Common use of MODELO DE CONTRATO Clause in Contracts

MODELO DE CONTRATO. Para los efectos de lo dispuesto por el artículo 31 fracción XXV de LA LEY, se adjunta el modelo de contrato en el Documento DD 12 “Modelo de contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado” al que se sujetarán LA CONVOCANTE y EL LICITANTE ganador. LA CONVOCANTE cotejará previo a la firma del contrato la documentación original contra la presentada en la proposición por EL LICITANTE que resulte adjudicado. La documentación que estará sujeta de verificación serán existencia legal, financiera y contable, facturas de maquinaria, cotizaciones de materiales, contratos, actas de entrega recepción y toda aquella que LA CONVOCANTE considere necesaria. Será requisito indispensable para la formalización del contrato que EL LICITANTE que resulte adjudicado presente ante LA CONVOCANTE, de forma previa a la fecha de firma establecida en el fallo, la opinión sobre el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en sentido positivo, para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y de conformidad con lo establecido en la Resolución Miscelánea Fiscal para el año de formalización del CONTRATO. Cabe señalar, que LA CONVOCANTE en ningún caso podrá formalizar contrato alguno con los particulares que se encuentren en alguno de los supuestos señalados en el artículo 32-D Código Fiscal de la Federación. No podrá formalizarse contrato alguno que no se encuentre garantizado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 fracción II de LA LEY. EL LICITANTE al que se le adjudique el contrato, procederá a firmarlo ante LA CONVOCANTE en el plazo señalado para tal efecto en el acta de emisión del Fallo, entregando las garantías de Anticipo y de Cumplimiento, invariablemente antes de la formalización del contrato respectivo. Una vez adjudicado el contrato, EL LICITANTE no podrá hacerlo ejecutar por otro; pero, con autorización previa de LA CONVOCANTE, podrá hacerlo respecto de partes del contrato o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación en las obras. o pago total que deba cubrirse a EL CONTRATISTA se hará por unidad de concepto de obra terminado. El contrato se pactará sobre la base de precios unitarios, estableciendo así que el importe de la remuneración

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MODELO DE CONTRATO. Para los efectos de lo dispuesto por el artículo 31 fracción XXV de LA LEY, se adjunta el modelo de contrato en el Documento DD 12 “Modelo de contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado” al que se sujetarán LA CONVOCANTE y EL LICITANTE ganador. LA CONVOCANTE cotejará previo a la firma del contrato la documentación original contra la presentada en la proposición por EL LICITANTE que resulte adjudicado. La documentación que estará sujeta de verificación serán existencia legal, financiera y contable, facturas de maquinaria, cotizaciones de materiales, contratos, actas de entrega recepción y toda aquella que LA CONVOCANTE considere necesaria. Será requisito indispensable para la formalización del contrato que EL LICITANTE que resulte adjudicado presente ante LA CONVOCANTE, de forma previa a la fecha de firma establecida en el fallo, la opinión sobre el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en sentido positivo, para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y de conformidad con lo establecido en la Resolución Miscelánea Fiscal para el año de formalización del CONTRATO. Cabe señalar, que LA CONVOCANTE en ningún caso podrá formalizar contrato alguno con los particulares que se encuentren en alguno de los supuestos señalados en el artículo 32-D Código Fiscal de la Federación. Cabe señalar, que LA CONVOCANTE en ningún caso podrá formalizar contrato alguno con los particulares que No podrá formalizarse contrato alguno que no se encuentre garantizado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 fracción II de LA LEY. EL LICITANTE al que se le adjudique el contrato, procederá a firmarlo ante LA CONVOCANTE en el plazo señalado para tal efecto en el acta de emisión del Fallo, entregando las garantías de Anticipo y de Cumplimiento, invariablemente antes de la formalización del contrato respectivo. Una vez adjudicado el contrato, EL LICITANTE no podrá hacerlo ejecutar por otro; pero, con autorización previa de LA CONVOCANTE, podrá hacerlo respecto de partes del contrato o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación en las obras. El contrato se pactará sobre la base de precios unitarios, estableciendo así que el importe de la remuneración o pago total que deba cubrirse a EL CONTRATISTA se hará por unidad de concepto de obra terminado. El contrato se pactará sobre la base de precios unitarios, estableciendo así que el importe de la remuneración.

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MODELO DE CONTRATO. Para los efectos de lo dispuesto por el artículo 31 fracción XXV de LA LEY, se adjunta el El modelo de contrato en el Documento DD 12 “Modelo de contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado” al Contrato que se sujetarán LA CONVOCANTE y EL LICITANTE ganador. LA CONVOCANTE cotejará previo a la firma del contrato la documentación original contra la presentada en la proposición por EL LICITANTE que resulte adjudicado. La documentación que estará sujeta de verificación serán existencia legal, financiera y contable, facturas de maquinaria, cotizaciones de materiales, contratos, actas de entrega recepción y toda aquella que LA CONVOCANTE considere necesaria. Será requisito indispensable celebrará para la formalización del contrato que EL LICITANTE que resulte adjudicado presente ante LA CONVOCANTE, prestación de los Servicios forma previa a la fecha parte integrante de firma establecida en el fallo, la opinión sobre el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en sentido positivo, para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y de presentes TCPS como Anexo I. 7.Temporada Abierta De conformidad con lo establecido en las DACG y los TCPS, el Almacenista llevará a cabo una Temporada Abierta cuando exista Capacidad Disponible, en los casos de una cesión de capacidad permanente por conducto del Almacenista, en los casos de Ampliaciones o Extensiones a la Resolución Miscelánea Fiscal para el año de formalización del CONTRATO. Cabe señalar, que LA CONVOCANTE en ningún caso podrá formalizar contrato alguno con los particulares que se encuentren en alguno de los supuestos señalados en el artículo 32-D Código Fiscal capacidad de la Federación. No podrá formalizarse contrato alguno que Terminal, cuando la capacidad existente no se encuentre garantizado comprometida a través de un contrato de Reserva Contractual o estándolo no sea utilizada conforme a las DACG y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 fracción II 73 de LA LEYla Ley y cuando algún Usuario ceda la capacidad objeto de su Reserva Contractual de manera permanente o temporal por plazos iguales o superiores a 6 meses. EL LICITANTE al No obstante, el permisionario, cuando así lo determine la Comisión, podrá asignar la capacidad que se le adjudique el contratono sea objeto de asignación por motivo de la Temporada Abierta, procederá a firmarlo ante LA CONVOCANTE en el plazo señalado siguiendo para tal efecto los lineamientos que determine dicha autoridad. El Almacenista publicará la convocatoria respectiva a través del Boletín Electrónico y dará a conocer de manera permanente la Capacidad Disponible. Los interesados en participar deberán enviar una Solicitud de Servicio, en términos de los presentes TCPS y la Convocatoria. La Comisión, en los términos del último párrafo del punto 17.1 de las DACG deberá aprobar el procedimiento de temporada abierta. Para este efecto el Almacenista deberá presentar los 17 puntos establecidos en el acta punto 17.2 de emisión las DACG. A su vez el procedimiento que implementará el Almacenista para asignar la capacidad disponible en su sistema será el establecido en el numeral 17.3 de las DACG. Antes del Fallo, entregando las garantías de Anticipo y de Cumplimiento, invariablemente antes inicio de la formalización prestación del contrato respectivoServicio de Almacenamiento, Hidrosur realizará una primera Temporada Abierta del Sistema. Una vez adjudicado La asignación de Capacidad Disponible se llevará a cabo con base en el contratoresultado que representen mayores ingresos para la Terminal, EL LICITANTE no podrá hacerlo ejecutar considerando tanto los cargos por otroreserva de capacidad como los de utilización. La Convocatoria respectiva deberá contener mecanismos de desempate. En caso de empate de dos o más conjuntos de posturas, calculado a nivel de centavos, la asignación del Conjunto de Posturas Ganadoras, será la que ofrezca el mayor volumen de Reserva Contractual. En caso de que el empate continuare aun aplicando el criterio antes referido, el Conjunto de Posturas Ganadoras será la que ofrezca el mayor pago en efectivo por empate. La Temporada Abierta pondrá a disposición de terceros la totalidad de la capacidad operativa del sistema a que se refiere el permiso PL/21359/ALM/2018 (la “Terminal”) en la modalidad de Reserva Contractual. La convocatoria de la Temporada Abierta, será dada a conocer por Xxxxxxxx a través de su Boletín Electrónico y mediante la publicación por 3 días consecutivos en el periódico Milenio o algún otro periódico de amplia circulación en la península de Yucatán. Los interesados en participar en la Temporada Abierta (“Interesados”) deberán ser precalificados conforme a lo establecido en la Convocatoria. La Convocatoria deberá indicar la fecha de inicio y la fecha de conclusión de la Temporada Abierta y el procedimiento para que los interesados puedan enviar una Solicitud de Servicio. Adicionalmente, a los interesados se les informará: • la Capacidad Disponible ofertada en la Temporada Abierta; pero• el lugar en el que las partes interesadas podrán presentar sus Solicitudes de Servicio, con autorización previa el criterio mínimo de LA CONVOCANTEparticipación, podrá hacerlo respecto tales como lotes mínimos, vigencia mínima de partes los Contratos; • otros requisitos de participación, como la celebración de un convenio de confidencialidad y/o la entrega a Hidrosur de una garantía de seriedad; • el procedimiento para que los interesados puedan enviar una Solicitud de Servicio; • los criterios para evaluar las ofertas; • el mecanismo para adjudicar la Capacidad Disponible; • la fecha aproximada a partir de la cual pudiera iniciar la prestación del contrato o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación en las obras. o pago total que deba cubrirse a EL CONTRATISTA se hará por unidad de concepto de obra terminado. El contrato se pactará Servicio sobre la base Capacidad Disponible; y • cualquier otra particularidad del proceso de precios unitarios, estableciendo así que el importe dicha Temporada Abierta. Publicación de Convocatoria La Publicación de la remuneraciónConvocatoria en el Boletín Electrónico y publicación de un extracto de la misma en un xxxxxxxxx xx xxxxxx xxxxxxxxxxx xx xx xxxx xx xx xxxxxxxxx xx Xxxxxxx. Hidrosur publicará la Convocatoria dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a aquél en que la CRE autorice la Temporada Abierta. Solicitud de Precalificación Las personas interesadas en participar en el procedimiento de Temporada Xxxxxxx deberán presentar una solicitud de precalificación, cumpliendo con los requisitos establecidos en la Convocatoria. Esta solicitud se deberá presentar a partir de la fecha de publicación de la Convocatoria y hasta el quinceavo día hábil posterior a la publicación de la Convocatoria Periodo de evaluación de las Solicitudes de Precalificación y Comunicación del Acceso al Cuarto de Datos. En este periodo Hidrosur evaluará las solicitudes de Precalificación de los Interesados y comunicará su Precalificación vía correo electrónico. A partir del décimo segundo día posterior a la publicación de la convocatoria. Hasta el décimo sexto día posterior a la publicación de la convocatoria.

