Common use of Obligaciones del Fiduciario Clause in Contracts

Obligaciones del Fiduciario. Sin perjuicio de las demás obligaciones asumidas mediante el presente CONTRATO, el FIDUCIARIO se obliga a lo siguiente: Realizar las actividades y gestiones para verificar que los DEUDORES CEDIDOS y los DERECHOS DE CRÉDITO cumplen con las características establecidas en el numeral 2.6.22 del presente CONTRATO. Con excepción de las características señaladas en los literales (d) y (e) de dicho numeral las demás características podrán ser verificadas mediante la presentación de declaraciones juradas que deberán ser remitidas por el FIDEICOMITENTE y a través del PROCEDIMIENTO TÉCNICO PARA LA TRANSFERENCIA DE INFORMACIÓN. Gestionar la inscripción del presente fideicomiso en la central de riesgos a cargo de la SBS y ante los Registros Públicos. Mantener la contabilidad del PATRIMONIO FIDEICOMETIDO en forma separada de su contabilidad o a las de otros patrimonios fideicometidos que se encuentren bajo su dominio fiduciario. Designar al FACTOR FIDUCIARIO del presente fideicomiso, indicando expresamente las facultades que le corresponden, de conformidad con lo establecido en la Cláusula Décimo Séptima y en las disposiciones legales aplicables. Remitir los informes y reportes al FIDEICOMITENTE dentro de un plazo prudencial xx xxxx (10) días naturales contados desde que éstos hubiesen sido solicitados por escrito. Ejercer el encargo a que se refiere el presente CONTRATO respecto de todos y cada uno de los derechos que integran el PATRIMONIO FIDEICOMETIDO conforme a los términos y condiciones incluidos en el mismo, con responsabilidad y diligencia. Informar al (los) FIDEICOMISARIO(S) NO INTERVINIENTE(S) la transferencia en propiedad del o de los CERTIFICADOS DE PARTICIPACIÓN Clase A, a favor de nuevos titulares, indicando su nombre y dirección. Recibir en custodia los CERTIFICADOS DE PARTICIPACIÓN CLASE A emitidos a favor del FIDEICOMITENTE y anotados en el REGISTRO como primer titular de los mismos. Mantener en custodia los CERTIFICADOS DE PARTICIPACIÓN CLASE A que le hubieran sido entregados, hasta la fecha en la que sean entregados a su titular, conforme lo establecido en el presente CONTRATO. Realizar en nombre del FIDEICOMITENTE y de ser necesario, la formalización de las garantías asociadas a los PRÉSTAMOS. Comunicar, dentro de los tres días HÁBILES de vencido el plazo establecido en el numeral 4.12, a los DEUDORES CEDIDOS de la cesión en fideicomiso de los DERECHOS DE CREDITO y de los FLUJOS FUTUROS, en los términos previstos en el citado numeral.

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Samples: Contrato De Fideicomiso

Obligaciones del Fiduciario. Sin perjuicio Las partes intervinientes acuerdan que la labor del Fiduciario no es ni resulta discrecional, por lo que sus derechos, facultades, prerrogativas, obligaciones y responsabilidades se limitan al cumplimiento de: (i) las obligaciones que como tal le impone la Ley de Banca y demás normas aplicables, y (ii) las demás obligaciones asumidas mediante el presente CONTRATO, el FIDUCIARIO se obliga a lo siguiente: Realizar las actividades y gestiones para verificar que los DEUDORES CEDIDOS y los DERECHOS DE CRÉDITO cumplen con las características responsabilidades establecidas en el numeral 2.6.22 del presente CONTRATOContrato. Con excepción Teniendo en cuenta ello, el Fiduciario, además de las características señaladas en los literales (d) y (e) de dicho numeral las demás características podrán ser verificadas mediante la presentación de declaraciones juradas que deberán ser remitidas por el FIDEICOMITENTE y a través del PROCEDIMIENTO TÉCNICO PARA LA TRANSFERENCIA DE INFORMACIÓN. Gestionar la inscripción del presente fideicomiso en la central de riesgos a cargo de la SBS y ante los Registros Públicos. Mantener la contabilidad del PATRIMONIO FIDEICOMETIDO en forma separada de su contabilidad o a las de otros patrimonios fideicometidos que se encuentren bajo su dominio fiduciario. Designar al FACTOR FIDUCIARIO del presente fideicomiso, indicando expresamente las facultades que le corresponden, de conformidad con lo establecido en la Cláusula Décimo Séptima el presente Contrato y en las disposiciones legales