Common use of NORMAS COMPLEMENTARIAS Clause in Contracts

NORMAS COMPLEMENTARIAS. El adjudicatario se obliga a tener en todo momento, a disposición de los usuarios hojas de reclamaciones que le serán facilitadas por la Administración competente . El adjudicatario remitirá a la Administración, en el mismo día o en el siguiente hábil, copia de cada reclamación junto con su informe, si lo considera oportuno. En lugar visible del Albergue y del Restaurante se pondrá un anuncio advirtiendo de la existencia de estas hojas, que serán facilitadas por el adjudicatario a cualquier usuario que desease formular una reclamación. El adjudicatario se obliga a facilitar, para la explotación del servicio, cuantos elementos materiales, personales y técnicos sean necesarios para el perfecto funcionamiento de los servicios y que no sean aportados por la Administración. El mobiliario y material aportado por el adjudicatario deberá reunir, a juicio de la Administración, las condiciones correspondientes al servicio que han de presentarse y las instalaciones facilitadas por la Administración. . EL ADJUDICATARIO ESTÁ OBLIGADO A CONSERVAR EN PERFECTAS CONDICIONES LOS LOCALES, INSTALACIONES, MUEBLES, ENSERES Y APARATOS PROPIEDAD DE LA ADMINISTRACIÓN QUE SE PONEN A SU DISPOSICIÓN, SIENDO DE SU CUENTA LAS REPARACIONES QUE SE EFECTÚEN, y abonar los desperfectos que se observen al término del contrato y excedan del deterioro normal derivado del uso cuidadoso. Dará conocimiento de las reparaciones a efectuar en ellos, que serán a su cargo, presentando las facturas correspondientes a las mismas, una vez satisfechas, al Ayuntamiento. Los aparatos e instalaciones del Albergue y del Restaurante deberán ser objeto de revisión y mantenimiento preventivo y correctivo al menos semestralmente por el concesionario, operaciones todas ellas a su cargo, presentando las facturas de dichas revisiones, una vez satisfechas, al Ayuntamiento. La Administración se reserva la facultad de inspeccionar el estado de conservación de los citados aparatos o instalaciones, para comprobar la efectividad de las operaciones de mantenimiento. Si éstas no se realizaran o lo fueran deficientemente, podrán ordenar su ejecución o corrección a cargo del contratista. El adjudicatario está obligado al cumplimiento de lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores y en las leyes vigentes de la Seguridad Social y disposiciones complementarias vigentes o los que en lo sucesivo se dicten sobre la materia. El adjudicatario deberá tramitar, el correspondiente Alta de los Servicios de Albergue y de Restaurante. ante las Administraciones correspondientes . . Son de cuenta del adjudicatario el pago de los impuestos y árbitros de cualquier clase que sean, del Estado, provincia o del municipio, a que dé lugar la explotación del servicio, así como los recargos sobre los mismos, establecidos o que en un futuro pudieran establecerse, especialmente está obligado al pago del Impuesto sobre Actividades Económicas y el Impuesto sobre el Valor Añadido, por lo que en los precios ofertados deberá tener en cuenta esta circunstancia. . Son de cuenta del contratista los gastos de limpieza y conservación de local, mobiliario e instalaciones, así como la reposición de los elementos que quedan inservibles. Y cuantos gastos de funcionamiento sean inherentes al funcionamiento normal de los servicios: agua, electricidad, recogida de residuos, combustible, teléfono… etc. - El adjudicatario procederá antes del inicio de la actividad a la domiciliación bancaria del pago de todos los suministros y servicios ( agua , electricidad , basuras , teléfono etc ……) necesarios para el normal funcionamiento del servicio.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato Para La Explotación De Los Servicios De Albergue Restaurante

NORMAS COMPLEMENTARIAS. 34.1.- Condiciones laborales y sociales.- La empresa adjudicataria deberá contratar al personal necesario para atender sus obligaciones; dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empleador y deberá cumplir las condiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el Trabajo, referida al propio personal a su cargo. 34.2.- En caso de accidente o perjuicio de cualquier orden ocurrido a los operarios con ocasión del ejercicio de los trabajos, el adjudicatario cumplirá lo dispuesto en las normas vigentes, bajo su responsabilidad, sin que ésta alcance en modo alguno a la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha. A la extinción de los contratos de concesión de servicios, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal de la Administración contratante. 34.3.- Los trabajos que se realicen, en cualquiera de sus fases, serán propiedad de la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha y ésta, en su conveniencia, podrá recabar en cualquier momento las entregas de parte del servicio realizado o de las planchas, grabados, matriz de bronce, y cualesquiera otros materiales, siempre que se hayan originado como consecuencia de la ejecución del contrato, en cuyo precio ofertado se considerado han incluido tales costes. 34.4.- El adjudicatario se obliga será responsable de toda reclamación relativa a tener en todo momentola propiedad industrial, comercial e intelectual, y deberá indemnizar a disposición de los usuarios hojas de reclamaciones que le serán facilitadas por la Administración competente por todos los daños y perjuicios que para la misma puedan derivarse de las reclamaciones referidas a estos conceptos. El adjudicatario remitirá Examinado el presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que ha de regir la contratación del servicio de “ASESORAMIENTO EN MATERIA FISCAL Y CONTABLE, CON DESTINO A LA DIRECCIÓN DEL ÁREA ECONÓMICA Y FINANCIERA DE LA UNIVERSIDAD XX XXXXXXXX- LA MANCHA”; esta Asesoría Jurídica informa que su contenido es conforme a la Administraciónlegislación vigente. Asimismo, se hace constar que este informe jurídico no será necesario en los sucesivos pliegos de cláusulas administrativas particulares cuyo contenido se ajuste íntegramente al que ahora se informa, que queda inscrito en el mismo día o en el siguiente hábil, copia de cada reclamación junto con su informe, si lo considera oportuno. En lugar visible del Albergue y del Restaurante se pondrá un anuncio advirtiendo registro de la existencia Asesoría Jurídica con el número:_162//2011 . Ciudad Real a 7 de estas hojasnoviembre de 2011 LA LETRADA DE LA ASESORÍA JURÍDICA D/Xx , que serán facilitadas por con Documento Nacional de Identidad número: expedido en , el adjudicatario día , con validez hasta ,actuando en representación legal de la Empresa: , cuyo Código de Identificación Fiscal es el y su domicilio social en la localidad xx xxxxx nº (C.Postal: ), Teléfono , Fax Correo Electrónico: DATOS ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE LA EMPRESA: - Fecha: - Número Protocolo: - Notario D/ña. - Localidad Notario: - Localidad Registro Mercantil: - Tomo: Folio: Sección - Hoja: Inscripción: 1. Que para actuar en nombre y representación legal de la citada empresa dispone de poder bastante, suficiente y subsistente, otorgado ante el Notario de el día , bajo el número de su protocolo, entre cuyas facultades figura la de concurrir a cualquier usuario que desease formular una reclamación. El adjudicatario se obliga a facilitarlicitaciones de obras, para la explotación del servicioconcesiones de obras públicas, cuantos elementos materialessuministros, personales gestión de servicios públicos, y técnicos sean necesarios para el perfecto funcionamiento de los servicios y que no sean aportados por la Administración. El mobiliario y material aportado por el adjudicatario deberá reunir, a juicio de la Administración, las condiciones correspondientes al servicio que han de presentarse y las instalaciones facilitadas por la Administración. . EL ADJUDICATARIO ESTÁ OBLIGADO A CONSERVAR EN PERFECTAS CONDICIONES LOS LOCALES, INSTALACIONES, MUEBLES, ENSERES Y APARATOS PROPIEDAD DE LA ADMINISTRACIÓN QUE SE PONEN A SU DISPOSICIÓN, SIENDO DE SU CUENTA LAS REPARACIONES QUE SE EFECTÚEN, y abonar los desperfectos que se observen al término del contrato y excedan del deterioro normal derivado del uso cuidadoso. Dará conocimiento de las reparaciones a efectuar en ellos, que serán a su cargo, presentando las facturas correspondientes a las mismas, una vez satisfechas, al Ayuntamiento. Los aparatos e instalaciones del Albergue y del Restaurante deberán ser objeto de revisión y mantenimiento preventivo y correctivo al menos semestralmente por el concesionario, operaciones todas ellas a su cargo, presentando las facturas de dichas revisiones, una vez satisfechas, al Ayuntamiento. La Administración se reserva la facultad de inspeccionar el estado de conservación de los citados aparatos o instalaciones, para comprobar la efectividad de las operaciones de mantenimiento. Si éstas no se realizaran o lo fueran deficientemente, podrán ordenar su ejecución o corrección a cargo del contratista. El adjudicatario está obligado al cumplimiento de lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores y en las leyes vigentes de la Seguridad Social y disposiciones complementarias vigentes o los que en lo sucesivo se dicten sobre la materia. El adjudicatario deberá tramitar, el correspondiente Alta de los Servicios de Albergue y de Restaurante. ante las Administraciones correspondientes . . Son de cuenta del adjudicatario el pago de los impuestos y árbitros de cualquier clase que sean, del Estado, provincia o del municipio, a que dé lugar la explotación del servicio, así como los recargos sobre los mismos, establecidos o que en un futuro pudieran establecerse, especialmente está obligado al pago del Impuesto sobre Actividades Económicas y el Impuesto sobre el Valor Añadido, por lo que en los precios ofertados deberá tener en cuenta esta circunstancia. . Son de cuenta del contratista los gastos de limpieza y conservación de local, mobiliario e instalaciones, así como la reposición de los elementos que quedan inservibles. Y cuantos gastos de funcionamiento sean inherentes al funcionamiento normal de los servicios: agua, electricidad, recogida de residuos, combustible, teléfono… etc. - El adjudicatario procederá antes del inicio de la actividad a la domiciliación bancaria del pago de todos los suministros y servicios ( agua , electricidad , basuras , teléfono etc ……) necesarios para el normal funcionamiento del servicio.

