OBJETO DEL ACUERDO XXXXX. La celebración del presente acuerdo marco (en adelante, el “Acuerdo marco”) tiene por objeto la contratación, a través de la Central de Contratación, de un suministro de electricidad en alta y baja tensión para las Entidades Locales asociadas a la FEMP (en adelante, los “Suministros de electricidad” o los “Suministros”), conforme a lo previsto en el artículo 227 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante “LCSP”) y en el último párrafo del apartado 3 de la Disposición Adicional Quinta de la LBRL. El presente Acuerdo marco, como sistema de racionalización técnica, comprenderá la determinación de las empresas adjudicatarias para cada uno de los Lotes (hasta un máximo de tres), el sistema retributivo, así como las condiciones generales de los suministros y términos básicos a los que habrán de ajustarse los contratos basados (en adelante, los “Contratos basados”) en el Acuerdo marco. El pliego de prescripciones técnicas (en adelante, el “PPT”), que complementa este pliego de cláusulas administrativas (en adelante, el “PCA”), detalla las condiciones que regirán la prestación de los Suministros de electricidad. En cualquier caso, al amparo de este Acuerdo Marco, la(s) empresa (s) adjudicatarias, tienen la obligación de garantizar, al margen de lo dispuesto en la cláusula 21.7 del PCA, que el 50% de la energía a suministrar en cada uno de los contratos basados que se suscriban bajo este Acuerdo Marco, se haya generado a partir xx xxxxxxx de energía renovable, en los términos definidos en el presente PCA y en la cláusula primera del PPT. El objeto del Acuerdo marco se desglosa en lotes independientes correspondientes a diversas zonas geográficas (en adelante, los “Lotes”) siguientes: Lote n.º 1: Galicia, Asturias, Cantabria, País Xxxxx, Navarra, La Rioja y Castilla y León. Lote n.º 2: Comunidad Autónoma de Madrid. Lote n.º 3: Extremadura, Castilla-La Mancha, Andalucía, Murcia, Ceuta y Melilla. Lote n.º 4: Comunidad Valenciana. Lote n.º 5: Aragón y Cataluña. . Lote n.º 6: Xxxxx Xxxxxxxx. Xxxx x.x 0: Islas Canarias. Siguiendo los principios generales de la nueva regulación en materia de contratos se ha tratado de establecer el mayor número posible de lotes para mejorar la transparencia, favorecer la igualdad de oportunidades y la no discriminación, promover la libre concurrencia, garantizar el acceso real de la PYME a la licitación y defender la competencia. Esta división en Lotes se justifica por los distintos niveles de concurrencia existentes y por los requerimientos de disponibilidad de puntos de suministros exigibles para una adecuada realización del objeto del Acuerdo marco. Añadir, que en esta distribución se ha tratado de permitir que aquellas comercializadoras de implantación regional puedan acudir a la licitación, teniendo en cuenta los datos publicados por la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de la Competencia en relación con las comercializadores de electricidad existentes. En todos los Lotes el Acuerdo marco se celebrará con un máximo de tres empresas, a las que se convocará a una nueva licitación para la adjudicación de los Contratos basados. En esta segunda licitación, se tomarán como base los términos establecidos en el Acuerdo marco. La codificación correspondiente a la nomenclatura de la Clasificación de Productos por Actividades CPA 2008 es, para cualquiera de los Lotes: 35.14.10. – Servicios de comercio de energía eléctrica. La codificación correspondiente a la nomenclatura del Vocabulario Común de Contratos CPV 2008 es, para cualquiera de los Lotes: 31154000-0 – Suministros ininterrumpidos de energía 09310000-5 - Electricidad La necesidad administrativa a satisfacer con los Contratos basados en este Acuerdo marco es garantizar el Suministro de electricidad para las Entidades Locales Asociadas y sus entes dependientes. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28 de la LCSP y con la documentación obrante en el expediente, se justifica la necesidad e idoneidad del Acuerdo marco que se propone. Esta necesidad ha venido motivada por las distintas encuestas recibidas por la FEMP por parte de las Entidades Locales asociadas, al tratarse de uno de los contratos más recurrentes y complejos de licitar, además de tener en cuenta los resultados, tanto en número de contratos como en el importe de los mismos, celebrados durante la vigencia del actual Acuerdo marco de Suministro de Electricidad en alta y baja tensión, cuya vigencia finaliza el 14 de febrero de 2019. Todo ello, bajo el prisma de impulsar la contratación servicios y suministros por parte de las Entidades Locales que se ajusten a los principios de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible promulgada por la Asamblea General de la ONU.
