Personal. 11.1 El contratista dispondrá del equipo de personal requerido en este apartado para satisfacer adecuadamente las condiciones xxx xxxxxx y abonará sus retribuciones, incentivos, pagas extraordinarias, seguros sociales, etcétera, los cuales satisfarán en todo caso lo dispuesto en la legislación vigente y los convenios que les afecten en cada momento. 11.2 El contratista pondrá a disposición del contrato el siguiente personal: ● Apoderado: con poder suficiente para tomar decisiones en todo lo que concierne al servicio sin que las mismas puedan verse afectada por falta de capacidad decisoria, ya sea legal o formal. Deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego. ● Técnico superior: titulado en ingeniería con acreditada experiencia en la conservación y entretenimiento de las instalaciones objeto de este pliego, el cual será responsable de las decisiones técnicas que deben ser tomadas en la prestación del servicio, y en los trabajos que ejecuten, sin que ellos afecte a las responsabilidades contractuales de la contrata. Será el contacto directo con los técnicos municipales y deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego, y deberá disponer de un teléfono móvil para su localización, así como de dirección de correo electrónico. ● Técnico superior de calidad ambiental en interiores: titulado universitario con formación acreditada en calidad ambiental en interiores acorde a los requisitos de dicha norma, impartida por organismo de reconocido prestigio, capacitado por tanto para la realización de inspecciones de calidad ambiental en interiores (s/Norma UNE171330-2). ● 5 Oficiales de primera: especialistas en climatización, mantenimiento de piscinas e instalaciones eléctricas. 11.3 El personal adscrito al servicio y que prestarán sus servicios de forma permanente en las instalaciones de la Fundación será al menos de cuatro trabajadores oficiales de 1ª a jornada completa en régimen de turnos y un oficial de primera en régimen de turnos en media jornada. En horario en el que necesariamente estarán los técnicos en las dependencias municipales deportivas será de lunes a viernes de 7:30 a 22:00. En los fines de semana, el horario será de 8:30 a 20:00 los sábados y de 8:30 a 13:30 los domingos. Los fines de semana además de los técnicos en turno, al menos un técnico más, permanecerá xx xxxxxxx no presencial. Los técnicos adscritos al servicio, permanecerán en las instalaciones de la FDM, dotados de vehículo-taller equipado con herramienta, teléfono móvil y emisora, para solventar posibles averías y realizar de manera continuada los diferentes mantenimientos recogidos en este pliego. Las festividades nacionales, autonómicas, y locales, las instalaciones de la FDM permanecerán cerradas, excepto que por motivos de competición, eventos de cualquier tipo, así como por necesidades de operaciones de mantenimiento que deban realizarse con las instalaciones cerradas al público. La empresa adjudicataria, presentará a la FDM un plan de turnos de los trabajadores que deberá ser aprobado por esta Fundación en función de las necesidades reales de la misma. 11.4 Necesariamente este personal pertenecerá a la plantilla del contratista. Por otro lado, el contratista decidirá cuantas personas de cada oficio estarán presentes en los distintos trabajos de mantenimiento incluidos en el contrato según la extensión o complejidad de los mismos, respetando en todo caso la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. 11.5 En caso de huelga, el contratista será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios. Así mismo el contratista se obliga a cubrir las ausencias de personal con plena dedicación o media jornada, por bajas laborales, permisos o ausencias de cualquier naturaleza de forma que se mantenga permanente el número de personas en plantilla ofertada. El contratista habilitará el procedimiento que estime más conveniente con el fin de informar previamente a la FDM de las ausencias y sustituciones que realice. 11.6 Como complemento a estos recursos humanos, el adjudicatario del contrato, deberá disponer de un equipo técnico para prestar apoyo a la FDM en la realización de informes y redacción de proyectos, si así se le requiere; indicando la composición, la especialización y la dotación de equipos que pone a disposición del contrato. 11.7 La facultad de control y dirección de los trabajadores así como la organización de los trabajos corresponde a la empresa adjudicataria. No obstante, con el fin de que estas actuaciones no repercutan negativamente en el funcionamiento global de los edificios el adjudicatario debe adoptar todas aquellas medidas necesarias para que su personal cumpla los siguientes requisitos: a. Seguir las instrucciones de los responsables municipales del edificio, derivadas de la programación de actividades, condiciones de funcionamiento o normas de régimen interior que se establezcan para este edificio. b. Realizar su actividad profesional con la máxima diligencia y corrección. c. Utilizar la ropa de trabajo y uniformidad en perfecto estado de conservación y llevando visible una tarjeta de identificación personal. d. Desempeñar sus funciones de acuerdo con la actual normativa legal de carácter técnico y la que pudiera producirse durante la vigencia del contrato, así como las recomendaciones técnicas propias de las instalaciones, pero organizando los trabajos de forma que no afecten o produzcan molestias en las actividades que se programen en este edificio. Debiendo adaptar el horario de sus intervenciones en caso necesario a las necesidades debidas a la programación de actividades en el edificio. 11.8 El personal que preste el servicio objeto del contrato, no adquirirá relación laboral alguna con la FDM, dado que el mismo depende única y exclusivamente de la de la empresa adjudicataria, la cual tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empresario respecto al citado personal con arreglo a la legislación laboral, sin que en ningún caso resulte para la FDM responsabilidad alguna derivada de las obligaciones nacidas entre el contratista y sus empleados, aún cuando los despidos y medidas que adopte xxxx como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del presente contrato. 11.9 En ningún momento la FDM se subrogará en las relaciones contractuales entre la empresa adjudicataria y el personal de la entidad ya sea por extinción de sociedad, quiebra, suspensión de pagos, o cualquier otra causa similar. 11.10 La empresa adjudicataria deberá remitir junto con la facturación mensual, los TC2 correspondientes a la plantilla de personal adscrito al servicio objeto de contratación, y presentarlo ante el responsable de la ejecución del contrato designado por la administración. 11.11 A efectos meramente informativos se adjunta como XXXXX XX, información facilitada por la actual contratista de los trabajadores que vienen prestando servicio a los efectos legales procedentes. Los datos que figuran en dicha relación quedan sometidos al régimen de protección previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, por lo que las empresas licitadoras deberán cumplir las obligaciones previstas en la mencionada norma.
Appears in 1 contract
Personal. 11.1 1. La US y el CSIC, en la medida de lo posible, garantizarán una dotación suficiente de, personal para el correcto funcionamiento del CNA. El contratista dispondrá CSIC –como parte de su compromiso con el funcionamiento del equipo centro– solo se compromete a adscribir al CNA personal técnico, sin perjuicio de que en casos justificados pueda adscribir temporalmente personal investigador. La CTEICU de la Administración de la Junta de Andalucía, en razón de sus competencias, no adscribirá personal propio al CNA, por lo que no le resultarán de aplicación las previsiones que se fundamenten en dicha circunstancia. La relación del personal inicialmente adscrito al CNA figura como Xxxxx XX al presente Convenio, que se adscribe según categorías, al Centro. La relación será actualizada anualmente por la Junta Rectora con el personal que se adscriba por las entidades cotitulares al CNA de acuerdo con lo previsto en el Convenio. La incorporación de nuevo personal, como científicos y científicas propios del Centro, deberá contar con la aprobación de la Junta Rectora que mantendrá actualizada la relación de personal requerido en este apartado para satisfacer adecuadamente las condiciones xxx xxxxxx y abonará sus retribuciones, incentivos, pagas extraordinarias, seguros sociales, etcétera, los cuales satisfarán en todo caso lo dispuesto en la legislación vigente y los convenios que les afecten en cada momentoadscrito.
11.2 El contratista pondrá a disposición del contrato el siguiente personal: ● Apoderado: con poder suficiente para tomar decisiones en todo lo que concierne al servicio sin que las mismas puedan verse afectada por falta de capacidad decisoria, ya sea legal o formal2. Deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego. ● Técnico superior: titulado en ingeniería con acreditada experiencia en la conservación y entretenimiento de las instalaciones objeto de este pliego, el cual será responsable de las decisiones técnicas que deben ser tomadas en la prestación del servicio, y en los trabajos que ejecuten, sin que ellos afecte a las responsabilidades contractuales de la contrata. Será el contacto directo con los técnicos municipales y deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego, y deberá disponer de un teléfono móvil para su localización, así como de dirección de correo electrónico. ● Técnico superior de calidad ambiental en interiores: titulado universitario con formación acreditada en calidad ambiental en interiores acorde a los requisitos de dicha norma, impartida por organismo de reconocido prestigio, capacitado por tanto para la realización de inspecciones de calidad ambiental en interiores (s/Norma UNE171330-2). ● 5 Oficiales de primera: especialistas en climatización, mantenimiento de piscinas e instalaciones eléctricas.
11.3 El personal adscrito al servicio y Centro mantendrá el régimen jurídico que prestarán sus servicios de forma permanente en las instalaciones cada caso le sea aplicable en función de la Fundación será al menos de cuatro trabajadores oficiales de 1ª a jornada completa en régimen de turnos y un oficial de primera en régimen de turnos en media jornada. En horario en el que necesariamente estarán los técnicos en las dependencias municipales deportivas será de lunes a viernes de 7:30 a 22:00. En los fines de semana, el horario será de 8:30 a 20:00 los sábados y de 8:30 a 13:30 los domingos. Los fines de semana además de los técnicos en turno, al menos un técnico más, permanecerá xx xxxxxxx no presencial. Los técnicos adscritos al servicio, permanecerán en las instalaciones institución de la FDMque dependa, dotados de vehículo-taller equipado con herramienta, teléfono móvil que continuará asumiendo sus retribuciones básicas y emisora, para solventar posibles averías y realizar de manera continuada los diferentes mantenimientos recogidos en este pliego. Las festividades nacionales, autonómicas, y locales, las instalaciones de la FDM permanecerán cerradas, excepto aquellas complementarias que por motivos de competición, eventos de cualquier tipopudiera corresponderle, así como por necesidades de operaciones de mantenimiento que deban realizarse con las instalaciones cerradas al público. La empresa adjudicataria, presentará a la FDM un plan de turnos de los trabajadores que deberá ser aprobado por esta Fundación en función de las necesidades reales de la misma.
11.4 Necesariamente este personal pertenecerá a la plantilla del contratista. Por otro lado, el contratista decidirá cuantas personas de cada oficio estarán presentes en los distintos trabajos de mantenimiento incluidos en el contrato según la extensión o complejidad de los mismos, respetando en todo caso la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
11.5 En caso de huelga, el contratista será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios. Así mismo el contratista se obliga a cubrir las ausencias de personal con plena dedicación o media jornada, por bajas laborales, permisos o ausencias de cualquier naturaleza de forma que se mantenga permanente el número de personas en plantilla ofertada. El contratista habilitará el procedimiento que estime más conveniente con el fin de informar previamente a la FDM de las ausencias y sustituciones que realice.
11.6 Como complemento a estos recursos humanos, el adjudicatario del contrato, deberá disponer de un equipo técnico para prestar apoyo a la FDM en la realización de informes y redacción de proyectos, si así se le requiere; indicando la composición, la especialización y la dotación de equipos que pone a disposición del contrato.
11.7 La facultad de control y dirección de los trabajadores así como la organización de los trabajos corresponde a la empresa adjudicatariacotizaciones sociales. No obstante, con el fin las instituciones cotitulares podrán abonar al personal dependiente de que estas actuaciones no repercutan negativamente en el funcionamiento global de los edificios el adjudicatario debe adoptar todas aquellas medidas necesarias para que su personal cumpla los siguientes requisitos:
a. Seguir las instrucciones de los responsables municipales del edificio, derivadas cualquiera de la programación de actividadesotras, condiciones de funcionamiento o normas de régimen interior las compensaciones e indemnizaciones por razón del servicio que prevea la normativa y que se establezcan para este edificio.
b. Realizar su deriven de la actividad profesional con la máxima diligencia y corrección.
c. Utilizar la ropa de trabajo y uniformidad que realicen en perfecto estado de conservación y llevando visible una tarjeta de identificación personal.
d. Desempeñar sus funciones de acuerdo con la actual normativa legal de carácter técnico y la que pudiera producirse durante la vigencia del contrato, así como las recomendaciones técnicas propias de las instalaciones, pero organizando los trabajos de forma que no afecten o produzcan molestias en las actividades que se programen en este edificio. Debiendo adaptar el horario de sus intervenciones en caso necesario a las necesidades debidas a la programación de actividades en el edificio.
11.8 El personal que preste el servicio objeto del contrato, no adquirirá relación laboral alguna con la FDM, dado que el mismo depende única y exclusivamente de la de la empresa adjudicataria, la cual tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empresario respecto al citado personal con arreglo a la legislación laboral, sin que en ningún caso resulte para la FDM responsabilidad alguna derivada de las obligaciones nacidas entre el contratista y sus empleados, aún cuando los despidos y medidas que adopte xxxx como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del presente contrato.
11.9 En ningún momento la FDM se subrogará en las relaciones contractuales entre la empresa adjudicataria y el personal de la entidad ya sea por extinción de sociedad, quiebra, suspensión de pagos, o cualquier otra causa similar.
11.10 La empresa adjudicataria deberá remitir junto con la facturación mensual, los TC2 correspondientes a la plantilla condición de personal adscrito al servicio objeto CNA. En cualquier caso, la contratación de contrataciónpersonal que se adscriba al Centro por las instituciones cotitulares se ajustará a las normas básicas aplicables en cada momento a cada una de ellas en materia de empleo público.
3. La Universidad xx Xxxxxxx y el CSIC reconocerán al personal del CNA la posibilidad de uso de los recursos, instalaciones y presentarlo ante el responsable servicios que las instituciones cotitulares ofrezcan a su propio personal, con excepción del acceso a las convocatorias internas de apoyo que se canalicen a través de dotaciones internas de crédito y, en todo caso, a las convocatorias de acción social y demás prestaciones sociales de cada institución. El CNA aplicará una política de tarifas y precios de sus servicios científico-técnicos iguales para los institutos, centros y unidades de la ejecución Universidad xx Xxxxxxx y los del contrato designado por la administraciónCSIC.
11.11 A efectos meramente informativos se adjunta como XXXXX XX4. La Junta de Centro, información facilitada por la actual contratista será el órgano de los trabajadores que vienen prestando servicio a los efectos legales procedentes. Los datos que figuran en dicha relación quedan sometidos al régimen representación de protección previsto todo el personal de CNA en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, por lo forma que las empresas licitadoras deberán cumplir las obligaciones previstas en la mencionada normadetermine el RRI.
Appears in 1 contract
Samples: Convenio
Personal. 11.1 El contratista dispondrá del equipo de personal requerido en este apartado para satisfacer adecuadamente las condiciones xxx xxxxxx y abonará sus retribuciones, incentivos, pagas extraordinarias, seguros sociales, etcétera, los cuales satisfarán en todo caso lo dispuesto en la legislación vigente y los convenios que les afecten en cada momento.
11.2 El contratista pondrá a disposición del contrato Contratista es el siguiente personal: ● Apoderado: con poder suficiente para tomar decisiones en todo lo que concierne al servicio sin que las mismas puedan verse afectada por falta de capacidad decisoria, ya sea legal o formal. Deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego. ● Técnico superior: titulado en ingeniería con acreditada experiencia en la conservación y entretenimiento de las instalaciones objeto de este pliego, el cual será único responsable de las decisiones técnicas que deben ser tomadas en la prestación del servicio, calidad y en los trabajos que ejecuten, sin que ellos afecte a las responsabilidades contractuales viabilidad de la contrata. Será el contacto directo con los técnicos municipales y deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego, y deberá disponer de un teléfono móvil para su localización, así como de dirección de correo electrónico. ● Técnico superior de calidad ambiental en interiores: titulado universitario con formación acreditada en calidad ambiental en interiores acorde a los requisitos de dicha norma, impartida por organismo de reconocido prestigio, capacitado por tanto para la realización de inspecciones de calidad ambiental en interiores (s/Norma UNE171330-2). ● 5 Oficiales de primera: especialistas en climatización, mantenimiento de piscinas e instalaciones eléctricas.
11.3 El personal adscrito al servicio y que prestarán sus servicios de forma permanente en las instalaciones de la Fundación será al menos de cuatro trabajadores oficiales de 1ª a jornada completa en régimen de turnos y un oficial de primera en régimen de turnos en media jornada. En horario en el que necesariamente estarán los técnicos en las dependencias municipales deportivas será de lunes a viernes de 7:30 a 22:00. En los fines de semana, el horario será de 8:30 a 20:00 los sábados y de 8:30 a 13:30 los domingos. Los fines de semana además ejecución de los técnicos en turno, al menos un técnico más, permanecerá xx xxxxxxx no presencial. Los técnicos adscritos al servicio, permanecerán en las instalaciones de la FDM, dotados de vehículo-taller equipado con herramienta, teléfono móvil y emisora, proyectos que el FFIE le asigne para solventar posibles averías y realizar de manera continuada los diferentes mantenimientos recogidos en este pliego. Las festividades nacionales, autonómicas, y locales, las instalaciones de la FDM permanecerán cerradas, excepto que por motivos de competición, eventos de cualquier tipo, así como por necesidades de operaciones de mantenimiento que deban realizarse con las instalaciones cerradas al público. La empresa adjudicataria, presentará a la FDM un plan de turnos de los trabajadores que deberá ser aprobado por esta Fundación en función de las necesidades reales de la misma.
11.4 Necesariamente este personal pertenecerá a la plantilla del contratista. Por otro ladoasegurar dicha calidad, el contratista decidirá cuantas personas deberá contar con el personal idóneo y especializado con las calidades técnicas y profesionales que se requieran para su ejecución tanto en la fase 1, fase 2 y fase 3, de acuerdo con los perfiles mínimos de las Normas que le apliquen a cada oficio estarán presentes en los distintos trabajos especialidad. Para el desarrollo del contrato marco por cada grupo el Contratista deberá funcionar con el siguiente personal de mantenimiento incluidos en acuerdo con el contrato según siguiente organigrama: Los equipos de diseño y de obra deberán poder trabajar varios proyectos simultáneamente. La experiencia y la extensión o complejidad dedicación del gerente de Contrato y de los mismos, respetando en todo caso Coordinadores deberá ser como mínimo la Ley siguiente: PERSONAL FIJO MINIMO REQUERIDO PARA LA EJECUCION DEL CONTRATO Cantidad Cargo a desempeñar Formación Académica EXPERIENCIA GENERAL Experiencia Específica % de Prevención de Riesgos Laborales.
11.5 En caso de huelga, el contratista será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios. Así mismo el contratista se obliga a cubrir las ausencias de personal con plena dedicación o media jornada, por bajas laborales, permisos o ausencias de cualquier naturaleza de forma que se mantenga permanente el número de personas en plantilla ofertada. El contratista habilitará el procedimiento que estime más conveniente con el fin de informar previamente a la FDM de las ausencias y sustituciones que realice.
11.6 Como complemento a estos recursos humanos, el adjudicatario del contrato, deberá disponer de un equipo técnico para prestar apoyo a la FDM en la realización duración total del contrato Como/En: Proyectos o años Requerimiento particular 1 Director general Profesional en las áreas de informes y redacción ingeniería, arquitectura, administración y/o ciencias económicas con estudios de posgrado en gerencia de proyectos, si así se le requiere; indicando gerencia de obra o MBA 8 Años Haberse desempeñado en cargos de Dirección de en empresas del sector de la composición, la especialización construcción y/o Gerente de proyectos de infraestructura Mínimo 2 y la dotación de equipos que pone a disposición máximo 10 proyectos La sumatoria del contrato.
11.7 La facultad de control y dirección valor de los trabajadores así proyectos aportados debe ser ≥ al 20% del PEE, a la fecha de su terminación. Deberá acreditar como mínimo que uno de ellos sea en infraestructura de edificaciones. 100% Deberá estar presente en las reuniones y/o comités, en la organización toma de decisiones y cuando el FFIE lo requiera 1 Director técnico para fases 1,2 y 3 Ingeniero Civil o Arquitecto 6 Años Director y/o Coordinador de Consultoría de Diseños y/u obra para proyectos de, construcción y/o ampliación de proyectos de edificaciones Mínimo 2 y máximo 6 proyectos La sumatoria del valor de los trabajos corresponde proyectos aportados debe ser ≥ al 2% del PEE, a la empresa adjudicatariafecha de su terminación. No obstante100% Deberá estar presente en las reuniones y/o comités, con en la toma de decisiones y cuando el fin FFIE lo requiera 1 Director Financiero Economista y/o, Contador y/o, Administrador de que estas actuaciones no repercutan negativamente en el funcionamiento global de los edificios el adjudicatario debe adoptar todas aquellas medidas necesarias para que su personal cumpla los siguientes requisitos:
a. Seguir las instrucciones de los responsables municipales del edificio, derivadas de la programación de actividades, condiciones de funcionamiento Empresas 6 Años Director y/o normas de régimen interior que se establezcan para este edificio.
b. Realizar su actividad profesional con la máxima diligencia y corrección.
c. Utilizar la ropa de trabajo y uniformidad en perfecto estado de conservación y llevando visible una tarjeta de identificación personal.
d. Desempeñar sus funciones Coordinador financiero 4 años Deberá tener dedicación de acuerdo con la actual normativa legal carga de carácter técnico y la que pudiera producirse durante la vigencia del contrato, así como las recomendaciones técnicas propias de las instalaciones, pero organizando los trabajos de forma que no afecten o produzcan molestias en las actividades proyectos que se programen asignen Los que se requieran Xxxxxxxxxxx xx xxxxx 0, 0 x 0 (Xxxxxxxx xx xxxx) Ingeniero Civil y/o Arquitecto 6 Años Director y/o Coordinador de obra para proyectos de edificaciones 4 años NA 100% Cada coordinador deberá atender como máximo 10 proyectos 1 Coordinador de calidad, ambiental y seguridad industrial (XXXX) Ingeniero Civil y/o Arquitecto y/o Ingeniero industrial 6 Años Director y/o Coordinador XXXX en este edificio. Debiendo adaptar el horario proyectos de sus intervenciones en caso necesario a las necesidades debidas edificaciones 4 Deberá tener dedicación de acuerdo con la carga de proyectos que se asignen 1 Coordinador Administrativo Administrador de empresas y/o profesiones afines a la programación administración 4 años NA NA NA Deberá tener dedicación de actividades en el edificio.
11.8 El personal que preste el servicio objeto del contrato, no adquirirá relación laboral alguna acuerdo con la FDM, dado carga de proyectos que el mismo depende única y exclusivamente de la de la empresa adjudicataria, la cual tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empresario respecto al citado personal con arreglo a la legislación laboral, sin que en ningún caso resulte para la FDM responsabilidad alguna derivada de las obligaciones nacidas entre el contratista y sus empleados, aún cuando los despidos y medidas que adopte xxxx como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del presente contrato.
11.9 En ningún momento la FDM se subrogará en las relaciones contractuales entre la empresa adjudicataria y el personal de la entidad ya sea por extinción de sociedad, quiebra, suspensión de pagos, o cualquier otra causa similar.
11.10 La empresa adjudicataria deberá remitir junto con la facturación mensual, los TC2 correspondientes a la plantilla de personal adscrito al servicio objeto de contratación, y presentarlo ante el responsable de la ejecución del contrato designado por la administración.
11.11 A efectos meramente informativos se adjunta como XXXXX XX, información facilitada por la actual contratista de los trabajadores que vienen prestando servicio a los efectos legales procedentes. Los datos que figuran en dicha relación quedan sometidos al régimen de protección previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, por lo que las empresas licitadoras deberán cumplir las obligaciones previstas en la mencionada norma.asignen
Appears in 1 contract
Samples: Contrato Marco De Diseños, Estudios Técnicos Y Obra
Personal. 11.1 El contratista dispondrá Cocontratante queda obligado a disponer del equipo personal idóneo, con arreglo a las disposiciones laborales vigentes, necesario para la realización de los trabajos. Dar estricto cumplimiento a toda la normativa vigente en materia laboral y convenciones colectivas de trabajo pertinentes. El Cocontratante y su personal requerido no podrán circular o visitar lugares ajenos a la prestación del servicio contratado. El personal de su dependencia destacado dentro de instalaciones de la Administración deberá cumplir con las directivas de disciplina que imparta la FUERZA AÉREA ARGENTINA. El Cocontratante deberá proveer a su personal la vestimenta completa a utilizar, inclusive el calzado, así como los necesarios elementos de seguridad en este apartado un todo de acuerdo con la naturaleza de las tareas a realizar. Las personas empleadas por el Cocontratante para satisfacer adecuadamente la realización de los trabajos objeto de la Contratación deberán ser mayores de edad y con residencia estable. Designar un Encargado quien además de coordinar las condiciones xxx xxxxxx actividades del servicio con el Organismo Requirente (Comisión de Recepción) y abonará sus retribucionesOrganismo Contratante, incentivosasumirá las comunicaciones, pagas extraordinariasdebiendo firmar las Actas de PLIEG-2017-26968323-APN-DCON#FAA Infracción que se le impongan independientemente de su primera apreciación sobre los hechos, seguros socialessalvo dejar constancia fehaciente de su desacuerdo, etcétera, los cuales satisfarán en todo caso si lo dispuesto considera necesario. Posteriormente podrá ejercer su derecho de defensa en la legislación vigente forma, modos y los convenios procedimientos que les afecten en cada momento.
11.2 establezca la normativa vigente. El contratista pondrá personal empleado por el Cocontratante para la prestación del servicio objeto del presente contrato, no adquiere ningún tipo o forma de relación de dependencia con la FUERZA AÉREA ARGENTINA, siendo por cuenta del Cocontratante todas las responsabilidades emergentes de la relación laboral con su personal. Queda bajo exclusiva responsabilidad del Cocontratante todo accidente de trabajo que ocurra a disposición del contrato el siguiente personal: ● Apoderado: su personal o a terceros vinculados o no con poder suficiente para tomar decisiones en todo lo que concierne al servicio sin que las mismas puedan verse afectada por falta de capacidad decisoria, ya sea legal o formal. Deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego. ● Técnico superior: titulado en ingeniería con acreditada experiencia en la conservación y entretenimiento de las instalaciones objeto de este pliego, el cual será responsable de las decisiones técnicas que deben ser tomadas en la prestación del servicio, como así también el cumplimiento de impuestos, salarios, cargas sociales, seguros, elementos de seguridad, indumentaria, beneficios y en los trabajos que ejecuten, sin que ellos afecte a todas las obligaciones y responsabilidades contractuales emergentes de la contrata. Será el contacto directo con los técnicos municipales y deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las relación laboral que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego, y deberá disponer de un teléfono móvil para su localización, así como de dirección de correo electrónico. ● Técnico superior de calidad ambiental en interiores: titulado universitario con formación acreditada en calidad ambiental en interiores acorde a los requisitos de dicha norma, impartida por organismo de reconocido prestigio, capacitado por tanto para la realización de inspecciones de calidad ambiental en interiores (s/Norma UNE171330-2). ● 5 Oficiales de primera: especialistas en climatización, mantenimiento de piscinas e instalaciones eléctricas.
11.3 El personal adscrito al servicio y que prestarán sus servicios de forma permanente en las instalaciones de la Fundación será al menos de cuatro trabajadores oficiales de 1ª a jornada completa en régimen de turnos y un oficial de primera en régimen de turnos en media jornada. En horario en el que necesariamente estarán los técnicos en las dependencias municipales deportivas será de lunes a viernes de 7:30 a 22:00. En los fines de semana, el horario será de 8:30 a 20:00 los sábados y de 8:30 a 13:30 los domingos. Los fines de semana además de los técnicos en turno, al menos un técnico más, permanecerá xx xxxxxxx no presencial. Los técnicos adscritos al servicio, permanecerán en las instalaciones de la FDM, dotados de vehículo-taller equipado con herramienta, teléfono móvil y emisora, para solventar posibles averías y realizar de manera continuada los diferentes mantenimientos recogidos en este pliego. Las festividades nacionales, autonómicas, y locales, las instalaciones de la FDM permanecerán cerradas, excepto que por motivos de competición, eventos de cualquier tipo, así como por necesidades de operaciones de mantenimiento que deban realizarse con las instalaciones cerradas al público. La empresa adjudicataria, presentará a la FDM un plan de turnos de los trabajadores que deberá ser aprobado por esta Fundación en función de las necesidades reales de la misma.
11.4 Necesariamente este personal pertenecerá a la plantilla del contratista. Por otro lado, el contratista decidirá cuantas personas de cada oficio estarán presentes en los distintos trabajos de mantenimiento incluidos en el contrato según la extensión existan o complejidad de los mismos, respetando en todo caso la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
11.5 En caso de huelga, el contratista será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios. Así mismo el contratista se obliga a cubrir las ausencias de personal con plena dedicación o media jornada, por bajas laborales, permisos o ausencias de cualquier naturaleza de forma que se mantenga permanente el número de personas en plantilla ofertada. El contratista habilitará el procedimiento que estime más conveniente con el fin de informar previamente a la FDM de las ausencias y sustituciones que realice.
11.6 Como complemento a estos recursos humanos, el adjudicatario del contrato, deberá disponer de un equipo técnico para prestar apoyo a la FDM en la realización de informes y redacción de proyectos, si así se le requiere; indicando la composición, la especialización y la dotación de equipos que pone a disposición del contrato.
11.7 La facultad de control y dirección de los trabajadores así como la organización de los trabajos corresponde a la empresa adjudicataria. No obstante, con el fin de que estas actuaciones no repercutan negativamente en el funcionamiento global de los edificios el adjudicatario debe adoptar todas aquellas medidas necesarias para que su personal cumpla los siguientes requisitos:
a. Seguir las instrucciones de los responsables municipales del edificio, derivadas de la programación de actividades, condiciones de funcionamiento o normas de régimen interior que se establezcan para este edificio.
b. Realizar su actividad profesional con la máxima diligencia y corrección.
c. Utilizar la ropa de trabajo y uniformidad en perfecto estado de conservación y llevando visible una tarjeta de identificación personal.
d. Desempeñar sus funciones de acuerdo con la actual normativa legal de carácter técnico y la que pudiera producirse pudieren surgir durante la vigencia del contrato, así como las recomendaciones técnicas propias de las instalaciones, pero organizando los trabajos de forma que no afecten o produzcan molestias en las actividades que se programen en este edificio. Debiendo adaptar el horario de sus intervenciones en caso necesario a las necesidades debidas a la programación de actividades en el edificiosin excepción.
11.8 El personal que preste el servicio objeto del contrato, no adquirirá relación laboral alguna con la FDM, dado que el mismo depende única y exclusivamente de la de la empresa adjudicataria, la cual tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empresario respecto al citado personal con arreglo a la legislación laboral, sin que en ningún caso resulte para la FDM responsabilidad alguna derivada de las obligaciones nacidas entre el contratista y sus empleados, aún cuando los despidos y medidas que adopte xxxx como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del presente contrato.
11.9 En ningún momento la FDM se subrogará en las relaciones contractuales entre la empresa adjudicataria y el personal de la entidad ya sea por extinción de sociedad, quiebra, suspensión de pagos, o cualquier otra causa similar.
11.10 La empresa adjudicataria deberá remitir junto con la facturación mensual, los TC2 correspondientes a la plantilla de personal adscrito al servicio objeto de contratación, y presentarlo ante el responsable de la ejecución del contrato designado por la administración.
11.11 A efectos meramente informativos se adjunta como XXXXX XX, información facilitada por la actual contratista de los trabajadores que vienen prestando servicio a los efectos legales procedentes. Los datos que figuran en dicha relación quedan sometidos al régimen de protección previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, por lo que las empresas licitadoras deberán cumplir las obligaciones previstas en la mencionada norma.
Appears in 1 contract
Personal. 11.1 El contratista dispondrá del equipo de personal requerido en este apartado para satisfacer adecuadamente las condiciones xxx xxxxxx y abonará sus retribuciones, incentivos, pagas extraordinarias, seguros sociales, etcétera, los cuales satisfarán en todo caso lo dispuesto en la legislación vigente y los convenios que les afecten en cada momento.
11.2 El contratista pondrá a disposición del contrato el siguiente personal: ● Apoderado: con poder suficiente para tomar decisiones en todo lo que concierne al servicio sin que las mismas puedan verse afectada por falta de capacidad decisoria, ya sea legal o formal. Deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego. ● Técnico superior: titulado en ingeniería con acreditada experiencia en la conservación y entretenimiento de las instalaciones objeto de este pliego, el cual será responsable de las decisiones técnicas que deben ser tomadas en la prestación del servicio, y en los trabajos que ejecuten, sin que ellos afecte a las responsabilidades contractuales de la contrata. Será el contacto directo con los técnicos municipales y deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego, y deberá disponer de un teléfono móvil para su localización, así como de dirección de correo electrónico. ● Técnico superior de calidad ambiental en interiores: titulado universitario con formación acreditada en calidad ambiental en interiores acorde a los requisitos de dicha norma, impartida por organismo de reconocido prestigio, capacitado por tanto para la realización de inspecciones de calidad ambiental en interiores (s/Norma UNE171330-2). ● 5 Oficiales de primera: especialistas en climatización, mantenimiento de piscinas e instalaciones eléctricas.
11.3 El personal adscrito al servicio y que prestarán sus servicios de forma permanente en las instalaciones de la Fundación será al menos de cuatro trabajadores oficiales de 1ª a jornada completa en régimen de turnos y un oficial de primera en régimen de turnos en media jornada. En horario en el que necesariamente estarán los técnicos en las dependencias municipales deportivas será de lunes a viernes de 7:30 a 22:00. En los fines de semana, el horario será de 8:30 a 20:00 los sábados y de 8:30 a 13:30 los domingos. Los fines de semana además de los técnicos en turno, al menos un técnico más, permanecerá xx xxxxxxx no presencial. Los técnicos adscritos al servicio, permanecerán en las instalaciones de la FDM, dotados de vehículo-taller equipado con herramienta, teléfono móvil y emisora, para solventar posibles averías y realizar de manera continuada los diferentes mantenimientos recogidos en este pliego. Las festividades nacionales, autonómicas, y locales, las instalaciones de la FDM permanecerán cerradas, excepto que por motivos de competición, eventos de cualquier tipo, así como por necesidades de operaciones de mantenimiento que deban realizarse con las instalaciones cerradas al público. La empresa adjudicataria, presentará a la FDM un plan de turnos de los trabajadores que deberá ser aprobado por esta Fundación en función de las necesidades reales de la misma.
11.4 Necesariamente este personal pertenecerá a la plantilla del contratista. Por otro lado, el contratista decidirá cuantas personas de cada oficio estarán presentes en los distintos trabajos de mantenimiento incluidos en el contrato según la extensión o complejidad de los mismos, respetando en todo caso la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
11.5 En caso de huelga, el contratista será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios. Así mismo el contratista “EL CONTRATISTA se obliga a cubrir las ausencias atender en forma permanente y personal la dirección de personal la obra. Además se obliga a mantener en el lugar de los trabajos un ingeniero electricista graduado y matriculado que lo represente, con plena dedicación o media jornada, por bajas laborales, permisos o ausencias de cualquier naturaleza de forma amplias facultades para obrar y resolver los problemas que se mantenga permanente presenten. Cuando EL CONTRATISTA no cumpla con la obligación de tener un ingeniero residente de tiempo completo, la obra se suspenderá hasta que se llene este requisito y se aplicará la multa descrita en el número numeral 3.10.4. “Todos los trabajadores serán de personas libre nombramiento y remoción del CONTRATISTA y no adquieren vinculación de ninguna índole con LAS EMPRESAS… “El contratista se compromete a conseguir oportunamente todos los materiales que se requieran para la construcción de las obras y a mantener permanentemente una cantidad suficiente que garantice el avance normal de la obra. Los materiales y demás elementos que EL CONTRATISTA emplee en plantilla ofertadala ejecución de las obras que se encomienden, deberán ser de primera calidad en su género y para el fin que se le destina. EL CONTRATISTA someterá a la previa aprobación por parte de LAS EMPRESAS, los materiales y elementos en general que vaya a emplear en las obras. “EL CONTRATISTA deberá suministrar a LAS EMPRESAS y a su cargo, muestras de los materiales y elementos que pretende utilizar para someterlas a su aprobación y ensayos de laboratorio cuando se requiera. LAS EMPRESAS podrán rechazar los materiales o elementos si no los encuentran de acuerdo con lo establecido en las normas. Los materiales y elementos que EL CONTRATISTA emplee en la ejecución de las obras sin dicha aprobación podrán ser rechazados por LAS EMPRESA. El contratista habilitará material rechazado se retirará del lugar, reemplazándolo con material aprobado y la ejecución de la obra defectuosa se corregirá satisfactoriamente, todo esto sin lugar a pago extra. Toda obra rechazada por deficiencia en el procedimiento que estime más conveniente con el fin material empleado o por defectos de informar previamente a construcción, deberá ser reparada por EL CONTRATISTA. “(…) Durante la FDM de las ausencias y sustituciones que realice.
11.6 Como complemento a estos recursos humanos, el adjudicatario ejecución del contrato, EL CONTRATISTA deberá disponer de un equipo técnico para prestar apoyo a la FDM en la realización de informes y redacción de proyectos, si así se le requiere; indicando la composición, la especialización y la dotación de equipos que pone a disposición del contrato.
11.7 La facultad de control y dirección de los trabajadores así como la organización de los trabajos corresponde a la empresa adjudicataria. No obstante, con el fin de que estas actuaciones no repercutan negativamente mantener en el funcionamiento global de los edificios el adjudicatario debe adoptar todas aquellas medidas necesarias para que su personal cumpla los siguientes requisitos:
a. Seguir las instrucciones de los responsables municipales del edificio, derivadas de la programación de actividades, condiciones de funcionamiento o normas de régimen interior que se establezcan para este edificio.
b. Realizar su actividad profesional con la máxima diligencia y corrección.
c. Utilizar la ropa sitio de trabajo y uniformidad en perfecto estado un probador electrónico para detectar la presencia de conservación y llevando visible una tarjeta voltaje por medio de identificación personalruido.
d. Desempeñar sus funciones de acuerdo con la actual normativa legal de carácter técnico y la que pudiera producirse durante la vigencia del contrato, así como las recomendaciones técnicas propias de las instalaciones, pero organizando los trabajos de forma que no afecten o produzcan molestias en las actividades que se programen en este edificio. Debiendo adaptar el horario de sus intervenciones en caso necesario a las necesidades debidas a la programación de actividades en el edificio.
11.8 El personal que preste el servicio objeto del contrato, no adquirirá relación laboral alguna con la FDM, dado que el mismo depende única y exclusivamente de la de la empresa adjudicataria, la cual tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empresario respecto al citado personal con arreglo a la legislación laboral, sin que en ningún caso resulte para la FDM responsabilidad alguna derivada de las obligaciones nacidas entre el contratista y sus empleados, aún cuando los despidos y medidas que adopte xxxx como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del presente contrato.
11.9 En ningún momento la FDM se subrogará en las relaciones contractuales entre la empresa adjudicataria y el personal de la entidad ya sea por extinción de sociedad, quiebra, suspensión de pagos, o cualquier otra causa similar.
11.10 La empresa adjudicataria deberá remitir junto con la facturación mensual, los TC2 correspondientes a la plantilla de personal adscrito al servicio objeto de contratación, y presentarlo ante el responsable de la ejecución del contrato designado por la administración.
11.11 A efectos meramente informativos se adjunta como XXXXX XX, información facilitada por la actual contratista de los trabajadores que vienen prestando servicio a los efectos legales procedentes. Los datos que figuran en dicha relación quedan sometidos al régimen de protección previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, por lo que las empresas licitadoras deberán cumplir las obligaciones previstas en la mencionada norma.
Appears in 1 contract
Personal. 11.1 El contratista dispondrá Para el desarrollo del equipo de personal requerido contrato, el proponente seleccionado deberá disponer del Personal que se requiere para garantizar la ejecución del contrato, que como mínimo es el relacionado en este apartado para satisfacer adecuadamente las condiciones xxx xxxxxx y abonará sus retribuciones, incentivos, pagas extraordinarias, seguros sociales, etcétera, los cuales satisfarán en todo caso lo dispuesto en la legislación vigente y los convenios que les afecten en cada momento.
11.2 El contratista pondrá a disposición del contrato el siguiente personal: ● Apoderado: con poder suficiente para tomar decisiones en todo lo que concierne al servicio sin que las mismas puedan verse afectada por falta de capacidad decisoria, ya sea legal o formal. Deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego. ● Técnico superior: titulado en ingeniería con acreditada experiencia en la conservación y entretenimiento de las instalaciones objeto de este pliegoAnexo N° 1, el cual será responsable es de carácter obligatorio en el contrato. Sus hojas de vida y los soportes de formación profesional y experiencia deben presentarse por el proponente que resulte seleccionado para verificación de cumplimiento por parte del supervisor, quien verificará que cumplan con los requisitos mínimos o superiores a estos, como requisito previo para suscribir el acta de iniciación del contrato. Con la presentación de la propuesta el proponente garantiza que cuenta con el personal, los perfiles y dedicaciones mínimas requeridas para la ejecución del contrato y los mantendrá durante la ejecución de este. De modo que, para la elaboración de su oferta económica debe tener en cuenta la totalidad del personal mínimo y además aquel que el oferente considere necesario para la correcta ejecución del contrato y deberá costearlo en su propuesta económica. Por lo tanto, no hay lugar a reclamaciones posteriores aduciendo que no se había contemplado el personal o los recursos suficientes para la ejecución del contrato, dentro del valor de propuesta, por cuanto, el CONTRATANTE no reconocerá valores por tal concepto. El CONTRATANTE se reserva el derecho de solicitar cambio de los profesionales, en caso de verificar que los propuestos no tienen la disponibilidad de tiempo necesaria para cumplir lo solicitado para el desarrollo del objeto de la presente convocatoria por estar vinculados a otros proyectos de la Gerencia de Infraestructura. Para efectos de verificación del profesional propuesto, el proponente seleccionado deberá presentar al supervisor para acreditar la formación profesional y experiencia los siguientes soportes:
a. Para acreditar la formación profesional, tratándose de las decisiones técnicas profesiones que deben ser tomadas en conforme a la prestación ley aplique tarjeta profesional, se deberá aportar copia simple de la misma, la cual se acompañará del serviciocertificado de vigencia, y igualmente, en los trabajos casos que ejecuten, sin conforme a la ley aplique. Para las demás profesiones se acreditará aportando fotocopia del diploma o acta de grado.
b. Certificaciones que ellos afecte a las responsabilidades contractuales acrediten la experiencia del profesional propuesto.
2.3.1. REGLAS PARA LA ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PERSONAL PROPUESTO ALTERNATIVA A: Certificado expedido por el CONTRATANTE (entendida como aquella entidad de la contrata. Será derecho público o de derecho privado que contrató el contacto directo con los técnicos municipales y deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego, y deberá disponer de un teléfono móvil para su localizaciónproyecto u obra) donde se evidencie el cargo y/o funciones y/o productos entregados o desarrollados, así como la fecha de dirección ejecución de correo electrónicolas actividades y/o productos. ● Técnico superior ALTERNATIVA B: Certificado de calidad ambiental en interiores: titulado universitario con formación acreditada en calidad ambiental en interiores acorde a experiencia expedido por el CONTRATANTE (sea ésta una persona natural o jurídica que contrató los requisitos de dicha norma, impartida por organismo de reconocido prestigio, capacitado por tanto para la realización de inspecciones de calidad ambiental en interiores (sservicios del profesional) donde se evidencie el cargo y/Norma UNE171330-2). ● 5 Oficiales de primera: especialistas en climatización, mantenimiento de piscinas e instalaciones eléctricas.
11.3 El personal adscrito al servicio y que prestarán sus servicios de forma permanente en las instalaciones de la Fundación será al menos de cuatro trabajadores oficiales de 1ª a jornada completa en régimen de turnos y un oficial de primera en régimen de turnos en media jornada. En horario en el que necesariamente estarán los técnicos en las dependencias municipales deportivas será de lunes a viernes de 7:30 a 22:00. En los fines de semana, el horario será de 8:30 a 20:00 los sábados y de 8:30 a 13:30 los domingos. Los fines de semana además de los técnicos en turno, al menos un técnico más, permanecerá xx xxxxxxx no presencial. Los técnicos adscritos al servicio, permanecerán en las instalaciones de la FDM, dotados de vehículo-taller equipado con herramienta, teléfono móvil y emisora, para solventar posibles averías y realizar de manera continuada los diferentes mantenimientos recogidos en este pliego. Las festividades nacionales, autonómicas, y locales, las instalaciones de la FDM permanecerán cerradas, excepto que por motivos de competición, eventos de cualquier tipoo funciones y/o productos entregados y/o desarrollados, así como por necesidades la fecha de operaciones de mantenimiento que deban realizarse con las instalaciones cerradas al público. La empresa adjudicataria, presentará a la FDM un plan de turnos de los trabajadores que deberá ser aprobado por esta Fundación en función ejecución de las necesidades reales actividades y/o productos. Además de la misma.
11.4 Necesariamente este personal pertenecerá a la plantilla del contratista. Por otro ladolo anterior, el contratista decidirá cuantas personas se deberá adjuntar certificación o soporte de cada oficio estarán presentes en los distintos trabajos de mantenimiento incluidos en el contrato según la extensión o complejidad de los mismos, respetando en todo caso la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
11.5 En caso de huelga, el contratista será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios. Así mismo el contratista se obliga a cubrir las ausencias de personal con plena dedicación o media jornada, por bajas laborales, permisos o ausencias de cualquier naturaleza de forma que se mantenga permanente el número de personas en plantilla ofertada. El contratista habilitará el procedimiento que estime más conveniente con el fin de informar previamente a la FDM de las ausencias y sustituciones que realice.
11.6 Como complemento a estos recursos humanos, el adjudicatario del contrato, deberá disponer de un equipo técnico para prestar apoyo a la FDM en la realización de informes y redacción de proyectos, si así se le requiere; indicando la composición, la especialización y la dotación de equipos que pone a disposición del contrato.
11.7 La facultad de control y dirección de los trabajadores así como la organización de los trabajos corresponde a la empresa adjudicataria. No obstante, con el fin de que estas actuaciones no repercutan negativamente en el funcionamiento global de los edificios el adjudicatario debe adoptar todas aquellas medidas necesarias para que su personal cumpla los siguientes requisitos:
a. Seguir las instrucciones de los responsables municipales del edificio, derivadas de la programación de actividades, condiciones de funcionamiento o normas de régimen interior que se establezcan para este edificio.
b. Realizar su actividad profesional con la máxima diligencia y corrección.
c. Utilizar la ropa de trabajo y uniformidad en perfecto estado de conservación y llevando visible una tarjeta de identificación personal.
d. Desempeñar sus funciones de acuerdo con la actual normativa legal de carácter técnico y la que pudiera producirse durante la vigencia del contrato, así como las recomendaciones técnicas propias de las instalaciones, pero organizando los trabajos de forma que no afecten o produzcan molestias en las actividades que se programen en este edificio. Debiendo adaptar el horario de sus intervenciones en caso necesario a las necesidades debidas a la programación de actividades en el edificio.
11.8 El personal que preste el servicio objeto del contrato, no adquirirá relación laboral alguna con la FDM, dado que el mismo depende única y exclusivamente de la de la empresa adjudicataria, la cual tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empresario respecto al citado personal con arreglo a la legislación laboral, sin que en ningún caso resulte para la FDM responsabilidad alguna derivada de las obligaciones nacidas entre el contratista y sus empleados, aún cuando los despidos y medidas que adopte xxxx como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del presente contrato.
11.9 En ningún momento la FDM se subrogará en las relaciones contractuales entre la empresa adjudicataria y el personal de la entidad ya sea por extinción de sociedad, quiebra, suspensión de pagos, o cualquier otra causa similar.
11.10 La empresa adjudicataria deberá remitir junto con la facturación mensual, los TC2 correspondientes a la plantilla de personal adscrito al servicio objeto de contratación, y presentarlo ante el responsable evidencia de la ejecución del proyecto debidamente ALTERNATIVA C: En el evento de no disponerse de la certificación de que tratan los literales anteriores, se deberá adjuntar copia del contrato designado por la administración.
11.11 A efectos meramente informativos se adjunta como XXXXX XX, información facilitada por la actual contratista y acta liquidación o acta de los trabajadores que vienen prestando servicio a los efectos legales procedentes. Los datos que figuran en dicha relación quedan sometidos al régimen de protección previsto en la Ley Orgánica 15/1999terminación del contrato laboral, de 13 prestación de diciembreservicios o el documento que corresponda, de Protección de datos de carácter personaldonde conste la ejecución del mismo y se evidencie el cargo y/o funciones y/o actividades y/o productos entregados o desarrollados, la cual deberá venir suscrita según corresponda, por lo que las empresas licitadoras deberán cumplir las obligaciones previstas en la mencionada normael Interventor y/o supervisor y/o representante del CONTRATANTE y el CONTRATISTA.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Technical Studies
Personal. 11.1 El contratista dispondrá del equipo de personal requerido en este apartado para satisfacer adecuadamente las condiciones xxx xxxxxx y abonará sus retribuciones, incentivos, pagas extraordinarias, seguros sociales, etcétera, los cuales satisfarán en todo caso lo dispuesto empleado en la legislación vigente y los convenios que les afecten en cada momento.
11.2 El contratista pondrá a disposición realización del contrato el siguiente personal: ● Apoderado: con poder suficiente para tomar decisiones en todo lo que concierne al servicio sin que las mismas puedan verse afectada por falta objeto es de capacidad decisoria, ya sea legal o formalexclusiva responsabilidad del contratista. Deberá asistir, sin excusa, Dicho personal estará a las reuniones a las órdenes del contratista que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego. ● Técnico superior: titulado en ingeniería con acreditada experiencia en la conservación y entretenimiento de las instalaciones objeto de este pliego, el cual será responsable de las decisiones técnicas que deben ser tomadas en organizará la prestación del servicioservicio en las condiciones previstas en el contrato y las demandas que sobre las necesidades a cubrir disponga la Sociedad Regional. El personal que preste servicios cara al público deberá estar correctamente uniformado, procurando en todo momento guardar buena imagen e higiene. En el trato con los usuarios deberá ser correcto y atento en todo momento, guardando las reglas habituales de cortesía y educación. La SRECD tendrá derecho a solicitar el cambio o sustitución de aquel trabajador que considere no cumple con estas exigencias, comunicándolo al contratista, sin necesidad de mayor justificación, quien vendrá obligado a reemplazarlo por otro. El personal estructural del contratista se ubicará en el centro de trabajo propio de dicho contratista. El contratista no tendrá oficinas ni espacios reservados en los trabajos locales salvo los adecuados que ejecuten, sin se señalen por la Sociedad Regional para la prestación del servicio durante el tiempo estrictamente necesario para dicha finalidad. El personal que ellos afecte a las responsabilidades contractuales preste servicios en los locales dependientes de la contrataSociedad Regional sólo accederá a dichos locales con motivo de la prestación del servicio concreto y previa acreditación ante los servicios de seguridad de dichos locales. Será el contacto directo con los técnicos municipales Sus uniformes y deberá asistirmedios materiales, sin excusacomunicadores, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliegolinternas etc, y deberá disponer de un teléfono móvil para su localización, así como de dirección de correo electrónico. ● Técnico superior de calidad ambiental en interiores: titulado universitario con formación acreditada en calidad ambiental en interiores acorde a los requisitos de dicha norma, impartida por organismo de reconocido prestigio, capacitado por tanto para la realización de inspecciones de calidad ambiental en interiores (s/Norma UNE171330-2). ● 5 Oficiales de primera: especialistas en climatizaciónprestación del servicio serán suministrados por el contratista a dicho personal, mantenimiento de piscinas e instalaciones eléctricas.
11.3 El personal adscrito al servicio y que prestarán sus servicios de forma permanente en las instalaciones de la Fundación será al menos de cuatro trabajadores oficiales de 1ª a jornada completa en régimen de turnos y un oficial de primera en régimen de turnos en media jornada. En horario en el que necesariamente estarán los técnicos en las dependencias municipales deportivas será de lunes a viernes de 7:30 a 22:00. En los fines de semana, el horario será de 8:30 a 20:00 los sábados y de 8:30 a 13:30 los domingos. Los fines de semana además de los técnicos en turno, al menos un técnico más, permanecerá xx xxxxxxx no presencial. Los técnicos adscritos al servicio, permanecerán en las instalaciones de la FDM, dotados de vehículo-taller equipado con herramienta, teléfono móvil y emisora, para solventar posibles averías y realizar de manera continuada los diferentes mantenimientos recogidos en este pliego. Las festividades nacionales, autonómicas, y locales, las instalaciones de la FDM permanecerán cerradas, excepto que por motivos de competición, eventos de cualquier tipo, así como por necesidades de operaciones de mantenimiento que deban realizarse con las instalaciones cerradas al público. La empresa adjudicataria, presentará a la FDM un plan de turnos de los trabajadores que deberá ser aprobado por esta Fundación en función de las necesidades reales de la misma.
11.4 Necesariamente este personal pertenecerá a la plantilla siendo propiedad del contratista. Por otro lado, Se exceptúa el material dispuesto en los locales propiedad de la Sociedad Regional que por razones técnicas o para la mejor prestación del servicio deba emplearse dentro de dichos locales. La Sociedad Regional podrá examinar la regularidad de las contrataciones que se realicen por el contratista decidirá cuantas personas y señalar los incumplimientos de cada oficio estarán presentes la normativa laboral que detecte exigiendo en su caso la subsanación de dichos incumplimientos, pudiendo prohibir el acceso de los distintos trabajos de mantenimiento incluidos empleados del contratista afectados en tanto se proceda a dicha subsanación. Dado que el contratista ostenta la plena dirección del personal que contrate y su organización, en el contrato según caso de suscripción por el contratista de contratos indefinidos o irregulares para la extensión o complejidad de los mismos, respetando en todo caso prestación del servicio la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
11.5 indemnización por su resolución será por cuenta del contratista. En caso de huelgaque tenga que hacerlas frente por cualquier causa la Sociedad Regional, esta podrá reclamar el correspondiente importe a la contratista, ejecutando incluso la garantía definitiva. Igualmente en el supuesto de tener que hacer frente la Sociedad Regional a devengos salariales, los podrá exigir al contratista ejecutando incluso las garantías. A la finalización del contrato no se producirá la subrogación del personal empleado debiendo el contratista será responsable hacer frente en su caso a las indemnizaciones extintivas a que haya lugar si no diese a su personal un nuevo destino en su empresa. El personal empleado por el contratista para la prestación de garantizar los servicios mínimos necesarios. Así mismo previstos en este pliego podrá ser empleado por el contratista se obliga a cubrir las ausencias durante la ejecución del contrato en los destinos que considere oportuno con entera libertad aunque no tengan dichos destinos relación alguna con la Sociedad Regional. La formación del personal en materia de personal con plena dedicación o media jornada, por bajas laborales, permisos o ausencias de cualquier naturaleza de forma seguridad tanto laboral como la específica que se mantenga permanente el número de personas en plantilla ofertada. El contratista habilitará el procedimiento que estime más conveniente con el fin de informar previamente a exija la FDM de las ausencias y sustituciones que realice.
11.6 Como complemento a estos recursos humanos, el adjudicatario del contrato, deberá disponer de un equipo técnico para prestar apoyo a la FDM en la realización de informes y redacción de proyectos, si así se le requiere; indicando la composición, la especialización y la dotación de equipos que pone a disposición del contrato.