Appears in 1 contract

Samples: Consulting Agreement

NORMAS COMPLEMENTARIAS. El adjudicatario se obliga concesionario podrá efectuar a tener en todo momento, a disposición su xxxxx las modificaciones que considere convenientes con la autorización previa del Ayuntamiento de los usuarios hojas de reclamaciones que le serán facilitadas por la Administración competente Xxxxxxxx xxx Xxxxx. El adjudicatario remitirá concesionario está obligado a la Administración, conservar en el mismo día o en el siguiente hábil, copia de cada reclamación junto con su informe, si lo considera oportuno. En lugar visible perfectas condiciones las instalaciones propiedad del Albergue y del Restaurante se pondrá un anuncio advirtiendo de la existencia de estas hojasAyuntamiento, que serán facilitadas por el adjudicatario se ponen a cualquier usuario su disposición, siendo de su cuenta las reparaciones que desease formular una reclamación. El adjudicatario se obliga a facilitar, para la explotación del servicio, cuantos elementos materiales, personales y técnicos sean necesarios para el perfecto funcionamiento de los servicios y que no sean aportados por la Administración. El mobiliario y material aportado por el adjudicatario deberá reunir, a juicio de la Administración, las condiciones correspondientes al servicio que han de presentarse y las instalaciones facilitadas por la Administración. . EL ADJUDICATARIO ESTÁ OBLIGADO A CONSERVAR EN PERFECTAS CONDICIONES LOS LOCALES, INSTALACIONES, MUEBLES, ENSERES Y APARATOS PROPIEDAD DE LA ADMINISTRACIÓN QUE SE PONEN A SU DISPOSICIÓN, SIENDO DE SU CUENTA LAS REPARACIONES QUE SE EFECTÚENefectúen, y abonar los desperfectos que se observen al término del contrato y excedan del deterioro normal derivado del uso cuidadosocontrato. Dará conocimiento El Ayuntamiento de las reparaciones a efectuar en ellos, que serán a su cargo, presentando las facturas correspondientes a las mismas, una vez satisfechas, al Ayuntamiento. Los aparatos e instalaciones del Albergue y del Restaurante deberán ser objeto de revisión y mantenimiento preventivo y correctivo al menos semestralmente por el concesionario, operaciones todas ellas a su cargo, presentando las facturas de dichas revisiones, una vez satisfechas, al Ayuntamiento. La Administración Xxxxxxxx xxx Xxxxx se reserva la facultad de inspeccionar el estado de conservación de los citados aparatos o las citadas instalaciones, para comprobar la efectividad de las operaciones de mantenimiento. Si éstas no se realizaran o lo fueran deficientemente, podrán ordenar su ejecución o corrección a cargo del contratista. El adjudicatario está obligado al cumplimiento de lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores y en las leyes vigentes de la Seguridad Social y disposiciones complementarias vigentes o los que en lo sucesivo se dicten sobre la materia. El adjudicatario deberá tramitar, el correspondiente Alta de los Servicios de Albergue y de Restaurante. ante las Administraciones correspondientes . . Son de cuenta del adjudicatario el pago de los impuestos y árbitros de cualquier clase que sean, del Estado, provincia o del municipio, a que dé lugar la explotación del servicio, así como los recargos sobre los mismos, establecidos o que en un futuro pudieran establecerse, especialmente está obligado al pago del Impuesto sobre Actividades Económicas y el Impuesto sobre el Valor Añadido, por lo que en los precios ofertados deberá tener en cuenta esta circunstancia. . Son de cuenta del contratista concesionario los gastos de limpieza y conservación de local, mobiliario e las instalaciones, así como la reposición de los elementos que quedan queden inservibles. Y cuantos Igualmente, serán a cuenta del empresario-adjudicatario los gastos derivados de funcionamiento sean inherentes la publicación en los boletines oficiales que, en su caso, correspondan. El concesionario deberá cumplir y hallarse al funcionamiento normal corriente en todo momento de las obligaciones que como empresa le incumben en materia fiscal, laboral, de seguridad social, seguridad e higiene en el trabajo, etc., siendo estricta y rigurosamente responsable con carácter exclusivo, quedando el Ayuntamiento de Xxxxxxxx xxx Xxxxx exonerado de responsabilidad en caso de incumplimiento. A los efectos de control, el concesionario deberá acreditar siempre que sea requerido por el Ayuntamiento, tener cumplidas todas las obligaciones mencionadas, poniendo a su disposición los comprobantes que hagan referencia a tales obligaciones. El Ayuntamiento se reserva el derecho a efectuar cuantas comprobaciones estime convenientes de la calidad del servicio prestado y de los servicios: aguabienes, electricidady del procedimiento a seguir en el reconocimiento del material. A estos efectos, recogida un facultativo del Ayuntamiento podrá, en cualquier momento y sin previo aviso, a efectuar in situ el control de residuoscalidad oportuno, combustiblelevantando, teléfono… etcen su caso, acta de no conformidad, que podrá dar lugar a la resolución del contrato. - El concesionario será responsable de los accidentes que puedan ocurrir a todo el personal y elementos materiales de las instalaciones o, a los usuarios o terceras personas, así como de sus bienes, como consecuencia de la realización de los trabajos encomendados relativos a las obras o los derivados de la responsabilidad civil, de la que se dará traslado al Ayuntamiento. El concesionario gestionará el servicio directamente y por su cuenta y riesgo, atendiendo a las disposiciones normativas que le resulten aplicables y con sujeción a las disposiciones del Reglamento de Funcionamiento y Explotación de las Instalaciones, que será elaborado por el concesionario y aprobado por este Ayuntamiento. El adjudicatario procederá antes del inicio de deberá realizar todas las operaciones necesarias para la actividad a la domiciliación bancaria del pago de todos los suministros gestión y servicios ( agua , electricidad , basuras , teléfono etc ……) necesarios para el normal funcionamiento del servicio, respetando el horario de apertura. También le incumbe el mantenimiento del edificio e instalaciones.

