Common use of OBLIGACIONES DEL ASEGURADO EN CASO DE SINIESTRO Clause in Contracts

OBLIGACIONES DEL ASEGURADO EN CASO DE SINIESTRO. El asegurado debe tomar todas las precauciones necesarias para cuidar el vehículo y evitar que sobrevengan pérdidas y/o daños ulteriores, salvo que el incumplimiento de esta obligación se haya producido para atenuar las consecuencias del siniestro, por un deber de humanidad generalmente aceptado, por legítima defensa o por el cumplimiento de un deber legal. Asimismo, impedir que se efectúen reparaciones y/o cambios de piezas mientras La Aseguradora no lo autorice. La introducción de cambios en el vehículo siniestrado que haga más difícil determinar las causas del siniestro o el daño mismo exonera a La Aseguradora de cualquier tipo de responsabilidad en la atención del siniestro, salvo que hayan sido introducidos para disminuir el daño o en función al interés público. Esta póliza no cubre reembolsos de ningún tipo sin conocimiento y aprobación previa y expresa por parte de la Aseguradora. Remitir a La Aseguradora, dentro de las 24 (veinticuatro) horas de recibida toda carta, reclamo escrito, notificación administrativa o judicial y/o requerimiento de los agraviados de cualquier naturaleza, así como informar por escrito cualquier reclamo verbal que le hubiere sido formulada. Rechazar cualquier reclamo de responsabilidad que comprometa el interés de La Aseguradora absteniéndose de pagar y/o prometer el pago de cualquier suma de dinero, así como también de llegar a arreglos, pactos, transacciones o conciliaciones con terceros sin conocimiento y autorización expresa de La Aseguradora. Concurrir a todas las diligencias policiales, judiciales y/o administrativas y/o efectuar las aclaraciones que solicite La Aseguradora. En caso de pérdida total, suscribir la documentación necesaria para transferir la propiedad del vehículo asegurado a La Aseguradora previo a la indemnización del siniestro.

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Samples: Insurance Policy, Póliza De Seguro De Vehículos, Insurance Policy

OBLIGACIONES DEL ASEGURADO EN CASO DE SINIESTRO. El asegurado debe tomar todas las precauciones necesarias para cuidar el vehículo y evitar que sobrevengan pérdidas y/o daños ulteriores, salvo que el incumplimiento de esta obligación se haya producido para atenuar las consecuencias del siniestro, por un deber de humanidad generalmente aceptado, por legítima defensa o por el cumplimiento de un deber legal. Asimismo, impedir que se efectúen efectú en reparaciones y/o cambios de piezas mientras La Aseguradora no lo autorice. La introducción de cambios en el vehículo siniestrado que haga más má s difícil determinar las causas del siniestro o el daño mismo exonera a La Aseguradora de cualquier tipo de responsabilidad en la atención del siniestro, salvo que hayan sido introducidos para disminuir el daño o en función al interés público. Esta póliza no cubre reembolsos de ningún tipo sin conocimiento y aprobación previa y expresa por parte de la Aseguradorapú blico. Remitir a La Aseguradora, dentro de las 24 (veinticuatro) horas de recibida toda carta, reclamo escrito, notificación administrativa o judicial y/o requerimiento de los agraviados de cualquier naturaleza, así como informar por escrito cualquier reclamo verbal que le hubiere sido formulada. Rechazar cualquier reclamo de responsabilidad que comprometa el interés de La Aseguradora absteniéndose de pagar y/o prometer el pago de cualquier suma de dinero, así como también de llegar a arreglos, pactos, transacciones o conciliaciones con terceros sin conocimiento y autorización expresa de La Aseguradora. Concurrir a todas las diligencias policiales, judiciales y/o administrativas y/o efectuar las aclaraciones que solicite La Aseguradora. En caso de pérdida total, suscribir la documentación necesaria para transferir la propiedad del vehículo asegurado a La Aseguradora previo a la indemnización del siniestro.