11.7 La facultad de control y dirección prestación de los trabajadores así como servicios, normas de evacuación etc, será impartida por el contratista a su cargo. La Sociedad Regional, que deberá entregar la organización documentación precisa relativa a los locales y eventos y sus planes de los trabajos corresponde a evacuación y seguridad con la empresa adjudicataria. No obstanteantelación precisa para poder impartir el contratista dicha formación, con el fin podrá exigir en todo momento la acreditación de que estas actuaciones no repercutan negativamente la impartición de la formación en el funcionamiento global prevención de riesgos laborales y en materia de seguridad y evacuación de los edificios en que preste sus servicios por el adjudicatario debe adoptar todas aquellas medidas necesarias para que contratista a su personal cumpla los siguientes requisitos:
a. Seguir las instrucciones personal. Igualmente podrá exigir al contratista la acreditación del cumplimiento de los responsables municipales del edificio, derivadas planes de la programación seguridad en materias tales como entrega de actividades, condiciones de funcionamiento o normas de régimen interior que se establezcan para este edificio.
b. Realizar su actividad profesional con la máxima diligencia y corrección.
c. Utilizar la ropa de trabajo y uniformidad en perfecto estado equipamiento y medidas de conservación seguridad a sus empleados. El contratista formará a su xxxxx el personal cualificado que sea preciso para prestar los servicios que se le encomienden, tales como guías y llevando visible una tarjeta personal de identificación personal.
d. Desempeñar sus funciones de acuerdo con la actual normativa legal de carácter técnico y la que pudiera producirse durante la vigencia del contratoinformación, así como las recomendaciones técnicas propias de las instalaciones, pero organizando los trabajos de forma que no afecten o produzcan molestias en las actividades materias concretas sobre las que se programen en este edificio. Debiendo adaptar el horario de sus intervenciones en caso necesario a las necesidades debidas a la programación de actividades en el edificioversen los eventos que deban cubrirse.
11.8 El personal que preste el servicio objeto del contrato, no adquirirá relación laboral alguna con la FDM, dado que el mismo depende única y exclusivamente de la de la empresa adjudicataria, la cual tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empresario respecto al citado personal con arreglo a la legislación laboral, sin que en ningún caso resulte para la FDM responsabilidad alguna derivada de las obligaciones nacidas entre el contratista y sus empleados, aún cuando los despidos y medidas que adopte xxxx como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del presente contrato.
11.9 En ningún momento la FDM se subrogará en las relaciones contractuales entre la empresa adjudicataria y el personal de la entidad ya sea por extinción de sociedad, quiebra, suspensión de pagos, o cualquier otra causa similar.
11.10 La empresa adjudicataria deberá remitir junto con la facturación mensual, los TC2 correspondientes a la plantilla de personal adscrito al servicio objeto de contratación, y presentarlo ante el responsable de la ejecución del contrato designado por la administración.
11.11 A efectos meramente informativos se adjunta como XXXXX XX, información facilitada por la actual contratista de los trabajadores que vienen prestando servicio a los efectos legales procedentes. Los datos que figuran en dicha relación quedan sometidos al régimen de protección previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, por lo que las empresas licitadoras deberán cumplir las obligaciones previstas en la mencionada norma.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Services
Personal. 11.1 El contratista dispondrá del equipo de La empresa adjudicataria deberá aportar el personal requerido en este apartado necesario para satisfacer adecuadamente las condiciones xxx xxxxxx y abonará sus retribuciones, incentivos, pagas extraordinarias, seguros sociales, etcétera, los cuales satisfarán en todo caso lo dispuesto en la legislación vigente y los convenios que les afecten en cada momento.
11.2 El contratista pondrá a disposición del contrato el siguiente personal: ● Apoderado: con poder suficiente para tomar decisiones en todo lo que concierne al servicio sin que las mismas puedan verse afectada por falta de capacidad decisoria, ya sea legal o formal. Deberá asistir, sin excusa, atender a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliegoobligaciones contraídas. ● Técnico superior: titulado en ingeniería con acreditada experiencia en la conservación y entretenimiento de las instalaciones objeto de este pliego, el cual será responsable de las decisiones técnicas que deben ser tomadas en la prestación del servicio, y en los trabajos que ejecuten, sin que ellos afecte a las responsabilidades contractuales de la contrata. Será el contacto directo con los técnicos municipales y deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego, y deberá disponer de un teléfono móvil para su localización, así como de dirección de correo electrónico. ● Técnico superior de calidad ambiental en interiores: titulado universitario con formación acreditada en calidad ambiental en interiores acorde a los requisitos de dicha norma, impartida por organismo de reconocido prestigio, capacitado por tanto para la realización de inspecciones de calidad ambiental en interiores (s/Norma UNE171330-2). ● 5 Oficiales de primera: especialistas en climatización, mantenimiento de piscinas e instalaciones eléctricas.
11.3 El Dicho personal adscrito al servicio y que prestarán sus servicios de forma permanente en las instalaciones de la Fundación será al menos de cuatro trabajadores oficiales de 1ª a jornada completa en régimen de turnos y un oficial de primera en régimen de turnos en media jornada. En horario en el que necesariamente estarán los técnicos en las dependencias municipales deportivas será de lunes a viernes de 7:30 a 22:00. En los fines de semana, el horario será de 8:30 a 20:00 los sábados y de 8:30 a 13:30 los domingos. Los fines de semana además de los técnicos en turno, al menos un técnico más, permanecerá xx xxxxxxx no presencial. Los técnicos adscritos al servicio, permanecerán en las instalaciones de la FDM, dotados de vehículo-taller equipado con herramienta, teléfono móvil y emisora, para solventar posibles averías y realizar de manera continuada los diferentes mantenimientos recogidos en este pliego. Las festividades nacionales, autonómicas, y locales, las instalaciones de la FDM permanecerán cerradas, excepto que por motivos de competición, eventos de cualquier tipo, así como por necesidades de operaciones de mantenimiento que deban realizarse con las instalaciones cerradas al público. La empresa adjudicataria, presentará a la FDM un plan de turnos de los trabajadores que deberá ser aprobado por esta Fundación en función de las necesidades reales de la misma.
11.4 Necesariamente este personal pertenecerá a la plantilla del contratista. Por otro lado, el contratista decidirá cuantas personas de cada oficio estarán presentes en los distintos trabajos de mantenimiento incluidos en el contrato según la extensión o complejidad de los mismos, respetando en todo caso la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
11.5 En caso de huelga, el contratista será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios. Así mismo el contratista se obliga a cubrir las ausencias de personal con plena dedicación o media jornada, por bajas laborales, permisos o ausencias de cualquier naturaleza de forma que se mantenga permanente el número de personas en plantilla ofertada. El contratista habilitará el procedimiento que estime más conveniente con el fin de informar previamente a la FDM de las ausencias y sustituciones que realice.
11.6 Como complemento a estos recursos humanos, el adjudicatario del contrato, deberá disponer de un equipo técnico para prestar apoyo a la FDM en la realización de informes y redacción de proyectos, si así se le requiere; indicando la composición, la especialización y la dotación de equipos que pone a disposición del contrato.
11.7 La facultad de control y dirección de los trabajadores así como la organización de los trabajos corresponde a la empresa adjudicataria. No obstante, con el fin de que estas actuaciones no repercutan negativamente en el funcionamiento global de los edificios el adjudicatario debe adoptar todas aquellas medidas necesarias para que su personal cumpla los siguientes requisitos:
a. Seguir las instrucciones de los responsables municipales del edificio, derivadas de la programación de actividades, condiciones de funcionamiento o normas de régimen interior que se establezcan para este edificio.
b. Realizar su actividad profesional con la máxima diligencia y corrección.
c. Utilizar la ropa de trabajo y uniformidad en perfecto estado de conservación y llevando visible una tarjeta de identificación personal.
d. Desempeñar sus funciones de acuerdo con la actual normativa legal de carácter técnico y la que pudiera producirse durante la vigencia del contrato, así como las recomendaciones técnicas propias de las instalaciones, pero organizando los trabajos de forma que no afecten o produzcan molestias en las actividades que se programen en este edificio. Debiendo adaptar el horario de sus intervenciones en caso necesario a las necesidades debidas a la programación de actividades en el edificio.
11.8 El personal que preste el servicio objeto del contrato, no adquirirá relación laboral alguna con la FDM, dado que el mismo depende única y dependerá exclusivamente de la de la empresa adjudicataria, la cual por cuanto ésta tendrá todos los derechos y obligaciones deberes inherentes a su calidad condición de empresario respecto y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y seguridad e higiene en el trabajo, referidas al citado propio personal con arreglo a la legislación laboralsu cargo y a equipos necesarios, sin que en ningún caso resulte para la FDM responsabilidad alguna derivada pueda alegarse derecho alguno por dicho personal en relación con Madrid Salud, ni exigirse a éste responsabilidades de cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones nacidas existentes entre el contratista la empresa y sus empleados, aún cuando en el supuesto de que los despidos y o medidas que adopte xxxx como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, se basen en el incumplimiento, rescisión interpretación o interpretación resolución de las presentes condiciones. Para todas las actuaciones descritas en los apartados anteriores el adjudicatario aportará, como mínimo, las siguientes horas de trabajo:
4.1.- 1.536 horas anuales para atención sanitaria y quirúrgica de animales y apoyo a adopciones, en horario de mañana de lunes a viernes laborables de 8 a 14 horas y la mitad de los sábados anuales (24) de 10 a 14 horas, mediante un puesto de Coordinador/Supervisor Licenciado en Veterinaria, con tres años de experiencia mínima en atención clínico-quirúrgica de animales o centros de acogida de animales con las siguientes funciones:
4.1.1. Aplicación de tratamientos médicos y quirúrgicos especializados sobre aquellos animales valorados previamente así como atención de adoptantes (en su caso incluido el acompañamiento de los mismos para visita de animales) a fin de aconsejar sobre la acciones preventivas y posibles afecciones médicas que deban derivarse a veterinario en la salida del presente contratoanimal adoptado
4.1.2. Garantizar que los útiles, vestuario, equipos de protección individual y medios de trabajo se utilicen correctamente, vigilando el buen estado de los mismos, previsión, control, custodia y su almacenamiento seguro.
11.9 En ningún momento 4.1.3. Garantizar la FDM se subrogará prestación total del servicio sin interrupciones ni ausencias injustificadas del personal afecto a la ejecución de los trabajos, para lo cual planificará las sustituciones y suplencias necesarias, a fin de garantizar los mínimos exigidos en el presente pliego, incluidas las relaciones contractuales entre mejoras técnicas, que a este respecto la empresa adjudicataria y hubiera ofrecido en su oferta de licitación, siendo totalmente ajeno el personal de la entidad ya sea por extinción de sociedad, quiebra, suspensión de pagos, o cualquier otra causa similary dirección del CPA a esta planificación del adjudicatario.
11.10 La empresa adjudicataria deberá remitir junto con 4.1.4. Encargarse de gestionar la facturación mensualdocumentación relativa al proyecto (elaboración de informes y estadísticas, los TC2 correspondientes etc.)
4.1.5. Vigilancia, conforme a la plantilla legislación vigente, del cumplimiento del “Plan Específico de personal adscrito al servicio objeto Prevención de contratación, Riesgos Laborales” y presentarlo ante el responsable coordinación de la ejecución del contrato designado por la administración.
11.11 A efectos meramente informativos se adjunta como XXXXX XX, información facilitada por la actual contratista los controles de salud de los trabajadores que vienen prestando servicio en función de los riesgos evaluados en dicho Plan de Prevención. Esta obligación incluye la remisión a la Dirección del Centro una memoria anual sobre las medidas adoptadas relativas a los efectos legales procedentespuntos de riesgo.
4.1.6. Los datos que figuran Colaborar con los servicios veterinarios oficiales y demás entidades municipales implicadas en dicha relación quedan sometidos el desarrollo de los trabajos así como comunicación de incidencias y aplicación de medidas correctoras cuando sean necesarias, con comunicación al régimen de protección previsto en supervisor del Servicio del CPA.
4.1.7. Coordinar, con los servicios veterinarios oficiales, la Ley Orgánica 15/1999derivación a hospital/ clínica veterinaria, aportada por el contratista, de 13 de diciembreanimales heridos o enfermos que precisen asistencia diagnostica específica, clínica, quirúrgica u hospitalaria que no pueda ser prestada en el CPA, por razones sanitarias, de Protección seguridad, bienestar animal o saturación de datos los medios propios municipales.
4.1.8. Supervisar la ejecución diaria al respecto del cumplimiento del servicio contratado.
4.1.9. Revisión del estado sanitario de carácter personallos animales, ejecución de actividades clínicas y quirúrgicas. Esta actividad implicará la prescripción y, en su caso, la aplicación de tratamientos (se incluye eutanasia humanitaria), conforme a los criterios generales del Departamento de Servicios Veterinarios.
4.2.- 1.536 horas anuales para atención sanitaria y quirúrgica de animales y apoyo a adopciones en horario de tarde de lunes a viernes laborables de 14 a 20 h y la mitad de los sábados anuales (24) de 10 a 14 horas, mediante un puesto de Licenciado Veterinario, con dos años de experiencia mínima acreditada en actividades clínico-quirúrgicas de animales, con las siguientes funciones:
4.3.- 1.200 horas anuales para la realización de esterilizaciones programadas, y, en su caso, no programadas, así como otras cirugías paliativas atendiendo al estado sanitario de los animales, siguiendo las directrices establecidas por lo que el DSV en horario de 9:30 a 14:30 h de lunes a viernes laborables mediante un puesto de Licenciado en Veterinario con experiencia mínima acreditada de tres años en atención clínico-quirúrgica veterinaria de animales.
4.4.- 2.832 horas para apoyo a las empresas licitadoras deberán cumplir las obligaciones previstas labores anteriormente descritas, de lunes a viernes laborables con horario de 8 a 14 h y de 14 a 19 h, y todos los sábados de 10 a 14 h mediante un Puesto de Ayudante con titulación de Ayudante Técnico Veterinario con experiencia mínima acreditada de dos años en la mencionada normaestablecimientos clínico-quirúrgicos o centros de acogida de animales.
Appears in 1 contract
Samples: Service Agreement
Personal. 11.1 El contratista dispondrá 1) LA CONTRATISTA deberá manifestar y garantizar a LA COMPAÑIA que todo el personal (incluyendo a los Subcontratados) tiene el apto médico para la función que desempeña; y que cada uno de ellos tiene la capacidad, el entrenamiento y la experiencia necesaria para realizar las tareas asignadas de manera eficiente y para actuar en situaciones de contingencia. LA CONTRATISTA se pondrá en contacto con el personal del equipo servicio médico de personal requerido en este apartado YPF, para satisfacer adecuadamente la revisión de exámenes médicos y habilitación del personal. Requiere de visado del servicio médico de YPF E&P BOLIVIA previo al inicio de las condiciones xxx xxxxxx y abonará sus retribuciones, incentivos, pagas extraordinarias, seguros sociales, etcétera, los cuales satisfarán en todo caso lo dispuesto tareas asignadas.
2) LA CONTRATISTA deberá contar en la legislación vigente operación en carácter de permanente con un responsable de Medio Ambiente, Seguridad y Salud Ocupacional (HSE) con calificación certificada, conocimiento, experiencia, responsabilidad y autoridad para mantener los convenios que les afecten estándares solicitados, con su correspondiente relevo. El mismo deberá estar en cada momentocontacto permanente y colaborar con el representante designado por LA COMPAÑÍA para estas funciones.
11.2 El contratista pondrá 3) LA CONTRATISTA deberá contar con técnicos o monitores en seguridad con sus respectivos relevos previamente definidos en una reunión de coordinación entre LA COMPAÑÍA y LA CONTRATISTA donde se establezca la cantidad necesaria a disposición del contrato ser implementada para el siguiente personal: ● Apoderado: con poder suficiente para tomar decisiones en todo lo que concierne al servicio sin que las mismas puedan verse afectada por falta de capacidad decisoria, ya sea legal o formal. Deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego. ● Técnico superior: titulado en ingeniería con acreditada experiencia en la conservación y entretenimiento seguimiento de las instalaciones objeto de este pliego, el cual será responsable de las decisiones técnicas que deben ser tomadas en la prestación del servicio, y en operaciones. La cantidad estará dada según los trabajos que ejecuten, sin que ellos afecte a las responsabilidades contractuales requerimientos de la contratanormativa que corresponda y por LA COMPAÑÍA.
4) LA CONTRATISTA deberá contar con un supervisor ambiental permanente en campo con su respectivo relevo desde la movilización hasta la conclusión de la fase de Desmovilización y Restauración. Será el contacto directo El coordinador debe ser profesional titulado nivel Licenciatura con los técnicos municipales y deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio experiencia mínima de mantenimiento objeto tres años en proyectos del sector hidrocarburos (de este pliego, y deberá disponer de un teléfono móvil para su localización, así como de dirección de correo electrónico. ● Técnico superior de calidad ambiental en interiores: titulado universitario con formación acreditada en calidad ambiental en interiores acorde a los requisitos de dicha norma, impartida por organismo de reconocido prestigio, capacitado por tanto para la realización de inspecciones de calidad ambiental en interiores (s/Norma UNE171330-2preferencia proyectos sísmicos). ● 5 Oficiales Este profesional tiene la responsabilidad de primera: especialistas en climatización, mantenimiento realizar las actividades de piscinas e instalaciones eléctricas.
11.3 El personal adscrito al servicio seguimiento y que prestarán sus servicios control de forma permanente la Gestión Ambiental en las instalaciones de la Fundación será al menos de cuatro trabajadores oficiales de 1ª a jornada completa en régimen de turnos y un oficial de primera en régimen de turnos en media jornada. En horario en el que necesariamente estarán los técnicos en las dependencias municipales deportivas será de lunes a viernes de 7:30 a 22:00. En los fines de semana, el horario será de 8:30 a 20:00 los sábados y de 8:30 a 13:30 los domingos. Los fines de semana además de los técnicos en turno, al menos un técnico más, permanecerá xx xxxxxxx no presencial. Los técnicos adscritos al servicio, permanecerán en las instalaciones de la FDM, dotados de vehículo-taller equipado con herramienta, teléfono móvil y emisora, para solventar posibles averías y realizar de manera continuada los diferentes mantenimientos recogidos en este pliego. Las festividades nacionales, autonómicas, y locales, las instalaciones de la FDM permanecerán cerradas, excepto que por motivos de competición, eventos de cualquier tipo, así como por necesidades de operaciones de mantenimiento que deban realizarse con las instalaciones cerradas al público. La empresa adjudicataria, presentará a la FDM un plan de turnos de los trabajadores que deberá ser aprobado por esta Fundación en función de las necesidades reales de la misma.
11.4 Necesariamente este personal pertenecerá a la plantilla áreas operativas del contratista. Por otro lado, el contratista decidirá cuantas personas de cada oficio estarán presentes en los distintos trabajos de mantenimiento incluidos en el contrato según la extensión o complejidad de los mismos, respetando en todo caso la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
11.5 En caso de huelga, el contratista será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios. Así mismo el contratista se obliga a cubrir las ausencias de personal con plena dedicación o media jornada, por bajas laborales, permisos o ausencias de cualquier naturaleza de forma que se mantenga permanente el número de personas en plantilla ofertada. El contratista habilitará el procedimiento que estime más conveniente con el fin de informar previamente a la FDM de las ausencias y sustituciones que realice.
11.6 Como complemento a estos recursos humanos, el adjudicatario del contrato, deberá disponer de un equipo técnico para prestar apoyo a la FDM en la realización de informes y redacción de proyectos, si así se le requiere; indicando la composición, la especialización y la dotación de equipos que pone a disposición del contrato.
11.7 La facultad de control y dirección de los trabajadores así como la organización de los trabajos corresponde a la empresa adjudicataria. No obstante, con el fin de que estas actuaciones no repercutan negativamente en el funcionamiento global de los edificios el adjudicatario debe adoptar todas aquellas medidas necesarias para que su personal cumpla los siguientes requisitos:
a. Seguir las instrucciones de los responsables municipales del edificio, derivadas de la programación de actividades, condiciones de funcionamiento o normas de régimen interior que se establezcan para este edificio.
b. Realizar su actividad profesional con la máxima diligencia y corrección.
c. Utilizar la ropa de trabajo y uniformidad en perfecto estado de conservación y llevando visible una tarjeta de identificación personal.
d. Desempeñar sus funciones de acuerdo con la actual normativa legal de carácter técnico y la que pudiera producirse durante la vigencia del contrato, así como las recomendaciones técnicas propias de las instalaciones, pero organizando los trabajos de forma que no afecten o produzcan molestias en las actividades que se programen en este edificio. Debiendo adaptar el horario de sus intervenciones en caso necesario a las necesidades debidas a la programación de actividades en el edificio.
11.8 El personal que preste el servicio objeto del contrato, no adquirirá relación laboral alguna con la FDM, dado que el mismo depende única y exclusivamente de la de la empresa adjudicataria, la cual tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empresario respecto al citado personal con arreglo a la legislación laboral, sin que en ningún caso resulte para la FDM responsabilidad alguna derivada de las obligaciones nacidas entre el contratista y sus empleados, aún cuando los despidos y medidas que adopte xxxx como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del presente contrato.
11.9 En ningún momento la FDM se subrogará en las relaciones contractuales entre la empresa adjudicataria y el personal de la entidad ya sea por extinción de sociedad, quiebra, suspensión de pagos, o cualquier otra causa similar.
11.10 La empresa adjudicataria deberá remitir junto con la facturación mensual, los TC2 correspondientes a la plantilla de personal adscrito al servicio objeto de contratación, y presentarlo ante el responsable de la ejecución del contrato designado por la administración.
11.11 A efectos meramente informativos se adjunta como XXXXX XX, información facilitada por la actual contratista de los trabajadores que vienen prestando servicio a los efectos legales procedentes. Los datos que figuran en dicha relación quedan sometidos al régimen de protección previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personalProyecto, por lo que deberá contar con todos los recursos necesarios para el cumplimiento de sus roles y responsabilidades. Sus actividades en campo deberán ser en todo momento comunicadas y coordinadas con los representantes de LA COMPAÑIA en campo.
5) LA CONTRATISTA deberá contar con hasta tres (3) médicos por lo menos según la envergadura de la operación, en carácter de permanente con sus respectivos relevos, con la calificación profesional adecuada que permita ejercer su profesión, con un mínimo de 2 años en ejercicio de la profesión, con conocimiento, experiencia, responsabilidad y autoridad para mantener la salud del personal y actuar en situaciones de emergencias. Todo el personal médico deberá ser aprobado y habilitado por LA COMPAÑIA previo inicio de operaciones e ingreso al proyecto. El mismo estará acompañado por profesionales enfermeros y/o paramédicos con experiencia en tareas de asistencia en campo y reportará al servicio médico de YPF E&P BOLIVIA todas las empresas licitadoras actividades a desarrollar en el ámbito de la Salud Ocupacional. Los médicos deberán cumplir acreditar su título en Provisión Nacional, Matrícula profesional y registro en Asociación, Consejo o Ministerio respectivo.
6) La CONTRATISTA deberá contar con enfermeros y/o paramédicos con presencia obligatoria de un enfermero por cada cuadrilla, con sus respectivos relevos. Los mismos deben poseer el título de licenciado en enfermería; auxiliar y/o técnico de enfermería, paramédico; con documentación que avale título en provisión nacional, o demostrar experiencia de más de 3 años como paramédico en trabajos de sísmica, con cursos de capacitación y actualización en: - Primeros Auxilios. - Manejo Inicial del Trauma PHTLS (Pre hospital Trauma Life Support) - Manejo Inicial de Accidentes Ofídicos. - Experiencia en Saneamiento Básico.
7) LA COMPAÑIA podrá requerir a LA CONTRATISTA, personal adicional con experiencia específica para el apoyo de las obligaciones previstas actividades según las necesidades y avance del Proyecto (ej.: Ing Forestal para seguimiento a PDMna, Arqueólogos para Monitoreo Arqueológico, Monitores Socio ambientales, etc.) y su requerimiento será considerado como ítem reembolsable conforme lo especificado en el pliego técnico. El representante de LA COMPAÑIA podrá solicitar el reemplazo inmediato de o las personas asignadas por la mencionada normaCONTRATISTA al proyecto por incumplimiento de sus roles y/o responsabilidades.
Appears in 1 contract
Personal. 11.1 El contratista dispondrá del equipo de personal requerido en este apartado para satisfacer adecuadamente las condiciones xxx xxxxxx y abonará sus retribuciones, incentivos, pagas extraordinarias, seguros sociales, etcétera, los cuales satisfarán en todo caso lo dispuesto en la legislación vigente y los convenios que les afecten en cada momento.
11.2 El contratista pondrá a disposición del contrato el siguiente personal: ● Apoderado: con poder suficiente para tomar decisiones en todo lo que concierne al servicio sin que las mismas puedan verse afectada por falta de capacidad decisoria, ya sea legal o formal. Deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego. ● Técnico superior: titulado en ingeniería con acreditada experiencia en la conservación y entretenimiento de las instalaciones objeto de este pliego, el cual será responsable de las decisiones técnicas que deben ser tomadas en Para la prestación del servicio, y en los trabajos que ejecuten, sin que ellos afecte a las responsabilidades contractuales de la contrata. Será el contacto directo con los técnicos municipales y deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego, y deberá disponer de un teléfono móvil para su localización, así como de dirección de correo electrónico. ● Técnico superior de calidad ambiental en interiores: titulado universitario con formación acreditada en calidad ambiental en interiores acorde a los requisitos de dicha norma, impartida por organismo de reconocido prestigio, capacitado por tanto para la realización de inspecciones de calidad ambiental en interiores (s/Norma UNE171330-2). ● 5 Oficiales de primera: especialistas en climatización, mantenimiento de piscinas e instalaciones eléctricas.
11.3 El personal adscrito al servicio y que prestarán sus servicios de forma permanente en las instalaciones de la Fundación será al menos de cuatro trabajadores oficiales de 1ª a jornada completa en régimen de turnos y un oficial de primera en régimen de turnos en media jornada. En horario en el que necesariamente estarán los técnicos en las dependencias municipales deportivas será de lunes a viernes de 7:30 a 22:00. En los fines de semana, el horario será de 8:30 a 20:00 los sábados y de 8:30 a 13:30 los domingos. Los fines de semana además de los técnicos en turno, al menos un técnico más, permanecerá xx xxxxxxx no presencial. Los técnicos adscritos al servicio, permanecerán en las instalaciones de la FDM, dotados de vehículo-taller equipado con herramienta, teléfono móvil y emisora, para solventar posibles averías y realizar de manera continuada los diferentes mantenimientos recogidos en este pliego. Las festividades nacionales, autonómicas, y locales, las instalaciones de la FDM permanecerán cerradas, excepto que por motivos de competición, eventos de cualquier tipo, así como por necesidades de operaciones de mantenimiento que deban realizarse con las instalaciones cerradas al público. La empresa adjudicataria, presentará a la FDM un plan de turnos de los trabajadores que deberá ser aprobado por esta Fundación en función de las necesidades reales de la misma.
11.4 Necesariamente este personal pertenecerá a la plantilla del contratista. Por otro lado, el contratista decidirá cuantas personas de cada oficio estarán presentes en los distintos trabajos de mantenimiento incluidos en el contrato según la extensión o complejidad de los mismos, respetando en todo caso la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
11.5 En caso de huelga, el contratista será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios. Así mismo el contratista se obliga a cubrir las ausencias de personal con plena dedicación o media jornada, por bajas laborales, permisos o ausencias de cualquier naturaleza de forma que se mantenga permanente el número de personas en plantilla ofertada. El contratista habilitará el procedimiento que estime más conveniente con el fin de informar previamente a la FDM de las ausencias y sustituciones que realice.
