Licencias y permisos Cláusulas de Ejemplo

Licencias y permisos. El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:
Licencias y permisos. La Empresa concederá hasta 15 días no retribuidos al año a todos los trabajadores que lo soliciten por cuestiones familiares, sociales, de estudio, etc. Así mismo, en situaciones especiales, este plazo podrá ampliarse a un máximo de 30 días. El personal afectado por este Convenio tendrá derecho a disfrutar de permiso retribuido por 100% de todos sus emolumentos, en la forma y condiciones que a continuación se especifican: - El tiempo necesario para concurrir a examen por estudios oficiales encaminados a la obtención de un título académico o profesional, siempre que curse con regularidad dichos estudios, lo preavise con una antelación de siete días y lo justifique adecuadamente. - 15 días por contraer matrimonio. - 3 días en caso de fallecimiento de xxxxxxx o hijo, y 5 días si el trabajador tuviera que hacer un desplazamiento fuera de la comunidad Autónoma de Madrid. - 3 días por fallecimiento de padres, padres políticos, nietos, abuelos, abuelos políticos, hermanos y hermanos políticos y 4 días si el trabajador tuviera que hacer un desplazamiento fuera de la Comunidad Autónoma de Madrid. - 3 días en caso de enfermedad grave, intervención quirúrgica que precise reposo domiciliario u hospitalización del cónyuge, hijos, hijos políticos, padres o padres políticos, hermanos, hermanos políticos, abuelos, abuelos políticos y nietos. Cuando con tal motivo el trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días. - En cuanto al permiso por nacimiento, se estará a lo dispuesto en la legislación vigente. - 1 día por fallecimiento de tíos, entendiendo por tales los hermanos y sus cónyuges de los padres del trabajador o de su cónyuge, así como los hijos de aquellos, y 2 días si sucede fuera de la Comunidad Autónoma de Madrid. - 2 días por traslado de domicilio habitual. - 1 días por matrimonio de hijos, hermanos, hermanos políticos, padres o padres políticos, y 2 días si es fuera de la Comunidad Autónoma de Madrid. - 1 día por comunión de hijos/as. - 1 día para renovación del carnet de conducir y 3 horas para el D.N.I. - Por el tiempo necesario para asistir a consulta médica y reconocimientos médicos relativos a enfermedades profesionales y comunes. - Por el tiempo necesario para llevar a consulta médica a los hijos menores de edad con un máximo de dos veces al mes. - Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal. - A efecto del cómputo de los días de licencia no operarán para el cá...
Licencias y permisos. Las Empresas, teniendo en cuenta las necesidades del servicio, deberán conceder hasta treinta días no retribuidos al año a todos los trabajadores que lo soliciten por cuestiones familiares, sociales, de estudio, etc. El personal afectado por este Convenio tendrá derecho a disfrutar permiso retribuido por el importe total devengado en forma y condiciones que se especifican a continuación: Todas estas licencias y permisos deberán ser preavisados, salvo urgencias, y posteriormente justificados debidamente. Además, todos estos permisos serán disfrutados tanto por los matrimonios como por las parejas de hecho.