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Samples: Términos Y Condiciones Para La Prestación Del Servicio

MODELO DE CONTRATO. Para los efectos de lo dispuesto por el artículo 31 fracción XXV de LA LEY, se adjunta Se xxxxxxx xxxx Xxxxx 00 el modelo de contrato en el Documento DD 12 “Modelo de contrato de obra pública a precios unitarios específico que será empleado para formalizar los derechos y tiempo determinado” al obligaciones que se sujetarán LA CONVOCANTE y EL LICITANTE ganador. LA CONVOCANTE cotejará previo deriven de la presente licitación pública nacional electrónica, a la firma del contrato la documentación original contra la presentada en la proposición por EL LICITANTE los cuales estará obligado el licitante que resulte adjudicado. La documentación que estará sujeta En caso de verificación serán existencia legal, financiera y contable, facturas de maquinaria, cotizaciones de materiales, contratos, actas de entrega recepción y toda aquella que LA CONVOCANTE considere necesaria. Será requisito indispensable para la formalización discrepancia entre el contenido del contrato y el de la presente convocatoria, prevalecerá lo estipulado en ésta última. 3.- Forma y términos que EL LICITANTE que resulte adjudicado presente ante LA CONVOCANTEregirán los diversos actos de la licitación pública nacional electrónica. 3.1.- Fecha, de forma previa a la fecha de firma establecida en el fallo, la opinión sobre el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en sentido positivo, hora y lugar para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal actos de la Federación licitación pública nacional electrónica. Junta de Aclaraciones 11 de febrero de 2021 17:00 Horas. CompraNet Presentación y Apertura de conformidad con Proposiciones. 22 de febrero de 2021 17:00 Horas. Acto de Notificación de Fallo. 26 de febrero de 2021. 17:00 Horas. La junta de aclaraciones se llevará a cabo en términos de los artículos 00 Xxx xx xx XXXXXX, 00 x 00 xxx XXXXXXX, por lo establecido que los licitantes que manifiesten su interés en participar en la Resolución Miscelánea Fiscal para el año licitación pública nacional electrónica deberán presentar un escrito, por si o en representación de formalización del CONTRATO. Cabe señalarun tercero, que LA CONVOCANTE en ningún caso podrá formalizar contrato alguno con los particulares que se encuentren en alguno de los supuestos señalados en el artículo 32-D Código Fiscal de la Federación. No podrá formalizarse contrato alguno que no se encuentre garantizado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 fracción II de LA LEY. EL LICITANTE al Anexo 12 que se le adjudique el contrato, procederá a firmarlo ante LA CONVOCANTE en el plazo señalado adjunta para tal efecto efecto, con el cual serán considerados licitantes y tendrán derecho a formular solicitudes de aclaración utilizando para tal caso el Formato de “Solicitud de Aclaraciones” Anexo 13 de la presente convocatoria. Con el objeto de agilizar la junta de aclaraciones se solicita a los licitantes remitir el Anexo 13 en formato Word. Es importante mencionar que los licitantes deberán enviar las solicitudes de aclaración, así como el acta Anexo 12, a través de emisión CompraNet, en la sección “Mensajes Unidad Compradora/Licitantes” del Fallo, entregando las garantías “Procedimiento de Anticipo y de Cumplimiento, invariablemente Contratación”; a más tardar veinticuatro horas antes de la formalización fecha y hora programada que se realice la junta de aclaraciones. Los licitantes que deseen enviar solicitudes de aclaración Anexo 13, las cuales deberán plantearse de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en la convocatoria, indicando el numeral o punto específico con el cual se relaciona, El plazo para enviar dichas solicitudes será a partir de la publicación en CompraNet de esta convocatoria y hasta las 17:00 horas del contrato respectivo10 de febrero de 2021. La convocante procederá a enviar, a través de CompraNet las contestaciones a las solicitudes de aclaración recibidas. 3.2.- Recepción de proposiciones. La presentación y apertura de proposiciones se llevará a cabo en términos de los artículos 34 primer párrafo y 35 de la LAASSP, 47, 48, 49 segundo párrafo y 50 del RLAASSP, para lo cual podrán hacer uso de los formatos previstos en el numeral 8. de la presente convocatoria. Sólo serán consideradas las proposiciones que se reciban por medio de CompraNet en respuesta al requerimiento técnico y económico. El licitante deberá firmar electrónicamente la proposición; para que se considere que la proposición se envió firmada, deberán descargarse los archivos PDF generados por CompraNet y que contienen los datos capturados en la propuesta, sólo esos archivos deberán firmarse utilizando el módulo de firma electrónica de documentos y cargarse en el área correspondiente. Se comunica que, si alguna empresa participante en dicho procedimiento de contratación le avisa que tiene problemas para firmar electrónicamente las propuestas técnicas/legales y/o económicas, el área de operaciones de CompraNet ha generado una infografía que puede ayudarles a solventar el problema, para ello, compartirles el siguiente enlace: La dependencia tendrá como no presentada la proposición del licitante, cuando el archivo electrónico enviado a través de CompraNet no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier causa ajena a la misma. Una vez adjudicado alcanzada la fecha y hora de inicio del evento de apertura de proposiciones, el contrato, EL LICITANTE licitante no podrá hacerlo ejecutar por otro; pero, con autorización previa de LA CONVOCANTE, podrá hacerlo respecto de partes del contrato enviar su proposición o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación en las obras. o pago total que deba cubrirse a EL CONTRATISTA se hará por unidad de concepto de obra terminado. El contrato se pactará sobre la base de precios unitarios, estableciendo así que el importe modificación de la remuneraciónmisma. Una vez recibidas las proposiciones en la fecha, hora y lugar establecidos, éstas no podrán retirarse o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de contratación hasta su conclusión.

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Samples: Licitación Pública Nacional Electrónica

MODELO DE CONTRATO. Para PRSTAMO N° CONTRATO DE 9421- EC 3 U RxxxxxxHxxxx W R´ ³ CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE BIENES /SERVICIOS CONTRATO N ADQUISICIÓN DE (insertar el objeto de la adquisición /contratación) ESTE CONVENIO DE CONTRATO se celebra el día [indique número] de [indique mes] de [indique año] ENTRE (1) El insertar nombre del Instituto Nacional de EstadaístyicCenso(sen adelante, el ³ & R P S U D G R U ´ \ (2) [Indique el nombre del Proveedor],H Q D G H O D Q W H H O ³ 3 U R Y H H G R U ´ POR CUANTO el Comprador ha solicitado cotizaciones respecto de csieerrtvoiscios, a saber, [indique una breve descripción de los efectos Bienes y Sersv]i,ciyo ha aceptado uncaotización del Proveedor para el suministro de dichos Bienes. El Comprador y el Proveedor acuerdan lo dispuesto siguiente: 1. Los siguientes documentos constituyen el Contrato entre el Comprador y el Proveedor, y serán leídos e interpretadcoosmo parte integral del Contrato. Este Convenio prevalecerá sobre los demás documentos del Contrato. (a) La comunicación de adjudicación, (b) La cotización del Proveedor y los formularios de cotización; (c) las Condiciones del Contrato;syus anexos (d) las Especificaciones del Servicioaceptadas. 2. Como contraprestación por los pagos que el Comprador hará al Proveedor conforme a lo estipulado en este Contrato, el Proveedor se compromete a suministrar los Bienes (y Servicios, si los hubier/as)erviciosal Comprador y a sbusanar los defectos de estos en total consonancia con ladsisposiciones del Contrato. 3. El Comprador se compromete a pagar al Proveedor, como contraprestación por el artículo 31 fracción XXV de LA LEY, se adjunta el modelo de contrato en el Documento DD 12 “Modelo de contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado” al que se sujetarán LA CONVOCANTE y EL LICITANTE ganador. LA CONVOCANTE cotejará previo a la firma del contrato la documentación original contra la presentada en la proposición por EL LICITANTE que resulte adjudicado. La documentación que estará sujeta de verificación serán existencia legal, financiera y contable, facturas de maquinaria, cotizaciones de materiales, contratos, actas de entrega recepción y toda aquella que LA CONVOCANTE considere necesaria. Será requisito indispensable para la formalización del contrato que EL LICITANTE que resulte adjudicado presente ante LA CONVOCANTE, de forma previa a la fecha de firma establecida en el fallo, la opinión sobre el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en sentido positivo, para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y de conformidad con lo establecido en la Resolución Miscelánea Fiscal para el año de formalización del CONTRATO. Cabe señalar, que LA CONVOCANTE en ningún caso podrá formalizar contrato alguno con los particulares que se encuentren en alguno suministro de los supuestos señalados en el artículo 32-D Código Fiscal Bienes (y Servicios, si los hubiera) y la subsanación de la Federación. No podrá formalizarse contrato alguno que no se encuentre garantizado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 fracción II de LA LEY. EL LICITANTE al que se le adjudique el contrato, procederá a firmarlo ante LA CONVOCANTE en el plazo señalado para tal efecto en el acta de emisión del Fallo, entregando las garantías de Anticipo y de Cumplimiento, invariablemente antes de la formalización del contrato respectivo. Una vez adjudicado el contrato, EL LICITANTE no podrá hacerlo ejecutar por otro; pero, con autorización previa de LA CONVOCANTE, podrá hacerlo respecto de partes del contrato o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación en las obras. o pago total que deba cubrirse a EL CONTRATISTA se hará por unidad de concepto de obra terminado. El contrato se pactará sobre la base de precios unitarios, estableciendo así que el importe de la remuneraciónsus dleafectos,

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Samples: Solicitud De Cotizaciones

MODELO DE CONTRATO. Para CONTRATO ABIERTO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIO INTEGRAL DE IDENTIFICACIÓN, SUPERVISIÓN DE TRANSFERENCIA JURÍDICA Y EN SU CASO DE DESTRUCCIÓN DE VEHÍCULOS SUSCEPTIBLES DE INCLUIRSE EN EL PROGRAMA DE CHATARRIZACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL “SAE”, QUE POR CONDUCTO DEL C. , “PROVEEDOR”, POR CONDUCTO DEL C. , EN SU CARÁCTER DE APODERADO, AL I. Declara el “SAE”, por conducto de su apoderado legal que: I.1. Es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, creado mediante Decreto por el que se expidió la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, en adelante “LFAEBSP”, publicado en el Diario Oficial de la Federación “DOF” el 19 de diciembre de 2002. I.2. Tiene por objeto administrar y destinar los efectos bienes que se señalan en el artículo 1 de la “LFAEBSP”, y dentro de sus atribuciones está la de celebrar contratos, de conformidad con el artículo 78, fracciones XI y XII del referido ordenamiento: I.3. Cuenta con las atribuciones y facultades necesarias para suscribir el presente contrato, como se acredita por lo dispuesto por en los artículos , Fracción y , Fracción de su Estatuto Orgánico y con el artículo 31 fracción XXV poder para actos de LA LEYadministración, se adjunta el modelo de contrato conferido en el Documento DD 12 “Modelo de contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado” al que se sujetarán LA CONVOCANTE y EL LICITANTE ganador. LA CONVOCANTE cotejará previo a la firma del contrato la documentación original contra la presentada en la proposición por EL LICITANTE que resulte adjudicado. La documentación que estará sujeta de verificación serán existencia legal, financiera y contable, facturas de maquinaria, cotizaciones de materiales, contratos, actas de entrega recepción y toda aquella que LA CONVOCANTE considere necesaria. Será requisito indispensable para la formalización del contrato que EL LICITANTE que resulte adjudicado presente ante LA CONVOCANTEinstrumento público número , de forma previa fecha , otorgado ante la xx xxx Xxxxxxx Público número , del , Licenciado , mismas que a la fecha no le han sido modificadas, revocadas, ni limitadas en forma alguna. I.4. La contratación de firma establecida este servicio se realiza mediante el Procedimiento de Invitación a Cuando Menos Tres Personas Nacional número , con fundamento en el fallo, la opinión sobre el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en sentido positivo, para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y de conformidad con lo establecido en la Resolución Miscelánea Fiscal para el año de formalización del CONTRATO. Cabe señalar, que LA CONVOCANTE en ningún caso podrá formalizar contrato alguno con los particulares que se encuentren en alguno de los supuestos señalados en el artículo 32-D Código Fiscal de la Federación. No podrá formalizarse contrato alguno que no se encuentre garantizado de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 26 fracción II, 26 bis, fracción II, 28 fracción I, 42 y 43 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público “Ley”, cuyo fallo fue emitido el artículo 48 fracción II día de LA LEY2016. I.5. EL LICITANTE al Para cubrir las erogaciones que se le adjudique el deriven del presente contrato, procederá a firmarlo ante LA CONVOCANTE cuenta con la disponibilidad de recursos en la partida presupuestal número , según consta en el plazo señalado folio de autorización presupuestal número , de fecha , emitido por . I.6. El motivo determinante de la voluntad es la contratación del “Proveedor” para tal efecto brindar el Servicio integral de identificación, supervisión de transferencia jurídica y en su caso de destrucción de vehículos susceptibles de incluirse en el acta programa de emisión del Fallo, entregando las garantías de Anticipo y de Cumplimiento, invariablemente antes de la formalización del contrato respectivo. Una vez adjudicado chatarrización para el contrato, EL LICITANTE no podrá hacerlo ejecutar por otro; pero, con autorización previa de LA CONVOCANTE, podrá hacerlo respecto de partes del contrato o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación en las obras. o pago total que deba cubrirse a EL CONTRATISTA se hará por unidad de concepto de obra terminado. El contrato se pactará sobre la base de precios unitarios, estableciendo así que el importe de la remuneración“SAE”.

