PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL a) Se deja expresa constancia que cualquier procedimiento, marca, modelo, sistema, programa computacional, software o aplicación computacional, desarrollo, configuraciones, adecuaciones, integraciones, customizaciones y en general, cualquier invención o creación y cualquier otro elemento de éstos o derivado de ellos, en el que intervenga el OAP, sus trabajadores y asesores, que diga relación directa con la prestación de sus servicios bajo el presente Contrato, pertenece y pertenecerá única y exclusivamente al OAP, o a quien ésta designe, sin perjuicio del uso que haga la Concesionaria de ellos, de conformidad a los términos y condiciones de este Contrato y sus Anexos, sin mediar otro pago adicional que el que correspondiere por los servicios y licencias asociados a este Contrato.
b) Los precios del Contrato que la Concesionaria pagará al OAP incluyen los derechos que corresponda pagar por licencias o patentes que afecten los procesos, equipos o partes provistos por OAP y que sean necesarias para operar el SGP y la Base de Datos de Administración de la Numeración Telefónica. Por lo tanto, en caso alguno el OAP podrá cobrar cantidades o sumas adicionales por tales conceptos. El OAP deberá pagar las cantidades que terceros reclamen por estos conceptos, sin perjuicio, de mantener en todo momento indemne a La Concesionaria, ante cualquier eventual reclamo y/o ejercicio de cualquier acción judicial en contra de ésta.
c) El OAP declara ser el único y exclusivo dueño o licenciatario autorizado de las Licencias de Software asociadas al SGP y a la Base de Datos de Administración de la Numeración Telefónica. Asimismo, el OAP garantiza y se obliga a que en el cumplimiento del Contrato, no utilizará propiedad intelectual o propiedad industrial de terceros, sin contar con las autorizaciones legales correspondientes, y que la propiedad intelectual y propiedad industrial utilizada, ya sea propia o de terceros, no infringe derechos de propiedad, de propiedad intelectual, de propiedad industrial o de cualquier otra naturaleza.
d) En virtud de lo expuesto en la letra (c) precedente, el OAP garantiza a La Concesionaria el uso pacífico del SGP y de la Base de Datos de Administración de la Numeración Telefónica, y de cualquier otro elemento que suministre y/o suministrará a la Concesionaria, en virtud del Contrato, propio o de terceros, siendo de su cargo y costo del OAP todo reclamo, pretensión, derecho o demanda, judicial o extrajudicial, que en contra de este uso efectúen te...
PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL. La Cámara de España es el titular exclusivo de las metodologías, manuales, guías, materiales, documentos, soportes informáticos y herramientas de todo tipo que pone a disposición de las entidades camerales para la ejecución del Programa o que resultan de dicha ejecución, y de todos los derechos de uso, difusión y explotación de los mismos. En consecuencia, todos los derechos de Propiedad Intelectual y de explotación inherentes a los mismos pertenecen exclusivamente a la Cámara de España, con carácter mundial, y por el tiempo de duración legal de los derechos, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Propiedad Intelectual, y demás normativa en la materia. La Cámara de España podrá ejercer dichos derechos en la forma más amplia que la Ley permita, comprendiendo ello su reproducción, distribución, transformación, comunicación pública y puesta a disposición en cualquier soporte, formato o idioma, y con los efectos que las leyes determinen, sin que puedan entenderse cedidos a las entidades camerales ninguno de los derechos de explotación sobre los mismos, por lo que en ningún caso las entidades camerales u otros terceros podrán utilizar la metodología y sus herramientas de trabajo para fines distintos al desarrollo del Programa. La distribución, modificación, cesión o comunicación pública de los citados contenidos y cualquier otro acto que no haya sido expresamente autorizado por la Cámara de España, quedan prohibidos. Las entidades camerales u otros terceros se abstendrán de comercializar, publicar o difundir, comunicar o ceder a terceros, de cualquier forma, total o parcialmente, el contenido de la metodología y materiales de los Programas sin el consentimiento previo expreso de la Cámara de España. Asimismo, y respecto de todas las marcas, nombres comerciales o signos distintivos de cualquier clase que son propiedad de la Cámara de España, no puede entenderse que la participación en el Programa atribuya a las entidades camerales u otros terceros derecho alguno sobre los mismos.
PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL. La firma del presente contrato no implicará en ningún caso la adquisición por el Cliente de los derechos de propiedad intelectual o industrial relacionados con los servicios o con sus contenidos, que en todo caso se regirán por su normativa específica y por lo dispuesto en el presente contrato. El Cliente será el único responsable de las infracciones cometidas por él o por las personas a su cargo que afecten a los derechos de otro Cliente, de R, o de un tercero, incluyendo los derechos referentes al copyright, marcas, patentes, información confidencial y a cualquier derecho de propiedad intelectual o industrial.
PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL. Todos los trabajos e información generados durante el desarrollo del contrato serán propiedad de ADIF, que será titular de todos los derechos de propiedad intelectual e industrial de la totalidad de los trabajos y de sus resultados con las limitaciones previstas en el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por RDL 1/1996, de 12 xx xxxxx y la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, y su normativa complementaria y de desarrollo. Los integrantes del equipo del adjudicatario que hayan participado en el contrato se comprometerán expresamente mediante documento escrito a no divulgar información relacionada con el mismo durante su duración.
PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL. 18.1. La firma del presente contrato no implicará en ningún caso la adquisición por el Cliente de los derechos de propiedad intelectual o industrial relacionados con los servicios o con sus contenidos, que en todo caso se regirán por su normativa específica y por lo dispuesto en el presente contrato. El Cliente será el único responsable de las infracciones cometidas por él o por personas a su cargo que afecten a los derechos de otro Cliente, de PTV o de un tercero, incluyendo los derechos referentes al copyright, marcas, patentes, información confidencial y a cualquier derecho de propiedad intelectual o industrial.
18.2. A estos efectos PTV podrá requerir al Cliente cuantos extremos sean necesarios para que acredite o justifique la titularidad de los derechos de propiedad intelectual o industrial que se atribuyen. En el supuesto de que el Cliente no acredite esta titularidad, PTV podrá retirar los contenidos indebidamente utilizados, procediendo, además, en su caso, a la resolución inmediata del contrato y sin que esta acción origine indemnización alguna a favor del Cliente. Asimismo, PTV se reserva el derecho a promover las acciones legales que estime pertinentes.
PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL. Todos los derechos de propiedad intelectual derivados del “Software” así como de sus productos o servicios corresponden en exclusiva al PROVEEDOR quien ha autorizado al USUARIO para su uso, manifestando EL PROVEEDOR que es el legítimo titular de dicho “Software”. La licencia de uso del Software faculta al USUARIO a utilizar “El Software” propiedad del PROVEEDOR, dentro de los límites a los derechos de explotación y/o reproducción que establece el artículo 100 del Texto Refundido de Propiedad Intelectual. La duración de la licencia de uso del “Software” será la misma que la del presente CONTRATO. La licencia de uso implica que EL USUARIO puede instalar y utilizar “El Software”. En ningún momento EL PROVEEDOR otorga al USUARIO el derecho de propiedad sobre el “El Software”, sino que cede el derecho de uso del mismo en las condiciones descritas en este CONTRATO, no entendiéndose en ningún caso que se habilite para su reproducción y difusión pública, transformación, adaptación, alteración, modificación, cesión, venta, alquiler o préstamo, especialmente en lo relativo al código fuente del Software, comprometiéndose a no ceder su uso parcial o total de ninguna forma, así como a no divulgar, publicar, ni poner de ninguna otra forma a disposición de otras partes. Todos los derechos de propiedad del PROVEEDOR, así como de sus contenidos y servicios comprendiendo, con carácter enunciativo, pero no limitativo, sitio web, aplicaciones, código fuente software, bases de datos, colecciones, textos, gráficos, imágenes, animaciones, sonidos, dibujos, fotografías, obras plásticas, logos, marcas, nombres comerciales, signos distintivos y código html, se encuentran protegidos por las leyes de propiedad intelectual e industrial. Las Partes no divulgarán o entregarán a terceros sin el previo consentimiento de la contraparte, el contenido de cualquier documento o informe relacionado directa o indirectamente con el presente CONTRATO. Se entiende por tercero cualquier persona física o jurídica que no tenga una relación laboral u orgánica con la parte contratante.
PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL. Todos los trabajos e información generados durante el desarrollo del contrato serán propiedad de LFP, S.A., que será titular de todos los derechos de propiedad intelectual e industrial de la totalidad de los trabajos y de sus resultados con las limitaciones previstas en el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por RDL 1/1996, de 12 xx xxxxx, y la Ley 11/1986, de 20 xx xxxxx, de Patentes de Invención y Modelos de Utilidad y su normativa complementaria y de desarrollo. Los integrantes del equipo del ADJUDICATARIO que hayan participado en el contrato se comprometerán expresamente mediante documento escrito a no divulgar información relacionada con el mismo durante su duración.
PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL. El Contratante se obliga a respetar y a hacer respetar por parte del Beneficiario, la propiedad intelectual e industrial de la Empresa en los términos de las Condiciones Generales de Uso. Especialmente, está prohibida la reproducción, adaptación, puesta a disposición o distribución total o parcial y de cualquier forma, del contenido de El Mercurio Digital. Sólo puede hacerse uso del contenido del Mercurio Digital para el uso personal del Contratante y Beneficiarios. Además, Contratante y Beneficiarios deberán respetar la propiedad intelectual e industrial de la Empresa sobre sus creaciones, sean marcas, textos, programas computacionales, dibujos u otras. Contratante y Beneficiarios no podrán hacer uso de marcas registradas o de reconocida denominación para su uso como nick, sobrenombre o apodo, correo electrónico o clave.
PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL. Todos los derechos de propiedad intelectual e industrial asociados los Productos o Servicios (incluyendo, sin limitación, las marcas incluidas en los Productos y las patentes, programas de computación o cualesquiera tecnologías subyacentes a los Productos o empleadas en su fabricación) son y serán en todo momento propiedad de la Hilti o de sociedades de su grupo, y están protegidos por las leyes y tratados nacionales e internacionales que resultan de aplicación. Ni el Contrato ni los presentes Términos y Condiciones otorgan al Cliente ningún derecho de uso de los anteriores derechos de propiedad intelectual e industrial. Asimismo, el uso de los Productos por el Cliente tampoco supondrá la cesión o la licencia de derecho alguno sobre los mismos. Queda expresamente prohibida cualquier utilización de dichos derechos de propiedad intelectual e industrial por el Cliente salvo que cuente con la previa autorización expresa de Hilti, a cuyos efectos Hilti deberá otorgar la correspondiente licencia al Cliente. El Cliente mantendrá indemne a Hilti de cualesquiera daños que le pudieran causar las vulneraciones de estos derechos
PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL. Todos los trabajos e información generados durante el desarrollo del contrato serán propiedad de ECCSA, que será titular de todos los derechos de propiedad intelectual e industrial de la totalidad de los trabajos y de sus resultados con las limitaciones previstas en el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por RDL 1/1996, de 12 xx xxxxx y la Ley 11/1986, de 20 xx xxxxx, de Patentes de Invención y Modelos de Utilidad, y su normativa complementaria y de desarrollo. Los integrantes del equipo del adjudicatario que hayan participado en el contrato se comprometerán expresamente mediante documento escrito a no divulgar información relacionada con el mismo durante su duración.