Common use of Licencias y permisos retribuidos Clause in Contracts

Licencias y permisos retribuidos. Los trabajadores tendrán derecho a permisos retribuidos en los casos y con la duración que a continuación se indican: Matrimonio del trabajador y trámites matrimoniales, veinticinco días. Fallecimiento de un familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afín: tres días en familiares o afines de primer grado, dos días para los de segundo grado, y uno para los de tercer grado. Si por este motivo el trabajador efectuara un de más de 100 kilómetros del domicilio, será de cinco días, tres días y dos días respectivamente. Se acuerda un día de licencia en la provincia de Badajoz, para los casos de fallecimiento de parientes consanguíneos del tercer grado, cuando por tales motivos, el trabajador tenga que efectuar un desplazamiento fuera de la provincia, el permiso será de dos días. Por la comunión y/o bautizo del hijo del trabajador, en la fecha de celebración, un día de licencia. El personal del turno de noche podrá elegir si el disfrute lo efectuará la noche anterior o posterior al evento. Deberes públicos de carácter inexcusable ordenado por la autoridad, el tiempo necesario y ordenado. Enfermedad grave del cónyuge, padres, padres políticos e hijos, hermanos, 2 días, y 4 días si efectúa un desplazamiento superior a 100 kilómetros”. Corresponde al trabajador acreditar la gravedad de la enfermedad aportando el oportuno certificado médico en el que conste tal dictamen. En ningún caso podrán disfrutar de estas licencias más de dos trabajadores por el mismo hecho causante. Los trabajadores tendrán, así mismo, derecho a permiso retribuido en los casos y con la duración que a continuación se indica: Matrimonio de hermanos e hijos: un día en Mérida y dos fuera de la ciudad. Exámenes de estudio relacionados con la promoción de trabajo, hasta cinco días al año. Exámenes académicos, un día por examen.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Licencias y permisos retribuidos. Los trabajadores tendrán Documento firmado electónicamente. Verificable en xxxxx://xxx.xxxxxxx.xxx/xxx. CSV: Yhi8Tvm0kYoS7buIIiBz0Q==. Todo el personal afectado por este convenio colectivo podrá ausentarse del trabajo, previo aviso y debida justificación, con derecho a permisos retribuidos en remuneración por alguno de los casos motivos y con la duración durante el tiempo que a continuación se indicanexpresan: a).- Por contraer matrimonio o constitución xx xxxxxx de hecho en el correspondiente registro público: Matrimonio 15 días naturales b).- Por nacimiento de hijo o adopción, hospitalización de parientes, enfermedad grave o fallecimiento del trabajador y trámites matrimoniales, veinticinco días. Fallecimiento de un familiar cónyuge o parientes hasta segundo grado de consanguinidad (hijos y padres) o afín: tres afinidad (suegros y yernos/nueras): - 4 días naturales cuando sea en familiares o afines la misma localidad de primer grado, dos menos de 100 kms - 5 días para los de segundo grado, y uno para los de tercer grado. Si por este motivo el trabajador efectuara un naturales cuando sea en distinta localidad distante de más de 100 kilómetros kms. Cuando los afectados fueran familiares dentro del domicilio2º grado de consanguinidad (Abuelos, será de cinco días, tres hermanos y nietos) o afinidad (Cuñados): - 3 días y dos días respectivamente. Se acuerda un día de licencia naturales cuando sea en la provincia misma localidad de Badajozmenos de 100 kms - 4 días naturales cuando sea en distinta localidad distante de más de 100 kms. El disfrute de este permiso podrá ejercitarse bien de forma ininterrumpida desde el inicio del hecho causante, para los casos de fallecimiento de parientes consanguíneos del tercer grado, cuando por tales motivos, el trabajador tenga que efectuar un desplazamiento fuera o bien alternativamente dentro de la provinciaduración del mismo, el permiso será de dos días. Por la comunión y/o bautizo del hijo del trabajadorsiempre y cuando, en la fecha este último supuesto, lo permitan las necesidades del servicio. Así mismo, también se tendrá derecho a disfrutar de celebracióneste permiso cuando se trate de intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, un día de licencia. El personal del turno de noche podrá elegir si el disfrute lo efectuará la noche anterior o posterior al evento. Deberes públicos de carácter inexcusable ordenado por la autoridad, el tiempo necesario y ordenado. Enfermedad grave del cónyuge, padres, padres políticos e hijos, hermanos, 2 días, y 4 días si efectúa un desplazamiento superior a 100 kilómetros”. Corresponde al trabajador acreditar la gravedad de la enfermedad aportando el oportuno certificado médico en los términos previstos en el que conste tal dictamenpárrafo anterior. c).- Por hospitalización de hijos en edad pediátrica.- 5 días naturales. En ningún caso podrán disfrutar d).-Por traslado de estas licencias más domicilio: - 1 día natural, si no implica cambio de dos trabajadores por localidad - 2 días naturales, si implica cambio de localidad. e).-Para concurrir a exámenes liberatorios y demás pruebas definitivas de aptitud y evaluación en centros oficiales, durante los días de su celebración. Excepcionalmente podrá concederse el mismo hecho causante. Los trabajadores tendrán, día anterior/posterior cuando el lugar de examen así mismo, derecho a permiso retribuido lo justifique no sea en los casos y con la duración que a continuación se indica: Matrimonio de hermanos e hijos: un día en Mérida y dos fuera de la ciudad. Exámenes de estudio relacionados con la promoción de trabajo, hasta cinco días al año. Exámenes académicos, un día por examenmisma provincia.

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Samples: Convenio Colectivo Provincial De Trabajo

