LICENCIA MILITAR Cláusulas de Ejemplo

LICENCIA MILITAR. El empleado que forme parte de la Guardia Nacional o de las Reservas de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos y que sea llamado a servicio presentará el formulario de licencia militar correspondiente al Director de Recursos Humanos o a la persona designada. Junto con la solicitud de licencia entregará la copia de las órdenes militares o gubernamentales. (A) Licencia militar de corta duración. (B) Licencia militar extendida.
LICENCIA MILITAR. Los derechos y obligaciones de los miembros de la unidad de empleados cubiertos por el Contrato relacionados con la licencia militar se deberán regir por las leyes aplicables federales y de Illinois.
LICENCIA MILITAR. Las licencias para ausentarse para cumplir con su deber en las Fuerzas Armadas de los EE. UU. o con un componente de la reserva se concederán de conformidad con la ley aplicable. Los empleados deben notificar a sus supervisores y proporcionar una copia de sus órdenes tan pronto como sea posible.
LICENCIA MILITAR. Se otorgarán licencias para ausentarse con el fin de prestar servicio en las fuerzas militares de los Estados Unidos o ser componente de reserva conforme a la ley vigente.
LICENCIA MILITAR. La Compañía se compromete a cumplir con la Ley Federal con respecto a la reinserción laboral después de militar.
LICENCIA MILITAR. El Empleador cumplirá con las disposiciones de la Ley de Derechos de Empleo y Reempleo de los Servicios Uniformados de 1994 (USERRA) al administrar la licencia para los empleados de las fuerzas armadas.
LICENCIA MILITAR. SECCION 1 Todo empleado regular que ingrese al servicio militar disfrutara de todos los derechos provistos por la Xxx Xxxxxxx Xxx. 000 xxx Xxxxxxxx xx xxx Xxxxxxx Xxxxxx, segun esta ha sido o pueda subsiguientemente ser enmendada. SECCION 2 Cuando un empleado regular preste servicios temporeros en la Guardia Nacional de Puerto Rico de conformidad con las disposiciones pertinentes de la Ley Num. 62, Codigo Militar del 23 xx xxxxx de 1969 (Codigo Militar de Puerto Rico) o en la Reserva de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos, conforme al Codigo Militar de Estados Unidos, tendra derecho a una Licencia hasta un maximo de treinta (30) dias con paga en un ano natural para asistir a los ejercicios anuales.
LICENCIA MILITAR. La Compañía cumplirá con los términos de la Ley Universal de Instrucción Militar y Servicio con referencia a todas las disposiciones encargadas de la recontratación laboral de las personas que ingresan al servicio militar. Estas disposiciones serán consideradas como una obligación contractual bajo los términos de este Acuerdo.

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  • Licencias 1. El trabajador, previo aviso de al menos 48 horas, salvo acreditada urgencia, y justificación posterior, se encuentra facultado para ausentarse del trabajo, manteniendo el derecho a la percepción de todos aquellos conceptos retributivos, que no se encuentren vinculados de forma expresa a la prestación efectiva de la actividad laboral, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente: a) Durante 15 días naturales, en caso de matrimonio. b) 3 días naturales, por nacimiento o adopción de un hijo. En el caso de trabajadores no comunitarios o comunitarios de países no colindantes con España el permiso será, siempre que acrediten efectivamente la realización del desplazamiento a su país de origen, de cinco días naturales, pudiéndose ampliar hasta ocho días con el consentimiento de la empresa, pero siendo exclusivamente retribuidos los cinco días antes señalados. c) 1 día, por matrimonio de hijo. d) 3 días naturales, por fallecimiento del cónyuge y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. En el caso de trabajadores no comunitarios o comunitarios de países no colindantes con España el permiso será, siempre que acrediten efectivamente la realización del desplazamiento a su país de origen, de seis días naturales, pudiéndose ampliar hasta ocho días con el consentimiento de la empresa, pero siendo exclusivamente retribuidos los seis días antes señalados. e) 3 días naturales, por enfermedad o accidente grave u hospitalización del cónyuge y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, o 2 días naturales por intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. f) 1 día, por traslado del domicilio habitual. g) Por el tiempo necesario para concurrir a exámenes, como consecuencia de los estudios que esté realizando en centros de enseñanza, universitarios o de formación profesional de carácter público o privado, reconocidos. h) Por el tiempo necesario para asistir a consulta médica. i) En los casos de muerte de algún compañero del mismo centro de trabajo, la empresa concederá cuatro horas de permiso para la asistencia al entierro, si es en la misma población, o de un día si es en localidad distinta. Dicha licencia no será retribuida.