11.6 Como complemento a estos recursos humanos, el adjudicatario objeto del contrato, actualmente cuenta con el siguiente personal a subrogar, según el vigente Convenio del Sector: - 1 Cocinero - 1 Ayudante de cocina - 4 Dependientes en barra - 1 Cajera - 1 Auxiliar de mostrador - 1 Limpiadora TOTAL. 9 Operarios El adjudicatario garantizará en todo momento el servicio a prestar mediante una adecuada gestión del personal disponible. El personal de Cocina, Cafetería y Comedor-Autoservicio, se encontrará en posesión del preceptivo carnet de Manipuladores de Alimentos, debidamente actualizado, cuya copia será facilitada al SPEE, en el plazo de tres meses a partir de la adjudicación. Las ausencias o bajas por enfermedad del personal, serán cubiertas debidamente para no menoscabar el servicio prestado. Cualquier sustitución, modificación o incremento de la plantilla de personal deberá disponer ser autorizado por la Subdirección General de Recursos y Organización, quien podrá solicitar la sustitución del personal que a su juicio no reúna alguna de las condiciones fijadas en el presente pliego, obligándose la empresa adjudicataria a realizar dicha sustitución en un equipo técnico para prestar apoyo plazo máximo de 15 días. Se designará por parte de la empresa adjudicataria un encargado, responsable de la gestión óptima del servicio y de dar respuesta ágil a las reclamaciones efectuadas por los usuarios. Asimismo dotará a todo el personal de ropa de trabajo, que garantice la FDM en la realización uniformidad incluyendo el distintivo de informes y redacción de proyectos, si así se le requiere; indicando la composición, la especialización y la dotación de equipos que pone a disposición del contrato.
11.7 La facultad de control y dirección de los trabajadores así como la organización de los trabajos corresponde a la empresa adjudicataria. No obstanteDebiendo guardar éste en todo momento, con el fin decoro, amabilidad, compostura y limpieza propios del lugar de que estas actuaciones no repercutan negativamente en el funcionamiento global de los edificios el adjudicatario debe adoptar todas aquellas medidas necesarias para que su personal cumpla los siguientes requisitos:
a. Seguir las instrucciones de los responsables municipales del edificio, derivadas de la programación de actividades, condiciones de funcionamiento o normas de régimen interior que se establezcan para este edificiotrabajo.
b. Realizar su actividad profesional con la máxima diligencia y corrección.
c. Utilizar la ropa de trabajo y uniformidad en perfecto estado de conservación y llevando visible una tarjeta de identificación personal.
d. Desempeñar sus funciones de acuerdo con la actual normativa legal de carácter técnico y la que pudiera producirse durante la vigencia del contrato, así como las recomendaciones técnicas propias de las instalaciones, pero organizando los trabajos de forma que no afecten o produzcan molestias en las actividades que se programen en este edificio. Debiendo adaptar el horario de sus intervenciones en caso necesario a las necesidades debidas a la programación de actividades en el edificio.
11.8 El personal que preste el servicio objeto del contrato, no adquirirá relación laboral alguna con la FDM, dado que el mismo depende única y exclusivamente de la de la empresa adjudicataria, la cual tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empresario respecto al citado personal con arreglo a la legislación laboral, sin que en ningún caso resulte para la FDM responsabilidad alguna derivada de las obligaciones nacidas entre el contratista y sus empleados, aún cuando los despidos y medidas que adopte xxxx como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del presente contrato.
11.9 En ningún momento la FDM se subrogará en las relaciones contractuales entre la empresa adjudicataria y el personal de la entidad ya sea por extinción de sociedad, quiebra, suspensión de pagos, o cualquier otra causa similar.
11.10 La empresa adjudicataria deberá remitir junto con la facturación mensual, los TC2 correspondientes a la plantilla de personal adscrito al servicio objeto de contratación, y presentarlo ante el responsable de la ejecución del contrato designado por la administración.
11.11 A efectos meramente informativos se adjunta como XXXXX XX, información facilitada por la actual contratista de los trabajadores que vienen prestando servicio a los efectos legales procedentes. Los datos que figuran en dicha relación quedan sometidos al régimen de protección previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, por lo que las empresas licitadoras deberán cumplir las obligaciones previstas en la mencionada norma.
Appears in 1 contract
Samples: Cafetería Y Comedor
Personal. 11.1 4.1 El Personal de la contrata deberá hallarse en posesión de la Tarjeta de Identificación Profesional otorgada por el Ministerio del Interior y deberá haber sido seleccionado atendiendo a las siguientes características:
a) Preparación psicológica y madurez adecuada. En especial deberá familiarizarse con el tipo de sucesos que potencialmente pueden desarrollarse en el Centro y en los Servicios de Urgencia y horas de visita en el caso de tratarse de un centro hospitalario.
b) Preparación física suficiente.
c) Conocimientos de defensa personal, además de conocimientos técnicos de sistemas de detección y protección de incendios, formación mínima a nivel de E.S.I. (equipos de segunda intervención) y planes de evacuación.
4.2 La OSI XXXXX Osakidetza-SVS y la empresa que resulte adjudicataria del servicio convendrán, cuando fuera necesario, el mejor procedimiento de instrucción de los vigilantes para la revisión, manejo y conservación de los sistemas mecánicos, eléctricos o electrónicos de seguridad instalados o que se puedan instalar en las dependencias del Centro.
4.3 El contratista dispondrá quedará obligado a retirar aquel personal que no procediere con la debida corrección o que fuera poco cuidadoso en el desempeño de su misión o falto de la necesaria discreción en un centro sanitario o Administrativo, a criterio de la Dirección de la OSI XXXXX y siempre que se requiera por ésta.
4.4 El personal inexcusablemente deberá cumplir los principios básicos de actuación enmarcados en la Ley, Reglamento y ordenes relativas a la Seguridad Privada, entre las cuales citamos: Legalidad, protección, proporcionalidad, colaboración, integridad, corrección, dignidad, así como los derivados del equipo correcto ejercicio profesional: Asistencia, presencia, calidad, formación y actualización y finalmente de sus deberes éticos: Eficacia, lealtad, secreto profesional, deber de información sujeta a principios de veracidad y colaboración ciudadana. En cualquier caso solo se podrá sustituir personal requerido en este apartado para satisfacer adecuadamente las condiciones xxx xxxxxx y abonará sus retribucioneso retirar personal, incentivoscon la autorización previa de la Dirección de la OSI XXXXX, pagas extraordinariasinformándose por el adjudicatario a los responsables de la OSI sobre la circunstancias del personal (Nombre, seguros socialesapellidos, etcéteraantigüedad, los cuales satisfarán formación, acreditaciones necesarias, etc..)
4.5 La función del personal que prestará la cobertura del objeto del presente pliego será en todo caso lo dispuesto en la legislación vigente y los convenios que les afecten en cada momentosin arma.
11.2 El contratista pondrá a disposición del contrato el siguiente personal: ● Apoderado: con poder suficiente para tomar decisiones en todo lo que concierne al servicio sin que las mismas puedan verse afectada por falta de capacidad decisoria, ya sea legal o formal. Deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego. ● Técnico superior: titulado en ingeniería con acreditada experiencia en la conservación y entretenimiento de las instalaciones objeto de este pliego, el cual será responsable de las decisiones técnicas que deben ser tomadas en la prestación del servicio, y en los trabajos que ejecuten, sin que ellos afecte a las responsabilidades contractuales de la contrata. Será el contacto directo con los técnicos municipales y deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego, y deberá disponer de un teléfono móvil para su localización, así como de dirección de correo electrónico. ● Técnico superior de calidad ambiental en interiores: titulado universitario con formación acreditada en calidad ambiental en interiores acorde a los requisitos de dicha norma, impartida por organismo de reconocido prestigio, capacitado por tanto para la realización de inspecciones de calidad ambiental en interiores (s/Norma UNE171330-2). ● 5 Oficiales de primera: especialistas en climatización, mantenimiento de piscinas e instalaciones eléctricas.
11.3 El personal adscrito al servicio y que prestarán sus servicios de forma permanente en las instalaciones de la Fundación será al menos de cuatro trabajadores oficiales de 1ª a jornada completa en régimen de turnos y un oficial de primera en régimen de turnos en media jornada. En horario en el que necesariamente estarán los técnicos en las dependencias municipales deportivas será de lunes a viernes de 7:30 a 22:00. En los fines de semana, el horario será de 8:30 a 20:00 los sábados y de 8:30 a 13:30 los domingos. Los fines de semana además de los técnicos en turno, al menos un técnico más, permanecerá xx xxxxxxx no presencial. Los técnicos adscritos al servicio, permanecerán en las instalaciones de la FDM, dotados de vehículo-taller equipado con herramienta, teléfono móvil y emisora, para solventar posibles averías y realizar de manera continuada los diferentes mantenimientos recogidos en este pliego. Las festividades nacionales, autonómicas, y locales, las instalaciones de la FDM permanecerán cerradas, excepto que por motivos de competición, eventos de cualquier tipo, así como por necesidades de operaciones de mantenimiento que deban realizarse con las instalaciones cerradas al público. La empresa adjudicataria, presentará a la FDM un plan de turnos de los trabajadores que deberá ser aprobado por esta Fundación en función de las necesidades reales de la misma.
11.4 Necesariamente este personal pertenecerá a la plantilla del contratista. Por otro lado, el contratista decidirá cuantas personas de cada oficio estarán presentes en los distintos trabajos de mantenimiento incluidos en el contrato según la extensión o complejidad de los mismos, respetando en todo caso la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
11.5 En caso de huelga, el contratista será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios. Así mismo el contratista se obliga a cubrir las ausencias de personal con plena dedicación o media jornada, por bajas laborales, permisos o ausencias de cualquier naturaleza de forma que se mantenga permanente el número de personas en plantilla ofertada. El contratista habilitará el procedimiento que estime más conveniente con el fin de informar previamente a la FDM de las ausencias y sustituciones que realice.
11.6 Como complemento a estos recursos humanos, el adjudicatario del contrato, deberá disponer de un equipo técnico para prestar apoyo a la FDM en la realización de informes y redacción de proyectos, si así se le requiere; indicando la composición, la especialización y la dotación de equipos que pone a disposición del contrato.
11.7 La facultad de control y dirección de los trabajadores así como la organización de los trabajos corresponde a la empresa adjudicataria. No obstante, con el fin de que estas actuaciones no repercutan negativamente en el funcionamiento global de los edificios el adjudicatario debe adoptar todas aquellas medidas necesarias para que su personal cumpla los siguientes requisitos:
a. Seguir las instrucciones de los responsables municipales del edificio, derivadas de la programación de actividades, condiciones de funcionamiento o normas de régimen interior que se establezcan para este edificio.
b. Realizar su actividad profesional con la máxima diligencia y corrección.
c. Utilizar la ropa de trabajo y uniformidad en perfecto estado de conservación y llevando visible una tarjeta de identificación personal.
d. Desempeñar sus funciones de acuerdo con la actual normativa legal de carácter técnico y la que pudiera producirse durante la vigencia del contrato, así como las recomendaciones técnicas propias de las instalaciones, pero organizando los trabajos de forma que no afecten o produzcan molestias en las actividades que se programen en este edificio. Debiendo adaptar el horario de sus intervenciones en caso necesario a las necesidades debidas a la programación de actividades en el edificio.
11.8 El personal que preste el servicio objeto del contrato, no adquirirá relación laboral alguna con la FDM, dado que el mismo depende única y exclusivamente de la de la empresa adjudicataria, la cual tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empresario respecto al citado personal con arreglo a la legislación laboral, sin que en ningún caso resulte para la FDM responsabilidad alguna derivada de las obligaciones nacidas entre el contratista y sus empleados, aún cuando los despidos y medidas que adopte xxxx como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del presente contrato.
11.9 En ningún momento la FDM se subrogará en las relaciones contractuales entre la empresa adjudicataria y el personal de la entidad ya sea por extinción de sociedad, quiebra, suspensión de pagos, o cualquier otra causa similar.
11.10 La empresa adjudicataria deberá remitir junto con la facturación mensual, los TC2 correspondientes a la plantilla de personal adscrito al servicio objeto de contratación, y presentarlo ante el responsable de la ejecución del contrato designado por la administración.
11.11 A efectos meramente informativos se adjunta como XXXXX XX, información facilitada por la actual contratista de los trabajadores que vienen prestando servicio a los efectos legales procedentes. Los datos que figuran en dicha relación quedan sometidos al régimen de protección previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, por lo que las empresas licitadoras deberán cumplir las obligaciones previstas en la mencionada norma.
Appears in 1 contract
Samples: Service Agreement
Personal. 11.1 El contratista dispondrá licitador especificará, debidamente justificado en su oferta, el personal que se compromete a utilizar para atender y cumplir todas las obligaciones derivadas del equipo contrato y de los documentos que lo integran, con indicación de su categoría profesional. La no incorporación del personal requerido ofertado al Servicio será causa suficiente para la resolución del contrato. Este incumplimiento de no incorporación del personal ofertado al Servicio llevará asociado, en este apartado para satisfacer adecuadamente cualquier caso, una penalización del 1% sobre la certificación mensual por cada una de las condiciones xxx xxxxxx y abonará sus retribuciones, incentivos, pagas extraordinarias, seguros sociales, etcétera, los cuales satisfarán en todo caso lo dispuesto incorporaciones en la legislación vigente y los convenios que les afecten en cada momento.
11.2 El contratista pondrá se incumpla respecto a disposición del contrato el siguiente personal: ● Apoderado: con poder suficiente para tomar decisiones en todo lo que concierne al servicio sin que las mismas puedan verse afectada por falta de capacidad decisoria, ya sea legal o formalla oferta. Deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego. ● Técnico superior: titulado en ingeniería con acreditada experiencia en la conservación y entretenimiento de las instalaciones objeto de este pliego, el cual será responsable de las decisiones técnicas que deben ser tomadas en la prestación del servicio, y en los trabajos que ejecuten, sin que ellos afecte a las responsabilidades contractuales de la contrata. Será el contacto directo con los técnicos municipales y deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego, y deberá disponer de un teléfono móvil para su localización, así como de dirección de correo electrónico. ● Técnico superior de calidad ambiental en interiores: titulado universitario con formación acreditada en calidad ambiental en interiores acorde a los requisitos de dicha norma, impartida por organismo de reconocido prestigio, capacitado por tanto para la realización de inspecciones de calidad ambiental en interiores (s/Norma UNE171330-2). ● 5 Oficiales de primera: especialistas en climatización, mantenimiento de piscinas e instalaciones eléctricas.
11.3 El personal adscrito al servicio Servicio tendrá una formación profesional, titulación y experiencia acordes con las funciones que prestarán sus servicios vayan a tener encomendadas, por lo cual se incluirá en la oferta la relación de forma permanente en las instalaciones personas asignadas a los distintos puestos de trabajo, con expresión de las categorías profesionales y curriculum vitae actualizado. Cualquier variación de la Fundación será al menos de cuatro trabajadores oficiales de 1ª plantilla ofertada inicialmente deberá ser solicitada a jornada completa en régimen de turnos y un oficial de primera en régimen de turnos en media jornada. En horario AcuaMed, mediante escrito en el que necesariamente estarán se justifique y razone la necesidad de la misma, y tendrá que ser previamente aprobada por escrito por la sociedad estatal. El Delegado del adjudicatario y el Jefe de Planta son los técnicos en interlocutores con AcuaMed, considerándose ambos responsables del estricto cumplimiento del clausulado del presente Xxxxxx, siendo el Jefe de Xxxxxx el responsable técnico tanto de la desalinizadora como de las dependencias municipales deportivas será redes de lunes a viernes distribución. El Jefe del Planta y el Responsable de 7:30 a 22:00Mantenimiento no podrán ser cambiados salvo caso de fuerza mayor. En los fines caso de semanaproducirse esta circunstancia, el horario será adjudicatario lo comunicará a AcuaMed y propondrá un nuevo Jefe del Planta o Responsable de 8:30 a 20:00 los sábados y de 8:30 a 13:30 los domingos. Los fines de semana además de los técnicos en turnoMantenimiento, al menos un técnico más, permanecerá xx xxxxxxx no presencial. Los técnicos adscritos al servicio, permanecerán en las instalaciones de la FDM, dotados de vehículo-taller equipado con herramienta, teléfono móvil y emisora, para solventar posibles averías y realizar de manera continuada los diferentes mantenimientos recogidos en este pliego. Las festividades nacionales, autonómicas, y locales, las instalaciones de la FDM permanecerán cerradas, excepto que por motivos de competición, eventos de cualquier tipo, así como por necesidades de operaciones de mantenimiento que deban realizarse con las instalaciones cerradas al público. La empresa adjudicataria, presentará a la FDM un plan de turnos de los trabajadores que deberá ser aprobado por esta Fundación en función la sociedad estatal. La estructura del Servicio de operación y mantenimiento se organiza según el siguiente esquema: - Dirección y control. - Servicio de operación. - Servicio de mantenimiento y conservación. A tal efecto, para una producción diaria máxima de la desalinizadora de 50.000 m3/día y la totalidad de las necesidades reales infraestructuras objeto del servicio de la misma.
11.4 Necesariamente este personal pertenecerá presente licitación atendidas en el Servicio, se propone una plantilla de veintidós (22) personas, conforme a la plantilla siguiente distribución: Denominación Número Jefe de Planta 1 Ayudante del contratistajefe de planta 1 Jefe de mantenimiento 1 Oficial 1ª mantenimiento 2 Oficial 2ª mantenimiento 3 Oficial 1ª de operación 6 Peón especialista de operación 6 Jefe de laboratorio 1 Administrativo 1 TOTAL 22 Las funciones de cada puesto serán las siguientes: • Jefe de Planta: Será el máximo responsable de la operación y mantenimiento de la planta. Por otro ladoDeberá tratarse de un Ingeniero Técnico Superior Industrial o de un Ingeniero Técnico Superior de Caminos, Canales y Puertos o un técnico competente con al menos 7 años de experiencia demostrable en gestión de plantas desalinizadoras, redes de distribución, depósitos y estaciones de bombeo, así como un perfecto conocimiento de los equipos mecánicos y del proceso empleados en este tipo de instalaciones. • Ayudante del jefe de planta: Asistirá al Jefe de Planta. Deberá tratarse de un titulado universitario de grado medio, con experiencia demostrable en gestión de instalaciones similares mayor de dos (2) años. • Responsable de Mantenimiento: Ingeniero técnico o superior, con experiencia en mantenimiento en plantas desalinizadoras, redes de distribución, depósitos y estaciones de bombeo de, al menos, 2 años. Mantendrá informado al Jefe de Planta de cuantas incidencias se produzcan en cuadros eléctricos y equipos mecánicos. • Oficiales 1ª de mantenimiento (mecánicos y eléctricos): Especialistas en mantenimiento de equipos mecánicos eléctricos, con cualificación profesional suficiente y con experiencia en las actividades del oficio relacionadas con el tratamiento de aguas. Serán los encargados de velar por el buen funcionamiento de los equipos electromecánicos, procurando que en todo momento se trabaje en el punto óptimo de rendimiento. • Oficial 2ª de mantenimiento general: Será de apoyo necesario a los Oficiales de 1ª. Deberán tener cualificación profesional suficiente y experiencia en explotación de instalaciones de tratamiento de aguas e industriales. • Oficial 1ª de operación: Encargados de garantizar la continuidad del servicio siguiendo unos turnos rotativos de guardias. Deben conocer perfectamente el trabajo como operadores de planta y poseer cualificación técnica suficiente o experiencia demostrada equivalente. • Peón especialista de operación: Se organizarán siguiendo los mismos turnos rotativos que los oficiales de operación, de forma que su función sea de apoyo a éstos. Apoyarán también en las labores de mantenimiento (cambio de membranas, etc.). • Jefe de laboratorio: Se tratará de un titulado universitario, con experiencia suficiente en un puesto similar en explotación de estaciones de tratamiento de aguas. • Administrativo: Auxiliar administrativo o similar, con conocimientos de informática y manejo de programas de edición de textos, de presupuestos y hojas de cálculos. Todos los trabajadores estarán adscritos al servicio y tendrán una dedicación exclusiva, de manera que en las certificaciones mensuales se adjuntarán los TC´s de todo el personal adscrito al servicio. El coste estimado de personal propuesto es: UD IMPORTE IMPORTE
ud A) Personal (mensual) Pu MENSUAL ANUAL mes Jefe de Planta 1 6.500,00 € 6.500,00 € 78.000,00 € mes Ayudante del jefe de planta 1 5.200,00 € 5.200,00 € 62.400,00 € mes Jefe de mantenimiento 1 5.900,00 € 5.900,00 € 70.800,00 € mes Oficial 1ª mantenimiento 2 2.862,33 € 5.724,66 € 68.695,92 € mes Oficial 2ª mantenimiento 3 2.551,67 € 7.655,01 € 91.860,12 € mes Oficial 1ª de operación 6 2.785,00 € 16.710,00 € 200.520,00 € mes Peón especialista de 6 2.494,67 € 14.968,02 € 179.616,24 € operación mes Jefe de laboratorio 1 2.895,50 € 2.895,50 € 34.746,00 € mes Administrativo 1 2.495,83 € 2.495,83 € 29.949,96 € TOTAL COSTE A) 68.049,02 € 816.588,24 € Siendo el coste medio mensual en este apartado de 68.049,02€ En dichos precios se incluyen todos los conceptos: salarios brutos; cargas sociales; horas extraordinarias por averías urgentes, bajas, etc.; guardias del personal; pluses de nocturnidad y trabajo en turnos, gastos asistenciales; y cualquier otra percepción que, por derecho pueda corresponder. Según se indica repetidamente en distintos apartados de los Pliegos de este contrato, el contratista decidirá cuantas personas de cada oficio estarán presentes en los distintos trabajos de mantenimiento incluidos adjudicatario tendrá especial cuidado en el contrato según la extensión o complejidad cumplimiento de los mismos, respetando en todo caso la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
11.5 En caso Laborales y su correspondiente normativa de huelgadesarrollo, el contratista será responsable de garantizar disponiendo todos los servicios mínimos necesarios. Así mismo el contratista se obliga a cubrir las ausencias de personal con plena dedicación o media jornada, por bajas laborales, permisos o ausencias de cualquier naturaleza de forma que se mantenga permanente el número de personas en plantilla ofertada. El contratista habilitará el procedimiento que estime más conveniente con el fin de informar previamente a elementos necesarios para la FDM de las ausencias y sustituciones que realice.
11.6 Como complemento a estos recursos humanos, el adjudicatario del contrato, deberá disponer de un equipo técnico para prestar apoyo a la FDM en la realización de informes y redacción de proyectos, si así se le requiere; indicando la composición, la especialización y la dotación de equipos que pone a disposición del contrato.
11.7 La facultad de control y dirección adecuada protección de los trabajadores así como la organización de los trabajos corresponde a la empresa adjudicataria. No obstante, con el fin de que estas actuaciones no repercutan negativamente en el funcionamiento global de los edificios el adjudicatario debe adoptar todas aquellas medidas necesarias para que su personal cumpla los siguientes requisitos:
a. Seguir las instrucciones de los responsables municipales del edificio, derivadas de la programación de actividades, condiciones de funcionamiento o normas de régimen interior que se establezcan para este edificiotrabajadores.
b. Realizar su actividad profesional con la máxima diligencia y corrección.
c. Utilizar la ropa de trabajo y uniformidad en perfecto estado de conservación y llevando visible una tarjeta de identificación personal.
d. Desempeñar sus funciones de acuerdo con la actual normativa legal de carácter técnico y la que pudiera producirse durante la vigencia del contrato, así como las recomendaciones técnicas propias de las instalaciones, pero organizando los trabajos de forma que no afecten o produzcan molestias en las actividades que se programen en este edificio. Debiendo adaptar el horario de sus intervenciones en caso necesario a las necesidades debidas a la programación de actividades en el edificio.
11.8 El personal que preste el servicio objeto del contrato, no adquirirá relación laboral alguna con la FDM, dado que el mismo depende única y exclusivamente de la de la empresa adjudicataria, la cual tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empresario respecto al citado personal con arreglo a la legislación laboral, sin que en ningún caso resulte para la FDM responsabilidad alguna derivada de las obligaciones nacidas entre el contratista y sus empleados, aún cuando los despidos y medidas que adopte xxxx como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del presente contrato.
11.9 En ningún momento la FDM se subrogará en las relaciones contractuales entre la empresa adjudicataria y el personal de la entidad ya sea por extinción de sociedad, quiebra, suspensión de pagos, o cualquier otra causa similar.
11.10 La empresa adjudicataria deberá remitir junto con la facturación mensual, los TC2 correspondientes a la plantilla de personal adscrito al servicio objeto de contratación, y presentarlo ante el responsable de la ejecución del contrato designado por la administración.
11.11 A efectos meramente informativos se adjunta como XXXXX XX, información facilitada por la actual contratista de los trabajadores que vienen prestando servicio a los efectos legales procedentes. Los datos que figuran en dicha relación quedan sometidos al régimen de protección previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, por lo que las empresas licitadoras deberán cumplir las obligaciones previstas en la mencionada norma.
Appears in 1 contract
Samples: Service Agreement
Personal. 11.1 El contratista dispondrá del equipo personal asignado a los trabajos de personal requerido control de plagas deberá cumplir con las siguientes reglas: El licitante adjudicado deberá mandar como mínimo a dos técnicos apli cadores a realizar el servicio. Deberán asistir , por lo menos con 30 minutos de anticipación a la hora programada,en este apartado los inmuebles. Contar con el uniforme distintivo e identificación actualizada, emitida por el licitante adjudicado. Llevar el material suficiente y necesario para satisfacer adecuadamente las condiciones xxx xxxxxx y abonará sus retribuciones, incentivos, pagas extraordinarias, seguros sociales, etcétera, los cuales satisfarán en todo caso lo dispuesto en la legislación vigente y los convenios que les afecten en cada momento.
11.2 El contratista pondrá a disposición del contrato el siguiente personal: ● Apoderado: con poder suficiente para tomar decisiones en todo lo que concierne al servicio sin que las mismas puedan verse afectada por falta de capacidad decisoria, ya sea legal o formal. Deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego. ● Técnico superior: titulado en ingeniería con acreditada experiencia en la conservación y entretenimiento de las instalaciones objeto de este pliego, el cual será responsable de las decisiones técnicas que deben ser tomadas en la prestación del servicio. El técnico encargado se presentará en las oficinas centrales con el Subgerente de Servicios Generales, y en las sucursales con el responsable establecido en la relación de los trabajos inmuebles de DICONSA, para explicar el tipo de servicio que ejecutenva a realizar. El personal siempre tratar á con respeto a los empleados de DICONSA. Tienen prohibido utilizar cualquier tip o de equipo o materiales propiedad de DICONSA Después de realizar los servicios de fumigación, sin tienen la obligación de dejar limpiaslas áreas (libres de materiales o equipos de fumigación). El licitante adjudicado realizará las acciones que ellos afecte considere necesarias para llevar a cabo elprograma integral de fumigación y control de plagas, destinado a prevenir controlar y erradicar la presencia de plagas mediante las responsabilidades contractuales siguientes actividades:
1. PREVENIR. - Mediante las técnicas adecuadas de fumigación, para evitar la contrataproliferación de plagas en oficinas o predios, diagnosticando aquellos lugares en los que puedan existir foco de plaga.
2. Será el contacto directo con CONTROLAR. - Se hará la reactivación de las barreras de insecticidas y se rotaran todos los técnicos municipales y deberá asistir, sin excusaproductos, a las reuniones a las que le emplace fin de no crear re sistencia en la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego, y deberá disponer de un teléfono móvil para su localización, así como de dirección de correo electrónico. ● Técnico superior de calidad ambiental en interiores: titulado universitario con formación acreditada en calidad ambiental en interiores acorde a los requisitos de dicha norma, impartida por organismo de reconocido prestigio, capacitado por tanto para la realización de inspecciones de calidad ambiental en interiores (s/Norma UNE171330-2). ● 5 Oficiales de primera: especialistas en climatización, mantenimiento de piscinas e instalaciones eléctricasfauna nociva.