Appears in 2 contracts
Samples: Acuerdo Marco Para El Suministro De Electricidad, Acuerdo Marco Para El Suministro De Electricidad
OBJETO DEL ACUERDO XXXXX. La celebración del presente acuerdo marco Acuerdo Marco (en adelante, el “Acuerdo marcoMarco”) tiene por objeto la contratación, a través de la Central de Contratación, de un suministro de electricidad en alta y baja tensión gas natural para las Entidades Locales asociadas a la FEMP (en asociadas(en adelante, los “Suministros de electricidadgas” o los “Suministros”), conforme a lo previsto en el artículo 227 de 227de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante “LCSP”) y en el último párrafo del apartado 3 de la Disposición Adicional Quinta de la LBRL. El presente Acuerdo marcoMarco, como sistema de racionalización técnica, comprenderá la determinación de las empresas adjudicatarias para cada uno de los Lotes (hasta un máximo de tres), el sistema retributivo, así como las condiciones generales de los suministros y términos básicos a los que habrán de ajustarse los contratos basados (en adelante, los “Contratos basados”) en el Acuerdo marcoMarco. El pliego de prescripciones técnicas (en adelante, el “PPT”), que complementa este pliego de cláusulas administrativas (en adelante, el “PCA”), detalla las condiciones que regirán la prestación del Suministro de los Suministros de electricidad. En cualquier caso, al amparo de este Acuerdo Marco, la(s) empresa (s) adjudicatarias, tienen la obligación de garantizar, al margen de lo dispuesto en la cláusula 21.7 del PCA, que el 50% de la energía a suministrar en cada uno de los contratos basados que se suscriban bajo este Acuerdo Marco, se haya generado a partir xx xxxxxxx de energía renovable, en los términos definidos en el presente PCA y en la cláusula primera del PPTgas natural. El objeto del Acuerdo marco Marco se desglosa en lotes independientes correspondientes a diversas zonas geográficas (en adelante, los “Lotes”) siguientes: Lote n.º 1: 1 Galicia, Asturias, Castilla y León, Cantabria, País Xxxxx, NavarraLa Rioja, La Rioja y Navarra 2 Madrid 3 Andalucía, Castilla y León. Lote n.º 2: Comunidad Autónoma de Madrid. Lote n.º 3: Extremadura, Castilla-La la Mancha, Andalucía, Murcia, Ceuta Extremadura y Melilla. Lote n.º 4: Comunidad Valenciana. Lote n.º 5: Aragón y Cataluña. . Lote n.º 6: Xxxxx Xxxxxxxx. Xxxx x.x 0: Murcia 4 Valencia e Islas Canarias. Siguiendo los principios generales de la nueva regulación en materia de contratos se ha tratado de establecer el mayor número posible de lotes para mejorar la transparencia, favorecer la igualdad de oportunidades y la no discriminación, promover la libre concurrencia, garantizar el acceso real de la PYME a la licitación y defender la competencia. Esta división en Lotes se justifica por los distintos niveles de concurrencia existentes y por los requerimientos de disponibilidad de puntos de suministros exigibles para una adecuada realización del objeto del Acuerdo marco. Añadir, que en esta distribución se ha tratado de permitir que aquellas comercializadoras de implantación regional puedan acudir a la licitación, teniendo en cuenta los datos publicados por la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de la Competencia en relación con las comercializadores de electricidad existentes. En todos los Lotes el Acuerdo marco se celebrará con un máximo de tres empresas, a las que se convocará a una nueva licitación para la adjudicación de los Contratos basados. En esta segunda licitación, se tomarán como base los términos establecidos en el Acuerdo marco. La codificación correspondiente a la nomenclatura de la Clasificación de Productos por Actividades CPA 2008 es, para cualquiera de los Lotes: 35.14.10. – Servicios de comercio de energía eléctrica. La codificación correspondiente a la nomenclatura del Vocabulario Común de Contratos CPV 2008 es, para cualquiera de los Lotes: 31154000-0 – Suministros ininterrumpidos de energía 09310000-5 - Electricidad La necesidad administrativa a satisfacer con los Contratos basados en este Acuerdo marco es garantizar el Suministro de electricidad para las Entidades Locales Asociadas y sus entes dependientes. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28 de la LCSP y con la documentación obrante en el expediente, se justifica la necesidad e idoneidad del Acuerdo marco que se propone. Esta necesidad ha venido motivada por las distintas encuestas recibidas por la FEMP por parte de las Entidades Locales asociadas, al tratarse de uno de los contratos más recurrentes y complejos de licitar, además de tener en cuenta los resultados, tanto en número de contratos como en el importe de los mismos, celebrados durante la vigencia del actual Acuerdo marco de Suministro de Electricidad en alta y baja tensión, cuya vigencia finaliza el 14 de febrero de 2019. Todo ello, bajo el prisma de impulsar la contratación servicios y suministros por parte de las Entidades Locales que se ajusten a los principios de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible promulgada por la Asamblea General de la ONU.Baleares
Appears in 1 contract
OBJETO DEL ACUERDO XXXXX. La finalidad de la presente licitación es la celebración de un contrato de suministro, instrumentalizado como Acuerdo Marco, por el que se establecen las condiciones que se aplicarán, durante el plazo de vigencia previsto en la cláusula 6, para la entrega sucesiva de la pluralidad de bienes que a continuación se detallan, por un precio unitario máximo, sin que el número total de unidades esté definido con exactitud al tiempo de celebrar el Acuerdo Marco por estar subordinadas las entregas a las necesidades de los adquirentes. El presente Acuerdo Marco comprende el suministro de los siguientes tipos de combustible de automoción para vehículos tipo turismo, industriales y motocicletas:
a. Gasóleo automoción clase A.
b. Gasolina 95 octanos.
c. Gasolina 98 octanos. con destino a los vehículos adscritos a la Administración de la Generalitat y sus entidades autónomas, así como los entes del presente acuerdo marco (en adelante, el “Acuerdo marco”) tiene por objeto sector público empresarial y fundacional de la contratación, Generalitat y demás entidades adheridas a través de la Central de Contratación, de un suministro de electricidad en alta y baja tensión para las Entidades Locales asociadas a la FEMP (en adelante, los “Suministros de electricidad” o los “Suministros”)Compras, conforme a lo previsto descrito en los pliegos, y establecer el procedimiento para su adquisición por las entidades comprendidas en el artículo 227 ámbito subjetivo de la Ley 9/2017contratación. La adjudicación del Acuerdo Xxxxx determinará el proveedor a quien se adquirirá el citado suministro. No se establecerá compromiso alguno de suministro por cantidad determinada, por estar subordinada a las necesidades de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante “LCSP”) y en el último párrafo del apartado 3 de la Disposición Adicional Quinta de la LBRL. El presente Acuerdo marco, como sistema de racionalización técnica, comprenderá la determinación de las empresas adjudicatarias para cada uno de los Lotes (hasta un máximo de tres), el sistema retributivo, así como las condiciones generales de los suministros y términos básicos a los que habrán de ajustarse los contratos basados (en adelante, los “Contratos basados”) en el Acuerdo marco. El pliego de prescripciones técnicas (en adelante, el “PPT”), que complementa este pliego de cláusulas administrativas (en adelante, el “PCA”), detalla las condiciones que regirán la prestación de los Suministros de electricidad. En cualquier caso, al amparo de este Acuerdo Marco, la(s) empresa (s) adjudicatarias, tienen la obligación de garantizar, al margen de lo dispuesto en la cláusula 21.7 del PCA, que el 50% departamentos de la energía