OBLIGACIONES DEL INQUILINO Cláusulas de Ejemplo

OBLIGACIONES DEL INQUILINO. La parte arrendataria declara haber realizado la inspección de la vivienda arrendada para comprobar que la misma se encuentra en perfecto estado y se compromete a: - Devolver la vivienda en perfecto estado. - Hacer uso conveniente y responsable de los medios puestos a su disposición (calefacción, aire acondicionado,etcétera), así como de los electrodomésticos y muebles de la vivienda. - Avisar al propietario, a la mayor brevedad posible, en caso de incidencia tal como una avería, desperfecto o accidente que pudiera producirse en la vivienda. - No molestar a los vecinos. El inquilino no deberá, de ninguna de las maneras, realizar una copia de las llaves de la vivienda arrendada.
OBLIGACIONES DEL INQUILINO. Con el pago inicial por parte del inquilino, reconoce las condiciones generales (reglas de la casa) establecidas aquí como parte de la reserva. El inquilino se compromete a cuidar los artículos alquilados (apartamento de vacaciones, inventario y balcones). Si hay daños en el apartamento y / o durante el arrendamiento el inquilino está obligado a informar la dueña de forma inmediata. Los defectos y daños encontrados a la llegada se deben informar al arrendador de inmediato. En caso contrario, el inquilino es responsable de este daño. La eliminación de daños y de los defectos serán tratados por el propietario o el representante designado por ellos lo antes posible. Reclamaciones derivadas de quejas que no se informan inmediatamente en el sitio están excluidas. Quejas solo al final de la estadía o después de la salida del apartamento de vacaciones también están excluidas de la compensación. En caso de cualquier interrupción en el rendimiento, el inquilino está obligado a hacer todo dentro de su obligación legal de hacer lo razonable para ayudar a remediar el trastorno y para mantener bajo cualquier daño que pueda haber surgido. El día de la salida, el inquilino debe retirar los artículos personales, hechar los desechos domésticos en los botes de basura provistos en el distrito xxx xxxxx antiguo, los platos están limpios y lavados para guardar en los armarios de la cocina. El apartamento se entrega limpio y todos los muebles están en su lugar original, tal y como los inquilinos encontraron el apartamento cuando se mudaron. En caso de incumplimiento, se cobrará posteriormente un pago adicional (multa) de entre 50 y 150 euros.
OBLIGACIONES DEL INQUILINO. El inquilino declara haber realizado la inspección de la vivienda arrendada comprobando que se encuentra en perfecto estado y comprometiéndose a: - mantener la vivienda en perfecto estado durante el periodo de alquiler estipulado por ambas partes, - hacer un uso conveniente y razonable de los medios de confort puestos a su disposición (calefacción, aire acondicionado,...) y de los electrodomésticos y muebles de la vivienda, - avisar al propietario, en el más corto plazo posible, en caso de avería, desperfecto o accidente que pudiera producirse en la vivienda durante su estancia, - no causar molestias a los vecinos, - y respetar el reglamento interno del inmueble, si la vivienda forma parte de una comunidad, residencia o urbanización. El inquilino no podrá realizar copia alguna de las llaves de la vivienda arrendada.
OBLIGACIONES DEL INQUILINO. El inquilino declara haber realizado la inspección de la vivienda arrendada comprobando que se encuentra en perfecto estado y comprometiéndose a: 1- Mantener la vivienda en perfecto estado durante el periodo de alquiler estipulado por ambas partes. 2- Hacer un uso conveniente y razonable de los medios de confort puestos a su disposición como calefacción, ventiladores, televisores, electrodomésticos y muebles de la vivienda. 3- Avisar al propietario, en el más corto plazo posible, en caso de avería, desperfecto o accidente que pudiera producirse en la vivienda durante su estancia, haciéndose responsable de todo lo que el seguro de la Agencia de Alquiler no cubra. 4- Respetar y no causar molestias a los vecinos (fiestas nocturnas, chillidos, etc.). 5- Respetar el reglamento interno del inmueble, y de la Comunidad de Vecinos de la que forma parte este chalet. 6- El inquilino no podrá realizar copia alguna de las llaves de la vivienda arrendada.
OBLIGACIONES DEL INQUILINO. El inquilino tiene las siguientes obligaciones, las cuales son condiciones materiales de su inquilinato: (A) Pago de alquiler
OBLIGACIONES DEL INQUILINO. El Inquilino estará obligado a: (a) No asignar a otros el Contrato de Arrendamiento, ni subcontratar la unidad de vivienda. (b) (1) No dar alojamiento a pensionistas ni subinquilinos;
OBLIGACIONES DEL INQUILINO. 5.1. El inquilino se obliga al acondicionamiento, limpieza, conservación y mantenimiento en perfecto estado de las zonas anexas a la cafetería. 5.2. El inquilino se obliga a mantener todas las instalaciones en el mejor estado de funcionamiento, rendimiento y responde personalmente de la inutilización, pérdida, deterioro y destrucción del material inventariado, siendo de su cuenta y riesgo reponerlos inmediatamente por otros de idéntica calidad, marca y características del inventariado. 5.3. Con relación a los servicios generales y a sus instalaciones, se establece lo siguiente:
OBLIGACIONES DEL INQUILINO. De acuerdo con el Capítulo 13, los Inquilinos en la Ciudad xx Xxxxxxxxxxxx deben: • Pagar el alquiler a tiempo como lo indica el contrato de alquiler, a no ser que se hayan hecho otras provisiones por escrito. • Sacar la basura de manera limpia y sanitaria. • Mantener la plomería limpia y sanitaria. • Operar todos los accesorios eléctricos correctamente. • No dañar ni permitir que nadie dañe la propiedad. • Tratar a los vecinos como ellos quieran que los trate en las áreas de derecho a la privacidad y al uso tranquilo de la propiedad. • Cumplir con todas las provisiones y obligaciones legales, los reglamentos de la comunidad, reglas y regulaciones. Sin embargo, y sin contrariar lo mencionado, el Inquilino es responsable por cualquier costo incurrido por reparos o reemplazos que hayan sido necesarios debido al abuso o negligencia de actos cometidos u omitidos (incluyendo no haber reportado un problema al Propietario a tiempo) por el Inquilino, su familia, invitados, empleados o mascotas. En propiedades uni-familiares, donde existe una provisión en el contrato de alquiler sobre la Responsabilidad del Inquilino, el Propietario puede hacer que el Inquilino sea responsable respectivamente. El inquilino debe por lo general, mantener la propiedad alquilada en condiciones limpias, sanitarias y seguras. Dicho mantenimiento incluye el reemplazo de filtros, fusible, baterías, focos, limpieza de canaletas, áreas de drenaje, y la limpieza de electrodomésticos incluyendo pero no limitado a hornos y hornos microondas, refrigeradores y congeladores, trituradores de basura, lavaplatos, lavadoras de ropa, secadoras, unidades de aire acondicionado para las ventanas, humidificadores y deshumidificadores. Un inquilino debe mantener el jardín y los arbustos cortos y bien cuidados; debe remover las hojas y desperdicios, debe remover con prontitud el hielo y la nieve de las veredas, incluyendo cualquier vereda pública que linde con la propiedad, gradas y entradas, y debe mantener el terreno en buenas condiciones. El Inquilino debe reportar con prontitud al Propietario cualquier problema que requiera reparo o reemplazo más allá de mantenimiento general. El Inquilino no debe ordenar los reparos o reemplazos sin previa autorización del Propietario. Se entiende que en el evento que algunos de los elementos descritos como responsabilidad del Inquilino no han sido mantenidos correctamente de acuerdo con los términos del contrato de alquiler, después de 10 días de notificación escrita d...

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  • OBLIGACIONES DEL USUARIO Además de las obligaciones contenidas en estas Condiciones Generales de Uso, el Usuario se obliga a lo siguiente: - Usar diligentemente el nombre de Usuario y las contraseñas personales asignadas al Usuario, en caso de haberlas. El nombre de Usuario y la contraseña que se asignen a cada Usuario con el fin de acceder a los Sitios Web, o a los Servicios y Materiales, son de carácter confidencial y personal. El uso de este nombre y contraseña está restringido exclusivamente al Usuario a quien este nombre o contraseña son asignados. El Usuario es responsable de todos los daños y perjuicios, de cualquier naturaleza, que se ocasionen como consecuencia de la utilización de su nombre de Usuario o contraseña, por parte de un tercero, y que se deriven de la pérdida de los mismos o de la negligencia del Usuario. - Seguir las instrucciones impartidas sobre los Sitios Web. Para propender el correcto funcionamiento de los Sitios Web y el adecuado acceso y uso de los Servicios y Materiales ofrecidos en ellos, la Empresa, en su caso, podrá en cualquier tiempo dirigir instrucciones a los Usuarios. Las instrucciones podrán ser dirigidas vía correo electrónico o bien podrán estar estipuladas directamente en las páginas respectivas. El Usuario se compromete a mantenerse informado respecto de estas instrucciones y a cumplirlas diligentemente. - Usar los Sitios Web y los Servicios y Materiales, en forma correcta y lícita. El Usuario deberá usar los Servicios y los Materiales ofrecidos en conformidad a la ley, a las Condiciones Generales y Particulares de Uso y respetando la moral, las buenas costumbres y el orden público. El Usuario se abstendrá de usar los Sitios Web, los Servicios y los Materiales en cualquier forma que pueda lesionar los derechos e intereses de la Empresa, de otros Usuarios o de terceros, o que pueda dañar, inutilizar, sobrecargar, deteriorar o afectar de cualquier otro modo los Sitios Web, los Servicios o los Materiales o el uso de cualquiera de éstos por parte de los Usuarios. - Acceder u obtener Materiales por los procedimientos específicamente establecidos en las páginas web que contienen estos Materiales, y, de no haberse establecido un procedimiento, utilizando procedimientos lícitos y generalmente aceptados en Internet. En caso alguno podrá el Usuario acceder u obtener Materiales mediante formas que impliquen la creación de un riesgo o puedan acarrear daños o perjuicios a los Sitios Web, los Servicios o los Materiales. - No suprimir o alterar de modo que se haga menos visible, la mención o noticia de copyright o propiedad intelectual o cualquier otro dato que identifique a los titulares de los derechos sobre los Materiales, así como los demás mecanismos de protección, identificación u otros equivalentes, referidos a los Materiales. - No utilizar los Materiales para fines de venta, publicidad, propaganda u otros fines de naturaleza comercial. - No recoger, recopilar, descargar, copiar o proporcionar a terceros directorios de Usuarios ni ninguna información acerca de otros Usuarios, incluidas sus direcciones de correo electrónico. - No cargar, enviar por email o transmitir por cualquier otra forma ningún Material ni información que contenga virus de software o archivos o programas diseñados para interrumpir, destruir o limitar la funcionalidad de cualquier software computacional o hardware o equipo de telecomunicación asociados con los Sitios Web.

  • OBLIGACIONES DEL ASEGURADO a) Tan pronto como se produzca el siniestro, el TOMADOR DEL SEGURO, el ASEGURADO o los BENEFICIARIOS, deberán emplear todos los medios que estén a su alcance para aminorar las consecuencias del mismo. b) El ASEGURADO o sus derechohabientes, deberán avisar a la agencia en que han comprado el viaje amparado por el seguro, en el momento de sobrevenir alguna de las causas que puedan ser origen de reembolso de gastos de anulación de viaje, según lo indicado en dicha garantía de Gastos de Anulación. c) El TOMADOR, el ASEGURADO o sus derechohabientes, deberán comunicar al ASEGURADOR el acaecimiento de un siniestro, dentro del plazo máximo de SIETE días, CONTADOS a partir de la fecha en que fue conocido, pudiendo reclamar el ASEGURADOR, los daños y perjuicios causados por la falta de esta declaración salvo que demuestre que éste tuvo conocimiento del siniestro por otro medio. d) El ASEGURADO debe suministrar toda prueba que le sea razonablemente demandada por el ASEGURADOR sobre las circunstancias y consecuencias del siniestro con el fin de llevar a cabo las prestaciones garantizadas en las condiciones de la póliza. En el supuesto de haber incurrido en gastos cubiertos por las garantías de la presente póliza, aportará las facturas o justificantes originales de los mismos. e) El ASEGURADO debe proceder de inmediato a solicitar la comprobación de los daños o desaparición del equipaje por personas o autoridades competentes – Jefe de Estación, Representante cualificado de compañías aéreas, navieras y transportes, Directores de Hoteles, etc.- y vigilar que sus circunstancias e importancia sean reflejadas en un documento que remitirá al ASEGURADOR. f) El ASEGURADO, así como sus beneficiarios, en relación a las garantías de la presente póliza, exoneran xxx xxxxxxx profesional a los facultativos médicos que los hayan atendido, como consecuencia de la ocurrencia de un siniestro, para que éstos puedan facilitar información médica al ASEGURADOR, así como sobre los antecedentes sanitarios en relación al caso, para la correcta evaluación del siniestro. El ASEGURADOR no podrá hacer otro uso distinto del indicado, de la información obtenida. g) En caso de que el ASEGURADOR hubiese efectuado una garantía de pago ante un tercero, poniéndose posteriormente de manifiesto que se trataba de unos gastos no cubiertos por el seguro, el ASEGURADO deberá a reembolsar su importe al ASEGURADOR en un plazo máximo de 30 días a contar desde el requerimiento que le hubiese sido efectuado por éste. h) En caso de robo el ASEGURADO lo denunciará a la Policía o Autoridad del lugar inmediatamente y se lo justificará al ASEGURADOR. Si los objetos son recuperados antes del pago de la indemnización, el ASEGURADO deberá tomar posesión de ellos y el ASEGURADOR sólo estará obligado a pagar los daños sufridos. i) El ASEGURADO deberá acompañar a las reclamaciones por demoras, documento justificativo de la ocurrencia del siniestro. j) En caso de siniestro de Responsabilidad Civil, el TOMADOR, el ASEGURADO o sus derechohabientes, no deben aceptar, negociar o rechazar ninguna reclamación sin la expresa autorización del ASEGURADOR. k) En caso de anulación de viaje, o de cancelación, el ASEGURADO deberá aportar los documentos que acrediten o justifiquen la ocurrencia de la misma, así como las facturas o justificantes de los gastos.