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Samples: Contratación Del Servicio Integral De Identificación, Supervisión De Transferencia Jurídica Y en Su Caso De Destrucción De Vehículos Susceptibles De Incluirse en El Programa De Chatarrización

MODELO DE CONTRATO. Para los efectos de lo dispuesto por el artículo 31 fracción XXV de LA LEY, se adjunta el El modelo de contrato en el Documento DD 12 “Modelo de contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado” al Contrato, que se sujetarán LA CONVOCANTE anexa a esta CONVOCATORIA se emite en apego a la Legislación y EL LICITANTE ganadorNormatividad aplicable en la materia. LA CONVOCANTE cotejará previo Previamente a la firma del contrato la documentación el LICITANTE ganador, presentará para su cotejo, original contra la presentada en la proposición por EL LICITANTE o copia certificada de los documentos con los que resulte adjudicadose acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente. La documentación presentación de estos documentos servirá para constatar que estará sujeta la persona cumple con los requisitos legales necesarios, sin perjuicio de verificación serán existencia legal, financiera y contable, facturas de maquinaria, cotizaciones de materiales, contratos, actas de entrega recepción y toda aquella que LA CONVOCANTE considere necesariasu análisis detallado. Será requisito indispensable para la formalización La adjudicación del contrato que EL LICITANTE que resulte adjudicado presente ante LA CONVOCANTE, de forma previa obligará a la fecha CONVOCANTE y a la persona en quien hubiere recaído, a formalizar el documento relativo dentro de firma establecida en el fallo, la opinión sobre el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en sentido positivo, para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal quince días naturales siguientes al de la Federación y de conformidad con lo establecido en la Resolución Miscelánea Fiscal para el año de formalización notificación del CONTRATO. Cabe señalar, que LA CONVOCANTE en ningún caso podrá formalizar contrato alguno con los particulares que se encuentren en alguno de los supuestos señalados en el artículo 32-D Código Fiscal de la Federaciónfallo. No podrá formalizarse el contrato alguno que si no se encuentre encuentra garantizado de acuerdo con lo dispuesto en el la Fracción II del artículo 48 fracción II de LA la LEY. EL Si el LICITANTE no firmare el contrato por causas imputables al mismo, dentro del plazo a que se le refiere el párrafo anterior, será sancionado en los términos de los Artículos 77 y 78 de la LEY, y en su caso, la CONVOCANTE podrá, sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar el contrato al LICITANTE que haya presentado la siguiente proposición solvente que resulte económicamente más conveniente para el Estado, de conformidad con lo asentado en el dictamen a que se refiere el Artículo 38 de la LEY y el numeral XVII.3.- NO FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO de estas bases de esta CONVOCATORIA, y así sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación, siempre que la diferencia en precio con respecto a la proposición que inicialmente hubiere resultado ganadora, no sea superior al diez por ciento. El CONTRATISTA a quien se adjudique el contrato, procederá a firmarlo ante LA CONVOCANTE en el plazo señalado para tal efecto en el acta de emisión del Fallo, entregando las garantías de Anticipo y de Cumplimiento, invariablemente antes de la formalización del contrato respectivo. Una vez adjudicado el contrato, EL LICITANTE no podrá hacerlo ejecutar por otro; pero, con autorización previa del titular del área responsable de LA la ejecución de los trabajos de esta CONVOCANTE, podrá hacerlo respecto de partes del contrato o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación en las obras. Esta autorización previa no se requerirá cuando la CONVOCANTE señale específicamente en las bases de esta CONVOCATORIA, las partes de los trabajos que podrán ser objeto de subcontratación. En todo caso, el CONTRATISTA seguirá siendo el único responsable de la ejecución de los trabajos ante esta CONVOCANTE. Los derechos y obligaciones que se deriven de los contratos no podrán ser transferidos por el CONTRATISTA en favor de cualquier otra persona, con excepción de los derechos de cobro sobre las estimaciones en cuyo caso se deberá contar con el consentimiento de esta CONVOCANTE. De conformidad con la regla 2.1.31 del Código Fiscal de la Federación que establece que la Administración Pública Federal, Centralizada y Paraestatal, así como la Procuraduría General de la República, en ningún caso contratarán adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública con los particulares que: I. Tengan a su cargo créditos fiscales firmes. II. Tengan a su cargo créditos fiscales determinados, firmes o pago no, que no se encuentren pagados o garantizados en alguna de las formas permitidas por este Código. III. No se encuentren inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes. IV. Habiendo vencido el plazo para presentar alguna declaración, provisional o no, y con inconvocante de que en la misma resulte o no cantidad pagar, ésta no haya sido presentada. Lo dispuesto en esta fracción no es aplicable tratándose de omisión en la presentación de declaraciones que sean exclusivamente informativas. Igual obligación tendrán las entidades federativas cuando realicen dichas contrataciones con cargo total o parcial a fondos federales. Y de conformidad con la Regla 2.1.31. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 2017, Para los efectos del artículo 32-D, primero, segundo, tercero, cuarto y último párrafos del CFF, cuando la Administración Pública Federal, Centralizada y Paraestatal, la Procuraduría General de la República, así como las entidades federativas vayan a realizar contrataciones por adquisición de bienes, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública, con cargo total o parcial a fondos federales, cuyo monto exceda de $300,000.00 sin incluir el IVA, deberán exigir de los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato y de los que deba cubrirse estos últimos subcontraten, les presenten documento vigente expedido por el SAT, en el que se emita la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo, o bien, generarlo a EL CONTRATISTA través de la aplicación en línea que para estos efectos le proporcione el SAT, siempre y cuando firme el acuerdo de confidencialidad con el SAT. En caso de que los contribuyentes con quienes se hará vaya a celebrar el contrato y los que estos últimos subcontraten, tramiten por unidad su cuenta la opinión del cumplimento de concepto obligaciones fiscales, lo harán en términos de obra terminadolo dispuesto por la regla 2.1.39. El contrato se pactará sobre la base de precios unitarios, estableciendo así En los casos en que el importe contribuyente tenga créditos fiscales y quiera celebrar convenio con las autoridades fiscales para pagar con los recursos que se obtengan por la enajenación, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública que se pretenda contratar, la opinión la emitirá la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente, enviándola al Portal de éste hasta que se haya celebrado el convenio de pago. Para los efectos de lo señalado en el párrafo anterior, las autoridades fiscales emitirán oficio a la unidad administrativa responsable de la remuneraciónlicitación, a fin de que esta última en un plazo de quince días, mediante oficio, ratifique o rectifique los datos manifestados por el contribuyente. Una vez recibida la información antes señalada, la autoridad fiscal le otorgará un plazo de quince días al contribuyente para la celebración del convenio respectivo. Los residentes en el extranjero que no estén obligados a presentar la solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro y que no estén obligados a presentar declaraciones periódicas en México, asentarán estas manifestaciones bajo protesta de decir verdad en escrito libre que entregarán a la dependencia o entidad convocante, la que gestionará la emisión de la opinión ante la ALSC más cercana a su domicilio.

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Samples: Licitación Pública Nacional

MODELO DE CONTRATO. Para los efectos de lo dispuesto por Se adjunta como Anexo 14 el artículo 31 fracción XXV de LA LEY, se adjunta el modelo de contrato en el Documento DD 12 “Modelo de contrato de obra pública a precios unitarios contrato” para formalizar los derechos y tiempo determinado” al obligaciones que se sujetarán LA CONVOCANTE y EL LICITANTE ganador. LA CONVOCANTE cotejará previo deriven de la presente Invitación a la firma del contrato la documentación original contra la presentada en la proposición por EL LICITANTE que resulte adjudicado. La documentación que Cuando Menos Tres Personas, al cual estará sujeta de verificación serán existencia legal, financiera y contable, facturas de maquinaria, cotizaciones de materiales, contratos, actas de entrega recepción y toda aquella que LA CONVOCANTE considere necesaria. Será requisito indispensable para la formalización del contrato que EL LICITANTE obligado el licitante que resulte adjudicado y atendiendo a lo establecido en el artículo 45 de la LAASSP y 81 de su Reglamento. En caso de discrepancia entre el contenido del contrato y el de la presente ante LA CONVOCANTEconvocatoria de Invitación, prevalecerá lo estipulado en ésta última. a) Garantía de forma previa cumplimiento de contrato. El licitante adjudicado, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato, deberá presentar la garantía de cumplimiento dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma establecida del contrato, en el fallotérminos del artículo 48 de la LAASSP, la opinión sobre el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES emitida cual será divisible y será a través de una fianza expedida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), afianzadora debidamente constituida en sentido positivo, para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal términos de la Federación Ley de Instituciones de Seguros y de conformidad con lo Fianzas. Por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total adjudicado establecido en la Resolución Miscelánea Fiscal para el año de formalización del CONTRATO. Cabe señalar, que LA CONVOCANTE en ningún caso podrá formalizar contrato alguno con los particulares que se encuentren en alguno de los supuestos señalados en el artículo 32-D Código Fiscal de la Federación. No podrá formalizarse contrato alguno que no se encuentre garantizado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 fracción II de LA LEY. EL LICITANTE al que se le adjudique el contrato, procederá a firmarlo ante LA CONVOCANTE sin considerar el I.V.A., la cual se constituirá en términos del artículo 49 de la LAASSP. No obstante lo anterior, en el plazo señalado para tal efecto en supuesto de que el acta de emisión del Fallo, entregando las garantías de Anticipo y de Cumplimiento, invariablemente antes de la formalización monto del contrato respectivo. Una vez adjudicado sea igual o menor a 900 UMA’s (Unidad de Medida y Actualización), el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, EL LICITANTE no podrá hacerlo ejecutar a través de cheque de caja, depósito de dinero constituido a través de certificado o billete de depósito expedido por otro; peroinstitución de crédito autorizada o depósito de dinero ante el IMSS, con autorización previa por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto total adjudicado del contrato, sin considerar el I.V.A. La garantía de LA CONVOCANTE, podrá hacerlo respecto de partes cumplimiento a las obligaciones del contrato o se liberará mediante autorización por escrito del administrador del contrato designado por parte del IMSS, siempre y cuando adquiera materiales o equipos el prestador de los servicios haya cumplido a satisfacción con todas las obligaciones contractuales. Se adjunta el “MODELO DE FIANZA” (Anexo 17), mismo que incluyan su instalación en las obras. o pago total que deba cubrirse a EL CONTRATISTA se hará fue elaborado por unidad la División de concepto de obra terminado. El contrato se pactará sobre la base de precios unitarios, estableciendo así que el importe Contratos. b) Terminación de la remuneraciónrelación contractual.