11.3 El personal adscrito al servicio y que prestarán sus servicios de forma permanente en las instalaciones de la Fundación será al menos de cuatro trabajadores oficiales de 1ª 1. Proporcionar información a jornada completa en régimen de turnos y un oficial de primera en régimen de turnos en media jornada. En horario en el que necesariamente estarán los técnicos en las dependencias municipales deportivas será de lunes personas ajenas a viernes de 7:30 a 22:00. En los fines de semanaDICONSA, el horario será de 8:30 a 20:00 los sábados y de 8:30 a 13:30 los domingos. Los fines de semana además de los técnicos en turno, al menos un técnico más, permanecerá xx xxxxxxx no presencial. Los técnicos adscritos al servicio, permanecerán en las instalaciones de la FDM, dotados de vehículo-taller equipado con herramienta, teléfono móvil y emisora, para solventar posibles averías y realizar de manera continuada los diferentes mantenimientos recogidos en este pliego. Las festividades nacionales, autonómicas, y locales, las instalaciones de la FDM permanecerán cerradas, excepto que por motivos de competición, eventos de cualquier tipo, así como por necesidades de operaciones de mantenimiento que deban realizarse con las instalaciones cerradas al público. La empresa adjudicataria, presentará a la FDM un plan de turnos de los trabajadores que deberá ser aprobado por esta Fundación en función de las necesidades reales de la misma.
11.4 Necesariamente este personal pertenecerá a la plantilla del contratista. Por otro lado, el contratista decidirá cuantas personas de cada oficio estarán presentes en los distintos trabajos de mantenimiento incluidos en el contrato según la extensión o complejidad de los mismos, respetando en todo caso la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
11.5 En caso de huelga, el contratista será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios. Así mismo el contratista se obliga a cubrir las ausencias de personal con plena dedicación o media jornada, por bajas laborales, permisos o ausencias de cualquier naturaleza de forma que se mantenga permanente el número de personas en plantilla ofertada. El contratista habilitará el procedimiento que estime más conveniente con el fin de informar previamente a la FDM de las ausencias y sustituciones que realice.
11.6 Como complemento a estos recursos humanos, el adjudicatario del contrato, deberá disponer de un equipo técnico para prestar apoyo a la FDM en la realización de informes y redacción de proyectos, si así se le requiere; indicando la composición, la especialización y la dotación de equipos que pone a disposición del contrato.
11.7 La facultad de control y dirección de los trabajadores así como la organización de los trabajos corresponde a la empresa adjudicataria. No obstante, con el fin de que estas actuaciones no repercutan negativamente en el funcionamiento global de los edificios el adjudicatario debe adoptar todas aquellas medidas necesarias para que su personal cumpla los siguientes requisitos:
a. Seguir las instrucciones de los responsables municipales del edificio, derivadas de la programación de actividades, condiciones de funcionamiento o normas de régimen interior que se establezcan para este edificio.
b. Realizar su actividad profesional con la máxima diligencia y corrección.
c. Utilizar la ropa de trabajo y uniformidad en perfecto estado de conservación y llevando visible una tarjeta de identificación personal.
d. Desempeñar sus funciones de acuerdo con la actual normativa legal de carácter técnico y la que pudiera producirse durante comprometer la vigencia del contrato, así como las recomendaciones técnicas propias seguridad e integridad física de las instalaciones, pero organizando visita ntes y personal de DICONSA.
2. Ingerir, portar y consumir bebidas alcohólicas o enervantes dentro de las instalaciones donde se realicen dichos servicios.
3. Presentarse en estado inconveniente (alcoholizado, drogado, etc.)
4. Ejercer funciones distintas a las encomendadas que los trabajos de forma que no afecten distraigan o produzcan molestias en las actividades que se programen en este edificio. Debiendo adaptar el horario aparten de sus intervenciones en caso necesario a las necesidades debidas a la programación de actividades en el edificio.
11.8 El personal que preste el servicio objeto del contratodeberes 5. Solicitar dinero, no adquirirá relación laboral alguna con la FDM, dado que el mismo depende única y exclusivamente de la de la empresa adjudicataria, la cual tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empresario respecto cigarros u otras cosas al citado personal con arreglo a la legislación laboral, sin que en ningún caso resulte para la FDM responsabilidad alguna derivada de las obligaciones nacidas entre el contratista y sus empleados, aún cuando los despidos y medidas que adopte xxxx como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del presente contrato.
11.9 En ningún momento la FDM se subrogará en las relaciones contractuales entre la empresa adjudicataria y el personal de la entidad ya sea por extinción de sociedad, quiebra, suspensión de pagos, o cualquier otra causa similarDICONSA.
11.10 La empresa adjudicataria deberá remitir junto con la facturación mensual, los TC2 correspondientes a la plantilla de personal adscrito al servicio objeto de contratación, y presentarlo ante el responsable de la ejecución del contrato designado por la administración.
11.11 A efectos meramente informativos se adjunta como XXXXX XX, información facilitada por la actual contratista de los trabajadores que vienen prestando servicio a los efectos legales procedentes. Los datos que figuran en dicha relación quedan sometidos al régimen de protección previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, por lo que las empresas licitadoras deberán cumplir las obligaciones previstas en la mencionada norma.
Appears in 1 contract
Personal. 11.1 El contratista dispondrá 7.1. Corresponde exclusivamente a la empresa concesionaria la subrogación o selección, en su caso, del personal preciso para atender la cocina, limpieza y el servicio habitual a los clientes del Bar-Cafetería del Museo Arqueológico xx Xxxxxx.
7.2. La empresa concesionaria asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo el poder de dirección inherente a todo empresario sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, la sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador.
7.3. La empresa concesionaria velará especialmente para que los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del contrato.
7.4. La empresa concesionaria estará obligada a ejecutar el contrato en las dependencias destinadas a tal fin en el edificio del Museo Arqueológico xx Xxxxxx. La justificación de la prestación en las dependencias antedichas deriva de la propia naturaleza del objeto del contrato, resultando imposible llevar a cabo el servicio de Bar-Cafetería en una ubicación diferente. Por ello el personal requerido de la empresa concesionaria deberá prestar el servicio dotado de distintivos y uniformes que los identifiquen a estos efectos, cuyo diseño deberá contar con la previa aprobación de la dirección técnica. Corresponde a la empresa contratista velar por el cumplimiento de esta obligación, cuidando que todos los componentes del servicio vayan debidamente identificados, así como en este apartado condiciones de presencia adecuada durante el desarrollo del servicio. A tales efectos, deberá dotar al personal que preste los servicios del Bar- Cafetería de la vestimenta apropiada.
7.5. El contratista queda obligado a destinar las instalaciones, medios y recursos prestados por el Servicio de Museos y Exposiciones para satisfacer adecuadamente las condiciones xxx xxxxxx finalidades previstas en el presente pliego, siendo responsable de la conservación de las infraestructuras utilizadas para el funcionamiento del mismo. A tal fin, previo al inicio de los trabajos se procederá a levantar Acta de la situación y abonará estado de cada una de las citadas infraestructuras.
7.6. La empresa concesionaria deberá designar al menos un coordinador técnico o responsable, integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus retribucionesobligaciones las siguientes: - Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente al órgano de contratación, incentivosa través, pagas extraordinariasen caso de estar designado, seguros socialesdel responsable/director del contrato, etcéteracanalizando la comunicación entre la empresa contratista, los cuales satisfarán de un lado, y el órgano de contratación a través del citado responsable, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato. - Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado. - Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo. - Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la empresa contratista con el órgano de contratación a través del responsable del contrato en caso de estar designado, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio. - Informar al órgano de contratación a través del responsable del contrato en caso de estar designado, acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.
7.7. El personal que el adjudicatario destine a la ejecución del contrato no tendrá vinculación laboral o de ningún otro tipo con la Administración, debiendo ser contratados en el régimen o modalidad que legalmente corresponda por el adjudicatario. A la extinción del contrato no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal de la Administración contratante.
7.8. En el caso de que la empresa contratista incumpla las obligaciones asumidas en relación con su personal, dando lugar a que el órgano contratante resulte sancionado o condenado, la empresa contratista deberá indemnizar a éste de todos los daños y perjuicios que deriven de tal incumplimiento y de las actuaciones de su personal.
7.9. El adjudicatario está obligado, asimismo, a dar de alta a todo su personal en la Seguridad Social, tener cubierto el riesgo de accidentes de trabajo, atenerse a lo dispuesto en los convenios de hostelería, y velar por el cumplimiento de la legislación vigente sobre prevención de riesgos laborales. Mensualmente deberá presentar dicha acreditación y que está al corriente en el pago de sus cotizaciones (Modelos TC1 y TC2). El personal que haya de realizar las funciones descritas en el presente pliego deberá recibir una correcta formación e información sobre las características especiales del lugar y la incidencia de su trabajo en el mismo. De manera especial, deberán formarse en los convenios programas relativos a la prevención de los riesgos laborales que les afecten en cada momentolas actividades propias de su trabajo puedan ocasionar. El adjudicatario será, a estos efectos, el único responsable de la citada formación y de adoptar cuantas medidas se consideren oportunas para llevar a cabo los citados programas de prevención.
11.2 7.10. El adjudicatario será responsable del aseo, presencia y comportamiento del personal a su servicio, recibiendo en estos aspectos las oportunas instrucciones por parte de la Dirección del Servicio, sin perjuicio de las acciones que pudieran derivarse y ser ejercidas respecto al acto cometido. También será responsable el contratista pondrá a disposición del contrato de los daños que este personal ocasione en el siguiente personal: ● Apoderado: con poder suficiente para tomar decisiones en todo lo que concierne al servicio sin que las mismas puedan verse afectada por falta mobiliario e instalaciones de capacidad decisoriala Cafetería, ya sea legal por negligencia o formal. Deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego. ● Técnico superior: titulado en ingeniería con acreditada experiencia en la conservación y entretenimiento de las instalaciones objeto de este pliego, el cual será responsable de las decisiones técnicas que deben ser tomadas en la prestación del servicio, y en los trabajos que ejecuten, sin que ellos afecte a las responsabilidades contractuales de la contrata. Será el contacto directo con los técnicos municipales y deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego, y deberá disponer de un teléfono móvil para su localizacióndolo, así como de dirección las sustracciones de correo electrónico. ● Técnico superior de calidad ambiental en interiores: titulado universitario con formación acreditada en calidad ambiental en interiores acorde a los requisitos de dicha normacualquier material, impartida valores y efecto que quede probado que ha sido efectuado por organismo de reconocido prestigiosu propio personal, capacitado que serán indemnizados por tanto para la realización de inspecciones de calidad ambiental en interiores (s/Norma UNE171330-2). ● 5 Oficiales de primera: especialistas en climatización, mantenimiento de piscinas e instalaciones eléctricasel contratista.
11.3 7.11. La Dirección General de Bienes Culturales se reserva el derecho a rechazar el personal que no reúna condiciones idóneas, estando obligado el adjudicatario a sustituirlo de forma inmediata y a mantener siempre el número prefijado de personas para el correcto funcionamiento de los servicios. Asimismo, se reserva el derecho a exigir al adjudicatario que prescinda del personal que no guarde la debida corrección con los usuarios, mantenga hábitos manifiestamente antihigiénicos o contravenga gravemente la regulación de régimen general e interior del Museo.
7.12. El personal adscrito al servicio y que prestarán sus preste servicios de forma permanente en las instalaciones de la Fundación será al menos de cuatro trabajadores oficiales de 1ª a jornada completa en régimen de turnos y un oficial de primera en régimen de turnos en media jornada. En horario en el Bar-Cafetería, deberá disponer, en su caso, del carné de manipulador de alimentos y recibir los convenientes cursos de formación, que necesariamente estarán los técnicos deberán ser renovados periódicamente de acuerdo con la normativa vigente, pudiendo ser solicitada su aportación por la Dirección del Servicio, en las dependencias municipales deportivas será de lunes a viernes de 7:30 a 22:00. En los fines de semana, el horario será de 8:30 a 20:00 los sábados y de 8:30 a 13:30 los domingos. Los fines de semana además de los técnicos en turno, al menos un técnico más, permanecerá xx xxxxxxx no presencial. Los técnicos adscritos al servicio, permanecerán en las instalaciones de la FDM, dotados de vehículo-taller equipado con herramienta, teléfono móvil y emisora, para solventar posibles averías y realizar de manera continuada los diferentes mantenimientos recogidos en este pliego. Las festividades nacionales, autonómicas, y locales, las instalaciones de la FDM permanecerán cerradas, excepto que por motivos de competición, eventos de cualquier tipo, así como por necesidades de operaciones de mantenimiento que deban realizarse con las instalaciones cerradas al públicomomento.
7.13. La empresa adjudicatariaAdministración pondrá en conocimiento del adjudicatario las deficiencias observadas, presentará indicándole las medidas que a la FDM un plan de turnos de los trabajadores que deberá su juicio deberán ser aprobado por esta Fundación en función de las necesidades reales de la mismatomadas.
11.4 Necesariamente este personal pertenecerá a 7.14. El Adjudicatario asumirá la plantilla del contratista. Por otro lado, el contratista decidirá cuantas personas obligación de cada oficio estarán presentes que en los distintos trabajos de mantenimiento incluidos en el contrato según la extensión o complejidad de los mismos, respetando en todo caso la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
11.5 En caso de huelgavacaciones, el contratista será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios. Así mismo el contratista se obliga a cubrir las ausencias de por enfermedad, bajas del personal con plena dedicación o media jornadau otras causas análogas, por bajas laborales, permisos o ausencias de cualquier naturaleza estas plazas deberán ser cubiertas de forma que se mantenga permanente permanentemente el número de personas de plantilla ofertadas.
7.15. De igual forma, y en plantilla ofertadarelación a lo establecido en la Circular 3/2012, de 2 de febrero, de la Dirección General de Función Pública y Calidad de los Servicios, respecto al personal afectado por el presente contrato se deben tener en cuenta las siguientes circunstancias: • No podrán formar parte del circulo rector y organizativo de la Administración, para lo cual no dependerán de ninguna unidad administrativa, debiendo organizar, dirigir y controlar por si mismos su trabajo. El contratista habilitará • No les será de aplicación el procedimiento que estime más conveniente con el fin Régimen Jurídico de informar previamente los empleados públicos, en especial los aspectos relativos al cumplimiento y control del horario, vacaciones, permisos y licencias u otros de análoga naturaleza. • No podrán formar parte de los Organigramas y Directorios de la Administración, no dispondrán de claves de acceso a la FDM de las ausencias y sustituciones que realice.
11.6 Como complemento a estos recursos humanos, el adjudicatario del contrato, deberá disponer de un equipo técnico para prestar apoyo a la FDM en la realización de informes y redacción de proyectos, si así se le requiere; indicando la composición, la especialización y la dotación de equipos que pone a disposición del contrato.
11.7 La facultad de control y dirección de los trabajadores así como la organización de los trabajos corresponde a la empresa adjudicataria. No obstante, con el fin de que estas actuaciones no repercutan negativamente en el funcionamiento global de los edificios el adjudicatario debe adoptar todas aquellas medidas necesarias para que su personal cumpla los siguientes requisitos:
a. Seguir las instrucciones de los responsables municipales del edificio, derivadas red interna de la programación de actividadesAdministración Regional, condiciones de funcionamiento o normas de régimen interior que ni se establezcan para este edificioles asignara login ni contraseña.
b. Realizar su actividad profesional con la máxima diligencia y corrección.
c. Utilizar la ropa de trabajo y uniformidad en perfecto estado de conservación y llevando visible una tarjeta de identificación personal.
d. Desempeñar sus funciones de acuerdo con la actual normativa legal de carácter técnico y la que pudiera producirse durante la vigencia del contrato, así como las recomendaciones técnicas propias de las instalaciones, pero organizando los trabajos de forma que no afecten o produzcan molestias en las actividades que se programen en este edificio. Debiendo adaptar el horario de sus intervenciones en caso necesario a las necesidades debidas a la programación de actividades en el edificio.
11.8 El personal que preste el servicio objeto del contrato, no adquirirá relación laboral alguna con la FDM, dado que el mismo depende única y exclusivamente de la de la empresa adjudicataria, la cual tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empresario respecto al citado personal con arreglo a la legislación laboral, sin que en ningún caso resulte para la FDM responsabilidad alguna derivada de las obligaciones nacidas entre el contratista y sus empleados, aún cuando los despidos y medidas que adopte xxxx como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del presente contrato.
11.9 En ningún momento la FDM se subrogará en las relaciones contractuales entre la empresa adjudicataria y el personal de la entidad ya sea por extinción de sociedad, quiebra, suspensión de pagos, o cualquier otra causa similar.
11.10 La empresa adjudicataria deberá remitir junto con la facturación mensual, los TC2 correspondientes a la plantilla de personal adscrito al servicio objeto de contratación, y presentarlo ante el responsable de la ejecución del contrato designado por la administración.
11.11 A efectos meramente informativos se adjunta como XXXXX XX, información facilitada por la actual contratista de los trabajadores que vienen prestando servicio a los efectos legales procedentes. Los datos que figuran en dicha relación quedan sometidos al régimen de protección previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, por lo que las empresas licitadoras deberán cumplir las obligaciones previstas en la mencionada norma.
Appears in 1 contract
Samples: Service Agreement
Personal. 11.1 El contratista dispondrá 5.1. La Contratista mantendrá en las instalaciones del equipo Club el personal adecuado para la correcta prestación de los servicios de restauración, durante todo el tiempo necesario para ello, ocupándose de organizar los turnos y refuerzos necesarios para dar un adecuado servicio en los momentos de mayor actividad. Asimismo se ocupará de dotarse del personal requerido en este apartado necesario para satisfacer adecuadamente las condiciones xxx xxxxxx y abonará sus retribuciones, incentivos, pagas extraordinarias, seguros sociales, etcétera, los cuales satisfarán en todo caso lo dispuesto en el servicio a la legislación vigente y los convenios que les afecten en cada momentocelebración de eventos.
11.2 5.2. El contratista pondrá a disposición del contrato personal que preste los servicios de restauración en el siguiente personal: ● Apoderado: con poder suficiente Club tendrá las cualificaciones profesionales y experiencia necesarias para tomar decisiones en todo lo que concierne al servicio sin que las mismas puedan verse afectada por falta de capacidad decisoria, ya sea legal o formal. Deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego. ● Técnico superior: titulado en ingeniería con acreditada experiencia en la conservación y entretenimiento de las instalaciones objeto de este pliego, el cual será responsable de las decisiones técnicas que deben ser tomadas en la mejor prestación del servicio, .
5.3. La Contratista designará a un encargado o jefe del servicio que será el responsable directo de todas las actividades y en los trabajos que ejecuten, sin que ellos afecte a las responsabilidades contractuales servicios de restauración y será el interlocutor inmediato de la contrata. Será Gerencia de el contacto directo con Club para todo lo relativo a los técnicos municipales y deberá asistirservicios, sin excusa, quedando obligado a seguir todas las reuniones a las observaciones que le emplace haga la FDM para tratar asuntos relativos al servicio Gerencia del Club dentro del ámbito de mantenimiento objeto las funciones de este pliego, control y deberá disponer coordinación propias de un teléfono móvil para su localización, así como de dirección de correo electrónico. ● Técnico superior de calidad ambiental en interiores: titulado universitario con formación acreditada en calidad ambiental en interiores acorde a los requisitos de dicha norma, impartida por organismo de reconocido prestigio, capacitado por tanto para la realización de inspecciones de calidad ambiental en interiores (s/Norma UNE171330-2). ● 5 Oficiales de primera: especialistas en climatización, mantenimiento de piscinas e instalaciones eléctricasesta relación contractual.
11.3 El personal adscrito al servicio y que prestarán sus servicios de forma permanente en las instalaciones de la Fundación será al menos de cuatro trabajadores oficiales de 1ª a jornada completa en régimen de turnos y un oficial de primera en régimen de turnos en media jornada. En horario en el que necesariamente estarán los técnicos en las dependencias municipales deportivas será de lunes a viernes de 7:30 a 22:00. En los fines de semana, el horario será de 8:30 a 20:00 los sábados y de 8:30 a 13:30 los domingos. Los fines de semana además de los técnicos en turno, al menos un técnico más, permanecerá xx xxxxxxx no presencial. Los técnicos adscritos al servicio, permanecerán en las instalaciones de la FDM, dotados de vehículo-taller equipado con herramienta, teléfono móvil y emisora, para solventar posibles averías y realizar de manera continuada los diferentes mantenimientos recogidos en este pliego. Las festividades nacionales, autonómicas, y locales, las instalaciones de la FDM permanecerán cerradas, excepto que por motivos de competición, eventos de cualquier tipo, así como por necesidades de operaciones de mantenimiento que deban realizarse con las instalaciones cerradas al público5.4. La empresa adjudicataria, presentará a la FDM un plan de turnos de los trabajadores que deberá ser aprobado por esta Fundación en función de las necesidades reales de la misma.
11.4 Necesariamente este personal pertenecerá a la plantilla del contratista. Por otro lado, el contratista decidirá cuantas personas de cada oficio estarán presentes en los distintos trabajos de mantenimiento incluidos en el contrato según la extensión o complejidad de los mismos, respetando en todo caso la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
11.5 En caso de huelga, el contratista será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios. Así mismo el contratista Contratista se obliga a cubrir las ausencias de personal con plena dedicación o media jornada, por bajas laborales, permisos o ausencias de cualquier naturaleza de forma que se mantenga permanente el número de personas en plantilla ofertada. El contratista habilitará el procedimiento que estime más conveniente con el fin de informar previamente a la FDM de las ausencias y sustituciones que realice.
11.6 Como complemento a estos recursos humanos, el adjudicatario del contrato, deberá disponer de un equipo técnico para prestar apoyo a la FDM en la realización de informes y redacción de proyectos, si así se le requiere; indicando la composición, la especialización y la dotación de equipos que pone a disposición del contrato.
11.7 La facultad de control y dirección de los trabajadores así como la organización de los trabajos corresponde a la empresa adjudicataria. No obstante, con el fin de que estas actuaciones no repercutan negativamente en el funcionamiento global de los edificios el adjudicatario debe adoptar todas aquellas medidas necesarias para que su personal cumpla los siguientes requisitos:
a. Seguir las instrucciones de los responsables municipales del edificio, derivadas de la programación de actividades, condiciones de funcionamiento o normas de régimen interior que se establezcan para este edificio.
b. Realizar su actividad profesional con la máxima diligencia y corrección.
c. Utilizar la ropa de trabajo y uniformidad en perfecto estado de conservación y llevando visible una tarjeta de identificación personal.
d. Desempeñar sus funciones de acuerdo con la actual normativa legal de carácter técnico y la que pudiera producirse mantener durante la vigencia del contratocontrato a D. Xxxxxx Xxxx Xxxxx como responsable de la cafetería de la planta baja, así como las recomendaciones técnicas propias debiendo desempeñar éste su trabajo en la referida cafetería durante el horario fijado por el Club. En caso de las instalacionescausar baja en la contratista el Xx. Xxxxx, pero organizando los trabajos de forma la persona que no afecten o produzcan molestias le sustituya deberá contar con el visto bueno del Club.
5.5. El Club podrá instar a la Contratista que retire del servicio en las actividades que se programen en este edificio. Debiendo adaptar instalaciones a cualquier trabajador que, a juicio del Club, no sea apto para el horario servicio por trato incorrecto a los clientes, desobediencia a las normas e instrucciones del servicio, incumplimiento de sus intervenciones en caso necesario a las necesidades debidas obligaciones o aspecto descuidado o impropio. La Contratista quedará obligada a la programación de actividades en el edificioinmediata sustitución del trabajador.
11.8 El 5.6. Todo el personal que preste los servicios de restauración será contratado por la Contratista y estará bajo su directo mando y control, siendo la Contratista la única responsable a todos los efectos legales, frente a los propios trabajadores, frente a las Administraciones competentes, y frente a terceros, del cumplimiento de todas las obligaciones como empresario y empleador de todo el servicio objeto del contratopersonal de restauración, no adquirirá relación laboral alguna con la FDMincluidas las de prevención de riesgos laborales en las dependencias donde preste los servicios.
5.7. La Contratista se compromete y obliga a mantener indemne a el Club de toda deuda, dado pasivo o responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, laboral, social o administrativa, que pudiera exigírsele a el mismo depende única y exclusivamente Club como consecuencia de la prestación de la empresa adjudicataria, la cual tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empresario respecto al citado personal con arreglo a la legislación laboral, sin que en ningún caso resulte para la FDM responsabilidad alguna derivada de las obligaciones nacidas entre el contratista y sus empleados, aún cuando los despidos y medidas que adopte xxxx como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del presente contrato.
11.9 En ningún momento la FDM se subrogará en las relaciones contractuales entre la empresa adjudicataria y servicios por el personal de la entidad ya sea Contratista. El Club podrá exigir a la Contratista el completo e inmediato pago directo de cualquier importe reclamado por extinción de sociedad, quiebra, suspensión de pagosdichos conceptos, o su inmediato reembolso si se hubiese abonado por el Club, así como los intereses de cualquier otra causa similarcantidad abonada y los daños y perjuicios que se hubieran podido originar de cualquier reclamación o responsabilidad.
11.10 La empresa adjudicataria deberá remitir junto con 5.8. A los efectos de lo previsto en las vigentes normas laborales y sociales, la facturación mensualContratista exhibe y facilita a el Club la documentación acreditativa de hallarse la Contratista dada de alta como empresario en la Seguridad Social, los TC2 correspondientes a la plantilla al corriente en el pago de personal adscrito al servicio objeto de contrataciónsalarios, y presentarlo ante el responsable cuotas de la ejecución del contrato designado por la administración.
11.11 A efectos meramente informativos se adjunta como XXXXX XX, información facilitada por la actual contratista de los trabajadores que vienen prestando servicio a los efectos legales procedentes. Los datos que figuran Seguridad Social y demás obligaciones sociales y al día en dicha relación quedan sometidos al régimen de protección previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, por lo que las empresas licitadoras deberán cumplir las obligaciones previstas en la mencionada normaal cumplimiento de medidas de prevención de riesgos laborales se refiere. Esta documentación se acompaña al presente contrato como Anexo nº 2.
Appears in 1 contract
Personal. 11.1 7.1 El Contratista deberá designar un Representante Técnico, el que se encargará de todas las cuestiones de carácter técnico y administrativo que se planteen durante la ejecución de la obra, así como en todas las gestiones de la misma índole que realice el Contratista, con respecto a la obra contratada. Cada vez que el Director de Obra lo considere necesario se dirigirá a dicho representante, a los efectos de realizar cualquier comunicación de carácter técnico y/o administrativo que deba hacerse al Contratista. La designación del representante técnico deberá ser aprobada por la Contratante. Si durante la ejecución de las obras la Contratante considera necesario requerir del Contratista la sustitución del Representante Técnico, podrá hacerlo y desde ese momento se entenderá que ha cesado en aquel cargo la persona que lo ocupaba, debiendo el Contratista designar de inmediato otro en su lugar, previa aprobación la Contratante.
7.2 Sin perjuicio de lo expresado en la cláusula anterior el Contratista deberá designar un Técnico Residente con capacidad para actuar en la dirección de las obras y con quien se entenderá directamente el Director de Xxxx. Las comunicaciones de carácter técnico y/o administrativo, que deban hacerse al Contratista podrán dirigirse a dicho técnico, quien en estas circunstancias, cumplirá las funciones del Representante Técnico. La designación del Técnico Residente deberá ser aprobada por la Contratante y será sustituido de inmediato toda vez que éste lo estime necesario para el mejor desarrollo de los trabajos. El Contratista deberá designar quien lo sustituya en los casos de ausencia temporaria del mismo, con la aprobación escrita del Director de Obra.
7.3 El Contratista deberá proporcionar y emplear en el emplazamiento: a) solamente aquellos auxiliares técnicos que posean pericia y experiencia en sus sectores respectivos, y aquellos, capataces y encargados que sean competentes para asegurar la debida supervisión de la obra y del trabajo del que se han de encargar, y b) aquella mano de obra capacitada, semi capacitada y no capacitada que sea necesaria para la debida ejecución de las obras en el plazo establecido. El Director de Obra estará facultado para expresar sus objeciones con respecto a toda persona, que por falta de respeto u obediencia al personal encargado de la inspección de las obras o por ineptitud o cualquier falta que perturbe o comprometa la marcha de los trabajos, debiendo el Contratista alejarlo de la obra. Toda persona que haya sido alejada de las obras deberá ser sustituida con la mayor brevedad posible por una persona competente aprobada por el Director de Obra.
