NO CESIÓN. La Aseguradora Oferente no podrá ceder bajo ninguna circunstancia ni modalidad, su posición en el presente proceso de licitación.
NO CESIÓN. EL(LOS) CLIENTE(S) no podrán ceder, traspasar o transferir en todo ni en parte sus derechos u obligaciones bajo el presente Contrato o bajo cualquiera de los Documentos xxx Xxxxxxxx, sin el consentimiento previo, expreso y escrito de APAP. Cualquier intento de efectuar un traspaso, cesión o transferencia sin dicho consentimiento será nulo automáticamente de pleno derecho.
NO CESIÓN. Ninguna de las partes podrá ceder los derechos y obligaciones contenidos en el presente, salvo la autorización expresa y por escrito de la otra parte.
NO CESIÓN. El adjudicatario no podrá ceder su posición derivada del Contrato a ninguna otra entidad, salvo autorización expresa por parte de MADRID DESTINO.
NO CESIÓN. EL(LOS) CLIENTE(S), LA FIDUCIARIA con cargo al patrimonio de EL FIDEICOMISO o LA CONSTRUCTORA no podrán ceder, traspasar o transferir en todo ni en parte sus derechos u obligaciones bajo el presente Contrato o bajo cualquiera de los Documentos xxx Xxxxxxxx, sin el consentimiento previo, expreso y escrito de APAP. Cualquier intento de efectuar un traspaso, cesión o transferencia sin dicho consentimiento será nulo automáticamente de pleno derecho.
NO CESIÓN. Xxxxx como se exponga de otro modo en el presente, los derechos de “EL SUSCRIPTOR” al tenor de este Convenio, no son cesionables y tampoco transferibles.
NO CESIÓN. Ninguna de las Partes podrá ceder o transmitir los derechos y obligaciones derivados del presente Convenio.
NO CESIÓN. EL CLIENTE, no podrá ceder, traspasar o transferir en todo ni en parte sus derechos u obligaciones bajo el presente Convenio o bajo cualquiera de anexos, adenda o enmiendas, sin el consentimiento previo, expreso y escrito de APAP. Cualquier intento de efectuar un traspaso, cesión o transferencia sin dicho consentimiento será nulo automáticamente de pleno derecho.
NO CESIÓN. Las Partes acuerdan que el Cliente no podrá ceder o por cualquier otro medio transmitir los derechos y obligaciones que a su favor se deriven del presente contrato y sus anexos, sin autorización previa y por escrito del Banco.
NO CESIÓN. “EL CLIENTE” no podrá ceder ni transferir por medio alguno los derechos derivados del presente contrato.