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Samples: Service Agreement

MODELO DE CONTRATO. Para los efectos de lo dispuesto por Con fundamento en el artículo 31 29, fracción XXV XVI de LA LEYla LAASSP, se adjunta como Anexo Número 8 (ocho), el modelo del contrato abierto, que será empleado para formalizar los derechos y obligaciones que se deriven de contrato la presente licitación, el cual contiene en lo aplicable, los términos y condiciones previstos en el Documento DD 12 “Modelo artículo 45, de contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado” al la LAASSP, mismos que se sujetarán LA CONVOCANTE y EL LICITANTE ganador. LA CONVOCANTE cotejará previo a la firma del contrato la documentación original contra la presentada en la proposición por EL LICITANTE serán obligatorios para el licitante que resulte adjudicado. La documentación que estará sujeta de verificación serán existencia legal, financiera y contable, facturas de maquinaria, cotizaciones de materiales, contratos, actas de entrega recepción y toda aquella que LA CONVOCANTE considere necesaria. Será requisito indispensable para la formalización del contrato que EL LICITANTE que resulte adjudicado presente ante LA CONVOCANTE, de forma previa a la fecha de firma establecida en el fallo, la opinión sobre el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES emitida por el Servicio entendido de Administración Tributaria (SAT)que su contenido será adecuado, en sentido positivolo conducente, para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal con motivo de la Federación lo determinado en la(s) junta(s) de aclaraciones y de conformidad con a lo establecido en la Resolución Miscelánea Fiscal para el año de formalización del CONTRATO. Cabe señalar, que LA CONVOCANTE en ningún caso podrá formalizar contrato alguno con los particulares que se encuentren en alguno de los supuestos señalados en el artículo 32-D Código Fiscal de la Federación. No podrá formalizarse contrato alguno que no se encuentre garantizado de acuerdo con lo dispuesto ofertado en las proposiciones del licitante, le haya sido adjudicado en el artículo 48 fracción II fallo. En caso de LA LEY. EL LICITANTE al que se le adjudique el contratodiscrepancia, procederá a firmarlo ante LA CONVOCANTE en el plazo señalado para tal efecto contenido del contrato en relación con el acta de emisión del Fallo, entregando las garantías de Anticipo y de Cumplimiento, invariablemente antes de la formalización presente convocatoria, prevalecerá lo estipulado en esta última, así como el resultado de las juntas de aclaraciones. La vigencia del contrato respectivoserá del 1 xx xxxxx y hasta el 31 de diciembre de 2012, aun cuando la prestación del servicio se concluya de manera anticipada. Una vez adjudicado Esta será “forzosa” para el contrato, EL LICITANTE PRESTADOR y voluntaria para el HRAEV. Si terminada la vigencia de este Contrato el HRAEV tuviera la necesidad de seguir utilizando los servicios del PRESTADOR se requerirá la celebración de un nuevo Contrato. Concluido el término del presente Contrato no podrá hacerlo ejecutar haber prórroga automática por otro; pero, con autorización previa el simple transcurso del tiempo y terminara sin necesidad de LA CONVOCANTE, podrá hacerlo respecto de partes del contrato o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación en darse aviso entre las obraspartes. o pago total que deba cubrirse a EL CONTRATISTA se hará por unidad de concepto de obra terminado. El contrato se pactará sobre la base de precios unitarios, estableciendo así Dado que el importe servicio de Hemodiálisis objeto de presente Contrato se considera un soporte de vida y por lo tanto el HRAEV debe asegurar la remuneracióncontinuidad del mismo en forma interrumpida el PRESTADOR saliente dejara de prestar los servicios hasta que el PRESTADOR entrante se encuentre instalado y listo para otorgar el servicio a satisfacción del HRAEV durante el periodo de transición, en concordancia con esto el HRAEV realizara el pago por los servicios otorgados a el PRESTADOR saliente y al entrante sujetándose a los precios fijos preestablecidos en cada Contrato.

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Samples: Contract for Services

