OBJETO DEL ACUERDO Cláusulas de Ejemplo

OBJETO DEL ACUERDO. El objeto de este acuerdo es fijar los términos y condiciones bajo las cuales las partes mantendrán la confidencialidad de la información suministrada y creada entre ellas. Asimismo, el presente documento tiene por objeto fijar el tratamiento de los resultados surgidos fruto de la relación laboral existente entre EL TRABAJADOR Y LA FUNDACION.
OBJETO DEL ACUERDO. [El presente párrafo aplica para el caso en que haya un solo Garante] El Garante, por medio del presente documento se obliga con la Agencia Nacional de Infraestructura a responder de manera irrevocable y no subordinada, es decir, sin beneficio de excusión, por el cumplimiento de las siguientes obligaciones:
OBJETO DEL ACUERDO. El objeto de este acuerdo es fijar los términos y condiciones bajo las cuales las partes mantendrán la confidencialidad de la información suministrada y creada entre ellas. Asimismo, el presente documento tiene por objeto fijar el tratamiento de los resultados surgidos fruto de la relación laboral existente entre EL TRABAJADOR Y LA FUNDACION.  En este caso consideramos que incluir una cláusula de este tipo, sería un claro indicio de naturaleza laboral de la relación, toda vez que es una declaración expresa de aprovechamiento por el Organismo de Adscripción de los frutos de la actividad del becario, por lo que nos remitimos en estos supuestos a la legislación aplicable.
OBJETO DEL ACUERDO. El presente Acuerdo tiene por objeto instrumentar la presentación telemática de declaracio- nes y autoliquidaciones correspondientes a los impuestos gestionados por la Comunidad Au- tónoma de Extremadura, así como la tramitación telemática del pago de las deudas tributarias que de ellas puedan resultar, todo ello en representación de terceras personas, por parte de los colegiados ejercientes que pertenezcan de manera efectiva a los Colegios que se integran en el Consejo General de Economistas de España que se adhieran al presente Convenio. La Junta de Extremadura, a través del Consejero competente en materia de hacienda, sus- cribe el presente Acuerdo de colaboración con el Consejo General de Economistas de España como órgano representativo de todos los Colegios Oficiales de Economistas de España, el cual manifiesta su deseo de participar de la presentación y pago telemático, a través de los cole- giados ejercientes que pertenezcan de manera efectiva a los Colegios que se integran en el Consejo General de Economistas previamente adheridos al presente convenio. A partir de la firma del presente Convenio, los Colegios que integran el Consejo General de Economistas de España, podrán presentar ante el Consejo General de Economistas de España una solicitud de adhesión al convenio suscrito por éste para la utilización de la Plataforma de presentación y pago telemático de la Comunidad Autónoma de Extremadura. El Consejo General de Economistas de España remitirá dicha solicitud a la Consejería competente en materia de hacienda, previa información del contenido del Acuerdo suscrito con la Junta de Extremadura al Colegio Oficial interesado. La firma de esta solicitud supondrá la aceptación del contenido íntegro del Acuerdo. Una vez autorizados, y sin perjuicio de lo dispuesto en las cláusulas siguientes, los colegiados ejercientes que pertenezcan de manera efectiva a los Colegios que se integran en el Consejo General de Economistas de España que soliciten a la Comunidad Autónoma de Extremadura la adhesión al presente convenio, y cuyo Colegio Oficial de pertenencia se encuentre previa- mente adherido al mismo, podrán presentar, por vía telemática, en representación de terceras personas, las declaraciones o autoliquidaciones exigidas por la norma tributaria correspon- dientes a impuestos gestionados por la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través de los modelos aprobados por la Orden de 2 de diciembre de 2010 -modificada por la Orden de 13 de enero de 2021, DOE n.º...
OBJETO DEL ACUERDO. El Investigador Principal se compromete a llevar a cabo el estudio observacional con medicamentos de uso humano propuesto por el Promotor, de acuerdo con las características descritas en el Protocolo con Código: [•] (en adelante, el “Protocolo”), que tiene por título [•] (en adelante, el “Estudio”). El Estudio no podrá iniciarse hasta que no se cuente con el dictamen favorable del Comité de Ética de la Investigación con medicamentos del Hospital [•] (en adelante, el “CEIm”). Por ello, el Contrato no tendrá plenos efectos hasta que no se hayan obtenido dicha autorización. Las Partes declaran conocer y se comprometen a realizar el Estudio en cumplimiento de toda la normativa aplicable en la materia, vigente en España, incluyendo, sin limitación: Los principios éticos de la Declaración de Helsinki. La Directrices de Buena Práctica de Farmacovigilancia, con sus modificaciones vigentes en cada momento. El Real Decreto 957/2020, de 3 de noviembre, por el que se regulan los estudios observacionales con medicamentos de uso humano (en adelante, el “Real Decreto 957/2020”) y cualquier instrucción elaborada por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (en adelante, la “AEMPS”) en colaboración con los CEIm y las administraciones sanitarias competentes de las comunidades autónomas, así como cualquier normativa europea vigente y aplicable. La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Las normas relacionadas con la protección de datos de carácter personal, y, en particular, el Reglamento UE 2016/679 de 27 xx xxxxx y a la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de los derechos digitales, así como cualquier otra normativa vigente y aplicable. Asimismo, las Partes se obligan a cumplir con sus obligaciones de conformidad con las leyes aplicables anticorrupción y de defensa de la competencia. Las Partes declaran y garantizan que no se entrega ningún beneficio inapropiado o ventaja comercial de carácter desleal, que pudiera afectar la toma de decisiones públicas o privadas, promover la prescripción y/o inducir a alguien a quebrantar sus deberes profesionales. En caso de conflicto entre este Contrato y el Protocolo, el mismo se resolverá de la siguiente forma: (i) el Protocolo prevalecerá en todo aquello directamente relacionado con la ciencia y la ejecución del Estudio por parte del Investig...
OBJETO DEL ACUERDO. 1.1 El objeto del presente Acuerdo es regular la relación jurídica entre las partes relativa a los servicios que El Colegio contrata de Snappet. Snappet presta los servicios detallados en cada momento en su página web (xxxxx://xx.xxxxxxx.xxx) y que se describen de forma global como sigue:
OBJETO DEL ACUERDO. Por el presente documento, con el consentimiento previo, expreso e irrevocable de [●], de conformidad con el Artículo N° 1435 y siguientes del Código Civil, se reconoce que EL CEDENTE ha cedido su posición contractual en EL CONTRATO a favor de EL CESIONARIO.
OBJETO DEL ACUERDO. Los Integrantes del Oferente establecen en virtud del presente Acuerdo de Permanencia los compromisos relativos a la constitución del SPV, a la participación y permanencia de dichos Integrantes en el capital social del Concesionario, y demás compromisos derivados de la participación de los Integrantes del Oferente en la Licitación Pública.
OBJETO DEL ACUERDO. 1.1 El objeto del Acuerdo General de Interconexión entre TELEFÓNICA DE ESPAÑA, Sociedad Unipersonal, S.A. (en adelante, TELEFÓNICA DE ESPAÑA). y EL OPERADOR es el de interconectar las redes públicas de telecomunicaciones de TELEFÓNICA DE ESPAÑA y las redes de telecomunicaciones del OPERADOR según lo previsto en la legislación vigente, de forma que posibilite la interoperabilidad de los servicios en las condiciones que posteriormente se determinan.
OBJETO DEL ACUERDO. Son objeto del presente acuerdo: