Obligaciones en Caso de Emergencia o Crisis. 8.2.1 En caso de producirse situaciones de emergencia o crisis, debidamente declaradas por la Autoridad Gubernamental, el Concesionario continuará prestando el Servicio en la medida que ello sea razonable, dando prioridad a las acciones que sean necesarias para la solución de la emergencia o crisis suscitada. Para este efecto, el Concesionario coordinará con el Concedente las acciones que le corresponda a cada Parte para superar dicha situación. Igualmente el Concesionario deberá dar cumplimiento a las Leyes Aplicables sobre seguridad en caso de crisis o emergencias y prestará el Servicio de acuerdo con las instrucciones del Concedente.
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Samples: Contrato De Concesión De La Unidad De Recaudo, Contrato De Concesión Del Servicio Público De Transporte De Pasajeros en Los Corredores De Integración Y Rutas De Aproximación Del Sistema Integrado De Transporte De Lima, Contrato De Concesión Del Servicio Público De Transporte De Pasajeros en Los Corredores De Integración Y Rutas De Aproximación Del Sistema Integrado De Transporte De Lima
Obligaciones en Caso de Emergencia o Crisis. 8.2.1 7.4.1 En caso de producirse situaciones de emergencia o crisis, debidamente declaradas por la Autoridad Gubernamental, el Concesionario continuará CONCESIONARIO seguirá prestando el Servicio en la medida que ello sea razonablede lo posible, dando prioridad a las acciones que sean necesarias para la solución de la emergencia o crisis suscitada. Para este efecto, el Concesionario CONCESIONARIO coordinará con el Concedente las acciones que le corresponda a cada Parte para superar dicha situación. Igualmente Igualmente, el Concesionario CONCESIONARIO deberá dar cumplimiento a las disposiciones de las Leyes Aplicables sobre seguridad en caso de crisis o emergencias y prestará el Servicio de acuerdo con las instrucciones del Concedenteemergencias.
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Samples: Contrato De Servicio De Transporte, Contrato De Concesión De Distribución De Gas Natural De La Concesión Centro Sur, Modelo De Contrato De Concesión
Obligaciones en Caso de Emergencia o Crisis. 8.2.1 En caso de producirse situaciones de emergencia o crisis, debidamente declaradas por la Autoridad Gubernamental, el Concesionario continuará seguirá prestando el Servicio en la medida que ello sea razonablede lo posible, dando prioridad a las acciones que sean necesarias para la solución de la emergencia o crisis suscitada. Para este efecto, el Concesionario coordinará con el Concedente las acciones que le corresponda a cada Parte para superar dicha situación. Igualmente Igualmente, el Concesionario deberá dar cumplimiento a las Leyes y Disposiciones Aplicables sobre seguridad en caso de crisis o emergencias emergencias. Asimismo, de conformidad con el artículo 48 del Reglamento de Distribución, el Concesionario asume todos los riesgos y responsabilidades emergentes de la Distribución. En caso de emergencia o crisis, debidamente declaradas por la Autoridad Gubernamental, el Concesionario coordinará con ésta y prestará el Servicio de acuerdo con las instrucciones del Concedente.
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Samples: Contrato De Concesión De Distribución De Gas Natural De La Concesión Centro Sur
Obligaciones en Caso de Emergencia o Crisis. 8.2.1 En caso de producirse situaciones de emergencia o crisis, debidamente declaradas por la Autoridad GubernamentalG ubernamental, el Concesionario continuará prestando el Servicio en la medida que ello sea razonable, dando prioridad a las acciones que sean necesarias para la solución de la emergencia o crisis suscitada. Para este efecto, el Concesionario coordinará con el Concedente las acciones que le corresponda a cada Parte para superar dicha situación. Igualmente el Concesionario deberá dar cumplimiento a las Leyes Aplicables sobre seguridad en caso de crisis o emergencias y prestará el Servicio de acuerdo con las instrucciones del Concedente.
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Obligaciones en Caso de Emergencia o Crisis. 8.2.1 7.4.1 En caso de producirse situaciones de emergencia o crisis, debidamente declaradas por la Autoridad Gubernamental, el Concesionario continuará seguirá prestando el Servicio en la medida que ello sea razonablede lo posible, dando prioridad a las acciones que sean necesarias para la solución de la emergencia o crisis suscitada. Para este efecto, el Concesionario coordinará con el Concedente las acciones que le corresponda a cada Parte para superar dicha situación. Igualmente Igualmente, el Concesionario deberá dar cumplimiento a las Leyes y Disposiciones Aplicables sobre seguridad en caso de crisis o emergencias emergencias. Asimismo, de conformidad con el artículo 48 del Reglamento de Distribución, el Concesionario asume todos los riesgos y prestará el Servicio responsabilidades emergentes de acuerdo con las instrucciones del Concedentela Distribución.
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Samples: Contrato De Concesión De Distribución De Gas Natural De La Concesión Centro Sur