PLAZOS Y DURACIÓN DEL CONTRATO. Plazo de duración del contrato El plazo total de ejecución del contrato será, como máximo, de cinco (5) meses a contar desde el día siguiente al de la fecha del acta de replanteo, debiendo presentar los licitadores una planificación de los trabajos y siendo el lugar de ejecución de los trabajos objeto del contrato las instalaciones de Mercagranada de Granada. Los plazos parciales que se fijen en la aprobación del programa de trabajo, con los efectos que en la aprobación se determinen, se entenderán integrantes del contrato a los efectos legales oportunos. En el Pliego de prescripciones Técnicas Particulares se señalan los diversos hitos que el Adjudicatario ha de cumplir. La ejecución de los trabajos quedará condicionada a la supervisión, aprobación y replanteo del proyecto por MERCAGRANADA, conforme a lo señalado en el artículo 232 del LCSP. El contratista, en el plazo xxxxxx xx xxxx (10) días, contados desde el primer día hábil posterior a la fecha de formalización del contrato, habrá de someter a la aprobación del órgano de contratación, el Proyecto Constructivo, de conformidad a lo dispuesto en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. Si MERCAGRANADA observase defectos o referencias de precios inadecuados en el proyecto recibido requerirá su subsanación del contratista, en los términos señalados en el artículo 199 del LCSP. El plazo que tendrá el contratista para la subsanación del proyecto, será como máximo de treinta (30) días a contar desde la fecha de recepción por el contratista del escrito en el que se le advierta tal extremo. Si transcurrido el plazo concedido, las deficiencias no han sido corregidas, MERCAGRANADA podrá, atendiendo a las circunstancias concurrentes, optar por la resolución del contrato o por conceder un nuevo plazo al contratista. En el supuesto de optar por la resolución del contrato el contratista incurrirá en la obligación de abonar a MERCAGRANADA una indemnización equivalente al 5% del precio total del contrato. En el supuesto de optar por la concesión de un nuevo plazo para subsanar las deficiencias no corregidas, éste será de 10 (diez) días naturales a contar desde la fecha en que se le notifique, incurriendo el contratista en una penalidad equivalente al 5% del precio del contrato. En este supuesto, de producirse un nuevo incumplimiento, procederá la resolución del contrato. Una vez supervisado y aprobado el proyecto por MERCAGRANADA y en el plazo xx xxxx días se levantará la oportuna acta de replanteo que será firmada por el representante del adjudicatario y por el representante que designe MERCAGRANADA. Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el contratista queda obligado a la actualización y puesta al día del proyecto. Período de puesta en marcha y recepción. El adjudicatario queda obligado a efectuar la ejecución de la instalación solar fotovoltaica en la forma y en los lugares expresamente designados en los pliegos de bases, siendo a su xxxxx y riesgo el transporte de sus elementos hasta su destino. El Periodo de Puesta en Marcha de la instalación, se desarrollará a continuación del Periodo de obras de las unidades contratadas. Se considerará que se ha llevado a cabo de forma correcta, y por tanto se puede dar como finalizado, cuando haya generado y exportado a la red en un plazo consecutivo de 30 días, al menos, el 70% de la energía eléctrica comprometida por el Adjudicatario en su oferta en esos 30 días. La Dirección Facultativa declarará oficialmente la finalización del Periodo de Puesta en Marcha. Una vez superada la puesta en marcha de la instalación se procederá, mediante acto formal, a la recepción de la misma, comprobándose el funcionamiento de la instalación, de los inversores y de los equipos de medida, levantándose la correspondiente acta que será firmada por los concurrentes a la recepción, comenzando entonces el plazo de garantía. Cuando los bienes no se hallen en estado de ser recibidos, se hará constar así en el acta, y el Director Facultativo señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas fijando un plazo para remediar aquellos. Si transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiese efectuado, podrá concedérsele otro plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato, por causas imputables al contratista. La puesta en marcha de la instalación se realizará dentro de los cinco (5) meses referidos en el párrafo primero de la presente Cláusula. La recepción se hará una vez finalizados todos los trabajos a plena satisfacción de MERCAGRANADA. El período de garantía se iniciará con posterioridad a la fecha de recepción de los bienes objeto del contrato y será, como mínimo, de un año. El contratista podrá desarrollar los trabajos con mayor celeridad que la necesaria para efectuar los trabajos en el plazo contractual, salvo que, a juicio de la dirección facultativa, existiesen razones para estimarlo inconveniente. Prorrogas: No.
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Samples: Contract for the Project and Execution of Photovoltaic Solar Installations
PLAZOS Y DURACIÓN DEL CONTRATO. Plazo de duración del contrato entrega: El plazo total de ejecución del contrato será, como máximo, de cinco (5) meses a contar desde el día siguiente al de la fecha del acta de replanteo, debiendo presentar los licitadores una planificación entrega de los trabajos y siendo el lugar de ejecución de los trabajos bienes adquiridos o arrendados objeto del contrato las instalaciones de Mercagranada de Granada. Los plazos parciales que se fijen en la aprobación del programa de trabajo, con los efectos que en la aprobación se determinen, se entenderán integrantes del contrato a los efectos legales oportunos. En suministro será el Pliego de prescripciones Técnicas Particulares se señalan los diversos hitos que el Adjudicatario ha de cumplir. La ejecución de los trabajos quedará condicionada a la supervisión, aprobación y replanteo del proyecto por MERCAGRANADA, conforme a lo señalado consignado en el artículo 232 apartado E) del LCSPCuadro Anexo de este Pliego. El contratista, en el citado plazo xxxxxx xx xxxx (10) días, contados desde el primer día hábil posterior se computará a partir de la fecha de formalización del contrato, habrá de someter a la aprobación del órgano de contratación, el Proyecto Constructivo, de conformidad a lo dispuesto en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. Si MERCAGRANADA observase defectos o referencias de precios inadecuados en el proyecto recibido requerirá su subsanación del contratista, salvo en los términos señalados en el artículo 199 del LCSP. El plazo que tendrá el contratista para la subsanación del proyecto, será como máximo de treinta (30) días a contar desde la fecha de recepción por el contratista del escrito en el que se le advierta tal extremo. Si transcurrido el plazo concedido, las deficiencias no han sido corregidas, MERCAGRANADA podrá, atendiendo a las circunstancias concurrentes, optar por la resolución del contrato o por conceder un nuevo plazo al contratista. En el supuesto de optar por la resolución del contrato el contratista incurrirá en la obligación de abonar a MERCAGRANADA una indemnización equivalente al 5% del precio total del contrato. En el supuesto de optar por la concesión de un nuevo plazo para subsanar las deficiencias no corregidas, éste será de 10 (diez) días naturales a contar desde la fecha supuestos en que se le notifique, incurriendo el contratista en una penalidad equivalente al 5% del precio del contrato. En este supuesto, de producirse un nuevo incumplimiento, procederá la resolución del contrato. Una vez supervisado y aprobado el proyecto por MERCAGRANADA y establezca otra cosa en el mismo apartado E) del Cuadro Anexo. Plazo de montaje e instalación: El plazo xx xxxx días se levantará la oportuna acta de replanteo que será firmada por el representante del adjudicatario y por el representante que designe MERCAGRANADA. Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el contratista queda obligado a la actualización y puesta al día del proyecto. Período de puesta en marcha y recepción. El adjudicatario queda obligado a efectuar la ejecución de la instalación solar fotovoltaica en la forma y en los lugares expresamente designados en los pliegos de bases, siendo a su xxxxx y riesgo el transporte de sus elementos hasta su destino. El Periodo de Puesta en Marcha de la montaje e instalación, se desarrollará a continuación del Periodo de obras de las unidades contratadas. Se considerará que se ha llevado a cabo de forma correcta, y por tanto se puede dar como finalizado, cuando haya generado y exportado a la red en un plazo consecutivo de 30 días, al menos, el 70% de la energía eléctrica comprometida por el Adjudicatario en su oferta en esos 30 días. La Dirección Facultativa declarará oficialmente la finalización del Periodo de Puesta en Marcha. Una vez superada la puesta en marcha de la instalación se procederácaso, mediante acto formal, a la recepción de la misma, comprobándose el funcionamiento de la instalación, de los inversores y de los equipos de medida, levantándose la correspondiente acta que será firmada por los concurrentes a la recepción, comenzando entonces el plazo de garantía. Cuando los bienes no se hallen en estado de ser recibidos, se hará constar así en el acta, y el Director Facultativo señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas fijando un plazo para remediar aquellos. Si transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiese efectuado, podrá concedérsele otro plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato, por causas imputables al contratista. La puesta en marcha de la instalación se realizará dentro de los cinco (5) meses referidos en el párrafo primero de la presente Cláusula. La recepción se hará una vez finalizados todos los trabajos a plena satisfacción de MERCAGRANADA. El período de garantía se iniciará con posterioridad a la fecha de recepción de los bienes objeto del suministro será el consignado en el apartado E) del Cuadro Anexo de este Pliego. El citado plazo se computará a partir de la fecha de la entrega de los bienes, salvo en los supuestos en que se establezca otra cosa en el mismo apartado E) del Cuadro Anexo. Duración del contrato: Cuando el objeto del contrato y seráconsista en el arrendamiento de bienes, como mínimola duración del contrato será la establecida en el apartado E) del Cuadro Anexo, desde la entrega de los bienes o desde el señalado en ese apartado. En el mismo apartado E) del Cuadro Anexo se indicarán, en su caso, las posibles prórrogas. En este caso, las partes contratantes podrán prorrogar el contrato, de mutuo acuerdo, antes de la finalización del mismo. No se admitirá la prórroga tácita, y la prórroga expresa no podrá extenderse a un añoperiodo superior a la mitad del contrato inmediatamente anterior. El contratista podrá desarrollar En los trabajos con mayor celeridad que la necesaria para efectuar los trabajos contratos de tracto sucesivo, en el plazo contractualsupuesto de que el contrato no se prorrogue por alguna de las partes, salvo queo llegue a su vencimiento, el adjudicatario vendrá obligado a juicio de prorrogar, si Mercagranada así lo solicitara, el correspondiente contrato en vigor en las mismas condiciones en tanto se resuelva la dirección facultativa, existiesen razones para estimarlo inconveniente. Prorrogas: Nonueva licitación que al efecto se convoque.
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Samples: Contract for Supply and Installation of Software, Hardware, and Networks
PLAZOS Y DURACIÓN DEL CONTRATO. Plazo de duración del contrato entrega: El plazo total de ejecución del contrato será, como máximo, de cinco (5) meses a contar desde el día siguiente al de la fecha del acta de replanteo, debiendo presentar los licitadores una planificación entrega de los trabajos y siendo el lugar de ejecución de los trabajos bienes adquiridos o arrendados objeto del contrato las instalaciones de Mercagranada de Granada. Los plazos parciales que se fijen en la aprobación del programa de trabajo, con los efectos que en la aprobación se determinen, se entenderán integrantes del contrato a los efectos legales oportunos. En suministro será el Pliego de prescripciones Técnicas Particulares se señalan los diversos hitos que el Adjudicatario ha de cumplir. La ejecución de los trabajos quedará condicionada a la supervisión, aprobación y replanteo del proyecto por MERCAGRANADA, conforme a lo señalado consignado en el artículo 232 apartado E) del LCSPCuadro Anexo de este Pliego. El contratista, en el citado plazo xxxxxx xx xxxx (10) días, contados desde el primer día hábil posterior se computará a partir de la fecha de formalización del contrato, habrá de someter a la aprobación del órgano de contratación, el Proyecto Constructivo, de conformidad a lo dispuesto en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares. Si MERCAGRANADA observase defectos o referencias de precios inadecuados en el proyecto recibido requerirá su subsanación del contratista, salvo en los términos señalados en el artículo 199 del LCSP. El plazo que tendrá el contratista para la subsanación del proyecto, será como máximo de treinta (30) días a contar desde la fecha de recepción por el contratista del escrito en el que se le advierta tal extremo. Si transcurrido el plazo concedido, las deficiencias no han sido corregidas, MERCAGRANADA podrá, atendiendo a las circunstancias concurrentes, optar por la resolución del contrato o por conceder un nuevo plazo al contratista. En el supuesto de optar por la resolución del contrato el contratista incurrirá en la obligación de abonar a MERCAGRANADA una indemnización equivalente al 5% del precio total del contrato. En el supuesto de optar por la concesión de un nuevo plazo para subsanar las deficiencias no corregidas, éste será de 10 (diez) días naturales a contar desde la fecha supuestos en que se le notifique, incurriendo el contratista en una penalidad equivalente al 5% del precio del contrato. En este supuesto, de producirse un nuevo incumplimiento, procederá la resolución del contrato. Una vez supervisado y aprobado el proyecto por MERCAGRANADA y establezca otra cosa en el mismo apartado E) del Cuadro Anexo. Plazo de montaje e instalación: El plazo xx xxxx días se levantará la oportuna acta de replanteo que será firmada por el representante del adjudicatario y por el representante que designe MERCAGRANADA. Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el contratista queda obligado a la actualización y puesta al día del proyecto. Período de puesta en marcha y recepción. El adjudicatario queda obligado a efectuar la ejecución de la instalación solar fotovoltaica en la forma y en los lugares expresamente designados en los pliegos de bases, siendo a su xxxxx y riesgo el transporte de sus elementos hasta su destino. El Periodo de Puesta en Marcha de la montaje e instalación, se desarrollará a continuación del Periodo de obras de las unidades contratadas. Se considerará que se ha llevado a cabo de forma correcta, y por tanto se puede dar como finalizado, cuando haya generado y exportado a la red en un plazo consecutivo de 30 días, al menos, el 70% de la energía eléctrica comprometida por el Adjudicatario en su oferta en esos 30 días. La Dirección Facultativa declarará oficialmente la finalización del Periodo de Puesta en Marcha. Una vez superada la puesta en marcha de la instalación se procederácaso, mediante acto formal, a la recepción de la misma, comprobándose el funcionamiento de la instalación, de los inversores y de los equipos de medida, levantándose la correspondiente acta que será firmada por los concurrentes a la recepción, comenzando entonces el plazo de garantía. Cuando los bienes no se hallen en estado de ser recibidos, se hará constar así en el acta, y el Director Facultativo señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas fijando un plazo para remediar aquellos. Si transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiese efectuado, podrá concedérsele otro plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato, por causas imputables al contratista. La puesta en marcha de la instalación se realizará dentro de los cinco (5) meses referidos en el párrafo primero de la presente Cláusula. La recepción se hará una vez finalizados todos los trabajos a plena satisfacción de MERCAGRANADA. El período de garantía se iniciará con posterioridad a la fecha de recepción de los bienes objeto del suministro será el consignado en el apartado E) del Cuadro Anexo de este Pliego. El citado plazo se computará a partir de la fecha de la entrega de los bienes, salvo en los supuestos en que se establezca otra cosa en el mismo apartado E) del Cuadro Anexo. Duración del contrato: Cuando el objeto del contrato y seráconsista en el arrendamiento de bienes, como mínimola duración del contrato será la establecida en el apartado E) del Cuadro Anexo, desde la entrega de los bienes o desde el señalado en ese apartado. En el mismo apartado E) del Cuadro Anexo se indicarán, en su caso, las posibles prórrogas. En este caso, las partes contratantes podrán prorrogar el contrato, de mutuo acuerdo, antes de la finalización del mismo. No se admitirá la prórroga tácita, y la prórroga expresa no podrá extenderse a un añoperiodo superior a la mitad del contrato inmediatamente anterior. El contratista podrá desarrollar En los trabajos con mayor celeridad que la necesaria para efectuar los trabajos contratos de tracto sucesivo, en el plazo contractualsupuesto de que el contrato no se prorrogue por alguna de las partes, salvo queo llegue a su vencimiento, el adjudicatario vendrá obligado a juicio de prorrogar, si CETARSA así lo solicitara, el correspondiente contrato en vigor en las mismas condiciones en tanto se resuelva la dirección facultativa, existiesen razones para estimarlo inconveniente. Prorrogas: Nonueva licitación que al efecto se convoque.
