MULTAS POR INCUMPLIMIENTO. a) Por retardo en la ejecución de la obra: Por cada día de retardo en la terminación de los trabajos, el monto de la indemnización por daños y perjuicios (multas) para la totalidad de las Obras es del 0,05% (0,5 por mil) del Precio Final del Contrato por día. b) Por retardos parciales: b.1) Por Incumplimiento del Cronograma Valorado: El último día laborable de cada mes, el Fiscalizador, conjuntamente con el Contratista, verificarán el valor de los trabajos ejecutados con el objeto de establecer el grado de cumplimiento del cronograma valorado aprobado. b.2) Por Incumplimiento del Cronograma de Avance Físico: El último día de cada mes, el Fiscalizador conjuntamente con el Contratista verificarán el cumplimiento del cronograma físico de avance de obras aprobado. c) Por otros incumplimientos: Además, el GAD MUNICIPAL sancionará al Contratista, con multa diaria equivalente al 0,01% (0,1 por mil) del Precio del Contrato en los siguientes casos: (1) si no dispone del personal técnico, administrativo u operacional o del equipo de construcción de acuerdo a los compromisos contractuales; (2) si el Contratista no acatare las órdenes del Fiscalizador y durante el tiempo que dure este incumplimiento; (3) cuando intencionalmente el Contratista obstaculice los trabajos de otros Contratistas o de los trabajadores del GAD MUNICIPAL; (4) si el Contratista no presentase los certificados mensuales de pago (planillas) dentro de los primeros cinco días laborables del mes siguiente y por el número de días que dure este incumplimiento, a partir del día sexto, esta multa será adicional a la establecida en las CEC para CGC 27.3. Estas multas serán impuestas a partir del primer día de notificación del incumplimiento y mientras éste dure. d) Por incumplimiento de las disposiciones de las especificaciones técnicas, de seguridad industrial y ambientales se aplicarán las sanciones de acuerdo con la normativa de multas establecidas en los rubros de Gestión Ambiental y Seguridad Industrial de la Sección VII “Especificaciones y cumplimientos “ de los Documentos de Licitación Deducción de las multas: Los valores de las multas serán deducidos del valor de la planilla correspondiente al mes en que se produjo el hecho que motiva la sanción. Las multas que se impusieren legalmente, no serán revisadas ni devueltas por ningún concepto.
Appears in 1 contract
Samples: Licitación Pública Nacional
MULTAS POR INCUMPLIMIENTO. aEl Proveedor será responsable de los daños y perjuicios que causare a Tottus por su actuación negligente (o la de su Personal), y por la incorrecta o inoportuna provisión de los Productos. Sin perjuicio de lo anterior, frente a determinados incumplimientos, Tottus tendrá derecho a imponer al Proveedor, las multas de que se da cuenta en el ACE. Para el caso de las multas señaladas en el punto 10.2 del ACE por incumplimiento del fill rate, el Proveedor deberá mantener el indicador mensual de fill rate sincerado en coordinación con el equipo de coordinación de Tottus, disponiendo a tal efecto hasta 30 (treinta) Por retardo días antes del cierre de trimestre para realizar sus descargos en la ejecución casos de discrepancias con el monto de la obra: Por cada día multa. El Proveedor quedará constituido en xxxx de retardo sus obligaciones por el sólo hecho de superar los plazos fijados para ellas sin necesidad de requerimiento, comunicación, intimación o notificación alguna por parte de Tottus. Las multas serán aplicadas directamente por Tottus, estando facultado para deducirlas administrativamente y sin más trámite, en forma automática de las acreencias del Proveedor para con Tottus, en el período de pago más próximo a la terminación verificación del incumplimiento que la originó o a través de la facturación de las mismas, según lo determine Tottus. Si las acreencias del Proveedor no fueren suficientes para hacer frente a las multas, el saldo insoluto se descontará de los trabajossiguientes estados de pago. Las multas no implican, en caso alguno, limitación de los derechos de Tottus en orden a cobrar al Proveedor los perjuicios efectivamente sufridos con ocasión del incumplimiento o cumplimiento tardío o imperfecto de las obligaciones de este último. En ningún caso, el monto de la indemnización por daños y perjuicios (multas) para la totalidad de las Obras es del 0,05% (0,5 por mil) del Precio Final del Contrato por día.
