Plazo de garantía y responsabilidad por vicios ocultos. 27.1.- Sin perjuicio de la responsabilidad decenal establecida en el artículo 1591 del Código Civil, así como de la responsabilidad civil prevista en el artículo 17 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (en su caso), y de las garantías previstas en el artículo 19 apartado 1, letras b) y c) de la mencionada Ley, el plazo de garantía del presente contrato no será inferior al señalado en el apartado 9 del Cuadro Resumen de Características, o en su caso el resultante del contrato formalizado y comenzará a contar a partir de la recepción del mismo, ya sea total o parcial. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx 27.2.- Durante el primer año del plazo de garantía, el contratista queda obligado a su xxxxx a la conservación y guardería de las obras, siendo responsable de los daños que en ella se produzcan, salvo que expresamente sea relevado de tal obligación por la Administración, por haber sido entregadas al uso o al servicio correspondiente las obras objeto del contrato. Asimismo, y en las mismas circunstancias, el contratista vendrá obligado a conservar en su caso las obras de jardinería incluidas en el contrato, realizando a tales efectos y para su debido desarrollo los cuidados, riegos, trabajos y reposiciones que sean necesarios. 27.3.- Antes de la finalización del plazo de garantía la Administración podrá requerir al contratista la subsanación de los defectos observados, concediéndole un plazo para ello y quedando, en este caso, en suspenso el plazo de garantía hasta que por parte de la empresa se haya efectuado la subsanación de conformidad para la Administración. 27.4.- De conformidad con lo establecido en el artículo 244 de la LCSP, si la obra se arruina con posterioridad 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F a la expiración del plazo de garantía por vicios ocultos de la construcción, debido a incumplimiento del contrato por parte del contratista, responderá éste de los daños y perjuicios durante el término de quince años, a contar desde la recepción. Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 45071IDDOC28F66F64BC9CD7643BE
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Plazo de garantía y responsabilidad por vicios ocultos. PUESTO DE TRABAJO: Secretario General de Gobierno
27.1.- Sin perjuicio de la responsabilidad decenal establecida en el artículo 1591 del Código Civil, así como de la responsabilidad civil prevista en el artículo 17 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (en su caso), y de las garantías previstas en el artículo 19 apartado 1, letras b) y c) de la mencionada Ley, el plazo de garantía del presente contrato no será inferior al señalado en el apartado 9 del Cuadro Resumen de Características, o en su caso el resultante del contrato formalizado y comenzará a contar a partir de la recepción del mismo, ya sea total o parcial. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx.
27.2.- Durante el primer año del plazo de garantía, el contratista queda obligado a su xxxxx a la conservación y guardería de las obras, siendo responsable de los daños que en ella se produzcan, salvo que expresamente sea relevado de tal obligación por la Administración, por haber sido entregadas al uso o al servicio correspondiente las obras objeto del contrato. Asimismo, y en las mismas circunstancias, el contratista vendrá obligado a conservar en su caso las obras de jardinería incluidas en el contrato, realizando a tales efectos y para su debido desarrollo los cuidados, riegos, trabajos y reposiciones que sean necesarios.
27.3.- Antes de la finalización del plazo de garantía la Administración podrá requerir al contratista la subsanación de los defectos observados, concediéndole un plazo para ello y quedando, en este caso, en suspenso el plazo de garantía hasta que por parte de la empresa se haya efectuado la subsanación de conformidad para la Administración.. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx
27.4.- De conformidad con lo establecido en el artículo 244 de la LCSP, si la obra se arruina con posterioridad 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F a la expiración del plazo de garantía por vicios ocultos de la construcción, debido a incumplimiento del contrato por parte del contratista, responderá éste de los daños y perjuicios durante el término de quince años, a contar desde la recepción. Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 45071IDDOC28F66F64BC9CD7643BE.
