Obligación de sigilo. La persona o entidad adjudicataria estará obligada a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, están relacionados con el objeto del contrato o de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, no pudiendo, por tanto, proporcionar información a terceros sobre la materia objeto del contrato.
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Samples: Contrato De Servicio, Contrato De Patrocinio, Contrato De Patrocinio
Obligación de sigilo. La persona o entidad adjudicataria El adjudicatario estará obligada obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, están relacionados con el objeto del contrato o de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, no pudiendo, por tanto, proporcionar información a terceros sobre la materia objeto del contrato.
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Samples: Contract for Services, Contract for Services, Contract for Services
Obligación de sigilo. La persona o entidad adjudicataria estará obligada a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, están relacionados con el objeto del contrato o de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, no pudiendo, por tanto, proporcionar información a terceros sobre la materia objeto del contrato.
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Samples: Contract for Services, Pliego De Cláusulas Particulares
Obligación de sigilo. La persona o entidad adjudicataria El adjudicatario estará obligada obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, están estén relacionados con el objeto del contrato o de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, no pudiendo, por tanto, tanto proporcionar información a terceros sobre la materia objeto del contrato., ni permitir el acceso a la obra con dicha finalidad, a no ser que cuente a estos efectos con la previa autorización de la Administración.-
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Obligación de sigilo. La persona o entidad adjudicataria El adjudicatario estará obligada obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, están estén relacionados con el objeto del contrato o de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, no pudiendo, por tanto, tanto proporcionar información a terceros sobre la materia objeto del contrato, a no ser que cuente a estos efectos con la previa autorización de la Administración.
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Obligación de sigilo. La persona o entidad adjudicataria El adjudicatario estará obligada obligado a guardar sigilo respecto a los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, están relacionados con el objeto del contrato o de los que tenga conocimiento con ocasión del mismo, no pudiendo, por tanto, proporcionar información a terceros sobre la materia objeto del contrato, a no ser que cuente a estos efectos con la previa autorización de la Administración. El incumplimiento de la obligación anteriormente reseñada se establece expresamente como causa de resolución del contrato.
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