normas aplicables. Remitir los informes , asume las siguientes obligaciones y reportes al FIDEICOMITENTE dentro de un plazo prudencial xx xxxx (10) días naturales contados desde que éstos hubiesen sido solicitados por escrito. responsabilidades: Ejercer el encargo a que se refiere el presente CONTRATO Contrato con la responsabilidad y diligencia de un xxxx administrador y ordenado comerciante. Efectuar las operaciones referidas en la Cláusula Sexta con cargo a los recursos del Patrimonio Fideicometido, siempre que existan recursos disponibles. Proceder a la inscripción del Contrato de Fideicomiso en la Central de Riesgos de la SBS y en el Registro Público correspondiente. Remitir mensualmente al Fideicomitente y al Ministerio de Economía y Finanzas, los estados financieros del Patrimonio Fideicometido. Adicionalmente, remitir dentro de los cuarenta y cinco (45) días calendarios siguientes al término del año respectivo el informe anual o memoria anual previsto en el numeral 6 del artículo 256° de la Ley de Banca. La rendición de cuentas al Fideicomitente y a la SBS, previsto en el numeral 11 del artículo 256° de la Ley de Banca, serán presentados en el plazo máximo de tres (03) meses siguientes al término o vencimiento del Fideicomiso . Facilitar información sobre el Patrimonio Fideicometido al Fideicomitente y al Fideicomisario Xxxxxxxxxxx, cuando cualquiera de ellos lo requiera. Dar aviso inmediato por escrito al Fideicomitente, al Fideicomisario Principal y al Fideicomisario Xxxxxxxxxxx, de cualquier hecho o circunstancia de la que tuviere conocimiento que afecte de manera negativa al Patrimonio Fideicometido o que amenace o perturbe sus derechos. Llevar el inventario y la contabilidad del Patrimonio Fideicometido con arreglo x xxx, y cumplir las obligaciones tributarias correspondientes conforme a la legislación vigente. Guardar reserva respecto de todos y cada uno las operaciones, actos, contratos, documentos e información que se relacionen con el Patrimonio Fideicometido con los mismos alcances que la Ley de Banca establece para el secreto bancario. El Fiduciario queda habilitado para rentabilizar los derechos que integran recursos del Patrimonio Fideicometido a través de depósitos de corto plazo. Las operaciones deberán realizarlas de acuerdo a las políticas internas de inversiones establecidas por el PATRIMONIO FIDEICOMETIDO conforme a los términos y condiciones incluidos Fiduciario. Las inversiones no deberán perjudicar el pago de las obligaciones establecidas en el mismopresente Contrato, con responsabilidad Gastos de Administración y diligenciaRemuneración del Fiduciario. Informar al (los) FIDEICOMISARIO(S) NO INTERVINIENTE(S) la transferencia en propiedad Cuando finalice el plazo de vigencia del o de los CERTIFICADOS DE PARTICIPACIÓN Clase Apresente Contrato, a favor de nuevos titulares, indicando su nombre y dirección. Recibir en custodia los CERTIFICADOS DE PARTICIPACIÓN CLASE A emitidos liberar a favor del FIDEICOMITENTE y anotados en el REGISTRO como primer titular de Fideicomitente los mismos. Mantener en custodia los CERTIFICADOS DE PARTICIPACIÓN CLASE A recursos del Patrimonio Fideicometido, siempre que le hubieran sido entregados, hasta la fecha en la que sean entregados a su titular, conforme lo establecido previamente se hayan cumplido con las obligaciones contenidas en el presente CONTRATO. Realizar en nombre Contrato y tanto el Fideicomisario Principal y Fideicomisario Subsidiario hayan comunicado por escrito el cumplimiento por parte del FIDEICOMITENTE y Fideicomitente de ser necesario, la formalización de las garantías asociadas a los PRÉSTAMOS. Comunicar, dentro de los tres días HÁBILES de vencido el plazo establecido sus obligaciones establecidas en el numeral 4.12presente Contrato. De ser el caso, a los DEUDORES CEDIDOS el Fiduciario podrá realizar operaciones de compra o venta de moneda nacional o extranjera necesarias, de acuerdo al tipo de cambio que establezca la cesión entidad financiera en fideicomiso de los DERECHOS DE CREDITO y de los FLUJOS FUTUROS, en los términos previstos en el citado numeraldonde se encuentre la Cuenta Operativa o Cuenta Especial. Las demás obligaciones establecidas e n las normas aplicables.

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Samples: Contrato De Concesión

Obligaciones del Fiduciario. Sin perjuicio de las demás obligaciones asumidas mediante el presente CONTRATO, el FIDUCIARIO se obliga a lo siguiente: Realizar las actividades y gestiones para verificar que los DEUDORES CEDIDOS y los DERECHOS DE CRÉDITO cumplen con las características establecidas en el numeral 2.6.22 del presente CONTRATO. Con excepción de las características señaladas en los literales (d) y (e) de dicho numeral las demás características podrán ser verificadas mediante la presentación de declaraciones juradas que deberán ser remitidas por el FIDEICOMITENTE y a través del PROCEDIMIENTO TÉCNICO PARA LA TRANSFERENCIA DE INFORMACIÓN. Gestionar la inscripción del presente fideicomiso en la central de riesgos a cargo de la SBS y ante los Registros Públicos. Mantener la contabilidad del PATRIMONIO FIDEICOMETIDO en forma separada de su contabilidad o a las de otros patrimonios fideicometidos que se encuentren bajo su dominio fiduciario. Designar al FACTOR FIDUCIARIO del presente fideicomiso, indicando expresamente las facultades que le corresponden, de conformidad con lo establecido en la Cláusula Décimo Séptima Octava y en las disposiciones legales aplicables. Remitir los informes y reportes al FIDEICOMITENTE dentro de un plazo prudencial xx xxxx (10) días naturales contados desde que éstos hubiesen sido solicitados por escrito. Ejercer el encargo a que se refiere el presente CONTRATO respecto de todos y cada uno de los derechos que integran el PATRIMONIO FIDEICOMETIDO conforme a los términos y condiciones incluidos en el mismo, con responsabilidad y diligencia. Informar al FIDEICOMISARIO NO INTERVINIENTE, los estados de cuenta de la CUENTA RECAUDADORA, bajo cualquiera de los medios acordados en la Cláusula Vigésimo Quinta. Remitir al FIDEICOMISARIO NO INTERVINIENTE, una copia de la parte pertinente del Anexo Nº 5 (Informe de Clasificación de Deudor y Provisiones) remitido a la SBS por el SERVIDOR, en el cual consten los DERECHOS DE CREDITO que conforman el PATRIMONIO FIDEICOMETIDO. Informar al (los) FIDEICOMISARIO(S) NO INTERVINIENTE(S) la transferencia en propiedad del o de los CERTIFICADOS DE PARTICIPACIÓN Clase A, a favor de nuevos titulares, indicando su nombre y dirección. Recibir en custodia los CERTIFICADOS DE PARTICIPACIÓN CLASE A emitidos a favor del FIDEICOMITENTE y anotados en el REGISTRO como primer titular de los mismos. Mantener en custodia los CERTIFICADOS DE PARTICIPACIÓN CLASE A que le hubieran sido entregados, hasta la fecha en la que sean entregados a su titular, conforme lo establecido en el presente CONTRATO. Realizar en nombre del FIDEICOMITENTE y de ser necesario, la formalización de las garantías asociadas a los PRÉSTAMOS. Comunicar, dentro de los tres días HÁBILES de vencido el plazo establecido en el numeral 4.12, a los DEUDORES CEDIDOS de la cesión en fideicomiso de los DERECHOS DE CREDITO y de los FLUJOS FUTUROS, en los términos previstos en el citado numeral.

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Samples: Contrato De Fideicomiso

Obligaciones del Fiduciario. Sin perjuicio de las demás obligaciones asumidas mediante el presente CONTRATO, el FIDUCIARIO se obliga a lo siguiente: Realizar las actividades y gestiones para verificar que los DEUDORES CEDIDOS y los LOS DERECHOS DE CRÉDITO cumplen con las características establecidas en el numeral 2.6.22 2.6.20 del presente CONTRATO. Con excepción de las características señaladas indicadas en los literales (d) y (e) del numeral 2.6.20, se efectuará una verificación vía muestreo de dicho numeral las demás características podrán ser verificadas mediante la presentación de declaraciones juradas que deberán ser remitidas presentadas por el FIDEICOMITENTE y a través del PROCEDIMIENTO TÉCNICO PARA LA TRANSFERENCIA DE INFORMACIÓNEL FIDEICOMITENTE. Gestionar la inscripción del presente fideicomiso en la central de riesgos a cargo de la SBS y ante los Registros Públicos. Mantener la contabilidad del PATRIMONIO FIDEICOMETIDO en forma separada de su contabilidad o a las de otros patrimonios fideicometidos que se encuentren bajo su dominio fiduciario. Designar al FACTOR FIDUCIARIO del presente fideicomiso, indicando expresamente las facultades que le corresponden, de conformidad con lo establecido en la Cláusula Décimo Séptima y en las disposiciones legales aplicables. Remitir los informes y reportes al FIDEICOMITENTE dentro de un plazo prudencial xx xxxx (10) días naturales contados desde que éstos hubiesen sido solicitados por escrito. Ejercer el encargo a que se refiere el presente CONTRATO respecto de todos y cada uno de los derechos que integran el PATRIMONIO FIDEICOMETIDO conforme a los términos y condiciones incluidos en el mismo, con responsabilidad y diligencia. Constatar los DERECHOS DE CRÉDITOS, según lo indicado en los numerales 4.10 y 4.11 del CONTRATO. Informar al (los) FIDEICOMISARIO(S) NO INTERVINIENTE(S) la transferencia en propiedad del o de los CERTIFICADOS DE PARTICIPACIÓN Clase A, a favor de nuevos titulares, indicando su nombre y dirección. Recibir en custodia los CERTIFICADOS DE PARTICIPACIÓN CLASE A emitidos a favor del FIDEICOMITENTE y anotados en el REGISTRO como primer titular de los mismos. Mantener en custodia los CERTIFICADOS DE PARTICIPACIÓN CLASE A que le hubieran sido entregados, hasta la fecha en la que sean entregados a su titular, conforme lo establecido en el presente CONTRATO. Realizar en nombre del FIDEICOMITENTE y de ser necesario, la formalización de las garantías asociadas a los PRÉSTAMOS. Comunicar, dentro Dentro de los tres días HÁBILES de vencido el plazo establecido en el numeral 4.12, ocurrido un evento de incumplimiento quedará obligado a comunicar a los DEUDORES CEDIDOS de la cesión en fideicomiso de los DERECHOS DE CREDITO y de los FLUJOS FUTUROS, en los términos previstos en el citado numeralCREDITO.

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Samples: Contrato De Fideicomiso

Obligaciones del Fiduciario. Sin perjuicio de las demás obligaciones asumidas mediante del Fiduciario consignadas en este Fideicomiso, el Fiduciario tendrá durante la vigencia del presente Fideicomiso y con cargo exclusivo al Patrimonio del Fideicomiso, las siguientes obligaciones: Cumplir en tiempo y forma con las obligaciones establecidas a su cargo en el presente CONTRATO, el FIDUCIARIO se obliga Fideicomiso y en los Documentos de Emisión; Proporcionar al Auditor Externo todas las facilidades e información necesarias a fin de que lleve a cabo la auditoria anual; Realizar todos los actos para o tendientes a mantener la exigibilidad y validez de este Fideicomiso; Abstenerse de realizar actividades o actos que sean incongruentes o contrarios a lo siguiente: Realizar estipulado en este Fideicomiso y llevar a cabo todas las actividades y gestiones actos previstos expresamente en este Fideicomiso, para verificar que los DEUDORES CEDIDOS las Partes puedan ejercer completa, eficaz y los DERECHOS DE CRÉDITO cumplen oportunamente sus derechos; Cumplir con todas las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y normas aplicables, emitidas por cualquier autoridad gubernamental; De conformidad con la información que le sea entregada por el Asesor Contable y el Asesor Fiscal, cumplir con las características establecidas obligaciones a su cargo en el numeral 2.6.22 del presente CONTRATO. Con excepción términos de la LIETU así como con las características señaladas obligaciones que se le imponen en los literales (d) y (e) de dicho numeral las demás características podrán ser verificadas mediante la presentación de declaraciones juradas que deberán ser remitidas por el FIDEICOMITENTE y a través del PROCEDIMIENTO TÉCNICO PARA LA TRANSFERENCIA DE INFORMACIÓN. Gestionar la inscripción del presente fideicomiso en la central de riesgos a cargo términos de la SBS LISR y ante los Registros Públicos. Mantener la contabilidad del PATRIMONIO FIDEICOMETIDO en forma separada de su contabilidad o a las de otros patrimonios fideicometidos que se encuentren bajo su dominio fiduciario. Designar al FACTOR FIDUCIARIO del presente fideicomiso, indicando expresamente las facultades que le corresponden, de conformidad con lo establecido en la Cláusula Décimo Séptima Vigésimo Sexta de este Fideicomiso; Realizar todos los actos necesarios para o tendientes a conservar los derechos de que sea titular, conforme a este Fideicomiso; Crear y mantener de manera independiente las Cuentas, sin que las cantidades transferidas o registradas en las disposiciones legales aplicables. Remitir los informes y reportes mismos se confundan en cualquier forma; Consultar con el Comité Técnico, en caso de que deba tomarse alguna decisión respecto a asuntos no previstos en este Fideicomiso conforme al FIDEICOMITENTE siguiente procedimiento: El Fiduciario notificará al Comité Técnico, para que acuerde lo relativo a la decisión en cuestión dentro de un plazo prudencial xx xxxx razonable. El Comité Técnico podrá decidir la necesidad de convocar a una Asamblea de Tenedores para que esta decida el asunto de que se trate, para lo cual, el Comité Técnico notificará la solicitud correspondiente al Representante Común con la finalidad de que éste último convoque la celebración de la Asamblea de Tenedores; en cuyo caso el Representante Común se abstendrá de retrasar en forma no razonable la convocatoria y celebración de dicha Asamblea de Tenedores. El Comité Técnico deberá resolver los asuntos cuya urgencia no permita la realización de la convocatoria y celebración de la Asamblea de Tenedores, debiendo auxiliarse al respecto en la opinión que al efecto formule el Comité de Prácticas y/o el Comité de Auditoría, dependiendo la materia de que se trate. Entregar al Representante Común, al Auditor Externo, al Administrador, al Comité Técnico, al Comité de Prácticas y al Comité de Auditoría, dentro de los primeros 10 (10diez) días naturales contados desde Días Hábiles de cada mes, el Reporte Mensual del Fiduciario de conformidad con el formato que éstos hubiesen sido solicitados se adjunta al presente Fideicomiso como Anexo “J”, el cual deberá incluir como mínimo la información relativa a los conceptos que se detallan en el mencionado Anexo. Asimismo, el Fiduciario deberá enviar el Reporte Mensual del Fiduciario a la CNBV a través del medio que la propia CNBV disponga. Adicionalmente, dicho Reporte Mensual deberá ser enviado a través del “EMISNET”. El Fiduciario deberá entregar la información razonable que le sea solicitada por escritoel Comité Técnico con base en las solicitudes de Tenedores, para efectos de que estos últimos puedan cumplir con sus respetivas obligaciones fiscales cuando los mismos sean residentes extranjeros. Ejercer el encargo Proporcionar a la CNBV, a la BMV y al público en general, la información a que se refiere el artículo 33 de la Circular Única de Emisoras; Permitir el acceso al Comité Técnico, al Representante Común y al Administrador, a todos los documentos e información en su poder derivados o relacionados con el presente CONTRATO respecto de todos y cada uno de los derechos Fideicomiso que integran el PATRIMONIO FIDEICOMETIDO pueda entregarse conforme a los términos la ley; Responder civilmente por daños y condiciones incluidos en perjuicios que cause por el mismo, con responsabilidad y diligencia. Informar al (los) FIDEICOMISARIO(S) NO INTERVINIENTE(S) la transferencia en propiedad