b) Por retardos parciales:
b.1) Por Incumplimiento del Cronograma Valorado: El último día laborable de cada mes, el Fiscalizador, conjuntamente con el Contratista, verificarán el valor de los trabajos ejecutados con el objeto de establecer el grado de cumplimiento del cronograma valorado aprobado.
b.2) Por Incumplimiento del Cronograma de Avance Físico: El último día de cada mes, el Fiscalizador conjuntamente con el Contratista verificarán el cumplimiento del cronograma físico de avance de obras aprobado.
c) Por otros incumplimientos: Además, el GAD MUNICIPAL sancionará al Contratista, con multa diaria equivalente al 0,01% (0,1 por mil) del Precio del Contrato en los siguientes casos:
(1) si no dispone del personal técnico, administrativo u operacional o del equipo de construcción de acuerdo a los compromisos contractuales;
(2) si el Contratista no acatare las órdenes del Fiscalizador y durante el tiempo que dure este incumplimiento;
(3) cuando intencionalmente el Contratista obstaculice los trabajos de otros Contratistas o de los trabajadores del GAD MUNICIPAL;
(4) si el Contratista no presentase los certificados mensuales de pago (planillas) dentro de los primeros cinco días laborables del mes siguiente y por el número de días que dure este incumplimiento, a partir del día sexto, esta multa será adicional a la establecida en las CEC para CGC 27.3. Estas multas serán impuestas a partir del primer día de notificación del incumplimiento y mientras éste dure.
d) Por incumplimiento de las disposiciones de las especificaciones técnicas, de seguridad industrial y ambientales se aplicarán las sanciones de acuerdo con la normativa de multas establecidas en los rubros de Gestión Ambiental y Seguridad Industrial de la Sección VII “Especificaciones y cumplimientos “ de los Documentos de Licitación Deducción de las multas: Los valores de las multas serán deducidos del valor podrá considerarse como una avaluación anticipada de la planilla correspondiente al mes en que se produjo el hecho que motiva la sanción. Las multas que se impusieren legalmente, no serán revisadas ni devueltas por ningún conceptoperjuicios.
Appears in 1 contract
Samples: Acuerdo Comercial
MULTAS POR INCUMPLIMIENTO. Cuando no se diera cumplimiento a la orden de suministro solicitada dentro del plazo establecido y según lo estipulado en los Arts. 11º y 12º y no mediare causa debidamente justificada por escrito, hará pasible a la adjudicataria de una multa equivalente al uno por ciento (1%) del monto total del producto no entregado en dicho plazo y por día de demora, hasta un máximo de 10 días hábiles. No será de aplicación cuando mediare causa de fuerza mayor (accidentes, paros obreros, falta de material en planta de origen, etc.). Pasado dicho plazo podrá procederse a sancionar administrativamente a la empresa, alcanzando hasta la suspensión del Registro de Proveedores, con comunicación a otros Registros Oficiales. El importe podrá ser debitado directamente de los créditos que disponga la adjudicataria.- Además será de aplicación supletoria el Artículo 119º del Decreto 2980/2000, el cual indica que “El incumplimiento de las obligaciones contraídas por los proponentes o adjudicatarios, dará lugar a la aplicación de las penalidades que a continuación se detallan:
1) A los proponentes, por desistimiento parcial o total de la oferta dentro del plazo de mantenimiento: le corresponderá la pérdida total o proporcional de la garantía, estando además a su cargo, las diferencias de precios entre su propuesta y la que resulta adjudicada en la misma contratación.