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Samples: Contrato De Obras, Contrato De Obras
Plazo de garantía y responsabilidad por vicios ocultos. 27.1.- Sin perjuicio de la responsabilidad decenal establecida en el artículo 1591 del Código Civil, así como de la responsabilidad civil prevista en el artículo 17 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (en su caso), y de las garantías previstas en el artículo 19 apartado 1, letras b) y c) de la mencionada LeyEdificación, el plazo de garantía del presente contrato no será inferior al señalado el fijado en el apartado 9 del Cuadro Resumen de Características, o en su caso el resultante del contrato formalizado anexo I y comenzará a contar a partir de la recepción del mismo, ya sea total o parcial. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx
27.2.- Durante el primer año del plazo de garantía, garantía el contratista queda obligado a su xxxxx a la conservación y guardería de las obras, siendo responsable de los daños que en ella se produzcan, salvo que expresamente sea relevado de tal obligación por la Administraciónel Ayuntamiento xx Xxxxxxx, por haber sido entregadas al uso o al servicio correspondiente las obras objeto del contrato. Asimismo, y en las mismas circunstancias, el contratista vendrá obligado a conservar en su caso las obras de jardinería incluidas en el contrato, realizando a tales efectos y para su debido desarrollo los cuidados, riegos, trabajos y reposiciones que sean necesarios.
27.3.- . Antes de la finalización del plazo de garantía la Administración garantía, el Ayuntamiento xx Xxxxxxx podrá requerir al contratista la subsanación de los defectos observados, concediéndole un plazo para ello ello, y quedando, en este caso, en suspenso el plazo de garantía hasta que por parte de la empresa se haya efectuado la subsanación de conformidad para la Administración.
27.4.- . De conformidad con lo establecido en el artículo 244 de la LCSP, 236 del TRLCSP si la obra se arruina con posterioridad 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F a la expiración del plazo de garantía por vicios ocultos de la construcción, debido a al incumplimiento del contrato por parte del contratista, responderá éste de los daños y perjuicios durante el término de quince años, a contar desde la recepción. Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 45071IDDOC28F66F64BC9CD7643BE.
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Plazo de garantía y responsabilidad por vicios ocultos. 27.1.- Sin perjuicio de la responsabilidad decenal establecida en el artículo 1591 del Código Civil, así como de la responsabilidad civil prevista en el artículo 17 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (en su casoL.O.E.), y de las garantías previstas en el artículo 19 apartado 1, letras b) y c) de la mencionada Ley, el plazo de garantía del presente contrato no será inferior al señalado el fijado en el apartado 9 del Cuadro Resumen de Característicasanexo I, o en su caso el resultante del contrato formalizado y comenzará a contar a partir de la recepción del mismo, ya sea total o parcial, ó en su caso, el ofertado por el contratista. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx
27.2.- Durante el primer año del plazo de garantía, el contratista queda obligado a su xxxxx a la conservación y guardería de las obras, siendo responsable de los daños que en ella se produzcan, salvo que expresamente sea relevado de tal obligación por la AdministraciónMOVEX, por haber sido entregadas al uso o al servicio correspondiente las obras objeto del contrato. Asimismo, y en las mismas circunstancias, el contratista vendrá obligado a conservar en su caso las obras de jardinería incluidas en el contrato, realizando a tales efectos y para su debido desarrollo los cuidados, riegos, trabajos y reposiciones que sean necesarios.
27.3.- . Antes de la finalización del plazo de garantía la Administración MOVEX podrá requerir al contratista la subsanación de los defectos observados, concediéndole un plazo para ello ello, y quedando, en este caso, en suspenso el plazo de garantía hasta que por parte de la empresa se haya efectuado la subsanación de conformidad para la Administración.
27.4.- MOVEX. De conformidad con lo establecido en el artículo 244 219 de la LCSP, si la obra se arruina con posterioridad 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F a la expiración del plazo de garantía por vicios ocultos de la construcción, debido a al incumplimiento del contrato por parte del contratista, responderá éste de los daños y perjuicios durante el término de quince años, a contar desde la recepción. Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 45071IDDOC28F66F64BC9CD7643BE.