7.4 Si el Director de Obra solicita al Contratista la remoción de un miembro del personal o de un integrante de la fuerza laboral del Contratista, indicando las causas que motivan el pedido, el Contratista se ocupará de que dicha persona se retire de la zona de las obras dentro de los 3 días siguientes y que no tenga ninguna otra participación en los trabajos relacionados con el contrato.
7.5 El contratista dispondrá deberá resolver por sí mismo todo lo requerido para el empleo de mano de obra, transporte, alojamiento, alimentación, suministro de agua potable, vestimenta de trabajo y pago de las remuneraciones correspondientes, según las normas vigentes.
7.6 El personal de la empresa deberá prestar sus servicios debidamente uniformado; perfectamente identificable, visible al tránsito en ruta y dotado con los elementos de seguridad exigidos en la materia.
7.7 El contratista deberá, contratar para la ejecución de las obras un mínimo equivalente al 5% (cinco por ciento) del equipo personal afectado a tareas de personal requerido peones o similares, a personas liberadas que se encuentren registradas en este apartado para satisfacer adecuadamente las condiciones xxx xxxxxx la Bolsa de Trabajo del Patronato Nacional de Encarcelados y abonará sus retribucionesLiberados, incentivos, pagas extraordinarias, seguros sociales, etcétera, los cuales satisfarán en todo caso de acuerdo a lo dispuesto en la legislación vigente Ley N° 17897 de 14 de septiembre de 2005 y los convenios que les afecten en cada momento.
11.2 El contratista pondrá a disposición del contrato el siguiente personal: ● Apoderado: con poder suficiente para tomar decisiones en todo lo que concierne al servicio sin que las mismas puedan verse afectada por falta su decreto reglamentario (Decreto 226/006 de capacidad decisoria, ya sea legal o formal. Deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio 14 de mantenimiento objeto julio de este pliego. ● Técnico superior: titulado en ingeniería con acreditada experiencia en la conservación y entretenimiento de las instalaciones objeto de este pliego, el cual será responsable de las decisiones técnicas que deben ser tomadas en la prestación del servicio, y en los trabajos que ejecuten, sin que ellos afecte a las responsabilidades contractuales de la contrata. Será el contacto directo con los técnicos municipales y deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego, y deberá disponer de un teléfono móvil para su localización2006), así como de dirección de correo electrónico. ● Técnico superior de calidad ambiental en interiores: titulado universitario con formación acreditada en calidad ambiental en interiores acorde a los requisitos de dicha norma, impartida por organismo de reconocido prestigio, capacitado por tanto la Ley Nº 18.516 para la realización distribución de inspecciones de calidad ambiental en interiores (s/Norma UNE171330-2). ● 5 Oficiales de primera: especialistas en climatización, mantenimiento de piscinas e instalaciones eléctricasobreros no especializados.
11.3 7.8 El personal adscrito Contratante, previo a la certificación de los trabajos, podrá exigir al servicio contratista la documentación que acredite el pago de salarios y que prestarán sus servicios de forma permanente en las instalaciones demás rubros emergentes de la Fundación será relación laboral así como los recaudos que justifiquen estar al menos de cuatro trabajadores oficiales de 1ª a jornada completa en régimen de turnos y un oficial de primera en régimen de turnos en media jornada. En horario en día con el que necesariamente estarán los técnicos en las dependencias municipales deportivas será de lunes a viernes de 7:30 a 22:00. En los fines de semana, el horario será de 8:30 a 20:00 los sábados y de 8:30 a 13:30 los domingos. Los fines de semana además de los técnicos en turno, al menos un técnico más, permanecerá xx xxxxxxx no presencial. Los técnicos adscritos al servicio, permanecerán en las instalaciones pago de la FDMpóliza contra accidentes de trabajos, dotados contribuciones de vehículo-taller equipado con herramienta, teléfono móvil y emisora, para solventar posibles averías y realizar de manera continuada los diferentes mantenimientos recogidos en este pliegoseguridad social. Las festividades nacionales, autonómicas, y locales, las instalaciones de la FDM permanecerán cerradas, excepto que por motivos de competición, eventos de cualquier tipo, así como por necesidades de operaciones de mantenimiento que deban realizarse con las instalaciones cerradas al público. La empresa adjudicataria, presentará a la FDM un plan de turnos empresas deberán aportar los datos de los trabajadores afectados a la contratación
7.9 La Contratante, podrá retener de los pagos debidos al contratista, los salarios a los que deberá ser aprobado tengan derecho los trabajadores de la empresa.
7.10 Si la Contratante o la Dirección de Obra, considera que el contratista ha incurrido en infracción a las normas, laudos o convenios colectivos vigentes dará cuenta a la Inspección General de Trabajo y de la Seguridad Social a efectos de que se realicen las inspecciones correspondientes. Si se constatasen dichos extremos el Contratista será sancionado en mérito a lo dispuesto por esta Fundación el artículo 289 de la Ley 15.903 en función la redacción dada por el artículo 412 de la Ley 16.736, sin perjuicio de las necesidades reales demás sanciones que pudieren aplicarse en virtud de la misma.
11.4 Necesariamente este personal pertenecerá a la plantilla del contratistacontratación. Por otro ladoSin perjuicio de las eventuales denuncias que puedan corresponder, el contratista decidirá cuantas personas de cada oficio estarán presentes en los distintos trabajos de mantenimiento incluidos en el contrato según la extensión o complejidad de los mismos, respetando en todo caso la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
11.5 En caso de huelga, el contratista Contratista será exclusivo responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios. Así mismo el contratista se obliga a cubrir por las ausencias de personal con plena dedicación o media jornada, por bajas laborales, permisos o ausencias de cualquier naturaleza de forma que se mantenga permanente el número de personas en plantilla ofertada. El contratista habilitará el procedimiento que estime más conveniente con el fin de informar previamente a la FDM obligaciones derivadas de las ausencias y sustituciones que realice.
11.6 Como complemento a estos recursos humanos, el adjudicatario del contrato, deberá disponer de un equipo técnico para prestar apoyo a la FDM en la realización de informes y redacción de proyectos, si así se le requiere; indicando la composición, la especialización y la dotación de equipos que pone a disposición del contrato.
11.7 La facultad de control y dirección de los trabajadores así como la organización de los trabajos corresponde a la empresa adjudicataria. No obstante, con el fin de que estas actuaciones no repercutan negativamente en el funcionamiento global de los edificios el adjudicatario debe adoptar todas aquellas medidas necesarias para que su personal cumpla los siguientes requisitos:
a. Seguir las instrucciones de los responsables municipales del edificio, derivadas de la programación de actividades, condiciones de funcionamiento o normas de régimen interior que se establezcan para este edificio.
b. Realizar su actividad profesional con la máxima diligencia y corrección.
c. Utilizar la ropa de trabajo y uniformidad en perfecto estado de conservación y llevando visible una tarjeta de identificación personal.
d. Desempeñar sus funciones de acuerdo con la actual normativa legal de carácter técnico y la que pudiera producirse durante la vigencia del contrato, así como las recomendaciones técnicas propias de las instalaciones, pero organizando los trabajos de forma que no afecten o produzcan molestias en las actividades que se programen en este edificio. Debiendo adaptar el horario de sus intervenciones en caso necesario a las necesidades debidas a la programación de actividades en el edificio.
11.8 El personal que preste el servicio objeto del contrato, no adquirirá relación laboral alguna con la FDM, dado que el mismo depende única y exclusivamente de la de la empresa adjudicataria, la cual tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empresario respecto al citado personal con arreglo a la legislación laboral, sin que en ningún caso resulte para la FDM responsabilidad alguna derivada de las obligaciones nacidas entre el contratista y sus empleados, aún cuando los despidos y medidas que adopte xxxx como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del presente contrato.
11.9 En ningún momento la FDM se subrogará en las relaciones contractuales entre la empresa adjudicataria y el personal de la entidad ya sea por extinción de sociedad, quiebra, suspensión de pagos, o cualquier otra causa similar.
11.10 La empresa adjudicataria deberá remitir junto con la facturación mensual, los TC2 correspondientes a la plantilla de personal adscrito al servicio objeto de contratación, y presentarlo ante el responsable de la ejecución del contrato designado por la administración.
11.11 A efectos meramente informativos se adjunta como XXXXX XX, información facilitada por la actual contratista de los trabajadores que vienen prestando servicio a los efectos legales procedentes. Los datos que figuran en dicha relación quedan sometidos al régimen de protección previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, por lo que las empresas licitadoras deberán cumplir las obligaciones previstas en la mencionada norma.ley 19.196
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Obra Pública
Personal. 11.1 El contratista dispondrá del equipo personal, plazo de personal requerido en este apartado ejecución, alcance y valor máximo para satisfacer adecuadamente las condiciones xxx xxxxxx y abonará sus retribuciones, incentivos, pagas extraordinarias, seguros sociales, etcétera, los cuales satisfarán en todo caso lo dispuesto en la legislación vigente y los convenios que les afecten en cada momento.
11.2 El contratista pondrá a disposición del contrato el siguiente personal: ● Apoderado: con poder suficiente para tomar decisiones en todo lo que concierne Contrato de Interventoría será determinado al servicio sin que las mismas puedan verse afectada por falta de capacidad decisoria, ya sea legal o formal. Deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego. ● Técnico superior: titulado en ingeniería con acreditada experiencia en la conservación y entretenimiento de las instalaciones objeto de este pliego, el cual será responsable de las decisiones técnicas que deben ser tomadas en la prestación del servicio, y en los trabajos que ejecuten, sin que ellos afecte a las responsabilidades contractuales de la contrata. Será el contacto directo con los técnicos municipales y deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego, y deberá disponer de un teléfono móvil para su localización, así como de dirección de correo electrónico. ● Técnico superior de calidad ambiental en interiores: titulado universitario con formación acreditada en calidad ambiental en interiores acorde a los requisitos de dicha norma, impartida por organismo de reconocido prestigio, capacitado por tanto para la realización de inspecciones de calidad ambiental en interiores (s/Norma UNE171330-2). ● 5 Oficiales de primera: especialistas en climatización, mantenimiento de piscinas e instalaciones eléctricas.
11.3 El personal adscrito al servicio y que prestarán sus servicios de forma permanente en las instalaciones de la Fundación será al menos de cuatro trabajadores oficiales de 1ª a jornada completa en régimen de turnos y un oficial de primera en régimen de turnos en media jornada. En horario en el que necesariamente estarán los técnicos en las dependencias municipales deportivas será de lunes a viernes de 7:30 a 22:00. En los fines de semana, el horario será de 8:30 a 20:00 los sábados y de 8:30 a 13:30 los domingos. Los fines de semana además de los técnicos en turno, al menos un técnico más, permanecerá xx xxxxxxx no presencial. Los técnicos adscritos al servicio, permanecerán en las instalaciones de la FDM, dotados de vehículo-taller equipado con herramienta, teléfono móvil y emisora, para solventar posibles averías y realizar de manera continuada los diferentes mantenimientos recogidos en este pliego. Las festividades nacionales, autonómicas, y locales, las instalaciones de la FDM permanecerán cerradas, excepto que por motivos de competición, eventos de cualquier tipo, así como por necesidades de operaciones de mantenimiento que deban realizarse con las instalaciones cerradas al público. La empresa adjudicataria, presentará a la FDM un plan de turnos de los trabajadores que deberá ser aprobado por esta Fundación en función de las necesidades reales de la misma.
11.4 Necesariamente este personal pertenecerá a la plantilla del contratista. Por otro lado, el contratista decidirá cuantas personas de cada oficio estarán presentes en los distintos trabajos de mantenimiento incluidos en el contrato según la extensión o complejidad de los mismos, respetando en todo caso la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
11.5 En caso de huelga, el contratista será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios. Así mismo el contratista se obliga a cubrir las ausencias de personal con plena dedicación o media jornada, por bajas laborales, permisos o ausencias de cualquier naturaleza de forma que se mantenga permanente el número de personas en plantilla ofertada. El contratista habilitará el procedimiento que estime más conveniente con el fin de informar previamente a la FDM de las ausencias y sustituciones que realice.
11.6 Como complemento a estos recursos humanos, el adjudicatario inicio del contrato, de acuerdo al alcance, personal, gastos administrativos, equipos y demás, requeridos para cada proyecto, los valores unitarios para estas actividades se tomaran de os valores unitarios tope establecidos por la UG-FFIE. El interventor deberá disponer solicitar y aprobar para la respectiva ejecución únicamente las hojas de vida y soportes (acta de grado, diploma, expedición de la tarjeta profesional si aplica, certificaciones laborales, cargo desempeñado, fecha de ingreso y fecha de retiro, % dedicación, expedidas por las entidades o empleadores) que acrediten la formación académica, experiencia general y específica, de los profesionales que se incluyeron en el alcance del costeo realizado por la UG-FFIE. Mencionados profesionales deben de cumplir con los requisitos establecidos en el presente documento. Posteriormente el supervisor de la UG-FFIE deberá proceder a efectuar la respectiva acta de aprobación del personal de interventoría para que sea suscrita con la interventoría. Cada proyecto deberá contar con sus respectivos pares, determinados en obra y viceversa interventoría. Un profesional podrá participar en más de un equipo técnico proyecto siempre y cuando este no se encuentre comprometido en más de un 100% de dedicación con los proyectos del FFIE u otras entidades. Producto de la revisión, el interventor deberá elaborar el acta de aprobación de hojas de vida y suscribirla conjuntamente con el contratista. La Interventoría es garante y responsable, de que el Contratista cumpla y ejecute el proyecto con calidad y cumpliendo a cabalidad con los lineamientos y normas técnicas vigentes. En consecuencia, La Interventoría deberá contar con el personal idóneo y especializado con las calidades técnicas y profesionales que se requieran para prestar apoyo a la FDM su ejecución tanto en la realización Fase 1, Fase 2 y Fase 3, de informes y redacción acuerdo con los perfiles mínimos exigidos en la normatividad actual, que apliquen a cada especialidad. Fase: 1 Pre - Construcción Cantidad Cargo para desempeñar Formación académica -Tiempo mínimo de expedición de la matricula profesional EXPERIENCIA A ACREDITAR Como/ En Requerimiento (Numero de proyectos, si así se le requiere; indicando ) 1 Coordinador de Interventoría Ingeniero Civil o Arquitecto o Constructor en Ingeniería y Arquitectura Coordinador o Gerente y/o director de proyectos que dentro de su objeto contemplen la composición, la especialización y la dotación interventoría a estudios y/o diseños para construcción o ampliación de equipos que pone a disposición del contrato.
11.7 edificaciones La facultad de control y dirección sumatoria de los trabajadores así contratos certificados deberá acreditar como mínimo un valor igual o superior a 2.0 veces el valor asignado de interventoría por parte de la organización UG-FFIE En un máximo de Cuatro (4) contratos certificados La dedicación del personal será la establecida en el costeo realizado por la UG-FFIE 1 Arquitecto de apoyo Arquitecto Interventor y/o Arquitect en proyectos que dentr de su objeto contemple la interventoría a estudios y/o diseños par construcción o ampliación de edificaciones La sumatoria de los trabajos corresponde contratos certificados deberá acreditar como mínimo un valor igual o superior a 2.0 veces el valor asignado de interventoría por parte de la empresa adjudicatariaUG-FFIE En un máximo de Cuatro (4) contratos certificados La dedicación del personal será la establecida en el costeo realizado por la UG-FFIE 1 Arquitecto Urbanista Profesional en arquitectura con posgrado en diseño urbano, o áreas de urbanismo Interventor y/o Arquitecto en proyectos que dentro de su objeto contemplen la La sumatoria de los contratos certificados deberá acreditar como mínimo un valor igual o superior a 2.0 veces el valor asignado de interventoría por parte de la UG-FFIE Cantidad Cargo para desempeñar Formación académica -Tiempo mínimo de expedición de la matricula profesional EXPERIENCIA A ACREDITAR Como/ En Requerimiento (Numero de proyectos) interventoría a proyectos de urbanismo en consultorías para construcción o ampliación de edificaciones En un máximo de Cuatro (4) contratos certificados La dedicación del personal será la establecida en el costeo realizado por la UG-FFIE 1 Especialista s en Estructura Ingeniero civil con posgrado en estructuras Interventor y/o ingeniero civil en proyectos que dentro de su objeto contemplen la interventoría a estudios y/o diseños para construcción o ampliación de edificaciones La sumatoria de los contratos certificados deberá acreditar como mínimo un valor igual o superior a 2.0 veces el valor asignado de interventoría por parte de la UG-FFIE En un máximo de Cuatro (4) contratos certificados La dedicación del personal será la establecida en el costeo realizado por la UG-FFIE 1 Especialista s en Riesgo/Geot ecnia Ingeniero Geotecnia o Geólogo o ingeniero Civil con posgrado en geotecnia Interventor o ingeniero civil o geólogo o especialista en Geotecnia en proyectos que dentro de su objeto contemplen la interventoría a estudios y/o diseños para construcción o ampliación de edificaciones La sumatoria de los contratos certificados deberá acreditar como mínimo un valor igual o superior a 2.0 veces el valor asignado de interventoría por parte de la UG-FFIE En un máximo de Cuatro (4) contratos certificados La dedicación del personal será la establecida en el costeo realizado por la UG-FFIE 1 Especialistas en Diseño Xxxxxxxxxxxxxx y de gas Ingeniero civil con posgrados relacionados con hidráulica Interventor o ingeniero Civil en proyectos que dentro de su objeto contemplen la interventoría a estudios y/o diseños para construcción o ampliación de edificaciones La sumatoria de los contratos certificados deberá acreditar como mínimo un valor igual o superior a 2.0 veces el valor asignado de interventoría por parte de la UG-FFIE En un máximo de Cuatro (4) contratos certificados La dedicación del personal será la establecida en el costeo realizado por la UG-FFIE Cantidad Cargo para desempeñar Formación académica -Tiempo mínimo de expedición de la matricula profesional EXPERIENCIA A ACREDITAR Como/ En Requerimiento (Numero de proyectos) 1 Especialista en Estudios Eléctricos Ingeniero Electricista o Eléctrico Interventor o ingeniero Electricista o Eléctrico en proyectos que dentro de su objeto contemplen la interventoría a estudios y/o diseños para construcción o ampliación de edificaciones La sumatoria de los contratos certificados deberá acreditar como mínimo un valor igual o superior a 2.0 veces el valor asignado de interventoría por parte de la UG-FFIE En un máximo de Cuatro (4) contratos certificados La dedicación del personal será la establecida en el costeo realizado por la UG-FFIE 1 Ingeniero Ambiental Ingeniero Ambiental o Ingeniero civil con posgrado en gestión ambiental o Arquitecto con posgrado en gestión ambiental Interventor o ingeniero Ambiental o ingeniero civil o Arquitecto en proyectos que dentro de su objeto contemplen la interventoría a estudios y/o diseños para construcción o ampliación de edificaciones La sumatoria de los contratos certificados deberá acreditar como mínimo un valor igual o superior a 2.0 veces el valor asignado de interventoría por parte de la UG-FFIE En un máximo de Cuatro (4) contratos certificados La dedicación del personal será la establecida en el costeo realizado por la UG-FFIE 1 Especialista en paisajismo Arquitecto con estudios de postgrado en paisajismo. Interventor y/o Arquitecto en proyectos que dentro de su objeto contemplen la interventoría a proyectos de urbanismo en consultorías para construcción o ampliación de edificaciones La sumatoria de los contratos certificados deberá acreditar como mínimo un valor igual o superior a 2.0 veces el valor asignado de interventoría por parte de la UG-FFIE En un máximo de Cuatro (4) contratos certificados La dedicación del personal será la establecida en el costeo realizado por la UG-FFIE 1 Especialista Bioclimática Arquitecto o Ingeniero civil o ingeniero ambiental con posgrado en desarrollo sostenible o Gestión y Evaluación Ambiental o sostenibilidad Interventor o Arquitecto o Ingeniero civil o ingeniero ambiental en proyectos que dentro de su objeto contemplen la interventoría a estudios y/o La sumatoria de los contratos certificados deberá acreditar como mínimo un valor igual o superior a 2.0 veces el valor asignado de interventoría por parte de la UG-FFIE En un máximo de Cuatro (4) contratos certificados Cantidad Cargo para desempeñar Formación académica -Tiempo mínimo de expedición de la matricula profesional EXPERIENCIA A ACREDITAR Como/ En Requerimiento (Numero de proyectos) de recursos o sostenibilidad ambiental o bioclimática o edificación sostenible diseños para construcción o ampliación de edificaciones La dedicación del personal será la establecida en el costeo realizado por la UG-FFIE 1 Profesional de Costos y Presupuesto s Ingeniero o Arquitecto Experiencia en interventoría de la elaboración de presupuestos, especificacione s y programacione s de obra para construcción o ampliación de edificaciones La sumatoria de los contratos certificados deberá acreditar como mínimo un valor igual o superior a 2.0 veces el valor asignado de interventoría por parte de la UG-FFIE En un máximo de Cuatro (4) contratos certificados La dedicación del personal será la establecida en el costeo realizado por la UG-FFIE 1 Profesional de apoyo Ingeniero Civil o Arquitecto o Constructor en Ingeniería y Arquitectura N/A La dedicación del personal será la establecida en el costeo realizado por la UG-FFIE 1 Abogado Abogado con Especialización y/o maestría en el área del derecho administrativo Abogado asesor jurídico en proyectos de construcción y/o ampliación de Edificaciones En un máximo de Cuatro (4) contratos certificados La dedicación del personal será la establecida en el costeo realizado por la UG-FFIE 1 Topógrafo Topógrafo o ingeniero topográfico Topógrafo o ingeniero topográfico En proyectos de construcción o ampliación de edificaciones En un máximo de Cuatro (4) contratos certificados La dedicación del personal será la establecida en el costeo realizado por la UG-FFIE El supervisor del contrato verificará que el personal profesional, técnico y asistencial presentado para la ejecución del contrato por parte de la INTERVENTORÍA, tenga por lo menos el porcentaje de dedicación mínima de disponibilidad en tiempo establecido en el costeo para la ejecución del contrato derivado del presente proceso. De acuerdo a lo indicado en el cuadro anterior, el personal contratado, deberá cumplir a cabalidad con las funciones propias de su cargo o desempeño en la interventoría contratada. La interventoría deberá tener en cuenta que los profesionales y personal enunciado en el cuadro anterior, deberá cumplir con todas y cada una de las obligaciones que sean de su competencia y resorte conforme las normas generales que regulan la materia, el objeto contratado y las indicaciones e instrucciones que le sean impartidas para el correcto cumplimiento del contrato suscrito. No obstante, con el fin las obligaciones generales de que estas actuaciones no repercutan negativamente en el funcionamiento global cada profesional serán las siguientes: • Coordinador de los edificios el adjudicatario debe adoptar todas aquellas medidas necesarias para que su personal cumpla los siguientes requisitos:
a. Seguir las instrucciones de los responsables municipales del edificio, derivadas interventoría: Encargado de la programación coordinación de actividades, condiciones de funcionamiento o normas de régimen interior que se establezcan para este edificio.
b. Realizar su actividad profesional con la máxima diligencia y corrección.
c. Utilizar la ropa de trabajo y uniformidad en perfecto estado de conservación y llevando visible una tarjeta de identificación personal.
d. Desempeñar sus funciones de acuerdo con la actual normativa legal de carácter técnico y la que pudiera producirse durante la vigencia del contrato, así como las recomendaciones técnicas propias de las instalaciones, pero organizando los trabajos de forma que no afecten o produzcan molestias interventoría a la consultoría de estudios y diseños. Al igual del cumplimiento de la programación, metodologías utilizadas en el desarrollo de la consultoría. Estar presente en las actividades que se programen reuniones y/o comités, en este edificiola toma de decisiones y cuando el PA-FFIE lo requiera. Debiendo adaptar el horario El director de sus intervenciones en caso necesario a las necesidades debidas a la programación de actividades en el edificio.
11.8 El personal que preste el servicio objeto del contrato, no adquirirá relación laboral alguna con la FDM, dado que el mismo depende única y exclusivamente de la de la empresa adjudicataria, la cual tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empresario respecto al citado personal con arreglo a la legislación laboral, sin que en ningún caso resulte para la FDM responsabilidad alguna derivada de las obligaciones nacidas entre el contratista y sus empleados, aún cuando los despidos y medidas que adopte xxxx como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del presente contrato.
11.9 En ningún momento la FDM se subrogará en las relaciones contractuales entre la empresa adjudicataria y el personal de la entidad ya sea por extinción de sociedad, quiebra, suspensión de pagos, o cualquier otra causa similar.
11.10 La empresa adjudicataria deberá remitir junto con la facturación mensual, los TC2 correspondientes a la plantilla de personal adscrito al servicio objeto de contratación, y presentarlo ante interventoría será el responsable de la ejecución verificación de las normas que apliquen en desarrollo de la consultoría. • Arquitecto de apoyo: Encargado entre otros de la revisión y aprobación de la normatividad vigente para infraestructura educativa establecida en el plan maestro de equipamientos urbanos. La revisión y aprobación de norma urbana y la revisión del contrato designado por la administración.
11.11 A efectos meramente informativos se adjunta como XXXXX XX, información facilitada por la actual contratista de los trabajadores que vienen prestando servicio a los efectos legales procedentes. Los datos que figuran en dicha relación quedan sometidos al régimen de protección previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, por lo que las empresas licitadoras deberán cumplir las obligaciones previstas en la mencionada norma.capítulo
Appears in 1 contract
Samples: Technical Assistance Contract
Personal. 11.1 28.1. El contratista dispondrá concesionario deberá disponer los medios humanos necesarios para asegurar un adecuado cumplimiento de todas las obligaciones asumidas y para garantizar un cumplimiento continuo, preciso y regular del equipo objeto del contrato, garantizando asimismo el cumplimiento de personal requerido las obligaciones que establezcan las disposiciones vigentes en este apartado para satisfacer adecuadamente las condiciones xxx xxxxxx materia laboral y abonará sus retribucionesde seguridad social. Como mínimo, incentivos, pagas extraordinarias, seguros sociales, etcétera, los cuales satisfarán en todo caso lo dispuesto en el concesionario deberá adscribir a la legislación vigente y los convenios que les afecten en cada momento.
11.2 El contratista pondrá a disposición ejecución del contrato el siguiente personal: ● Apoderado: personal previsto en el compromiso de adscripción de medios incluido en su oferta determinante de la adjudicación.
28.2. En caso de producirse una vacante en el personal incluido en el compromiso de adscripción de medios ofertado, de acuerdo con poder suficiente para tomar decisiones lo previsto en todo lo que concierne al servicio sin que las mismas puedan verse afectada por falta de capacidad decisoriael anexo III, ya sea legal o formalse procederá a su sustitución inmediata. Deberá asistirEl perfil del sustituto propuesto deberá adecuarse, sin excusacome mínimo, a las reuniones lo exigido en el compromiso de adscripción de medios o a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego. ● Técnico superior: titulado en ingeniería con acreditada experiencia lo incluido en la conservación oferta dimanante de la adjudicación.
28.3. En caso de manifiesta ineptitud o incapacidad para la ejecución de los trabajos objeto del contrato de algún miembro del equipo comprometido por el concesionario en su compromiso de adscripción de medios o en su oferta determinante de la adjudicación, el Órgano de Contratación podrá exigir al concesionario la sustitución del mismo a los efectos de la ejecución del presente contrato por otro trabajador cuyo perfil se adecue, como mínimo, a lo exigido en el compromiso de adscripción de medios o a lo incluido en la oferta dimanante de la adjudicación.
28.4. Este personal será contratado directamente por el concesionario y entretenimiento dependerá exclusivamente del mismo. La Administración contratante no asumirá ningún compromiso derivado de la relación que vincule al concesionario y al personal contratado por este, ni durante ni después de finalizada esa relación laboral, ni tras la finalización del contrato. La Administración no se subrogará en la posición del concesionario en los contratos de trabajo que pudiese haber concertado para el ejercicio de su actividad empresarial.
28.5. El concesionario deberá cumplir todas las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, de prevención de riesgos laborales y de obligaciones relativas a la seguridad y salud en el trabajo. El incumplimiento de estas obligaciones o la infracción de las instalaciones objeto disposiciones de este pliego, seguridad por parte del personal empleado no implicaran responsabilidad alguna para la Administración contratante.
28.6. El personal contratado por el cual será responsable concesionario gozará de las decisiones técnicas todos los derechos reconocidos en el Estatuto de los Trabajadores. El concesionario deberá respetar los mínimos contenidos en el Convenio Colectivo actualmente en vigor y de los sucesivos convenios que deben se alcancen.
28.7. La Administración no participará en negociaciones colectivas y la repercusión económica de los acuerdos alcanzados entre el concesionario y sus trabajadores deberá ser tomadas en la prestación del servicio, y en los trabajos que ejecutenasumida por este, sin que ellos afecte a las responsabilidades contractuales por ese motivo pueda reclamar ninguna compensación adicional por parte de la contrata. Será el contacto directo con los técnicos municipales y deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace Administración ni exigir la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego, y deberá disponer de un teléfono móvil para su localización, así como de dirección de correo electrónico. ● Técnico superior de calidad ambiental en interiores: titulado universitario con formación acreditada en calidad ambiental en interiores acorde a los requisitos de dicha norma, impartida por organismo de reconocido prestigio, capacitado por tanto para la realización de inspecciones de calidad ambiental en interiores (s/Norma UNE171330-2). ● 5 Oficiales de primera: especialistas en climatización, mantenimiento de piscinas e instalaciones eléctricasrevisión del equilibrio económico financiero.
11.3 El personal adscrito al servicio y que prestarán sus servicios de forma permanente en las instalaciones de la Fundación será al menos de cuatro trabajadores oficiales de 1ª a jornada completa en régimen de turnos y un oficial de primera en régimen de turnos en media jornada28.8. En horario en el que necesariamente estarán los técnicos en las dependencias municipales deportivas será de lunes a viernes de 7:30 a 22:00. En los fines de semana, el horario será de 8:30 a 20:00 los sábados y de 8:30 a 13:30 los domingos. Los fines de semana además de los técnicos en turno, al menos un técnico más, permanecerá xx xxxxxxx no presencial. Los técnicos adscritos al servicio, permanecerán en las instalaciones de la FDM, dotados de vehículo-taller equipado con herramienta, teléfono móvil y emisora, para solventar posibles averías y realizar de manera continuada los diferentes mantenimientos recogidos en este pliego. Las festividades nacionales, autonómicas, y locales, las instalaciones de la FDM permanecerán cerradas, excepto que por motivos de competición, eventos de cualquier tipo, así como por necesidades de operaciones de mantenimiento que deban realizarse con las instalaciones cerradas al público. La empresa adjudicataria, presentará a la FDM un plan de turnos de los trabajadores que deberá ser aprobado por esta Fundación en función de las necesidades reales de la misma.
11.4 Necesariamente este personal pertenecerá a la plantilla del contratista. Por otro lado, el contratista decidirá cuantas personas de cada oficio estarán presentes en los distintos trabajos de mantenimiento incluidos en el contrato según la extensión o complejidad de los mismos, respetando en todo caso la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
11.5 En caso de huelga, el contratista concesionario será responsable de garantizar la prestación de los servicios mínimos necesarios. Así mismo el contratista se obliga a cubrir las ausencias de personal con plena dedicación o media jornada, por bajas laborales, permisos o ausencias de cualquier naturaleza de forma que se mantenga permanente el número de personas en plantilla ofertada. El contratista habilitará el procedimiento que estime más conveniente con el fin de informar previamente a la FDM de las ausencias y sustituciones que realice.
11.6 Como complemento a estos recursos humanos, el adjudicatario del contrato, deberá disponer de un equipo técnico para prestar apoyo a la FDM en la realización de informes y redacción de proyectos, si así se le requiere; indicando la composición, la especialización y la dotación de equipos que pone a disposición del contrato.
11.7 La facultad de control y dirección de los trabajadores así como la organización de los trabajos corresponde a la empresa adjudicataria. No obstante, con el fin de que estas actuaciones no repercutan negativamente en el funcionamiento global de los edificios el adjudicatario debe adoptar todas aquellas medidas necesarias para que su personal cumpla los siguientes requisitos:
a. Seguir las instrucciones de los responsables municipales del edificio, derivadas de la programación de actividades, condiciones de funcionamiento o normas de régimen interior que se establezcan para este edificio.
b. Realizar su actividad profesional con por la máxima diligencia y corrección.
c. Utilizar la ropa de trabajo y uniformidad en perfecto estado de conservación y llevando visible una tarjeta de identificación personal.
d. Desempeñar sus funciones de acuerdo con la actual normativa legal de carácter técnico y la que pudiera producirse durante la vigencia del contrato, así como las recomendaciones técnicas propias de las instalaciones, pero organizando los trabajos de forma que no afecten o produzcan molestias en las actividades que se programen en este edificioAdministración. Debiendo adaptar el horario de sus intervenciones en caso necesario a las necesidades debidas a la programación de actividades en el edificio.
11.8 El personal que preste el servicio objeto del contrato, no adquirirá relación laboral alguna con la FDM, dado concesionario deberá garantizar que el mismo depende única y exclusivamente de la de la empresa adjudicataria, la cual tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empresario respecto al citado personal con arreglo a la legislación laboral, sin que en ningún caso resulte para la FDM responsabilidad alguna derivada cumplimiento de las obligaciones nacidas entre el contratista y sus empleados, aún cuando los despidos y medidas que adopte xxxx como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación asume a través del presente contrato.
11.9 En ningún momento contrato se realizará conforme a los servicios mínimos definidos por la FDM Administración, debiendo responder de todos los daños y perjuicios que se subrogará en las relaciones contractuales entre la empresa adjudicataria y el personal de la entidad ya sea por extinción de sociedad, quiebra, suspensión de pagos, o cualquier otra causa similar.
11.10 La empresa adjudicataria deberá remitir junto con la facturación mensual, los TC2 correspondientes le irroguen a la plantilla de personal adscrito al servicio objeto de contratación, y presentarlo ante el responsable de la ejecución del contrato designado Administración contratante por la administración.
11.11 A efectos meramente informativos se adjunta como XXXXX XX, información facilitada por la actual contratista un incumplimiento total o parcial de los trabajadores que vienen prestando servicio a los efectos legales procedentes. Los datos que figuran en dicha relación quedan sometidos al régimen de protección previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, por lo que las empresas licitadoras deberán cumplir las obligaciones previstas en la mencionada normamismos.
Appears in 1 contract
Samples: Concession Agreement
Personal. 11.1 El contratista dispondrá del equipo de personal requerido en este apartado para satisfacer adecuadamente las condiciones xxx xxxxxx y abonará sus retribuciones, incentivos, pagas extraordinarias, seguros sociales, etcétera, los cuales satisfarán en todo caso lo dispuesto en la legislación vigente y los convenios que les afecten en cada momento.
11.2 El contratista pondrá a disposición del contrato Contratista es el siguiente personal: ● Apoderado: con poder suficiente para tomar decisiones en todo lo que concierne al servicio sin que las mismas puedan verse afectada por falta de capacidad decisoria, ya sea legal o formal. Deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego. ● Técnico superior: titulado en ingeniería con acreditada experiencia en la conservación y entretenimiento de las instalaciones objeto de este pliego, el cual será único responsable de las decisiones técnicas que deben ser tomadas en la prestación del servicio, calidad y en los trabajos que ejecuten, sin que ellos afecte a las responsabilidades contractuales viabilidad de la contrata. Será el contacto directo con los técnicos municipales y deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego, y deberá disponer de un teléfono móvil para su localización, así como de dirección de correo electrónico. ● Técnico superior de calidad ambiental en interiores: titulado universitario con formación acreditada en calidad ambiental en interiores acorde a los requisitos de dicha norma, impartida por organismo de reconocido prestigio, capacitado por tanto para la realización de inspecciones de calidad ambiental en interiores (s/Norma UNE171330-2). ● 5 Oficiales de primera: especialistas en climatización, mantenimiento de piscinas e instalaciones eléctricas.
11.3 El personal adscrito al servicio y que prestarán sus servicios de forma permanente en las instalaciones de la Fundación será al menos de cuatro trabajadores oficiales de 1ª a jornada completa en régimen de turnos y un oficial de primera en régimen de turnos en media jornada. En horario en el que necesariamente estarán los técnicos en las dependencias municipales deportivas será de lunes a viernes de 7:30 a 22:00. En los fines de semana, el horario será de 8:30 a 20:00 los sábados y de 8:30 a 13:30 los domingos. Los fines de semana además ejecución de los técnicos en turno, al menos un técnico más, permanecerá xx xxxxxxx no presencial. Los técnicos adscritos al servicio, permanecerán en las instalaciones de la FDM, dotados de vehículo-taller equipado con herramienta, teléfono móvil y emisora, proyectos que el FFIE le asigne para solventar posibles averías y realizar de manera continuada los diferentes mantenimientos recogidos en este pliego. Las festividades nacionales, autonómicas, y locales, las instalaciones de la FDM permanecerán cerradas, excepto que por motivos de competición, eventos de cualquier tipo, así como por necesidades de operaciones de mantenimiento que deban realizarse con las instalaciones cerradas al público. La empresa adjudicataria, presentará a la FDM un plan de turnos de los trabajadores que deberá ser aprobado por esta Fundación en función de las necesidades reales de la misma.
11.4 Necesariamente este personal pertenecerá a la plantilla del contratista. Por otro ladoasegurar dicha calidad, el contratista decidirá cuantas personas deberá contar con el personal idóneo y especializado con las calidades técnicas y profesionales que se requieran para su ejecución tanto en la fase 1, fase 2 y fase 3, de acuerdo con los perfiles mínimos de las Normas que le apliquen a cada oficio estarán presentes en los distintos trabajos especialidad. Para el desarrollo del contrato marco por cada grupo el Contratista deberá funcionar con el siguiente personal de mantenimiento incluidos en acuerdo con el contrato según siguiente organigrama: Los equipos de diseño y de obra deberán poder trabajar varios proyectos simultáneamente. La experiencia y la extensión o complejidad dedicación del gerente de Contrato y de los mismos, respetando en todo caso Coordinadores deberá ser como mínimo la Ley siguiente: PERSONAL FIJO MINIMO REQUERIDO PARA LA EJECUCION DEL CONTRATO Cantidad Cargo a desempeñar Formación Académica EXPERIENCIA GENERAL Experiencia Específica % de Prevención de Riesgos Laborales.
11.5 En caso de huelga, el contratista será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios. Así mismo el contratista se obliga a cubrir las ausencias de personal con plena dedicación o media jornada, por bajas laborales, permisos o ausencias de cualquier naturaleza de forma que se mantenga permanente el número de personas en plantilla ofertada. El contratista habilitará el procedimiento que estime más conveniente con el fin de informar previamente a la FDM de las ausencias y sustituciones que realice.
11.6 Como complemento a estos recursos humanos, el adjudicatario del contrato, deberá disponer de un equipo técnico para prestar apoyo a la FDM en la realización duración total del contrato Como/En: Proyectos o años Requerimiento particular 1 Director general Profesional en las áreas de informes y redacción ingeniería, arquitectura, administración y/o ciencias económicas con estudios de posgrado en gerencia de proyectos, si así se le requiere; indicando gerencia de obra o MBA Gerencia de empresas constructoras 8 Años Haberse desempeñado en cargos de Dirección de en empresas del sector de la composición, la especialización construcción y/o Gerente de proyectos de infraestructura Mínimo 2 y la dotación de equipos que pone a disposición máximo 10 proyectos La sumatoria del contrato.
11.7 La facultad de control y dirección valor de los trabajadores así proyectos aportados debe ser ≥ al 20% del PEE, a la fecha de su terminación. Deberá acreditar como mínimo que uno de ellos sea en infraestructura de edificaciones. 100% Deberá estar presente en las reuniones y/o comités, en la organización toma de decisiones y cuando el FFIE lo requiera 1 Director técnico para fases 1,2 y 3 Ingeniero Civil o Arquitecto 6 Años Director y/o Coordinador de Consultoría de Diseños y/u obra para proyectos de, construcción y/o ampliación de proyectos de edificaciones Mínimo 2 y máximo 6 proyectos La sumatoria del valor de los trabajos corresponde proyectos aportados debe ser ≥ al 2% del PEE, a la empresa adjudicatariafecha de su terminación. No obstante100% Deberá estar presente en las reuniones y/o comités, con en la toma de decisiones y cuando el fin FFIE lo requiera 1 Director Financiero Economista y/o, Contador y/o, Administrador de que estas actuaciones no repercutan negativamente en el funcionamiento global de los edificios el adjudicatario debe adoptar todas aquellas medidas necesarias para que su personal cumpla los siguientes requisitos:
a. Seguir las instrucciones de los responsables municipales del edificio, derivadas de la programación de actividades, condiciones de funcionamiento Empresas 6 Años Director y/o normas de régimen interior que se establezcan para este edificio.
b. Realizar su actividad profesional con la máxima diligencia y corrección.
c. Utilizar la ropa de trabajo y uniformidad en perfecto estado de conservación y llevando visible una tarjeta de identificación personal.
d. Desempeñar sus funciones Coordinador financiero 4 años Deberá tener dedicación de acuerdo con la actual normativa legal carga de carácter técnico y la que pudiera producirse durante la vigencia del contrato, así como las recomendaciones técnicas propias de las instalaciones, pero organizando los trabajos de forma que no afecten o produzcan molestias en las actividades proyectos que se programen asignen Los que se requieran Xxxxxxxxxxx xx xxxxx 0, 0 x 0 (Xxxxxxxx xx xxxx) Ingeniero Civil y/o Arquitecto 6 Años Director y/o Coordinador de obra para proyectos de edificaciones 4 años NA 100% Cada coordinador deberá atender como máximo 10 proyectos 1 Coordinador de calidad, ambiental y seguridad industrial (XXXX) Ingeniero Civil y/o Arquitecto y/o Ingeniero industrial 6 Años Director y/o Coordinador XXXX en este edificio. Debiendo adaptar el horario proyectos de sus intervenciones en caso necesario a las necesidades debidas edificaciones 4 Deberá tener dedicación de acuerdo con la carga de proyectos que se asignen 1 Coordinador Administrativo Administrador de empresas y/o profesiones afines a la programación administración 4 años NA NA NA Deberá tener dedicación de actividades en el edificio.
11.8 El personal que preste el servicio objeto del contrato, no adquirirá relación laboral alguna acuerdo con la FDM, dado carga de proyectos que el mismo depende única y exclusivamente de la de la empresa adjudicataria, la cual tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empresario respecto al citado personal con arreglo a la legislación laboral, sin que en ningún caso resulte para la FDM responsabilidad alguna derivada de las obligaciones nacidas entre el contratista y sus empleados, aún cuando los despidos y medidas que adopte xxxx como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del presente contrato.
11.9 En ningún momento la FDM se subrogará en las relaciones contractuales entre la empresa adjudicataria y el personal de la entidad ya sea por extinción de sociedad, quiebra, suspensión de pagos, o cualquier otra causa similar.
11.10 La empresa adjudicataria deberá remitir junto con la facturación mensual, los TC2 correspondientes a la plantilla de personal adscrito al servicio objeto de contratación, y presentarlo ante el responsable de la ejecución del contrato designado por la administración.
11.11 A efectos meramente informativos se adjunta como XXXXX XX, información facilitada por la actual contratista de los trabajadores que vienen prestando servicio a los efectos legales procedentes. Los datos que figuran en dicha relación quedan sometidos al régimen de protección previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, por lo que las empresas licitadoras deberán cumplir las obligaciones previstas en la mencionada norma.asignen
Appears in 1 contract
Samples: Contrato Marco De Diseños, Estudios Técnicos Y Obra
Personal. 11.1 El contratista dispondrá del equipo de personal requerido en este apartado para satisfacer adecuadamente las condiciones xxx xxxxxx y abonará sus retribuciones, incentivos, pagas extraordinarias, seguros sociales, etcétera, los cuales satisfarán en todo caso lo dispuesto en la legislación vigente y los convenios que les afecten en cada momento.
11.2 El contratista pondrá a disposición del contrato el siguiente personal: ● Apoderado: con poder suficiente para tomar decisiones en todo lo que concierne al servicio sin que las mismas puedan verse afectada por falta de capacidad decisoria, ya sea legal o formal. Deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego. ● Técnico superior: titulado en ingeniería con acreditada experiencia en la conservación y entretenimiento de las instalaciones objeto de este pliego, el cual será responsable de las decisiones técnicas que deben ser tomadas en la prestación del servicio, y en los trabajos que ejecuten, sin que ellos afecte a las responsabilidades contractuales de la contrata. Será el contacto directo con los técnicos municipales y deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego, y deberá disponer de un teléfono móvil para su localización, así como de dirección de correo electrónico. ● Técnico superior de calidad ambiental en interiores: titulado universitario con formación acreditada en calidad ambiental en interiores acorde a los requisitos de dicha norma, impartida por organismo de reconocido prestigio, capacitado por tanto para la realización de inspecciones de calidad ambiental en interiores (s/Norma UNE171330-2). ● 5 Oficiales de primera: especialistas en climatización, mantenimiento de piscinas e instalaciones eléctricas.
11.3 El personal adscrito al servicio y que prestarán sus servicios de forma permanente en las instalaciones de la Fundación será al menos de cuatro trabajadores oficiales de 1ª a jornada completa en régimen de turnos y un oficial de primera en régimen de turnos en media jornada. En horario en el que necesariamente estarán los técnicos en las dependencias municipales deportivas será de lunes a viernes de 7:30 a 22:00. En los fines de semana, el horario será de 8:30 a 20:00 los sábados y de 8:30 a 13:30 los domingos3.1. Los fines Servicios serán desempeñados por personal de semana además de los técnicos en turno, al menos un técnico más, permanecerá xx xxxxxxx no presencial. Los técnicos adscritos al servicio, permanecerán en las instalaciones de la FDM, dotados de vehículo-taller equipado con herramienta, teléfono móvil y emisora, para solventar posibles averías y realizar de manera continuada los diferentes mantenimientos recogidos en este pliego. Las festividades nacionales, autonómicas, y locales, las instalaciones de la FDM permanecerán cerradas, excepto que por motivos de competición, eventos de cualquier tipo, así como por necesidades de operaciones de mantenimiento que deban realizarse con las instalaciones cerradas al público. La empresa adjudicataria, presentará a la FDM un plan de turnos de los trabajadores que deberá ser aprobado por esta Fundación en función de las necesidades reales de la misma.
11.4 Necesariamente este personal pertenecerá a la plantilla del contratista. Por otro lado, el contratista decidirá cuantas personas de cada oficio estarán presentes en los distintos trabajos de mantenimiento incluidos en el contrato según la extensión o complejidad de los mismos, respetando en todo caso la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
11.5 En caso de huelga, el contratista será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios. Así mismo el contratista se obliga a cubrir las ausencias de personal con plena dedicación o media jornada, por bajas laborales, permisos o ausencias de cualquier naturaleza de forma que se mantenga permanente el número de personas en plantilla ofertada. El contratista habilitará el procedimiento que estime más conveniente con el fin de informar previamente a la FDM de las ausencias y sustituciones que realice.
11.6 Como complemento a estos recursos humanos, el adjudicatario del contrato, deberá disponer de un equipo técnico para prestar apoyo a la FDM en la realización de informes y redacción de proyectos, si así se le requiere; indicando la composición, la especialización y la dotación de equipos que pone a disposición del contrato.
11.7 La facultad de control y dirección de los trabajadores así como la organización de los trabajos corresponde a la empresa adjudicataria. No obstante, con el fin de que estas actuaciones no repercutan negativamente en el funcionamiento global de los edificios el adjudicatario debe adoptar todas aquellas medidas necesarias para que su personal cumpla los siguientes requisitos:
a. Seguir las instrucciones de los responsables municipales del edificio, derivadas de la programación de actividades, condiciones de funcionamiento o normas de régimen interior que se establezcan para este edificio.
b. Realizar su actividad profesional con la máxima diligencia y corrección.
c. Utilizar la ropa de trabajo y uniformidad en perfecto estado de conservación y llevando visible una tarjeta de identificación personal.
d. Desempeñar sus funciones de acuerdo con la actual normativa legal de carácter técnico y la que pudiera producirse durante la vigencia del contrato, así como las recomendaciones técnicas propias de las instalaciones, pero organizando los trabajos de forma que no afecten o produzcan molestias en las actividades que se programen en este edificio. Debiendo adaptar el horario de sus intervenciones en caso necesario a las necesidades debidas a la programación de actividades en el edificio.
11.8 El personal que preste el servicio objeto del contrato, no adquirirá relación laboral alguna con la FDM, dado que el mismo depende única y exclusivamente de la de la empresa adjudicataria, la cual tendrá todos asume toda relación laboral y social con los derechos trabajadores así como toda responsabilidad que derive de la prestación del servicio, en cualquier ámbito sea penal, civil o administrativo.
3.2. El personal empleado por la empresa adjudicataria estará vinculado sólo con ella y obligaciones inherentes a su calidad de empresario respecto al citado personal con arreglo a la legislación laboral, sin que en ningún caso resulte con el Patronato de Deportes. Corresponde a la adjudicataria el cumplimiento de la Legislación Laboral, Convenio Colectivo aplicable, Seguridad y Salud en el Trabajo. Debiendo extremarse el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes.
3.3. La empresa adjudicataria dispondrá en todo momento del personal necesario para satisfacer adecuadamente las exigencias del contrato, debiendo garantizar la FDM responsabilidad alguna derivada cualificación e idoneidad técnica del personal, el cual estará en posesión de la titulación exigible en las disposiciones legales, para cada categoría profesional.
3.4. Como requisito previo al inicio del servicio, la empresa adjudicataria presentará al Patronato de Deportes el currículum de cada trabajador propuesto, titulaciones oficiales y experiencia en el puesto.
3.5. El Patronato de Deportes comunicará a la empresa contratista el incumplimiento de las obligaciones nacidas entre el contratista y sus empleados, aún cuando los despidos y medidas que adopte xxxx como consecuencia directa o indirecta laborales del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del presente contratopersonal contratado por ésta.
11.9 En ningún momento la FDM se subrogará en las relaciones contractuales entre la empresa adjudicataria y el personal de la entidad ya sea por extinción de sociedad, quiebra, suspensión de pagos, o cualquier otra causa similar.
11.10 3.6. La empresa adjudicataria deberá remitir junto facilitará con la facturación periodicidad mensual, un cuadrante donde se reflejen los TC2 correspondientes turnos de trabajo y nombre del personal en cada turno. El cómputo horario de trabajo por persona no excederá las horas legalmente establecidas. Del referido cuadrante quedará una copia en el centro de trabajo. El Patronato de Deportes se reserva el derecho de comprobar la veracidad de los datos remitidos.
3.7. La empresa adjudicataria garantizará la prestación continua del servicio, para ello dispondrá de un sistema de sustitución y reemplazo inmediato de personal, en caso de bajas por enfermedad, accidente u otras circunstancias. Es responsabilidad de la adjudicataria evitar el abandono del lugar de trabajo sin sustitución previa. Todo el personal asignado a la plantilla ejecución del servicio tendrá que ofrecer una imagen en esmeradas condiciones de higiene y correcta presentación. Debiendo estar obligados al uso de uniformidad, con ropa y calzado acorde a sus funciones. Las empresas deberán presentar en su oferta la relación de prendas que conformen el uniforme, color y características de los mismos y distintivos que la identifican, pudiendo aportar folletos donde aparezcan fotografías que lo documenten.
3.8. La empresa contratista presentará, antes del inicio de cada temporada, una propuesta de vestuario del personal adscrito al servicio objeto de contratación, y presentarlo ante el responsable de la ejecución del contrato designado por la administraciónservicio.
11.11 A efectos meramente informativos se adjunta como XXXXX XX, información facilitada por 3.9. Para la actual contratista correcta ejecución de los trabajadores que vienen prestando servicio a los efectos legales procedentesProgramas y Actividades del Patronato de Deportes, son necesarias las siguientes categorías profesionales:
3.10. Los datos que figuran en dicha relación quedan sometidos al régimen Funciones de protección previsto en la Ley Orgánica 15/1999, Monitor Deportivo de 13 Actividades Acuáticas.
3.11. Funciones de diciembre, Monitor Deportivo de Protección Actividades Específicas. 3.12.Funciones de datos de carácter personal, por lo que las empresas licitadoras deberán cumplir las obligaciones previstas en la mencionada normaSocorrista Acuático.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Services
Personal. 11.1 El contratista dispondrá del equipo Contratista es el único responsable de la calidad y viabilidad de ejecución de los Proyectos que el PA FFIE le asigne para asegurar dicha calidad. El Contratista deberá contar con el personal requerido en este apartado idóneo y especializado con las calidades técnicas y profesionales que se requieran para satisfacer adecuadamente las condiciones xxx xxxxxx y abonará sus retribuciones, incentivos, pagas extraordinarias, seguros sociales, etcétera, los cuales satisfarán en todo caso lo dispuesto su ejecución tanto en la legislación vigente fase 1, fase 2 y fase 3, de acuerdo con los convenios perfiles mínimos de las Normas que les afecten le apliquen a cada especialidad. Para el desarrollo del acuerdo marco por cada grupo el Contratista deberá funcionar con el siguiente personal de acuerdo con el siguiente organigrama:
a Los equipos de diseño y de obra deberán trabajar varios Proyectos de manera simultánea La experiencia y la dedicación del gerente de Contrato (Director General) y de los Coordinadores deberá ser como mínimo la siguiente: PERSONAL FIJO MÍNIMO REQUERIDO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO Cantidad Cargo a desempeñar Formación Académica EXPERIENCIA GENERAL Experiencia Específica % de dedicación en cada momento.
11.2 El contratista pondrá a disposición la duración total del contrato el siguiente personalComo/En: ● Apoderado: Proyectos o años Requerimiento particular 1 Director general Profesional en las áreas de ingeniería, arquitectura, administración y/o ciencias económicas con poder suficiente para tomar decisiones estudios de posgrado en todo lo que concierne gerencia de Proyectos y/o gerencia de obra 8 Años Haberse desempeñado en cargos de Dirección de en empresas del sector de la construcción y/o Gerente de Proyectos de infraestructura Mínimo 2 y máximo 10 Proyectos La sumatoria del valor de los Proyectos aportados debe ser ≥ al servicio sin que las mismas puedan verse afectada por falta 10% del PEE, a la fecha de capacidad decisoria, ya sea legal o formalsu terminación. Deberá asistiracreditar como mínimo que uno de ellos sea en infraestructura de edificaciones. 100% Deberá estar presente en las reuniones y/o comités, sin excusaen la toma de decisiones y cuando el FFIE lo requiera 1 Director técnico para fases 1,2 y 3 Ingeniero Civil o Arquitecto 6 Años Director y/o Coordinador de Consultoría de Diseños y/u obra para Proyectos de, construcción y/o ampliación de Proyectos de edificaciones Mínimo 2 y máximo 6 Proyectos La sumatoria del valor de los Proyectos aportados debe ser ≥ al 2% del PEE, a la fecha de su terminación. 100% Deberá estar presente en las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego. ● Técnico superior: titulado en ingeniería con acreditada experiencia y/o comités, en la conservación toma de decisiones y entretenimiento cuando el FFIE lo requiera 1 Director Financiero Economista y/o, Contador y/o, Administrador de las instalaciones objeto de este pliego, el cual será responsable de las decisiones técnicas que deben ser tomadas en la prestación del servicio, y en los trabajos que ejecuten, sin que ellos afecte a las responsabilidades contractuales de la contrata. Será el contacto directo con los técnicos municipales y deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego, y deberá disponer de un teléfono móvil para su localización, así como de dirección de correo electrónico. ● Técnico superior de calidad ambiental en interiores: titulado universitario con formación acreditada en calidad ambiental en interiores acorde a los requisitos de dicha norma, impartida por organismo de reconocido prestigio, capacitado por tanto para la realización de inspecciones de calidad ambiental en interiores (sEmpresas 6 Años Director y/Norma UNE171330-2). ● 5 Oficiales de primera: especialistas en climatización, mantenimiento de piscinas e instalaciones eléctricas.
