobernación xx Xxxxxxx, con lo establecido miras a lograr la mejor decisión para las partes.
6. Estudiar las situaciones particulares e imprevistas que se presenten en las obligaciones desarrollo del contratoContrato, reportar conceptuar sobre su desarrollo general y los atrasos e inconvenientes requerimientos para su mejor ejecución, manteniendo siempre el equilibrio contractual.
7. Proyectar y definir las recomendaciones, acciones correctivas y tramitar el acta de mejora para la ejecución recibo a satisfacción del contrato.
38. Aprobar, glosar o rechazar Revisar y aprobar las cuentas facturas que le presente EL CONTRATISTA, advirtiendo que sin su aceptación EL CONTRATANTE no ordenará el pago Contratista de las mismasacuerdo con lo estipulado en el Contrato.
49. Entregar Verificar que el contratista cumpla con la obligación establecida en el contrato en cuanto a LA GERENCIA DE OBRA su obligación de afiliación al Sistema de Seguridad Social integral previsto en la programación Ley 100 de pagos 1993 y demás normas que la modifiquen.
10. Las demás que se deriven de EL CONTRATISTA y la naturaleza del Contrato e inherentes al cumplimiento de LA INTERVENTORÍAsu objeto como son entre otras, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la firma suscripción del acta de inicio.
5. Estudiar y recomendar, aprobando o rechazando, los planes el acta de trabajo que debe ejecutar EL CONTRATISTA y autorizar las modificaciones de los mismos si fuere necesario.
6. Cerciorarse de que se cumplan estrictamente las especificaciones, pudiendo llamar la atención a EL CONTRATISTA y rechazar los trabajos o partes de los mismos que no se ciñan a tales normas, bien sea por los materiales empleados o por la forma de ejecución.
7. Verificar que el contrato objeto se desarrolle dentro del plazo, las condiciones y los valores establecidos.
8. Informar de manera inmediata a LA GERENCIA DE OBRA y a EL CONTRATANTE los posibles incumplimientos de EL CONTRATISTA al momento de su evidencia.
9. Informar oportunamente a LA GERENCIA DE OBRA los atrasos que puedan dar origen a la aplicación de sanciones, según lo establecido en el presente contrato y sugerir la imposición de sanciones pertinentes en todos los casos en que se presenten las causales definidas para su aplicación.
10. Ordenar por cuenta de EL CONTRATISTA la presentación de muestras que se estime conveniente de los muebles, elementos, etc. que EL CONTRATISTA desee usar o use en la obra, para someterlos a estudio y observación, también ordenar las pruebas que sean necesarias para comprobar su calidad o resistencia.
11. Autorizar previamente el nombramiento del personal técnico especializado con el visto bueno de EL CONTRATANTE y de LA GERENCIA DE OBRA.
12. Hacer recibo parcial y total de los trabajos mediante actas de entrega que para su validez requieren el visto bueno de LA GERENCIA DE OBRA. LA GERENCIA DE OBRA recibirá los trabajos realizados cuando se hayan entregado a satisfacción, y aprobará el acta previamente a la realización del pago correspondiente a las labores realizadasde liquidación.
13. Verificar y dejar constancia del cumplimiento de las obligaciones de EL CONTRATISTA frente al sistema de Seguridad Social Integral y el pago de parafiscales en el momento de autorizar los pagos y solicitar modificaciones durante la vigencia del contrato, o al momento de liquidar el contrato, estableciendo una correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron ser cotizadas, en concordancia con los establecido en la Ley 789 de 2002 y 828 de 2003.
14. LA INTERVENTORÍA, sus auxiliares y sus ayudantes tendrán libre acceso a la obra en todo el tiempo y EL CONTRATISTA está obligado a suministrarle todas las informaciones que le soliciten.
15. Comunicar sus órdenes por escrito y confirmar también por escrito las instrucciones verbales que dé EL CONTRATISTA o LA GERENCIA DE OBRA.
16. Convocar y asistir a los comités técnicos requeridos de forma periódica y/o que establezca LA GERENCIA DE OBRA.
17. Resolver las consultas que le presente EL CONTRATISTA en el desarrollo de los trabajos.
18. Convenir los trabajos adicionales que se requieran y aprobar los precios que deben pagarse por los mismos, todo lo cual se someterá a la autorización final de LA GERENCIA DE OBRA Y EL CONTRATANTE.
19. Llevar los controles necesarios para el recibo de los trabajos y practicar en forma permanente la supervisión e inspección de los trabajos durante el desarrollo de la obra.
20. Velar porque la ejecución de las obligaciones del contrato no ocasione daños a terceros y si esto llegare a suceder, tomar las medidas necesarias para evitar el riesgo de futuras reclamaciones.
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Samples: Contract for Public Works