Licencias y permisos retribuidos. Los trabajadores 16.1Todas las trabajadoras afectadas por el presente convenio, previo aviso y con justifica- ción tendrán derecho a permisos retribuidos las siguientes licencias retribuidas: a) Quince días naturales en los casos y con la duración que a continuación se indican: Matrimonio del trabajador y trámites matrimonialescaso de matrimonio. b) Dos días naturales en caso de nacimiento de hijos/as. c) Dos días naturales en caso de enfermedad grave, veinticinco días. Fallecimiento hospitalización o intervención quirúr- gica mayor de un familiar parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afín: tres afinidad. Este permiso se podrá disfrutar mientras dure el hecho causante. d) Dos días naturales en familiares o afines de primer grado, dos días para los de segundo grado, y uno para los de tercer grado. Si por este motivo el trabajador efectuara un de más de 100 kilómetros del domicilio, será de cinco días, tres días y dos días respectivamente. Se acuerda un día de licencia en la provincia de Badajoz, para los casos caso de fallecimiento de parientes consanguíneos del tercer gradode hasta segundo grado de consaguinidad o afinidad. Cuando por los motivos de los apartados b) , cuando por tales motivos, el trabajador tenga que efectuar un desplazamiento fuera de la provincia, el permiso será de dos días. Por la comunión y/o bautizo del hijo del trabajador, en la fecha de celebración, un día de licencia. El personal del turno de noche podrá elegir si el disfrute lo efectuará la noche anterior o posterior al evento. Deberes públicos de carácter inexcusable ordenado por la autoridad, el tiempo necesario c) y ordenado. Enfermedad grave del cónyuge, padres, padres políticos e hijos, hermanos, 2 días, y 4 días si efectúa d) se necesite realizar un desplazamiento superior a 100 kilómetros”120 km. Corresponde el plazo será de cuatro días naturales. e) Un día por traslado del domicilio habitual. f) Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, tal como ordena la legislación aplicable al trabajador acreditar la gravedad respecto. g) Las trabajadoras, por lactancia de un hijo/a menor de nueve meses tendrán derecho a una hora diaria de ausencia del trabajo, que podrán ser acumuladas en jornadas completas. La mujer, por su voluntad, podrá sustituir este derecho por una reducción de la enfermedad aportando jornada en media hora con la misma finalidad. Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por el oportuno certificado médico padre o por la madre, en caso de que ambos trabajasen. En el supuesto de adopción, si el hijo/a es menor de nueve meses se entenderá con los mismos derechos recogidos en el párrafo anterior. h) Por el tiempo indispensable para acudir a consultas médicas en el Servicio Público de Salud. i) Causas de fuerza mayor (inclemencias meteorológicas, etc.) que conste tal dictamen. En ningún caso podrán disfrutar impidan a la trabajadora la realización de estas licencias más de dos trabajadores por el mismo hecho causante. Los trabajadores tendrán, así mismo, derecho a permiso retribuido en los casos y con la duración que a continuación se indica: Matrimonio de hermanos e hijos: un día en Mérida y dos fuera de la ciudad. Exámenes de estudio relacionados con la promoción de trabajo, hasta cinco días al año. Exámenes académicos, un día por examenservicio.

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Samples: Convenio Colectivo

Licencias y permisos retribuidos. Los trabajadores tendrán A los efectos de este artículo, el personal laboral que conviva como “pareja de hecho” y se acredite mediante certificado de convivencia y otros medios documentales que la entidad estime suficientes, siempre y cuando se respete la intimidad del trabajador o trabajadora, tendrá derecho a los permisos retribuidos establecidos en este apartado. A efectos de este artículo, el parentesco de consanguinidad o afinidad comprende lo establecido en el Esta- 1. Quince días naturales en caso de matrimonio o inscripción como pareja de hecho en un registro munici- pal, iniciándose el primer día laborable posterior a la fecha de la celebración o inscripción. El disfrute de per- miso por uno de los casos dos procedimientos será excluyente del otro siempre y cuando se trate de la misma pareja. 2. Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo. 3. Tres días laborables por fallecimiento, accidente, enfermedad grave o intervención quirúrgica con la duración o sin hospitalización, que a continuación se indican: Matrimonio del trabajador y trámites matrimoniales, veinticinco días. Fallecimiento precise reposo domiciliario de un familiar hasta segundo grado de consanguinidad consanguineidad o afín: tres días en familiares o afines de primer grado, dos días para los de segundo grado, y uno para los de tercer grado. Si por este motivo el trabajador efectuara un de más de 100 kilómetros del domicilio, será de cinco días, tres días y dos días respectivamente. Se acuerda un día de licencia en la provincia de Badajoz, para los casos de fallecimiento de parientes consanguíneos del tercer gradoafi- nidad, cuando por tales motivos, el trabajador motivos la persona trabajadora tenga que efectuar realizar un desplazamiento fuera de la provinciaprovin- cial al efecto, el permiso plazo será de dos díascinco días laborales. En los casos de hospitalización, intervención, enfermedad grave o accidente, se permitirá el fraccionamiento del permiso, disfrutar del mismo de manera discontinua mientras dure esta situación y hasta siete días después del alta hospitalaria. 4. Por la comunión y/el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal. 5. Un día por traslado de domicilio, dos si el traslado es fuera del municipio. 6. Para realizar funciones sindicales o bautizo del hijo del trabajadorde representante de personal, en los términos establecidos en la fecha le- gislación vigente. 7. Un día por matrimonio de celebraciónhermanos/as, un día de licencia. El personal del turno de noche podrá elegir hijos/as, nietos/as, padre o madre, dos si el disfrute lo efectuará la noche anterior matrimonio es fuera del municipio. 8. Las personas trabajadoras que deban presentarse a exámenes finales, liberatorio y demás pruebas de aptitud y evaluación, como consecuencia de estar matriculados en centros oficiales de Educación Primaria, Secundaria, Formación Profesional o posterior al eventoUniversitaria, tendrán derecho a permiso retribuido. Deberes públicos de carácter inexcusable ordenado por la autoridad, Este permiso abarca el tiempo necesario y ordenado. Enfermedad grave del cónyuge, padres, padres políticos e hijos, hermanos, 2 días, y 4 días si efectúa un para la celebración de exámenes incluyendo desplazamiento superior a 100 kilómetros”. Corresponde al trabajador acreditar la gravedad de la enfermedad aportando el oportuno certificado médico en el que conste tal dictamen. En ningún caso podrán disfrutar de estas licencias más de dos trabajadores por el mismo hecho causante. Los trabajadores tendrán, así mismo, derecho a permiso retribuido en los casos y cuando estos coincidan con la duración que jornada de trabajo mediando la oportuna comunicación previa y justificación. Este permiso también será válido para asistir a continuación se indica: Matrimonio de hermanos e hijos: un día pruebas selectivas para el ingreso en Mérida y dos fuera de la ciudad. Exámenes de estudio relacionados con la promoción de trabajo, hasta cinco días al año. Exámenes académicos, un día por examenlas administraciones públicas.

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Samples: Convenio Colectivo

Licencias y permisos retribuidos. Los trabajadores tendrán a) Asistencia al médico de cabecera, se tiene derecho a permisos retribuidos hasta el límite de 16 horas al año, previo aviso y/o justificación posterior en caso excepcional. CVE-2013-11841 b) Por el tiempo necesario, en caso de asistencia médica de especialistas de la Seguridad Social, si coincide con el horario laboral y el facultativo de medicina general prescribe la consulta, el trabajador debe presentar previamente el volante justificativo. c) 8 horas para consultas médicas privadas, que no sean para temas estéticos. d) Por hospitalización, accidente, enfermedad grave o intervención quirúrgica sin hospitalización que necesite descanso domiciliario de: Cónyuge, hijos, padres y padres políticos, 2 días naturales, ampliables hasta 4 días en caso de desplazamiento fuera de la comarca, previo aviso y posterior justificación diaria, teniendo como punto de referencia la sede de la empresa. Para los casos y con la duración que a continuación se indican: Matrimonio del trabajador y trámites matrimoniales, veinticinco días. Fallecimiento de un familiar demás familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afíny afinidad, 2 días ampliables hasta 4 si es a más de 150 Km., previo aviso y posterior justificación. En caso de hospitalización, se podrán coger los días de manera flexible, previo acuerdo con el jefe de planta. e) Por el tiempo necesario en caso de acompañamiento justificado de visitas a médicos y especialistas de la Seguridad Social y derivados de la Seguridad Social de: tres días en familiares o afines de primer gradoCónyuge, dos días para los de segundo gradohijos, padres y uno para los de tercer gradopadres políticos. Si por este motivo el trabajador efectuara un de más de 100 kilómetros del domicilio, será de cinco días, tres días y dos días respectivamente. Se acuerda un día de licencia en la provincia de Badajoz, para los casos de fallecimiento de parientes consanguíneos del tercer grado, cuando por tales motivos, el trabajador tenga estas visitas se tiene que efectuar hacer un desplazamiento fuera de la provinciaComarca, el permiso será de dos días. Por la comunión y/o bautizo del hijo del trabajador, en la fecha de celebración, se tendrá un día de licenciapermiso, previo aviso y posterior justificación, teniendo como punto de referencia la sede de la empresa. f) 3 días naturales por fallecimiento de familiares hasta 2º grado de consanguinidad y afinidad. g) 5 días naturales por fallecimiento de xxxxxxx e hijos. Cuando por las causas previstas en los apartados f) i g), el trabajador necesite efectuar un desplazamiento a más de 150 Km. El personal del turno plazo se amplía en dos días más de noche podrá elegir si el disfrute lo efectuará establecido, previo aviso y posterior justificación. Se entiende por acompañamiento justificado la noche anterior enfermedad o posterior al eventoaccidente con certificado médico. Deberes públicos En caso de carácter inexcusable ordenado por la autoridad, alargarse el tiempo necesario y ordenadoconcedido, se permite la opción de recuperar o no cobrar los días que excedan del permiso indicado. Enfermedad grave del cónyuge, padres, padres políticos e hijos, hermanos, 2 días, y 4 días si efectúa un desplazamiento superior a 100 kilómetros”. Corresponde al trabajador acreditar la gravedad Para los demás permisos se debe observar lo que disponga el Estatuto de la enfermedad aportando el oportuno certificado médico en el que conste tal dictamenlos Trabajadores. En ningún caso podrán disfrutar de estas las licencias más de dos trabajadores por el mismo hecho causante. Los trabajadores tendrán, así mismo, derecho a permiso retribuido y permisos retribuidos se pagaran los conceptos salariales que correspondan al 100% como si se estuviera en los casos y con la duración que a continuación se indica: Matrimonio de hermanos e hijos: un día en Mérida y dos fuera de la ciudad. Exámenes de estudio relacionados con la promoción de trabajo, hasta cinco días al año. Exámenes académicos, un día por examenactivo.

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Samples: Convenio Colectivo

Licencias y permisos retribuidos. Los trabajadores tendrán Previo aviso, con la posible antelación y posterior justificación, se podrá faltar al trabajo, con derecho a permisos retribuidos en remuneración, por alguno de los casos motivos y con la duración durante el tiempo que a continuación se indican: Matrimonio del trabajador y trámites matrimoniales, veinticinco díasexpone: 1. Fallecimiento de un familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afín: tres Quince días en familiares los casos de matrimonio o afines inscripción en el registro de primer gradoparejas de hecho. 2. Tres días en caso de accidente o enfermedad graves u hospitalización de cónyuge, dos días para los padre/madre, hijos/as o persona que xxxxxxx y dependa de segundo gradola persona trabajadora, y uno para los de tercer grado. Si por este motivo el trabajador efectuara un de más de 100 kilómetros del domicilio, será de cinco días, tres días y dos días respectivamenteen el supuesto de abuelos/as, nietos/as o hermanos/as o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de los/las parientes mencionados/as en este punto. Se acuerda En todos los casos, de la persona trabajadora o de su cónyuge. Dispondrán de esta última licencia las parejas de hecho así reconocidas por la legislación en vigor. Estos días podrán ser alternos, si existen causas objetivas y así lo solicita, con la conformidad del Comité de Empresa y posterior justificación. Estos días podrán ser prorrogados hasta cuatro, cuando se necesite realizar un desplazamiento al efecto, superior a 100 km y a seis días cuando el desplazamiento sea al extranjero, si bien en este último caso dos días tendrán el carácter de licencia no retribuida. Si el justificante médico no califica la enfermedad, será el Servicio Médico del Centro el que determine la gravedad o no, en función del diagnóstico del facultativo/a. El inicio del disfrute de esta licencia no tendrá que coincidir necesariamente con el día de licencia comienzo del hecho causante, si bien una vez iniciada la licencia, deberá disfrutarse dentro del período de hospitalización o reposo domiciliario debidamente acreditado. 3. Tres días en la provincia de Badajoz, para los casos caso de fallecimiento de parientes consanguíneos del tercer gradoxxxxxxx, cuando por tales motivospadre/madre, el trabajador tenga hijos/as o persona que efectuar un desplazamiento fuera conviva y dependa de la provinciapersona trabajadora, y dos días en el supuesto de abuelos/as, nietos/as o hermanos/as. El inicio del permiso será comenzará a partir del primer día laborable desde el hecho causante. En los supuestos 1 y 2 el inicio del permiso comenzará a contar desde el primer día laborable no trabajado a partir del hecho causante, siempre que cuando llegue dicho día, la situación perdure. 4. Un día en caso de dos días. Por la matrimonio de hijos/as, padre/madre o hermanos/as, primera comunión y/o bautizo del hijo del trabajadorde hijos/as de la persona trabajadora o su cónyuge, en la fecha de celebración, celebración de la ceremonia. 5. Durante un día por traslado de licenciasu domicilio habitual. 6. El personal Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo. Cuando conste en una norma legal o convencional un período determinado se estará a lo que ésta disponga en cuanto a duración de la ausencia y compensación económica. cve: BOE-A-2023-2145 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx 7. Por el tiempo necesario para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo. 8. Por exámenes para la obtención de un título profesional en centro oficial u oficialmente reconocido, con la obligación de presentar el correspondiente justificante de examen, los días necesarios para concurrir a los mismos en las oportunas convocatorias. En el supuesto de que el examen tenga lugar en horario de mañana y la persona esté saliente del turno de noche noche, podrá elegir si el disfrute lo efectuará trasladar la citada licencia a la noche inmediatamente anterior al examen. 9. Cuando por razón de enfermedad el trabajador o posterior al evento. Deberes públicos la trabajadora precise la asistencia a consulta médica ambulatoria en horas de carácter inexcusable ordenado trabajo, se concederá el permiso por el tiempo necesario, debiendo justificarse la autoridadausencia con el correspondiente volante médico; asimismo, en el caso de que alguna persona trabajadora tuviera hijo/a o cónyuge con capacidades diferentes, tanto físicas, psíquicas o sensoriales que convivan con ella, y tenga que acudir a revisión médica, se concederá el tiempo necesario para ello. 10. Por el tiempo indispensable para acompañar a consultorio médico a parientes de primer grado que estén a su cargo, siempre y ordenadocuando el horario de dicho consultorio sea coincidente con el de su jornada laboral. Enfermedad grave A efectos del cónyuge, padres, padres políticos e hijos, hermanos, 2 días, y 4 días si efectúa un desplazamiento superior a 100 kilómetros”. Corresponde al trabajador acreditar la gravedad disfrute de la citada licencia se tendrán en cuenta los siguientes criterios: – Que es de aplicación para el acompañamiento de cónyuge y parientes de primer grado de consanguinidad, cuando reúna los restantes requisitos que se mencionan en este apartado. – Se entenderá que el/la cónyuge o familiar de primer grado de consanguinidad está «a su cargo» a efectos del acompañamiento, cuando se trate de personas que presenten una necesidad real de tal acompañamiento en base a razones de edad, accidente o enfermedad aportando el oportuno certificado médico que hagan que no puedan valerse adecuadamente por sí mismas y que no estén en condiciones de acudir en solitario a la visita médica. – Deberá existir convivencia del/de la paciente en el domicilio de la persona trabajadora o situación similar que conste tal dictamendemuestre un alto grado de dependencia respecto a ella en su vida cotidiana y/o diaria, como pudiera ser el caso de padre/madre de edad avanzada que permanezca en su domicilio o residencia geriátrica. – Deberá acreditarse la situación de necesidad de acompañamiento, ya sea antes o después del mismo, mediante certificación o documento que acredite el estado o circunstancias del/ de la familiar que le aconseja acudir a la consulta con acompañamiento. – En el caso de la edad, se entenderá que existe dependencia y por tanto, la necesidad de acompañamiento hasta la mayoría de edad legal, es decir, hasta los 18 años. – También se considerarán como familiares a cargo, los hijos o hijas menores de 25 años y dependientes económicamente de la persona trabajadora. En ningún caso podrán disfrutar de estas cuanto a lo señalado en los números 1 a 4, en casos extraordinarios debidamente acreditados, tales licencias más de dos trabajadores se otorgarán por el mismo hecho causantetiempo que sea preciso según las circunstancias, conviniéndose las condiciones de concesión. Los trabajadores tendránSe entiende que los días que se indican, así mismoen todo caso, derecho a permiso retribuido en son días naturales. Para los casos y con la duración que no contemplados en este artículo, se estará a continuación se indica: Matrimonio lo dispuesto en el Estatuto de hermanos e hijos: un día en Mérida y dos fuera de la ciudad. Exámenes de estudio relacionados con la promoción de trabajo, hasta cinco días al año. Exámenes académicos, un día por examenlos Trabajadores.