  • Obligaciones del Ayuntamiento Serán obligaciones del arrendador: — El Ayuntamiento deberá realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar el inmueble en las condiciones de utilización para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1563 y 1564 del Código Civil. — En cuanto a obras de conservación y mejora, se estará a lo dispuesto en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

  • OBLIGACIONES DEL COMPRADOR El COMPRADOR se obliga frente al VENDEDOR a lo siguiente: 1. Recibir la Cantidad Nominada y Aceptada de GLP durante el Mes de Entregas de conformidad con el respectivo Plan de Recibo. 2. Cuando aplique, suscribir el respectivo contrato de transporte de conformidad con lo establecido en la Resolución CREG 092 de 2009, o aquellas que la modifiquen, complementen o sustituyan. 3. Abstenerse de comprar GLP de manera directa o a través de la representación de otro comercializador mayorista cuando dicha venta de Producto exceda su capacidad de compra, en los términos establecidos en la Resolución CREG 063 de 2016. 4. Para Puntos de Entrega no conectados al Sistema de Transporte, remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) horas hábiles siguientes al recibo del Plan por Ciclo enviado por el VENDEDOR. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado, el COMPRADOR entiende y acepta que el VENDEDOR procederá con el envío del Plan de Recibo de acuerdo con la disponibilidad de Producto, el cual se considerará en firme una vez remitido por parte del VENDEDOR. 5. Para Puntos de Entrega conectados al Sistema de Transporte, remitir el Plan de Recibo al VENDEDOR dentro de las doce (12) horas hábiles siguientes al recibo del Programa de Entregas enviado por el VENDEDOR para efectos de la Nominación Diaria. En el caso que no sea enviado dentro del tiempo estipulado se entenderá como aceptado el Programa de Entregas informado por parte del VENDEDOR 6. Asegurar la disponibilidad de recursos para la toma de pedido que habilita la entrega de Producto de acuerdo con el Plan de Recibo y garantizar que se encuentra en situación de cumplimiento con las obligaciones de pago y facturación con relación a sus pedidos anteriores. La toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el COMPRADOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el COMPRADOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. Esta condición aplica para todas las fuentes con excepción de las Fuentes Cartagena y Barrancabermeja, en las cuales la toma de pedidos de las cantidades programadas la realizará el VENDEDOR con (1) un día de anticipación a la fecha de retiro del Producto prevista en el Plan de Recibo, a excepción del fin de semana y puentes festivos, en los que la toma de pedidos se podrá realizar por el VEDENDOR el día hábil inmediatamente anterior para los retiros de dichos días. Los pedidos tendrán una vigencia de un (1) día. 7. Asegurar que la información que se requiere para la toma de pedidos del Producto sea idónea y completa. 8. Para Puntos de Entrega a través de llenadero i) asegurar que las cisternas enviadas a la fuente de producción cumplan con la capacidad para retirar el volumen correspondiente a la Nominación Aprobada. El COMPRADOR debe tener en cuenta para efectos de esta obligación y de la correspondiente toma de pedidos para asegurar el retiro de la Nominación Aprobada, que el cargue de las cisternas se efectúa por un volumen inferior a la capacidad total de la misma, debido a que por condiciones operativas del Campo los cargues se realizan a un noventa y dos por ciento (92%) de la capacidad total de la cisterna ii) dar cumplimiento de la Resolución 40304 del 02 xx xxxxx del 2018 del Ministerio de Minas y Energía (MME) sobre la revisión total de las cisternas que transportan GLP en el País y demás Resoluciones que emita el (MME) y iii) proporcionar los precintos necesarios para el cargue del producto, la información de los precintos debe ser notificada previa al cargue y despacho, esto con el fin que sea relacionada en la guía de transporte. 9. Pagar las facturas emitidas por EL VENDEDOR en los términos y condiciones establecidas en el Contrato. 10. Realizar las reclamaciones respecto del Producto, de manera responsable y oportuna. 11. Realizar el mantenimiento de los sistemas de tuberías y accesorios del COMPRADOR que se utilicen para conducir GLP asociados directa o indirectamente con el objeto del Contrato, de conformidad con los reglamentos técnicos que se encuentren vigentes.

  • OBLIGACIONES DE LAS PARTES Las partes contratantes se comprometen y obligan a dar cumplimiento a todas y cada una de las cláusulas del presente contrato. Por su parte, el PROVEEDOR se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones: Realizar la prestación del SERVICIO objeto del presente contrato, de acuerdo con lo establecido en el DBC, así como las condiciones de su propuesta. Prestar el SERVICIO, objeto del presente CONTRATO, en forma eficiente, oportuna y en el lugar de destino convenido con las características técnicas ofertadas y aceptadas. Asumir directa e íntegramente el costo de todos los posibles daños y perjuicios que pudiera sufrir el personal a su cargo o terceros, durante la ejecución del presente Contrato, por acciones que se deriven en incumplimientos, accidentes, atentados, etc. Mantener vigentes las garantías presentadas. Actualizar la(s) Garantía(s) (vigencia y/o monto) a requerimiento de la Entidad. Cumplir cada una de las cláusulas del presente contrato. Por su parte, la ENTIDAD se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones: Dar conformidad a los servicios generales de acuerdo con las condiciones establecidas en el DBC, así como las condiciones de la propuesta adjudicada. Emitir informes parciales y el informe final de conformidad de los servicios generales, cuando los mismos cumplan con las condiciones establecidas en el DBC, así como las condiciones de la propuesta adjudicada. Realizar el pago por el servicio general, en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario de emitido el Informe Final de Conformidad de los servicios generales objeto del presente contrato. Cumplir cada una de las cláusulas del presente contrato.

  • OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR El “PROVEEDOR” deberá dar esctricto cumplimiento a todas y cada una de las obligaciones y responsabilidades a su cargo establecidas en el presente Contrato y sus Anexos, así como cumplir con todas disposiciones establecidas en las leyes, reglamentos, decretos o cualquier otro instrumento jurídico aplicable. Asimismo, el “PROVEEDOR” se obliga a responder por su cuenta y riesgo, los defectos y vicios ocultos, la responsabilidad objetiva, así como los daños y perjuicios que por cualquier motivo se llegue a causar a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]” o a terceros, en cuyo caso se harán efectivas las garantías que correspondan de acuerdo a lo establecido en este instrumento. El “PROVEEDOR” se obliga a contar con los recursos humanos y materiales que se requieren para el debido cumplimiento del presente Contrato. De igual manera, el “PROVEEDOR” será el único responsable de la calidad, almacenaje, uso, manejo y de cualquier otra maniobra, que con sus equipos e insumos en general, requiera hacer durante para el cumplimiento del presente instrumento, sin tener derecho por ello, a remuneración adicional alguna. El “PROVEEDOR” deberá contar con las autorizaciones o permisos necesarios para la ejecución del objeto del presente Contrato, conforme a las disposiciones legales vigentes y aplicables. En caso de cambio de domicilio del establecido en la Declaración II.5 del presente instrumento, el “PROVEEDOR” deberá informarlo por escrito a la “[SECRETARÍA / ENTIDAD]”, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes a su acontecimiento. En caso que el “PROVEEDOR” infrinja las disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos, Prestación de Servicios y Administración de Bienes Muebles e Inmuebles del Estado de Oaxaca, será sancionado por la Secretaría de la Contraloría y Transparencia Gubernamental, de conformidad con lo establecido en el “Título Quinto de las Infracciones y Sanciones, Capítulo Único” de la citada Ley.

  • OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE a) Efectuar los registros y operaciones presupuéstales y contables necesarios para cumplir cabalmente el pago de los bienes y/o servicios que el Contratista haya prestado a ésta con base en el presente contrato. b) Suministrar la información que sea requerida por el contratista para la correcta ejecución del contrato. c) Realizar la supervisión del contrato a través del funcionario designado por la gerencia. d) Pagar oportunamente el valor de los bienes y/o servicios, dentro de los plazos fijados en el contrato.

  • Obligaciones del Oferente Los oferentes deberán revisar cuidadosamente los Pliegos y cumplir con todos los requisitos solicitados en ellos. La omisión o descuido del oferente al revisar los documentos no le relevará de sus obligaciones con relación a su oferta.

  • OBLIGACIONES DE LA EMPRESA Las empresas beneficiarias estarán obligadas a mantener la estabilidad de estos trabajadores por un tiempo mínimo de tres años y, en caso de despido pro- cedente, deberán sustituirlos por otros trabajadores con discapacidad. • Xxxxxxse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

  • DECLARACIONES DEL ASEGURADO Manifestación del Asegurado, o su representante, mediante la cual comunica la situación y estado de hechos que constituyen la base para la aceptación de un riesgo en particular por parte de la Compañía. La reticencia o falsedad intencional por parte del Asegurado o del Tomador, sobre hechos o circunstancias que conocidos por la Compañía hubieran influido para que el contrato no se celebrara o se hiciera bajo otras condiciones, producirán la nulidad relativa o absoluta del contrato, según corresponda. El asegurador podrá retener las primas pagadas hasta el momento en que tuvo conocimiento del vicio. Si la omisión o inexactitud no son intencionales se procederá conforme a lo indicado en el artículo 32 de la Ley Reguladora del Contrato de Seguro. En caso de que la reticencia o inexactitud sea atribuible al Asegurado o al Tomador, la Compañía estará obligada a brindar la prestación proporcional que le correspondería en relación con la prima pagada y aquella que debió haberse pagado si el riesgo hubiera sido correctamente declarado. Si la Compañía demuestra que de conocer la condición real del riesgo no hubiera consentido el seguro, quedará liberado de su prestación y retendrá las primas pagadas o reintegrará las no devengadas, según el vicio sea o no atribuible al Asegurado respectivamente. La Compañía hará el reintegro en un plazo xx xxxx (10) días hábiles posteriores a la fecha en que se notifique la TERMINACION DEL CONTRATO.