Licencias y permisos. Artículo 45-. Estas licencias y permisos son entendidas como el derecho de todos los empleados a un tiempo remunerado en el que no tienen que trabajar y que se deriva de la maternidad, de la paternidad o del fallecimiento de un familiar, cónyuge o compañero permanente, según lo establecido en la ley. Parágrafo primero-. Licencia en la época del parto e incentivos para la adecuada atención y cuidado del recién nacido: Toda trabajadora en estado de embarazo tiene derecho a una licencia de dieciocho (18) semanas en la época de parto, remunerada con el salario que devengue, al momento de iniciar su licencia. Parágrafo segundo-. De las dieciocho (18) semanas de licencia remunerada, la semana anterior al probable parto será de obligatorio goce, a menos que el médico tratante prescriba algo diferente. Esta licencia remunerada es incompatible con la licencia de calamidad doméstica y, en caso de haberse solicitado esta última por el nacimiento de un hijo, estos días serán descontados de la misma. Parágrafo tercero-. Para efectos de la aplicación del beneficio, se deberá anexar al certificado de nacido vivo y la certificación expedida por el médico tratante, en la cual, se identifique diferencia entre la edad gestacional y el nacimiento a término, con el fin de determinar en cuántas semanas se debe ampliar la licencia de maternidad o determinar la multiplicidad en el embarazo. Parágrafo cuarto-. El padre tendrá derecho a dos (2) semanas de licencia remunerada de paternidad. Parágrafo quinto-. Licencia parental compartida: Los padres podrán distribuir Parágrafo sexto-. Licencia parental flexible de tiempo parcial: La madre y/o padre podrán optar por una licencia parental flexible de tiempo parcial, en la cual, podrán cambiar un periodo determinado de su licencia de maternidad o de paternidad por un período de trabajo de medio tiempo, equivalente al doble del tiempo, correspondiente al período de tiempo seleccionado. Esta licencia, en el caso de la madre, es independiente del permiso de lactancia. Parágrafo séptimo-. Período de lactancia: Con el fin de que la madre pueda alimentar a su bebé, la ley establece que a la trabajadora se le debe conceder una (1) hora diaria de permiso remunerado, durante los seis (6) primeros meses de vida del bebé. Parágrafo octavo-. Licencia por luto: Esta licencia remunerada se les concede a todos los trabajadores y consiste en cinco (5) días hábiles. Se otorga, en caso de que fallezca su cónyuge, compañero(a) permanente, familiar hasta ...
Licencias y permisos. CLÁUSULA No. 34
Licencias y permisos. Conceptos y estructura de las percepciones económicas, tanto las salariales como las no salariales.
Licencias y permisos. Los trabajadores tanto de estructura como de puesta a disposición, previo aviso y justificación, tienen derecho a los siguientes permisos retribuidos:
Licencias y permisos. Requerir al contratista los permisos ambientales y de construcción necesarios para la ejecución de las Obras correspondientes y del marco ambiental, asegurando su cumplimiento, Expedir certificados de aceptabilidad de equipos, materiales y obras o parte de ellas. Vigilar y Coordinar que el Contratista no cree condiciones negativas que afecten al medio ambiente y verificar el cumplimiento de las medidas de mitigación ambiental, proponiendo alguna cuando fuere requerido. Informes y Planillas Autorizar, junto con el/la Titular de la Administración del Contrato de Obras, el pago de los trabajos presentados por el Contratista y reflejarlos en la planilla de pago de la obra, para lo cual realizará las siguientes actividades: Verificar las cantidades de Obras efectivamente ejecutadas para determinar el valor de las mismas durante el período objeto de pago, los cuales estarán en concordancia con los rubros incluidos en el Presupuesto de la Obra. Rellenar en el sitio de las Obras la planilla y adjuntar la memoria de cálculo que refleje únicamente las cantidades de Obras verificadas. Si en inspecciones realizadas por la Entidad Contratante se detectan que los avances reflejados en la planilla son mayores que las Obras realizadas y ya se efectuó el pago respectivo, la diferencia tendrá que ser deducida en el certificado de pago siguiente. Esta situación generará la suspensión del pago de servicios de fiscalización hasta que la situación antes mencionada sea resuelta. Esto no implicará que el fiscalizador deje de cumplir con sus obligaciones contractuales. Preparar y presentar obligatoriamente, los informes de fiscalización mensuales o cuando la Entidad Contratante lo requiera. Medir las cantidades de obras ejecutadas y con ellas elaborar, verificar y certificar la exactitud de los rubros planillados para el pago. Presentar mensualmente las planillas para el pago correspondiente. Aprobar y firmar las planillas para el trámite de pago correspondiente, una vez se hayan cumplido las exigencias previas. Incluir en la planilla el cálculo de la amortización del anticipo correspondiente.
Licencias y permisos. Por esta cláusula “EL AUDITOR” se obliga a obtener, mantener en vigor y a su xxxxx, todas las licencias, permisos y registros necesarios que se requieran conforme a las leyes o reglamentos aplicables, así como a renovarlos en su caso.
Licencias y permisos. A partir de la entrada en vigor del presente Convenio, todos los trabajadores tendrán, como mínimo, derecho a licencia o permiso retribuido, en los casos siguientes: