Common use of NORMAS REGULADORAS Clause in Contracts

NORMAS REGULADORAS. 2.1.- El contrato se regirá por: a) Las cláusulas contenidas en este pliego de cláusulas administrativas particulares según las especificaciones de su carátula que forma parte integrante del mismo. b) La Ley 30/2007 de 30 de Octubre de Contratos del Sector Público. c) El Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP), en cuanto no se oponga a lo prevenido en la LCSP. d) La Orden de 8 xx xxxxx de 1972, por la que se aprueba el pliego de cláusulas administrativas generales para la contratación de estudios y servicios técnicos, en aquello que no se oponga a lo dispuesto en la Ley y Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas. e) La Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de protección de datos de carácter personal. f) La Ley 59/2003 de 19 de diciembre de firma electrónica. g) La Ley 34/2002 de 11 de julio de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico. h) La Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. i) La Orden de 16 xx xxxxxx de 2004 de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, sobre tramitación telemática de determinados procedimientos y actuaciones previstas en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

NORMAS REGULADORAS. 2.1.- El contrato se regirá xx xxxxxx por: a) Las cláusulas contenidas en este pliego xxxxxx de cláusulas administrativas particulares según las especificaciones de su carátula que forma parte integrante del mismo. b) La Ley Xx Xxx 30/2007 de 30 de Octubre de Contratos del Sector Público. c) El Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley xx Xxx de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP), en cuanto no se oponga a lo prevenido en la LCSP. d) La Orden de 8 xx xxxxx de 1972, por la que se aprueba el pliego de cláusulas administrativas generales para la contratación de estudios y servicios técnicos, en aquello que no se oponga a lo dispuesto en la Ley y Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas. e) La Ley Xx Xxx Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de protección de datos de carácter personal. fe) La Ley Xx Xxx 59/2003 de 19 de diciembre de firma electrónica. gf) La Ley Xx Xxx 34/2002 de 11 de julio xxxxx de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico. hg) La Ley Xx Xxx 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. ih) La Orden de 16 xx xxxxxx de 2004 de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, sobre tramitación telemática de determinados procedimientos y actuaciones previstas en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas. i) Cualesquiera otras disposiciones que regulen la contratación tanto en el ámbito estatal, de la Comunidad Autónoma de Euskadi o de la UPV/EHU y que resulten aplicables en el ámbito de la misma.

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Samples: Public Sector Contracts

NORMAS REGULADORAS. 2.1.- La naturaleza del presente contrato es la de un contrato administrativo especial según dispone el artículo 19.1 b) del RDL 3/2011 de 14 de noviembre. El presente contrato como contrato administrativo especial, se regirá en cuanto su preparación, adjudicación, efectos y extinción según dispone el artículo 19.2 del RDL 3/2011 de 14 de noviembre por: a) Las : -Las cláusulas contenidas en este pliego el presente Pliego de cláusulas administrativas particulares según las especificaciones y de su carátula prescripciones técnicas. -Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre por el que forma parte integrante del mismo. b) La se aprueba el Texto Refundido de la Ley 30/2007 de 30 de Octubre de Contratos del Sector Público. c) El Real Público (TRLCSP), aplicándose en especial las disposiciones de la misma referidas al contrato de gestión de servicios públicos que puedan ser aplicables y que se citen en el presente pliego. -Real Decreto 1098/2001, 1098/2001 de 12 de octubre, octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP)Públicas, en cuanto no se oponga a lo prevenido en la LCSP. d) La Orden modificado por el Real Decreto 773/2015 de 28 xx xxxxxx. -Real Decreto 817/2009 de 8 xx xxxxx de 1972, xxxx por la el que se aprueba el pliego desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de cláusulas administrativas generales para 30 de octubre de Contratos del Sector Público. -Supletoriamente por las restantes normas de Derecho Administrativo que regulan la contratación y que resulten de estudios y servicios técnicos, en aquello que no se oponga a lo dispuesto en la Ley y Reglamento General aplicación. -En su defecto por las de Contratos Derecho Privado. Será competente según dispone el artículo 21.1 del Real Decreto Legislativo 3/2011 de las Administraciones Públicas. e) La Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de protección de datos de carácter personal. f) La Ley 59/2003 de 19 de diciembre de firma electrónica. g) La Ley 34/2002 de 11 de julio de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico. h) La Ley 30/1992 de 26 14 de noviembre de Régimen Jurídico de el orden jurisdiccional contencioso administrativo para resolver las Administraciones Públicas cuestiones litigiosas relativas a preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción del Procedimiento Administrativo Comúncontrato. i) La Orden de 16 xx xxxxxx de 2004 de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, sobre tramitación telemática de determinados procedimientos y actuaciones previstas en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas.

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Samples: Contrato De Explotación

NORMAS REGULADORAS. 2.1.- La naturaleza del presente contrato es la de un contrato de suministro, al consistir en la fabricación de un elemento que ha de ser entregado y elaborado previamente con arreglo a determinadas características específicas señaladas en el pliego de prescripciones técnicas. Ello según dispone el artículo 9.3 c) del RDL 3/2011 de 14 de noviembre. El presente contrato se califica como contrato administrativo, al contener prestaciones referentes principalmente al contrato administrativo de suministro. Por lo tanto se regirá por tanto en cuanto su preparación, adjudicación, efectos y extinción según dispone el artículo 19.2 del RDL 3/2011 de 14 de noviembre por: a) Las : -Las cláusulas contenidas en este pliego el presente Pliego de cláusulas administrativas particulares según las especificaciones y en el de su carátula prescripciones técnicas. -El Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre por el que forma parte integrante del mismo. b) La se aprueba el Texto Refundido de la Ley 30/2007 de 30 de Octubre de Contratos del Sector Público. c) El . -El Real Decreto 1098/2001, 1098/2001 de 12 de octubre, octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP), en cuanto no se oponga a lo prevenido en la LCSP. d) La Orden Públicas. -El Real Decreto 817/2009 de 8 xx xxxxx de 1972, xxxx por la el que se aprueba el pliego desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de cláusulas administrativas generales para 30 de octubre de Contratos del Sector Público. -Supletoriamente por las restantes normas de Derecho Administrativo que regulan la contratación y que resulten de estudios aplicación y servicios técnicos, en aquello que no se oponga a lo dispuesto en la Ley y Reglamento General su defecto por las de Contratos de las Administraciones PúblicasDerecho Privado. e) La Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de protección de datos de carácter personal. f) La Ley 59/2003 de 19 de diciembre de firma electrónica. g) La Ley 34/2002 de 11 de julio de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico. h) La Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. i) La Orden de 16 xx xxxxxx de 2004 de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, sobre tramitación telemática de determinados procedimientos y actuaciones previstas en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas.

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Samples: Suministro De Juegos Infantiles Y Suelo De Seguridad

NORMAS REGULADORAS. 2.1.- 2.1. El contrato se regirá por: a) : · Las cláusulas contenidas en este pliego de cláusulas administrativas particulares según Pliego conformadas con las especificaciones de su carátula que forma parte integrante del mismo. b) La Ley 30/2007 de 30 de Octubre de Contratos del Sector Público. c) carátula. · El Real Decreto 1098/2001Legislativo 2/2000, de 12 de octubre16 xx xxxxx, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. · El Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas aprobado por Real Decreto 1098/ 2001, de 12 de octubre. · El Decreto 3854/1970, de 31 de diciembre, por el que se aprueba el Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Obras del Estado, en cuanto no se oponga a lo establecido en la Ley y en el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP), en cuanto no se oponga a lo prevenido en la LCSP. d) La Orden de 8 xx xxxxx de 1972, por la que se aprueba el pliego de cláusulas administrativas generales para la contratación de estudios y servicios técnicos, en aquello que no se oponga a lo dispuesto en la Ley y Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas. e) . La Ley Orgánica 15/1999 15/1999, de 13 de diciembre diciembre, de protección de datos de carácter personal. f) . La Ley 59/2003 59/2003, de 19 de diciembre diciembre, de firma electrónica. g) . La Ley 34/2002 34/2002, de 11 de julio julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico. h) . La Ley 30/1992 30/1992, de 26 de noviembre noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. i) . La Orden de 16 xx xxxxxx de 2004 2004, de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, sobre tramitación telemática de determinados procedimientos y actuaciones previstas en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas. · Por cualesquiera otras disposiciones que regulen la contratación tanto a nivel estatal como de la Comunidad Autónoma de Euskadi y que resulten aplicables en el ámbito de la misma.

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Samples: Contract for Demolition Works

NORMAS REGULADORAS. 2.1.- El contrato se regirá por: a) Las regirá:  Por las cláusulas contenidas en este pliego de cláusulas administrativas particulares según las especificaciones de su carátula que forma parte integrante del mismo. b) La Ley 30/2007 de 30 de Octubre de Contratos del Sector Público. c) El Pliego.  Por el Real Decreto 1098/2001Legislativo 1/2011, de 12 1 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas.  Por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital.  Por el Real Decreto 1517/2011, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General que desarrolla el Texto Refundido de la Ley de Contratos Auditoría de las Administraciones Públicas (RGLCAP)Cuentas, en cuanto no se oponga a lo prevenido en la LCSP. d) La Orden aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2011, de 8 xx xxxxx 1 de 1972julio.  Por el Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por la el que se aprueba el pliego Reglamento del Registro Mercantil.  Por las Bases de cláusulas administrativas generales para ejecución del Presupuesto General del Excmo. Ayuntamiento de Huelva referida a la Auditoría de Cumplimiento.  Finalmente, por cualquier otra disposición que regule las auditorías de cuentas y la contratación de estudios y servicios técnicos, en aquello que no se oponga resulte aplicable a lo dispuesto en la Ley y Reglamento General de Contratos de las Administraciones PúblicasEMTUSA. e) La Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de protección de datos de carácter personal. f) La Ley 59/2003 de 19 de diciembre de firma electrónica. g) La Ley 34/2002 de 11 de julio de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico. h) La Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. i) La Orden de 16 xx xxxxxx de 2004 de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, sobre tramitación telemática de determinados procedimientos y actuaciones previstas en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas.

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Samples: Contrato De Auditoría

NORMAS REGULADORAS. 2.1.- El presente CONTRATO MIXTO, por contener prestaciones tanto del contrato de OBRA como del de SUMINISTRO, se regirá de conformidad con el artículo 12 del RDL 3/2011 de 14 de noviembre por la prestación con mayor importancia desde el punto de vista económico, resultando ser la prestación de suministro la de mayor importancia, de conformidad con la documentación técnica. En concreto el presente contrato se regirá por: a) Las cláusulas contenidas regulará en este pliego cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción, en cumplimiento del artículo 19.2 del RDL 3/2011 de 14 de noviembre, por la siguiente normativa: efecto. -El Pliego de cláusulas administrativas particulares según las especificaciones y por el Proyecto técnico redactado al -Por el Real Decreto Legislativo 3/2011 de su carátula 14 de noviembre por la que forma parte integrante del mismo. b) La se aprueba el Texto Refundido de la Ley 30/2007 de 30 de Octubre de Contratos del Sector Público. c) El . -Por el Real Decreto 1098/2001, 1098/2001 de 12 de octubre, octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP), en cuanto no se oponga a lo prevenido en la LCSP. d) La Orden Públicas. -Real Decreto 817/2009 de 8 xx xxxxx de 1972, xxxx por la el que se aprueba el pliego desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de cláusulas administrativas generales para 30 de octubre de Contratos del Sector Público. -Supletoriamente por las restantes normas de Derecho Administrativo que regulan la contratación y que resulten de estudios aplicación. -En su defecto por las de Derecho Privado. Siendo competente, según dispone el artículo 21.1 del RDL 3/2011 de 14 de noviembre, el orden jurisdiccional contencioso administrativo para resolver las cuestiones litigiosas relativas a preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y servicios técnicos, en aquello que no se oponga a lo dispuesto en la Ley y Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicasextinción del contrato. e) La Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de protección de datos de carácter personal. f) La Ley 59/2003 de 19 de diciembre de firma electrónica. g) La Ley 34/2002 de 11 de julio de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico. h) La Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. i) La Orden de 16 xx xxxxxx de 2004 de la Consejera de Hacienda y Administración Pública, sobre tramitación telemática de determinados procedimientos y actuaciones previstas en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas.

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Samples: Contract for Works and Supply