MODELO DE CONTRATO. Para Aviso a Concurso Público Internacional Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE) No. CPI-CREE-05-2024 1. La Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE) invita a Firmas Consultoras, interesadas en participar en este proceso de concurso, a presentar sus ofertas para realizar los efectos trabajos requeridos. 2. El financiamiento para el presente proceso proviene de Fondos Propios, por lo dispuesto por que se efectuará conforme a los procedimientos de Concurso Público Internacional (CPI) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 3. Determinar la o las metodologías de valoración de activos no amortizados más adecuadas y aplicables al contexto social y regulatorio nacional para empresas distribuidoras que operan sistemas aislados al término de licencia de operación o concesión, asimismo, desarrollar la valoración de los activos no amortizados del operador de distribución saliente en la isla de Guanaja en aplicación de metodologías identificadas anteriormente y presentar propuestas del mecanismo para que el artículo 31 fracción XXV Estado recupere mediante tarifas el pago de LA LEYlas inversiones no amortizadas del operador saliente, se adjunta a su vez, para incorporar dichos costos a los modelos tarifarios que deberá presentar el modelo nuevo operador. 4. Todos los interesados que decidan participar deberán remitir nota de contrato solicitud de inscripción en el Documento DD 12 proceso por medio de la dirección electrónica: xxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx, dirigida al Abogado Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, Comisionado Presidente de la CREE; igualmente los documentos estarán publicados en el portal web de Modelo de contrato de obra pública a precios unitarios HonduCompras”: xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx 5. Para aclaraciones y tiempo determinado” al enmiendas que se sujetarán LA CONVOCANTE generen en el proceso, la comunicación únicamente será a través de la siguiente dirección electrónica: xxxxxxxxxxxxx@xxxx.xxx.xx. 6. Las Ofertas deberán presentarse a más tardar el día xxxx 2024 hasta las 3:00 p.m. en la siguiente dirección: Anexo edificio Interamericana, primer piso, Avenida Xxxxx Xxxxxxx Xxxx, Colonia Castaños Sur Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. 7. Las ofertas que se presenten fuera de plazo indicado serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en audiencia pública en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir al acto de recepción y EL LICITANTE ganadorapertura que se llevará a cabo quince minutos después del plazo de recepción ofertas, en la misma dirección donde se presenten dichas propuestas. LA CONVOCANTE cotejará previo Tegucigalpa M.D.C., xxxx de 2024. En esta sección se enuncian el marco legal asociado a la firma consultoría objeto de los presentes términos de referencia que son la base para su ejecución: 1. Mediante del contrato Decreto Legislativo número 404-2013 se aprobó la documentación original contra Ley General de la presentada en la proposición por EL LICITANTE que resulte adjudicado. La documentación que estará sujeta de verificación serán existencia legalIndustria Eléctrica (“LGIE” o “Ley”), financiera y contable, facturas de maquinaria, cotizaciones de materiales, contratos, actas de entrega recepción y toda aquella que LA CONVOCANTE considere necesaria. Será requisito indispensable para la formalización del contrato que EL LICITANTE que resulte adjudicado presente ante LA CONVOCANTE, de forma previa a la fecha de firma establecida publicada en el fallodiario oficial “La Gaceta” en fecha 20 xx xxxx del 2014 y reformada mediante Decreto Legislativo No. 46-2022. El objeto de dicha Ley es regular las actividades de generación, la opinión sobre transmisión y distribución de electricidad en el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en sentido positivo, para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal territorio de la Federación República de Honduras y de conformidad con deroga la Xxx Xxxxx del Subsector Eléctrico y todas las disposiciones contenidas en otras leyes y decretos que se opusieran a lo establecido en la Resolución Miscelánea Fiscal Ley, exceptuando la Ley Especial Reguladora de Proyectos Públicos de Energía Renovable. 2. El artículo 3, literal D de la referida Ley define que la CREE tiene la facultad de: D) “Contratar la asesoría profesional, consultorías y peritajes que requiera para sus funciones.” 3. El artículo 7 de la referida Ley establece que Las licencias de operación para transmisión y para distribución serán otorgadas por la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE), previa verificación de la capacidad técnica y financiera del solicitante. Asimismo, establece que cuando se prevea que una licencia de operación de transmisión o de distribución terminará, por cualquier causa, sin renovación o prórroga, el Estado debe convocar con anticipación suficiente a una licitación pública internacional para adjudicar la licencia a una nueva empresa. En este caso, el Estado deberá pagar al licenciatario saliente el valor aún no amortizado de sus inversiones, como lo prevé la licencia de operación. 4. En el artículo 8, literal B, se establece el procedimiento para la intervención de las empresas del subsector eléctrico cuando estas incumplen las condiciones prestablecidas en la Ley para el año suministro eléctrico y su interacción con mercado eléctrico, la cual es una facultad otorgada a la SEN, previa opinión del regulador. 5. El artículo 14 de formalización del CONTRATO. Cabe señalarla referida Ley define que las empresas distribuidoras que sirven sistemas aislados, que LA CONVOCANTE en ningún caso podrá formalizar contrato alguno con los particulares que se encuentren en alguno de los supuestos señalados en el artículo 32-D Código Fiscal de la Federación. No podrá formalizarse contrato alguno son aquellas que no se encuentre garantizado encuentran conectadas al Sistema Interconectado Nacional, tienen la facultad de acuerdo con lo dispuesto tener sus propias centrales generadoras, asimismo poseen la obligación de llevar contabilidades separadas para las actividades de generación y de distribución. Cabe mencionar, que en la Ley en cuestión fuera de las disposiciones mencionadas anteriormente, las empresas distribuidoras que sirven sistemas aislados y las que participan en el artículo 48 fracción II de LA LEY. EL LICITANTE al que se le adjudique el contrato, procederá a firmarlo ante LA CONVOCANTE en el plazo señalado Sistema Interconectado Nacional tienen las mismas obligaciones y requisitos para tal efecto en el acta de emisión del Fallo, entregando las garantías de Anticipo su operación y de Cumplimiento, invariablemente antes de la formalización del contrato respectivo. Una vez adjudicado el contrato, EL LICITANTE no podrá hacerlo ejecutar por otro; pero, con autorización previa de LA CONVOCANTE, podrá hacerlo respecto de partes del contrato o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación en las obras. o pago total que deba cubrirse a EL CONTRATISTA se hará por unidad de concepto de obra terminado. El contrato se pactará sobre la base de precios unitarios, estableciendo así que el importe de la remuneraciónfuncionamiento.

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Samples: Consultancy Agreement

MODELO DE CONTRATO. Para los efectos de lo dispuesto por el artículo 31 fracción XXV de LA LEY, se adjunta el modelo de contrato en el Documento DD 12 “Modelo de contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado” al que se sujetarán LA CONVOCANTE y EL LICITANTE ganador. LA CONVOCANTE cotejará previo a la firma del contrato la documentación original contra la presentada en la proposición por EL LICITANTE que resulte adjudicado. La documentación que estará sujeta de verificación serán existencia legal, financiera y contable, facturas de maquinaria, cotizaciones de materiales, contratos, actas de entrega recepción y toda aquella que LA CONVOCANTE considere necesaria. Será requisito indispensable para la formalización del contrato que EL LICITANTE que resulte adjudicado presente ante LA CONVOCANTE, de forma previa a la fecha de firma establecida en el fallo, la opinión sobre el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES emitida por el (Servicio/Adquisición) de: Servicio de Administración Tributaria limpieza a las instalaciones y áreas comunes del Instituto Mexicano del Petróleo Sede en adelante el “PEDIDO” o “CONTRATO” que celebran por una parte el INSTITUTO MEXICANO DEL PETRÓLEO, a quien se le denominará en lo sucesivo como el “IMP” y por la otra parte , a quien se le denominará en lo sucesivo como la o el (SAT“PROVEEDOR”/“PRESTADOR”), en sentido positivo, para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y de conformidad con lo siguiente: Es un Organismo Público Descentralizado del Gobierno Federal Mexicano, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de carácter preponderantemente técnico, educativo y cultural, de conformidad con lo previsto en su Decreto de Creación de fecha 23 xx xxxxxx de 1965, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 26 del mismo mes y año, modificado mediante Decreto publicado en el mismo órgano informativo, de fecha 30 de octubre de 2001, que tiene como objetivo fundamental la investigación y desarrollo tecnológico requeridos por las industrias petrolera, petroquímica y química, la prestación de servicios técnicos a las mismas, la comercialización de productos y servicios tecnológicos resultantes de la investigación, así como la formación de recursos humanos altamente especializados en las áreas de su actividad. Fue declarado Centro Público de Investigación mediante resolución conjunta con la Secretaría de Energía y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, con la opinión favorable de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 18 xx xxxxxx de 2000. La o el C. , se encuentra facultado para suscribir el presente PEDIDO o CONTRATO, en términos de lo establecido en el punto 5.1.24 de las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del IMP. Cuenta con suficiencia presupuestal del ejercicio fiscal en curso, autorizada por la Resolución Miscelánea Fiscal Gerencia de Presupuesto y Contabilidad del IMP para el año de formalización del CONTRATO. Cabe señalar, que LA CONVOCANTE en ningún caso podrá formalizar contrato alguno con los particulares hacer frente a las erogaciones que se encuentren en alguno de originen del presente PEDIDO o CONTRATO, conforme a los supuestos señalados recursos asignados en el artículo 32-D Código Fiscal de la Federación. No podrá formalizarse contrato alguno que no se encuentre garantizado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 fracción II de LA LEY. EL LICITANTE al que se le adjudique el contrato, procederá a firmarlo ante LA CONVOCANTE en el plazo señalado para tal efecto en el acta de emisión del Fallo, entregando las garantías de Anticipo y de Cumplimiento, invariablemente antes de la formalización del contrato respectivo. Una vez adjudicado el contrato, EL LICITANTE no podrá hacerlo ejecutar por otro; pero, con autorización previa de LA CONVOCANTE, podrá hacerlo respecto de partes del contrato o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación en las obras. o pago total que deba cubrirse a EL CONTRATISTA se hará por unidad de concepto de obra terminado. El contrato se pactará sobre la base de precios unitarios, estableciendo así que el importe de la remuneraciónmismo.