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Licencias y permisos retribuidos. Los trabajadores tendrán afectados por el presente Xxxxxxxx, advirtiéndolo con la antelación que permita la causa que lo motiva, podrán faltar o ausentarse del trabajo con derecho a permisos retribuidos en remuneración, por alguno de los casos y con la duración motivos que a continuación se indicanexponen y por el tiempo que se indica: 1. Quince días naturales en caso de matrimonio. 2. Un día natural por matrimonio de padres, hijos, hermanos o hermanos políticos. cve: Matrimonio del BOE-A-2018-1063 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx 3. Tres días hábiles en el caso de parto, acogimiento o adopción de hijos. Este tiempo podrá ser prorrogado a cuatro días si se produjeran complicaciones en el parto o el trabajador tuviera que realizar desplazamiento, y trámites matrimoniales, veinticinco díashasta cinco días si concurren ambas circunstancias. 4. Fallecimiento Tres días hábiles en los casos de un familiar enfermedad grave o fallecimiento de familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afín: tres días en familiares o afines de primer grado, dos días para los de segundo grado, y uno para los de tercer gradoafinidad. Si por este motivo Cuando el trabajador efectuara con tal motivo, precise realizar un de más de 100 kilómetros del domiciliodesplazamiento, el plazo será de cinco cuatro días. En caso de enfermedad grave de familiar en primer grado de consanguinidad o afinidad, tres días se podrá solicitar un permiso adicional, no retribuido, con los mismos criterios que los establecidos en el artículo 84 sobre licencia sin sueldo. 5. Un día natural por traslado del domicilio habitual. 6. El tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal de carácter ineludible. 7. Por el tiempo indispensable para concurrir a exámenes cuando el trabajador curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional. 8. El tiempo legalmente establecido o reconocido en este Convenio para realizar funciones sindicales o de representación de los trabajadores. 9. Una hora al día, por lactancia natural o artificial de un hijo menor de nueve meses, que el trabajador podrá dividir en dos fracciones, o sustituir este derecho por una reducción de la jornada normal en una hora con la misma finalidad. También se podrá acumular en jornadas completas según el acuerdo al que llegue la trabajadora con la empresa. De optarse, la trabajador/a afectado/o por el ámbito del Convenio, por sustituir el permiso por lactancia de hijo menor de nueve meses del artículo 37.4 del ET, por la acumulación de su disfrute en jornadas completas de libranza, éstas se disfrutarán de forma ininterrumpida inmediatamente a continuación de la suspensión del contrato de trabajo por maternidad, recogida en el artículo 48.4 del ET, teniendo una duración máxima total de 14 jornadas efectivas completas continuadas, estando dicho derecho únicamente condicionado a la reincorporación efectiva a la empresa tras el disfrute de este permiso por lactancia y dos días respectivamentea la comunicación de que se opta por esta posibilidad. Se acuerda un día Este permiso podrá ser disfrutado indistintamente por la madre o por el padre en caso de licencia en la provincia de Badajoz, para que ambos trabajen. En todos los casos de fallecimiento de parientes consanguíneos del tercer grado, cuando por tales motivossupuestos anteriores, el trabajador tenga debe justificar documentalmente la causa que efectuar motiva el permiso mediante la presentación a la Empresa de los documentos oportunos. – Quienes por razón de guarda legal tengan a su cuidado directo algún menor de doce años o una persona con discapacidad física, psíquica o sensorial que no desempeñe una actividad retribuida, tendrán derecho, a una reducción de su jornada de trabajo diaria, con la disminución proporcional xxx xxxxxxx, entre, al menos, un desplazamiento fuera octavo y un máximo de la provinciamitad de la duración de aquella. En los casos en que ésta reducción lleve aparejada una concreción horaria solicitada por el/la trabajador/a, se tendrán en cuenta los siguientes aspectos: Se concederá, siempre y cuando las necesidades organizativas de la Compañía lo permitan y, siempre que RENFE mantenga los trenes y horarios que permitan hacer efectiva la concreción, debiendo ser revisadas las condiciones de la reducción, en caso de modificación de cualquiera de estas dos variables, y en dicho supuesto, el permiso será de dos días. Por la comunión ytrabajador/o bautizo del hijo del trabajador, en la fecha de celebración, un día de licencia. El personal del turno de noche podrá elegir si a deberá completar el disfrute lo efectuará la noche anterior o posterior al evento. Deberes públicos de carácter inexcusable ordenado por la autoridad, el tiempo necesario y ordenado. Enfermedad grave del cónyuge, padres, padres políticos e hijos, hermanos, 2 días, y 4 días si efectúa un desplazamiento superior a 100 kilómetros”. Corresponde al trabajador acreditar la gravedad porcentaje de la enfermedad aportando el oportuno certificado médico jornada con respecto a la prevista en el que conste tal dictamen. En ningún caso podrán disfrutar convenio colectivo, de estas licencias más de dos trabajadores por el mismo hecho causante. Los trabajadores tendrán, así mismo, derecho acuerdo a permiso retribuido en los casos y con la duración que a continuación se indica: Matrimonio de hermanos e hijos: un día en Mérida y dos fuera las necesidades de la ciudad. Exámenes de estudio relacionados con la promoción de trabajo, hasta cinco días al año. Exámenes académicos, un día por examenCompañía.

