Common use of PAGO DE PRIMA Clause in Contracts

PAGO DE PRIMA. El solicitante del seguro esta obligado al pago de la prima en el momento de la suscripción del contrato, contra recibo oficial de la Compañía, cancelado por la persona autorizada para la cobranza. A falta de corresponsales banqueros, es obligatorio pagar la prima en cualquiera de las oficinas de la Compañía. En caso de que la Compañía aceptare dar facilidades de pago al Asegurado para cobrar la prima, la demora de treinta (30) días o más en el pago de cualquiera de las cuotas, producirá la terminación automática del contrato y dará derecho a la Compañía para exigir el pago de la prima devengada y de los gastos incurridos en la expedición del contrato. Así mismo, estará obligada a devolver al Asegurado la prima no devengada, si fuere el caso. El plazo xx xxxxxx de treinta (30) días, mencionado en el inciso anterior, no es aplicable al pago de la cuota inicial de la prima, ya que el contrato de seguro no se considerará vigente mientras dicha cuota no haya sido pagada en efectivo. El pago que se haga mediante la entrega de un cheque, no se reputa válido sino cuando este se ha hecho efectivo, pero sus efectos se retrotraen al momento de la entrega.

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PAGO DE PRIMA. El solicitante del seguro esta obligado Las primas son pagaderas al pago de la prima en el momento de la suscripción del contratocontado y por anticipado, contra recibo oficial de la Compañía, cancelado por la persona autorizada para la cobranza. A falta de corresponsales banqueros, es obligatorio pagar la prima en cualquiera de las oficinas de la Compañía. En caso de que la Compañía aceptare dar facilidades de pago al Asegurado para cobrar la prima, la demora de treinta (30) días o más en el pago de cualquiera de las cuotas, producirá la terminación automática del contrato de seguro y dará derecho a la Compañía para exigir el pago de la prima devengada y de los gastos incurridos en la expedición del contrato. Así mismo, o, estará obligada a devolver al Asegurado la prima no devengada, si fuere el caso. El plazo xx xxxxxx de treinta (30) días, mencionado en el inciso anterior, no es aplicable al pago de la cuota inicial de la prima, ya que el contrato de seguro no se considerará vigente mientras mientas dicha cuota no haya sido pagada en efectivo. El pago que se haga mediante la entrega de un cheque, no se reputa válido sino cuando este éste se ha hecho efectivo, pero sus efectos su efecto se retrotraen retrotrae al momento de la entrega.

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PAGO DE PRIMA. El solicitante del seguro esta está obligado al pago de la prima en el momento de la suscripción del contrato, contra recibo oficial de la Compañía, cancelado por la persona autorizada para la cobranza. A falta de corresponsales banqueros, es obligatorio pagar la prima en cualquiera de las oficinas de la Compañía. En caso de que la Compañía aceptare dar facilidades de pago al Asegurado para cobrar la prima, la demora de treinta (30) días o más en el pago de cualquiera de las cuotas, producirá la terminación automática del contrato y dará derecho a la Compañía para exigir el pago de la prima devengada y de los gastos incurridos en la expedición del contrato. Así mismo, estará obligada a devolver al Asegurado la prima no devengada, si fuere el caso. El plazo xx xxxxxx de treinta (30) días, mencionado en el inciso anterior, no es aplicable al pago de la cuota inicial de la prima, ya que el contrato de seguro no se considerará vigente mientras dicha cuota no haya sido pagada en efectivo. El pago que se haga mediante la entrega de un cheque, no se reputa válido sino cuando este se ha hecho efectivo, pero sus efectos se retrotraen al momento de la entrega.

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PAGO DE PRIMA. El solicitante del seguro esta obligado al pago La prima es anual y deberá ser pagada por anticipado, de la prima en el momento de la suscripción del contratocontado, contra recibo oficial de la Compañía, compañía cancelado por la persona autorizada para la cobranza. A falta de corresponsales corresponsal o banqueros, es obligatorio pagar la prima en cualquiera de las oficinas de la Compañía. En caso El Asegurado puede optar también por otras formas de pago, en base a las alternativas que le presente la Compañía. La Compañía aceptare dar facilidades de pago concede al Asegurado un plazo xx xxxxxx de treinta (30) días para cobrar la primael pago de sus cuotas, la excepto para el primer (1er) pago, sin el cual se entenderá como no perfeccionado el contrato del seguro. La demora de treinta (30) días o más en el pago de cualquiera cuales quiera de las cuotas, cuotas producirá la terminación automática caducidad del contrato de seguro y dará derecho a la Compañía para exigir el pago de la prima devengada y de los gastos incurridos en la expedición del contrato. Así mismo, o estará obligada obligado a devolver al Asegurado la prima no devengada, si fuere fuera el caso. El plazo Ocurrido el fallecimiento del Asegurado dentro del período xx xxxxxx de treinta (30) díasxxxxxx, mencionado en el inciso anterior, no es aplicable al la cuota vencida y las por vencer serán deducidas del pago de la cuota inicial de la prima, ya que el contrato de seguro no se considerará vigente mientras dicha cuota no haya sido pagada en efectivoindemnización. El pago de prima que se haga mediante la entrega de un cheque, no se reputa considerará válido sino hasta cuando este éste se ha hubiere hecho efectivo, pero sus efectos su efecto se retrotraen retrotrae al momento de la entrega.

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PAGO DE PRIMA. El solicitante del seguro esta obligado Las primas son pagaderas al pago de la prima en el momento de la suscripción del contratocontado y por anticipado, contra recibo oficial de la Compañía, Compañía cancelado por la persona autorizada para las personas autorizadas por la cobranza. A falta de corresponsales banqueroscobro por medio de agentes o cobradores, es obligatorio pagar la prima en cualquiera de las oficinas la oficina principal de la Compañía. En caso de que la Compañía aceptare aceptaré dar facilidades de pago al Asegurado para cobrar la prima, la demora de treinta (30) 30 días o más en el pago de cualquiera cualesquiera de las cuotas, producirá priva al Asegurado o a sus beneficiarios del derecho a indemnización por siniestros ocurridos durante el período de atraso, aún sin necesidad de que el Asegurado o la terminación automática del contrato y dará persona que lo represente según esta Póliza, hayan sido requeridos para efectuar el pago. El derecho a la Compañía para exigir indemnización no convalece por el pago posterior de la prima devengada y de los gastos incurridos cuota o cuotas en la expedición del contrato. Así mismo, estará obligada a devolver al Asegurado la prima no devengada, si fuere el casoxxxx. El plazo xx xxxxxx xxxxxx, de treinta (30) 30 días, mencionado en el inciso anterior, no es aplicable al pago de la cuota inicial de la prima, ya que el contrato de seguro no se considerará vigente mientras dicha cuota no haya sido pagada en efectivo. El pago que se haga mediante la entrega de un cheque, no se reputa válido sino cuando este éste se ha hecho efectivo, pero sus efectos su efecto se retrotraen retrotrae al momento de la entrega.

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