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Samples: Licitación Pública

MODELO DE CONTRATO. Para los efectos Se solicita modificar el quinto párrafo opcional y No se acepta su solicitud. de lo dispuesto por Crédito aplicable a la banca de desarrollo, inherente a la entrega Cláusula Octava Disposición del a documentación adicional a la Solicitud de Disposición para incorporar el artículo 31 fracción XXV supuesto siguiente: Crédito “…Adicionalmente, el Acreditado deberá entregar al Acreditante junto con la Solicitud de LA LEYDisposición, se adjunta el modelo de contrato en el Documento DD 12 “caso particular de: Obras nuevas por iniciar o en ejecución y/o adquisiciones en proceso. Original de manifestación del funcionario responsable de las obras y/o adquisiciones de que los anticipos que serán entregados o las acciones que serán financiadas corresponden a las obras y/o adquisiciones contenidas en el destino del Crédito (con una descripción general de las mismas) y están contenidas en su Programa de Inversión, y que el monto ha sido comprometido o devengado para el pago con la disposición del Crédito, salvo para la primera solicitud de recursos referente a No. Documento, Sección y párrafo de la Convocatoria o Modelo de contrato Contrato de Crédito Aclaración o Pregunta Respuesta cada obra, en caso de que la legislación en materia de obra pública establezca plazos y requisitos que contravengan o impliquen una impedimento para la emisión de dicha manifestación. El Acreditado deberá manifestar por escrito que está de acuerdo en proporcionar a precios unitarios y tiempo determinado” al Banobras la evidencia documental que se sujetarán LA CONVOCANTE y EL LICITANTE ganador. LA CONVOCANTE cotejará previo corresponda a la firma del contrato la documentación original contra la presentada en la proposición por EL LICITANTE que resulte adjudicado. La documentación que estará sujeta contratación y ejecución de verificación serán existencia legallas acciones financiadas al respecto, financiera y contable, facturas de maquinaria, cotizaciones de materiales, tal como contratos, actas estimaciones, proyectos ejecutivos, los estudios de entrega recepción factibilidad técnica y toda aquella financiera, etc., que LA CONVOCANTE considere necesaria. Será requisito indispensable en su caso se requieran o se hubieran requerido para la formalización del contrato que EL LICITANTE que resulte adjudicado presente ante LA CONVOCANTEejecución de obras y/o adquisiciones, de forma previa a la fecha de firma establecida en el fallomomento en que le sean requeridas, dentro de los siguientes 10 (Diez) Días Hábiles a partir de que le sean requeridas. Asimismo, deberá manifestar que es de su conocimiento que, ante cualquier inconsistencia o irregularidad que pudiera detectarse, Banobras notificará a los órganos fiscalizadores competentes. Asimismo, deberá proporcionar la opinión sobre el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES emitida por el Servicio evidencia de Administración Tributaria (SAT), en sentido positivo, para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal que lo anterior se ha notificado al Secretario de la Federación Contraloría del Estado y de conformidad con lo establecido en la Resolución Miscelánea Fiscal para copia del nombramiento del funcionario que firma el año de formalización del CONTRATO. Cabe señalar, que LA CONVOCANTE en ningún caso podrá formalizar contrato alguno con los particulares que se encuentren en alguno de los supuestos señalados en el artículo 32-D Código Fiscal de la Federación. No podrá formalizarse contrato alguno que no se encuentre garantizado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 fracción II de LA LEY. EL LICITANTE al que se le adjudique el contrato, procederá a firmarlo ante LA CONVOCANTE en el plazo señalado para tal efecto en el acta de emisión del Fallo, entregando las garantías de Anticipo y de Cumplimiento, invariablemente antes de la formalización del contrato respectivo. Una vez adjudicado el contrato, EL LICITANTE no podrá hacerlo ejecutar por otro; pero, con autorización previa de LA CONVOCANTE, podrá hacerlo respecto de partes del contrato o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación en las obras. o pago total que deba cubrirse a EL CONTRATISTA se hará por unidad de concepto de obra terminado. El contrato se pactará sobre la base de precios unitarios, estableciendo así que el importe de la remuneraciónoficio.…”

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Samples: Financiamiento De Largo Plazo

MODELO DE CONTRATO. Se solicita incluir una cláusula mediante la cual el En consideración a su solicitud, se agrega una No Documento, Sección y párrafo de las Bases Aclaración o Pregunta Respuesta (Bajío) de Crédito. Acreditado autorice al Acreditante para realizar consultas en sociedades de información crediticia. Al respecto, se propone la siguiente redacción: “Cláusula [*].- Información Crediticia. Para los efectos de cumplir con lo dispuesto por la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, el artículo 31 fracción XXV Estado en este acto autoriza expresa e irrevocablemente al Acreditante, para realizar, durante la vigencia del presente Contrato, consultas periódicas y proporcionar información, según este estime conveniente, a las sociedades de LA LEYinformación crediticia respecto del historial crediticio del Estado. En adición a las instituciones señaladas en la Ley de Instituciones de Crédito, el Estado autoriza al Acreditante para que, durante la vigencia del Contrato divulguen la información que se adjunta derive de las operaciones a que se hace referencia los Documentos de la Obligación, en la medida en que lo requiera la legislación aplicable, el modelo Banco de contrato México y demás Autoridades Gubernamentales que correspondan. Las Partes acuerdan que toda reclamación o controversia relacionada con la información contenida en el Documento DD 12 “reporte de crédito rendido, previamente a la celebración del presente Contrato, por una sociedad de información crediticia, la cual obra en su base de datos, podrá ser ventilada, si así lo desean el Acreditante, a través de un proceso arbitral de amigable composición ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, sin perjuicio del derecho que le asiste al Acreditado de acudir ante los órganos jurisdiccionales disposición relacionada en el Modelo de contrato Contrato de obra pública Crédito que forma parte del acta de la presente Junta de Aclaraciones. No Documento, Sección y párrafo de las Bases Aclaración o Pregunta Respuesta (Bajío) competentes, para promover las acciones que considere procedentes. El Acreditado faculta y autoriza expresa e irrevocablemente a precios unitarios la Acreditante para: (i) obtener información relativa de todas las operaciones activas y tiempo determinado” al otras de naturaleza análoga que mantengan con cualquier otra institución de crédito o sociedad mercantil, (ii) proporcionar información sobre el historial crediticio del Acreditado a otros usuarios de las Sociedades de Información Crediticia, llámense centrales de informes de crédito o cualquier otra dedicado a investigar y proporcionar informes de crédito, así como agencias calificadoras en general, ya sea nacionales o extranjeras, conociendo la naturaleza y alcance de dicha información, y (iii) divulgar o revelar en todo o parte la información relativa y que derive de la operación objeto del presente Contrato, sin responsabilidad alguna para el Acreditante, sea por determinación de autoridad competente, entre ellas, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, y/o por disposición legal presente o futura. En el hipotético caso de que se sujetarán LA CONVOCANTE y EL LICITANTE ganador. LA CONVOCANTE cotejará previo a la firma del contrato la documentación original contra la presentada en la proposición por EL LICITANTE que resulte adjudicado. La documentación que estará sujeta de verificación serán existencia legal, financiera y contable, facturas de maquinaria, cotizaciones de materiales, contratos, actas de entrega recepción y toda aquella que LA CONVOCANTE considere necesaria. Será requisito indispensable para la formalización del contrato que EL LICITANTE que resulte adjudicado presente ante LA CONVOCANTE, de forma previa a la fecha de firma establecida en el fallo, la opinión sobre el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en sentido positivo, para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y de conformidad con lo establecido en la Resolución Miscelánea Fiscal para el año de formalización del CONTRATO. Cabe señalar, que LA CONVOCANTE en ningún caso podrá formalizar contrato alguno con los particulares que se encuentren en actualice alguno de los supuestos señalados en anteriores, el artículo 32-D Código Fiscal Acreditante se compromete a revelar únicamente la información que se encuentre obligado a divulgar y a notificar por escrito al Acreditado de la Federación. No podrá formalizarse contrato alguno información que no se encuentre garantizado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 fracción II de LA LEY. EL LICITANTE al haya tenido que se le adjudique el contrato, procederá a firmarlo ante LA CONVOCANTE en el plazo señalado para tal efecto en el acta de emisión del Fallo, entregando las garantías de Anticipo y de Cumplimiento, invariablemente antes de la formalización del contrato respectivo. Una vez adjudicado el contrato, EL LICITANTE no podrá hacerlo ejecutar por otro; pero, con autorización previa de LA CONVOCANTE, podrá hacerlo respecto de partes del contrato o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación en las obras. o pago total que deba cubrirse a EL CONTRATISTA se hará por unidad de concepto de obra terminado. El contrato se pactará sobre la base de precios unitarios, estableciendo así que el importe de la remuneraciónrevelar.”