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Licencias y permisos retribuidos. Los trabajadores tendrán derecho BOCM-20190817-1 Misma localidad en la que reside el trabajador Distinta localidad en la que reside el trabajador Fuera de la península o extranjero Las situaciones excepcionales se estudiaran en la Comisión Paritaria 1. Matrimonio o unión de hecho acreditada legalmente del trabajador 15 días naturales. Si por causas justificada no pudiera disfrutarse a permisos retribuidos continuación del hecho causante, se solicitará a la Concejalía de Personal y si ni se fuese a estimar favorablemente, se estudiará previamente por la Comisión Paritaria Fotocopia del libro de familia o documento acreditativo 2. Permiso de paternidad por el nacimiento, acogimiento o adopción de un hijo En 2019: 8 semanas, las 2 primeras serán ininterrumpidas e inmediatamente posteriores a la fecha de nacimiento, o de la resolución judicial. Las 6 semanas restantes podrán ser de disfrute interrumpido. Este permiso se incrementará en 2020 a 12 semanas y en 2021 a 16 semanas, en los casos términos establecidos en la DT 9ª del ET Fotocopia del libro de familia o documento acreditativo del hecho 3. Traslado de domicilio habitual 2 días hábiles y si el traslado es a municipio distinto de donde se residía 3 días hábiles Comunicación nuevo domicilio 4. Por fallecimiento, accidente, enfermedad grave o intervención quirúrgica con la duración que a continuación se indican: Matrimonio del trabajador y trámites matrimoniales, veinticinco días. Fallecimiento hospitalización de dos o más días de un familiar hasta segundo dentro del primer grado de consanguinidad o afín: tres afinidad* 4 días en hábiles 5 días hábiles 7 días hábiles Documento acreditativo de defunción, recordatorio, esquela o similar. Certificado médico acreditando la enfermedad grave, accidente u hospitalización. En ambos casos, acreditación del parentesco. 5. Fallecimiento, accidente, enfermedad grave o intervención quirúrgica con hospitalización de dos o más días de otros familiares hasta 2º grado de consanguinidad o afines afinidad* 2 días hábiles 4 días hábiles 6 días hábiles Documento acreditativo de defunción, recordatorio, esquela o similar. Certificado médico acreditando la enfermedad grave, accidente u hospitalización. En ambos casos, acreditación del parentesco. 6. Acompañamiento a familiares de primer gradogrado de consanguinidad o afinidad a consulta médica El tiempo indispensable con una duración máxima de 40 horas anuales. En aquellos casos de enfermedad grave o crónica será valorado por la comisión paritaria la ampliación del número de horas anuales por acompañamiento Documento médico acreditativo con hora de entrada y salida 7. Asistencia a consultas o tratamientos médicos del trabajador e hijos menores de 18 años El tiempo indispensable Documento médico acreditativo con hora de entrada y salida. 8. Asistencia a las reuniones de coordinación del centro de educación especial donde el hijo con discapacidad asista, dos días acompañamiento al lugar donde reciba tratamiento o acompañamiento si ha de recibir apoyo adicional en el ámbito sanitario. Asimismo, se extenderá este permiso para los de segundo gradoacudir a reuniones en aquellos centros donde se encuentren internadas personas dependientes que estén a cargo del trabajador, y uno para los su acompañamiento para la realización de tercer gradotrámites puntuales u obligados ante organismos oficiales. Si por este motivo el trabajador efectuara un de más de 100 kilómetros del domicilio, será de cinco días, tres días y dos días respectivamente. Se acuerda un día de licencia en la provincia de Badajoz, para los casos de fallecimiento de parientes consanguíneos del tercer grado, cuando por tales motivos, el trabajador tenga que efectuar un desplazamiento fuera de la provincia, el permiso será de dos días. Por la comunión El tiempo indispensable y/o bautizo del hijo del trabajador, en la fecha necesario. Justificante de celebración, un día de licencia. El personal del turno de noche podrá elegir si el disfrute lo efectuará la noche anterior o posterior al evento. Deberes públicos de carácter inexcusable ordenado por la autoridad, el tiempo necesario y ordenado. Enfermedad grave del cónyuge, padres, padres políticos e hijos, hermanos, 2 días, y 4 días si efectúa un desplazamiento superior a 100 kilómetros”. Corresponde al trabajador acreditar la gravedad de la enfermedad aportando el oportuno certificado médico en el que conste tal dictamen. En ningún caso podrán disfrutar de estas licencias más de dos trabajadores por el mismo hecho causante. Los trabajadores tendrán, así mismo, derecho a permiso retribuido en los casos y con la duración que a continuación se indica: Matrimonio de hermanos e hijos: un día en Mérida y dos fuera de la ciudad. Exámenes de estudio relacionados con la promoción de trabajo, hasta cinco días al año. Exámenes académicos, un día por examenasistencia.

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Samples: Convenio Colectivo

Licencias y permisos retribuidos. Los trabajadores tendrán Para el derecho y disfrute de estas licencias y permisos se tendrá en cuenta lo que dicte la normativa en cada momento, y se estará a permisos retribuidos lo dispuesto en los casos y con la duración Disposición Adicional Tercera del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público. A. Por fallecimiento, accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que a continuación se indican: Matrimonio del trabajador y trámites matrimonialesprecise de reposo domiciliario, veinticinco días. Fallecimiento de un familiar hasta dentro del primer grado de consanguinidad o afinidad, tres días hábiles cuando el suceso se produzca en la misma loca- lidad, y cinco días hábiles cuando sea en distinta localidad. Cuando se trate del fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar dentro del segundo grado de consanguinidad o afín: tres días en familiares o afines de primer grado, dos días para los de segundo grado, y uno para los de tercer grado. Si por este motivo el trabajador efectuara un de más de 100 kilómetros del domicilio, será de cinco días, tres días y dos días respectivamente. Se acuerda un día de licencia en la provincia de Badajoz, para los casos de fallecimiento de parientes consanguíneos del tercer grado, cuando por tales motivos, el trabajador tenga que efectuar un desplazamiento fuera de la provinciaafinidad, el permiso será de dos días. días hábiles cuando se produzca en la misma localidad y de cuatro días hábiles cuando sea en distinta localidad. B. Por traslado del domicilio habitual 1 día natural, si es dentro de la comunión y/localidad, y 3 si es en otra localidad. C. Para realizar funciones sindicales o bautizo de representación del hijo del trabajadorpersonal, en los términos que se determine. D. Para concurrir a exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud, durante los días de su celebración. X. Xxxx la fecha realización de celebraciónexámenes prenatales y técnicas de preparación al parto por los/as em- pleados/as público/as embarazadas y, un día de licencia. El personal del turno de noche podrá elegir si el disfrute lo efectuará la noche anterior o posterior al evento. Deberes públicos de carácter inexcusable ordenado por la autoridad, el tiempo necesario y ordenado. Enfermedad grave del cónyuge, padres, padres políticos e hijos, hermanos, 2 días, y 4 días si efectúa un desplazamiento superior a 100 kilómetros”. Corresponde al trabajador acreditar la gravedad de la enfermedad aportando el oportuno certificado médico en el que conste tal dictamen. En ningún caso podrán disfrutar de estas licencias más de dos trabajadores por el mismo hecho causante. Los trabajadores tendrán, así mismo, derecho a permiso retribuido en los casos de adopción o acogimiento, o guarda con fines de adopción, por la asistencia a las preceptivas sesiones de información y con preparación y para la duración realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la declaración de idoneidad, que a continuación se indica: Matrimonio de hermanos e hijos: un día en Mérida y dos fuera deban realizarse dentro de la ciudad. Exámenes de estudio relacionados con la promoción jornada de trabajo, hasta cinco días al año. Exámenes académicos, un día por examen.

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Samples: Autorizaciones Administrativas

Licencias y permisos retribuidos. Los trabajadores tendrán El personal , previo aviso y justificación, tendrá derecho a permisos retribuidos en licencia retribuida por los casos tiempos y con la duración que a continuación se indicancausas siguientes: a) Matrimonio: Matrimonio del trabajador y trámites matrimoniales, veinticinco días. dieciséis días naturales. b) Fallecimiento de un familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afínpadre, madre, cónyuge, hijos/as, hijos/a políticos/as, pa- dres políticos, madres políticas y hermanos/as: tres días en familiares o afines de primer grado, dos días para los de segundo gradoseis días, y uno para los dos más si es fuera de tercer grado. Si la Isla. c) Nacimiento de hijos/as naturales y por este motivo el trabajador efectuara un de más de 100 kilómetros del domicilio, será de cinco adopción: seis días, tres días y dos días respectivamentemás si es fuera de la Isla. d) Fallecimiento de abuelos/as ,tíos/as, nietos/as, abuelos/as políticos/as, her- manos/as políticos/as, tíos/as políticos/as y sobrinos/as: dos días, y dos más si es fuera de la Isla. e) El tiempo indispensable para asistencia médica a los servicios de la Segu- ridad Social, con un máximo de cuatro horas, aportando el justificante corres- pondiente, con indicación de la hora de llegada y salida. Se acuerda Así mismo se conce- derá un día de licencia en la provincia de Badajoz, para los casos de fallecimiento de parientes consanguíneos del tercer grado, cuando por tales motivos, el trabajador tenga que efectuar un asistencia al médico especialista con desplazamiento fuera de la provincialocalidad, el o cuantos días sean necesarios para tal fin, con previo aviso y posterior justificación. Igualmente, se concederá permiso será de un máximo de cuatro horas para acompañar a un hijo /a al médico, con previo aviso y justifi- cación y sin que este beneficio pueda exceder de dos veces al año. f) Cinco días, en caso de enfermedad grave, accidente u hospitalización o intervención quirúrgica con hospitalización que precise reposo domiciliario de cónyuge e hijos/as. Si se trata de familiares de segundo grado de consanguini- dad o afinidad, dos días. En ambos casos, se incrementará en dos días más si es fuera de la Isla, y será preceptivo para el ejercicio de este derecho, informe médico que acredite la situación de gravedad y reposo. g) Por la comunión y/o bautizo cambio de residencia, un día, y dos días si es fuera del hijo del trabajadormunicipio máxi- mo dos veces al año. h) Todo el personal con más de un año de antigüedad tendrá derecho a dis- frutar anualmente, de 3 días de licencia retribuida para asuntos propios, que podrán disfrutar en la fecha que lo soliciten, en una o varias veces, de celebración, un día acuerdo con las necesidades de licenciala Empresa. Serán solicitados con al menos tres días de antelación y concedidos por la Empresa como máximo en los dos días siguientes a la solicitud. Todo ello garantizando siempre todos los permisos y supuestos de suspensión regulados en el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores. Permisos no retribuidos: El personal del turno con más de noche un año de antigüedad podrá elegir si el disfrute solicitar un permiso no retribuido de un mínimo de dos meses y máximo de un año, que se entenderá sin derecho a percibir retribución alguna, concedién- dose siempre que las circunstancias organizativas de la empresa lo efectuará la noche anterior o posterior al eventopermitan. Deberes públicos de carácter inexcusable ordenado La petición será formulada por escrito debiendo ser contestada por la autoridad, el tiempo necesario y ordenado. Enfermedad grave del cónyuge, padres, padres políticos e hijos, hermanos, 2 días, y 4 días si efectúa empresa en un desplazamiento plazo no superior a 100 kilómetros”. Corresponde al trabajador acreditar la gravedad de la enfermedad aportando el oportuno certificado médico en el que conste tal dictamen. En ningún caso podrán disfrutar de estas licencias más de dos trabajadores por el mismo hecho causante. Los trabajadores tendrán, así mismo, derecho a permiso retribuido en los casos y con la duración que a continuación se indica: Matrimonio de hermanos e hijos: un día en Mérida y dos fuera de la ciudad. Exámenes de estudio relacionados con la promoción de trabajo, hasta cinco días al año. Exámenes académicos, un día por examentres días.

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Samples: Collective Bargaining Agreement