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Samples: Suministro De Energía
PLAZOS Y DURACIÓN DEL CONTRATO. Plazo de duración del contrato realización: El plazo total de ejecución del contrato será, como máximo, de cinco (5) meses a contar desde el día siguiente al de la fecha del acta de replanteo, debiendo presentar los licitadores una planificación realización de los trabajos y siendo será el lugar de ejecución de los trabajos objeto del contrato las instalaciones de Mercagranada de Granada. Los plazos parciales que se fijen en la aprobación del programa de trabajo, con los efectos que en la aprobación se determinen, se entenderán integrantes del contrato a los efectos legales oportunos. En el Pliego de prescripciones Técnicas Particulares se señalan los diversos hitos que el Adjudicatario ha de cumplir. La ejecución de los trabajos quedará condicionada a la supervisión, aprobación y replanteo del proyecto por MERCAGRANADA, conforme a lo señalado consignado en el artículo 232 apartado E) del LCSPCuadro Anexo de este Pliego. El contratista, en el citado plazo xxxxxx xx xxxx (10) días, contados desde el primer día hábil posterior se computará a partir de la fecha de formalización del contrato, habrá de someter a la aprobación del órgano de contratación, el Proyecto Constructivo, de conformidad a lo dispuesto salvo en los supuestos en que se establezca otra cosa en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particularesmismo apartado E) del Cuadro Anexo. Si MERCAGRANADA observase defectos o referencias de precios inadecuados Duración del contrato: Será el establecido en el proyecto recibido requerirá su subsanación apartado E) del contratista, en los términos señalados en el artículo 199 del LCSP. El plazo que tendrá el contratista para la subsanación del proyecto, será como máximo de treinta (30) días a contar desde la fecha de recepción por el contratista del escrito en el que se le advierta tal extremo. Si transcurrido el plazo concedido, las deficiencias no han sido corregidas, MERCAGRANADA podrá, atendiendo a las circunstancias concurrentes, optar por la resolución del contrato o por conceder un nuevo plazo al contratistaCuadro Anexo. En el supuesto mismo apartado E) del Cuadro Anexo se indicarán, en su caso, las posibles prórrogas. En este caso, las partes contratantes podrán prorrogar el contrato, de optar por mutuo acuerdo, antes de la resolución finalización del mismo. No se admitirá la prórroga tácita, y la prórroga expresa no podrá extenderse a un periodo superior a la mitad del contrato el contratista incurrirá en la obligación de abonar a MERCAGRANADA una indemnización equivalente al 5% del precio total del contratoinmediatamente anterior. En los contratos de tracto sucesivo, en el supuesto de optar que el contrato no se prorrogue por la concesión alguna de un nuevo plazo para subsanar las deficiencias no corregidaspartes, éste será de 10 (diez) días naturales o llegue a contar desde la fecha en que se le notifique, incurriendo el contratista en una penalidad equivalente al 5% del precio del contrato. En este supuesto, de producirse un nuevo incumplimiento, procederá la resolución del contrato. Una vez supervisado y aprobado el proyecto por MERCAGRANADA y en el plazo xx xxxx días se levantará la oportuna acta de replanteo que será firmada por el representante del adjudicatario y por el representante que designe MERCAGRANADA. Cada vez que se modifiquen las condiciones contractualessu vencimiento, el contratista queda adjudicatario vendrá obligado a la actualización y puesta al día del proyecto. Período de puesta prorrogar, si MERCAGRANADA S.A. así lo solicitara, el correspondiente contrato en marcha y recepción. El adjudicatario queda obligado a efectuar la ejecución de la instalación solar fotovoltaica vigor en la forma y las mismas condiciones en los lugares expresamente designados en los pliegos de bases, siendo a su xxxxx y riesgo el transporte de sus elementos hasta su destino. El Periodo de Puesta en Marcha de la instalación, se desarrollará a continuación del Periodo de obras de las unidades contratadas. Se considerará que se ha llevado a cabo de forma correcta, y por tanto se puede dar como finalizado, cuando haya generado y exportado a resuelva la red en un plazo consecutivo de 30 días, nueva licitación que al menos, el 70% de la energía eléctrica comprometida por el Adjudicatario en su oferta en esos 30 días. La Dirección Facultativa declarará oficialmente la finalización del Periodo de Puesta en Marcha. Una vez superada la puesta en marcha de la instalación efecto se procederá, mediante acto formal, a la recepción de la misma, comprobándose el funcionamiento de la instalación, de los inversores y de los equipos de medida, levantándose la correspondiente acta que será firmada por los concurrentes a la recepción, comenzando entonces el plazo de garantía. Cuando los bienes no se hallen en estado de ser recibidos, se hará constar así en el acta, y el Director Facultativo señalará los defectos observados y detallará las instrucciones precisas fijando un plazo para remediar aquellos. Si transcurrido dicho plazo el contratista no lo hubiese efectuado, podrá concedérsele otro plazo improrrogable o declarar resuelto el contrato, por causas imputables al contratista. La puesta en marcha de la instalación se realizará dentro de los cinco (5) meses referidos en el párrafo primero de la presente Cláusula. La recepción se hará una vez finalizados todos los trabajos a plena satisfacción de MERCAGRANADA. El período de garantía se iniciará con posterioridad a la fecha de recepción de los bienes objeto del contrato y será, como mínimo, de un año. El contratista podrá desarrollar los trabajos con mayor celeridad que la necesaria para efectuar los trabajos en el plazo contractual, salvo que, a juicio de la dirección facultativa, existiesen razones para estimarlo inconveniente. Prorrogas: Noconvoque.
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