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Samples: Licitación Pública

MODELO DE CONTRATO. Para los efectos Se adjunta como Anexo 11 “Modelo de lo dispuesto por el artículo 31 fracción XXV de LA LEY, se adjunta contrato” el modelo de contrato para formalizar los derechos y obligaciones que se deriven de la presente Licitación Pública Nacional Electrónica, al cual estará obligado el licitante que resulte adjudicado y atendiendo a lo establecido en el Documento DD 12 artículo 45 de la LAASSP y 81 del RLAASSP, así como lo establecido en la reforma realizada al párrafo primero del inciso i) de la fracción II del artículo 39 y la adición de los párrafos segundo y tercero al artículo 81, recorriéndose el subsecuente, y un párrafo sexto al artículo 84, recorriéndose los subsecuentes en su orden, del RLAASSP, señalados en el Modelo de contrato de obra pública a precios unitarios y tiempo determinado” al Decreto por el que se sujetarán LA CONVOCANTE reforman y EL LICITANTE ganadoradicionan diversas disposiciones del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público”, publicado en el DOF el 02 xx xxxxx del 2022. LA CONVOCANTE cotejará previo En caso de discrepancia entre el contenido del contrato y el de la presente Convocatoria, prevalecerá lo estipulado en ésta última, así como el resultado de la Junta de Aclaraciones, de conformidad con lo señalado en el penúltimo párrafo del artículo 45 de la LAASSP. a) Garantía de cumplimiento de contrato. Para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, el proveedor, deberá presentar a favor del Instituto, una póliza de fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del contrato, sin considerar el IVA dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del contrato, la cual tendrá la misma vigencia que el contrato correspondiente. La garantía para el cumplimiento del contrato deberá ser entregada por el proveedor, en las oficinas de la documentación original contra División de Contratos dependiente de la presentada Coordinación Técnica de Planeación y Contratos de la Coordinación de Adquisición de Bienes y Contratación de Servicios, sita en Xxxxxxx 000, xxxx 00, Xxx Xxxx Xxxxx, Demarcación Territorial Xxxxxxxxxx, C.P. 06700, en la proposición Ciudad de México. El Instituto podrá llevar a cabo la ejecución de la garantía de cumplimiento de contrato cuando: a. Cuando el proveedor incumpla con cualquiera de las obligaciones establecidas en el contrato. b. Cuando se rescinda el contrato por EL LICITANTE casusas imputables al proveedor. c. La ejecución de la Garantía de Cumplimiento del Contrato será proporcional al monto de las obligaciones incumplidas. Las obligaciones contractuales deberán ser garantizadas de forma divisible y en caso de presentarse algún incumplimiento se harán efectivas las garantías que resulte adjudicadoprocedan. d. En caso xx xxxxxx en el “Servicio de Derecho de Uso del Licenciamiento NetlQ Access Manager para el Instituto Mexicano del Seguro Social”, el Instituto deberá notificar al proveedor vía web y/o vía telefónica para que este designe a un ingeniero especialista para que proceda a la debida atención de soporte reportada. Lo anterior, en términos de lo previsto por el numeral 6. Garantías del Anexo 2. Términos y Condiciones. La documentación ejecución de la garantía será con independencia de la aplicación de las penas convencionales y deducciones que estará sujeta procedan y de verificación serán existencia legalla rescisión administrativa del contrato. El IMSS podrá hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato, financiera y contablecuando el proveedor adjudicado preste el servicio en forma diferente a lo solicitado en el presente documento o incumpla cualquiera de las obligaciones establecidas en el mismo. No obstante lo anterior, facturas en el supuesto de maquinaria, cotizaciones de materiales, contratos, actas de entrega recepción y toda aquella que LA CONVOCANTE considere necesaria. Será requisito indispensable para la formalización el monto del contrato que EL LICITANTE que resulte adjudicado presente ante LA CONVOCANTE, sea igual o menor a 900 UMA’s (Unidad de forma previa a la fecha de firma establecida en el fallo, la opinión sobre el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SATMedida y Actualización), el licitante adjudicado podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en sentido positivo, para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y de conformidad con lo establecido en la Resolución Miscelánea Fiscal para el año de formalización del CONTRATO. Cabe señalar, que LA CONVOCANTE en ningún caso podrá formalizar contrato alguno con los particulares que se encuentren en alguno de los supuestos señalados en el artículo 32-D Código Fiscal de la Federación. No podrá formalizarse contrato alguno que no se encuentre garantizado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48 fracción II de LA LEY. EL LICITANTE al que se le adjudique el contrato, procederá a firmarlo través de cheque de caja, depósito de dinero constituido a través de certificado o billete de depósito expedido por institución de crédito autorizada o depósito de dinero ante LA CONVOCANTE el IMSS, por un importe equivalente al importe contratado, sin considerar el IVA, en moneda nacional. Se adjunta el plazo señalado para tal efecto en el acta “Formato de emisión del Fallo, entregando las garantías fianza de Anticipo y cumplimiento de Cumplimiento, invariablemente antes contrato” como Anexo 19. b) Terminación de la formalización del contrato respectivo. Una vez adjudicado el contrato, EL LICITANTE no podrá hacerlo ejecutar por otro; pero, con autorización previa de LA CONVOCANTE, podrá hacerlo respecto de partes del contrato o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación en las obras. o pago total que deba cubrirse a EL CONTRATISTA se hará por unidad de concepto de obra terminado. El contrato se pactará sobre la base de precios unitarios, estableciendo así que el importe de la remuneraciónrelación contractual.

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Samples: Licitación Pública

MODELO DE CONTRATO. Para los efectos de Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 31 en los artículos 29 fracción XXV XVI de LA LEYla LAASSP y 39 fracción II inciso i) del Reglamento, se adjunta como anexo de la Convocatoria el modelo de contrato en el Documento DD 12 “archivo denominado ANEXO 2. Modelo de contrato Contrato, los modelos de obra pública a precios unitarios contratos para que sean adecuados considerando los requerimientos y tiempo determinado” al que se sujetarán LA CONVOCANTE y EL LICITANTE ganador. LA CONVOCANTE cotejará previo a la firma del contrato la documentación original contra la presentada condiciones de contratación establecidas en la proposición por EL LICITANTE que resulte adjudicado. La documentación que estará sujeta de verificación serán existencia legalConvocatoria y para su formalización, financiera y contable, facturas de maquinaria, cotizaciones de materiales, contratos, actas de entrega recepción y toda aquella que LA CONVOCANTE considere necesaria. Será requisito indispensable para la formalización del contrato que EL LICITANTE que resulte adjudicado presente ante LA CONVOCANTE, de forma previa a la fecha de firma establecida en el fallo, la opinión sobre el CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES FISCALES emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en sentido positivo, para los efectos del artículo 32-D del Código Fiscal deberá ajustarse conforme al resultado de la Federación (s) junta (s) de aclaraciones. En caso de discrepancia entre el contrato y la Convocatoria y la (s) junta (s) de conformidad con aclaraciones, prevalecerá lo establecido en la Resolución Miscelánea Fiscal para Convocatoria y la (s) junta (s) de aclaraciones. Lo anterior de conformidad con el año artículo 81, fracción IV del Reglamento de formalización la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del CONTRATOSector Público. Cabe señalarLas Participantes podrán formalizar el o los contratos a través de CompraNet, en términos del Manual de Operación que LA CONVOCANTE en ningún caso podrá formalizar contrato alguno con los particulares contiene las directrices que se encuentren deberán observar en alguno el Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental sobre Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios, Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas denominado CompraNet, para la utilización del Módulo de Formalización de Instrumentos Jurídicos, derivados de los supuestos señalados en el artículo 32-D Código Fiscal procedimientos de Contratación Consolidada al amparo de la Federación. No podrá formalizarse contrato alguno que no se encuentre garantizado Ley de acuerdo Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas: Documento disponible en la siguiente ruta: xxxxx://xxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/Xxxxxx_xx_Xxxxxxxxxxxx_Xxxxxxxxx.xxx De conformidad con lo dispuesto por los artículos 46 de la LAASSP y 13 fracción VII del RLAASSP, las Participantes incorporarán en CompraNet la información de los contratos que se deriven de este procedimiento e integrarán el expediente con el soporte documental generado en cada caso, verificarán su ejecución y realizarán los pagos de manera oportuna como lo prevé el artículo 51 de la LAASSP. En caso de discrepancia en el artículo 48 fracción II contenido del contrato en relación con la Convocatoria, prevalecerá lo estipulado en esta última, así como el resultado de LA LEY. EL LICITANTE al que se le adjudique el la(s) junta(s) de aclaración(es). a) Garantía de cumplimiento de contrato, procederá a firmarlo ante LA CONVOCANTE en el plazo señalado para tal efecto en el acta de emisión del Fallo, entregando las garantías de Anticipo y de Cumplimiento, invariablemente antes . b) Terminación de la formalización del contrato respectivo. Una vez adjudicado el contrato, EL LICITANTE no podrá hacerlo ejecutar por otro; pero, con autorización previa de LA CONVOCANTE, podrá hacerlo respecto de partes del contrato o cuando adquiera materiales o equipos que incluyan su instalación en las obras. o pago total que deba cubrirse a EL CONTRATISTA se hará por unidad de concepto de obra terminado. El contrato se pactará sobre la base de precios unitarios, estableciendo así que el importe de la remuneraciónrelación contractual.

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