a suministrar en cada uno Administración de la Generalitat, sus entidades autónomas, empresas y fundaciones públicas, durante la vigencia del acuerdo. Los artículos que constituyen el objeto del Acuerdo Marco son los contratos basados que se suscriban bajo este Acuerdo Marco, se haya generado a partir xx xxxxxxx de energía renovable, en los términos definidos en el presente PCA vocabulario común de contractos públicos (CPV), Reglamento (CE) 213/2008, por el que se modifica el Reglamento 2195/2002 del Parlamento Europeo y en la cláusula primera del PPT. El objeto del Acuerdo marco se desglosa en lotes independientes correspondientes a diversas zonas geográficas (en adelante, los “Lotes”) siguientes: Lote n.º 1: Galicia, Asturias, Cantabria, País Xxxxx, Navarra, La Rioja y Castilla y León. Lote n.º 2: Comunidad Autónoma de Madrid. Lote n.º 3: Extremadura, Castilla-La Mancha, Andalucía, Murcia, Ceuta y Melilla. Lote n.º 4: Comunidad Valenciana. Lote n.º 5: Aragón y Cataluña. . Lote n.º 6: Xxxxx Xxxxxxxx. Xxxx x.x 0: Islas Canarias. Siguiendo los principios generales de la nueva regulación en materia Consejo que aprueba el vocabulario común de contratos se ha tratado de establecer el mayor número posible de lotes para mejorar la transparencia, favorecer la igualdad de oportunidades y la no discriminación, promover la libre concurrencia, garantizar el acceso real de la PYME a la licitación y defender la competencia. Esta división en Lotes se justifica por los distintos niveles de concurrencia existentes y por los requerimientos de disponibilidad de puntos de suministros exigibles para una adecuada realización del objeto del Acuerdo marco. Añadir, que en esta distribución se ha tratado de permitir que aquellas comercializadoras de implantación regional puedan acudir a la licitación, teniendo en cuenta los datos publicados por la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de la Competencia en relación con las comercializadores de electricidad existentes. En todos los Lotes el Acuerdo marco se celebrará con un máximo de tres empresas, a las que se convocará a una nueva licitación para la adjudicación de los Contratos basados. En esta segunda licitación, se tomarán como base los términos establecidos en el Acuerdo marcopúblicos (CPV). La codificación correspondiente a la nomenclatura de la Clasificación de Productos por Actividades CPA 2008 es, para cualquiera de los Lotes: 35.14.10. – Servicios de comercio de energía eléctrica. La codificación correspondiente a la nomenclatura del al Vocabulario Común de Contratos CPV 2008 es, para cualquiera de los Lotes: 31154000-0 – Suministros ininterrumpidos de energía 09310000-5 - Electricidad La necesidad administrativa a satisfacer con los Contratos basados en este Acuerdo marco es garantizar el Suministro de electricidad para las Entidades Locales Asociadas y sus entes dependientes. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28 Públicos (CPV) de la LCSP Comisión Europea es: 09130000-9 “petróleo y con la documentación obrante en el expediente, se justifica la necesidad e idoneidad del Acuerdo marco que se propone. Esta necesidad ha venido motivada por las distintas encuestas recibidas por la FEMP por parte de las Entidades Locales asociadas, al tratarse de uno de los contratos más recurrentes y complejos de licitar, además de tener en cuenta los resultados, tanto en número de contratos como en el importe de los mismos, celebrados durante la vigencia del actual Acuerdo marco de Suministro de Electricidad en alta y baja tensión, cuya vigencia finaliza el 14 de febrero de 2019. Todo ello, bajo el prisma de impulsar la contratación servicios y suministros por parte de las Entidades Locales que se ajusten a los principios de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible promulgada por la Asamblea General de la ONUdestilados”.
Appears in 1 contract
Samples: Acuerdo Marco De Contratación