11.3 El personal adscrito al servicio y que prestarán sus servicios de forma permanente en las instalaciones de la Fundación será al menos de cuatro trabajadores oficiales de 1ª a jornada completa en régimen de turnos y un oficial de primera en régimen de turnos en media jornada. En horario en el que necesariamente estarán los técnicos en las dependencias municipales deportivas será de lunes a viernes de 7:30 a 22:00. En los fines de semana, el horario será de 8:30 a 20:00 los sábados y de 8:30 a 13:30 los domingos. Los fines de semana además de los técnicos en turno, al menos un técnico más, permanecerá xx xxxxxxx no presencial. Los técnicos adscritos al servicio, permanecerán en las instalaciones de la FDM, dotados de vehículo-taller equipado con herramienta, teléfono móvil y emisora, para solventar posibles averías y realizar de manera continuada los diferentes mantenimientos recogidos en este pliego. Las festividades nacionales, autonómicas, y locales, las instalaciones de la FDM permanecerán cerradas, excepto que por motivos de competición, eventos de cualquier tipo, así como por necesidades de operaciones de mantenimiento que deban realizarse con las instalaciones cerradas al público. La empresa adjudicataria, presentará a la FDM un plan de turnos de los trabajadores que deberá ser aprobado por esta Fundación en función de las necesidades reales de la misma.
11.4 Necesariamente este personal pertenecerá a la plantilla del contratista. Por otro lado, el contratista decidirá cuantas personas de cada oficio estarán presentes en los distintos trabajos de mantenimiento incluidos en el contrato según la extensión o complejidad de los mismos, respetando en todo caso la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
11.5 En caso de huelga, el contratista será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios. Así mismo el contratista se obliga a cubrir las ausencias de personal con plena Coordinador financiero 4 años Deberá tener dedicación o media jornada, por bajas laborales, permisos o ausencias de cualquier naturaleza de forma que se mantenga permanente el número de personas en plantilla ofertada. El contratista habilitará el procedimiento que estime más conveniente con el fin de informar previamente a la FDM de las ausencias y sustituciones que realice.
11.6 Como complemento a estos recursos humanos, el adjudicatario del contrato, deberá disponer de un equipo técnico para prestar apoyo a la FDM en la realización de informes y redacción de proyectos, si así se le requiere; indicando la composición, la especialización y la dotación de equipos que pone a disposición del contrato.
11.7 La facultad de control y dirección de los trabajadores así como la organización de los trabajos corresponde a la empresa adjudicataria. No obstante, con el fin de que estas actuaciones no repercutan negativamente en el funcionamiento global de los edificios el adjudicatario debe adoptar todas aquellas medidas necesarias para que su personal cumpla los siguientes requisitos:
a. Seguir las instrucciones de los responsables municipales del edificio, derivadas de la programación de actividades, condiciones de funcionamiento o normas de régimen interior que se establezcan para este edificio.
b. Realizar su actividad profesional con la máxima diligencia y corrección.
c. Utilizar la ropa de trabajo y uniformidad en perfecto estado de conservación y llevando visible una tarjeta de identificación personal.
d. Desempeñar sus funciones de acuerdo con la actual normativa legal carga de carácter técnico y la que pudiera producirse durante la vigencia del contrato, así como las recomendaciones técnicas propias de las instalaciones, pero organizando los trabajos de forma que no afecten o produzcan molestias en las actividades Proyectos que se programen asignen Los que se requieran Xxxxxxxxxxx xx xxxxx 0, 0 x 0 (Xxxxxxxx xx xxxx) Ingeniero Civil y/o Arquitecto 6 Años Director y/o Coordinador de obra para Proyectos de edificaciones 4 años NA 100% Cada coordinador deberá atender como máximo 10 Proyectos 1 Coordinador de calidad, ambiental y seguridad industrial (XXXX) Arquitecto, ingeniero civil, ingeniero industrial, ingeniero forestal, entre otras dentro del campo de la ingeniería. 6 Años Director y/o Coordinador XXXX en este edificio. Debiendo adaptar el horario Proyectos de sus intervenciones en caso necesario a las necesidades debidas edificaciones 4 Deberá tener dedicación de acuerdo con la carga de Proyectos que se asignen 1 Coordinador Administrativo Administrador de empresas y/o profesiones afines a la programación administración 4 años NA NA NA Deberá tener dedicación de actividades acuerdo con la carga de Proyectos que se asignen Nota: Los títulos correspondientes a Especializaciones, Maestrías o Doctorados podrán ser homologados conforme lo establecido en el edificio.
11.8 El personal que preste Decreto 1785 de 2014. La fecha a partir de la cual se determinara el servicio objeto del contrato, no adquirirá relación laboral alguna con cumplimiento de la FDM, dado que el mismo depende única y exclusivamente de experiencia será la de la empresa adjudicataria, la cual tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad suscripción del Acta de empresario respecto al citado personal con arreglo a la legislación laboral, sin que en ningún caso resulte para la FDM responsabilidad alguna derivada de las obligaciones nacidas entre el contratista y sus empleados, aún cuando los despidos y medidas que adopte xxxx como consecuencia directa o indirecta Inicio del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del presente contratoContrato Xxxxx.
11.9 En ningún momento la FDM se subrogará en las relaciones contractuales entre la empresa adjudicataria y el personal de la entidad ya sea por extinción de sociedad, quiebra, suspensión de pagos, o cualquier otra causa similar.
11.10 La empresa adjudicataria deberá remitir junto con la facturación mensual, los TC2 correspondientes a la plantilla de personal adscrito al servicio objeto de contratación, y presentarlo ante el responsable de la ejecución del contrato designado por la administración.
11.11 A efectos meramente informativos se adjunta como XXXXX XX, información facilitada por la actual contratista de los trabajadores que vienen prestando servicio a los efectos legales procedentes. Los datos que figuran en dicha relación quedan sometidos al régimen de protección previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, por lo que las empresas licitadoras deberán cumplir las obligaciones previstas en la mencionada norma.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato Marco De Diseños, Estudios Técnicos Y Obra
Personal. 11.1 El contratista dispondrá del equipo de personal requerido en este apartado centro concertado tendrá los recursos humanos necesarios, con la adecuada formación y entrenamiento, para satisfacer adecuadamente las condiciones xxx xxxxxx y abonará sus retribuciones, incentivos, pagas extraordinarias, seguros sociales, etcétera, los cuales satisfarán una correcta asistencia en todo caso lo dispuesto en momento a los pacientes. Se indicará claramente la legislación vigente distribución de los turnos de hemodiálisis y los convenios el número máximo de pacientes que les afecten podrían ser atendidos en cada momento.
11.2 El contratista pondrá a disposición del contrato el siguiente personal: ● Apoderado: con poder suficiente para tomar decisiones en todo lo que concierne al servicio sin que las mismas puedan verse afectada por falta de capacidad decisoria, ya sea legal o formal. Deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego. ● Técnico superior: titulado en ingeniería con acreditada experiencia en la conservación y entretenimiento de las instalaciones objeto de este pliego, el cual será responsable de las decisiones técnicas que deben ser tomadas en la prestación del servicio, y en los trabajos que ejecuten, sin que ellos afecte a las responsabilidades contractuales de la contrata. Será el contacto directo con los técnicos municipales y deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego, y deberá disponer de un teléfono móvil para su localizaciónturno, así como el personal adscrito a cada uno de dirección los turnos. La jornada de correo electrónicoservicio deberá indicarse por el ofertante, de forma que sea objeto de valoración en el concurso. ● Técnico superior El personal podrá ejercer sus funciones, de calidad ambiental acuerdo a la organización que presente la empresa. El personal mínimo necesario se basa en interiores: titulado universitario con formación acreditada en calidad ambiental en interiores acorde a los las referencias Guía de Centros de Hemodiálisis de la S.E.N y normativa de la Comunidad de Madrid de requisitos de dicha norma, impartida personal para los centros de diálisis. La autenticidad de este documento se puede comprobar en xxx.xxxxxx.xxx/xxx mediante el siguiente código seguro de verificación: 1239549707031697741551 • Facultativos especialistas en Nefrología. Deberá garantizarse el control de cada turno por organismo un nefrólogo titulado y en cualquier caso deberá haber al menos uno de reconocido prestigio, capacitado por tanto para presencia física durante la realización de inspecciones la sesión de calidad ambiental hemodiálisis. La proporción de pacientes en interiores (stratamiento en hemodiálisis respecto al número de nefrólogos no superara la proporción 40 a uno. • Diplomados o graduados en Enfermería. Será necesario un diplomado/Norma UNE171330-2)graduado en enfermería por cada 4 puestos de diálisis en funcionamiento y ocupados o fracción. ● 5 Oficiales de primera: especialistas Debiendo contar el centro con 2 diplomados/graduados en climatización, mantenimiento de piscinas e instalaciones eléctricas.
11.3 enfermería al menos por turno y unidad. • El personal adscrito sanitario no facultativo debe poseer formación específica en el área de Nefrología y experiencia acreditada en hemodiálisis de al servicio menos tres meses. Será válida la formación en hemodiálisis en forma de Master y otros cursos debidamente acreditados. Esta formación puede ser impartida por la propia empresa adjudicataria, en base a programas de formación previamente establecidos, y debidamente acreditados. • Técnicos Medios Sanitarios en Cuidados Auxiliares de Enfermería en número de uno siempre que prestarán sus servicios el número de forma permanente enfermos en las instalaciones tratamiento simultáneo fuera igual o inferior a 10; cuando éste fuera rebasado se atenderá a la proporción de un AE por cada 8 pacientes simultáneamente ocupados por turno. Independientemente de la Fundación será al menos proporción de cuatro trabajadores oficiales los distintos profesionales en función del número de 1ª a jornada completa pacientes que se establece en régimen de turnos y un oficial de primera en régimen de turnos en media jornada. En horario en el que necesariamente estarán los técnicos en las dependencias municipales deportivas será de lunes a viernes de 7:30 a 22:00. En los fines de semanaeste apartado, el horario será de 8:30 a 20:00 centro deberá proveer los sábados recursos humanos necesarios, con la adecuada formación y de 8:30 a 13:30 los domingos. Los fines de semana además de los técnicos en turno, al menos un técnico más, permanecerá xx xxxxxxx no presencial. Los técnicos adscritos al servicio, permanecerán en las instalaciones de la FDM, dotados de vehículo-taller equipado con herramienta, teléfono móvil y emisoraentrenamiento, para solventar posibles averías y realizar de manera continuada una correcta asistencia en todo momento a los diferentes mantenimientos recogidos en este pliego. Las festividades nacionales, autonómicas, y locales, las instalaciones de la FDM permanecerán cerradas, excepto que por motivos de competición, eventos de cualquier tipo, así como por necesidades de operaciones de mantenimiento que deban realizarse con las instalaciones cerradas al públicopacientes. La empresa adjudicataria, adjudicataria presentará a la FDM un plan programa de los turnos de diálisis lo más adaptado posible al ritmo de vida normal de los trabajadores que deberá ser aprobado por esta Fundación pacientes. Los turnos se programarán en función de las necesidades reales que sea posible 3 sesiones mínimo semanales por paciente. Atención psicológica y apoyo social. Debido al carácter crónico de la misma.
11.4 Necesariamente este personal pertenecerá insuficiencia renal crónica, a los pacientes en hemodiálisis se les ofrecerá apoyo psicológico y de trabajadores sociales La existencia de estos profesionales en la Unidad concertada será valorable como mejora en la oferta asistencial. En el momento de la puesta en funcionamiento del Centro, deberá entregarse a la plantilla Gerencia del contratista. Por otro ladoHospital de referencia, el contratista decidirá cuantas personas de cada oficio estarán presentes en los distintos trabajos de mantenimiento incluidos en el contrato según la extensión o complejidad de los mismos, respetando en todo caso la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
11.5 En caso de huelga, el contratista será responsable de garantizar los servicios mínimos necesarios. Así mismo el contratista se obliga a cubrir las ausencias de personal con plena dedicación o media jornada, por bajas laborales, permisos o ausencias de cualquier naturaleza de forma que se mantenga permanente el número de personas en plantilla ofertada. El contratista habilitará el procedimiento que estime más conveniente con el fin de informar previamente a la FDM de las ausencias y sustituciones que realice.
11.6 Como complemento a estos recursos humanos, el adjudicatario del contrato, deberá disponer de un equipo técnico para prestar apoyo a la FDM en la realización de informes y redacción de proyectos, si así se le requiere; indicando la composición, la especialización y la dotación de equipos que pone a disposición del contrato.
11.7 La facultad de control y dirección de los trabajadores así como la organización de los trabajos corresponde a la empresa adjudicataria. No obstante, con el fin de que estas actuaciones no repercutan negativamente en el funcionamiento global de los edificios el adjudicatario debe adoptar todas aquellas medidas necesarias para que su personal cumpla los siguientes requisitos:
a. Seguir las instrucciones de los responsables municipales del edificio, derivadas de la programación de actividades, condiciones de funcionamiento o normas de régimen interior que se establezcan para este edificio.
b. Realizar su actividad profesional con la máxima diligencia y corrección.
c. Utilizar la ropa de trabajo y uniformidad en perfecto estado de conservación y llevando visible una tarjeta de identificación personal.
d. Desempeñar sus funciones de acuerdo con la actual normativa legal de carácter técnico y la que pudiera producirse durante la vigencia del contrato, así como las recomendaciones técnicas propias de las instalaciones, pero organizando los trabajos de forma que no afecten o produzcan molestias en las actividades que se programen en este edificio. Debiendo adaptar el horario de sus intervenciones en caso necesario a las necesidades debidas a la programación de actividades en el edificio.
11.8 El personal que preste el servicio objeto del contrato, no adquirirá relación laboral alguna con la FDM, dado que el mismo depende única y exclusivamente de la de la empresa adjudicataria, la cual tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empresario respecto al citado personal con arreglo a la legislación laboral, sin que en ningún caso resulte para la FDM responsabilidad alguna derivada de las obligaciones nacidas entre el contratista y sus empleados, aún cuando los despidos y medidas que adopte xxxx como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del presente contrato.
11.9 En ningún momento la FDM se subrogará en las relaciones contractuales entre la empresa adjudicataria y el personal de la entidad ya sea por extinción de sociedad, quiebra, suspensión de pagos, o cualquier otra causa similar.
11.10 La empresa adjudicataria deberá remitir junto con la facturación mensual, los TC2 correspondientes a la plantilla de personal adscrito al Centro; con indicación de nombre y apellidos, vinculación laboral y categoría profesional. Cualquier modificación respecto a esta primera relación, deberá ser notificada a la Gerencia indicada en el plazo más breve posible. Entre el personal adscrito al servicio, deberá nombrarse la figura de Coordinador/Gerente/Responsable de Centro. La empresa adjudicataria contará con un servicio objeto de contratación, atención al usuario El centro se responsabiliza de prestar consejo dietético y presentarlo ante el responsable mantener programas de educación en hábitos de vida adecuados a su patología. La disponibilidad de un nutricionista adscrito a la ejecución del contrato designado por la administración.
11.11 A efectos meramente informativos se adjunta Unidad de hemodiálisis será valorable como XXXXX XX, información facilitada por la actual contratista de los trabajadores que vienen prestando servicio a los efectos legales procedentes. Los datos que figuran en dicha relación quedan sometidos al régimen de protección previsto mejora en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, por lo que las empresas licitadoras deberán cumplir las obligaciones previstas en la mencionada normaoferta asistencial.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Hemodialysis Services
Personal. 11.1 El contratista dispondrá Para la prestación del equipo de personal requerido en este apartado para satisfacer adecuadamente las condiciones xxx xxxxxx y abonará sus retribucionesservicio la entidad adjudicataria deberá disponer, incentivoscomo mínimo, pagas extraordinarias, seguros sociales, etcétera, los cuales satisfarán en todo caso lo dispuesto en la legislación vigente y los convenios que les afecten en cada momento.
11.2 El contratista pondrá a disposición del contrato el siguiente personal: ● Apoderado: con poder suficiente para tomar decisiones en todo lo - Responsable del Servicio (RS): La entidad adjudicataria nombrará entre el personal monitor una persona que concierne al servicio sin que las mismas puedan verse afectada por falta será la responsable de capacidad decisoria, ya sea legal o formal. Deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego. ● Técnico superior: titulado en ingeniería con acreditada experiencia en la conservación y entretenimiento coordinación de las instalaciones objeto de este pliego, el cual será responsable de las decisiones técnicas que deben ser tomadas en la prestación del servicio, y en los trabajos que ejecuten, sin que ellos afecte a las responsabilidades contractuales actividades e interlocutora directa de la contrataentidad con el personal técnico del Servicio de Deportes a todos los efectos relativos a la Campaña de actividades náuticas. Será el contacto directo con los técnicos municipales y deberá asistir, sin excusa, a las reuniones a las que le emplace la FDM para tratar asuntos relativos al servicio de mantenimiento objeto de este pliego, y deberá disponer Dispondrá de un teléfono móvil para su localización, así como de contacto directo y de una dirección de correo electrónicoelectrónico habilitada, durante el tiempo de duración de la campaña. ● Técnico superior Mantendrá durante las horas de calidad ambiental en interiores: titulado universitario servicio y durante el horario de trabajo del personal técnico responsable de la campaña (se concretará), una localización continua que permita el contacto con formación acreditada en calidad ambiental en interiores acorde el responsable a fin de subsanar imprevistos. Esta persona será nombrada entre el personal monitor de las actividades náuticas, haciendo compatible las tareas de coordinación con los requisitos de dicha normaimpartición de actividad, impartida por organismo asegurando el cumplimiento de reconocido prestigio, capacitado por tanto para sus obligaciones y la realización de inspecciones de calidad ambiental en interiores (s/Norma UNE171330-2). ● 5 Oficiales de primera: especialistas en climatización, mantenimiento de piscinas e instalaciones eléctricascorrecta prestación del servicio.
11.3 El 1. Titulación: Contará con la capacitación técnica específica en alguna de la modalidades deportivas náuticas que se incluyen en la campaña.
2. Experiencia: Contará con una experiencia mínima de 2 años en la coordinación de programas deportivos que incluyan cursos de iniciación y/o actividades relacionadas directamente con modalidades deportivas náuticas.
3. Funciones: Realizará las siguientes funciones: o Impartirá los cursos / actividades asignadas como el resto del personal adscrito al servicio monitor, cumpliendo con las mismas obligaciones que éste. o Garantizará el correcto desarrollo de todas las funciones y que prestarán sus servicios obligaciones de forma permanente la entidad adjudicataria dentro de la campaña. o Estará presente en las instalaciones donde se desarrollan las actividades de la Fundación será al menos campaña durante el tiempo en que se realicen las mismas. o Dirigirá, controlará y supervisará el correcto desarrollo de cuatro trabajadores oficiales de 1ª a jornada completa en régimen de turnos y un oficial de primera en régimen de turnos en media jornada. En horario las tareas por el personal monitor en el desarrollo de sus funciones, y les asistirá en caso de dudas, problemáticas y/o incidencias que necesariamente estarán pudieran surgir. o Será la interlocutora directa y única entre la entidad y el personal técnico del Servicio de Deportes responsable de la campaña. o Accederá vía web a los técnicos listados de participantes y se los remitirá al personal monitor de las actividades para el control de asistencias. o Asistirá a las reuniones programadas por el Servicio de Deportes o que se convoquen por este último con la finalidad de información, control y/o seguimiento de la campaña (frecuencia mínima semanal). o Enviará y presentará al Servicio de Deportes, en las dependencias municipales deportivas será fechas, formatos y vías establecidas, toda la documentación de lunes las actividades definida en las obligaciones del servicio, o toda aquella que pueda ser solicitada por el Servicio de Deportes para el correcto desarrollo de la campaña. - Personal monitor: Se requerirá personal monitor especialista para cada una de las modalidades incluidas en la campaña, tanto en las actividades del campus como en los cursos de iniciación (ver Anexo 4 – Requisitos del personal). El personal deberá cumplir los siguientes requisitos: Capacitación técnica: se acreditará mediante una de las siguientes 4 posibilidades:
1. Certificación profesional específica.
2. Formación general en materia deportiva complementada con formación específica en las modalidades objeto del contrato y experiencia en dichas modalidades:
a. Formación general en materia deportiva: - Titulación de Técnico/a viernes en Animación de 7:30 Actividades Físicas y Deportivas o superior. - Nivel I o superior de las distintas formaciones del Régimen Especial o del Periodo Transitorio.
b. Formación específica homologada de 65 horas teóricas y 100 horas de práctica como mínimo. Estas horas de prácticas podrán suplirse con 200 horas de experiencia demostrable como monitor/a 22:00de estas actividades en los últimos 5 años.
c. Experiencia demostrable de 200 horas como monitor/a de estas actividades en los últimos 5 años.
3. Formación específica y experiencia:
a. Formación específica homologada (mínimo 65 horas teóricas y 100 horas de prácticas. Estas horas de prácticas podrán suplirse con 250 horas de experiencia demostrable como monito/a de estas actividades en los últimos 5 años.)
b. Experiencia demostrable de 250 horas como monitor/a de estas actividades en los últimos 5 años.
4. Experiencia: experiencia demostrable de 300 horas como monitor/a de estas actividades en los últimos 5 años. Capacitación lingüística en euskera: En los fines de semanalas modalidades en que así se requiera (ver Anexo 4 – Requisitos del personal), el horario será personal monitor deberá tener la capacidad para comunicarse e impartir los contenidos de 8:30 a 20:00 los sábados y de 8:30 a 13:30 los domingos. Los fines de semana además de los técnicos las actividades tanto en turnocastellano como en euskera, al menos un técnico más, permanecerá xx xxxxxxx no presencial. Los técnicos adscritos al servicio, permanecerán en las instalaciones de la FDM, dotados de vehículo-taller equipado con herramienta, teléfono móvil y emisora, para solventar posibles averías y realizar de manera continuada los diferentes mantenimientos recogidos en este pliego. Las festividades nacionales, autonómicas, y locales, las instalaciones de la FDM permanecerán cerradas, excepto que por motivos de competición, eventos de cualquier tipo, así como por necesidades de operaciones de mantenimiento que deban realizarse con las instalaciones cerradas al público. La empresa adjudicataria, presentará a la FDM un plan de turnos de los trabajadores que deberá ser aprobado por esta Fundación en función de las necesidades reales personas participantes. El personal del que disponga la entidad para la campaña deberá asistir a una sesión formativa previa a las actividades (primera quincena xx xxxxx) donde se impartirán estrategias para fomentar el uso del euskera entre las personas participantes. Esta sesión será impartida por el Servicio de Euskera del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz. - Preparar los contenidos, recursos materiales y didácticos necesarios para el desarrollo de la misma.
11.4 Necesariamente este personal pertenecerá actividad, previo a la plantilla del contratistamisma. Por otro lado- Impartir los contenidos de la actividad asignada adecuando los mismos al nivel de las personas participantes, garantizará el contratista decidirá cuantas personas de cada oficio estarán presentes en los distintos trabajos de mantenimiento incluidos en correcto desarrollo y el contrato según la extensión o complejidad cumplimiento de los mismos, respetando en todo caso objetivos planteados (según el programa de la Ley actividad y las fichas de Prevención sesión). - Recoger los listados de Riesgos Laborales.
11.5 En caso inscripción entregados por la persona responsable del servicio y realizará el control de huelga, el contratista será responsable de garantizar los servicios mínimos necesariosasistencias. Así mismo el contratista se obliga a cubrir las ausencias de personal con plena dedicación o media jornada, - Velar por bajas laborales, permisos o ausencias de cualquier naturaleza de forma que se mantenga permanente el número de personas en plantilla ofertada. El contratista habilitará el procedimiento que estime más conveniente con el fin de informar previamente a la FDM seguridad de las ausencias personas participantes, garantizando la correcta utilización del equipamiento y sustituciones que realice.
11.6 Como complemento a estos recursos humanos, el adjudicatario del contrato, deberá disponer de un equipo técnico para prestar apoyo a la FDM en la realización de informes y redacción de proyectos, si así se le requiere; indicando la composición, la especialización y la dotación de equipos que pone a disposición del contrato.
11.7 La facultad de control y dirección de los trabajadores así como la organización de los trabajos corresponde a la empresa adjudicataria. No obstante, con el fin de que estas actuaciones no repercutan negativamente en el funcionamiento global de los edificios el adjudicatario debe adoptar todas aquellas medidas necesarias para que su personal cumpla los siguientes requisitos:
a. Seguir las instrucciones de los responsables municipales del edificio, derivadas de la programación de actividades, condiciones de funcionamiento o normas de régimen interior que se establezcan para este edificio.
b. Realizar su actividad profesional con la máxima diligencia y corrección.
c. Utilizar la ropa de trabajo y uniformidad en perfecto estado de conservación y llevando visible una tarjeta de identificación personal.
d. Desempeñar sus funciones de acuerdo con la actual normativa legal de carácter técnico y la que pudiera producirse durante la vigencia del contratomateriales, así como las recomendaciones técnicas propias el óptimo estado de los mismos al inicio y final de las instalacionesactividades. - Evaluar el desarrollo de las actividades y la consecución de los objetivos planteados, pero organizando los trabajos de forma que no afecten o produzcan molestias y lo registrará en las actividades que se programen fichas de evaluación habilitadas al efecto. - Repartir y recoger las encuestas entre las personas participantes en este edificiola actividad. Debiendo adaptar el horario de sus intervenciones - Prestar asistencia a las personas participantes en caso necesario de accidente y dará aviso urgente para su traslado de urgencia a las necesidades debidas un centro sanitario. - Comunicar a la programación persona responsable del servicio cualquier tipo de actividades incidencia detectada y/o comunicada por las personas participantes, dejando constancia de la misma en la ficha de evaluación. El número de monitores/as y horas de servicio requeridas se detallan en el edificioAnexo 2 – Programa de actividades.
11.8 El personal que preste el servicio objeto del contrato, no adquirirá relación laboral alguna con la FDM, dado que el mismo depende única y exclusivamente de la de la empresa adjudicataria, la cual tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empresario respecto al citado personal con arreglo a la legislación laboral, sin que en ningún caso resulte para la FDM responsabilidad alguna derivada de las obligaciones nacidas entre el contratista y sus empleados, aún cuando los despidos y medidas que adopte xxxx como consecuencia directa o indirecta del cumplimiento, incumplimiento, rescisión o interpretación del presente contrato.
11.9 En ningún momento la FDM se subrogará en las relaciones contractuales entre la empresa adjudicataria y el personal de la entidad ya sea por extinción de sociedad, quiebra, suspensión de pagos, o cualquier otra causa similar.
11.10 La empresa adjudicataria deberá remitir junto con la facturación mensual, los TC2 correspondientes a la plantilla de personal adscrito al servicio objeto de contratación, y presentarlo ante el responsable de la ejecución del contrato designado por la administración.
11.11 A efectos meramente informativos se adjunta como XXXXX XX, información facilitada por la actual contratista de los trabajadores que vienen prestando servicio a los efectos legales procedentes. Los datos que figuran en dicha relación quedan sometidos al régimen de protección previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, por lo que las empresas licitadoras deberán cumplir las obligaciones previstas en la mencionada norma.
Appears in 1 contract
Samples: Contract for Services