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Samples: Construction Contract
Plazo de garantía y responsabilidad por vicios ocultos. 27.1.- Sin perjuicio de la responsabilidad decenal establecida en el artículo 1591 del Código Civil, así como de la responsabilidad civil prevista en el artículo 17 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (en su casoLOE.), y de las garantías previstas en el artículo 19 apartado 1, letras b) y c) de la mencionada Ley, el plazo de garantía de la obra del presente contrato no será inferior al señalado en el apartado 9 del Cuadro Resumen de CaracterísticasUN (1) AÑO, o en su caso el resultante del contrato formalizado y comenzará a contar a partir de la recepción del mismo, ya sea total o parcial. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx
27.2.- Durante el primer año del plazo de garantía, el contratista queda obligado a su xxxxx a la conservación y guardería guarda de las obras, siendo responsable de los daños que en ella se produzcan, salvo que expresamente sea relevado de tal obligación por la Administración, por haber hayan sido entregadas al uso o al servicio correspondiente las obras objeto del contrato. Asimismo, y en las mismas circunstancias, el contratista vendrá obligado a conservar en su caso las obras de jardinería incluidas en el contrato, realizando a tales efectos y para su debido desarrollo los cuidados, riegos, trabajos y reposiciones que sean necesarios.
27.3.- Antes de la finalización del plazo de garantía la Administración el Ayuntamiento podrá requerir al contratista la subsanación de los defectos observados, concediéndole un plazo para ello ello, y quedando, en este caso, en suspenso el plazo de garantía hasta que por parte de la empresa se haya efectuado la subsanación de conformidad para la Administración.
27.4.- el Ayuntamiento. De conformidad con lo establecido en el artículo 244 de la LCSP, si la obra se arruina o sufre deterioros graves incompatibles con su función con posterioridad 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F a la expiración del plazo de garantía por vicios ocultos de la construcción, debido a incumplimiento del contrato por parte del contratista, responderá éste de los daños y perjuicios durante el término de quince años, a contar desde la recepción. Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 45071IDDOC28F66F64BC9CD7643BE.
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Samples: Contract for Public Works
Plazo de garantía y responsabilidad por vicios ocultos. 27.1.- Sin perjuicio de la responsabilidad decenal establecida en el artículo 1591 del Código Civil, así como de la responsabilidad civil prevista en el artículo 17 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación (en su casoL.O.E.), y de las garantías previstas en el artículo 19 apartado 1, letras b) y c) de la mencionada Ley, el plazo de garantía del presente contrato no será inferior al señalado el fijado en el apartado 9 ANEXO Nº 2 del Cuadro Resumen de CaracterísticasPresente Pliego, o en su caso el resultante del contrato formalizado y comenzará a contar a partir de la recepción del mismo, ya sea total o parcial. NOMBRE: Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx
27.2.- Durante el primer año del plazo de garantía, el contratista queda obligado a su xxxxx a la conservación y guardería de las obras, siendo responsable de los daños que en ella se produzcan, salvo que expresamente sea relevado de tal obligación por la Administraciónel C.B.P.C., por haber sido entregadas al uso o al servicio correspondiente las obras objeto del contrato. Asimismo, y en las mismas circunstancias, el contratista vendrá queda obligado a conservar en su caso las obras de jardinería incluidas en el contrato, realizando a tales efectos y para su debido desarrollo los cuidados, riegos, trabajos y reposiciones que sean necesarios.
27.3.- . Antes de la finalización del plazo de garantía la Administración del C.B.P.C. podrá requerir al contratista la subsanación de los defectos observados, concediéndole un plazo para ello ello, y quedando, en este caso, en suspenso el plazo de garantía hasta que por parte de la empresa se haya efectuado la subsanación de conformidad para la Administración.
27.4.- . De conformidad con lo establecido en el artículo 244 219 de la LCSP, si la obra se arruina con posterioridad 8E35540F7A7DD953E5CC472E8214CF3E4DCA507F a la expiración del plazo de garantía por vicios ocultos de en la construcción, debido a un incumplimiento del contrato por parte del contratista, responderá éste de los daños y perjuicios durante el término de quince años, a contar desde la recepción. Firmado Digitalmente en el Ayuntamiento xx Xxxxxx - xxxxx://xxxx.xxxxxx.xx - Código Seguro de Verificación: 45071IDDOC28F66F64BC9CD7643BE.
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Samples: Contract for Public Works Execution