Appears in 1 contract

Samples: Concession Agreement

NORMAS COMPLEMENTARIAS. El Ayuntamiento responsable del Servicio pretende con esta nueva convocatoria dar a estas instalaciones un nuevo enfoque consistente en compaginar la prestación de servicios de hospedaje y restauración a los que hasta ahora estaban adscritas con las de centro formativo en el cual puedan impartirse cursos relacionados con el ámbito de la hostelería en colaboración con otras instituciones que permitan por una parte cubrir las necesidades existentes en el municipio en materia de restauración y por otra mejorar las condiciones en la explotación del servicio para poder optimizar los resultados . Para ello , el adjudicatario deberá cumplir las siguientes CONDICIONES ESPECIALES : El adjudicatario se encargará de gestionar y organizar los nuevos servicios formativos que se impartan en las instalaciones arrendadas una vez finalizadas las obras de adecuación necesarias que serán ejecutadas por el Ayuntamiento conforme al proyecto Técnico que se está redactando por los Servicios técnicos de la Mancomunidad Altas Cinco Villas . El adjudicatario deberá tener presente en la organización de la gestión del servicio de Albergue – Restaurante la disminución en la superficie del comedor del primer piso así como del número de camas que con motivo del aumento de la superficie de las cocinas será preciso realizar El adjudicatario tendrá que adecuar el servicio durante la realización de las obras , prestando el servicio de restaurante y albergue durante las fechas de mayor afluencia de visitantes al municipio . . El adjudicatario se obliga a tener en todo momento, a disposición de los usuarios hojas de reclamaciones que le serán facilitadas por la Administración competente . El adjudicatario remitirá a la Administración, en el mismo día o en el siguiente hábil, copia de cada reclamación junto con su informe, si lo considera oportuno. En lugar visible del Albergue y del Restaurante se pondrá un anuncio advirtiendo de la existencia de estas hojas, que serán facilitadas por el adjudicatario a cualquier usuario que desease formular una reclamación. El adjudicatario se obliga a facilitar, para la explotación del servicio, cuantos elementos materiales, personales y técnicos sean necesarios para el perfecto funcionamiento de los servicios y que no sean aportados por la Administración. El mobiliario y material aportado por el adjudicatario deberá reunir, a juicio de la Administración, las condiciones correspondientes al servicio que han de presentarse y las instalaciones facilitadas por la Administración. . EL ADJUDICATARIO ESTÁ OBLIGADO A CONSERVAR EN PERFECTAS CONDICIONES LOS LOCALESEl adjudicatario está obligado a conservar en perfectas condiciones los locales, INSTALACIONESinstalaciones, MUEBLESmuebles, ENSERES Y APARATOS PROPIEDAD DE LA ADMINISTRACIÓN QUE SE PONEN A SU DISPOSICIÓNenseres y aparatos propiedad de la Administración que se ponen a su disposición, SIENDO DE SU CUENTA LAS REPARACIONES QUE SE EFECTÚENsiendo de su cuenta las reparaciones que se efectúen, y abonar los desperfectos que se observen al término del contrato y excedan del deterioro normal derivado del uso cuidadoso. Dará conocimiento de las reparaciones a efectuar en ellos, que serán a su cargo, presentando las facturas correspondientes a las mismas, una vez satisfechas, al Ayuntamiento. Los aparatos e instalaciones del Albergue y del Restaurante deberán ser objeto de revisión y mantenimiento preventivo y correctivo al menos semestralmente por el concesionario, operaciones todas ellas a su cargo, presentando las facturas de dichas revisiones, una vez satisfechas, al Ayuntamiento. La Administración se reserva la facultad de inspeccionar el estado de conservación de los citados aparatos o instalaciones, para comprobar la efectividad de las operaciones de mantenimiento. Si éstas no se realizaran o lo fueran deficientemente, podrán ordenar su ejecución o corrección a cargo del contratista. . En concordancia con lo establecido en la Ley 28/2005 de 26 de diciembre, el Albergue será zona de NO FUMADORES y también el comedor del Restaurante. No obstante, en este último el adjudicatario podrá habilitar el Bar de planta baja como zona de Fumadores. . El adjudicatario está obligado al cumplimiento de lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores y en las leyes vigentes de la Seguridad Social y disposiciones complementarias vigentes o los que en lo sucesivo se dicten sobre la materia. El adjudicatario deberá tramitar, el correspondiente Alta cambio de titularidad de los Servicios de Albergue y de Restaurante. ante las Administraciones correspondientes . . Son de cuenta del adjudicatario el pago de los impuestos y árbitros de cualquier clase que sean, del Estado, provincia o del municipio, a que dé lugar la explotación del servicio, así como los recargos sobre los mismos, establecidos o que en un futuro pudieran establecerse, especialmente está obligado al pago del Impuesto sobre Actividades Económicas y el Impuesto sobre el Valor Añadido, por lo que en los precios ofertados deberá tener en cuenta esta circunstancia. . Son de cuenta del contratista los gastos de limpieza y conservación de local, mobiliario e instalaciones, así como la reposición de los elementos que quedan inservibles. Y cuantos gastos de funcionamiento sean inherentes al funcionamiento normal de los servicios: agua, electricidad, recogida de residuos, combustible, teléfono… etc. - El adjudicatario procederá antes del inicio de la actividad a la domiciliación n bancaria del pago de todos los suministros y servicios ( agua , electricidad , basuras , teléfono etc ……) necesarios para el normal funcionamiento del servicio.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Gestión De Servicios

NORMAS COMPLEMENTARIAS. El adjudicatario podrá instalar, por su cuenta y riesgo, puntos de venta de recuerdos y objetos relacionados con el Xxxxxxx Real Testamentario xx Xxxxxx la Católica, el Xxxxxxxx de la Xxxx y su entorno, así como todo aquello relacionado con el resto de la oferta turística de la Villa, siempre que previamente haya sido autorizado y aprobado por el Ayuntamiento. Se podrán igualmente instalar máquinas de venta automatizada de alimentos y bebidas no alcohólicas. Cualquier otra máquina deberá ser expresamente autorizada por el Ayuntamiento. El modelo y la ubicación de las máquinas deberá contar con el visto bueno del Ayuntamiento. En cualquier caso, estas máquinas estéticamente se obliga a tener integrarán en todo momento, a disposición de los usuarios hojas de reclamaciones el espacio en el que le serán facilitadas por la Administración competente se ubiquen. El adjudicatario remitirá a la Administración, en el mismo día o en el siguiente hábil, copia de cada reclamación junto con su informe, si lo considera oportuno. En lugar visible del Albergue y del Restaurante se pondrá un anuncio advirtiendo de la existencia de estas hojas, que serán facilitadas por el adjudicatario a cualquier usuario que desease formular una reclamación. El adjudicatario se obliga a facilitar, para la explotación del servicio, cuantos elementos materiales, personales y técnicos sean necesarios para el perfecto funcionamiento responderá de los servicios daños y que no sean aportados por la Administración. El mobiliario y material aportado por el adjudicatario deberá reunir, a juicio de la Administración, las condiciones correspondientes al servicio que han de presentarse y las instalaciones facilitadas por la Administración. . EL ADJUDICATARIO ESTÁ OBLIGADO A CONSERVAR EN PERFECTAS CONDICIONES LOS LOCALES, INSTALACIONES, MUEBLES, ENSERES Y APARATOS PROPIEDAD DE LA ADMINISTRACIÓN QUE SE PONEN A SU DISPOSICIÓN, SIENDO DE SU CUENTA LAS REPARACIONES QUE SE EFECTÚEN, y abonar los desperfectos que se observen al término del contrato y excedan del deterioro normal derivado del uso cuidadoso. Dará conocimiento de las reparaciones a efectuar en ellos, que serán a su cargo, presentando las facturas correspondientes a las mismas, una vez satisfechas, al Ayuntamiento. Los aparatos e instalaciones del Albergue y del Restaurante deberán ser objeto de revisión y mantenimiento preventivo y correctivo al menos semestralmente por el concesionario, operaciones todas ellas a su cargo, presentando las facturas de dichas revisiones, una vez satisfechas, al Ayuntamiento. La Administración se reserva la facultad de inspeccionar el estado de conservación de los citados aparatos o instalaciones, para comprobar la efectividad de las operaciones de mantenimiento. Si éstas no se realizaran o lo fueran deficientemente, podrán ordenar su ejecución o corrección a cargo del contratista. El adjudicatario está obligado al cumplimiento de lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores y en las leyes vigentes de la Seguridad Social y disposiciones complementarias vigentes o los que en lo sucesivo se dicten sobre la materia. El adjudicatario deberá tramitar, el correspondiente Alta de los Servicios de Albergue y de Restaurante. ante las Administraciones correspondientes . . Son de cuenta del adjudicatario el pago de los impuestos y árbitros perjuicios de cualquier clase que seanpor defectuosa prestación del servicio o negligencia del personal a su cargo puedan ocasionarse a los visitantes. Cualquier modificación en la infraestructura de los edificios o en su equipamiento deberá ser notificada, supervisada y deberá contar con el previo consentimiento del EstadoAyuntamiento. El adjudicatario suscribirá y mantendrá al día un seguro de responsabilidad civil y de accidentes que cubra los riesgos que puedan acaecer durante las visitas. Igualmente será de su responsabilidad el control de los visitantes para evitar hurtos, provincia actos vandálicos o del municipiousos indebidos de las instalaciones. La empresa deberá reintegrar los inmuebles así como el equipamiento de los mismos en las mismas condiciones en que se entregó, tanto en cuanto a la dotación inicial como a las posteriores fases que se pudieran derivar de todo aquello relacionado con mobiliario, enseres y materiales expositivos, quedando obligada a que dé lugar en caso de pérdida, robo o deterioro. El material, daño o desperfecto sea sustituido por otro (de idénticas calidades, material y características) o solventado el daño o deterioro en el momento en que se produzca el mismo. Velar por el buen uso del yacimiento arqueológico, situado en la explotación planta de sótano del servicioCentro de Recepción de Visitantes, así como los recargos sobre los mismos, establecidos o que en un futuro pudieran establecerse, especialmente está obligado al pago del Impuesto sobre Actividades Económicas y el Impuesto sobre el Valor Añadido, por lo que en los precios ofertados deberá tener en cuenta esta circunstancia. . Son de cuenta del contratista los gastos de limpieza y conservación de local, mobiliario e instalaciones, así como la reposición de los elementos que quedan inservibles. Y cuantos gastos de funcionamiento sean inherentes al funcionamiento normal de los servicios: agua, electricidad, recogida de residuos, combustible, teléfono… etc. - El adjudicatario procederá antes del inicio propiedad de la actividad a la domiciliación bancaria del pago de todos los suministros Junta xx Xxxxxxxx y servicios ( agua , electricidad , basuras , teléfono etc ……) necesarios para el normal funcionamiento del servicioLeón.

Appears in 1 contract

Samples: Contratos De Gestión De Servicios Públicos

NORMAS COMPLEMENTARIAS. El adjudicatario se obliga 36.1. Condiciones laborales y sociales.- La empresa adjudicataria deberá contratar al personal necesario para atender sus obligaciones; dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a tener su calidad de empleador y deberá cumplir las condiciones vigentes en todo momentomateria laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el Trabajo, referida al propio personal a disposición su cargo. 36.2. Deberá contar con la aprobación de la Vicegerencia del Campus xx Xxxxxx, la incorporación de nuevos trabajadores al servicio, diferentes a los incluidos en la oferta inicial. 36.3. En caso de accidente o perjuicio de cualquier orden ocurrido a los operarios con ocasión del ejercicio de los usuarios hojas trabajos, el adjudicatario cumplirá lo dispuesto en las normas vigentes, bajo su responsabilidad, sin que ésta alcance en modo alguno a la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha. 36.4. El contratista será responsable de reclamaciones la custodia y conservación de los bienes materiales que le serán facilitadas la UCLM ponga a su disposición para la ejecución del objeto del contrato. 36.5. El servicio objeto de este contrato, deberá ofrecerse por la Administración competente los adjudicatarios debidamente legalizados, respecto de los derechos de propiedad intelectual, industrial, comercial, patentes, marcas, etc., y cualesquiera otros de naturaleza análoga, siendo por cuenta de aquéllos todos los gastos, indemnizaciones y derechos que conlleven. 36.6. El adjudicatario remitirá será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial, comercial e intelectual, y deberá indemnizar a la MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA EMPRESARIOS ESPAÑOLES. 1. Que para actuar en nombre y representación legal de la citada empresa dispone de poder bastante, suficiente y subsistente, otorgado ante el Notario de el día , bajo el número de su protocolo, entre cuyas facultades figura la de concurrir a licitaciones de obras, concesiones de obras públicas, suministros, gestión de servicios públicos y servicios de la Administración. 2. Que conoce y acepta incondicionalmente el contenido íntegro del presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Técnicas que se exigen para la contratación del servicio de conservación y mantenimiento de zonas ajardinadas del Campus xx Xxxxxx; sin salvedad ni reserva alguna. PÁGINA 38 / 61 ID. DOCUMENTO QYi%nWAfzroisGFZVriKMQ$$ 05638592G Xxxxx Xxxxxx de los Xxxxx Xxxxxx 13/09/2012 13:45:34 MzQyMzg= En nombre propio o de la empresa: tomar a su cargo el citado servicio con estricta sujeción a los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria hecha pública por la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha, por la cantidad de euros (referido a una sola anualidad) (expresada claramente en letra y cifras la cantidad por la que se compromete) que representa una baja del por 100 sobre el tipo de licitación, AL QUE SE INCREMENTA COMO PARTIDA INDEPENDIENTE EL VALOR DE EUROS, EN CONCEPTO DE IVA AL TIPO DEL A todos los efectos, la proposición ofertada comprende no sólo el precio del contrato como tal, sino también las tasas, impuestos, licencias, y cualesquiera otros gastos que origine la ejecución del contrato. Lo que firma en a de de 2 PÁGINA 39 / 61 ID. DOCUMENTO QYi%nWAfzroisGFZVriKMQ$$ 05638592G Xxxxx Xxxxxx de los Xxxxx Xxxxxx 13/09/2012 13:45:34 MzQyMzg= D/Xx , con Documento Nacional de Identidad número: expedido en , el día , con validez hasta ,actuando en representación legal de la Empresa: , cuyo Código de Identificación Fiscal es el y su domicilio social en la localidad xx xxxxx nº (C.Postal: ), Teléfono , Fax Correo Electrónico: DATOS ESCRITURA DE CONSTITUCIÓN DE LA EMPRESA: - Fecha: - Número Protocolo: - Notario D/ña. - Localidad Notario: - Localidad Registro Mercantil: - Tomo: Folio: Sección - Hoja: Inscripción: 1. Que para actuar en nombre y representación legal de la citada empresa dispone de poder bastante, suficiente y subsistente, otorgado ante el Notario de el día , bajo el número de su protocolo, entre cuyas facultades figura la de concurrir a licitaciones de obras, concesiones de obras públicas, suministros, gestión de servicios públicos y servicios de la Administración. 2. Que conoce y acepta incondicionalmente el contenido íntegro del presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Técnicas que se exigen para la contratación del servicio de conservación y mantenimiento de zonas ajardinadas del Campus xx Xxxxxx; sin salvedad ni reserva alguna. PÁGINA 40 / 61 ID. DOCUMENTO QYi%nWAfzroisGFZVriKMQ$$ 05638592G Xxxxx Xxxxxx de los Xxxxx Xxxxxx 13/09/2012 13:45:34 MzQyMzg= 3. A este efecto hace declaración solemne de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales Españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. En nombre propio o de la empresa: tomar a su cargo el citado servicio con estricta sujeción a los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria hecha pública por la Universidad xx Xxxxxxxx-La Mancha, por la cantidad de euros (referido a una sola anualidad) (expresada claramente en letra y cifras la cantidad por la que se compromete) que representa una baja del por 100 sobre el tipo de licitación, AL QUE SE INCREMENTA COMO PARTIDA INDEPENDIENTE EL VALOR DE EUROS, EN CONCEPTO DE IVA AL TIPO DEL A todos los efectos, la proposición ofertada comprende no sólo el precio del contrato como tal, sino también las tasas, impuestos, licencias, y cualesquiera otros gastos que origine la ejecución del contrato. Lo que firma en a de de 2 PÁGINA 41 / 61 ID. DOCUMENTO QYi%nWAfzroisGFZVriKMQ$$ 05638592G Xxxxx Xxxxxx de los Xxxxx Xxxxxx 13/09/2012 13:45:34 MzQyMzg= DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD, que ni el firmante, ni la Empresa a la que representa, ni los administradores ni representantes de la misma, se encuentran incursos en ninguna limitación, incapacidad, prohibición o incompatibilidad para contratar con la Administración, no concurriendo circunstancia alguna que incapacite para contratar con la misma, previstas en los artículos 56 a 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 3/2011, 14 de noviembre (B.O.E. de 16 de noviembre), hallándose, la persona física/jurídica representada, al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Así mismo día o se compromete a aportar los certificados requeridos en los artículos 13 y 14 del Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas, antes de la adjudicación definitiva, en el siguiente hábilcaso de resultar como adjudicatario provisional del contrato. Lo que firma en a de de 2 NOTA: La presente declaración deberá otorgarse ante autoridad administrativa, copia Notario Público u Organismo Profesional Cualificado. Cuando se trate de cada reclamación junto con su informe, si lo considera oportuno. En lugar visible del Albergue y del Restaurante se pondrá un anuncio advirtiendo empresas de Estados miembros de la existencia Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también ser otorgada la presente declaración ante una autoridad judicial. (Todo ello conforme a lo preceptuado en el artículo 73 de estas hojas, que serán facilitadas por el adjudicatario a cualquier usuario que desease formular una reclamaciónla TRLCSP). El adjudicatario se obliga a facilitar, para la explotación del servicio, cuantos elementos materiales, personales y técnicos sean necesarios para el perfecto funcionamiento PÁGINA 42 / 61 ID. DOCUMENTO QYi%nWAfzroisGFZVriKMQ$$ 05638592G Xxxxx Xxxxxx de los servicios y que no sean aportados por la AdministraciónXxxxx Xxxxxx 13/09/2012 13:45:34 MzQyMzg= AUTORIZACIÓN DE LA EMPRESA “ ” CON CIF , DOMICILIADA EN , CALLE/AVDA/PLAZA , NÚMERO CÓDIGO POSTAL: . El mobiliario y material aportado por el adjudicatario deberá reunirD/DÑA , a juicio de la AdministraciónTITULAR/REPRESENTANTE LEGAL DE LA INDICADA EMPRESA, las condiciones correspondientes al servicio que han de presentarse y las instalaciones facilitadas por la AdministraciónCON DNI , NÚMERO DE PROTOCOLO: . . EL ADJUDICATARIO ESTÁ OBLIGADO AUTORIZO A CONSERVAR EN PERFECTAS CONDICIONES LOS LOCALESLA UNIVERSIDAD XX XXXXXXXX-LA MANCHA, INSTALACIONES, MUEBLES, ENSERES Y APARATOS PROPIEDAD PARA QUE PUEDA SOLICITAR DE LA ADMINISTRACIÓN QUE SE PONEN TRIBUTARIA COMPETENTE, LA CERTIFICACIÓN DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS, REFERIDA A SU DISPOSICIÓNESTA EMPRESA, SIENDO A EFECTOS DE SU CUENTA CONTRATACIÓN PÚBLICA, CONFORME A LO PREVISTO EN LOS ARTÍCULOS 13, 15 Y 16 DEL REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY DE CONTRATOS DE LAS REPARACIONES QUE SE EFECTÚEN, y abonar los desperfectos que se observen al término del contrato y excedan del deterioro normal derivado del uso cuidadoso. Dará conocimiento de las reparaciones a efectuar en ellos, que serán a su cargo, presentando las facturas correspondientes a las mismas, una vez satisfechas, al Ayuntamiento. Los aparatos e instalaciones del Albergue y del Restaurante deberán ser objeto de revisión y mantenimiento preventivo y correctivo al menos semestralmente por el concesionario, operaciones todas ellas a su cargo, presentando las facturas de dichas revisiones, una vez satisfechas, al Ayuntamiento. La Administración se reserva la facultad de inspeccionar el estado de conservación de los citados aparatos o instalaciones, para comprobar la efectividad de las operaciones de mantenimiento. Si éstas no se realizaran o lo fueran deficientemente, podrán ordenar su ejecución o corrección a cargo del contratista. El adjudicatario está obligado al cumplimiento de lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores y en las leyes vigentes de la Seguridad Social y disposiciones complementarias vigentes o los que en lo sucesivo se dicten sobre la materia. El adjudicatario deberá tramitar, el correspondiente Alta de los Servicios de Albergue y de Restaurante. ante las Administraciones correspondientes . . Son de cuenta del adjudicatario el pago de los impuestos y árbitros de cualquier clase que sean, del Estado, provincia o del municipio, a que dé lugar la explotación del servicio, así como los recargos sobre los mismos, establecidos o que en un futuro pudieran establecerse, especialmente está obligado al pago del Impuesto sobre Actividades Económicas y el Impuesto sobre el Valor Añadido, por lo que en los precios ofertados deberá tener en cuenta esta circunstancia. . Son de cuenta del contratista los gastos de limpieza y conservación de local, mobiliario e instalaciones, así como la reposición de los elementos que quedan inservibles. Y cuantos gastos de funcionamiento sean inherentes al funcionamiento normal de los servicios: agua, electricidad, recogida de residuos, combustible, teléfono… etc. - El adjudicatario procederá antes del inicio de la actividad a la domiciliación bancaria del pago de todos los suministros y servicios ( agua , electricidad , basuras , teléfono etc ……) necesarios para el normal funcionamiento del servicioADMINISTRACIONES PÚBLICAS.

Appears in 1 contract

Samples: Service Agreement

NORMAS COMPLEMENTARIAS. 1. El adjudicatario no podrá exigir la modificación de las instalaciones actualmente existentes para prestar el servicio. Con autorización previa del Ayuntamiento de Montejo de la Sierra y posterior presentación de las facturas ya liquidadas, podrá efectuar a su xxxxx las modificaciones que considere convenientes. 2. El adjudicatario se obliga a tener en todo momento, a disposición de los usuarios hojas de reclamaciones que le serán facilitadas por la Administración competente Administración. El adjudicatario remitirá a la Administración, en el mismo día o en el siguiente hábilhábil el ejemplar de reclamaciones, copia de cada reclamación junto con su informe, informe si lo considera oportuno. En lugar visible de la recepción del Albergue Refugio de Montaña y del Bar-Restaurante se pondrá un anuncio advirtiendo de la existencia de estas hojas, que serán facilitadas por el adjudicatario a cualquier usuario que desease formular una reclamación. 3. El adjudicatario se obliga a facilitar, para la explotación del servicio, cuantos elementos materiales, personales y técnicos sean necesarios para el perfecto funcionamiento de los servicios y que no sean aportados por la Administración, tales como mobiliario, enseres, utillaje y maquinaria. 4. El mobiliario y material aportado por el adjudicatario deberá reunir, a juicio de la Administración, las condiciones correspondientes al servicio que han de presentarse prestarse y las instalaciones facilitadas por la Administración. 5. . EL ADJUDICATARIO ESTÁ OBLIGADO A CONSERVAR EN PERFECTAS CONDICIONES LOS LOCALESEl adjudicatario está obligado a conservar en perfectas condiciones los locales, INSTALACIONESinstalaciones, MUEBLESmuebles, ENSERES Y APARATOS PROPIEDAD DE LA ADMINISTRACIÓN QUE SE PONEN A SU DISPOSICIÓNenseres y aparatos propiedad de la Administración que se ponen a su disposición, SIENDO DE SU CUENTA LAS REPARACIONES QUE SE EFECTÚENsiendo de su cuenta las reparaciones que se efectúen, y abonar los desperfectos que se observen al término del contrato y excedan del deterioro normal derivado del uso cuidadoso. Dará conocimiento de las reparaciones a efectuar efectuadas en ellos, que serán a su cargo, presentando las facturas correspondientes a las mismas, una vez satisfechas, al Ayuntamiento. Los aparatos e instalaciones tanto del Albergue y Refugio de Montaña como del Bar-Restaurante deberán ser objeto de revisión y mantenimiento preventivo y correctivo al menos semestralmente trimestralmente por el concesionario, operaciones todas ellas a su cargo, presentando las facturas de dichas revisiones, una vez satisfechas, para su control al Ayuntamiento. La Administración contratante se reserva la facultad de inspeccionar el estado de conservación de los citados aparatos o instalaciones, para comprobar la efectividad de las operaciones de mantenimiento. Si éstas no se realizaran o lo fueran deficientemente, podrán ordenar su ejecución o corrección a cargo del contratista. La falta de conservación adecuada se considerará causa suficiente para la resolución de contrato. 6. El adjudicatario está obligado al cumplimiento de lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores y en las leyes vigentes de la Seguridad Social y disposiciones complementarias vigentes o los que en lo sucesivo se dicten sobre la materia. 7. El Son de cuenta del adjudicatario deberá tramitar, el correspondiente Alta los gastos e impuestos de los Servicios anuncios oficiales o de Albergue prensa diaria y demás derivados de Restaurante. ante las Administraciones correspondientes . la licitación y cuantos otros existan legalmente establecidos o que se establezcan en lo sucesivo sobre estas materias. 8. Son de cuenta del adjudicatario el pago de los impuestos y árbitros arbitrios de cualquier clase que sean, del Estado, provincia o del municipio, a que dé lugar la explotación del servicio, así como los recargos sobre los mismos, establecidos o que en un futuro pudieran establecerse, especialmente está obligado al pago del Impuesto sobre Actividades Económicas y el Impuesto sobre el Valor Añadido, por lo que en los precios ofertados deberá tener en cuenta esta circunstancia. . 9. Son de cuenta del contratista los gastos de limpieza y conservación de locallas instalaciones y equipamiento del establecimiento hotelero, mobiliario e instalaciones, así como la reposición de los elementos que quedan queden inservibles. 10. Y cuantos gastos El adjudicatario deberá entregar trimestralmente al Ayuntamiento xx Xxxxxxx de funcionamiento sean inherentes al funcionamiento normal la Sierra el registro de la afluencia turística, desglosando el servicio del que se ha hecho uso, la procedencia del visitante y la fecha de la visita. 11. El adjudicatario igualmente se obliga a obtener un título de calidad del bar-restaurante en los cinco primeros años de explotación del mismo, así como a implantar aquellos sistemas de gestión y control necesarios para poner en práctica las orientaciones y directrices que el Ayuntamiento haya concertado en orden a garantizar una estrategia común y unos estándares de calidad en la imagen y comercialización de los servicios: agua, electricidad, recogida de residuos, combustible, teléfono… etc. - El adjudicatario procederá antes del inicio recursos turísticos públicos rurales de la actividad a provincia de Madrid. 12. Queda prohibida y será nula la domiciliación bancaria cesión, subarrendamiento o traspaso total o parcial de la explotación objeto de este contrato, salvo autorización expresa del pago de todos los suministros y servicios ( agua , electricidad , basuras , teléfono etc ……) necesarios para el normal funcionamiento del servicioAyuntamiento.