Licencias y permisos retribuidos. Los trabajadores tendrán derecho El trabajador y trabajadora previo aviso y justificación, podrá disfrutar de los siguientes permisos retribuidos: 33.1. Quince días naturales y consecutivos por razón de matrimonio o inscripción en el Registro Oficial de Uniones de Hecho. Dicho periodo se disfrutará a permisos retribuidos partir del hecho causante ó 2 días antes o en cualquier momento dentro de los casos siguientes 4 meses a elección del trabajador/a, pudiendo acumularse al periodo vacacional. 33.2. Tres días naturales y con la duración que consecutivos, a continuación se indican: Matrimonio del trabajador y trámites matrimonialeshecho causante, veinticinco días. Fallecimiento por fallecimiento de un familiar de hasta segundo grado de consanguinidad. 33.3. Cuatro días naturales y consecutivos en caso de enfermedad grave del cónyuge, hijos o hijas y padres, o segundo grado de consanguinidad. En todo caso, debe tratarse de un hecho sobrevenido y no programado, y calificado como grave por el facultativo médico. 33.4. Un día natural, coincidente con el hecho causante, por intervención quirúrgica sin hospitalización de un familiar de primer grado de consanguinidad o afinidad. 33.5. Dos días por intervención quirúrgica con o sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afín: tres afinidad, siendo el primer día el de la intervención. 33.6. Dos días en familiares caso de ingreso hospitalario con o afines sin cirugía o en observación de urgencias o necesidad de cuidados asistenciales de paciente que requiera reposo domiciliario en parientes hasta primer gradogrado de consanguinidad o afinidad. 33.7. Un día coincidente con una prueba diagnóstica invasiva de parientes hasta primer grado de consanguinidad o afinidad. Los permisos descritos en los apartados 33.3, 33.4, 33.5, 33.6 y 33.7 no serán en ningún caso acumulables. 33.8. Tres días naturales y consecutivos por nacimiento, adopción de hijo o acogimiento familiar de menor. Este permiso se podrá disfrutar a continuación del hecho causante o alta hospitalaria o de la resolución del trámite de acogida. Si acontecieran complicaciones graves en el cuadro clínico de la madre o del hijo o hija, tras el nacimiento, éstas darán lugar a permiso por enfermedad grave de familiar, que se acumulará al del nacimiento. 33.9. Dos días por parto o cesárea de parientes hasta segundo grado de consanguineidad o afinidad siendo el primer día el del nacimiento. 33.10. Las trabajadoras tendrán derecho a una pausa de 1 hora, que podrá dividir en dos fracciones de media hora cuando lo destine a la lactancia de su hijo o hija menor de 12 meses. Las trabajadoras podrán optar por el régimen de disfrute de la hora de lactancia descrito en el párrafo anterior o disfrutar de un período de 21 días naturales consecutivos e inmediatamente posteriores al permiso de maternidad. La opción entre uno u otro régimen se solicitará 30 días antes de la terminación de la baja maternal y una vez solicitado, no se podrá variar el régimen elegido. En caso de no haberla solicitado en plazo, se aplicará el régimen general descrito en el párrafo inicial del presente artículo. El permiso de lactancia podrá disfrutarse indistintamente por el padre o por la madre, pero no por ambos al mismo tiempo, para lo cual podrá exigirse acreditación de que el otro progenitor renuncia a él en su respectiva empresa. En los casos de partos múltiples, se añadirá 1 hora más a partir del segundo gradohijo o hija. 33.11. Las trabajadoras embarazadas tendrán derecho a ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, para la realización de los exámenes prenatales y de técnicas de preparación al parto, en los casos de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, para la asistencia a las preceptivas sesiones de información y preparación y para la realización de los preceptivos informes psicológicos y sociales previos a la situación de idoneidad, siempre que, en todos los casos, resulte acreditada la necesidad de realizarlos durante el horario de su jornada de trabajo, y uno para se notifique previamente a la empresa en un plazo no inferior a 5 días. 33.12. En los casos de tercer gradonacimientos de hijos o hijas prematuros o que, por cualquier causa, deban permanecer hospitalizados tras el parto, la madre o el padre tendrán derecho a ausentarse del trabajo durante 2 horas sin contar el tiempo de desplazamiento. Si Asimismo, tendrán derecho a reducir su jornada de trabajo hasta un máximo de dos horas, con la disminución proporcional xxx xxxxxxx. El trabajador y trabajadora que opte por este motivo sistema, deberá preavisar al empresario con un plazo de 15 días antes de la reincorporación a su horario habitual. 33.13. Dos días naturales y consecutivos por traslado definitivo de domicilio habitual. 33.14. El /la trabajador/a disfrutará el día de su cumpleaños de una jornada completa de descanso. El día de cumpleaños podrá disfrutarse en la semana de antes o después, a elección del trabajador, si no coincidiera el cumpleaños con un día laborable para el trabajador efectuara o trabajadora. 33.15. Los permisos referentes a los puntos 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 9 del presente artículo se ampliarán hasta un máximo de más 1 día adicional en el supuesto de 100 que el trabajador necesite hacer una distancia superior a los 150 kilómetros del domicilio, será de cinco días, tres días y dos días respectivamente. Se acuerda un día a partir de licencia en la provincia 300 Km de Badajoz, para los casos de fallecimiento de parientes consanguíneos del tercer grado, cuando por tales motivos, el trabajador tenga que efectuar un desplazamiento fuera de la provincia, el permiso será de dos días. Por la comunión y/o bautizo del hijo del trabajador, en la fecha de celebración, un día de licencia. El personal del turno de noche podrá elegir si el disfrute lo efectuará la noche anterior o posterior al evento. Deberes públicos de carácter inexcusable ordenado por la autoridad, el tiempo necesario y ordenado. Enfermedad grave del cónyuge, padres, padres políticos e hijos, hermanos, 2 días, y 4 días si efectúa un desplazamiento superior a 100 kilómetros”. Corresponde al trabajador acreditar la gravedad de la enfermedad aportando el oportuno certificado médico en el que conste tal dictamen. En ningún caso podrán disfrutar de estas licencias más de dos trabajadores por el mismo hecho causante. Los trabajadores tendrán, así mismo, derecho a permiso retribuido en los casos y con la duración que a continuación se indica: Matrimonio de hermanos e hijos: un día en Mérida y dos fuera de la ciudad. Exámenes de estudio relacionados con la promoción de trabajo, hasta cinco días al año. Exámenes académicos, un día por examendistancia.

