PERSONALIDAD. Es una sociedad anonIma de capital variable cuyo objeto es la Administración portuaria integral de Mazatlán, lo cual acredita con la copia de la escritura pública, del 00 xx xxxxx xx 0000, xxxxxx xxxx xx xx xxx xxxxxxx No.153 Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx de la ciudad de México, Distrito Federal cuyo primer testimonio se inscribió en la Sección del Registro Público de la Propiedad de Mazatlán, Sinaloa, bajo el Núm. 177 volumen CXIII del libro No.3.
PERSONALIDAD. El presente Acuerdo se formaliza y se otorga en atención a la personalidad de cada una de las partes, por lo que no podrá ser cedido sin el consentimiento expreso y por escrito de ambas partes.
PERSONALIDAD. A).- “EL GOBIERNO” manifiesta que la Oficialía Mayor Xxx Xxxxx Ejecutivo Estatal, está facultada para operar las adquisiciones, arrendamientos y servicios de las dependencias de la Administración Pública Estatal, conforme al artículo 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de San Xxxx Potosí, así como los numerales 1, 2 y 3 fracción IV 6 y 7 fracciones XIX y XXI del Reglamento Interior del de la Oficialía Mayor del Poder Ejecutivo del Estado, es facultad de la Oficialía Mayor la tramitación legal y tramitación de asunto relativos a la adquisición de bienes, así como la contratación de arrendamientos y servicios de cualquier naturaleza, así como en el ejercicio de las atribuciones que competen al Director de Compras, previstas en los artículos 7, 27 fracc. XII del reglamento interior de la Oficialía Mayor del Poder Ejecutivo, artículo 6 de la Ley De Adquisiciones para el Estado de San Xxxx Potosí en concordancia al numeral 9 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, señalado como domicilio para todos los efectos a que hubiera lugar, el ubicado en la xxxxx Xxxxxxxx Xx 000, xxxxxxx Xxxxxxxxxxxxx, xx xxxx xxxxxx xxxxxxx.
PERSONALIDAD. LAS PARTES CONTRATANTES SE RECONOCEN MUTUA Y RECÍPROCAMENTE LA PERSONALIDAD QUE SE OSTENTA PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR.
PERSONALIDAD. Es una e mpresa c onstituida m ediante la escritura pública número 31159 del 00 xx xxxxx xx 0000, xxxx xx xx del c. Lic. J orge Xxxxxxx Xxxxxxx C ordero X xxxxx xxxxxxx xxxxxxx xxxxxx 000, xxx xxxxxxxxx xx xx xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, e inscrita en el registro público de la propiedad y de comercio en la ciudad de Los Mochis, Sinaloa, bajo el número 106 del libro 727 de sociedades y poderes de fecha 8 de septiembre de 1994.
PERSONALIDAD. Es una empresa constituida mediante la escritura pública número , ante la xx xxx xxxxxxx público número , Lic. , en la ciudad de , estado de , e inscrita en el registro público de la propiedad y de comercio en la ciudad de , Estado de , bajo el número de folio mercantil electrónico No. de fecha de del año .
PERSONALIDAD. A).- “EL GOBIERNO” MANIFIESTA QUE LA OFICIALÍA MAYOR DEL PODER EJECUTIVO ESTATAL, ESTÁ FACULTADA PARA OPERAR LAS ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DE LAS DEPENDENCIAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL, CONFORME AL ARTÍCULO 41 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ. EL EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES DEL OFICIAL MAYOR, ESTÁN PREVISTAS EN LOS ARTÍCULOS 5 Y 6 FRACCIÓN XVIII Y FRACCIÓN XXVII DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA OFICIALÍA MAYOR DEL PODER EJECUTIVO ESTATAL Y 6° DE LA LEY DE ADQUISICIONES DEL ESTADO DE SAN XXXX POTOSÍ. SEÑALA COMO DOMICILIO PARA TODOS LOS EFECTOS A QUE HUBIERA LUGAR, EL UBICADO EN LA XXXXX XXXXXXXX Xx 000, XXXXXXX XXXXXXXXXXXXX, X.X. 78250, EN ESTA CIUDAD CAPITAL.
PERSONALIDAD. Está representada legalmente en este acto por el Lic. Xxxxxx Xxxxxxx de la Barquera Xxxxx, Gerente de Administración y Finanzas y apoderado legal, personalidad que acredita con la escritura pública número 26,332 (veintiséis mil trecientos treinta y dos) de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xxxxxx xxxx xx xx del Licenciado Xxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, Notario Público número 1 de la Ciudad y Puerto de Manzanillo, Colima, mediante la cual se le confirió poder para actos de administración, con facultades suficientes para el otorgamiento del presente contrato, las cuales no le han sido revocadas ni modificadas en forma alguna.
PERSONALIDAD. El presente acuerdo está otorgado en consideración a la persona de los contratantes, no pudiendo ser en consecuencia ni subrogado ni cedido.
PERSONALIDAD. Las partes se reconocen mutua y recíprocamente la personalidad con que suscriben el presente ACUERDO XXXXX para todos los efectos legales y contractuales a que haya lugar.