Appears in 1 contract

Samples: Contract for the Management and Commercial Exploitation of Recreational Area

NORMAS COMPLEMENTARIAS. El Adjudicatario no podrá exigir la modificación de las instalaciones actualmente existentes para prestar el servicio, sin embargo previa autorización del Ayuntamiento podrá efectuar a su xxxxx las modificaciones que considere convenientes. El adjudicatario se obliga a tener en todo momento, a disposición de los usuarios hojas de reclamaciones que le serán facilitadas por la Administración competente reclamaciones. El adjudicatario remitirá a la Administración, al Ayuntamiento en el mismo día o en el al dia siguiente hábil, copia el ejemplar de cada la reclamación junto con su informe, si lo considera oportuno. En lugar visible del Albergue y del Restaurante de la instalación se pondrá un anuncio advirtiendo de la existencia de estas hojas, que serán facilitadas por el adjudicatario a cualquier usuario que desease deseases formular una reclamación. El adjudicatario se obliga a facilitar, para la explotación del servicio, cuantos elementos materiales, personales y técnicos sean necesarios para el perfecto funcionamiento de los servicios y que no sean aportados por la Administración. El mobiliario y material aportado por el adjudicatario deberá reunir, reunir a juicio de la Administracióndel Ayuntamiento, las condiciones correspondientes al servicio que han de presentarse prestarse y ser convenietes y adecuadas a las instalaciones facilitadas por el Ayuntamiento. Cód. Validación: 73G74W4K2E5L3QWJXYAYGD5C7 Verificación: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xx/ Documento firmado electrónicamente desde la Administración. . EL ADJUDICATARIO ESTÁ OBLIGADO A CONSERVAR EN PERFECTAS CONDICIONES LOS LOCALESplataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 19 El adjudicatario está obligado a conservar en perfectas condiciones los locales, INSTALACIONESinstalaciones, MUEBLESmuebles, ENSERES Y APARATOS PROPIEDAD DE LA ADMINISTRACIÓN QUE SE PONEN A SU DISPOSICIÓNenseres y aparatos propiedad del Ayuntamiento que se ponen a disposición, SIENDO DE SU CUENTA LAS REPARACIONES QUE SE EFECTÚEN, siendo de su cuenta las reparaciones que se efectúen y abonar el abono de los desperfectos que se observen al término del contrato y excedan del deterioro normal derivado del uso cuidadoso. Dará conocimiento de las reparaciones a efectuar en ellos, que serán a su cargo, presentando presentado las facturas correspondientes a las mismas, una vez satisfechas, al Ayuntamiento. Los aparatos e instalaciones del Albergue y del Restaurante de las piscinas deberán ser objeto de revisión y mantenimiento preventivo y correctivo al menos semestralmente semanalmente por el concesionario, operaciones todas ellas a su cargo, presentando las facturas de dichas revisiones, una vez satisfechas, al Ayuntamiento. La Administración El Ayuntamiento se reserva la facultad de inspeccionar el estado de conservación de los citados aparatos o e instalaciones, para comprobar la efectividad de las operaciones de mantenimiento. Si éstas estas no se realizaran ser realizarán o lo fueran deficientemente, podrán ordenar su ejecución o corrección a cargo del contratista. El adjudicatario está obligado al cumplimiento La falta de lo establecido en el Estatuto conservación adecuada se considera causa suficiente para la resolución de los Trabajadores y en las leyes vigentes de la Seguridad Social y disposiciones complementarias vigentes o los que en lo sucesivo se dicten sobre la materia. El adjudicatario deberá tramitar, el correspondiente Alta de los Servicios de Albergue y de Restaurante. ante las Administraciones correspondientes . . Son de cuenta del adjudicatario el pago de los impuestos y árbitros de cualquier clase que sean, del Estado, provincia o del municipio, a que dé lugar la explotación del servicio, así como los recargos sobre los mismos, establecidos o que en un futuro pudieran establecerse, especialmente está obligado al pago del Impuesto sobre Actividades Económicas y el Impuesto sobre el Valor Añadido, por lo que en los precios ofertados deberá tener en cuenta esta circunstancia. . Son de cuenta del contratista los gastos de limpieza y conservación de local, mobiliario e instalaciones, así como la reposición de los elementos que quedan inservibles. Y cuantos gastos de funcionamiento sean inherentes al funcionamiento normal de los servicios: agua, electricidad, recogida de residuos, combustible, teléfono… etc. - El adjudicatario procederá antes del inicio de la actividad a la domiciliación bancaria del pago de todos los suministros y servicios ( agua , electricidad , basuras , teléfono etc ……) necesarios para el normal funcionamiento del serviciocontrato.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Concesión De Servicio Público

NORMAS COMPLEMENTARIAS. VII.1. El adjudicatario no podrá exigir la modificación de las instalaciones actualmente existentes para prestar el servicio. Con autorización de la Administración podrá efectuar a su xxxxx las modificaciones que considere conveniente. VII.2. El adjudicatario se obliga a tener en todo momento, a disposición de los usuarios hojas de reclamaciones que le serán facilitadas por la Administración competente La Administración. El adjudicatario remitirá a la La Administración, en el mismo día o en el siguiente hábil, copia el ejemplar de cada reclamación junto reclamaciones con su informe, si lo considera oportuno. En lugar visible del Albergue y del Restaurante se pondrá un anuncio advirtiendo de la existencia de estas hojas, que serán facilitadas por el adjudicatario a cualquier usuario que desease formular una reclamación. El adjudicatario se obliga a facilitar, para la explotación del servicio, cuantos elementos materiales, personales y técnicos sean necesarios para el perfecto funcionamiento de los servicios y que no sean aportados por la Administración. VII.3. El mobiliario y material aportado por el adjudicatario deberá reunir, a juicio de la La Administración, las condiciones correspondientes al servicio que han de presentarse prestarse y las instalaciones facilitadas por la Administración. VII.4. . EL ADJUDICATARIO ESTÁ OBLIGADO A CONSERVAR EN PERFECTAS CONDICIONES LOS LOCALESEl adjudicatario está obligado a conservar en perfectas condiciones los locales, INSTALACIONESinstalaciones, MUEBLESmuebles, ENSERES Y APARATOS PROPIEDAD DE LA ADMINISTRACIÓN QUE SE PONEN A SU DISPOSICIÓNenseres y aparatos propiedad del La Administración que se ponen a su disposición, SIENDO DE SU CUENTA LAS REPARACIONES QUE SE EFECTÚENsiendo de su cuenta las reparaciones que se efectúen, y abonar los desperfectos que se observen al término del contrato y excedan del deterioro normal derivado del uso cuidadoso. Dará conocimiento de las reparaciones a efectuar en ellos, que serán a su cargo, presentando las facturas correspondientes a las mismas, una vez satisfechas, al Ayuntamiento. Los aparatos e instalaciones del Albergue y del Restaurante deberán ser objeto de revisión y mantenimiento preventivo y correctivo al menos semestralmente por el concesionario, operaciones todas ellas a su cargo, presentando las facturas de dichas revisiones, una vez satisfechas, al AyuntamientoConsorcio. La Administración se reserva la facultad de inspeccionar el estado de conservación de los citados aparatos o instalaciones, para comprobar la efectividad de las operaciones de mantenimiento. Si éstas no se realizaran o lo fueran deficientemente, podrán ordenar su ejecución o corrección a cargo del contratista. La falta de conservación adecuada se considerará causa suficiente para la resolución de contrato. VII.5. El adjudicatario está obligado al cumplimiento de lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores y en las leyes vigentes de la Seguridad Social y disposiciones complementarias vigentes o los que en lo sucesivo se dicten sobre la materia. VII.6. El Son de cuenta del adjudicatario deberá tramitar, el correspondiente Alta los gastos e impuestos de los Servicios anuncios oficiales o de Albergue prensa diaria y demás derivados de Restaurante. ante las Administraciones correspondientes . la licitación y cuantos otros existan legalmente establecidos o que se establezcan en lo sucesivo sobre estas materias. VII.7. Son de cuenta del adjudicatario el pago de los impuestos y árbitros arbitrios de cualquier clase que sean, del Estado, provincia o del municipio, a que dé lugar la explotación del servicio, así como los recargos sobre los mismos, establecidos o que en un futuro pudieran establecerse, especialmente está obligado al pago del Impuesto sobre Actividades Económicas y el Impuesto sobre el Valor Añadido, por lo que en los precios ofertados deberá tener en cuenta esta circunstancia. . VII.8. Son de cuenta del contratista los gastos de limpieza y conservación de local, mobiliario e instalaciones, así como la reposición de los elementos que quedan inservibles. Y cuantos gastos de funcionamiento sean inherentes al funcionamiento normal de los servicios: agua, electricidad, recogida de residuos, combustible, teléfono… etc. - El adjudicatario procederá antes del inicio de la actividad a la domiciliación bancaria del pago de todos los suministros y servicios ( agua , electricidad , basuras , teléfono etc ……) necesarios para el normal funcionamiento del servicio.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Gestión De Servicio Público