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Samples: Convenio Colectivo

Licencias y permisos retribuidos. Serán consideradas licencias retribuidas y remuneradas a salario a todos los efectos: a) Por matrimonio: 20 días naturales. b) Por nacimiento de hijos: 3 días naturales, que serán ampliados en tres más si se realiza una operación de cesárea. c) Por fallecimiento del cónyuge e hijos: 5 días naturales. En los casos de padres: 4 días naturales. En los casos de hermanos, nietos y abuelos: 2 días naturales. En los casos de cuñados, suegros y abuelos políticos: 1 día natural. d) Por boda de hermanos, hijos o padres (incluidos los políticos): 1 día natural. e) Por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal. f) Por enfermedad grave del cónyuge e hijos: 5 días naturales. De padres: 4 días naturales y hermanos: 3 días naturales. Padres y hermanos políticos: 1 día natural. A estos efectos se entenderá como enfermedad grave aquella que sea calificada como tal por el facultativo correspondiente, bien en la certificación inicial o a requerimiento posterior de las partes. En todo caso, se entenderá como enfermedad grave, aquella que requiera hospitalización. En este supuesto la licencia terminará cuando finalice la hospitalización si ésta dura menos días que los previstos de licencia. Se tendrá derecho a una nueva licencia cada vez que se produzca una nueva hospitalización. g) Traslado de domicilio: 2 días naturales. h) Los trabajadores y trabajadoras por lactancia de un hijo menor de nueve meses, tendrán derecho a permisos retribuidos una hora de ausencia al trabajo, que podrán dividir en dos fracciones. La mujer, por su voluntad, podrá sustituir este derecho por una reducción de jornada de una hora, que será la primera o la última de la jornada diaria. El periodo de lactancia podrá acumularse en 15 días seguidos, pudiendo ser disfrutados por el padre o la madre. En los casos b), c) y con la duración que a continuación f), se indican: Matrimonio del trabajador y trámites matrimoniales, veinticinco días. Fallecimiento de un familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afín: tres días ampliará en familiares o afines de primer grado, dos días para los de segundo grado, y uno para los de tercer grado. Si por este motivo el trabajador efectuara un de más de 100 kilómetros del domicilio, será de cinco días, tres días y dos días respectivamente. Se acuerda un día de licencia en la provincia de Badajoz, para los casos de fallecimiento de parientes consanguíneos del tercer gradonatural más, cuando por tales motivos, el trabajador tenga que efectuar un desplazamiento fuera de la provincia, el permiso será de dos días. Por la comunión y/o bautizo del hijo del trabajador, en la fecha de celebración, un día de licencia. El personal del turno de noche podrá elegir si el disfrute lo efectuará la noche anterior o posterior al evento. Deberes públicos de carácter inexcusable ordenado por la autoridad, el tiempo sea necesario y ordenado. Enfermedad grave del cónyuge, padres, padres políticos e hijos, hermanos, 2 días, y 4 días si efectúa realizar un desplazamiento superior a 100 kilómetros”150 km. Corresponde de distancia, computados desde su domicilio al trabajador acreditar la gravedad del hecho causante y dos días más si dicha distancia es superior a 500 Km. En el caso de la enfermedad aportando letra d) se ampliará también la licencia retribuida en dos días y por la misma razón de la distancia, cuando los esponsales se refieran a hermanos, hijos o padres del trabajador o trabajadora. Cuando se refieran a «parientes políticos», la ampliación de licencia será sin retribución. En los casos en que las licencias retribuidas hacen referencia al cónyuge del trabajador o trabajadora, se entiende que están incluidos el compañero o compañera del mismo, en los casos de convivencia que deberá ser demostrada mediante el certificado municipal oportuno certificado médico en el que conste tal dictameno de cualquier otra manera fehaciente. En ningún caso podrán disfrutar de estas corresponderán licencias más de dos trabajadores por el mismo hecho causante. Los trabajadores tendrán, así mismo, derecho a permiso retribuido retribuidas que tengan su causa en los casos y con la duración que a continuación se indica: Matrimonio de hermanos e hijos: un día en Mérida y dos fuera familiares de la ciudadpersona que no sea cónyuge del trabajador o trabajadora. Exámenes El trabajador/a que necesite acudir a la consulta médica de estudio relacionados un facultativo de Osakidetza dentro de su jornada laboral, podrá hacerlo sin disminución de su salario, previa justificación de la asistencia a consulta y debiendo aportar con posterioridad justificante donde conste tanto la promoción hora de trabajo, hasta cinco días al añoentrada como la hora de salida de la citada consulta. Exámenes académicos, un día por examenEl incumplimiento de los requisitos antes mencionados conllevará el descuento salarial correspondiente sin perjuicio de las medidas disciplinarias que pudieran corresponder.

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Samples: Convenio Colectivo

Licencias y permisos retribuidos. Los trabajadores trabajadores, previo aviso y justificación, tendrán derecho a las siguien- tes licencias y permisos retribuidos como si hubiesen sido efectiva- mente trabajados: A) 15 días naturales por matrimonio o inscripción en los casos el registro xx xxxxxx de hecho. B) 3 días hábiles consecutivos por el fallecimiento, accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise de reposo domiciliario y con la duración se aporte certificado facultativo correspondiente, de cónyuge o pareja de hecho y familiar de primer grado de consanguinidad o afinidad. Si el hecho se produce en otra localidad serán 5 días hábiles consecutivos. 2 días hábiles consecutivos por el fallecimiento, accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que a continuación precise de reposo domiciliario y se indican: Matrimonio del trabajador y trámites matrimonialesaporte certificado facultativo correspondiente, veinticinco días. Fallecimiento de un familiar hasta de segundo grado de consanguinidad o afín: tres días en familiares o afines de primer grado, dos días para los de segundo grado, y uno para los de tercer gradoafinidad. Si por este motivo el trabajador efectuara hecho se produce en otra localidad serán 4 días hábiles consecutivos. C) Por nacimiento de un hijo, adopción o acogimiento permanen- te o preadoptivo de más de 100 kilómetros del domicilio, será de cinco díasun menor, tres días hábiles consecutivos coincidiendo su inicio con el hecho causante, o a elección del trabajador desde el día de alta médica de hospitalización de la madre, o del alta médica de hospitalización del hijo o hija, o cinco días hábiles y consecutivos, si ocurriera a mas de 50 km de la localidad de residencia del trabajador. D) Un día natural por traslado de domicilio cuando este se produz- ca dentro de la misma localidad o a menos de 50 km de esta, y dos días respectivamente. Se acuerda un día naturales y consecutivos cuando se produzca a más de licencia en la provincia de Badajoz, para los casos de fallecimiento de parientes consanguíneos del tercer grado, cuando por tales motivos, el trabajador tenga que efectuar un desplazamiento fuera 50 km de la provincia, el permiso será localidad de dos días. Por la comunión y/o bautizo del hijo residencia del trabajador. E) Para concurrir a exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud o evaluación en centros oficiales de enseñanza, en la fecha durante los días de su celebración, . F) El tiempo necesario para el cumplimiento de un día de licencia. El personal del turno de noche podrá elegir si el disfrute lo efectuará la noche anterior o posterior al evento. Deberes públicos deber inexcu- sable de carácter inexcusable ordenado público y personal. G) Las trabajadoras embarazadas tendrán derecho a ausentarse del trabajo para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto, por la autoridad, el tiempo necesario para su práctica y ordenado. Enfermedad grave del cónyuge, padres, padres políticos e hijos, hermanos, 2 días, y 4 días si efectúa un desplazamiento superior a 100 kilómetros”. Corresponde al trabajador acreditar la gravedad previa justificación de la enfermedad aportando necesidad de su realización dentro de la jornada de trabajo. H) Para asistir a consultas, tratamientos y exploraciones de tipo médico, tanto propias como de menores en edad pediátrica, mayores de 65 años o discapacitados a su cargo, el oportuno certificado médico personal dispondrá del tiempo necesario que coincida con su jornada de trabajo. I) Los trabajadores con un hijo o hija menor de dieciséis meses tienen derecho a un permiso de una hora diaria de ausencia del trabajo por lactancia, por cada hijo/a en caso de parto múl- tiple, con un máximo de dos horas; dicho período de tiempo puede ser dividido en dos fracciones. Este derecho podrá sus- tituirse por una reducción de la jornada normal en media hora al inicio y al final de la jornada, o en una hora al inicio o al final de la jornada. Este derecho podrá ser ejercido indistinta- mente por la madre o el padre, incluso cuando el otro progeni- tor no trabaje, pero solo por uno de ellos en el caso de que conste tal dictamenambos trabajen. En ningún caso podrán disfrutar de estas licencias más de dos trabajadores Este derecho podrá sustituirse por el mismo hecho causante. Los trabajadores tendrán, así mismo, derecho a un permiso retribuido que acumule en los casos y con la duración que a continuación se indica: Matrimonio de hermanos e hijos: un día en Mérida y dos fuera de la ciudad. Exámenes de estudio relacionados con la promoción de trabajo, hasta cinco días al año. Exámenes académicos, un día por examenjornadas completas el tiempo correspondiente.

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Samples: Convenio Colectivo