2) A los adjudicatarios,
a) Por retardo entrega fuera de término: le corresponderá una multa por xxxx, consistente en la ejecución una vez y medio el promedio de la obra: Por cada día tasa nominal anual adelantada por operaciones de retardo en la terminación de los trabajoscrédito a 30 días, utilizada por el monto Banco de la indemnización por daños y perjuicios (multas) para la totalidad Provincia de las Obras es del 0,05% (0,5 por mil) del Precio Final del Contrato por díaBs. As.
b) Por retardos parciales:
b.1) Por Incumplimiento incumplimiento total o parcial del Cronograma Valoradocontrato: El último día laborable le corresponderá la perdida proporcional o total de cada mes, el Fiscalizador, conjuntamente con el Contratista, verificarán el valor la garantía y diferencia de los trabajos ejecutados con el objeto de establecer el grado de cumplimiento precio a su cargo por la ejecución del cronograma valorado aprobado.
b.2) Por Incumplimiento del Cronograma de Avance Físico: El último día de cada mes, el Fiscalizador conjuntamente con el Contratista verificarán el cumplimiento del cronograma físico de avance de obras aprobado.contrato por un tercero; y
c) Por otros incumplimientostransferencia del contrato sin autorización de la autoridad competente: Ademásle corresponderá la pérdida de la garantía, el GAD MUNICIPAL sancionará al Contratista, con multa diaria equivalente al 0,01% (0,1 por mil) del Precio del Contrato en los siguientes casos:
(1) si no dispone del personal técnico, administrativo u operacional o del equipo de construcción de acuerdo a los compromisos contractuales;
(2) si el Contratista no acatare las órdenes del Fiscalizador y durante el tiempo que dure este incumplimiento;
(3) cuando intencionalmente el Contratista obstaculice los trabajos de otros Contratistas o de los trabajadores del GAD MUNICIPAL;
(4) si el Contratista no presentase los certificados mensuales de pago (planillas) dentro de los primeros cinco días laborables del mes siguiente y por el número de días que dure este incumplimiento, a partir del día sexto, esta multa será adicional a la establecida en las CEC para CGC 27.3. Estas multas serán impuestas a partir del primer día de notificación del incumplimiento y mientras éste dure.
d) Por incumplimiento sin perjuicio de las disposiciones de las especificaciones técnicas, de seguridad industrial y ambientales se aplicarán las sanciones de acuerdo con la normativa de multas establecidas en los rubros de Gestión Ambiental y Seguridad Industrial de la Sección VII “Especificaciones y cumplimientos “ de los Documentos de Licitación Deducción de las multas: Los valores de las multas serán deducidos del valor de la planilla correspondiente al mes en demás acciones a que se produjo el hecho que motiva la sanción. Las multas que se impusieren legalmente, no serán revisadas ni devueltas por ningún concepto.hubiere lugar”
Appears in 1 contract
Samples: Acquisition Agreement
MULTAS POR INCUMPLIMIENTO. aLa MUNICIPALIDAD DE PUERTO MADRYN aplicará al Contratista las siguientes multas, que serán retenidas de los importes de facturas a pagar o cualquier otro cobro que tuviera pendiente de pago el Contratista:
1- El Cuatro por ciento (4%) Por retardo en la ejecución de la obra: Por facturación total certificada correspondiente al mes o lapso de tiempo donde se produjo la demora en el cumplimiento del plazo estipulado.
2- En los incumplimientos o deficiencias en las tareas realizadas, de lo cual se encuentre constancia en el cuaderno de Órdenes de Servicio y no haya sido subsanada la deficiencia, el importe específico de la tarea observada, no se certificará. Además se aplicará una multa del dos por ciento diario (2 %) del importe total específico al ITEM no cumplimentado por cada día de retardo demora en subsanar la deficiencia.
3- Cuando los Equipos no se encuentren en condiciones operativas o estén fuera de servicio, se comunicará mediante Orden de Servicio, debiendo el CONTRATISTA reemplazar dicho equipo en un plazo no mayor a 48hs tras lo cual se aplicará una multa equivalente al doble del costo por hora de dicho equipo por cada hora de demora en reemplazarlo.
4- Por incumplimiento sin preaviso por escrito de la Fecha de Inicio de Obra, se aplicará una multa fija de pesos Cinco mil ($ 5.000-) por cada día de demora. Será de aplicación transcurridas dos horas de la jornada laboral establecida como Fecha de Inicio.
5- Por incumplimiento en la terminación presentación de los trabajosequipos y/o servicios (sin preaviso por escrito) necesarios para la prestación de un determinado tipo de tarea, se aplicará una multa equivalente al costo por hora de dicho equipo y/o servicio por cada hora de demora en presentarse. En caso de que el monto precio del servicio / obra sea global, se aplicará una multa equivalente al dos por ciento (2%) de la indemnización facturación total del mes o plazo estipulado, por daños y perjuicios (multas) para la totalidad de las Obras es del 0,05% (0,5 por mil) del Precio Final del Contrato por cada día.
b6- Por falta de un Operario se comunicara mediante Orden de Servicio, aplicándose una multa de pesos un mil quinientos ($ 1.500.-) Por retardos parciales:
b.1) Por Incumplimiento del Cronograma Valorado: El último por cada día laborable de que ello ocurra y por cada mes, el Fiscalizador, conjuntamente con el Contratista, verificarán el valor de los trabajos ejecutados con el objeto de establecer el grado de cumplimiento del cronograma valorado aprobadooperario.
b.27- Por falta de adecuada indumentaria de trabajo o falta a las normas de seguridad se comunicara mediante Orden de Servicio, aplicándose una multa de pesos un mil ($ 1.000.-) por cada falta observada y por cada operario.
8- Por Incumplimiento el vencimiento de las Pólizas de Seguro de Trabajo y/o Coberturas de Instalaciones afectadas a la Obra, independientemente de la no autorización de inicio de las tareas por parte del Cronograma COMITENTE, lo que se notificara por Orden de Avance Físico: El último Servicio, se aplicará una multa de pesos dos mil ($ 2.000.-) por cada día de cada mes, el Fiscalizador conjuntamente con el Contratista verificarán el cumplimiento del cronograma físico de avance de obras aprobadodemora en regularizar dicha situación.
c) 9- Por otros incumplimientos: Ademásmedidas de fuerza o acción directa ejercidas por el personal del CONTRATISTA, que afecte el GAD MUNICIPAL sancionará al Contratista, con normal desarrollo del servicio se aplicará una multa diaria equivalente al 0,01% cinco por ciento (0,1 por mil5%) del Precio del Contrato en los siguientes casos:
(1) si no dispone del personal técnico, administrativo u operacional o del equipo de construcción de acuerdo a los compromisos contractuales;
(2) si el Contratista no acatare las órdenes del Fiscalizador y durante el tiempo que dure este incumplimiento;
(3) cuando intencionalmente el Contratista obstaculice los trabajos de otros Contratistas o de los trabajadores del GAD MUNICIPAL;
(4) si el Contratista no presentase los certificados mensuales de pago (planillas) dentro de los primeros cinco días laborables del mes siguiente y por el número de días que dure este incumplimiento, a partir del día sexto, esta multa será adicional a la establecida en las CEC para CGC 27.3. Estas multas serán impuestas a partir del primer día de notificación del incumplimiento y mientras éste dure.
d) Por incumplimiento de las disposiciones de las especificaciones técnicas, de seguridad industrial y ambientales se aplicarán las sanciones de acuerdo con la normativa de multas establecidas en los rubros de Gestión Ambiental y Seguridad Industrial de la Sección VII “Especificaciones y cumplimientos “ de los Documentos de Licitación Deducción de las multas: Los valores de las multas serán deducidos del valor de la planilla correspondiente al mes facturación mensual en que se produjo produzca el hecho que motiva incidente.
10- Por accidentes o incidentes medioambientales ocasionados por el CONTRATISTA, los gastos erogados en la sanciónremediación del impacto se debitarán de la facturación del contratista mas un veinticinco por ciento (25%) sobre el cargo del monto a debitar en concepto de multa. Las El monto total por multas que se impusieren legalmenteno podrá exceder el equivalente al quince por ciento (15%) del monto total del Contrato. Si esto aconteciera, no serán revisadas ni devueltas la MUNICIPALIDAD DE PUERTO MADRYN tendrá derecho a dar por ningún conceptorescindido el Contrato por incumplimiento del Contratista, requerir las indemnizaciones correspondientes y ejecutar la Garantía de Cumplimiento, quedando la MUNICIPALIDAD DE PUERTO MADRYN autorizada a contratar los trabajos con terceros x xxxxx del incumplidor.
Appears in 1 contract
Samples: Service Agreement