NORMAS COMPLEMENTARIAS. 9.1. El adjudicatario contratista está obligado a cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista o la infracción de las disposiciones sobre seguridad por parte del personal técnico designado por él no implicará responsabilidad alguna para el órgano de contratación. 9.2. El contratista está obligado a adaptar las retribuciones de los trabajadores afectos a la realización del objeto del contrato a los niveles retributivos que se obliga acuerden con posterioridad a tener la adjudicación, en el caso de una nueva negociación del convenio colectivo aplicable, o establecimiento de medidas complementarias. Su incumplimiento será causa de resolución del contrato. 9.3. Corresponde al contratista la obtención de todas las autorizaciones y licencias, tanto oficiales como particulares, que se requieran para la elaboración de la prestación contratada, así como las cesiones, permisos o autorizaciones necesarias de los titulares de patentes, modelos y marcas de fábrica que sean necesarios para la realización del trabajo, corriendo de su cuenta el pago de los derechos e indemnizaciones por tales conceptos. 9.4. El contratista no podrá utilizar para sí ni proporcionar a terceros dato alguno de los trabajos contratados, ni publicar, total o parcialmente, el contenido de los mismos sin autorización escrita del órgano de contratación. En todo momentocaso el contratista será responsable de los daños y perjuicios que se deriven de esta obligación. 9.5. El contratista será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial, intelectual o comercial de los materiales, procedimientos y equipos utilizados en la realización del contrato, y deberá indemnizar al Centro o al órgano de contratación de todos los daños y perjuicios que para ésta puedan derivarse de la interposición de reclamaciones, incluidos los gastos derivados de los que eventualmente puedan dirigirse contra la Administración. 9.6. Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los usuarios hojas de reclamaciones que le serán facilitadas por la Administración competente interesados. 9.7. El adjudicatario remitirá a la Administración, en el mismo día órgano de contratación no será responsable del deterioro o en el siguiente hábil, copia robo de cada reclamación junto con su informe, si lo considera oportuno. En lugar visible del Albergue y del Restaurante se pondrá un anuncio advirtiendo de la existencia de estas hojas, que serán facilitadas por el adjudicatario a cualquier usuario que desease formular una reclamación. El adjudicatario se obliga a facilitar, para la explotación del servicio, cuantos elementos materiales, personales y técnicos sean necesarios los materiales utilizados para el perfecto funcionamiento desarrollo del servicio contratado. Para ello el contratista podrá realizar un seguro de los servicios y que no sean aportados por la Administración. El mobiliario y material aportado por contra el adjudicatario deberá reunir, a juicio de la Administración, las condiciones correspondientes al servicio que han de presentarse y las instalaciones facilitadas por la Administración. . EL ADJUDICATARIO ESTÁ OBLIGADO A CONSERVAR EN PERFECTAS CONDICIONES LOS LOCALES, INSTALACIONES, MUEBLES, ENSERES Y APARATOS PROPIEDAD DE LA ADMINISTRACIÓN QUE SE PONEN A SU DISPOSICIÓN, SIENDO DE SU CUENTA LAS REPARACIONES QUE SE EFECTÚEN, y abonar los desperfectos que se observen al término del contrato y excedan del deterioro normal derivado del uso cuidadoso. Dará conocimiento de las reparaciones a efectuar en ellos, que serán a su cargo, presentando las facturas correspondientes a las mismas, una vez satisfechas, al Ayuntamiento. Los aparatos e instalaciones del Albergue y del Restaurante deberán ser objeto de revisión y mantenimiento preventivo y correctivo al menos semestralmente por el concesionario, operaciones todas ellas a su cargo, presentando las facturas de dichas revisiones, una vez satisfechas, al Ayuntamiento. La Administración se reserva la facultad de inspeccionar el estado de conservación de los citados aparatos o instalaciones, para comprobar la efectividad de las operaciones de mantenimiento. Si éstas no se realizaran o lo fueran deficientemente, podrán ordenar su ejecución o corrección a cargo del contratista. El adjudicatario está obligado al cumplimiento de lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores y en las leyes vigentes de la Seguridad Social y disposiciones complementarias vigentes o los que en lo sucesivo se dicten sobre la materia. El adjudicatario deberá tramitar, el correspondiente Alta de los Servicios de Albergue y de Restaurante. ante las Administraciones correspondientes . . Son de cuenta del adjudicatario el pago de los impuestos y árbitros de cualquier clase que sean, del Estado, provincia o del municipio, a que dé lugar la explotación del servicio, así como los recargos sobre los mismos, establecidos o que en un futuro pudieran establecerse, especialmente está obligado al pago del Impuesto sobre Actividades Económicas y el Impuesto sobre el Valor Añadido, por lo que en los precios ofertados deberá tener en cuenta esta circunstancia. . Son de cuenta del contratista los gastos de limpieza y conservación de local, mobiliario e instalaciones, así como la reposición de los elementos que quedan inservibles. Y cuantos gastos de funcionamiento sean inherentes al funcionamiento normal de los servicios: agua, electricidad, recogida de residuos, combustible, teléfono… etc. - El adjudicatario procederá antes del inicio de la actividad a la domiciliación bancaria del pago de todos los suministros y servicios ( agua , electricidad , basuras , teléfono etc ……) necesarios para el normal funcionamiento del serviciorobo.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

NORMAS COMPLEMENTARIAS. a) El adjudicatario se obliga queda obligado a tener en todo momento, momento a disposición de los usuarios hojas de reclamaciones que le serán facilitadas por la Administración competente el Ayuntamiento. El adjudicatario remitirá a la Administración, al Ayuntamiento en el mismo día o en el siguiente hábil, copia hábil el ejemplar de cada reclamación junto reclamaciones con su informe, si lo considera oportuno. En lugar visible del Albergue y del Restaurante se pondrá deberá colocar un anuncio advirtiendo de la existencia de estas hojas, que serán facilitadas por el adjudicatario a cualquier usuario que desease desee formular una reclamación. . b) El adjudicatario se obliga a facilitar, facilitar para la explotación del servicio, cuantos elementos materiales, personales y técnicos sean servico los medios necesarios para el perfecto funcionamiento de los servicios del servicio y que no sean aportados por la Administración. Administración contratante. c) El mobiliario y material aportado por el adjudicatario deberá reunir, reunir a juicio de la Administración, del Ayuntamiento las condiciones correspondientes adecuadas al servicio que han ha de presentarse prestarse y a las instalaciones facilitadas por la Administración. . EL ADJUDICATARIO ESTÁ OBLIGADO A CONSERVAR EN PERFECTAS CONDICIONES LOS LOCALES, INSTALACIONES, MUEBLES, ENSERES Y APARATOS PROPIEDAD DE LA ADMINISTRACIÓN QUE SE PONEN A SU DISPOSICIÓN, SIENDO DE SU CUENTA LAS REPARACIONES QUE SE EFECTÚEN, y abonar los desperfectos que se observen al término del contrato y excedan del deterioro normal derivado del uso cuidadoso. Dará conocimiento de las reparaciones a efectuar en ellos, que serán a su cargo, presentando las facturas correspondientes a las mismas, una vez satisfechas, al el Ayuntamiento. Los aparatos e instalaciones del Albergue y del Restaurante deberán ser objeto de revisión y mantenimiento preventivo y correctivo al menos semestralmente por el concesionario, operaciones todas ellas a su cargo, presentando las facturas de dichas revisiones, una vez satisfechas, al Ayuntamiento. La Administración . d) El Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx se reserva la facultad de inspeccionar el estado de conservación de los citados aparatos o instalaciones, instalaciones para comprobar la efectividad de las operaciones de mantenimiento. Si éstas no se realizaran realizan o lo fueran deficientemente, podrán deficientemente podrá ordenar su ejecución o corrección a cargo del contratista. La falta de conservación adecuada se considerará causa suficiente para la resolución del contrato. e) El adjudicatario está obligado al cumplimiento de lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores y en las leyes Leyes vigentes de la Seguridad Social y disposiciones complementarias vigentes complementarias, o los las que en lo sucesivo se dicten sobre en la materia. El adjudicatario deberá tramitar, el correspondiente Alta de los Servicios de Albergue y de Restaurante. ante las Administraciones correspondientes . . . f) Son de cuenta del adjudicatario el pago de los impuestos y árbitros arbitrios de cualquier clase que seanclase, del Estadoestatales, provincia provinciales o del municipio, municipales a que de lugar la explotación del servicio, así como los recargos sobre los mismos, mismos establecidos o que en un futuro pudieran establecerse, especialmente . Especialmente está obligado al pago del Impuesto sobre Actividades Económicas y el Impuesto sobre el Valor Añadido, IVA por lo que en los precios ofertados afectados deberá tener en cuenta cuente esta circunstancia. . . g) Son de cuenta del contratista adjudicatario los gastos de limpieza y conservación de local, mobiliario e las instalaciones, así como la reposición de los elementos que quedan queden inservibles. Y cuantos gastos de funcionamiento sean inherentes al funcionamiento normal de los servicios: agua, electricidad, recogida de residuos, combustible, teléfono… etc. - El adjudicatario procederá antes del inicio de la actividad a la domiciliación bancaria del pago de todos los suministros y servicios ( agua , electricidad , basuras , teléfono etc ……) necesarios para el normal funcionamiento del servicio.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Gestión Indirecta