del o incumplimiento de los CERTIFICADOS DE PARTICIPACIÓN Clase A, a favor de nuevos titulares, indicando su nombre y dirección. Recibir en custodia los CERTIFICADOS DE PARTICIPACIÓN CLASE A emitidos a favor del FIDEICOMITENTE y anotados en el REGISTRO como primer titular de los mismos. Mantener en custodia los CERTIFICADOS DE PARTICIPACIÓN CLASE A que le hubieran sido entregados, hasta la fecha en la que sean entregados las obligaciones a su titularcargo, conforme lo establecido asumidas en el presente CONTRATO. Realizar Fideicomiso; Verificar el cumplimiento del Auditor Externo con sus obligaciones establecidas en nombre del FIDEICOMITENTE el contrato de prestación de servicios u otro instrumento celebrado; y El Fiduciario deberá proporcionar a la BMV, en lo conducente, por medio de ser necesariola persona que éste designe por escrito, la formalización información a que se refiere la disposición 4.033.00 y la Sección Segunda del Capítulo Quinto del Título Cuarto del Reglamento Interior de la BMV que le corresponda, respecto del Patrimonio del Fideicomiso, así como su conformidad para que, en caso de incumplimiento, le sean aplicables las garantías asociadas medidas disciplinarias y correctivas a través de los PRÉSTAMOSórganos y procedimientos disciplinarios que se establecen en el Título Décimo Primero del Reglamento Interior de la BMV. ComunicarEl Comité Técnico deberá vigilar y procurar que el Fiduciario cumpla con la obligación establecida en este inciso y proporcione a la BMV en lo conducente la información referida. El Fiduciario elaborará y remitirá de forma mensual al Comité Técnico y al Administrador, dentro de los tres días HÁBILES 10 (diez) Días Hábiles de vencido cada mes calendario, los estados de cuenta que reflejen el plazo establecido valor registrado del Patrimonio del Fideicomiso y los movimientos realizados en el numeral 4.12presente Fideicomiso durante el periodo correspondiente. Una vez recibidos los estados de cuenta conforme al párrafo anterior, el Administrador y el Comité Técnico tendrán un término de 15 (quince) días naturales contados a los DEUDORES CEDIDOS partir de la cesión en fideicomiso recepción de los DERECHOS DE CREDITO y mismos para solicitar aclaraciones por escrito al Fiduciario. Transcurrido dicho plazo, los estados de cuenta respectivos se tendrán por aprobados para todos los efectos. El Fiduciario no será responsable en caso de que el Comité Técnico y/o el Administrador no reciban los estados de cuenta respectivos, siendo a cargo de éstos, cuando así ocurra, el solicitar al Fiduciario una copia de los FLUJOS FUTUROSestados de cuenta correspondientes. En cualquier caso, el término de 15 (quince) días señalado en el párrafo anterior, empezará a correr a partir de la fecha de recepción de los estados de cuenta respectivos. Todo estado de cuenta que prepare el Fiduciario será elaborado de conformidad con los formatos que institucionalmente hayan sido establecidos por el Fiduciario y contendrá la información que determinada por el Fiduciario de conformidad con sus políticas institucionales. En virtud que las Cuentas se mantendrán en una institución financiera diversa a Deutsche Bank México, S.A., Institución de Banca Múltiple, el Fiduciario únicamente estará obligado a proporcionar los estados de cuenta con base en sus formatos institucionales incluyendo la información que indique el valor del Patrimonio (saldos finales) al cierre del mes en cuestión, con copia de los estados de cuenta que el Fiduciario reciba del banco corresponsal en donde se mantengan las Cuentas, los cuales contendrán el detalle intra-mes de todas las operaciones realizadas, sin necesidad de que el Fiduciario replique la información del banco corresponsal en los términos previstos estados de cuenta del Fiduciario. Las Partes manifiestan su conformidad y aceptación en el citado numeralque dichos estados de cuenta sean enviados de manera electrónica al correo electrónico previsto en la Cláusula Vigésima Quinta del presente Contrato o a cualquier otro que dichas partes notifiquen al Fiduciario por escrito firmado por representante legal de cada una de ellas.

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Samples: fibrahotel.mx