Common use of MARCO LEGAL Clause in Contracts

MARCO LEGAL. La Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la CARM, modificada por la Ley 3/2012, de 24 xx xxxx, de medidas urgentes para el reequilibrio presupuestario, establece en su Disposición Adicional Sexta (Medidas de control de los entes instrumentales), apartado 2 (Contrato Programa), que anualmente, deberá suscribirse un contrato programa entre cada Consejería y los entes del sector público que a ella estén adscritos, para determinar los: · Objetivos a alcanzar. · Los recursos que se ponen a su disposición. · Los Indicadores que permitan medir su grado de consecución. La Ley 12/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx para el ejercicio 2023, en su disposición adicional trigésima octava, establece que durante el año 2023 las entidades dependientes o vinculadas a la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx deberán relacionarse con ella, a través de la consejería de la que dependan, mediante la suscripción de un contrato-programa en el que se concreten, entre otros aspectos, los objetivos que se asignen así como las estrategias y su correspondiente financiación. El control de su cumplimiento corresponderá a la consejería que lo haya suscrito, sin perjuicio del que pueda ejercer la consejería competente en materia de hacienda. La Consejería de Medio Ambiente, Mar Menor, Universidades e Investigación y el Consorcio de Residuos de la Región xx Xxxxxx, formalizan el presente Contrato-Programa de acuerdo con las siguientes.

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Samples: Contrato Programa

MARCO LEGAL. La LA MUNICIPALIDAD contrata con EL LOCADOR con arreglo a las funciones, potestades y límites contenidos en la Ley 7/2004Orgánica de Municipalidades (Ley Nº 27972), la Ley de 28 de diciembrePresupuesto Del Sector Público para el año fiscal 2007 (Ley Nº 28927), de Organización y Régimen Jurídico el Texto Único Ordenado de la Administración Pública Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por D.S Nº 084-2004-PCM y demás normas pertinentes por la prestación del servicio detallado en la clausula tercera. Considérese como antecedente para este contrato el hecho de que con fecha 07 xx Xxxx del 2008 se otorgó la Buena Pro de la CARMConvocatoria del Proceso de Selección del Proyecto: “MEJORAMIENTO DEL ANILLO VIAL TURISTICO CARHUAZ – PARIACACA – COCHAPAMPA – COPA GRANDE – MARCARA – CARHUAZ”, modificada con la Xxx. Xxxx Xxxxxx Xxxxxx y por la Ley 3/2012, de 24 xx xxxx, de medidas urgentes para el reequilibrio presupuestario, establece en su Disposición Adicional Sexta (Medidas de control de los entes instrumentales), apartado 2 (Contrato Programa), que anualmente, deberá suscribirse un contrato programa entre cada Consejería y los entes del sector público que a ella estén adscritos, para determinar los: · Objetivos a alcanzar. · Los recursos que se ponen a su disposición. · Los Indicadores que permitan medir su grado de consecución. La Ley 12/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales incumplimiento de la Comunidad Autónoma firma del contrato, se optó por cambiar al FORMULADOR del estudio de pre inversión a nivel de perfil del proyecto, tomando los servicios de la Región xx Xxxxxx para el ejercicio 2023, empresa en su disposición adicional trigésima octava, establece que durante el año 2023 las entidades dependientes o vinculadas a la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx deberán relacionarse con ella, a través de la consejería de la que dependan, mediante la suscripción de un contrato-programa en el que se concreten, entre otros aspectos, los objetivos que se asignen así como las estrategias y su correspondiente financiación. El control de su cumplimiento corresponderá a la consejería que lo haya suscrito, sin perjuicio del que pueda ejercer la consejería competente en materia de hacienda. La Consejería de Medio Ambiente, Mar Menor, Universidades e Investigación y el Consorcio de Residuos de la Región xx Xxxxxx, formalizan el presente Contrato-Programa de acuerdo con las siguientesmención.

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Samples: Contrato De Locación De Servicios No Personales

MARCO LEGAL. LA MUNICIPALIDAD contrata con EL LOCADOR con arreglo a las funciones, potestades y límites contenidos en la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley Nº 27972), la Ley de Presupuesto Del Sector Público para el año fiscal 2007 (Ley Nº 28927), el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por D.S Nº 084-2004-PCM y demás normas pertinentes por la prestación del servicio detallado en la clausula tercera. Considerese como antecedente que a la fecha el proyecto en mención, ha sido ejecutado por la Municipalidad Provincial xx Xxxxxxx, contándose con insuficiente información para continuar con su proceso de inversión y su posterior culminación; en consecuencia La Ley 7/2004Gerencia de Infraestructura y Desarrollo Local contrató al Ing. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, para la formulación de la Liquidación por Tasación del proyecto en mención, el 22 xx Xxxx del 2008, mediante el Contrato Nº 177-2008/MPC/GIDL. Por haberse concluido con el plazo consignado en el contrato luego de recibido la información requerida por el consultor, y viendo la necesidad de contar con dicha liquidación, se decide Resolver dicho contrato. Se resuelve dicho contrato mediante Resolución Gerencial Nº 279-2008-MPC, de fecha 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la CARM, modificada por la Ley 3/2012, de 24 xx xxxx, de medidas urgentes para el reequilibrio presupuestario, establece en su Disposición Adicional Sexta (Medidas de control de los entes instrumentales), apartado 2 (Contrato Programa), que anualmente, deberá suscribirse un contrato programa entre cada Consejería y los entes del sector público que a ella estén adscritos, para determinar los: · Objetivos a alcanzar. · Los recursos que se ponen a su disposición. · Los Indicadores que permitan medir su grado de consecución. La Ley 12/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx para el ejercicio 2023del 2008, en su disposición adicional trigésima octava, establece que durante el año 2023 las entidades dependientes o vinculadas y se contrata a la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx deberán relacionarse con ella, a través de la consejería de la que dependan, mediante la suscripción de un contrato-programa en el que se concreten, entre otros aspectos, los objetivos que se asignen así dicho consultor como las estrategias y su correspondiente financiación. El control de su cumplimiento corresponderá a la consejería que lo haya suscrito, sin perjuicio del que pueda ejercer la consejería competente en materia de hacienda. La Consejería de Medio Ambiente, Mar Menor, Universidades e Investigación y el Consorcio de Residuos de la Región xx Xxxxxx, formalizan el presente Contrato-Programa de acuerdo con las siguientessegundo postor.

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Samples: Contrato De Locación De Servicios No Personales

MARCO LEGAL. La LA MUNICIPALIDAD contrata con EL LOCADOR con arreglo a las funciones, potestades y límites contenidos en la Ley 7/2004Orgánica de Municipalidades (Ley Nº 27972), la Ley de 28 de diciembrePresupuesto Del Sector Público para el año fiscal 2007 (Ley Nº 28927), de Organización y Régimen Jurídico el Texto Único Ordenado de la Administración Pública Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por D.S Nº 084-2004-PCM y demás normas pertinentes por la prestación del servicio detallado en la clausula tercera. Considérese como antecedente para este contrato que con fecha 09 xx Xxxxx del 2008 se realizo el requerimiento de contratación de servicios de consultaría como formulador del Estudios de Preinversión a Nivel de Perfil y con fecha 18 xx Xxxxx del 2008 se otorgó la Buena Pro de la CARM, modificada por la Ley 3/2012, Convocatoria del Proceso de 24 xx xxxx, de medidas urgentes para el reequilibrio presupuestario, establece en su Disposición Adicional Sexta (Medidas de control Selección de los entes instrumentales), apartado 2 (Contrato Programa), que anualmente, deberá suscribirse un contrato programa entre cada Consejería Proyectos “MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE PEDREGAL – C.P. RECUAYHUANCA” y los entes del sector público que a ella estén adscritos, para determinar los: · Objetivos a alcanzar. · Los recursos que se ponen a su disposición. · Los Indicadores que permitan medir su grado de consecución. La Ley 12/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx para el ejercicio 2023, en su disposición adicional trigésima octava, establece que durante el año 2023 las entidades dependientes o vinculadas a la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx deberán relacionarse con ella, a través de la consejería de la que dependan, mediante la suscripción de un contrato-programa en el que se concreten, entre otros aspectos, los objetivos que se asignen así como las estrategias y su correspondiente financiación. El control de su cumplimiento corresponderá a la consejería que lo haya suscrito, sin perjuicio del que pueda ejercer la consejería competente en materia de hacienda. La Consejería de Medio Ambiente, Mar Menor, Universidades e Investigación y el Consorcio de Residuos de la Región xx Xxxxxx, formalizan el presente Contrato-Programa de acuerdo con las siguientes“CONSTRUCCION DE LETRINAS XXX XXXXXXX DE ULLMAY – C.P. VICOS”.

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Samples: Contrato De Locación De Servicios No Personales

MARCO LEGAL. La Ley 7/200428411, Ley General del Sistema Nacional de 28 Presupuesto y No 28927, Ley de diciembre, Presupuesto del Sector Público para el Fiscal 2007. y 27037 Ley de Organización y Régimen Jurídico Promoción de la Administración Pública Inversión en la .S. 083-2004-PCM que aprueba el de la CARM, modificada por Ley de Contrataciones y Adquisiciones Estado. .S. No 084-2004-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley 3/2012de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. ,." ! SEGUNDA ANTECEDENTES Mediante Resolución Directora 119-2007-INADE-6401 del se aprobó el Expediente Técnico de la Obra "Defensa Ribereña Quebrada Jaén, Sector San Xxxxxx con un presupuesto de 24 SI. 468,074.03, con precios unitarios al mes xx xxxxXxxxx del 2007, para ser ejecutado por el tipo de medidas urgentes Ejecución Presupuestaria Directa, en un periodo de 90 días calendario. Mediante Resolución Directoral N" 014-2007-INADE-6401 del 25.ENE.2007, se designó el Comite Especial encargado de conducir los Procesos de Selección de Adjudicación Directa Selectiva. mediante Resolución Directoral 134-2007-INADE-6401 del 16.JUL.2007. se aprobó el Expediente de Contratación para el reequilibrio presupuestario, establece en su Disposición Adicional Sexta (Medidas alquiler de control de los entes instrumentales), apartado 2 (Contrato Programa), que anualmente, deberá suscribirse un contrato programa entre cada Consejería y los entes del sector público que a ella estén adscritos, para determinar los: · Objetivos a alcanzar. · Los recursos que se ponen a su disposición. · Los Indicadores que permitan medir su grado de consecución. La Ley 12/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx para el ejercicio 2023, en su disposición adicional trigésima octava, establece que durante el año 2023 las entidades dependientes o vinculadas a la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx deberán relacionarse con ellamaquinaria, a través de un proceso de selección por la consejería modalidad de Adjudicación Directa Selectiva, para la Obra "Defensa Ribereña Quebrada Jaén. Xxxxxx Xxx Xxxxxx 0000". un valor referencial total de SI. Mediante Resolución Directoral 147-2007-INADE-6401 del se aprobó las Bases de Selección de la que dependanAdjudicación Directa Selectiva 003-2007-INADE-6401, mediante para el alquiler de equipo y maquinaria para la suscripción obra indicada, por un valor referencial total de un contrato-programa en el que se concreten, entre otros aspectos, los objetivos que se asignen así como las estrategias y su correspondiente financiación. El control de su cumplimiento corresponderá a la consejería que lo haya suscrito, sin perjuicio del que pueda ejercer la consejería competente en materia de hacienda. La Consejería de Medio Ambiente, Mar Menor, Universidades e Investigación y el Consorcio de Residuos de la Región xx Xxxxxx, formalizan el presente Contrato-Programa de acuerdo con las siguientesSI.

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Samples: Rental Agreement

MARCO LEGAL. Ley 1474 de 2011, artículo 94, que adiciona el numeral 5 al artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, Decreto Reglamentario 1082 de 2015, que reglamenta las adquisiciones de bienes, servicios y obras cuyo valor no exceda xxx xxxx por ciento (10%) de la menor cuantía de la entidad contratante, independientemente de su objeto. 4.5.1.1. Procedimiento para la selección de contratista cuyo objeto sea la adquisición de bienes y servicios cuyo valor no exceda el 10% de la Menor Cuantía de EDUBAR S.A. A. Estudios Previos. La Ley 7/2004entidad elaborará un estudio previo simplificado que contendrá: 1. La sucinta descripción de la necesidad que pretende satisfacer con la contratación. 2. La descripción del objeto a contratar. 3. Las condiciones técnicas exigidas. 4. El valor estimado del contrato justificado sumariamente, así como el plazo de ejecución del mismo. 5. El correspondiente certificado de disponibilidad presupuestal que respalda la contratación. B. Tramitar ante la Gerencia la respectiva autorización para dar inicio al procedimiento. C. Solicitar la expedición del respectivo Certificado de Disponibilidad presupuestal ante el Jefe de Presupuesto. D. Invitación Pública. La entidad formulará una invitación pública a participar a cualquier interesado, la cual se publicará en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública - Secop, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico conformidad con lo establecido en el literal a) del artículo 94 de la Administración Pública Ley 1474 de la CARM, modificada por la Ley 3/2012, de 24 xx xxxx, de medidas urgentes para el reequilibrio presupuestario, establece en su Disposición Adicional Sexta (Medidas de control 2011. Además de los entes instrumentales)requisitos exigidos en dicho literal, apartado 2 (Contrato Programa), que anualmente, se deberá suscribirse un contrato programa entre cada Consejería y los entes del sector público que a ella estén adscritos, para determinar los: · Objetivos a alcanzar. · Los recursos que se ponen a su disposición. · Los Indicadores que permitan medir su grado de consecución. La Ley 12/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de incluir la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx para el ejercicio 2023, en su disposición adicional trigésima octava, establece que durante el año 2023 las entidades dependientes o vinculadas a la Administración pública de la Comunidad Autónoma de la Región xx Xxxxxx deberán relacionarse con ella, a través de la consejería de la que dependan, mediante la suscripción de un contrato-programa en el que se concreten, entre otros aspectos, los objetivos que se asignen así como las estrategias y su correspondiente financiaciónsiguiente información: 1. El control objeto. 2. Plazo de su cumplimiento corresponderá a la consejería que lo haya suscrito, sin perjuicio del que pueda ejercer la consejería competente en materia de hacienda. La Consejería de Medio Ambiente, Mar Menor, Universidades e Investigación y el Consorcio de Residuos de la Región xx Xxxxxx, formalizan el presente Contrato-Programa de acuerdo con las siguientesejecución.

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Samples: Manual De Contratación