NORMAS COMPLEMENTARIAS. 3.1. El centro docente pone a disposición del adjudicatario los locales de la cafetería, así como el mobiliario, instalaciones y enseres que se reseñan en el Anexo I de este Pliego. El adjudicatario no podrá exigir la modificación de las instalaciones actualmente existentes para prestar el servicio. Con autorización de la dirección del centro, podrá efectuar a su xxxxx las modificaciones que considere conveniente. Serán por su cuenta las actuaciones necesarias para la puesta en servicio de la cafetería, como pintura general de toda la instalación, limpieza general y adecuación necesaria del local. 3.2. El adjudicatario se encargará de la limpieza y acondicionamiento de los espacios utilizados para la prestación de este servicio, incluidas las zonas exteriores de acceso más inmediatas. La limpieza de instalaciones y equipamiento deberá realizarse fuera de los horarios de prestación del servicio, con arreglo a las normas generales o específicas que para estas operaciones estén establecidas o que pudieren establecerse por la Administración. 3.3. Los aparatos e instalaciones de la cafetería deberán ser objeto de revisión y mantenimiento preventivo (al menos trimestralmente) y correctivo por el adjudicatario, operaciones todas ellas a su cargo. En especial quedará obligado a realizar la limpieza de filtros de las campanas de extracción de humos, así como la reposición de los mismos, descalcificación de los aparatos, etc. 3.4. El adjudicatario está obligado a suministrar vajilla, menaje y demás utensilios o aparatos que considere necesario para atender el servicio de acuerdo con el número de personas que lo utilicen de forma habitual. 3.5. Cualquier otro suministro o material necesario para el funcionamiento del servicio será aportado y por cuenta del contratista. 3.6. El adjudicatario deberá contratar por su cuenta al personal preciso para atender la limpieza y servicio normal xx xxxxx y cocina, más aquel otro que se necesite emplear en casos habituales o excepcionales. En el supuesto de que la Dirección del centro considere insuficiente el personal que presta servicio, lo pondrá en conocimiento del contratista, debiendo éste en un plazo breve, proceder a su contratación en el número y categoría que se le indique. 3.7. Todos los productos servidos por el adjudicatario serán de 1ª calidad y habrán de estar sujetos a todo lo especificado en la normativa legal vigente y, en particular, el Código Alimentario Español. 3.8. Por la Dirección del centro, se vigilarán, siempre que lo estime oportuno, los análisis y comprobaciones de los alimentos de consumo, el procedimiento de elaboración y manipulación, así como cualquiera otra de las obligaciones consignadas en el contrato. 3.9. El adjudicatario se obliga a tener en todo momento, a disposición de los usuarios hojas de reclamaciones que le serán facilitadas por la Administración competente Administración. El adjudicatario remitirá a la Administración, en el mismo día o en el siguiente hábil, copia el ejemplar de cada reclamación junto reclamaciones con su informe, si lo considera oportuno. En lugar visible del Albergue y del Restaurante de la cafetería se pondrá un anuncio advirtiendo de la existencia de estas hojas, que serán facilitadas por el adjudicatario a cualquier usuario que desease formular una reclamación. 3.10. El adjudicatario se obliga no podrá realizar servicios fuera del local de la cafetería, hacer publicidad en ella, así como utilizar sistemas de megafonía, sin autorización previa y expresa de la Dirección del Centro. No podrá bajo ningún concepto instalar máquinas recreativas, de juegos o de análogas características. 3.11. El adjudicatario, asumirá su responsabilidad en el cumplimento de las medidas de seguridad impuestas por las autoridades sanitarias con motivo del estado de alarma y la nueva normalidad ante la situación de crisis ocasionada por el COVID-19 y aquellas otras medidas dictadas por el centro educativo vinculadas a facilitar, para la explotación del servicio, cuantos elementos materiales, personales protección y técnicos sean necesarios para el perfecto funcionamiento seguridad de toda la comunidad educativa que haga uso de los servicios de la cafetería y que no sean aportados por la Administraciónrestauración 3.12. El mobiliario y material aportado por el adjudicatario deberá reunir, a juicio de la Administración, las condiciones correspondientes al servicio que han de presentarse y las instalaciones facilitadas por la Administración. . EL ADJUDICATARIO ESTÁ OBLIGADO A CONSERVAR EN PERFECTAS CONDICIONES LOS LOCALES, INSTALACIONES, MUEBLES, ENSERES Y APARATOS PROPIEDAD DE LA ADMINISTRACIÓN QUE SE PONEN A SU DISPOSICIÓN, SIENDO DE SU CUENTA LAS REPARACIONES QUE SE EFECTÚEN, y abonar los desperfectos que se observen al término del contrato y excedan del deterioro normal derivado del uso cuidadoso. Dará conocimiento incumplimiento de las reparaciones a efectuar obligaciones estipuladas en ellos, que serán a su cargo, presentando las facturas correspondientes a las mismas, una vez satisfechas, al Ayuntamiento. Los aparatos e instalaciones este pliego podrá ser causa de resolución del Albergue y del Restaurante deberán ser objeto de revisión y mantenimiento preventivo y correctivo al menos semestralmente por el concesionario, operaciones todas ellas a su cargo, presentando las facturas de dichas revisiones, una vez satisfechas, al Ayuntamiento. La Administración se reserva la facultad de inspeccionar el estado de conservación de los citados aparatos o instalaciones, para comprobar la efectividad de las operaciones de mantenimiento. Si éstas no se realizaran o lo fueran deficientemente, podrán ordenar su ejecución o corrección a cargo del contratista. El adjudicatario está obligado al cumplimiento de lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores y en las leyes vigentes de la Seguridad Social y disposiciones complementarias vigentes o los que en lo sucesivo se dicten sobre la materia. El adjudicatario deberá tramitar, el correspondiente Alta de los Servicios de Albergue y de Restaurante. ante las Administraciones correspondientes . . Son de cuenta del adjudicatario el pago de los impuestos y árbitros de cualquier clase que sean, del Estado, provincia o del municipio, a que dé lugar la explotación del servicio, así como los recargos sobre los mismos, establecidos o que en un futuro pudieran establecerse, especialmente está obligado al pago del Impuesto sobre Actividades Económicas y el Impuesto sobre el Valor Añadido, por lo que en los precios ofertados deberá tener en cuenta esta circunstancia. . Son de cuenta del contratista los gastos de limpieza y conservación de local, mobiliario e instalaciones, así como la reposición de los elementos que quedan inservibles. Y cuantos gastos de funcionamiento sean inherentes al funcionamiento normal de los servicios: agua, electricidad, recogida de residuos, combustible, teléfono… etc. - El adjudicatario procederá antes del inicio de la actividad a la domiciliación bancaria del pago de todos los suministros y servicios ( agua , electricidad , basuras , teléfono etc ……) necesarios para el normal funcionamiento del serviciocontrato.

Appears in 1 contract

Samples: Cafetería Service Contract