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Samples: Insurance Policy

OBLIGACIONES DEL ASEGURADO EN CASO DE SINIESTRO. -Aviso del siniestro: es obligación del solicitante o Asegurado avisar por escrito a la Compañía la ocurrencia del siniestro dentro de los tres (3) días siguientes a aquel en que se haya tenido conocimiento del mismo y que pueda dar base a un reclamo, a menos que en las condiciones particulares de la misma, se prevea un plazo mayor. -Evitar la extensión o propagación del siniestro: está obligado el Asegurado a evitar la extensión o propagación del siniestro y a procurar el salvamento de las cosas amenazadas, tomando las medidas necesarias y urgentes para precautelar los bienes asegurados, efectuando las reparaciones inmediatas y / o el traslado a un sitio que brinde las seguridades respectivas. El asegurado debe tomar todas Asegurado tiene la obligación de poner en conocimiento de la Compañía estos hechos y sólo podrá efectuar las precauciones reparaciones necesarias para cuidar evitar la extensión o propagación del siniestro. -Facilitar la subrogación: el vehículo Asegurado debe hacer todo lo que esté a su alcance para garantizarle a la Compañía la viabilidad de la acción subrogatoria. -Exhibición: exhibir a la Compañía, los respectivos registros contables: para la debida comprobación del siniestro y evitar que sobrevengan pérdidas y/o daños ulteriores, salvo que el incumplimiento determinación de esta obligación se haya producido para atenuar las consecuencias la preexistencia de los bienes objeto del siniestro, por un deber la Compañía tiene derecho a exigir la exhibición de humanidad generalmente aceptadotodos los registros contables, por legítima defensa o por el cumplimiento de un deber legal. Asimismo, impedir que se efectúen reparaciones y/o cambios de piezas mientras La Aseguradora no lo autorice. La introducción de cambios en el vehículo siniestrado que haga más difícil determinar las causas del siniestro o el daño mismo exonera a La Aseguradora de cualquier tipo de responsabilidad en la atención del siniestro, salvo que hayan sido introducidos para disminuir el daño o en función al interés público. Esta póliza no cubre reembolsos de ningún tipo sin conocimiento y aprobación previa y expresa por parte necesidad de la Aseguradora. Remitir a La Aseguradora, dentro intervención de las 24 (veinticuatro) horas de recibida toda carta, reclamo escrito, notificación administrativa ninguna autoridad civil o judicial y/o requerimiento de los agraviados de cualquier naturaleza, así como informar por escrito cualquier reclamo verbal que le hubiere sido formulada. Rechazar cualquier reclamo de responsabilidad que comprometa el interés de La Aseguradora absteniéndose de pagar y/o prometer el pago de cualquier suma de dinero, así como también de llegar a arreglos, pactos, transacciones o conciliaciones con terceros sin conocimiento y autorización expresa de La Aseguradora. Concurrir a todas las diligencias policiales, judiciales y/o administrativas y/o efectuar las aclaraciones que solicite La Aseguradora. En caso de pérdida total, suscribir la documentación necesaria para transferir la propiedad del vehículo asegurado a La Aseguradora previo a la indemnización del siniestrojudicial.

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Samples: Insurance Policy

OBLIGACIONES DEL ASEGURADO EN CASO DE SINIESTRO. El asegurado debe tomar todas las precauciones necesarias para cuidar el vehículo y evitar que sobrevengan pérdidas y/o daños ulteriores, salvo que el incumplimiento de esta obligación se haya producido para atenuar las consecuencias del siniestro, por un deber de humanidad generalmente aceptado, por legítima defensa o por el cumplimiento de un deber legal. Asimismo, impedir que se efectúen reparaciones y/o cambios de piezas mientras La Aseguradora no lo autorice. La introducción de cambios en el vehículo siniestrado que haga más difícil determinar las causas del siniestro o el daño mismo exonera a La Aseguradora de cualquier tipo de responsabilidad en la atención del siniestro, salvo que hayan sido introducidos para disminuir el daño o en función al interés público. Esta póliza no cubre reembolsos de ningún tipo sin conocimiento y aprobación previa y expresa por parte de la Aseguradora. Remitir a La Aseguradora, dentro de las 24 (veinticuatro) horas de recibida toda carta, reclamo escrito, notificación administrativa o judicial y/o requerimiento de los agraviados de cualquier naturaleza, así como informar por escrito cualquier reclamo verbal que le hubiere sido formulada. Rechazar cualquier reclamo de responsabilidad que comprometa el interés de La Aseguradora absteniéndose de pagar y/o prometer el pago de cualquier suma de dinero, así como también de llegar a arreglos, pactos, transacciones o conciliaciones con terceros sin conocimiento y autorización expresa de La Aseguradora. Concurrir a todas las diligencias policiales, judiciales y/o administrativas y/o efectuar las aclaraciones que solicite La Aseguradora. En caso de pérdida total, suscribir la documentación necesaria para transferir la propiedad del vehículo asegurado a La Aseguradora previo a la indemnización del siniestro.

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Samples: Póliza De Seguro De Vehículos